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Comisión Europea Invertir en las personas Fomento de la cohesión social, el empleo y el trabajo digno

Mejora de los sistemas de información sobre el mercado de trabajo

Convocatoria de propuestas abierta 2008

Guía para los solicitantes de subvenciones

Línea presupuestaria 21.05.01.03 Referencia: EuropeAid/127876/C/ACT/Multi

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Plazo para la presentación de las solicitudes: 4 de junio 2009


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Aviso

Las tablas de evaluación y los formularios de solicitud han sido modificados bajo esta convocatoria de propuestas con el fin de dar más peso a la pertinencia en la evaluación del documento de síntesis. La pertinencia será, por tanto, el criterio más importante en la preselección. La pertinencia no será evaluada de nuevo a la hora de evaluar el formulario completo de solicitud. Por ello es muy importante que los solicitantes usen el formulario de solicitud correcto para esta convocatoria.

El registro previo de los solicitantes y sus socios en la base de datos en línea de EuropeAid PADOR es obligatorio para la presente convocatoria de propuestas (véase la sección 2.2 abajo para más detalles). Es una Convocatoria de Propuestas abierta, en la que se presentan todos lo documentos en una etapa (Documento de Síntesis y Formulario completo de solicitud). Sin embargo, en un primer momento solo se evaluarán los Documentos de Síntesis Posteriormente, se efectuará la evaluación del Formulario completo de solicitud de aquellos solicitantes cuyos documentos de síntesis hayan sido pre-seleccionados.

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Con posterioridad a la evaluación de las propuestas completas, se llevará a cabo una verificación de la elegibilidad de los que hayan sido seleccionados provisionalmente. Esta verificación será realizada a partir de los documentos justificativos solicitados por la Comisión europea, la "Declaración del Solicitante" firmada y enviada de manera conjunta con la solicitud.


ÍNDICE

1. INVERTIR EN LAS PERSONAS - MEJORA DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN SOBRE EL MERCADO DE TRABAJO............................................................................... 2 1.1

Antecedentes ..............................................................................................................................................................2

1.2 Objetivos del programa y prioridades....................................................................................................................2 1.2.1 Objetivos y prioridades de la presente convocatoria de propuestas ..........................................................................3 1.3

2.

Dotación financiera asignada por la Comisión Europea .....................................................................................7

NORMAS APLICABLES A LA PRESENTE CONVOCATORIA DE PROPUESTAS... 8

2.1. Criterios de Elegibilidad ...........................................................................................................................................8 2.1.1. Elegibilidad de los solicitantes: condiciones para presentar una solicitud.........................................................8 2.1.2. Asociaciones y criterios de elegibilidad de los socios .......................................................................................10 2.1.3. Actividades para las que se puede presentar una solicitud ................................................................................10 2.1.4. Elegibilidad de los costes: costes que pueden ser objeto de subvención..........................................................12 2.2 Presentación de la solicitud y procedimientos a seguir......................................................................................14 2.2.1 Formulario completo de solicitud ......................................................................................................................15 2.2.2 Dónde y cómo enviar las solicitudes...................................................................................................................16 2.2.3 Plazo de presentación del formulario completo de solicitud.............................................................................16 2.2.4 Información adicional sobre el formulario completo de solicitud ....................................................................17 2.3

Evaluación y selección de las solicitudes ..............................................................................................................18

2.4 Presentación de justificantes..........................................................................................................................................23 2.5 Notificación de la decisión de la Comisión Europea...........................................................................................25 2.5.1 Contenido de la decisión ............................................................................................................................................25 2.5.2. Calendario indicativo ................................................................................................................................................26 2.6 Condiciones aplicables a la ejecución de la acción tras la decisión de la Comisión Europea de conceder una subvención ........................................................................................................................................................................27

LISTA DE ANEXOS................................................................................................... 28

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3.


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1. INVERTIR EN LAS PERSONAS – MEJORA DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN SOBRE EL MERCADO DE TRABAJO 1.1

ANTECEDENTES

El Reglamento por el que se establece el Instrumento de financiación de la cooperación al desarrollo (ICD) 1 define, en su artículo 11, apartado 1, el objetivo general y el ámbito de aplicación de los programas temáticos como complemento de los programas geográficos. Los programas temáticos abarcan un ámbito de actividad específico que interesa a un conjunto de países socios no determinados por criterios geográficos, actividades de cooperación dirigidas a distintas regiones o grupos de países socios, o una intervención internacional sin base geográfica específica. Asimismo, en el artículo 11, apartado 2, se precisa que tales acciones serán innovadoras, añadirán valor a las actuaciones financiadas en virtud de los programas geográficos y serán complementarias y coherentes con ellas. Las actuaciones realizadas en el marco de los programas temáticos son esencialmente multirregionales o transversales, entre ellas los proyectos piloto y las políticas innovadoras, y responden a una prioridad política o a un compromiso de la Comunidad. 2

El artículo 12 del ICD establece que el objetivo del programa "Invertir en las personas" consistirá en apoyar actuaciones en ámbitos que afecten directamente a las condiciones de vida y al bienestar de los ciudadanos y se centrará en los países más pobres y menos desarrollados y en las capas menos favorecidas de la población. Para ello, cubre los siguientes ámbitos de actividad: buena salud para todos; educación, conocimientos y capacidades; igualdad entre los sexos; y otros aspectos del desarrollo social y humano, incluida la cultura, el empleo y cohesión social, y la juventud e infancia. Bajo el título "otros aspectos del desarrollo social y humano", el ámbito Empleo y cohesión social se aborda por primera vez en un programa temático de cooperación al desarrollo. Se tratan los aspectos siguientes: •

fomento de un planteamiento económico y social integrado que incluya la promoción del empleo productivo, el desarrollo de los recursos humanos, la equidad y la seguridad social, la elevación de la calidad del empleo en el sector informal, y la atribución de poder a las asociaciones de trabajadores;

impulso del trabajo digno como objetivo universal, incluyendo la evaluación del impacto del comercio en el trabajo digno, mecanismos adecuados y permanentes de financiación justa, funcionamiento eficaz y una cobertura más amplia de los sistemas de protección social;

apoyo a iniciativas de promoción de la mejora de las condiciones de trabajo y de ajuste a la liberalización del comercio, con inclusión de una dimensión de empleo en las políticas de desarrollo, para contribuir a la difusión de los valores sociales europeos;

contribución al fomento de la dimensión social positiva de la mundialización y a la promoción de la experiencia de la UE.

El empleo y la cohesión social, ámbitos tradicionalmente importantes de la cooperación de la Comunidad europea, figuran en adelante explícitamente en la agenda política de la UE, a raíz del Consenso Europeo sobre Desarrollo de 20053 y de la Comunicación "Promover un trabajo digno para todos" de 20064, que estableció recomendaciones para futuras intervenciones concretas de la UE. 1 Reglamento (CE) nº 1905/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, por el que se establece un Instrumento de Financiación de la Cooperación al Desarrollo, tal como rectificado (JO L 163, 23.06.2007, p. 24). Disponible en la siguiente dirección: http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2007:163:0024:0055:ES:PDF

3 http://ec.europa.eu/development/policies/consensus_en.cfm 4 COM (2006) 249 final, disponible en la siguiente dirección: http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=COM:2006:0249:FIN:ES:PDF 2

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2 http://ec.europa.eu/development/policies/9interventionareas/humandev/humandevhealth7_en.cfm


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El concepto de trabajo digno es relativamente nuevo y amplio, y se inscribe en el marco de una estrategia adoptada a escala internacional que incluye los derechos fundamentales del trabajo, el empleo, la protección social y el diálogo social, así como la igualdad entre hombres y mujeres como cuestión transversal. En varias declaraciones al más alto nivel, el trabajo digno se citó como una prioridad de la Comunidad europea en materia de cooperación al desarrollo. Lograr el pleno empleo, empleos productivos y un trabajo digno para todos, incluidas las mujeres y los jóvenes, constituye ahora un objetivo firme en el marco de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM)5 , confirmando el consenso internacional sobre la importancia de las políticas del mercado de trabajo y del empleo a fin de mejorar las condiciones de vida de los más pobres.

1.2

OBJETIVOS DEL PROGRAMA Y PRIORIDADES

Sobre la base del documento de estrategia del programa temático "Invertir en las personas", que abarca el período 2007-2013, el programa indicativo plurianual 2007-2010 definió la mejora de los sistemas de información sobre el mercado de trabajo como un ámbito de intervención prioritario para el año 2008, con el tema "Fomento de la cohesión social, el empleo y el trabajo digno". Esto se considera una condición necesaria para la gestión del mercado de trabajo, la aproximación entre oferta y demanda de empleo, la orientación de las políticas en materia de empleo, formación e inclusión social, la solución del problema de la economía informal y la pobreza, y el logro de la cohesión social como resultado final de las políticas sociales de inclusión. Las mujeres, los jóvenes y la economía informal son los tres temas horizontales esenciales que deben abordarse o integrarse en cada acción. 6

La experiencia en materia de estrategia para el empleo de la UE , asociada a los estudios y a las recomendaciones de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), pone de manifiesto que un sistema sólido, duradero y transparente de información sobre el mercado de trabajo constituye un elemento fundamental de una política de empleo eficaz y responsable. Este sistema puede contribuir a una adaptación adecuada y rápida del mercado de trabajo a las necesidades de cualificaciones y a las perspectivas de crecimiento de la economía, a un sistema de enseñanza y formación técnicas y profesionales (EFTP) orientado a la demanda, y a unas políticas de inclusión dinámicas del mercado de trabajo, centradas en grupos específicos y vulnerables. La instauración de sistemas de información sobre el mercado de trabajo (SIMT) sólidos requiere esencialmente: i) oficinas de empleo y colocación eficaces, que funcionen en el marco de una extensa red de prestadores de servicios públicos y privados; ii) información actualizada de buena calidad y en cantidad suficiente tanto al nivel macro (índices de empleo/desempleo, índices de participación en el mercado de trabajo/actividad, índices de éxito y abandono de la enseñanza básica por edad/sexo, grupos vulnerables, tendencias demográficas, flujo de movilidad de la mano de obra, perspectivas económicas por sector, etc.) como al nivel micro (edad/sexo de los solicitantes de empleo, personal y cualificaciones/competencias disponibles, capacidad de los sistemas de EFTP, ofertas de empleos en las empresas, competencias exigidas, etc.); y iii) participación de los interlocutores sociales y de otros actores sociales (por ejemplo, los servicios sociales) en la elaboración y orientación de las medidas y políticas relativas al mercado de trabajo.

5 Cumbre de la ONU de 2005 (revisión de los ODM) y posterior declaración ministerial de 2006 del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC). 6 Tratado de Amsterdam de junio de 1997 y Estrategia de Lisboa. 3

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En los países socios, el desarrollo de los SIMT difiere entre los países y regiones. Este es el caso también en Europa, donde algunos Estados miembros – Países Bajos, Dinamarca, Suecia, Austria y Reino Unido – disponen de SIMT muy desarrollados en relación a otros. Algunos socios en "transición" (o países de renta intermedia) ya se han comprometido en la vía de la modernización de los SIMT (por ejemplo, Túnez, Vietnam, Trinidad y Tobago, la República Dominicana, etc.), mientras que otros países/regiones están rezagados, como el África subsahariana, y en particular África Occidental con sus países de renta baja. Sin embargo, también en estos casos, podrían aprovecharse y ampliarse las interesantes experiencias realizadas


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con los servicios de empleo y de inmigración gracias a la ayuda de la Comunidad europea (Fundo Europeo de Desarrollo). Actualmente, la mayoría de la población activa del mundo obtiene su subsistencia en las condiciones de vulnerabilidad e inseguridad de la economía informal, caracterizada por lugares de trabajo de reducido tamaño o no definidos, poco seguros e insalubres, por el bajo nivel de cualificación y productividad, por rentas bajas o irregulares y por la falta de acceso a la información, a los mercados, a la financiación, a la formación y a la tecnología. En este contexto, es esencial contar con estructuras y sistemas de información sobre el mercado de trabajo eficaces y transparentes para la creación oficial y equilibrada de empleo, unas relaciones buenas y flexibles entre la educación, la EFTP y el mercado de trabajo, medidas coherentes y duraderas en favor del empleo y políticas orientadas a la cohesión social. El programa temático "Invertir en las personas" debe ser innovador y complementar la cooperación bilateral y regional de la Comunidad europea, basándose en su amplia experiencia en este ámbito. Además, el programa debe centrarse en los países de renta baja y renta intermedia. Sobre esta base, el Programa de Acción de 2008 en el ámbito del empleo y la cohesión social comprende tres regiones: i) la región meridional de la Política Europea de Vecindad (PEV), en particular, los países de renta intermedia en transición del Magreb que, desde hace varios años, consolidan sus sistemas de información sobre el mercado de trabajo y sus sistemas de EFTP orientados hacia la demanda, con la ayuda de la UE y otros donantes; ii) África Occidental, que está a la zaga con países de renta baja; y iii) América Latina, donde la cooperación con la Comunidad europea se orienta generalmente a la cohesión social, es decir, se centra directamente en la capacidad de inserción profesional y los ajustes del mercado de trabajo (en particular, los SIMT y la EFTP orientados a la demanda)7. 1.2.1 Objetivos y prioridades de la presente convocatoria de propuestas La presente convocatoria de propuestas tiene por objetivo establecer y reforzar la capacidad de recogida, elaboración y análisis de información cuantitativa y cualitativa sobre el mercado de trabajo, es decir, proporcionar información en este ámbito que sea más fiable, actualizada y comparable a escala internacional, y que pueda utilizarse a nivel nacional, regional e internacional en los países socios en transición y de renta baja y destinarse a la concepción y aplicación de políticas y servicios específicos. La convocatoria tiene por objeto apoyar medidas destinadas a promover en los países socios de las tres regiones comprendidas por el programa el desarrollo de sistemas de información sobre el mercado de trabajo que contribuyan a un análisis más eficaz de las ofertas y solicitudes de empleo gracias a datos precisos y actualizados. Las acciones deberán, en particular, fomentar los intercambios de buenas prácticas y revisiones inter pares entre los países de renta intermedia de la región meridional de la PEV (Magreb) y de América Latina, por una parte, y los países de renta baja de África Occidental, por otra. La sección 2.1.3 indica los países elegibles en el marco del programa (países 'objetivo').

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7 La definición de los países 'objetivo' se basa en la de las regiones que dependen de la cooperación al desarrollo de la Comunidad europea. Por lo que se refiere más concretamente a la región meridional de la PEV, se dará prioridad a los países vecinos del Magreb (Marruecos, Túnez, Argelia, Libia). En el caso de África Occidental, la referencia es la estrategia regional de la Comunidad europea en esta zona, que cubre la CEDEAO - Comunidad Económica de los Estados del África Occidental (Benín, Burkina Faso, Cabo Verde, Costa de Marfil, Gambia, Ghana, Guinea, GuineaBissau, Liberia, Malí, Níger, Nigeria, Senegal, Sierra Leona, Togo) y la Mauritania. Por lo que respecta a América Latina, todos los países de la región están cubiertos. La definición de países de renta baja o intermedia se basa en la lista de beneficiarios de la ayuda pública al desarrollo (APD) establecida por Comité de Ayuda al Desarrollo de la OCDE (CAD), tal como publicada en el Anexo II del Reglamento ICD (veáse la nota a pie de página n° 1).


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Se concederá prioridad a los proyectos que traten sobre los siguientes temas: 1) la creación de redes/asociaciones, especialmente público-privadas, que permitan obtener y intercambiar información sobre el mercado de trabajo; 2) la gestión de la movilidad interna (por ejemplo, rural/urbana); y 3) la integración de la información sobre el mercado de trabajo en el proceso de elaboración de las políticas. Tipos de acción −

Evaluación del funcionamiento y los resultados de los actuales sistemas de información sobre el mercado de trabajo en algunos países socios de la región meridional de la PEV (Magreb), América Latina y África Occidental, incluyendo el intercambio de información y revisiones de las estrategias e intervenciones de la Comunidad europea y de otros donantes en apoyo de la modernización de los sistemas de información del mercado de trabajo.

− Revisiones inter pares e intercambios de buenas prácticas entre los países de la región meridional de la PEV (Magreb), América Latina y África Occidental. Se contemplarán tanto la economía formal como informal. (entre países de renta baja y entre países de renta intermedia y baja, sin excluir algunos intercambios entre la UE y los países de renta baja e intermedia). Estas e intercambios deberán comprender, particularmente, activities entre países de renta baja y entre países de renta baja y países de renta media, sin excluir sin embargo revisions inter pares e intercambios entre la UE y los países de renta baja y media.

Refuerzo de las capacidades en materia de recogida y análisis de los datos e información cuantitativa y cualitativa relativa al mercado de trabajo, incluida la definición de indicadores de resultado de los SIMT en los países socios de la región meridional de la PEV (Magreb), América Latina y África Occidental.

Acciones piloto para la creación o la mejora de los sistemas de información sobre el mercado de trabajo o para la elaboración de políticas y oficinas de empleo específicas, basándose en datos y pruebas procedentes del SIMT.

Metodología: −

Revisiones inter pares, demostraciones e intercambios de mejores prácticas, refuerzo de las capacidades, estudios preliminares y acciones a través de partenariados transnacionales de los distintos actores, en las que participen agencias encargadas de la elaboración de las políticas gubernamentales, servicios de empleo públicos y privados, organismos de gestión del mercado de trabajo, Oficinas Estadísticas, interlocutores sociales, así como centros de enseñanza y formación. Convendría también prever medidas de seguimiento destinadas a dar una forma más concreta a los elementos del plan de acción/estrategia conjunta África-UE, cuando se estime apropiado.

Los proyectos deberán en principio desarrollarse en tres grandes etapas lógicas: 1) intercambio entre socios y aprendizaje de las buenas prácticas; 2) proyectos piloto y otras acciones concretas para aplicar las buenas prácticas; y 3) evaluación y comunicación de los resultados. Las acciones piloto deberán definirse sobre la base de los resultados del proceso de aprendizaje con los socios. El grado de atención prestado a este enfoque metodológico se valorará durante la evaluación de las propuestas completas (ver sección 2.3 más abajo, el punto 3.1 de la tabla de evaluación correspondiente).

Grupos destinatarios: −

Agencias gubernamentales, organismos públicos y, en su caso, privados, organismos de gestión del mercado de trabajo, Oficinas Estadísticas, interlocutores sociales, centros de enseñanza y formación técnicas y profesionales, asín como otros centros de enseñanza y formación en los países seleccionados.

Análisis estratégicos del funcionamiento de los sistemas de información sobre el mercado de trabajo en los países socios. 5

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Resultados esperados:


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Instauración y realización de planes de refuerzo de las capacidades y mejora de los servicios de recogida y análisis de datos e información relativa al mercado de trabajo.

Revisiones inter pares e intercambios de buenas prácticas entre los países de distintas zonas geográficas.

Mejora de la sensibilización, el marco y el funcionamiento de los mercados de trabajo.

Análisis de los enfoques adoptados por la Comunidad europea y otros donantes para apoyar la modernización de los sistemas de información sobre el mercado de trabajo.

Los solicitantes deberán actuar en asociación con al menos otra organización. La asociación deberá cubrir al menos dos países socios de entre los países 'objetivo' enumerados en el punto 2.1.3. El cumplimiento de estos requerimientos mínimos relativos a la asociación y a la calidad de la misma serán evaluados en la preselección (véase la sección 2.3, punto 1.1 de la Tabla de evaluación en el documento de síntesis). Las acciones deberán realizarse en al menos dos países 'objetivo' diferentes (véase la lista del punto 2.1.3). Además, con el fin de promover la cooperación y los intercambios de experiencias entre las regiones, se concederá prioridad a los proyectos que impliquen a la vez a países de renta intermedia y de renta baja de entre los enumerados en la lista del punto 2.1.3, y que cubran las tres regiones (Magreb, América Latina y África Occidental).

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Las acciones se seleccionarán, entre otras cosas, sobre la base de los resultados previstos y su eficacia potencial. Cada propuesta deberá, por tanto, presentar sus propios indicadores de resultado y éxito, que deberán ser objetivos y comprobables.


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1.3

DOTACIÓN FINANCIERA ASIGNADA POR LA COMISIÓN EUROPEA

La cantidad indicativa global asignada a la presente convocatoria de propuestas asciende a 6 700 000 euros con cargo al presupuesto de 2008. La Comisión Europea se reserva el derecho a no asignar todos los fondos disponibles. Del mismo modo, esta cantidad podría verse incrementada en el caso de que otros fondos se liberaran. Cuantía de las subvenciones Cualquier subvención solicitada para una acción en el marco de la presente convocatoria de propuestas deberá estar comprendida entre los siguientes importes mínimo y máximo: • Importe mínimo: • Importe máximo:

1 000 000 euros 2 000 000 euros

Ninguna subvención podrá exceder del 90% del total de costes subvencionables de la acción (véase también la sección 2.1.4). El saldo deberá financiarse con recursos propios del solicitante o de sus socios o a partir de fuentes ajenas al presupuesto de la Comunidad Europea o al Fondo Europeo de Desarrollo.

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En casos excepcionales, la subvención podrá cubrir la totalidad de los costes elegibles de la acción, siempre que ello sea esencial para su ejecución. El solicitante deberá justificar tal petición en la parte B, sección II.2 del formulario de solicitud de subvención y la validez de la justificación aportada será examinada durante el proceso de evaluación.


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2. NORMAS APLICABLES A LA PRESENTE CONVOCATORIA DE PROPUESTAS En esta guía se establecen las normas de presentación, selección y ejecución de las acciones financiadas dentro del marco de la presente convocatoria, de acuerdo con la Guía Práctica de los procedimientos contractuales para las acciones exteriores de la CE. La definición de la mayoría de los términos empleados en esta Guía está incluida en el glosario de la Guía Práctica de los procedimientos contractuales para las acciones exteriores de la CE. La Guía Práctica y el glosario anteriormente mencionados están disponibles en la dirección siguiente: http://ec.europa.eu/europeaid/work/procedures/implementation/practical_guide/index_es.htm Además, se aplican las siguientes definiciones: Asociación

agrupación de organizaciones, es decir, el solicitante y sus socios, para la realización de la acción propuesta

Solicitante

organización encargada de presentar la solicitud

Socio

organización, distinta de la solicitante, que forma parte de la asociación

Colaborador

organización que desempeña un papel activo en la acción pero que no puede recibir fondos de la subvención

Subcontratista

organización contratada por el beneficiario, según los procedimientos oportunos, para asumir tareas específicas en el marco de la realización de la acción

2.1. CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Hay tres grupos de criterios de elegibilidad referidos, respectivamente, a: • las entidades que pueden solicitar una subvención (2.1.1) y sus asociados (2.1.2), • las acciones que pueden optar a una subvención (2.1.3), • los tipos de costes que se pueden tener en cuenta para determinar el importe de la subvención (2.1.4). 2.1.1. Elegibilidad de los solicitantes: condiciones para presentar una solicitud (1) Los solicitantes deberán cumplir las siguientes condiciones para poder optar a una subvención: •

ser una persona jurídica; y

pertenecer a una de las siguientes categorías:

8 Los consorcios formales o las asociaciones de autoridades locales pueden presentar una solicitud bajo el nombre del consorcio o asociacion legalmente constituido. Si el consorcio es una agrupación informal a efectos de la presente convocatoria, entonces la solicitud deberá presentarse bajo el nombre de una autoridad local principal, actuando las demás como socios. Véase la sección 2.4 para los documentos justificativos que tendran que ser presentados en cada caso. 8

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− organismos públicos o semipúblicos, autoridades o entidades locales y sus agrupaciones o sus 8 asociaciones , organizaciones del sector privado, Oficinas Estadísticas, centros de enseñanza y formación;


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− organizaciones (intergubernamentales) internacionales, según las define el artículo 43 de las normas 9 de desarrollo del Reglamento financiero de la Comunidad Europea ; − agentes no estatales (ANE)10; Con objeto de promover y consolidar asociaciones del sector público/privado, los solicitantes y socios poderán ser entidades con ánimo de lucro siempre y cuando no perciban beneficios de la acción; y •

ser nacionales 11 de: − un de los países o territorios que figuran en el anexo K, o − de uno de los Estados miembros del EEE12 o un país candidato oficial a la UE13 Además, para las acciones propuestas que tengan lugar exclusivamente en los países 'objetivo' pertencentes a la categoría de "países menos desarrollados", según la definición del Comité de Ayuda al Desarrollo de la OCDE (CAD de la OCDE)14, se concederá acceso recíproco a los miembros del CAD de la OCDE15; y

ser directamente responsable de la preparación y gestión de la acción con su(s) socio(s) y no limitarse a actuar como intermediario.

9 Organizaciones internacionales de derecho público creadas mediante acuerdos intergubernamentales, y agencias especializadas creadas por éstos. También se consideran organizaciones internacionales el Comité Internacional de la Cruz Roja, la Federación internacional de las Organizaciones nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. (http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CONSLEG:2002R2342:20080101:ES:PDF ). 10

Los agentes no estatales sin fines de lucro que operan de manera independiente y responsable y que pueden optar a apoyo financiero de conformidad con la presente convocatoria de propuestas incluirán: las organizaciones no gubernamentales, las organizaciones representativas de las poblaciones autóctonas, las organizaciones representativas de minorías nacionales o étnicas, las agrupaciones profesionales y grupos de iniciativas locales, las cooperativas, los sindicatos, las organizaciones representativas de los agentes económicos y sociales, las organizaciones de lucha contra la corrupción y el fraude y de fomento del buen gobierno, las organizaciones de defensa de los derechos civiles y de lucha contra la discriminación, las organizaciones locales (incluidas las redes) que trabajan en el ámbito de la cooperación y la integración regionales descentralizadas, las organizaciones de consumidores, las organizaciones de mujeres o jóvenes, las organizaciones de enseñanza, culturales, de investigación y científicas, las universidades, las iglesias y asociaciones o comunidades religiosas, los medios de comunicación y cualesquiera asociaciones no gubernamentales y fundaciones independientes, incluidas las fundaciones políticas independientes 11 Dicha nacionalidad se establece con base a los estatutos de la organización, que debe demostrar que la misma ha sido establecida en base a un instrumento del ordenamiento jurídico interno del país en cuestión. En este sentido, no se dará la consideración de organización local elegible a ninguna entidad jurídica cuyos estatutos se hayan constituido en otro país, aunque haya sido registrada localmente ni aun en el caso de que haya firmado un "Memorando de acuerdo". Las organizaciones intergubernamentales internacionales, por definición, no tienen nacionalidad, y por lo tanto no se les aplica el criterio de la nacionalidad.

14 Anexo II del Reglamento (CE) nº 1905/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, por el que se establece un Instrumento de Financiación de la Cooperación al Desarrollo (http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2007:163:0024:0055:ES:PDF ) 15 Alemania, Australia, Austria, Bélgica, Canadá, Dinamarca, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Japón, Luxemburgo, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Portugal, Suecia, Suiza y Reino Unido 9

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12 Los 27 Estados miembros de la UE más Islandia, Liechtenstein y Noruega. 13 Croacia, Turquía, la antigua Republica Yugoslava de Macedonia


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(2) No pueden participar en convocatorias de propuestas, ni ser beneficiarios de una subvención, los solicitantes potenciales que se encuentren en alguna de las situaciones descritas en el apartado 2.3.3 de la Guía Práctica de los procedimientos contractuales para las acciones exteriores de la CE (disponible en la dirección Internet indicada al principio de la sección 2). En la parte B, sección VI del formulario de solicitud de subvención ("Declaración del solicitante"), los solicitantes deberán declarar que no se encuentran en ninguna de estas situaciones. 2.1.2. Asociaciones y criterios de elegibilidad de los socios Los solicitantes deberán actuar con organizaciones asociadas, según se especifica en la sección 1.2.1. •

Socios

Los socios deberán participar en el diseño y la ejecución de la acción, y los gastos en los que incurran serán elegibles de la misma manera que los efectuados por el beneficiario de la subvención. Por tanto, deberán cumplir las mismas condiciones de elegibilidad que los solicitantes. Las entidades que se indican a continuación no podrán ser socios y no tendrán que firmar, por tanto, la “declaración de asociación”. •

Entidades colaboradoras

También podrán colaborar en la acción otras entidades, que participarán efectivamente en la acción pero no gozarán de financiación procedente de la subvención, excepto en concepto de dietas y gastos de viaje. No es necesario que las entidades colaboradoras reúnan los requisitos de elegibilidad mencionados en la sección 2.1.1. Las entidades colaboradoras deben mencionarse en la parte B sección IV del formulario de solicitud de subvención llamada “Entidades colaboradoras que participan en la Acción”.

Subcontratistas

Los beneficiarios de la subvención pueden adjudicar contratos a subcontratistas. Los posibles subcontratistas no se consideran ni socios ni colaboradores y estarán sujetos a las normas expuestas en el Anexo IV del contrato tipo de subvención (véase el Anexo F en la sección 3 de la presente Guía). El solicitante será la organización principal y, si resulta seleccionado, la parte contratante («el beneficiario»).

2.1.3. Actividades para las que se puede presentar una solicitud Una acción (es decir, un proyecto) se compone de un conjunto de actividades. Duración de las acciones La duración prevista inicial de una acción no podrá ser inferior a 12 meses ni superior a 36 meses. Tipos de acción Los tipos de actividades elegibles en el marco de la presente convocatoria de propuestas se indican en la sección 1.2.1. Cobertura geográfica Las acciones deberán ejecutarse en al menos dos países 'objetivo' diferentes de los abajo mencionados:

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Países de renta media de la región meridional de la PEV (Magreb): Argelia, Libia, Marruecos, y Túnez.


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Países de renta media de América Latina: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Panamá, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela. País de renta baja de América Latina: Nicaragua. Países de renta baja de África occidental: Benín, Burkina Faso, Cabo Verde, Gambia, Guinea, GuineaBissau, Liberia, Malí, Mauritania, Níger, Senegal, Sierra Leona, Togo, Costa de Marfil, Ghana y Nigeria. La sección 1.2.1 detalla las prioridades según el alcance geográfico de las acciones. En casos debidamente justificados sobre la base de la naturaleza de la acción, algunas de las actividades podrían tener lugar en otros países, siempre y cuando estas actividades constituyan una parte menor de la acción y contribuyan directamente a la consecución de los objetivos del programa. Visibilidad Las solicitudes deberán prever una estrategia interna de comunicación y visibilidad, que se reflejará tanto en el formulario de la propuesta completa como en el presupuesto. Dicha estrategia deberá tomar debidamente en consideración los requisitos relativos a la visibilidad de la financiación de la CE de acuerdo con el Manual de Comunicación y Visibilidad de la UE en la acción exterior (http://ec.europa.eu/europeaid/work/visibility/index_es.htm). Monitoreo y evaluación Las propuestas deberán prever un plan, así como recursos humanos, presupuesto y otras medidas adecuadas para el seguimiento y evaluación de la acción, junto con indicadores objetivamente comprobables.Las delegaciones de la Comisión europea deberán estar involucradas, cuando sea posible, en el proceso de monitoreo. Además, las solicitudes deberán prever en su presupuesto provisional evaluaciones externas a medio plazo y al final de la acción. No son elegibles los siguientes tipos de actividades: • acciones exclusiva o principalmente centradas en ayudas individuales para la participación en talleres, seminarios, conferencias o congresos; • acciones exclusiva o principalmente centradas en becas individuales de estudios o de formación; • acciones de apoyo a partidos políticos • acciones que incluyan aspectos de proselitismo.

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• conferencias únicas: las conferencias sólo pueden ser subvencionadas si se inscriben en un programa de actividades más amplio que se llevará a cabo durante el periodo de vigencia de la acción. Por ello, las actividades de preparación de una conferencia y la publicación de actos de una conferencia no constituyen en sí "actividades mas amplias"


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Número de propuestas y subvenciones por solicitante El solicitante podrá presentar más de una (1) propuesta en el marco de la presente convocatoria de propuestas. En la presente convocatoria de propuestas, no se podrá conceder más de una (1) subvención a cada solicitante. El solicitante podrá ser simultáneamente socio en otras propuestas. Los socios podrán participar en más de una solicitud. 2.1.4. Elegibilidad de los costes: costes que pueden ser objeto de subvención Únicamente podrán tomarse en consideración para una subvención los «costes elegibles». Las categorías de costes que se consideran como elegibles y no elegibles se enumeran a continuación. El presupuesto constituirá al mismo tiempo una estimación de costes y un límite máximo de los « costes elegibles ». Los costes elegibles deberán ser costes reales y deberán presentarse justificantes de los mismos (salvo las dietas o los costes indirectos a los que se aplica una financiación a tanto alzado). Las propuestas de atribución de una subvención siempre estarán sujetas a la condición de que el procedimiento de comprobación previo a la firma del contrato de subvención no revele problemas que requieran modificaciones del presupuesto (por ejemplo, errores aritméticos, inexactitudes o costes no realistas y otros costes no elegibles). Esa comprobación podrá dar lugar a peticiones de aclaración y, en su caso, a que la Comisión europea imponga modificaciones o reducciones para hacer frente a tales errores o inexactitudes. El importe de la subvención y el porcentaje de cofinanciación no podrán aumentarse de esta forma en ningún caso. Por tanto, redunda en interés de los solicitantes presentar un presupuesto realista y económico. Costes directos elegibles Para ser considerados elegibles a efectos de la convocatoria de propuestas, los costes deberán respetar las disposiciones del Artículo 14 de las Condiciones Generales del Contrato de Subvención (véase Anexo F en la última página de la presente Guía). Reserva para imprevistos Podrá consignarse en el presupuesto una « reserva para imprevistos » limitada al 5 % de los costes directos elegibles de la acción. La utilización de esta reserva estará sujeta a la autorización previa por escrito de la Comisión Europea. Costes indirectos (gastos administrativos) elegibles Los costes indirectos realizados al ejecutar una acción podrán ser elegibles para una financiación a tanto alzado hasta un límite de 7% del total de costes elegibles. Cuando el solicitante sea receptor de una subvención de funcionamiento financiada con cargo al presupuesto comunitario, ningún coste indirecto podrá ser incluido en el presupuesto propuesto para la acción. Aportaciones en especie

El coste del personal asignado a la acción no es una aportación en especie y podrá considerarse una cofinanciación en el presupuesto de la acción cuando esté sufragado por el beneficiario o sus socios. 12

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Las aportaciones en especie no se considerarán gastos efectivos ni constituirán costes elegibles. Dichas aportaciones en especie no serán tratadas como cofinanciación por parte del beneficiario.


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A pesar de lo anterior, si la descripción de la acción tal y como fue propuesta por el beneficiario prevé aportaciones en especie, éstas deberán proporcionarse durante la ejecución. Costes no elegibles No serán elegibles los siguientes costes: deudas y provisiones para posibles pérdidas o deudas; el interés adeudado; gastos ya financiados en otro contexto; adquisición de propiedades inmuebles, salvo si son indispensables para la ejecución directa de la acción, en cuyo caso la propiedad deberá transferirse a los beneficiarios finales o a los socios locales a más tardar al finalizar la acción; – pérdidas debidas al cambio de divisas; – impuestos, incluido el IVA, a menos que el Beneficiario (o, en su caso, sus socios) no pueda recuperarlos y siempre que la normativa aplicable no prohíba su asunción.

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– – – –


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2.2

PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD Y PROCEDIMIENTOS A SEGUIR

La presente convocatoria de propuestas es una convocatoria "abierta". Las solicitudes deben incluir tanto un documento de síntesis como un formulario completo de solicitud. Inicialmente, solamente los documentos de síntesis serán objeto de evaluación. Sólo posteriormente se evaluarán los formularios completos de solicitud correspondientes a los documentos de síntesis preseleccionados. La inscripción previa en PADOR (Potential Applicant Data On-Line Registration: Base de datos para la inscripción en línea de solicitantes potenciales) es obligatoria tanto para los solicitantes como para los socios: http://ec.europa.eu/europeaid/work/onlineservices/pador/index_es.htm PADOR es una base de datos en línea en la que las organizaciones se registran y actualizan regularmente sus datos. Los datos ofrecidos por las organizaciones en PADOR son utilizados por la Comisión Europea para verificar la elegibilidad de las organizaciones que participan en las Convocatorias de propuestas. Estos datos son propios a la organización y no están ligados a ninguna propuesta de proyecto en particular. Los solicitantes deberán rellenar todas las secciones previstas en PADOR con excepción de la sección "Estrategia y metodología". Los socios deberán rellenar todas las secciones previstas por PADOR con excepción de las secciones "Consejo de administración" y "Estrategia y metodología". Todos los documentos justificativos requeridos de los solicitantes y socios (véase la sección 2.4 abajo) deberán introducirse en PADOR a más tardar en la fecha límite de presentación del formulario de solicitud de subvención. Los solicitantes deberán indicar en el formulario de solicitud de subvención su número de identificación EuropeAid (asignado al completar el processo de registro en PADOR) así como los de sus socios. Antes de comenzar el registro en PADOR, se deberá consultar lo siguiente: - la guía rápida (en la cual se explica, en una página, el proceso de registro en PADOR) - las preguntas más frecuentes (FAQ) - la guía del usuario de PADOR Estos 3 documentos están disponibles en el enlace arriba mencionado. No obstante lo anterior, cuando el registro en PADOR es objectivamente imposible, los solicitantes podrán presentar una solicitud de exención relativa a su registro en PADOR o el de alguno(s) de su(s) socio(s). En este caso, el solicitante y/o su(s) socio(s)deberán rellenar obligatoriamente el expediente de exención PADOR (Dossier de Derogación PADOR-Anexos MA y MB de la presente guía) y devolverlo con el formulario de solicitud de subvención a la dirección indicada en el punto 2.2.2. La exención deberá justificarse por la imposibilidad objetiva del solicitante o sus socios de registrarse en PADOR. Esta imposibilidad objetiva deberá ser independiente de la voluntad del solicitante o de sus socios y, en principio, ser de carácter general (es decir, no debe ser imputable a las circunstancias particulares del solicitante o de sus socios). Siempre que sea posible, el solicitante deberá proporcionar documentos justificativos para sustanciar su solicitud. Las exenciones concedidas sólo se aplicarán a la convocatoria de propuestas específica en cuyo contexto se hayan solicitado. En caso de concederse la exención, la propia Comisión Europea realizará el registro en PADOR. Si, en una fase posterior, la propia organización desea actualizar sus datos, deberá dirigir una solicitud de acceso al Servicio de ayuda al usuario de PADOR a la dirección electrónica que se indica a continuación.

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Toda cuestión relativa al registro en PADOR deberá ir dirigida al Servicio de ayuda al usuario PADOR, a la siguiente dirección electrónica: europeaid-on-line-registration-hd@ec.europa.eu


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2.2.1

Formulario de solicitud de subvención

Los solicitantes deben enviar las solicitudes utilizando los documentos de solicitud adjuntos a la presente Guía: Anexo A – Formulario de solicitud (Partes A y B), Anexo B – Presupuesto y Anexo C – Marco lógico (a descargar en la página Web de EuropeAid: https://webgate.ec.europa.eu/europeaid/online-services/index.cfm?do=publi.welcome ). El formulario de solicitud de subvención contiene las instrucciones para la elaboración del Documento de Síntesis (Anexo A, Parte A) y del formulario completo (Anexo A, Parte B). Los solicitantes deberán respetar escrupulosamente el formato de la solicitud y rellenar todas las secciones, asegurándose de que utilizan los documentos de solicitud adecuados para la presente convocatoria. Las solicitudes que se presenten en un formato de otra convocatoria podrán ser rechazadas. La información presupuestaria referente a la acción deberá proporcionarse utilizando cifras redondas y presentarse solamente en el presupuesto (Anexo B). Los solicitantes deben observar que, en el anexo B, hay dos hojas de trabajo que rellenar: Hoja de trabajo 1 - "Presupuesto de la acción" (la hoja de trabajo 1 debe incluir todos los costes subvencionables que están previstos para la acción), y Hoja de trabajo 2 - "Fuentes previstas de financiación" (la hoja de trabajo 2 debe indicar el importe y el porcentaje de financiación por fuente, es decir, la contribución solicitada a la CE, la contribución del solicitante, contribuciones de otros donantes, etc.). NB: Véase la sección 1.3 respecto a las normas sobre el porcentaje máximo de la contribución de la CE. Las propuestas deberán ser presentadas en uno de los siguientes idiomas comunitarios que sea el más corrientemente utilizado en los países donde se ejecute la acción: inglés, francés, español o portugués. Cualquier error relacionado con los puntos enumerados en la lista de verificación (parte B, Sección V de la del formulario de solicitud de subvención) o cualquier incoherencia importante en este formulario podrá llevar al rechazo de la solicitud. Sólo se solicitarán aclaraciones cuando la información proporcionada resulte poco clara y, por lo tanto, no permita a la Comisión Europea realizar una evaluación objetiva. No se aceptarán solicitudes cumplimentadas a mano. Las solicitudes (Formulario de solicitud de subvención incluyendo el documento de síntesis e el formulario completo, el presupuesto y el marco lógico) deben presentarse en una (1) versión original, en papel. Estos documentos deberán presentarse también en formato electrónico (CD-ROM o USB). La versión electrónica deberá ser idéntica a la versión en papel facilitada. Cada componente de la solicitud (el documento de síntesis, el formulario completo de solicitud, el presupuesto y el marco lógico) se transmitirán en formato electrónico en un único fichero (por ejemplo, el formulario de solicitud no deberá dividirse en varios ficheros diferentes) y no deberá contener gráficos, imágenes o diagramas coloreados o de alta resolución.

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Sólo se evaluarán el formulario de solicitud de subvención y los anexos publicados (presupuesto y marco lógico) que deben rellenarse. Así pues, dado que no se admitirá ningún otro anexo, es de la máxima importancia que esa documentación contenga TODA la información solicitada que sea pertinente con relación a la acción.


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2.2.2

Dónde y cómo enviar las solicitudes

Las solicitudes deberán presentarse en un sobre sellado, enviado por correo certificado con confirmación de entrega o a través de un servicio de mensajería privado, o mediante entrega en mano en la dirección que se indica a continuación (la Comisión entregará un acuse de recibo firmado y fechado). Para comodidad de los solicitantes, se ha adjuntado un formulario de dirección en los Anexos I y J de la presente Guía. Se insta a los solicitantes a completarlo y utilizarlo como etiqueta en el sobre externo. Dirección postal Comisión Europea Oficina de Cooperación EuropeAid Unidad F4 - Finanzas, Contratos y Auditoría de las Líneas Presupuestarias Temáticas Sector "Convocatorias de propuestas" Despacho: L-41 03/154 B - 1049 BRUSELAS BÉLGICA Dirección para la entrega en mano o por servicio de mensajería privado Comisión Europea Oficina de Cooperación EuropeAid Unidad F4 - Finanzas, Contratos y Auditoría de las Líneas Presupuestarias Temáticas Sector "Convocatorias de propuestas" Despacho: L-41 03/154 Servicio de correo central Avenue du Bourget 1 B-1140 Bruselas (Evere) BÉLGICA Las solicitudes que se envíen por otros medios (por ejemplo, por fax o correo electrónico) o se entreguen en otras direcciones serán rechazadas. La lista de control (Sección V, Parte B, del formulario de solicitud de subvención) y la Declaración del solicitante (Sección VI, Parte B, del formulario de solicitud de subvención) deberán graparse por separado e incluirse en el sobre. El sobre exterior deberá llevar el número de referencia y el título de la convocatoria de propuestas, la denominación completa y dirección del solicitante, así como la mención « No abrir antes de la sesión de apertura». Los solicitantes deberán verificar que su solicitud está completa empleando la lista de verificación (Sección VI de la parte B del formulario de solicitud). Las solicitudes incompletas podrán ser rechazadas.

2.2.3

Plazo de presentación de las solicitudes

Cualquiera solicitud enviada después del plazo de presentación o recibida después de la hora de recepción en caso de entrega en mano será rechazada. 16

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El plazo para la presentación de las solicitudes el 4 de junio 2009 (fecha del lugar de expedición).; del cumplimiento de este plazo dará fe la fecha que figure en el matasellos de correos o en el comprobante de depósito. En caso de entrega en mano, el primer plazo y hora límite de recepción se fija al 4 de junio 2009 a las 16 horas (fecha y hora de Bruselas), según figurará en el acuse de recibo firmado y fechado entregado al portador por la Comisión Europea.


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Cualquiera solicitud recibida por la Comisión Europea en la fecha o tras la fecha en que se concluya efectivamente la evaluación de los documentos de síntesis, se considerará fuera del plazo y, en consecuencia, será rechazada. El solicitante es el único responsable del modo de envío que elija entre los indicados en la sección 2.2.2 así como del seguimiento de la entrega. 2.2.4

Información adicional sobre las solicitudes

Los solicitantes podrán enviar preguntas (excepto las referentes al sistema de registro en línea PADOR) por correo electrónico, a más tardar 21 días antes del plazo de presentación de las solicitudes, a la dirección que figura a continuación, indicando claramente la referencia de la convocatoria de propuestas: Dirección de correo electrónico: EuropeAid-GlobalCalls@ec.europa.eu Se les contestará, a más tardar, 11 días antes del plazo de presentación de los formularios de solicitud de subvención. La Comisión Europea no tiene ninguna obligación de proporcionar nuevas aclaraciones después de esta fecha. Después del plazo para la presentación de las solicitudes, sólo la Comisión Europea podrá utilizar la citada dirección de correo electrónico para el envío de correspondencia en respuesta a las aclaraciones solicitadas. No se dará ninguna respuesta individual a las cuestiones relativas al estado actual del proceso de selección a través de esta dirección electrónica. Con el fin de garantizar un tratamiento equitativo a los solicitantes, la Comisión Europea no puede emitir dictámenes previos sobre la elegibilidad de un solicitante o de un socio, o sobre la elegibilidad de una acción o de una actividad concreta. Además, durante el procedimiento de evaluación, los avisos importantes a los solicitantes podrán publicarse en el sitio Internet: https://webgate.ec.europa.eu/europeaid/online-services/index.cfm?do=publi.welcome de EuropeAid, junto con los otros documentos relacionados con la presente convocatoria, en caso necesario. Se recomienda por tanto a los solicitantes que consulten regularmente esta página web.

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Las preguntas relativas al registro PADOR deberán remitirse a la dirección electrónica específica del Helpdesk PADOR: europeaid-on-line-registration-hd@ec.europa.eu


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2.3

EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS SOLICITUDES

La Comisión Europea examinará y evaluará las solicitudes con arreglo a las siguientes etapas y criterios. No obstante, si el examen de la solicitud evidencia en cualquiera de las etapas que el solicitante, un socio o la propia acción propuesta no cumple los criterios de elegibilidad descritos en las secciones 2.1.1, 2.1.2 y 2.1.3, la propuesta podrá ser rechazada exclusivamente sobre esta base. (1)

1ª ETAPA : SESIÓN DE APERTURA Y VERIFICACION ADMINISTRATIVA

Se evaluará lo siguiente: •

El respeto del plazo de presentación. Si el plazo no se ha respetado, se rechazará la propuesta.

El formulario de solicitud de subvención responde a todos los criterios mencionados en la lista de verificación (Sección V de la Parte B del formulario de solicitud de subvención). Si alguno de los datos exigidos es incorrecto o falta algún dato, la propuesta podrá rechazarse exclusivamente sobre esta base, y no será en tal caso objeto de evaluación.

Tras la sesión de apertura y verificación administrativa, la Comisión Europea enviará una carta a todos los solicitantes, informándoles del número de referencia asignado a su solicitud y especificando si ésta ha sido presentada dentro del plazo, si satisface todos los criterios mencionados en la lista de control y si ha sido recomendada para posterior evaluación. La Comisión Europea se reserva el derecho a proceder directamente a evaluar los documentos de síntesis presentados dentro del plazo previsto y en una de las lenguas especificadas en la sección 2.2.1 de la Guía (etapa 2).

(2)

2ª ETAPA: EVALUACIÓN DEL DOCUMENTO DE SINTESIS

La evaluación de los documentos de síntesis versará sobre la pertinencia de la acción y su diseño. La Comisión Europea se reserva el derecho de no proceder a una preselección basada en la evaluación de los Documentos de síntesis cuando lo considere justificado (por ejemplo si se reciben menos propuestas de lo esperado) y de proceder a una evaluación conjunta del Documento de Síntesis y de los formularios completos de solicitud (partes A y B del formulario de solicitud de subvención). La máxima calificación atribuida al documento de síntesis será de 50 puntos, de conformidad con el desglose previsto en la siguiente tabla de evaluación. La evaluación igualmente verificará el cumplimiento de las instrucciones para el documento de síntesis (Parte A del formulario de solicitud de subvención).

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Los criterios de evaluación se dividen en secciones y subsecciones. A cada subsección se le dará una puntuación entre 1 y 5 según las siguientes categorías de evaluación: 1 = muy deficiente; 2 = deficiente; 3 = aceptable; 4 = bien y 5 = muy bien.


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Tabla de evaluación Puntuación Puntuación 40 parcial

1. Pertinencia de la acción 1.1 ¿Se adecua la propuesta a los objetivos y prioridades de la convocatoria de propuestas?

5x3*

Nota: Sólo se asignará la puntuación máxima si la propuesta aborda las prioridades específicas indicadas en la sección 1.2.1, incluyendo la representación de países de renta baja y media en el partenariado y la cobertura de 3 regiones 'objetivo'. NB: Si no hay socios la puntuación será de 1. 1.2 ¿Es pertinente la propuesta con respecto a las necesidades y limitaciones del país/países o región/regiones destinatario(s)? (incluyendo, en particular, la sinergia con otras iniciativas de la CE y la ausencia de duplicación de esfuerzos)

5x2*

1.3 ¿Están claramente definidos los participantes (grupos destinatarios y beneficiarios finales), y es su elección pertinente desde un punto de vista estratégico?¿Están claramente definidas sus necesidades, y responde a ellas la propuesta de manera pertinente?

5x2*

1.4 ¿Contiene la propuesta elementos específicos de valor añadido, tales como temas medioambientales, la promoción de la igualdad de sexos y la igualdad de oportunidades, las necesidades de las personas discapacitadas, los derechos de las minorías y los derechos de los pueblos autóctonos, o la innovación o las mejores prácticas?

5

2. Diseño de la acción 2.1 ¿Qué grado de coherencia tiene la concepción global de la acción? En especial, ¿refleja el análisis de los problemas en cuestión y tiene en cuenta a los factores externos y a los interesados pertinentes? 2.2 ¿Es la acción viable y coherente con los objetivos y los resultados esperados? PUNTUACION TOTAL

Puntuación parcial 5

10

5 50

*La puntuación se multiplica por 2 o por 3 dependiendo de su importancia. Una vez que todos los documentos de síntesis hayan sido evaluados, se elaborará un listado con las acciones propuestas, ordenándolas según su puntuación total. En un primer momento, sólo el documento de síntesis que haya obtenido una puntuación de un mínimo de 30 puntos en la categoría "Pertinencia", así como una puntuación total mínima de 35 puntos, se tomará en cuenta a efectos de la preselección.

La pertinencia de las propuestas solamente se evaluará en la etapa del documento de síntesis. Las puntuaciones concedidas a este criterio en la evaluación del documento de síntesis se tendrán en cuenta en las evaluaciones del formulario completo. 19

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Posteriormente, el listado de documentos de síntesis se reducirá, de acuerdo con el orden de la puntuación obtenida, a aquellos en los que el importe de las contribuciones solicitadas sea al menos el doble del presupuesto disponible para la convocatoria de propuestas. La pre-selección se realizará en base a este criterio.


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(3)

3ª ETAPA: EVALUACIÓN DEL FORMULARIO COMPLETO DE SOLICITUD

Se evaluarán la calidad de las propuestas, incluido el presupuesto propuesto, y la capacidad del solicitante y sus socios, de conformidad con los criterios que figuran en la siguiente tabla de evaluación. Se distinguen dos tipos de criterios de evaluación: criterios de selección y de adjudicación. Los criterios de selección se refieren a la capacidad financiera y operativa del solicitante, con objeto de garantizar que: •

Dispone de fuentes de financiación estables y suficientes para mantener su actividad durante el periodo de ejecución de la acción y, en su caso, para participar en su financiación.

Dispone de la capacidad de gestión y las competencias y cualificaciones profesionales requeridas para llevar a cabo la acción propuesta. Este punto también se aplicará, en su caso, a los socios del solicitante.

Los criterios de adjudicación permiten evaluar la calidad de las propuestas presentadas en relación con los objetivos y las prioridades establecidos, con objeto de conceder las subvenciones a las acciones que optimicen la eficacia global de la convocatoria de propuestas. Permiten seleccionar las propuestas que garantizan a la Comisión Europea el cumplimiento de sus objetivos y prioridades, así como la visibilidad de la financiación comunitaria. Se refieren, en particular, a la calidad de la acción, su coherencia con los objetivos de la convocatoria de propuestas, los resultados previstos, la sostenibilidad y la relación costeeficacia de la acción. Puntuación:

20

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Las tablas de los criterios de evaluación se dividen en secciones y subsecciones. Cada subsección se puntuará entre 1 y 5 de acuerdo con las siguientes pautas: 1 = muy deficiente; 2 = deficiente; 3 = aceptable; 4 = satisfactorio; 5 = muy satisfactorio.


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Tabla de evaluación Sección

Puntuación máxima

1. Capacidad financiera y operativa del solicitante 1.1 ¿Tienen el solicitante y sus socios una experiencia en gestión de proyectos adecuada?

20 5

1.2 ¿Tienen el solicitante y sus socios una experiencia técnica suficiente (y, en particular, conocimientos sobre las cuestiones a tratar)?

5

1.3 ¿Tienen el solicitante y sus socios una capacidad de gestión suficiente (especialmente por lo que se refiere al personal, el equipamiento y la capacidad de gestionar el presupuesto de la acción)?

5

1.4 ¿Dispone el solicitante de fuentes de financiación estables y suficientes? 2. Pertinencia de la acción Puntuación transferida proporcionalmente de la evaluación del documento de síntesis

5

3. Eficacia y viabilidad de la acción 3.1 ¿Son las actividades propuestas apropiadas, prácticas y acordes a los objetivos y los resultados esperados? Nota: La puntuación máxima sólo se otorgará en caso de que la propuesta siga la metodología en tres etapas descrita en la sección 1.2.1 (intercambio entre socios y aprendizaje de las buenas prácticas; proyectos y evaluación y comunicación).

30 20 5

3.2 ¿Es claro y factible el plan de acción?

5

3.3 ¿Incluye la propuesta indicadores objetivamente comprobables para medir los resultados de la acción? ¿Está prevista la evaluación?

5

3.4 ¿Es satisfactorio el grado de implicación y participación de los socios en las actividades?

5

4. Sostenibilidad de la acción 4.1 ¿Es probable que la acción tenga un impacto tangible en los grupos destinatarios?

15 5

4.2 ¿Puede la propuesta tener efectos multiplicadores?(en particular, posibilidades de reproducción, de extensión de los resultados del proyecto y de difusión de la información)

5

4.3 ¿Son sostenibles los resultados previstos de la acción: - desde un punto de vista financiero? (¿cómo se financiarán las actividades cuando cese la subvención comunitaria?) - desde un punto de vista institucional? (¿habrá estructuras que permitan continuar las actividades una vez finalizado la acción? ¿habrá una "apropiación" local de los resultados de la acción?) - desde un punto de vista político (cuando proceda)? (¿cuál será el efecto estructural de la acción?, por ejemplo: ¿dará lugar a una mejora de la legislación, de los códigos de conducta, de los métodos, etc.?) 5. Presupuesto y relación coste-eficacia 5.1 ¿Se reflejan las actividades debidamente en el presupuesto?

5

5.2 ¿Es satisfactoria la relación entre los costes estimados y los resultados esperados? Puntuación total máxima

15 5x2 5 100

Si una propuesta tiene una puntuación inferior a 12 puntos en la sección 1, esta propuesta será rechazada. 21

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Nota sobre la sección 1: Capacidad financiera y operativa


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Selección provisional Una vez efectuada la evaluación, las propuestas se dispondrán en una tabla, según la puntuación obtenida. A continuación una lista de propuestas provisionalmente seleccionadas será establecida en función de la dotación disponible así como una lista de reserva.

(4) 4ª E TAP A : V E RIF ICACIÓ N

DE L A E LEG IB IL IDAD DEL SO LICT ANT E Y LOS SO CIOS

La verificación de la elegibilidad, basada en los justificantes exigidos por la Comisión Europea (véase la sección 2.4) sólo se realizará en el caso de las propuestas provisionalmente seleccionadas en función de su puntuación global y dentro de los límites de la dotación financiera disponible. •

La declaración del solicitante (sección VI de la parte B del formulario de solicitud de subvención) se cotejará con los documentos justificativos presentados. Cualquier discordancia entre ambos o la falta de uno de los documentos justificativos puede ser motivo suficiente para descartar la propuesta.

Se comprobará que el solicitante y los socios son elegibles de acuerdo con los criterios establecidos en las secciones 2.1.1 y 2.1.2.

Tras completar la citada evaluación, y en caso necesario, toda propuesta rechazada será sustituida por la propuesta que se encuentre en la mejor posición en la lista de reserva y que se ajuste a la dotación financiera disponible, analizándose en ese momento la elegibilidad del solicitante y sus socios.

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Tras la comprobación de los justificantes, la Comisión Europea redactará la lista final de las subvenciones que deben asignarse en el marco de la presente convocatoria de propuestas.


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2.4 PRESENTACIÓN DE

JUSTIFICANTES

Los solicitantes y sus socios deberán presentar los documentos justificativos que se enumeran a continuación para permitir a la Comisión Europea verificar su elegibilidad. Todos los justificantes del solicitante, así como los de sus socios, referentes a la presente convocatoria de propuestas, deberán introducirse en el sistema PADOR. El plazo para introducir los justificantes en PADOR es el mismo que el de presentación del formulario de solicitud de subvención (véase la sección 2.2.3). Si se solicita la exención de la obligación de registrarse en PADOR (véase la sección 2.2), el solicitante y/o su(s) socio(s) deberán en cualquier caso enviar todos los justificantes para esta convocatoria de propuestas así como el "dossier de derogación PADOR" a la dirección indicada en la sección 2.2.2 junto con el formulario de solicitud de subvención. Si no se proporcionan los documentos justificativos en los plazos anteriormente mencionados, la solicitud podrá rechazarse. Justificantes que deben proporcionar los SOLICITANTES: 1. Estatutos o reglamentos de asociación de la entidad16. Estos documentos deben probar que la organización en cuestión satisface todos los criterios de elegibilidad requeridos, indicados en la sección 2.1.1 (a saber, ser persona jurídica, tipo de organización y objetivos, nacionalidad, etc.). Estos documentos deben ser validados por la autoridad nacional adecuada (Ministerio, notario, etc.) o acompañarse de un certificado de registro o de otro documento adecuado. Estos últimos documentos deberán introducirse en PADOR en el mismo fichero electrónico que los estatutos o reglamentos de asociación o, cuando se haya solicitado una exención de registro en PADOR, deberán enviarse junto con los demás justificantes. Esta obligación no se aplica a las organizaciones internacionales que han firmado un acuerdo marco con la Comisión Europea. En la siguiente página de Internet figura una lista de los acuerdos marcos en vigor: http://ec.europa.eu/europeaid/work/procedures/implementation/international_organisations/index_en.htm 2. Un informe de auditoría externa realizado por un auditor autorizado, en el que se certifiquen las cuentas del solicitante del último ejercicio disponible. Esta obligación no se aplica a las organizaciones internacionales ni tampoco a los organismos públicos, como definido en la nota a pie de página n° 9 3. Copia de la contabilidad más reciente del solicitante (cuenta de gestión y balance del último ejercicio clausurado). Esta obligación no se aplica a las organizaciones internacionales ni tampoco a los organismos públicos, como definido en la nota a pie de página n° 9. Tampoco se aplica cuando las cuentas coincidan en la práctica con el informe de auditoría externa ya facilitado con arreglo al punto 2 arriba mencionado 4. Ficha de entidad jurídica (véase el anexo D de esta Guía), debidamente rellenada y firmada por el solicitante, acompañada de los documentos justificativos requeridos. Si el solicitante ya ha firmado un contrato con la Comisión europea con anterioridad, puede presentar el número de identidad jurídica en lugar de la ficha de identidad jurídica y los documentos justificativos necesarios, a menos que haya ocurrido un cambio en su estatuto desde la firma del contrato en cuestión.

una ley, deberá presentarse una copia de dicha ley u otro documento oficial que reconozca el estátus del organismo público o paraestatal de acuerdo con la ley nacional pertinente. Si la organización es un consorcio o una asociación de autoridades locales legalmente constituido, los estatutos o los artículos de asociación del consorcio o asociación deberán ser presentados. 23

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16 Si la organización es un organismo público (incluyendo autoridades locales) o un organismo paraestatal creado por


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Justificantes que deben proporcionar las ORGANIZACIONES ASOCIADAS: 1. Estatutos o reglamentos de asociación de la organización17. Estos documentos deben probar que la organización en cuestión satisface todos los criterios de elegibilidad requeridos, indicados en la sección 2.1.2 (a saber, ser persona jurídica, tipo de organización y objetivos, nacionalidad, etc.). Estos documentos deben ser validados por la autoridad nacional adecuada (Ministerio, notario, etc.) o acompañarse de un certificado de registro o de otro documento adecuado. Estos últimos deberán introducirse en PADOR en el mismo fichero electrónico que los estatutos o reglamentos de asociación o, cuando se haya solicitado una exención de registro en PADOR, deberán enviarse junto con los demás justificantes. Esta obligación no se aplica a las organizaciones internacionales que han firmado un acuerdo marco con la Comisión Europea. En la siguiente página de Internet figura una lista de los acuerdos marcos en vigor: http://ec.europa.eu/europeaid/work/procedures/implementation/international_organisations/index_en.htm Requisitos para todos los documentos justificativos: En los casos en que los documentos justificativos requeridos no se introduzcan en PADOR, deberán presentarse en forma de originales, copias o versiones escaneadas de dichos originales. Sin embargo, la Ficha de entidad jurídica debe siempre ser enviada en original. En caso de que los documentos no estén redactados en una de las lenguas oficiales de la Unión Europea, una traducción a una de las lenguas de la presente convocatoria de propuestas (véase la sección 2.2.1) de las partes pertinentes de los mismos en las que se demuestre la elegibilidad del solicitante y de su(s) socio(s) se introducirá en PADOR en el mismo fichero electrónico que la versión lingüística original (o, en caso de haber solicitado una exención del registro en PADOR, deberá enviarse con los documentos justificativos) y prevalecerá a afectos del análisis de la propuesta.

17 Véase la nota a pie de página n° 16 24

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Cuando estos documentos estén redactados en una lengua de la Unión Europea distinta de las lenguas de la convocatoria de propuestas, recomendamos encarecidamente a los solicitantes y socio(s) que, para facilitar la evaluación, se sirvan proporcionar asimismo una traducción a una de las lenguas de la convocatoria de propuestas de las partes pertinentes de los documentos que acreditan la elegibilidad del solicitante y de su(s) socio(s). Cuando se proporcione tal traducción, deberá introducirse en PADOR en el mismo fichero electrónico que la versión lingüística original (o, en caso de haber solicitado una exención del registro en PADOR, deberá enviarse con los documentos justificativos).


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2.5

NOTIFICACIÓN DE LA DECISIÓN DE LA COMISIÓN EUROPEA

2.5.1 Contenido de la decisión La Comisión Europea comunicará por escrito a los solicitantes la decisión que ha adoptado con respecto a su solicitud y, en el caso de las solicitudes no seleccionadas, las principales razones de la decisión desfavorable. Los solicitantes cuya propuesta no haya sido seleccionada en las etapas de apertura y verificación administrativa (etapas 1) o en la etapa de verificación de la elegibilidad (etapa 4) y que deseen obtener información complementaria, deberán solicitarla mediante carta, indicando la referencia de la convocatoria de propuestas y el número que se ha atribuido a su propuesta, a la siguiente dirección: Comisión Europea Oficina de Cooperación EuropeAid Unidad F4 - Finanzas, Contratos y Auditoría de las Líneas Presupuestarias Temáticas A la atención del Jefe del Sector de Convocatorias de Propuestas Despacho: L-41 03/136 B - 1049 BRUSELAS Bélgica Los solicitantes cuya propuesta no haya sido seleccionada en las etapas de evaluación técnica (etapas 2 ó 3) y que deseen obtener información complementaria, deberán solicitarla mediante carta, indicando la referencia de la convocatoria de propuestas y el número que se ha atribuido a su propuesta, a la siguiente dirección: Comisión Europea Oficina de Cooperación EuropeAid Unidad F3 - Gestión Central de las Líneas Presupuestarias Temáticas A la atención del Jefe del Sector de Desarrollo humano y social Despacho L-41 02/76 B - 1049 BRUSELAS Bélgica El solicitante deberá transmitir a la Comisión Europea su solicitud de información complementaria dentro de los 90 días siguientes a la fecha de recepción de la carta en que se le haya comunicado la decisión desfavorable relativa a su solicitud. La Comisión Europea deberá responder dentro de los 90 días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de información complementaria. Posteriormente, los solicitantes que consideren que se han producido errores o irregularidades durante el procedimiento de adjudicación podrán dirigir una petición en este sentido, dentro de los 90 días siguientes a la fecha de recepción de la citada respuesta de la Comisión Europea, a la siguiente dirección:

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Comisión Europea Oficina de Cooperación EuropeAid Dirección F – Operaciones temáticas A la atención del Director Despacho L-41 06/169 B-1049 Bruselas, Bélgica


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La Comisión Europea deberá responder dentro de los 90 días siguientes a la fecha de recepción de la petición.

2.5.2. Calendario indicativo

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El calendario indicativo se publicará en el sitio Internet de EuropeAid https://webgate.ec.europa.eu/europeaid/online-services/index.cfm?do=publi.welcome, junto con los otros documentos relacionados con la presente convocatoria, y se actualizará a lo largo del procedimiento de evaluación.


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2.6

CONDICIONES APLICABLES A LA EJECUCIÓN DE LA ACCIÓN TRAS LA DECISIÓN DE LA COMISIÓN EUROPEA DE CONCEDER UNA SUBVENCIÓN

Tras la decisión de conceder una subvención a una acción, se propondrá un contrato al beneficiario de acuerdo con el modelo de contrato tipo de la Comisión Europea (véase el Anexo F). Al firmar el formulario de solicitud de la subvención (Anexo A), el solicitante declara aceptar, en el caso de serle concedida una subvención, las condiciones del contrato tal y como están establecidas en el modelo de contrato tipo. Si el solicitante seleccionado es una organización internacional, se utilizará el modelo de Acuerdo de Contribución con una organización internacional o cualquier otro modelo acordado entre la organización internacional en cuestión y la Comisión Europea, en lugar del modelo de contrato tipo, siempre que la organización internacional de que se trate ofrezca las garantías establecidas en el artículo 53 quinquies, párrafo primero del Reglamento Financiero, tal y como se describe en el capítulo7 de la Guía Práctica de los procedimientos contractuales para las acciones exteriores de la CE. Contratos de ejecución

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Cuando para la ejecución de la acción el beneficiario deba recurrir a la contratación, deberá adjudicar el contrato a la oferta económicamente más ventajosa, es decir, aquella que presente la mejor relación calidadprecio y más se ajuste a los principios de transparencia e igualdad de trato a los posibles contratistas, y procurará que no exista conflicto de intereses. Para ello, deberá aplicar los procedimientos enunciados en el anexo IV del contrato.


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3.

LISTA DE ANEXOS

DOCUMENTOS QUE DEBEN CUMPLIMENTARSE ANEXO A: FORMULARIO DE SOLICITUD DE SUBVENCIÓN (FORMATO WORD) ANEXO B: PRESUPUESTO (FORMATO EXCEL) ANEXO C: MARCO LÓGICO (FORMATO EXCEL) ANEXO D: FICHA DE ENTIDAD JURÍDICA (FORMATO PDF) Véanse los documentos E3e en http://ec.europa.eu/europeaid/work/procedures/implementation/grants/index_es.htm ANEXOS QUE DEBEN RELLENARSE EN CASO DE SOLICITUD DE EXENCIÓN DEL REGISTRO PADOR ANEXO MA: DOSSIER DE DEROGACION PADOR (SOLICITANTE) (FORMATO WORD) ANEXO MB: DOSSIER DE DEROGACION PADOR (SOCIO) (FORMATO WORD) DOCUMENTOS DE INFORMACIÓN ANEXO E: FICHA DE IDENTIFICACIÓN FINANCIERA Véase el documento E3f en http://ec.europa.eu/europeaid/work/procedures/implementation/grants/index_es.htm ANEXO F: CONTRATO TIPO (FORMATO WORD) Véanse los documentos E3h_1 a E3h_9 en http://ec.europa.eu/europeaid/work/procedures/implementation/grants/index_es.htm E3h_1 - CONDICIONES PARTICULARES E3h_2 - ANEXO II: CONDICIONES GENERALES APLICABLES A LOS CONTRATOS DE SUBVENCIÓN CELEBRADOS EN EL MARCO DE LAS ACCIONES EXTERIORES DE LA COMUNIDAD EUROPEA E3h_3 - ANEXO IV: PROCEDIMIENTOS DE CELEBRACIÓN DE CONTRATOS E3h_4 - ANEXO V: MODELO DE LA SOLICITUD DE PAGO Y FICHA DE IDENTIFICACIÓN FINANCIERA E3h_5 - ANEXO VI: INFORME DESCRIPTIVO INTERMEDIO E3h_6 - ANEXO VI: INFORME DESCRIPTIVO FINAL E3h_7- ANEXO VI: INFORME FINANCIERO E3h_8 - ANEXO VII: MODELO DE INFORME DE CONCLUSIONES FACTUALES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA VERIFICACIÓN DE GASTOS DE UN CONTRATO DE SUBVENCIÓN FINANCIADO POR LA COMUNIDAD EUROPEA PARA ACCIONES EXTERIORES E3H_9- ANEXO VIII: MODELO DE GARANTÍA FINANCIERA ANEXO G: DIETAS (DIARIAS) http://ec.europa.eu/europeaid/work/procedures/implementation/per_diems/index_en.htm ANEXO H: MODELO DE ACUERDO DE CONTRIBUCIÓN, APLICABLE CUANDO EL BENEFICIARIO ES UNA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL http://ec.europa.eu/europeaid/work/procedures/implementation/international_organisations/index_en.htm ANEXO I: FORMULARIO DE DIRECCIÓN (DIRECCIÓN POSTAL - SOLICITUDES ENVIADAS POR CORREO)

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ANEXO J: FORMULARIO DE DIRECCIÓN (DIRECCIÓN PARA ENTREGA EN MANO O POR SERVICIO DE MENSAJERÍA )


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ANEXO K: LISTA DE PAÍSES Y TERRITORIOS ELEGIBLES PARA SOLICITANTES EN EL MARCO DE LA CONVOCATORIA EUROPE AID/127876/C/ACT/MULTI ANEXO L:

GUÍA DE LA GESTIÓN DEL CICLO DE PROYECTO (PROJECT CYCLE MANAGEMENT GUIDELINES)

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http://ec.europa.eu/europeaid/multimedia/publications/publications/manuals-tools/t101_en.htm


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