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INFORMACIÓN DE INTERÉS

01-05-2021 Publicación en página del SAT.

01-06-2021 Entrada en vigor del complemento.

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26-10-2021 Documentación técnica de la versión 2.0 del complemento.

01-12-2021 Inicio de vigencia de la versión 2.0 del complemento.

01-01-2022 Uso obligatorio de la versión 2.0 del complemento Carta Porte.

01-08-2023 Inicia la aplicación de multas y sanciones por la incorrecta emisión del CDFI.

ten de su uso o goce temporal, reciban servicios, realicen pagos parciales o diferidos que liquidan saldos de comprobantes fiscales digitales por Internet, exporten mercancías que no sean objeto de enajenación o cuya enajenación sea a título gratuito, o aquéllas a las que les hubieren retenido contribuciones deberán solicitar el comprobante fiscal digital por Internet respectivo.

Hay ocasiones en las que no se requiere contar con el modelo correspondiente dependiendo del tipo de transporte del que se trate. En consecuencia, el documento no será requerido en las situaciones de transportes destinados a mudanzas, transportes de vehículos que hayan sufrido alguna avería o accidente y servicio de paquetería.

VERSIÓN DIGITALIZADA. La carta porte electrónica consiste en un registro digital de datos que pueden ser transformados en signos de escritura legibles. Esta contendrá las mismas menciones que el tradicional escrito de este tipo. De igual manera por la electrónica se puede realizar cualquier solicitud, declaración, instrucción, orden, reserva u otra comunicación relativa a la ejecución del contrato de transporte cuando las partes lo hayan acordado de esta manera.

El procedimiento empleado para la elaboración del documento electrónico deberá garantizar la integridad de las instrucciones que contenga a partir del momento en que haya sido elaborada; esto se debe a que las partes que intervengan en la ejecución del acuerdo de transporte cuyo contenido se pretenda documentar total o parcialmente en el formato electrónico, deberán convenir las reglas a que se ajustará su funcionamiento en relación con el método para elaborarla y remitirla, las garantías respecto al mantenimiento de su integridad, la forma en que el titular de los derechos derivados de la carta podrá demostrar que lo es; de igual manera la forma en que se establecerá la posibilidad de corroborar su efectiva entrega al receptor, los procedimientos que permitirán completar o modificar su contenido y el manejo a través del que, en ocasiones, existe la posibilidad de reemplazar el documento electrónica por otra realizada por un medio distinto.

El CFDI debe ser emitido según el objetivo en el proceso del transporte; por lo anterior se tiene en cuenta que el CFDI de tipo ingreso viene a ser una factura electrónica que se expide antes de dar el servicio de transporte en territorio nacional, su finalidad es demost rar la retribución por dicho servicio y asegura que se está contribuyendo al fisco. Todos los ciudadanos mexicanos que vayan a prestar el servicio de flete, están obligados a la emisión de este CFDI de ingreso. De igual forma el CFDI de tipo Traslado también se emite de forma digital y sirve para respaldar el acto del tránsito de la mercancía dentro de una misma ciudad. Esto lo hace el propietario de la mercadería cuando realiza el transporte en sus propios medios de transporte.

Por otro lado la Carta Porte SAT revela su gran importancia para dar fe de que el transporte y la mercancía están dentro de la legalidad. Esto se debe a que al ser un contrato contiene todos los datos de los intervinientes e información de la carga. Con esto lo que se desea es identificar y acreditar el origen, los responsables y el destino de las mercancías.

De esta manera, se evita la informalidad en los transportes de carga y el contrabando. Ya que entre sus principales beneficios se puede mencionar, que permite una identificación pormenorizada de la mercancía que se transporta y el camino que sigue, de igual forma autoriza a los agentes aduaneros o similares que comprueben el origen, destino y los bultos cargados. Aprueba la verificación que tiene la carga, que tengan el mismo conductor, mismo destinatario, etc. que constarán en el contrato de transporte.

Caracter Sticas De La

CARTA PORTE. El portar dicho documento no es más de libre elección, es obligatorio llevarlo en cada transporte comercial que se haga, sea nacional como internacional, debido a que facilita datos para que las autorida- des puedan garantizar seguridad en el tránsito y comercio de México.

La carta porte como su nombre lo indica es el escrito en el que consten las mercancías que se transportan por vía terrestre la importancia de la carta radica en que a través de este documento se tiene conocimiento de la mercancía que se transporta.

El hecho de contar con la Carta Porte y los documentos que se han descrito se configura como requisitos indispensables para que las mercancías se puedan transportar de modo legal hasta el destino contratado.

Por otro lado cuando el envío se reparta en más de un vehículo, el porteador o el cargador cuentan con la alternativa de solicitar una carta porte por cada uno. Data de los términos en que se produjo el acuerdo y atribuye derechos sobre la mercancía transporta- da. También, en algunos casos, es exigible por parte de la autoridad si se necesita realizar una verificación.

La ausencia o irregularidad de la misma no producirá la inexistencia o la nulidad del contrato. Por ello, un recibimiento de la mercancía por parte del transportista, aunque tiene más funciones prácticas en el comercio, que cambian en función del medio de transporte y los productos de los que se trate.

En este documento se debe de incluir el lugar y fecha de emisión, nombre y dirección del cargador y del expedidor, al igual que la dirección del porteador y del tercero que reciba el envío, lugar y fecha de la recepción del envío por el porteador y prevista de entrega del envío en destino.

Continuando con los requisitos debe incluir nombre y dirección del destinatario, así como, en ocasiones, un domicilio donde este pueda recibir notificaciones; la naturaleza de las mercancías que integran el envío, el número de bultos y sus signos y señales de identificación del carácter peligroso de la mercancía enviada, así como de la denominación prevista en la legislación sobre transporte de mercancías peligrosas, cuando así corresponda.

De igual manera cantidad de mercancías enviadas, determinada por su peso o expresada de otra manera, la clase utilizado para acondicionar el envío, el precio convenido del transporte, importe de los gastos previsibles relacionados. Además de esto la Indicación de si el precio del servicio se paga por el cargador o por el destinatario, la declaración de valor de las mercancías o de interés especial en la entrega e instrucciones para el cumplimiento de formalidades y trámites administrativos.

Si alguna de las menciones no está incluida en este documento, esta no será inhabilitada. También, podrá contener alguna otra alusión que acordada entre las partes. Así mismo, el documento podrá tener otros acuerdos previamente estipulados entre las partes contratantes como, la referencia exclusiva de prohibición de transbordo, los gastos a cargo del remitente y la suma del reembolso percibido en la transmisión de los productos.

La carta de porte, obligatoriamente, acompaña a las mercancías desde el lugar de recogida hasta el último punto de entrega. En este sentido, se pueden realizar tantas cartas como trasbordos se realicen durante el proceso, por la dificultad de consolidarlo en un único documento; cabe destacar que no rigen las condiciones de traslado en otros medios de transporte.

OCASIONES EN DONDE NO ES NECESARIA LA CARTA PORTE. No siempre se requiere de este documento para el traslado terrestre de mercancías. Por ejemplo, en el transporte de mudanzas o paquetería; ya que algunas de las funciones de la carta de porte son la, Información de carga, que contiene datos detallados de la naturaleza de la mercancía. Constituyendo en información fundamental para tomar medidas en el transporte de la mercancía, con el objetivo de evitar el daño o deterioro.

De igual manera el espacio probatorio, este indica que existe un contrato de transporte acordado entre varias partes. Por consiguiente, hace constar las condiciones presentes en dicho contrato y el estado de la carga, ya que se deja como evidencia el estado de recibimiento y entrega de la mercancía. Esto permite que la responsabilidad por el maltrato o deterioro recaiga sobre el responsable del momento.

OCASIONES EN DONDE NO ES NECESARIA LA CARTA PORTE. No siempre se requiere de este documento para el traslado terrestre de mercancías. Por ejemplo, en el transporte de mudanzas o paquetería; ya que algunas de las funciones de la carta de porte son la, Información de carga, que contiene datos detallados de la naturaleza de la mercancía. Constituyendo en información fundamental para tomar medidas en el transporte de la mercancía, con el objetivo de evitar el daño o deterioro.

De igual manera el espacio probatorio, este indica que existe un contrato de transporte acordado entre varias partes. Por consiguiente, hace constar las condiciones presentes en dicho contrato y el estado de la carga, ya que se deja como evidencia el estado de recibimiento y entrega de la mercancía. Esto permite que la responsabilidad por el maltrato o deterioro recaiga sobre el responsable del momento.

La seguridad del transporte representa un área de gran interés, debido al riesgo de que los envíos se manipulen indebidamente, sean utilizados para cometer actos terroristas o para otros propósitos ilícitos, o que sufran un ataque criminal dirigido a la cadena de suministros.

INFORMACIÓN TRIBUTARIA.

Toda la relacionada a los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, así como lo referente al medio por el que se transportan; ya sea por vía terrestre, aérea, marítima o fluvial; y en su caso, incorporar la información para el traslado de hidrocarburos y petrolíferos. El Servicio de Administración Tributaria podrá autorizar a proveedores de certificación de comprobantes fiscales digitales por Internet para que efectúen la validación, asignación de folio e incorporación del sello a que se refiere esta fracción.

Los proveedores de certificación de comprobantes fiscales digitales por Internet a que se refiere el párrafo anterior deberán estar previamente autorizados por el Servicio de Administración Tributaria y cumplir con los requisitos que al efecto establezca dicho órgano desconcentrado mediante reglas de carácter general. El Servicio de Administración Tributaria podrá revocar las autorizaciones emitidas a los proveedores a que se refiere esta fracción, cuando incumplan con alguna de las obligaciones establecidas en este artículo, en la autorización respectiva o en las reglas de carácter general que les sean aplicables.

La clave del registro federal de contribuyentes de la persona a favor de quien se expida. Cuando no se cuente con la clave del registro federal de contribuyentes a que se refiere esta fracción, se señalará la clave genérica que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, considerándose la operación como celebrada con el público en general.

“Las Entidades realizarán además, inspecciones a empresas de servicio público de carga con el propósito de verificar el cumplimiento de las normas que rigen este modo de transporte y de esta manera mejorar la calidad en la prestación del servicio.

El Servicio de Administración Tributaria podrá establecer facilidades o especificaciones mediante reglas de carácter general para la expedición de comprobantes fiscales digitales por Internet por operaciones celebradas con el público en general.

Tratándose de comprobantes fiscales digitales por Internet que se utilicen para solicitar la devolución del impuesto al valor agregado a turistas extranjeros o que amparen ventas efectuadas a pasajeros internacionales que salgan del país vía aérea, terrestre o marítima, así como ventas en establecimientos autorizados para la exposición y ventas de mercancías extranjeras o nacio- nales a pasajeros que arriben al país en puertos aéreos internacionales.

Lo anterior debe de realizarse conjuntamente con la clave genérica que para tales efectos establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, deberán contener los datos de identificación del turista o pasajero y del medio de transporte en que éste salga o arribe al país, según sea el caso, además de cumplir con los requisitos que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.

Los comprobantes fiscales digitales por Internet, incluyendo los creados para efectos de amparar la retención de contribuciones deberán contener los requisitos que determine el Servicio de Administración Tributaria estipulada por el gobierno de México para la correcta manipulación de este documento dentro y fuera del país.

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