Presentación ley 617

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INFORME DE VIABILIDAD FISCAL MUNICIPIOS DE ANTIOQUIA VIGENCIA 2015 Decreto 4515 de 2007 Junio de 2016

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIร N CARLOS MARIO MONTOYA SERNA Director Departamento Administrativo de Planeaciรณn ALVARO ALONSO VILLADA GARCIA Director de Finanzas y Gestiรณn de Recursos


Competencias de Ley Planeaciรณn Departamental


Competencia Planeación Departamental

Decreto 4515 de 2007, en su artículo 1°, establece:

“Presentación de informes sobre viabilidad financiera de municipios. Las oficinas de planeación departamental o los organismos que hagan sus veces presentarán a los gobernadores y a las asambleas departamentales respectivas un informe donde expongan la situación financiera de los municipios, el cual deberá relacionar aquellas entidades que hayan incumplido los límites de gasto dispuestos por los artículos 6° y 10 de la Ley 617 de 2000…”


Contextualizaciรณn teรณrica del indicador 617


Contextualización teórica del indicador 617 Administración Central: El Art. 6 de la Ley 617 de 2000 propone el indicador 617, el cual se halla dividiendo los gastos de funcionamiento por los ingresos corrientes de libre destinación (ICLD); además se introduce la categorización de los municipios bajo los criterios poblacionales y de ICLD, límites según categorización:

ESPECIAL PRIMERA SEGUNDA Y TERCERA

LÍMITE DE GASTOS ADMINISTRACIÓN CENTRAL 50% 65% 70%

CUARTA, QUINTA Y SEXTA

80%

CATEGORÍA

Concejo: Según el Art. 1° de la Ley 1368 de 2009 y el Art. 10 de la Ley 617 de 2000, el límite de gastos del Concejo varía según el número de concejales, la categoría del municipio, los honorarios por sesión y el número de sesiones; además del 1,5% si los ICLD son mayores a 1.000 millones de pesos o 60 SMMLV si los ICLD son menores a 1.000 Millones de Pesos. Límite total = (# Concejales * Valor Honorarios * # Sesiones Permitidas) + (60 SMMLV ó 1.5% ICLD) 1 1

60 SMMLV si ICLD < 1.000 millones y 1.5% de los ICLD si ICLD > 1.000 millones


Contextualización teórica del indicador 617 Personería: El Art 10 de la Ley 617 de 2000 determina el límite de gasto de las personerías municipales, condicionado a la categoría que ostente y el SMMLV de la vigencia correspondiente. CATEGORÍA ESPECIAL PRIMERA SEGUNDA TERCERA CUARTA QUINTA SEXTA

LÍMITE 1,6% DE LOS ICLD 1,7% DE LOS ICLD 2,2% DE LOS ICLD 350 SMMLV 280 SMMLV 190 SMMLV 150 SMMLV

Contralorías Municipales: La Ley 1416 de 2010, Articulo 2, parágrafo “…crecerán porcentualmente en la cifra mayor que resulte de comparar la inflación causada en el año anterior y la proyectada para el siguiente por el respectivo distrito o municipio…”

Gastos de Funcionamiento vigencia actual = Gasto de Funcionamiento vigencia anterior * (1+X%) Donde X% es el número mayor entre la inflación causada y la proyectada para el año próximo.


Metodología medición Indicador 617 de 2000

Fuente de Información y Proceso de Verificación •  Planeación Departamental: -  Autocertificaciones y ejecuciones presupuestales de ingresos y gastos reportadas por el municipio en Gestión transparente. -  Reporte en el Formulario Único Territorial – FUT -  Registro de Comprobante de Egresos


Categorización Municipios Categoría de los 125 municipios de Antioquia, según la Ley 617: Categoría

Municipios

#

%

E

Medellín

1

0,8%

1

Bello, Envigado, Itagüi, Rionegro

4

3,2%

2

Caldas; Copacabana, Girardota, La Estrella, Sabaneta

5

4,0%

3

Apartadó, Barbosa

2

1,6%

4

Guarne, La Ceja, Turbo

3

2,4%

5

El Carmen del Viboral, Caucasia, Marinilla, El Retiro, Santa Rosa de Osos, Segovia, Sonsón y Yondó

8

6,4%

6

Resto de Municipios

102

81,6%

El 88% de los municipios de Antioquia son de categorías quinta y sexta 5 municipios mejoraron su categoría en 2015: - Un municipio en categoría 4 subió a categoría 3 (Apartadó), - Dos municipios de categoría 6 subieron a categoría 5 (El Carmen del Viboral y Sonsón), - Dos municipios de categoría 5 subieron a categoría 4 (Guarne y La Ceja)


Anรกlisis del Cumplimiento del Indicador 617 de 2000 por Subregiones


SUBREGIÓN BAJO CAUCA 6 MUNICIPIOS

120

100

100

86

Indicador 617 [%]

80

78

80

76 69

77

79

84

71

60

52 47

40

Municipios

Nechí Zaragoza Tarazá Cáceres

20

-

Cáceres

Caucasia 2014

El Bagre 2015

Limite

Nechí

Tarazá

Zona de Riesgo

Zaragoza

Incumplieron 617

En Alerta

85,62 83,63 76,96 75,62


SUBREGIÓN MAGDALENA MEDIO 6 MUNICIPIOS

Municipios

Puerto Nare Puerto Berrío

En Alerta

79,25 76,07


SUBREGIÓN NORDESTE 10 MUNICIPIOS

81,77

73,10 58,51

58,1

58,65

62,56

73,5

71,04 67

67,29

71,47

73,31

77,07 65,75 62,26

66,43

71,51

51,05 41,42 37,28

Municipios

Yalí

Incumplieron 617

81,77


SUBREGIÓN NORTE 17 MUNICIPIOS

120,00 106

100,00 99

87

Indicador 617 [%]

80,00 75

60,00

62

79 71

70

78 70 68

68

79 77

77

76

77 72

62

62

70

60 52

40,00

52 48

42

42 36 33

35 28

20,00

-

2014

2015

Limite

52

56

Zona de Riesgo

Municipios

San Andrés de Cuerquia Toledo Gómez Plata San José de la Montaña Guadalupe

Incumplieron 617

En Alerta

86,90 106,20 77,10 76,74 76,27


SUBREGIÓN OCCIDENTE 19 MUNICIPIOS

100,00 90,00

92

92

82

86

82

80,00

Indicador 617 [%]

70,00

73 68

60,00 59

71

74

72 66

62

50,00

75 75

73 63 58

78 70

64 63 62 57

76 71

75 69

49

30,00 20,00 10,00 -

2015

Limite

Zona de Riesgo

66 60

54

40,00

2014

66

61

47

50 45 40

Municipios

Abriaquí Armenia Buriticá Caicedo Liborina Heliconia Olaya

Incumplieron 617

En Alerta

91,67 91,66 82,46 81,72 86,33 77,54 75,59


SUBREGIÓN ORIENTE 23 MUNICIPIOS

100,00 91

90,00

86 82

80,00 78

Indicador 617 [%]

70,00 60,00 50,00

79

77 77

72

77

68

71 57

56 57

54

53 55

53

40,00

53

57

48 51

58 63

64 50 56

41

41

45

36

30,00 30

20,00

18 21

10,00

11

-

2014

2015

Límite

62 71 58 64 45

42

33

57

Zona de Riesgo

47

47

44

Municipios

Alejandría Argelia Granada Nariño Cocorná

Incumplieron 617

En Alerta

91,25 85,99 81,68 78,59 76,72


SUBREGIÓN SUROESTE 23 MUNICIPIOS

100,00 90,00

93

90

80,00

Indicador 617 [%]

70,00 60,00 50,00

67 62 62 57

72 70

79 75 67 56

79 72

78 71 66

69 61

60

75 71

79 78 69

62

79 77 68

71

64 58

55

51

47

40,00 30,00 20,00 10,00 -

2014

2015

Límite

77 72 71 72 72 67 66 66 64

73

Zona de Riesgo

55

Municipios

Betulia Fredonia Ciudad Bolívar Montebello Pueblorrico Urrao

Incumplieron 617

En Alerta

90,34 93,21 79,31 77,96 78,94 77,01


SUBREGIÓN URABÁ 11 MUNICIPIOS

100,00 90,00

86

82

76

Indicador 617 [%]

70,00 60,00

80

78

80,00

72

65

65

75

64 67

64

54 51

78

79

79

65 72 68

50,00

67

46

40,00 30,00 20,00 10,00 - Apartadó Arboletes Carepa Chigorodó Murindó Mutatá Necoclí San Juan de Urabá San Pedro de Urabá Turbo Vigía del Fuerte 2014

2015

Límite

Zona de Riesgo

Municipios

Incumplieron 617

Arboletes Mutatá Turbo Vigía del Fuerte Carepa San Pedro de Urabá Murindó Necoclí

82,46 85,97

En Alerta

79,36 78,63 78,43 78,18 75,94 75,46


SUBREGIÓN VALLE DE ABURRA 10 MUNICIPIOS

80,00 70 70,00

60,00

61

Indicador 617 [%]

50 50,00

50 47

48 45

40,00

44

44

41 39

38

39

40 36

35

44

37

29

30,00

26

20,00

10,00

Municipios

Barbosa

-

2014

2015

Límite

Zona de Riesgo

Incumplieron 617

70,22


INDICADOR 617 Vigencia 2015


Resumen incumplimiento Nivel Central, Concejos, Personerías y Contralorías Los municipios que incumplieron la Ley 617 de 2000, en cuanto a los límites máximos de gasto en Nivel Central, Concejo, Personería y Contraloría son: Criterio incumplido

Cantidad

Municipios

Límite Gastos de Funcionamiento Administración Central

18

Abriaquí, Alejandría, Arboletes, Argelia, Armenia, Barbosa, Betulia, Buriticá, Caicedo, Fredonia, Granada, Liborina, Mutatá, Nechí, San Andrés de Cuerquia, Toledo, Yalí y Zaragoza.

Límite Gastos Concejo Municipal

7

Betania, Ebéjico, Concepción, Giraldo, Murindó, Olaya y Santo Domingo.

Límite Gastos Personería Municipal

6

Buriticá, Montebello, Nariño, Nechí, Pueblorrico y Valdivia.

Límite Gastos Contraloría Municipal

2

Envigado, Itagüí.


Programa de Saneamiento Fiscal y Financiero

Fortalecer la gestiรณn institucional

Sanear pasivos exigibles de la Entidad

Incrementar el recaudo de ingresos

ObjeWvos del Programa de Saneamiento = Municipios Saneados y Disminuir y Sostenibles racionalizar gastos

Generar ahorro corriente Mรกs informaciรณn


Programa de Saneamiento Fiscal y Financiero

Para acogerse al programa de Saneamiento Fiscal y Financiero que establece la Ley 617 de 2000 en su artículo 20, los municipios que incumplen el límite del gasto y que se encuentran en alertas tempranas, podrán adelantar dicho programa de acuerdo a:

Obligatorio: • Incumplimiento de los límites de gasto establecidos por dos vigencias consecutivas. • Se carece de capacidad de endeudamiento.

Voluntario: Cuando sus ICLD son insuficientes para: • Atender obligaciones corrientes • Provisionar el pasivo pensional y prestacional • Financiar parcialmente su inversión autónoma


GRACIAS


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