HECHO IMPONIBLE

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UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE-RECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO BARQUISIMETO-EDO. LARA

Hecho imponible

Gresly Aponte C.I: 26.050.038 M-624 Freddy Torcatez


Material: contiene las normas sustanciales relativas a las normas tributarias, estudia como nace la obligación tributaria, elementos y sujetos, exenciones y beneficios tributarios; sus fuentes, causas y privilegios Regula la solidaridad, el domicilio

Aspectos formal y material

Formal: Contiene las normas que el Fisco utiliza para comprobar si corresponde que cierta persona pague determinado tributo y en su caso cual será la cantidad a pagar

Presupuesto fijado por la ley para tipificar el tributo y a través de este acto jurídico da nacimiento a la obligación tributaria.

Hecho imponible

Prorroga: El ejecutivo nacional puede decretar prorrogas de carácter general para realizar el pago de las obligaciones no vencidas , así como también puede dividir y dar plazos para el pago de deudas atrasadas

Efectos del acaecimiento

Es el hecho realizado que genera obligaciones y hace referencia a la celebración del mismo

A plazo: Son aquellas las cuales su eficacia dependen de un día cierto. De manera que una fecha determina la cesación o el comienzo de sus efectos Art.10 C.O.T


Obligaciones provenientes de actividades ilícitas o inmorales

Base imponible: Es la cuantía del pago obtenido por el sujeto , es decir es el patrimonio perteneciente a un sujeto con valoración en unidades monetarias o en otras unidades.

La ley consagra cuales son los hechos jurídicos que nacen al momento de dar el tributo.

Beneficios tributarios y privilegios: Las exoneraciones y exenciones son concesiones que puede otorgar Estado a la ciudadanía en materia tributaria y perteneciente a los beneficios tributarios

Exenciones: Es la disolución total o parcial del pago de la obligación tributaria establecida por la ley y esta puede otorgar al Poder ejecutivo para que conceda exoneraciones y establecer un plazo máximo de duración del beneficio

Exoneraciones: es la dispensa total o parcial del pago de la obligación tributaria concedida por el Poder Ejecutivo en casos autorizados por la ley. Estas serán concedidas con carácter general a favor de los que se encuentren en los presupuestos y condiciones que fueron dictados por La Ley o por el Poder Ejecutivo.


REFERENCIAS • • • • •

http://declaraciones.seniat.gob.ve/portal/page/portal/MANEJADOR_CONTENIDO_SENIAT/01NOTICIAS/00IMAGENES/GACETAOFICIAL6152COT. pdf https://aquisehabladerecho.com/2017/04/30/la-relacion-juridica-tributaria/ https://economipedia.com/definiciones/hecho-imponible.html http://saia.uft.edu.ve/moodle/pluginfile.php/505838/mod_resource/content/1/EL_HECHO_IMPONIBLE.pdf https://www.studocu.com/es/document/universidad-de-valladolid/fiscalidad-i/apuntes/hecho-imponible-sujeto-pasivo-base-imponiblecomprobacion-de-valores-tipo-de-gravamen-cuota-tributaria-deuda-tributaria-prescripcion-de-la-deuda-tributaria-garantias-del-creditotributario-y-liquidaciones-tributarias-los-tributos-merged-files-conceptos-impositivospdf-el-sector-publico-en-espanapdf-ganancias-y-perdidaspatrimonialespdf-impuesto-sobre-la-renta-de-las-personas-fisicaspdf-los-tributospdf-rendimientos-del-capital-inmobiliario-y-mobiliariopdfsistema-fiscal-espanolpdf/937922/view


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