Código Del Trabajo Seminario

Page 43

Artículo 40 bis C Las partes podrán pactar alternativas de distribución de jornada. En este caso, el empleador, con una antelación mínima de una semana, estará facultado para determinar entre una de las alternativas pactadas, la que regirá en la semana o período superior siguiente. Fuente: Ley Nº 19.759, Artículo Único, Nº 13.

Artículo 40 bis D Para los efectos del cálculo de la indemnización que pudiere corresponderle al trabajador al momento del término de sus servicios, se entenderá por última remuneración el promedio de las remuneraciones percibidas por el trabajador durante la vigencia de su contrato o de los últimos once años del mismo. Para este fin, cada una de las remuneraciones que abarque el período de cálculo deberá ser reajustada por la variación experimentada por el índice de precios al consumidor, entre el mes anterior al pago de la remuneración respectiva y el mes anterior al término del contrato. Con todo, si la indemnización que le correspondiere por aplicación del artículo 163 fuere superior, se le aplicará ésta. Fuente: Ley Nº 19.759, Artículo Único, Nº 13.

Artículo 40 bis E Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos anteriores, las partes podrán acordar una jornada parcial alternativa de trabajo y descansos para estudiantes trabajadores, de conformidad con las reglas precedentes y las siguientes reglas especiales: a) Se entenderá para estos efectos como estudiante trabajador a toda persona que tenga entre 18 y 24 años de edad inclusive, que se encuentre cursando estudios regulares o en proceso de titulación en una institución de educación superior universitaria, profesional o técnica reconocida por el Estado o en entidades ejecutoras de programas de nivelación de estudios. b) La calidad de alumno regular o en proceso de titulación deberá acreditarse dentro del plazo para hacer constar por escrito el contrato de trabajo, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 9, mediante certificado emitido por la institución educacional respectiva. Ésta tendrá la obligación de emitir el certificado para dicho fin, de manera gratuita, dentro del plazo de tres días hábiles de solicitado, sin que pueda excusarse de ello ni aun por encontrarse el estudiante en mora o por cualquier otro motivo. El certificado deberá anexarse al contrato individual de trabajo, se considerará como parte integrante del mismo y deberá mantenerse en un registro especial que, para estos efectos, llevará el empleador. Igual certificación deberá acompañarse cada seis meses, mientras subsista la relación laboral. c) En caso de que el estudiante trabajador deje de cumplir con los requisitos señalados en la letra a), se aplicarán las normas generales de este Código. Con todo, el estudiante trabajador deberá informar de inmediato al empleador sobre los cambios en su calidad de estudiante. d) Tratándose de estudiantes trabajadores, la jornada ordinaria diaria será continua. Con todo, las partes podrán pactar sólo una interrupción diaria, la que en ningún caso podrá afectar el derecho a colación del cual goza el trabajador. La interrupción

40

EDICIÓN LABORAL


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook

Articles inside

ARTÍCULOS TRANSITORIOS - Art. 1 - 23

30min
pages 261-275

y de la Prescripción - Art. 505

6min
pages 258-260

Resoluciones Administrativas - Art. 503

2min
page 257

Párrafo 7º Del Procedimiento Monitorio - Art. 496

3min
pages 255-256

Párrafo 5º De Los Recursos - Art. 474

10min
pages 246-250

Párrafo 3° Del Procedimiento de Aplicación General - Art. 446

21min
pages 234-242

Párrafo 6º Del Procedimiento de Tutela Laboral - Art. 485

9min
pages 251-254

Títulos Ejecutivos Laborales - Art. 463

5min
pages 243-245

Párrafo 2° Reglas Comunes - Art. 432

10min
pages 229-233

Federaciones y Confederaciones - Art. 408

2min
page 221

Colectiva y su Sanción - Art. 403

6min
pages 218-220

Negociación Colectiva - Art. 399

1min
page 217

Capítulo III Del Arbitraje - Art. 385

7min
pages 213-216

de Conflictos Colectivos - Art. 381

1min
page 212

Permiso Sala Cuna Modifica. Artículos 203 y

2min
page 210

Título VI De los Pactos sobre Condiciones Especiales fe Trabajo Art. 374

2min
page 209

Temporada y de Obra o Faena Transitoria - Art. 365

3min
pages 207-208

Capítulo VII Limitaciones al Ejercicio del Derecho a Huelga - Art. 359

8min
pages 202-205

Capítulo VI Derecho a Huelga - Art. 345

10min
pages 197-201

Capítulo V Período de Negociación - Art. 341

1min
page 196

Capítulo III De la Respuesta del Empleador - Art. 335

2min
page 194

Título II Derecho a Información de las Organizaciones Sindicales - Art. 315

4min
pages 186-187

Capítulo IV Impugnaciones y Reclamaciones - Art. 339

1min
page 195

Titularidad Sindical - Art. 320

5min
pages 188-190

y Plazo de la Negociación - Art. 332

1min
page 193

Título I Normas Generales - Art. 303

5min
pages 183-185

Capítulo X De la Disolución de las Organizaciones Sindicales - Art. 295

3min
pages 180-181

Capítulo IX De Las Prácticas Antisindicales y de su Sanción - Art. 289

6min
pages 177-179

Capítulo VIII De Las Centrales Sindicales - Art. 276

7min
pages 173-176

Capítulo VII De Las Federaciones y Confederaciones - Art. 266

5min
pages 170-172

Capítulo IV Del Directorio - Art. 234

10min
pages 161-165

Capítulo VI Del Patrimonio Sindical - Art. 256

6min
pages 167-169

Capítulo II De la Constitución de los Sindicatos - Art. 221

6min
pages 156-158

Capítulo III De los Estatutos - Art. 231

4min
pages 159-160

Manipulación Manual - Art. 211-F

1min
page 150

Título IV De La Investigación y Sanción del Acoso Sexual - Art. 211-A

2min
page 149

Enfermedades Profesionales - Art. 209

1min
page 148

y la Vida Familiar- Art. 194

23min
pages 138-147

Del Contrato De Trabajo de Servicios Transitorios - Art. 183-R

8min
pages 130-133

Título I Normas Generales - Art. 184

6min
pages 135-137

Normas Generales - Art. 183-AC

1min
page 134

Del Contrato de Puesta a Disposición de Trabajadores - Art. 183-N

4min
pages 128-129

De las Empresas de Servicios Transitorios - Art. 183-I

4min
pages 126-127

el Empleo - Art. 159

35min
pages 107-120

de Servicios Transitorios - Art. 183-F

1min
page 125

Título VI De la Capacitación Ocupacional - Art. 179

3min
pages 121-122

Capítulo VII Del Contrato de Tripulantes de Vuelo y de Tripulantes de Cabina de Aeronaves Comerciales de Pasajeros y Carga - Art. 152 ter

12min
pages 90-95

Capítulo IX Del Trabajo a Distancia y Teletrabajo – Art. 152 quáter G

8min
pages 98-101

Título IV Del Servicio Militar Obligatorio - Art. 158

2min
page 106

Capítulo VIII Del Contrato de los Teleoperadores - Art. 152 quáter

4min
pages 96-97

Capítulo II De la Inclusión Laboral de Personas con Discapacidad - Art. 157 bis

4min
pages 104-105

Contrato de Trabajo - Art. 152 bis C

2min
page 87

Capítulo V Del Contrato de Trabajadores de Casa Particular - Art. 146

7min
pages 82-85

Capítulo IV Del Contrato de Trabajadores de Artes y Espectáculos - Art. 145-A

3min
pages 80-81

Capítulo VI De La Protección a las Remuneraciones - Art. 54

10min
pages 50-54

Párrafo 2° Del Contrato de los Trabajadores Portuarios Eventuales - Art. 133

10min
pages 75-79

Permiso Muerte Cónyuge, Hijo y Padres. Artículo

8min
pages 70-74

de Temporada - Art. 93

3min
pages 64-65

Capítulo VII Del Feriado Anual y de los Permisos - Art. 66

10min
pages 55-59

Capítulo V De Las Remuneraciones - Art. 41

7min
pages 46-49

Menores de Edad. Artículos 13; 15; 16 y

6min
pages 22-24

Capítulo II De La Capacidad Para Contratar Y Otras Normas Relativas A La Protección Del Trabajo De Niños, Niñas Y Adolescentes - Art. 13

9min
pages 28-32

Capítulo III De La Nacionalidad de los Trabajadores - Art. 19

2min
page 33

Párrafo 2° Horas Extraordinarias - Art. 30

2min
page 37

Párrafo 4° Descanso Semanal - Art. 35

9min
pages 39-42

D.F.L. Núm. 1. Santiago, 16 De Enero De 2003

15min
pages 13-20

Párrafo 5° Jornada Parcial - Art. 40 bis

7min
pages 43-45

Párrafo 3° Descanso Dentro de la Jornada - Art. 34

1min
page 38
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.