REMUNERACIONES DOCENTES Y SUS INCREMENTOS A PARTIR DEL REAJUSTE DEL SECTOR PUBLICO, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL EL 22 DE DICIEMBRE DE 2021, LEY 21405
EDITORIAL Es importante precisar los aspectos relevantes de la ley y los beneficiarios del Reajuste del Sector Público, todos los profesionales pertenecientes a los Servicios Locales de Educación
Pública, de las Entidades de Administración Municipal, Instituciones de Administración delegada Decreto 3166 y Particulares con aportes de subvención educacional.
Dicho de otro modo, los docentes regidos por la ley 19.070 que laboran en las corporaciones Municipales, Servicios Locales, Administración Delegada y Particulares
Subvencionados,
perciben el reajuste del sector público en el mismo porcentaje, porque de acuerdo con lo dispuesto en los artículo 60, 65, y 5° transitorio, inciso 4°, de la ley 19.070, en relación con los
artículos 1° y 10 de la ley 19.715, y del artículo 10, del D.F.L. N° 5, de 1992, actual N° 2, de Educación, de 1998 y artículos 1°, 10 y 13 de la ley 19.715, deben incrementarse en dicho
porcentaje el valor mínimo de la hora cronológica que sirve de referencia para determinar la Remuneración Básica Mínima Nacional (RBMN) de los profesionales de la educación.. Por su
parte, de manera indirecta, se verán incrementadas la asignación de Experiencia, Los tramos
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