Revista Digital Tributaria Enero 2022

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REVISTA TRIBUTARIA – TOMO I

No obstante, si el transporte es efectuado con fines MERAMENTE TURÍSTICOS, esto es que el objetivo del viaje sea conocer lugares de interés turístico permitiendo con ello el disfrute y distracción de los pasajeros, lo que se podrá establecer si concurren en la prestación elementos tales como, por ejemplo: contar con guías de turismo, comodidades especiales, ofrecer algún tipo de servicio a bordo o simplemente promocionar como objetivo principal del viaje el mostrar las bellezas naturales de la zona, dicha actividad se encontraría GRAVADA CON IVA por quedar clasificada como empresa de diversión y esparcimiento, comprendida en el artículo 20º, Nº4, de la Ley de la Renta. 2.

TRANSPORTE DE CARGA AJENA Según el numeral 3, página 2 del Oficio 1546 de 2001, el transporte de carga por vía terrestre que se preste dentro del territorio nacional es un servicio que se encuentra AFECTO A IVA, de acuerdo a las reglas generales.

RENTA PRESUNTA PROVENIENTE DE LA ACTIVIDAD MINERA REQUISITOS PROPIOS DE LA ACTIVIDAD

1) De acuerdo al artículo 34, N° 1 incisos 1° y 2° del DL 824, para estar acogido al régimen

de renta presunta para la actividad de

explotación de Minería, las VENTAS O INGRESOS NETOS ANUALES de la primera categoría, no podrán “exceder” de 17.000 unidades de fomento.

Para este límite de ventas o ingresos, se computarán la totalidad de ingresos obtenidos por

los contribuyentes, sea que provengan de actividades sujetas al régimen de renta efectiva o

presunta, según corresponda, y no se considerarán las enajenaciones ocasionales de bienes muebles o inmuebles que formen parte del activo inmovilizado del contribuyente. Para este

efecto, las ventas o ingresos de cada mes deberán expresarse en unidades de fomento de acuerdo con el valor de ésta el último día del mes respectivo. (Ver páginas 5 a 7 de la Circular 37 de 2015)

2) Igualmente, de acuerdo al artículo 34, N° 1 inciso 3° del DL 824, para estar acogido al régimen de renta presunta para la actividad de Minería, el CAPITAL EFECTIVO, no debe ser superior a 34.000 Unidades de Fomento. (Ver páginas 14 y 15 de la circular 37 de 2015).


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EGRESOS

16min
pages 91-104

SITUACIONES ESPECIALES DE INGRESO

1min
page 87

CAPITAL PROPIO TRIBUTARIO SIMPLIFICADO (CPTS

1min
page 78

INGRESOS

1min
page 90

EGRESOS

1min
page 80

RENTAS QUE SE GRAVAN CON IMPUESTOS FINALES

1min
page 82

A CONSIDERAR EN RELACIONADOS

1min
page 77

GLOSARIO

0
page 71

EDITORIAL

1min
page 70

NORMAS DE RELACIÓN

7min
pages 62-65

EJERCICIOS

3min
pages 66-69

RENTA PRESUNTA PROVENIENTE DE LA ACTIVIDAD MINERA

3min
pages 60-61

AJENA O DE PASAJEROS

5min
pages 57-59

RENTA PRESUNTA PROVENIENTE DE LA ACTIVIDAD AGRÍCOLA

14min
pages 49-56

N° 2 RENTAS PRESUNTAS DEL ARTÍCULO 34 DE LA LIR

15min
pages 40-48

N° 1 CONTRIBUYENTES FACULTADOS PARA LLEVAR CONTABILIDAD SIMPLIFICADA

1min
page 39

CONTRIBUYENTES FACULTADOS PARA LLEVAR CONTABILIDAD SIMPLIFICADA

1min
page 37

N° 9 FACULTAD ESPECIAL DE REVISION DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS

3min
pages 30-31

ELOSARIO

0
page 33

N° 8 INFORMACION ANUAL AL SERVICIO

1min
page 29

EDITORIAL

0
page 32

CONTRIBUYENTES NO OBLIGADOS A LLEVAR CONTABILIDAD ALGUNA

1min
page 36

PRINCIPALES CARACTERIATICAS REGIMEN 14 A) – SEMI INTEGRADO

1min
page 10

QUIENES DEBEN TRIBUTAR EN ESTE RÉGIMEN 14 LETRA A

1min
page 11

N° 1.- RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS PROPIETARIOS AFECTOS A IF

1min
page 13

N° 5 DETERMINACION DEL CREDITO APLICABLE A LOS SOCIOS

1min
page 25

ESTRUCTURA DEL ARTÍCULO 14 A DE LA LIR

0
page 12

IMPUESTO DE PRIMERA CATEGORIA

3min
pages 26-27

N° 7 NORMAS PARA COMPENSAR RENTAS Y CREDITOS IMPROCEDENTES

2min
page 28

N° 2 REGISTROS TRIBUTARIOS DE LAS RENTAS EMPRESARIALES

16min
pages 14-22
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