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EL MUNDO. LUNES 8 DE JULIO DE 2013
MÁLAGA >VISTA PÚBLICA
Impreso por Antonio Campos García. Prohibida su reproducción.
Un repaso por la actualidad judicial
FERNANDO DEL VALLE Abogado Aunque el Supremo rebajó su condena por el caso ‘Ballena Blanca’, la pena le aboca a la prisión. Apoyado por el Colegio de Abogados acaba de pedir un indulto, y la suspensión de la ejecución de su sentencia.
«¿Qué gana la sociedad con que yo entre en prisión?» MARTA SÁNCHEZ ESPARZA / Málaga
El 10 de marzo de 2005 un impresionante despliegue de furgones blindados de la Policía Nacional sitiaba su despacho en Marbella. Fernando del Valle pasó seis meses en la cárcel por su presunta implicación en el lavado de dinero de 17 organizaciones criminales. La Policía le dio la vuelta a su despacho como a un calcetín. Aunque la macrocausa se desinfló antes de llegar a juicio y la mayoría de los acusados resultaron absueltos tras el juicio, el letrado fue condenado a seis años y tres meses de cárcel por blanqueo y delito contra la Hacienda Pública, pena que el Supremo rebajó a cinco años y seis meses. Ahora ha pedido el indulto avalado por un centenar de letrados del Colegio de Abogados. Pregunta.– ¿Por qué ha solicitado el indulto al Gobierno? Respuesta.– El indulto es un derecho, y tenemos razones, algunas de carácter humanitario. Esta petición viene avalada por más de un centenar de abogados que se han adherido al apoyo mostrado por el Colegio de Abogados a mi petición. Pero el indulto no es lo más importante. Lo relevante es el recurso de amparo que hemos solicitado al Tribunal Constitucional. P.– ¿Cuáles son los principales argumentos que esgrime? R.– Son muchos. Hacemos alusión a las irregularidades del juicio, y a los efectos que tuvo el juicio paralelo de los medios de comunicación en nuestras vidas y en nuestras
economías. El procedimiento causó un daño enorme a muchas personas y supuso un castigo excesivo. P.– ¿Su argumento principal es entonces el impacto que tuvo el caso en los medios de comunicación? R.– Esa es una de las razones. El efecto mediático y la forma en la que se llevó a cabo la investigación. Fue muy desproporcionada en comparación con lo que se decía que había. Hay además razones humanitarias que aconsejan el indulto. ¿Qué gana la sociedad con que yo entre en prisión?
«No digo que no haya una condena, pero la distancia con lo que se dijo es sideral» P.– ¿Han pedido la suspensión de la ejecución de la condena? R.– Sí. La pedimos mientras resuelve el Constitucional nuestro recurso de amparo y mientras se nos responde sobre el indulto. P.– Han pasado 8 años desde su detención. ¿Qué ve al mirar atrás? R.– Una operación desmesurada. Una monstruosidad de juicio. Fiscalía publicó sus sospechas como si fueran hechos absolutos, y como se mantuvo el secreto del sumario lo que sucedió durante los primeros meses de investigación fue dando por hecho que aquéllo era así. Por
EX LEGE JUAN C. SÁNCHEZ-ARÉVALO
El derecho a disfrutar de las vacaciones con salud El ansiado disfrute del descanso vacacional por parte de los trabajadores constituye un derecho cuya configuración práctica a lo largo de los años ha precisado de un notable esfuerzo para adaptar las genéricas previsiones legales a la normativa comunitaria sobre la materia. Ha sido el disfrute simultáneo de determinados permisos reconocidos por la norma, coincidentes con el período vacacional el punto de partida sobre el que se ha venido cimentando la regulación jurídica de la que disfrutamos en
eso me metieron en la cárcel sin fianza, registraron mi casa y mi despacho y bloquearon cuentas de mis clientes. Yo no digo que no exista una condena. Existe, aunque está sujeta a un recurso ante el TC. Pero la distancia entre lo que figura en la condena y lo que se dijo que había sigue siendo sideral, gigantesca. P.– La operación dejó secuelas en muchas personas... R.– Se causó un daño emocional muy grande en personas que no tenían ninguna vinculación con esto. Y se tergiversaron muchas cosas... P.– ¿Cree que el TC atenderá su recurso? R.– Pienso que sí. El recurso está muy elaborado. Tiene más de 80 páginas de argumentación, donde se manifiestan errores que supusieron la vulneración de muchos derechos constitucionales. P.– Usted tiene otras causas abiertas. ¿Le perjudicarán para la concesión del indulto? R.– En esos procedimientos no hay juicio aún. Una persona es inocente mientras no se demuestre lo contrario. Y además esos casos son hijos de Ballena Blanca. P.– ¿Qué perjuicio le ha supuesto Ballena Blanca para su actividad profesional? R.– Hace ocho años teníamos despacho de Marbella y cuatro oficinas más, y 45 personas trabajando con nosotros. A raíz de lo ocurrido hemos tenido que cerrar todas las oficinas menos la de Marbella, y de 45 personas hemos pasado a siete.
la actualidad. Así, no fue hasta el año 2005 cuando el Tribunal Supremo reconoció el derecho de la trabajadora que se encontrara disfrutando de un permiso por maternidad a disfrutar de sus vacaciones anuales en un período distinto, en el caso de que ambos llegaran a coincidir. A partir de ese momento, afloraron posiciones que abogaban por hacer extensivo ese régimen específicamente reconocido respecto de la maternidad, a aquellos casos en los que el trabajador se encontrase en situación de incapacidad temporal (IT). Fue a raíz de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 20 de enero de 2009, que reconocía al trabajador cuyas vacaciones coincidan con una baja por enfermedad, el derecho a que se le asignase otro período de vacaciones distinto, cuando se arrojó luz acerca de esta cuestión, acogiéndose sin fisuras este planteamiento por el Tribunal Supremo, configurando la naturaleza del período vacacional como un derecho que va más allá del simple descanso reparador, indicando que el
El abogado Fernando Del Valle. / JESÚS DOMÍNGUEZ
Apoyo del Colegio de Abogados Málaga
«Las detenciones en el marco de la conocida como operación ‘Ballena Blanca’ tuvieron lugar, de manera provocada e intencionada, con presencia de los medios de comunicación, con un desproporcionado, infundado e inusual despliegue policial, dotando a la operación de una espectacularidad difundida ante la opinión pública, con sus terribles consecuencias». Con esta contundencia se manifiesta la junta de gobierno del Colegio de
mismo debe servir para que el trabajador pueda conciliar su vida personal con la laboral, tener acceso a la cultura, al ocio y al esparcimiento, etc., considerando que un trabajador en situación de incapacidad temporal no podría disfrutar adecuadamente de todo ello.
El derecho a vacaciones debe servir para conciliar vida personal y laboral; va más allá del descanso Apenas unos meses más tarde, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea da un paso más al confirmar que la asignación de ese período de vacaciones puede producirse incluso fuera del año natural. Se puede afirmar que desde 2009 quedaba ya reconocido de forma pacífica el derecho del trabajador a disfrutar de sus vacaciones «con salud», incluso si para ello
Abogados de Málaga en un escrito con el que ha apoyado la concesión del indulto al abogado Fernando del Valle. El decano del Colegio, Francisco Javier Lara, recuerda que en la operación se incautó «absolutamente toda la documentación existente en los despachos», que como consecuencia de aquellos sucesos se cerraron cuatro de las cinco sedes del bufete, y que muchos de los detenidos nunca fueron acusados por la Fiscalía o resultaron absueltos.
debía hacerlo fuera del período anual establecido para ello. No obstante, quedaba en el aire una cuestión: ¿qué ocurre si el trabajador se marcha de vacaciones y el percance que le lleva a la situación de incapacidad temporal sucede durante el disfrute de las mismas? Ante la discrepancia de criterios existente, el Tribunal Supremo optó por plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, siendo respondida por medio de sentencia de 21 de junio de 2012, afirmando que contravienen lo dispuesto en la normativa comunitaria las disposiciones nacionales que impidan a un trabajador en situación de incapacidad laboral sobrevenida durante el período de vacaciones anuales retribuidas el poder disfrutarlas con posterioridad. Quedaba por tanto resuelto también ese problema, y así lo confirmó el Tribunal Supremo en su reciente sentencia de 3 de octubre de 2012. Juan Carlos Sánchez-Arévalo Torres es abogado de GVA&Atencia Abogados.