VIERNES, 12 DE SEPTIEMBRE DE 2014 EL ECONOMISTA
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Normas & Tributos Economía
Las bibliotecas pueden digitalizar obras, pero no permitir su impresión El Tribunal de Justicia de la UE ratifica las conclusiones del abogado general X. G. P. MADRID.
Francisco Adame, Eduardo Luque y Tomás Marcos, ayer, en la mesa de ponentes. EE
Los asesores fiscales piden la reforma de más impuestos Los miembros de la Aedaf abogan por la supresión del Patrimonio y la reforma del Impuesto sobre Sucesiones Xavier Gil Pecharromán MADRID.
La supresión del Impuesto sobre el Patrimonio (IP) y la reforma urgente y en profundidad del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) son dos de las asignaturas pendientes de la reforma fiscal que los asesores fiscales echan en falta. Así, quedó patente ayer en Santander, en el transcurso de la primera jornada del Curso sobre la Reforma Fiscal organizado por la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf ) y la Universidad de Cantabria, en la que se expusieron las graves incógnitas que ha generado el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), de 3 de septiembre de 2014, que ha dictaminado que la Ley española de este tributo no se ajusta a la normativa comunitaria. Quedó patente en diversas intervenciones que el ISD es una figura tributaria a la que acompaña una amplia polémica puesto que, incluso, promueve el traslado de ciudadanos de unas comunidades hacia otras, que se deslocalizan en busca de una mejor tributación. No obstante, Eduardo Luque, presidente de la Aedaf, destacó la necesidad de esta reforma, puesto que durante años las normativas de los diferentes impuestos han sido ob-
jeto de parcheo, lo que obliga a los Gobiernos a que “de vez en cuando haya que hacer un punto y seguido para reestructurar el sistema, que ya empezaba a tener goteras”. “Apoyamos que haya reforma, aunque en la propuesta del Gobierno hay cosas que nos gustan, otras que nos gustan regular y cosas que no nos gustan nada, sobre todo en
Preocupa la lista de defraudadores que se pretende hacer pública, por ser “una lista de deudores” el anteproyecto de la nueva Ley General Tributaria”, explicó Luque. Tomás Marcos, vocal responsable de Estudios e Investigación de Aedaf, señaló que existe preocupación entre los asesores fiscales por la publicación de la lista de defraudadores, cuando “en realidad lo que se va a publicar, según el anteproyecto, es una lista de deudores”. Marcos dijo también que “la reforma muestra un exceso de preocupación por la recaudación poniendo en segundo lugar toda una serie de derechos de los contribu-
yentes que son tan importantes o incluso más que la recaudación”. El catedrático de Derecho Financiero y Tributario Francisco Adame llamó la atención sobre “la elevada litigiosidad en materia tributaria en España con procesos muy largos y a menudo con doctrina jurisprudencial contradictoria”. “La Administración se equivoca en muchas ocasiones. Pero el contribuyente tiene que litigar muchos años para conseguir que los tribunales le den la razón”, aseguró.
Rebajas tributarias Inauguró el Curso la consejera de Economía, Hacienda y Empleo de Cantabria, Cristina Mazas, quien al referirse a la reforma impositiva que se prepara su Gobierno anunció que se suprimirá el céntimo sanitario a partir del 1 de enero del próximo año. También dijo que se reducirá el canon de saneamiento a familias y a empresas y, además, se incluirá una bajada en el Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas (IRPF), lo que permitirá a Cantabria “seguir siendo la comunidad autónoma con el impuesto sobre la renta personal más bajo de España”.
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Una biblioteca puede digitalizar una obra que figura en su colección para ponerla a disposición de los usuarios a través de terminales especializados, siempre que no haya firmado un acuerdo que lo prohíba con la editora, según establece una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), de 11 de septiembre de 2014, que ratifica los argumentos dados por el abogado general, Nilo Jääkine en sus conclusiones, de 5 de junio de 2014 (ver elEconomista del 7 de junio de 2014). Sin embargo, lo que no puede hacer esta biblioteca, porque no se ajusta a la legislación comunitaria, es dejar que los terminales a través de los que se accede a las obras digitalizadas permitan a los usuarios imprimirlas en papel o almacenarlas en memorias USB. La ponente, la magistrada Alexandra Prechal, fija en la sentencia que la impresión de una obra en papel y su almacenamiento en una llave de memoria USB son actos de reproducción, ya que pretenden crear una nueva copia de la copia digital puesta a disposición de los usuarios. Además, estima que esos actos de reproducción no son necesarios para difundir la obra entre los usuarios a través de terminales especializados y, por lo tanto, no se les aplica el derecho a difundir la obra a través de terminales especializados, teniendo en cuenta, especialmente, que los autores de esos actos son los usuarios, no la propia biblioteca. Concluye también, que el con-
cepto de condiciones de adquisición o de licencia, que figura en la Directiva 2001/29/CE , sobre la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor, implica que el titular de los derechos sobre la obra y una biblioteca accesible al público han celebrado un contrato de licencia o de utilización de dicha obra en el que se especifican las condiciones bajo las cuales el establecimiento puede utilizarla. Aunque el titular de los derechos sobre la obra proponga a la biblioteca celebrar contratos de licencia o de utilización de su obra con condiciones adecuadas, la biblioteca puede acogerse a la excepción para terminales especializados, ya que en caso contrario
Dejar que los libros puedan alojarse en una memoria USB se considera ‘acto de reproducción’ no podría llevar a cabo su misión fundamental ni promover el interés público vinculado al fomento de la investigación y el estudio. No obstante, concluye la sentencia, que dentro de los límites y bajo las condiciones fijados en la Directiva, los Estados miembros pueden establecer una excepción o una limitación al derecho exclusivo de reproducción de que disfrutan los titulares de los derechos sobre las obras, “permitiendo que los usuarios de una biblioteca impriman en papel las obras o las almacenen en una llave de memoria USB desde los terminales especializados. Para ello es necesario abonar una compensación equitativa a los titulares de los derechos sobre la obras”.
El TC admite el recurso contra el ‘fracking’ navarro X. G. P.
MADRID.
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso presentado por el Gobierno contra la Ley Foral 30/2013, de 15 de octubre, del Parlamento de la Comunidad Foral de Navarra, por la que se prohíbe en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra el uso de la fractura hidráulica (fracking) como técnica
de investigación y extracción de gas no convencional. El TC acuerda dar traslado de la demanda al Congreso de los Diputados y al Senado así como al Gobierno y Parlamento de Navarra, que dispondrán de un plazo de quince días para personarse en el procedimiento y formular alegaciones. El Pleno acuerda también la suspensión automática de la norma recurrida.