Sesión 040 - Lunes 7 de Octubre de 2013

Page 1

Quema de llantas en el puente de el Vergel : Protestas de los moradores ante las con/núas men/ras recibidas de parte del ejecu/vo y funcionarios del GADs Chone por no arreglar un hueco en la subida del puente.(lunes 7 de Octubre 2013)


Desde hace más de 6 meses ofrecieron arreglar este hueco en el acceso al puente a la salida del barrio El Vergel ,siendo este uno de los mo/vos de la quema de llantas y obstrucción de la vía pública (este problema fue presentado a la Corporación Municipal el 27 de Agosto 2013 )


Demolición de casa declarada Patrimonio cultural del centro histórico Chone (informe de Concejales; José Zambrano Argandoña ,Gen Miranda y Bladimir Zambrano correspondiente a la sesión No 040 realizada el día lunes 7 de Octubre del 2013


Irresponsablemente se sustrajeron las puertas y ventanas cuyo valor histórico recordaba a nuestro Chone an/guo


¿Por qué se permi/ó que la demolieran ? O es que acaso no se realizó el respec/vo inventario de los bienes patrimoniales de parte de la comisión del Centro Histórico y si7os históricos


A) DE LA COMISIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO.-­‐

•  •  Art 1.-­‐ La Comisión de Centro Histórico y Si/os Históricos, es un organismo de carácter especial y técnico, que debe velar por el mantenimiento y preservación del Centro Histórico y áreas protegidas de la ciudad de Chone; en coordinación con el Gobierno Municipal del Cantón Chone, deberá actuar conforme a la Ley de Patrimonio Cultural y su Reglamento, la Ley Orgánica de Régimen Municipal y la presente Ordenanza.


Art 2.-­‐ La Comisión estará integrada con derecho a voz y voto, por los siguientes miembros: •  •  •  •  •  •  •

•  •

El Alcalde, quién presidirá la Comisión o su delegado. El Concejal o Concejala Presidente de la Comisión de Planificación El Concejal o Concejala Presidente de la Comisión de Obras Públicas. El Director de Planificación y Urbanismo o su Delegado. El Director de Obras Públicas, o su Delegado. Un Delegado del Museo del Banco Central y Archivo Histórico del Cantón o la Provincia Un representante de la ciudadanía o su suplente, designado por el Concejo, sobre la base de una terna presentada por el Sr. Alcalde, designaciones que deberán recaer en personas cuyos méritos e interés por los problemas de protección patrimonial y su desarrollo se hayan demostrado públicamente, y que tengan su domicilio en el Cantón. El Delegado del Colegio de Arquitectos Núcleo de la Provincia de Manabí. El Director del Ins/tuto Nacional de Patrimonio Cultural o su delegado, quién par/cipará periódicamente asesorando, supervisando, evaluando y será dirimente en las acciones resoluciones de la Comisión. Un Técnico del Ins/tuto Nacional de Patrimonio Cultural Regional Manabí designado por el Director Regional.


Interior de la vivienda declarada como parte del Patrimonio Histórico del Cantón Chone


Las escaleras entre otras, también cons/tuyen parte del Patrimonio Histórico según la Ordenanza


Una ciudadana dando fiel cumplimiento a la Ordenanza del uso y espacio de la vía pública dando así cumplimiento al Art.10 de la misma


Esto es lo correcto recoger el polvo y no botarlo a la calle (foto tomada el día lunes 7 de octubre 2013 en forma sorpresiva)


Art. 10.-­‐ OBLIGACION DE LOS PROPIETARIOS DE MANTENER LIMPIA LA VIA PUBLICA

•  Es obligación de los propietarios de inmuebles o de quienes son solidariamente responsables con ellos, mantener limpia la Vía Pública correspondiente a la medida de su lindero frontal. Esta obligación no se limitará únicamente a eximirse de arrojar basura a la Vía Pública, sino de realizar las acciones de barrido correspondiente para que ésta se mantenga limpia, incluyendo la cuneta formada entre la vereda y la calle. •  •  Si algún vecino de los pisos superiores o colindantes deposita basura fuera del lindero frontal que le correspondiese cuidar y controlar, el interesado /ene la obligación de hacer la denuncia correspondiente al Comisario Municipal o al Departamento de Higiene. Sólo con esta denuncia se exonerará de su responsabilidad siempre y cuando lo haya hecho en forma escrita, y tenga en su poder una copia de la misma con la debida razón de su entrega. Esta obligación estará regulada por las normas que dictarán la Municipalidad o la ins/tución encargada de los servicios de recolección de desechos sólidos, para regular los horarios, forma y manera


¿Por qué las Ordenanzas se encuentran en letra muerta?

Si es obligación de los dueños de los soportales de acuerdo al Art. 6 de la Ordenanza de ocupación del espacio de la vía publica entre otras obligaciones de los propietarios de pavimentar el frente de sus domicilios.


Art. 6.-­‐ OTRAS OBLIGACIONES DE LOS PROPIETARIOS. •  •  •  •  •  •  •

•  •

•  •

En relación al cuidado del espacio público, los sujetos pasivos especificados en el Art. anterior, están obligados: 6. 1.-­‐ A pavimentar, conservar en buen estado y reparar, cada vez que sea necesario los soportales que correspondan a la extensión de su fachada. 6.2.-­‐ A iluminar debidamente sus portales, con el fin de colaborar con la seguridad y presentación nocturna. 6.3.-­‐ A conservar de forma visible, el número respec/vo en las puertas del inmueble, de acuerdo a la codificación establecida por la Municipalidad, a través de la Dirección de Planificación Urbana y en los predios esquineros el nombre de la calle o avenida. 6.4.-­‐ Mantener limpia las cercas o verjas de sus solares y las fachadas de los edificios los tumbados de los portales para lo cual deben necesariamente limpiar íntegramente, por lo menos dos veces al año, una de las cuales será obligatoriamente en el mes de junio de cada año. 6.5.-­‐ Pintar las fachadas de los edificios, cercas y verjas cuando así lo requiere el inmueble y necesariamente una vez por lo menos cada dos años o cuando el aspecto general no esté acorde con la adecuada presentación que el sector de la ciudad necesite

.


CONVENTO SAN AGUSTIN Uno de los pocos bienes del Patrimonio Histórico que nos queda en nuestro Cantón


!Que hermoso que se ve junto a la Iglesia San Cayetano!


Las/mosamente por la incultura ciudadana está conver/do en un urinario público


Irresponsabilidad ciudadana compar/da con el GAD Chone por no haber construido un baño público cuando se reformó el an/guo Parque Sucre


A inicios del 2013 le sugerí al Sr. Alcalde como una alterna/va ante está inminente necesidad de sa/sfacer una necesidad fisiológica de la ciudadanía habilitara una de los locales que están en la parte baja del Cuerpo de Bomberos y conver/rla en un baño público


Así como también se le presentó unas imágenes del Parque Montalvo y el Parque Cevallos de la ciudad de Ambato en donde hay ejemplos de servicios higiénicos públicos.


Baños públicos

PARQUE MONTALVO (Ambato)

Frente a la Catedral-­‐frente al palacio municipal-­‐ Gobernación


Parque Cevallos


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.