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APUNTES
TRIBUTARIOS
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<£) Asesoramiento v A n á l i s i s Laborales S.A.C. Dereclios Reservados 1991 - Primera Publicación Av. Paseo de la República 6236 Lima 1 8 - P e r ú Año 2 0 1 b Tiraje 1,500 ejemplares Impresión JL Hang Tag & Etiqueta SAC Calle J o a q u í n Olmedo 560, B r e ñ a . Impreso en marzo de 2 0 " 5 Registro ISSN 2074-255X (.Versión Impresd) Registro del Proyecto Editorial en la Biblioteca Nacional del P e r ú NO 31501221500085 He-ito Legal en la B i t ^ L ' . , i-..iLional del P e r ú REGISTRO N» 98-2768 C ó d i g o de barras 9772074255006 ¡nf o@aeie.com , v r h - ',v/tfW .1>->|P " C T
Prohibi, forma s=" . ' ^^ciiiü ÜL-I LÍ j „ . j r La r-:: rjutorizada d e b e r á cc-"r c _ - . V expresamente la Cita sigiiisnte: 'Tomado de la Revista Apdlisis "^'ribütario _. págs. _ - _".
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IMPUESTO A LA RENTA: Alcance del concepto "Asistencia Social" para efectos de la e x o n e r a c i ó n para Asociaciones sin de lucro
fines
A efectos de determinar los alcances de la e x o n e r a c i ó n establecida en el inciso b) del a r t í c u l o 19° de la Ley del Impuesto a la Renta (LIR), hay que tomar nota de lo resuelto en la R e s o l u c i ó n del Tribunal Fiscal (RTF) 535-9-2014. En el caso, el Tribunal Fiscal (TF) e v a l u ó si la recurrente, la A s o c i a c i ó n Nacional de Empresas F a r m a c é u t i c a s , c u m p l í a o no con los requisitos previstos en dicha norma para efecto de su i n s c r i p c i ó n en el Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta (REEIR). Dicha A s o c i a c i ó n h a b í a modificado sus estatutos por lo que p r o c e d i ó a s o l i citar su a c t u a l i z a c i ó n de i n s c r i p c i ó n en el REEIR. Segijn la m o d i f i c a c i ó n estatutaria, la entidad tiene como fines, entre otros: "(...] a) Ejercer la representador] oficial de la industria farmacéutica, b) Contribuir y promover el estudio, la e n s e ñ a n z a , i n v e s t i g a c i ó n y d i v u l g a c i ó n de las ciencias médicas en el país, y realizar actividades de carácter asistencial y de auxilio en bene^cio de la comunidad a través de su fundación, creada especialmente para el cumplimiento de estos fines, o a través de otras asociaciones o fundaciones, para lo cual podrá efectuar donaciones en efectivo o en especie". Al respecto, el TF s e ñ a l a lo siguiente: La palabra asistencia, "... en su co-
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mún acepción, conforme a un punto de vista general, significa prestar ayuda o socorro, y en un sentido m á s restringido, a t e n c i ó n profesional sea médica, jurídica o religiosa, etc., a toda persona o grupo de ellas, en trance de necesitarla". A d e m á s que "la asistencia privada, en su origen, es de carácter esencialmente bené^co, obedece a un sentido filantrópico y humano, y alcanza solo al verdadero indigente, por lo que a fin de calificar una determinada actividad como de asistencia social, esta debe encontrarse dirigida solo a quienes no cuentan con los medios económicos suficientes para solventarla" (C/. RTF I\l5s. 8873-3-2007 y 5239- 3-2002). El concepto de asistencia social, que constituye uno de los fines previstos en el inciso b) del a r t í c u l o 19° de la LIR, "... si bien puede comprender t a m b i é n ayuda o asistencia de c a r á c ter pro/esional, esta a t e n c i ó n t e n d r á que ser prestada necesariamente a aquella persona o grupo de personas que se encuentren en estado de necesidad, es decir, a quienes no están en condiciones de proveerse de dicha asistencia por sus propios medios e c o n ó m i c o s , esto es, ayuda profesional prestada en forma gratuita" (C/. RTF N?s. 495-1-2006, 3498-5-2002 y 5239-3-2002).
Conforme a ello, para el TF, la recurrente no cumple con el requisito de exclusividad de los fines que exige el citado inciso b) del a r t í c u l o 19° de la
CONTENIDO 1
/ Ope Lex • Una Agenda en el Tribunal Fiscal. 2 / Apuntes Tributarlos • IMPUESTO A LA RENTA: Alcance del concepto "Asistencia Social" para efectos de la exoneración para Asociaciones sin fines de lucro. • IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS: Sobre el cumplimiento de los requisitos formales para ejercer el derecho al crédito fiscal. I M P O R T A C I Ó N DE BIENES PARA CONSUMO EN LA AMAZONIA: Criterio de casación que podría aplicarse. 4 / Informe Tributario • Gasto dedücible en el IRE por Participación de los Trabajadores en las Utilidades íSeguna Parte). 7 / Opiniones Gubernamentales • Inafectación del IGV por donaciones: Bienes ubicados en el territorio nacional donados a ENIEX, OGD - P E R Ú e IPREDA. 9 / ;Murisprudencia del Triljunal Fiscal ' í * Ejecución de Carta Fianza, Fiscalización Tributaria y Devolución en exceso por Saldo a Favor por operaciones no reales. 13 / Síntesis de Jurisprudencia del Tribunal Fiscal • Impuesto General a las Ventas: Temas diversos. 16 / Legislación • Del 11 al 25 de marzo de 2015.