Revista
SOCIEDAD CHILENA DE OFTALMOLOGIA
Informativa Año 17 | N°173 | junio 2012
A un año de la Ley Nº 24.470
Agenda Curso Hospital Clínico U. de Chile
actualidad Optometría en Chile: una discusión agotada
hemeroteca Ranibizumab en edema macular diabético
Editorial
Un nuevo intento por atentar contra el derecho a la salud visual La discusión parlamentaria que se dio en torno a la optometría desechó por completo la posibilidad de su ejercicio en nuestro país. Por ello, nos llama profundamente la atención que un grupo de diputados pretenda ahora insistir en una materia claramente zanjada.
A
lgunos sectores parecen no entender que ciertos temas que importan a la sociedad en su conjunto se encuentran en una etapa en que la discusión ya se encuentra lo suficientemente zanjada. Ello implica que carece de sentido seguir insistiendo en poner en la mesa del debate aspectos, puntos de vista o iniciativas respecto de problemáticas que exigen una mirada rigurosa y exhaustiva, de modo de que efectivamente se agoten todas las instancias para una toma de decisión acertada.
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Fue lo que ocurrió con el intento de permitir el ejercicio de la optometría en Chile, materia que ya fue analizada y zanjada con claridad el año pasado por el Congreso Nacional. No obstante, hace algunos días nos enteramos de que un grupo de diputados presentó un proyecto de ley que nuevamente pretende modificar el Código Sanitario, y de esta manera, otorgarle a los optometristas la facultad de emitir recetas médicas. Nos llama profundamente la atención y nos preocupa el desconocimiento que,
al parecer, tiene este grupo de parlamentarios sobre un asunto agotado en la misma instancia en la que ellos desempeñan su tarea. No entendemos, por otra parte, a qué razones puede obedecer el que este grupo de diputados busque permitir el ejercicio de una actividad que claramente no cumple con los requisitos de formación académica que son necesarios para ejercer una actividad sensible como es el diagnóstico y tratamiento de patologías de la visión. Debemos recordar que la discusión parlamentaria que se dio en torno a la materia y que dio origen a la Ley Nº 24.470 no solo desechó el ejercicio de la optometría en Chile, sino que consideró como factor de resolutividad la existencia de un “equipo de salud”, constituido por el médico oftalmólogo y tecnólogo médico de la mención como los profesionales con la formación adecuada para responder a la demanda de atención en salud visual. De esa forma, y con un respaldo claro de la autoridad de salud y el Colegio Médico de Chile, entre otros actores, se dio por agotada la discusión.
Es por todo lo anterior que no podemos sino manifestar nuestro más profundo rechazo a este intento por imponer un asunto claramente descartado por sólidos argumentos. Percibimos que puede haber claros intereses que no se relacionan con la realidad de la atención oftalmológica en Chile, la que ha tenido grandes avances en los últimos años, y en cuyo rol la Sociedad Chilena de Oftalmología, en conjunto con el Ministerio de Salud, ha sido fundamental para resolver los problemas propios de una sociedad que mejora en sus estándares de vida. Esperamos que los señores parlamentarios reflexionen y tomen la decisión adecuada en pos de proteger el derecho de los chilenos a contar con una atención de salud de calidad, brindada por profesionales debidamente capacitados.
SUMARIO editorial 06 02 Un nuevo intento por atentar contra el
08 a fondo
A un año de la entrada en vigencia de la Ley Nº 24.470.
derecho a la salud visual.
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10 mundo sochiof
Abstracts de artículos de revistas especializadas en oftalmología.
Reunión de socios 25 de mayo pasado.
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Curso Universitario Internacional de Oftalmología Hospital Clínico U. de Chile.
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Optometría en Chile: una discusión agotada.
Director: Zua Fuentes E., Editor General: Daniel Zamorano B., E-mail: contacto@hipervinculo.cl, Venta de Publicidad: Kenelda Tapia (02) 3348199, Camila Arce (02)2337079, Representante Legal: Sociedad Chilena de Oftalmología A.G. / Una publicación Hipervínculo. Todos los derechos reservados.
Editorial
cursos y congresos 2012 27 - 28 de JULIO: Curso Hospital Clínico de la Universidad de Chile. www.cursooftalmojaguirre.cl Director : Dr. Jaime Dassori. Hotel Sheraton San Cristóbal. E-mail: jdassori@vtr.net
DIRECTORIO DE LA SOCIEDAD CHILENA DE OFTALMOLOGÍA A. G. Presidente: Dr. Pedro Bravo C. Vicepresidente: Dra. Verónica Azócar G. Past President: Dr. Alejandro Siebert E. Secretario: Dr. Gonzalo Matus M. Prosecretaria: Dra. Silviana Barroso A. Tesorero: Dr. Javier Corvalán R. Protesorero: Dr. Carlos Espech L.
30, 31 de AGOSTO y 1 de SEPTIEMBRE: Curso Anual Hospital del Salvador. Gran Hotel Pucón. Web: www.oftalmosalvador.cl/curso2012 Telefono: 5753903 E-mail: oftalmohsalvador@gmail.com 28 - 29 de SEPTIEMBRE: Curso Hospital Clínico Universidad Católica. Director: Dr. Luis Pena E-mail: lpenag@entelchile.net 5 - 6 de OCTUBRE: Bienal Sociedad Latinoamericana de Glaucoma. 28, 29, 30 de Noviembre y 1 de Diciembre: XXIII Congreso Chileno de Oftalmología. Centro Parque Comité Organizador: Dr. Javier Corvalán R. Director Ejecutivo. Dr. Rodrigo Poblete S. Director Científico. Dr. Pablo Vigorena S.: Secretario Dr. Ricardo Stevenson A.: Tesorero. E-mail: sochioft@tie.cl
Director Departamento Salud Visual: Dr. Rolf Raimann S. COMITÉ DE ÉTICA: Presidente: Prof. Dr. Ronald Hoehmann R. Delegado de la Asamblea: Dr. Sergio Sánchez Z. Delegado del Directorio: Dr. Alonso Rodríguez B. DIRECTORIO CURSO DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DE OFTALMÓLOGOS: Director Ejecutivo: Dr. Rodrigo Álvarez N. Subdirectora Ejecutiva: Dra. Marlene Vogel G. Secretario: Dr. Juan Stoppel O. Director Biblioteca Prof. Carlos Charlín Correa: Dr. Gonzalo Vargas D. Director de los Archivos Chilenos de Oftalmología: Dr. Carlos Espech L.
Llamado a socios y becados a publicar en ACHO El Director de los Archivos Chilenos de Oftalmología, Dr. Carlos Espech, invita cordialmente a todos los socios y becados del Curso de Formación y Perfeccionamiento a publicar sus trabajos científicos o revisiones bibliográficas en los Archivos Chilenos de Oftalmología (ACHO). Los interesados deben enviar sus trabajos a la sede de la SOCHIOF o al e-mail de la Biblioteca: bibliotecaoftalmo@gmail.com. Revista Informativa / Año 17 / Nº173 Director: Dr. Christian Díaz A. / Subdirector: Dr. José Manuel Guajardo / Editor: Juan Pablo Epull / Periodistas: Gabriela Osorio, Maritza Canobra / Fotografía: Pablo Carvajal, Daniela Hinojosa / Diseño: Ronald Valenzuela, Marcela Galdames. SOCIEDAD CHILENA DE OFTALMOLOGÍA A.G.: Dirección: Av. Luis Pasteur 5280, Of. 104, Vitacura / Fono: (02) 2185950 / Correspondencia: Casilla 16197, Correo Providencia, Santiago, Chile / E-mail: sochioft@tie.cl / Web: www.sochiof.cl
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Hemeroteca Ophthalmology. 2012 Apr;119(4):789-801
Ranibizumab en edema macular diabético: resultados de 2 ensayos clínicos aleatorizados fase III: RISE y RIDE Nguyen QD, Brown DM, Marcus DM, Boyer DS, Patel S, Feiner L, Gibson A, Sy J, Rundle AC, Hopkins JJ, Rubio RG, Ehrlich JS; RISE and RIDE Research Group. Wilmer Eye Institute, Johns Hopkins University School of Medicine, Baltimore, Maryland, USA.
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Traducción: Dr. José Manuel Guajardo
bjetivos: Evaluar la eficacia y seguridad de ranibizumab intravítreo en pacientes con edema macular diabético.
Diseño: Dos estudios paralelos metodológicamente idénticos: multicéntricos, aleatorizados, doble ciego, fase III. Pacientes: Adultos con pérdida vi-
sual por edema macular diabético y grosor foveal central 275µm por OCT.
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Intervención: Inyecciones intravítreas mensuales de ranibizumab (0.5 o 0.3 mg) o placebo. El Láser macular estuvo disponible para ser utilizado de acuerdo a criterios definidos en protocolo del estudio. Mediciones objetivo: Proporción de pacientes que ganaron 15 letras de agudeza visual mejor corregida (AVMC) sobre el basal a 24 meses.
Resultados: En RISE (NCT00473330), 377 pacientes fueron aleatorizados (127 a placebo, 125 a 0.3 mg y 125 a 0.5 mg). A 24 meses, 18.1% de los pacientes sometidos a placebo ganaron 15 letras versus 44.8% de pacientes sometidos a 0.3 mg (P<0.0001; diferencia vs placebo ajustada por factores de aleatorización estratificada, 24.3%; intervalo de confianza [CI] 95%, 13.834.8) y 39.2% de pacientes sometidos a 0.5-mg de ranibizumab (P<0.001; diferencia ajustada, 20.9%; CI 95%, 10.7-31.1). En RIDE (NCT00473382), 382 fueron aleatorizados (130 a placebo, 125 a 0.3 mg y 127 a 0.5 mg). Un número significativamente mayor de pacientes sometidos a ranibizumab ganaron 15 letras: 12.3% de los pacientes placebo versus 33.6% de paWWW.SOCHIOF.CL | 2012
cientes 0.3-mg (P<0.0001; diferencia ajustada, 20.8%; CI 95%, 11.4-30.2) y 45.7% de pacientes 0.5-mg ranibizumab (P<0.0001; diferencia ajustada, 33.3%; CI 95%, 23.8-42.8). Se observaron mejorías significativas en el edema macular medido por OCT y la retinopatía fue menos propensa a empeorar y más a mejorar, en el grupo de pacientes tratados con ranibizumab. Los pacientes tratados con ranibizumab fueron sometidos a un número significativamente menor de procedimientos de láser macular (promedio de 1.8 y 1.6 procedimientos láser en 24 meses en los grupos placebo vs 0.3-0.8 en los grupos ranibizumab). La seguridad ocular fue consistente con estudios previos de ranibizumab; ocu-
rrió una endoftalmitis en 4 pacientes. La incidencia total de muertes por causas vasculares o desconocidas, infartos miocárdicos, y accidentes cerebrovasculares no fatales, todos efectos posibles de la inhibición sistémica de factor de crecimiento vascular endotelial, fue de 4.9% a 5.5% en pacientes placebo y 2.4% a 8.8% en pacientes sometidos a ranibizumab.
Conclusiones: Ranibizumab mejoró la visión en forma rápida y sostenida, redujo el riesgo de pérdida visual y mejoró el edema macular en pacientes con edema macular diabético, con bajas tasas de daño ocular y no ocular.
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Tratamiento de Pterigion por medio de ligadura e inyección de Bevacizumab Nakasato H, Uemoto R, Mizuki N.
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bjetivo: describir una técnica de tratamiento de pterigium combinando una inyección subpterigion de bevacizumab seguida de ligadura de éste. Métodos: Se inyectó Bevacizumab (1.25 mg/0.05 mL) en la base del pterigion en 4 pacientes y los cuellos de los pterigions fueron ligados.
Resultados: Las cabezas de los
pterigions regresaron dentro de 7 días de tratamiento. Los cuerpos también regresaron parcialmente y no se observaron vasos bien definidos en los cuerpos; sin embargo la concentración de microvasos fue mayor en el cuerpo que en la conjuntiva normal posterior a 1 mes. La recurrencia fue definida como el crecimiento fibrovascular de
tejido conjuntival que se extendió más allá del limbo. No se evidenciaron complicaciones o recurrencias durante el periodo de seguimiento.
Conclusiones: Aunque solo 4 ca-
sos fueron estudiados, el hallazgo de
un resultado uniforme de que la inyección subpterigion de bevacizumab y ligadura de éste es un procedimiento potencialmente efectivo para remover el pterigion. Traducción: Dr. Christian Díaz
Journal of Cataract & Refractive Surgery, Volume 38, Issue 6 , Pages 933-937, June 2012
Comparación de técnicas de hidratación estromal para incisiones en córnea clara de catarata: Hidratación convencional versus hidratación de bolsillo estromal anterior Mifflin M., Kinard K., Neuffer M.
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a hidratación de un bolsillo estromal anterior fue comparada con la técnica de hidratación convencional para evitar la filtración de incisión en córnea clara de 2,8 mm en pacientes sometidos a cirugía de catarata de rutina. La hidratación convencional involucra la hidratación de las paredes laterales de la incisión principal con blanquea-
miento visible del estroma. La técnica de hidratación de un bolsillo estromal anterior involucra la creación de un bolsillo supraincisional que cubre la incisión principal, el cual es hidratado en lugar de la incisión principal. Sesenta y ocho casos de 48 pacientes fueron incluidos en el análisis con 33 casos asignados a cada grupo de estu-
dio. La hidratación del bolsillo estromal anterior fue significativamente mejor en prevenir la filtración de la herida debido a presión directa en la parte posterior de la incisión. Traducción: Dr. Christian Díaz
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Agenda
VII Curso Universitario Internacional de Oftalmología Hospital Clínico U. de Chile
Para los próximos 27 y 28 de julio de 2012 está programada la realización del VII Curso Universitario Internacional de Oftalmología, que organiza el Servicio de Oftalmología de la Universidad de Chile y que tendrá lugar en el Hotel Sheraton de Santiago.
INVITADOS INTERNACIONALES Dr. Anthony Aldave / EE.UU. Córnea y Cirugía Refractiva Dirige el Laboratorio de Genética de Córnea en el Jules Stein Eye Institute, y sus investigaciones se centran en la genética molecular de las distrofias corneales. Dr. Alan Crandall / EE.UU. Glaucoma Director de Glaucoma y Catarata en el Moran Eye Center, de la Universidad de Utah en Salt Lake City, Utah.
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Dr. Don O. Kikkawa / EE.UU. Oculoplástica Profesor de Oftalmología Clínica y Jefe de la División de Cirugía Plástica Oftalmológica y Reconstructiva en la Universidad de California en San Diego Shiley Eye Center.
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l Servicio de Oftalmología del Hospital Clínico de la Universidad de Chile invita cordialmente a los socios a participar en el VII Curso Universitario Internacional de Oftalmología, que se realizará los días 27 y 28 de julio de 2012 en el Hotel Sheraton de Santiago. “Tendremos el privilegio de contar con la asistencia de destacados invitados extranjeros y nacionales con quienes esperamos tener la oportunidad de compartir e intercambiar conocimientos y experiencias en un ambiente ameno e interesante”, señala el Dr. Jaime Dassori, director ejecutivo del encuentro. El curso, además de estar auspiciado por las más importantes empresas de nuestro medio, cuenta con el patrocinio de la Sociedad Chilena de Oftalmología, la Asociación Panamericana de Oftalmología y la UCLA-University of California, USA. Para conocer más detalles del VII Curso Universitario Internacional de Oftalmología del Hospital Clínico de la Universidad de Chile, los socios pueden visitar el sitio web oficial del encuentro, www.cursooftalmojaguirre.cl
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Dr. Kevin Miller / EE.UU. Catarata y Córnea Profesor de Oftalmología en la Escuela de Medicina de la UCLA y miembro de la facultad superior del Centro de Cirugía Refractiva Láser UCLA. Dr. Timothy Murray / EE.UU. Retina y Cirugía Vitreorretiniana Profesor de Oftalmología del Bascom Palmer Eye Institute, Profesor de Radioterapia Oncológica del Sylvester Comprehensive Cancer Center, Director de Ecografía del Anne Bates Leach Eye Hospital de la Miller School of Medicine, Universidad de Miami. Dr. Stacy Pineles / EE.UU. Oftalmología Pediátrica y Estrabismo Realiza su residencia e investigación posdoctoral en Jules Stein Eye Institute, UCLA, en oftalmología general, fellow en oftalmología pediátrica y estrabismo UCLA y neuroftalmología Universidad de Pensilvania. Es Profesor Asistente de oftalmología en UCLA.
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A un año de la puesta en vigencia de la Ley Nº 20.470 Este directorio insistirá ante las autoridades en la necesidad de contar con un Reglamento, por cuanto se trata del instrumento con el peso jurídico suficiente para garantizar la correcta aplicación de la ley tanto en el sector público, como en el privado, ya que la Norma Técnica solo tiene alcance en la red de salud.
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ste 17 de junio se cumplió un año desde que entró en vigencia la Ley N° 20.470 que modificó el Código Sanitario, generando uno de los cambios más importantes que ha tenido el desarrollo de la oftalmología en Chile. Bien saben los directorios anteriores de nuestra Sociedad Chilena de Oftalmología lo complejo y arduo que resultó ser ese debate en el Parlamento, sobre todo por el intenso lobby impulsado por quienes han pretendido lograr el ejercicio de optómetras en Chile. Finalmente, por amplio acuerdo
de los distintos actores involucrados se echó por tierra dicho planteamiento optando por permitir que el tecnólogo médico de la mención pudiera, al igual que el médico oftalmólogo, realizar la atención por vicios de refracción. Sin duda, era la mejor opción para zanjar un debate donde los intereses comerciales eran evidentes. Sin perjuicio de ello, con posterioridad fue necesario que se evacuara una Norma Técnica para acotar aspectos como los criterios de derivación y uso de fármacos en el ámbito de lo estrictamente establecido por la ley.
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Materia pendiente es, sin duda, la elaboración de un Reglamento, por cuanto se trata del instrumento con el peso jurídico suficiente para garantizar la correcta aplicación de la ley tanto en el sector público, como en el privado, ya que la Norma Técnica solo tiene alcance en la red de salud. Dicho Reglamento, pese a la insistencia de este directorio, aun no comienza su elaboración por parte de la autoridad, situación que nos preocupa enormemente, por cuanto a la falta de esa herramienta se suma la escasa y/o nula fiscalización de lo que la puesta en vigencia de esta ley ha significado. Así es como hemos constatado, con preocupación, la presencia de optómetras en ópticas, operativos desarrollados al margen del sistema de salud en lugares inapropiados, haciendo caso omiso de la Norma que regula la realización de rondas médicas; y tecnólogos médicos incumpliendo los criterios de derivación y actuando sin apego a lo establecido por la ley. En este sentido, el desarrollo de las prestaciones en la atención oftalmológica por vicios de refracción deben ajustarse a lo establecido en el marco regulatorio y la Norma Técnica 126 que detalla su alcance. Asimismo, los miembros de la Sociedad Chilena de Oftalmología debemos actuar en consecuencia con lo que la ley establece y aun cuando ha sido un imperativo de nuestra institución salvaguardar y fortalecer el “equipo de salud visual” no nos parece que algunos tecnólogos médicos de la mención pretendan avanzar en adquirir competencias que el Código Sanitario no les entrega. Por ello es que el directorio recuerda a sus distinguidos socios que no pueden participar en cursos de formación y/o actividades académicas de tecnólogos médicos que aborden ámbitos diversos, si no solo en aquellas referidas a la atención por vicios de refracción y competencias que la legislación vigente le reconoce a esos profesionales.
En tal sentido, es una preocupación actual de distintas especialidades la constatación de un fenómeno creciente cual es la “desmedicalización” del acto médico, probablemente alimentado por la alta demanda en el sistema público o las aspiraciones de profesiones definidas como de “colaboración médica” en el Código Sanitario y que desean aumentar su ámbito de acción. Este fenómeno ha sido materia de discusión en el Colegio Médico y creemos que bien podría generar un pronunciamiento de esa instancia, por cuanto en las legítimas aspiraciones de distintas organizaciones gremiales de la salud, subyace un imperativo mayor cual es la entrega de atención de especialidad con estándares de calidad y evitando poner en riesgo a la población y, en esos términos, la necesidad de aumentar la cobertura en las prestaciones de salud no puede hacerse de manera que perjudique la detección oportuna y tratamiento adecuado de patologías por parte de quienes tienen el conocimiento, la formación y reconocimiento legal para llevarlas a cabo.
yen al buen entendimiento y desarrollo de nuestras actividades. Por lo pronto, este directorio insistirá ante las autoridades en la necesidad de contar con un Reglamento que abarque igualmente el desarrollo de la atención oftalmológica en el sector privado, mientras creemos necesario que nuestros socios se mantengan en estado de alerta y denuncien oportunamente, con los antecedentes necesarios, todas aquellas situaciones que vulneren la ley. Asimismo, solicitamos allegar a nuestro directorio antecedentes sobre cursos de formación de tecnólogos médicos de la mención que se alejan del espíritu de la ley para darle el oportuno tratamiento que cada situación en su mérito requiere.
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El contexto del “equipo de salud” tiene su sustento en competencias complementarias y es deber de los médicos especialistas no admitir la sobreindicación de lentes con fines comerciales, como asimismo el resguardo del acto médico. Efectivamente, nos asiste hoy la preocupación de resguardar la salud visual y evitar que algunos tecnólogos médicos intenten transgredir la ley, generando entre sus pares expectativas que en nada contribuWWW.SOCHIOF.CL | 2012
Mundo SOCHIOF
Tercera reunión de socios El pasado 25 de mayo se efectuó en nuestra sede la tercera reunión de socios, oportunidad en que se presentaron varios trabajos científicos a cargo de especialistas de la Fundación Oftalmológica Los Andes. Agradecemos a Laboratorios Saval por la gentileza del cóctel de clausura.
Representantes de Laboratorios Saval.
Dra. Verónica Azócar (vicepresidenta de la SOCHIOF), Dr. Fernando Borja, Dra. Silviana Barroso (prosecretaria de la SOCHIOF) y Dr. Franscico Villarroel.
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Becados, Dra. Andrea Mardones y Dr. Milton Álvarez.
Dr. Álvaro Henríquez recibe beca a la excelencia académica Laboratorios Saval - Universidad de Chile.
Nuevo miembro adherente, Dr. Raúl Dinamarca.
Nuevo miembro adherente, Dra. Muriel Miño.
Dr. Eduardo Labbé, Dra. Carolina Aravena y Dr. Andrés Codriansky.
Becados, Dra. Ana María Matamala, Dra. Javiera Compan, Dr. Claudio Pérez y Dr. Felipe Sanhueza.
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Dr. Javier Corvalán, Dr. Manuel Cornejo y Dr. Pedro Bravo, presidente de la SOCHIOF.
Actualidad
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Optómetras en Chile: una discusión agotada H
Un proyecto de ley presentado hace algunos días por un grupo de diputados para permitir el ejercicio de la optometría en Chile insiste en una materia ya zanjada por el Congreso Nacional. Por ello, nos merece nuestro más profundo rechazo, por cuanto vemos en él intereses que no se condicen con la realidad que enfrenta hoy la atención oftalmológica.
ace pocos días un grupo de diputados de la Unión Demócrata Independiente ingresó a trámite parlamentario un proyecto de ley con el que se pretende modificar nuevamente el Código Sanitario, con el fin de permitir el ejercicio de “optometristas” en Chile. El texto, iniciativa de los diputados Nino Bartolu, Eugenio Bauer, Sergio Bobadilla, Gustavo Hasbún, Celso Morales, Iván Norambuena, David Sandoval, Ignacio Urrutia, Carlos Vilches y Felipe Ward, plantea en sus argumentos una serie de consideraciones que -a nuestro juicio- no responden a criterios
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Actualidad
sanitarios. Así, el proyecto de ley que se plantea es el siguiente:
Modifica el artículo 113 del Código Sanitario, dando a los optometristas la facultad de emitir recetas médicas. Boletín N° 8339-11 El desarrollo de especialidades constituye un elemento que implica factores positivos dentro de una sociedad. Así, las capacitaciones permiten un mayor conocimiento y un mejor acceso a la información técnica de alguna ciencia o arte. Una de ellas es la optometría, que es la ciencia encargada del cuidado primario de la salud visual, a través de acciones de prevención, diagnóstico, corrección de defectos refractivos, musculares y enfermedades del segmento anterior. También se ocupa del diseño, cálculo, adaptación y control de lentes de contacto y lentes oftálmicos. Comúnmente, la optometría se centra en la medida del estado refractivo de ambos ojos mediante procedimientos como la esquiascopía o retinoscopía y, sobre todo, a través de métodos de refracción ocular. De esta forma se detectan, compensan y corrigen numerosas anomalías visuales como la miopía, hipermetropía, astigmatismo y estrabismo, entre otras. La optometría también comprende la detección de manifestaciones sistémicas, enfermedades, trastornos y patologías relacionadas con el sistema visual, como aplicación clínica y la derivación hacia un oftalmólogo. Además, analiza e investiga toda la estructura ocular en sí, mediante técnicas de queratometría, biomicroscopía, paquimetría, integridad de las superficies oculares con tinciones (Rosa de Bengala o Fluoresceína), presión intraocular con métodos invasivos y no invasivos, evaluación del nervio óptico y estructu-
Congreso Nacional
ras internas con oftalmoscopio directo o indirecto. El especialista en adaptar gafas, anteojos y lentes de contacto, rígidos o blandos, mediante técnicas especiales, y en tratar las anomalías binoculares asociadas al uso de ordenador o de visión cercana prolongada, así como de indicar y supervisar la terapia visual, se llama optometrista u óptico optometrista. Es así como la implementación de normativas que busquen la exclusión de ciertas y determinadas especialidades como incapaces de dar recetas constituye, sin lugar a dudas, un acto arbitrario y sin ningún sentido a partir de la importancia y calificación que implica el tratamiento del globo ocular y de sus múltiples implicancias y complejidades. Asimismo como nos parece del todo nocivo que en nuestra legislación no se contemple la posibilidad que los profesionales de la optometría se encuentren jurídicamente habilitados para emitir recetas médicas, sobre todo cuando nos referimos a casos de su más entera competencia. En efecto, la modificación legislativa del año 2010 al Código Sanitario en virtud de la Ley N° 20.470 dejó fuera a tales profesionales, privilegiando a otros a la
hora de recetar anteojos. Es así como un sinnúmero de estudiantes vieron cercenadas sus posibilidades de desenvolvimiento laboral. Situación que a todas luces nos parece claramente injusta. Es por lo anterior que los diputados firmantes del presente proyecto de ley buscamos incluir a estos profesionales con la sola finalidad de establecer criterios de justicia y equilibrio entre las diversas profesiones en nuestro país, facilitándole a los estudiantes un legítimo horizonte en su vida, en virtud de esta profesión. PROYECTO DE LEY Artículo Único: Modifíquese el inciso 1° del artículo 113 bis del Código Sanitario incorporando luego de la expresión “tecnólogo médico con mención oftalmología” la expresión “y los optometristas” cambiándose la expresión “podrá” por la de “podrán”. Respecto de lo anterior, cabe precisar que el tema en cuestión fue largamente discutido en el Parlamento desde el año 2008, concluyendo su tramitación en diciembre de 2010, dando lugar a la puesta en vigencia, en junio de 2011, a WWW.SOCHIOF.CL | 2012
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Actualidad la Ley N°20.470 que modificó el Código Sanitario permitiendo a los tecnólogos médicos de la mención de oftalmología incorporar en sus competencias la prescripción de lentes por vicios de refracción, derivando con pertinencia al médico oftalmólogo bajo condiciones que quedaron más adelante explícitas en la Norma Técnica N°126 que amplía el rol del tecnólogo médico con mención en oftalmología para el manejo de vicios de refracción, evacuada por el Ministerio de Salud el 24 de noviembre de 2011.
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El resultado de la discusión parlamentaria no solo desechó el ejercicio de optómetras en Chile, sino que consideró como factor de resolutividad la existencia de un “equipo de salud”, constituido por el médico oftalmólogo y tecnólogo médico de la mención como los profesionales con la formación adecuada para responder a la demanda de atención en salud visual. De esa forma, y con un respaldo claro de la autoridad de salud y el Colegio Médico de Chile, entre otros actores se dio por agotada la discusión. El resultado de esa modificación legal es hoy reconocida por la autoridad, prueba de ello es que en diciembre de 2011 se dio por superada la lista de espera por vicios de refracción en el sistema público y los avances en ese ámbito son innegables. Al mismo tiempo, el compromiso de la SOCHIOF por aumentar la cobertura, con criterios de calidad en la atención de salud visual de la población en el sistema público se traduce hoy en la existencia de 62 Unidades de Atención Primaria Oftalmológica, que cuentan con médico especialista y tecnólogo médico de la mención, abarcando todo el territorio nacional, generando un hito en las prestaciones de especialidades que, dicho sea de paso, ha permitido descomprimir la red de salud en el nivel secundario. En los últimos tres años, Chile cuenta con 59 nuevos oftalmólogos que en un 86% optaron por desempeñarse en el sistema público, a los que se suman otros 20 actualmente en formación, robusteciendo con ello el compromiso WWW.SOCHIOF.CL | 2012
con la atención oportuna que requieren los sectores más vulnerables de la población. Por todo lo anterior es que este proyecto de ley, que insiste en una materia ya zanjada por el Congreso Nacional, nos merece nuestro más profundo rechazo, por cuanto vemos en él intereses que no se condicen con la realidad que enfrenta hoy la atención oftalmológica. Es más, la Ley N°20.470 no ha sido evaluada por el Poder Legislativo de manera que menos aún se puede pretender una nueva modificación. A lo anterior hay que agregar que a un año de su puesta en vigencia no se ha evacuado el reglamento de la ley, comprometido por la autoridad y que garantice su correcta aplicación tanto en el sector público como en el privado, situación por la que este directorio ha manifestado su preocupación a las autoridades del ramo de manera permanente. Pese a ello, los oftalmólogos de Chile hemos continuado el trabajo mancomunado iniciado hace años para pasar desde una especialidad falente a ser actores principales en la resolutividad que la red de salud requiere y que ha permitido, por ejemplo, durante el 2011 desarrollar más de 125 mil atenciones por vicios de refracción. Por otro lado, si el proyecto de ley
que los diputados mencionados esperan llevar adelante pretende resolver la situación de jóvenes estudiantes que fueron formados engañosamente con competencias no amparadas en la ley de manera que se les pueda garantizar un campo laboral en el ámbito de la optometría, debemos señalar que dicha situación particular está hoy en manos de tribunales, y será esa instancia la que se pronuncie por el grave perjuicio causado a esas personas y sus familias por parte de quienes de manera inescrupulosa ofertaron un currículo académico sabiendo que el marco jurídico no les garantizaba el desempeño laboral en dicho ámbito. Por todo lo anterior, creemos que con estas acciones la atención oftalmológica está, lamentablemente, sometida a una constante amenaza por la persistencia de un sector que busca distintos subterfugios para lograr un objetivo que, sin lugar a dudas, causaría un perjuicio incalculable en la salud visual de la población. Esperamos que quienes impulsan esta nueva arremetida en contra de la salud visual de los chilenos lo entiendan de esa manera y tanto este directorio como cada uno de nuestros socios sepa defender lo que hemos logrado, que es el mejor argumento que podemos exhibir frente al Parlamento y las autoridades de salud.