IX Congreso acional de Paleopatología “Investigaciones Histórico-Médicas sobre Salud y Enfermedad en el pasado” Morella (Els Ports, Castelló), 26 al 29 septiembre de 2007.
La influencia de los “Higienistas” en la construcción del primer cementerio (1700-1900) Los enterramientos en el Benidorm decimonónico del jurista e historiador Orts Berdín Lola Carbonell Beviá
I. Los Orts: análisis de una familia de la burguesía agraria benidormera dieciochesca 1.1. Los primeros Orts de Benidorm El primer Orts que aparece en el Libro de Bautismos de la parroquia de San Jaime y Santa Ana (LBPSJ), corresponde al año 1699, y es un varón Antoni Orts, casado con Vicenta Mayor, quienes tienen una niña nacida el 20 de julio, a la que bautizan como Rosalea Teresa Rita (1). Tres años después, este matrimonio tuvo un niño llamado Vicent Domingo Maciá (2). Y en 1701 nació su tercera hija: Ángela Orts Mayor (3). Pero esta línea de Orts no tuvo relación con los Orts en que se centra este trabajo. En Benidorm estaba establecida otra familia apellidada Orts, la del matrimonio compuesto por Francesc Orts y Francina Orts. Francesc Orts o Francisco Orts fue hermano de Mosen Thomás Orts. Posiblemente lo superase en años a Mosén Thomás, puesto que en 1707 (4), dicho matrimonio bautizó a un hijo, al que pusieron por nombre Toni Nicolau, en honor a su padrino Nicolás Mayor. Fue su madrina, Gracia Castilló, y lo bautizó Mosén Cristóbal Lloret. Francisco Orts tuvo otro hermano, -además de Mosén Thomás Orts-, llamado Manuel. Dicho Manuel Orts, apadrinó en 1709, siendo soltero, a una niña bautizada como María Rita, hija de Jaume Orts y Vicenta Llorca. Y le acompañó como madrina Rita Orts, también soltera –doncella- (5). Thomás Orts, -hermano de Francisco y de Manuel-, una vez ordenado sacerdote, y ya con el título de “Mosén”, apadrinó a un niño en 1712, al que bautizaron con el nombre de Vicent Nicolau Miquel, hijo de Miquel Orts y de Guybina (6). Y en 1713, de nuevo, su hermano Manuel, volvió a apadrinar a un segundo niño llamado Jaime Miquel
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Manuel, hijo de Jaime Orts y de Vicenta Llorca. Junto a él le acompañó como madrina la joven soltera Josepa Pérez. En 1715 Mosén Thomás Orts se incorporó como párroco a la iglesia de San Jaime y Santa Ana de Benidorm. Y con fecha de 15 de enero, el clavario del recién nombrado párroco dio licencia en nombre de Mosén Thomás Orts para el bautizo de Rita María Jerónima Orts Gran, hija de Joseph y Magdalena, que fue apadrinada también por Manuel Orts (8). El primer bautizo que realizó Mosén Thomás Orts como párroco de San Jaime fue el 17 de enero de 1715 con una niña hija de Miquel Orts y Agustina Pérez, a la que llamaron Ángela Josefa Antonia, y que apadrinó don Joseph Tous, un caballero muy importante en la sociedad benidormera dieciochesca, puesto que es el primero y único que aparece en estas fechas en el Libro de Bautismos, con el título de don. Fue su madrina Ángela López (9). El segundo ahijado de Mosén Thomás Orts fue Thomás Jaume Orts Such, hijo de su hermano Jayme Joseph y de Cecilia. En el registro de este bautizo, aparece por primera vez reflejado el cargo eclesiástico de Mosén Thomás como presbítero (10), aunque en 1718 ya no se encontraba a cargo de la parroquia de San Jaime, puesto que fue sustituido en junio de 1717, por Agustín Fuster, y éste –a su vez- por Mathias Mayor, en 1718. En 1719, de nuevo, Mosén Thomás Orts apadrinó a otro hijo de su hermano Jayme Joseph y de su cuñada Cecilia, al que pusieron por nombre Jayme Thomas Orts Such. Junto a él actuó como madrina Josepha Morales (11). En 1721, Jayme Joseph Orts y Cecilia Orts fueron padres de nuevo, de un niño al que llamaron Francisco Jayme, que fue apadrinado por Thomás García y Rosaura García, de Sella (12), padres de Rosaura García García, que posteriormente se casaría con Manuel Orts, padre de José Orts García –abogado de los Reales Consejos- (12). La familia Orts gozaba de muy buenas relaciones sociales, ya que una nueva niña nacida del matrimonio entre Jayme Joseph Orts y Cecilia Such, bautizada por Mosén Joseph Llorca el 3 de noviembre de 1723 como Ángela Cecilia, fue apadrinada por don Joseph Tous y doña Thomasa Sans, quienes disfrutaban de una muy buena posición social, puesto que de nuevo aparece el título de don y doña para ambas personas (13), que a su vez, eran matrimonio (14). En 1725, concretamente en octubre, Mosén Thomás Orts tuvo un nuevo sobrino, hijo de su hermano Jayme Joseph, casado con Cecilia Such, al que bautizó como Domingo y fue apadrinado por Jayme Llorca y Ángela Pérez (15). 1.2. L familia Orts García El primer hijo del matrimonio formado por Manuel Orts y Rosaura García fue apadrinado igualmente por Mosén Thomás Orts junto a María García que ejerció de madrina. El bautizo lo celebró Mosén Joseph Llorca el 4 de octubre de 1724. Y el niño se llamó Jayme Thomás Luis (16). Un año después, en 1725, nació Joseph Manuel Francisco, segundo hijo de Joseph Orts y Rosaura García, quién también fue apadrinado por Mosén Thomás Orts y por María Jordá. Joseph Manuel Francisco nació el 31 de julio de 1725 y fue bautizado el 3 de agosto por el presbítero Mosén Joseph Llorca (17). Este niño cuando fue adulto ejerció profesionalmente como abogado de los Reales Consejos, y tuvo vinculación con el gobierno del rey borbónico Carlos III, como se verá más adelante.
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En 1728 tuvo lugar el nacimiento del tercer hijo de Manuel Orts y Rosaura García, al que pusieron por nombre Manuel Joseph Lorenzo. Nació el 9 de agosto y fue bautizado el mismo día, siendo sus padrinos Thomás García y Josepha García (18). De nuevo, en 1730, vino al mundo un nuevo vástago en la familia de los Orts García. Concretamente, el nacimiento se produjo el día 3 de julio de 1730, y fue bautizado el 7 de julio y apadrinado por Mosén Thomás Orts e Isabel Juan Pérez (19). Tras cuatro varones en la familia Orts García llegó la primera niña dos años después, el 24 de junio de 1732, y fue bautizada a los cuatro días de su nacimiento, concretamente el 28 de junio, llamándose Ángela María, y siendo su padrino y tío Mosén Thomás Orts, y su madrina: María Cerdá (20). Una segunda niña llegó al mundo en el seno de los Orts García el 1 de mayo de 1735. Fue bautizada como Rosaura María el 8 de mayo, y fueron sus padrinos Joseph Seva y Severina Cerdá (21). Manuel y Rosaura fueron ampliando su descendencia, y el 13 de febrero de 1737 nació un niño que fue llamado Gaspar Melchor Baltasar, y bautizado el 25 de febrero, por sus padrinos Álvaro Llorca y Estefanía Doménech (22). Dos años después, Rosaura García dio a luz a su octavo hijo el 11 de marzo de 1739, que fue bautizado en la parroquia de San Jaime y Santa Ana, el 27 de marzo por el presbítero Alexandro Montiel, siendo sus padrinos Ignacio Lloret y Josepha García (23). El último parto de Rosaura García fue el que trajo la sorpresa de unos mellizos. Tuvo lugar el 9 de abril de 1741, siendo bautizados al día siguiente, el 10 de abril. Recibieron los nombres de Thomasa Vicenta y Thomás Vicente. Francisco Orts y Ángela Llorca fueron los padrinos de Thomasa; mientras que Francisco Such y Josepha García apadrinaron a Thomás (24). 1.3. Colateralidad prolífica Jaime Orts Orts, hijo de Francisco Orts y Francisca Orts, y primo hermano de Joseph Orts García –el que fue abogado de los Reales Consejos-, se casó con Ventura Barber –hija de Salvador Barber y Ana María Nondedeu-. Este matrimonio tuvo a su primera hija el 29 de enero de 1736, que fue llamada esperanza Orts Barber. Su bautizo se produjo en febrero, aunque no se especifica el día en el Libro de bautismos, y sus padrinos fueron Mosén Thomás Orts y Ginesa Alvado (25). El 14 de abril de 1739, nació la segunda hija de este matrimonio que se llamó Ana María Rosa. Fue bautizada el 17 de abril de 1739 por el presbítero Joseph Llorca, y sus padrinos fueron Máximo Llorca y Ángela María Ortín (26). Francisco Xavier Thomás fue el tercer hijo y primer varón, de Jayme Orts y Buenaventura Barber. Nació el 11 de marzo de 1741, y fue bautizado el 12 de marzo, siendo apadrinado por Domingo Orts y Vicenta Orts (27). Ángela María Vicenta amplió la descendencia de Jayme y Buenaventura el 7 de diciembre de 1743. Y fue apadrinada por Manuel Orts, de Francisco y Ana María Barber (28). Del siguiente hijo varón de Jayme y Ventura, el párroco apuntó más datos. Francisco Salvador nació el 15 de marzo de 1745, a las tres de la mañana. Y fue apadrinado por Francisco Llorca y Jesugualda Llorca, soltera en ese momento (29).
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1.4. Matrimonio y descendencia directa de Joseph Orts García, abogado de los Reales Consejos Joseph Orts García tenía 56 años y su esposa Ángela Orts Barber 38, cuando tuvieron a su primer descendiente, que fue una niña llamada Josepha María Vicenta Orts Orts. Nació el 20 de febrero de 1781 y fue bautizada a los tres días en la parroquia de San Jaime, concretamente el día 23 de febrero. Sus padrinos fueron Francisco Orts de Jayme, y Josepha Orts (30). Sus abuelos paternos –Manuel y Rosaura- estaban emparentados con los maternos –Jayme y Ventura-, siendo Jayme primo hermano de Joseph Orts García; y Ángela Orts Barber, prima segunda y esposa del abogado de los Reales Consejos. Ese mismo año nació Jayme, primer hijo varón –quién a su vez tuvo una amplia descendencia y emparentó con la línea sanguínea de los Rusafa-. Y tuvo además otro niño, el segundo al que llamó Manuel. Tres años después nació el tercer varón de la pareja y cuarto hijo en sucesión: Joseph Jayme Thomás. Nació el 23 de marzo de 1784, las ocho de la mañana, y fue bautizado al día siguiente, concretamente el 24 de marzo. Fueron sus padrinos su abuelo paterno Manuel Orts y su tía Rosaura Orts (31). La vida profesional de Joseph Orts García se desarrolló en Valencia, a través de la Real Audiencia y de los Reales Consejos, un órgano consultor y de gobierno que ejercía como Tribunal Superior del Reino (32). Por encima de la Real Audiencia de Valencia se hallaba el Consejo Superior de Aragón, establecido en Madrid, por lo tanto, Joseph Orts García viajó a la capital de España para resolver sus asuntos laborales. Orts García estaba interesado en acceder a la magistratura y para ello ejerció en los Reales Consejos, puesto que ésta era una de las vías de acceso (33). Presumiblemente Joseph Orts García pudo conocer al conde de Floridablanca en Madrid, durante el ejercicio de su profesión, puesto que José Moñino también se graduó en Leyes, -en Orihuela-, y estudió abogacía en la Universidad de Salamanca. Posteriormente desarrolló el ejercicio de la abogacía en el bufete de su padre. Y presidió la Real Academia de Jurispridencia y Legislación en el siglo XVIII. José Moñino, conde de Floridablanca, quiso agradecer a Joseph Orts García los servicios prestados a la corona española, ofreciéndole un título nobiliario cuando éste –durante el periodo comprendido entre 1782 y 1790- ocupaba interinamente la secretaría de Gracia y Justicia: “(…) 4 de febrero de 1782, quedando la guarnición con su general prisionero con este señalado triunfo, volvió puerto Mahón a la corona española, conservando los isleños sus propiedades, sus privilegios, por la bondad del monarca que no quiso castigar la rebeldía de sus padres, y las fuerzas combinadas pasaron a estrechar a Gibraltar bloqueado hacia cuasi dos años, y aquí dejamos la explicación marítima, para reseñar la tradición que se refiere a esta villa enlazada íntimamente con esos sucesos. Tomada la plaza de Mahón, una borrascosa tormenta producida por los vientos del *ordeste, obligó a la escuadra a buscar un puerto de refugio que le pusiera al abrigo de las enfurecidas olas, y este puerto lo encontramos en la ensenada de levante, capaz de cobijar muchos buques y resistir las mayores tempestades. Llegan los navíos victoriosos, echan anclas, bajan a tierra, y juntamente, a la marina, y pide le enseñen los trofeos arrancados al enemigo, y por la intercesión del doctor D. José Orts y García, que con su esplendidez y munificiencia habrá obsequiado a la oficialidad de los buques habrá obsequiado a la oficialidad de los buques, consigue se expongan al público las banderas inglesas en el balcón principal de su casa calle Horno, hoy número 8.
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Debido a las atenciones dispensadas al almirante de la escuadra como a los auxilios prestados a la armada y servicios al gobierno de Florida Blanca (1) el gobierno trató de recompensar aquellos servicios concediendo un título nobiliario al doctor Orts, que este señor se adelantó a rehusar con fina cortesía y modestia (…)” (34). José Orts García tuvo una vida larga, ya que estuvo presente en los bautizos de sus numerosos nietos que se produjeron en las primeras décadas del siglo XIX. De su hijo Jayme Orts Orts casado a los 28 años en la parroquia de San Juan, de Alicante, con María Rusafa Aracil –hija de Francisco y Luisa-, de 24 años, natural de San Juan, población de la que era autóctona, y residentes en Benidorm y parroquianos de San Jaime y Santa Ana, tuvo seis nietos. El primero se llamó Joseph y nació el 5 de octubre de 1800 a las seis de la mañana. Fueron sus padrinos Francisco Orts y Vicenta Orts, y el bautizo se realizó el mismo día de su nacimiento (35). La segunda nieta fue Ángela Llinares que nació el 18 de marzo de 1802, a las siete de la mañana. Fue bautizada el 20 de marzo y apadrinada por Manuel Orts y Ángela Zaragozí, vecinos de Benidorm. En 1805 nació el tercer nieto de Jopseph Orts García, y éste fue llamado de nombre como él: José Orts Rusafa. Vio la luz el 31 de diciembre de 1804, a las siete de la tarde. Fueron sus padrinos don Vicente Tous y Esperanza Orts, ambos de Benidorm. Con este niño emparentaron con la familia Tous cuya importancia se ve manifiesta en el Libro de Bautismos porque el párroco lo nombra como don Vicente (37). El 22 de diciembre de 1806 nació su cuarto nieto al que llamaron Jayme Orts Rusafa, bautizado el 23 de diciembre por sus padrinos Pedro Barcels y Vicenta Orts (38). Ángela María Orts Rusafa llegó al mundo el 18 de diciembre de 1808, a las doce de la noche, y fue bautizada dos días después, el día 20, por sus padrinos Antonio Bayona y Ángela Tous (39). De nuevo, dos años más tarde llegó al mundo María Orts Rusafa, el 30 de agosto de 1810 a las ocho de la noche, siendo bautizado al día siguiente por sus padrinos Josef Orts y Esperanza Orts (40). Otra niña también llamada Ángela María nació el 26 de diciembre de 1811, a la una de la mañana, bautizándose el mismo día por sus padrinos Manuel Orts y Vicenta Orts (41). Joseph Orts García tuvo un nieto fruto de su hijo Manuel con Isabel Morales Bayona –hija de Antonio y Francisca-, que nació el 18 de noviembre de 1811, a las once de la noche. Fue bautizado en la parroquia de San Jaime por el presbítero Josef Vaquer, de brazos de la marquesa de Albudeite, doña Ana Agapita Valde, y por el doctor Manuel Fuster, ambos vecinos de Benidorm. El bautizo se produjo el 20 de noviembre. Con estos padrinos se puede observar a simple vista el elevado estatus social de Joseph Orts y sus familiares más directos (42). El 11 de febrero de 1812 –a las diez de la noche-, nació Josef Orts Chorro, hijo de José Orts y Ana María Chorro, y nieto por línea paterna de Josef Orts García y Ángela Orts. Fue bautizado el 14 de julio por el sacerdote José Vaquer (43). Sus abuelos maternos fueron Josef Chorro y Teresa Ripoll de Altea. Josef Chorro ejercía como escribano en Altea en el último cuarto del siglo XVIII, puesto que su nombre aparece en el testamento de Mosén Thomás Orts en 1776.
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Y fue apadrinado exclusivamente por su bisabuelo paterno Manuel Orts, que era nonagenario. Josef Orts Orts fue el abuelo del jurista e historiador Pedro María Orts Berdín. 1.5. Sepultura eclesiástica Los Orts que vivieron en el siglo XVIII fueron enterrados en la parroquia de San Jaime donde tenían derecho de enterramiento. El mismo fue una petición del presbítero Mosén Thomás Orts (44) ya que dicho derecho tenía que tener la aprobación real. Mosén Thomás Orts realizó el 31 de diciembre de 1776 una disposición testamentaria ante el notario de Altea Josef Xorro, en el que pedía levantar una capellanía perpetua, a cambio de entregar a la Iglesia una propiedad: “(…) y señalo la eredad que tengo y poseo, propia mía y sita en el término de esta villa y partida del Saltet de Berenguer, baxo lindes con su casa de campo y con el de censar ganado de azagador real y tierras de los herederos de Thomás Pérez (…) Y nombro por patrono de dicha Capellanía y administradores de la referida heredad antes de lograrse la licencia real para dicha Fundación a Jayme Thomás Orts y al Doctor Josef Orts, Abogado de los Reales Consejos y sobrino, vecino de dicha villa de Benidorm, para que esta la puedan arrendar en público encanto (…) y obtenido la facultad real, quedan patronos los referidos Jayme Thomás y Doctor Josef Orts, hermanos mis sobrinos de esta Capellanía y nombren por capellán de esta, primeramente a la de la familia de mi hermano Manuel, descendiente de este por vía de varones, prefiriendo primeramente a los hijos de dichos Patrones (…) Y a falta de la descendencia de dicho mi hermano Manuel sean capellanes los de la descendencia legítima de mi hermano Francisco, por línea de varones (…) en tercer grado los descendientes de Jaume Josef Orts mi hermano, también por vía de varones (…). Y el Capellán que obtuviere esta capellanía tenga obligación anual y perpetuamente de decir y celebrar veinte misas por mi alma y la de mis ascendientes ya por aquellas que fueran de mi mayor obligación, si estuviese la yglesia nueva acabada en la capilla de *uestra señora de La Asunción, bajo cuyo título fundar, elijo y levanto dicha Capellanía (…) y en caso de obtener el capellán de esta fundación antes de construirse la yglesia nueva, tenga obligación de decir y celebrar veinte misas anualmente en la ygleia vieja y altar que le pareciere (…) lego cien libras para adorno de [ilegible] la capilla de la yglesia *ueva en la que se deverá colocar *uestra señora de La Asumpción (…) e hiciesen fabricar una lámpara de ochenta onzas de peso de plata para dicha capilla y hacer construir una sepultura para los de su familia y de sus hermanos (…)” (45). Mosén Thomás Orts realizó la disposición testamentaria el 31 de diciembre de 1776, pero cuando se produjo la visita del obispo en 1792, Mosén Thomás Orts ya había fallecido. 1.6. Los Orts y su relación con la vida municipal de Benidorm en el siglo XVIII El Libro de Actas del Ayuntamiento de la villa de Benidorm del año 1732 anunciaba y ratificaba los cambios políticos que desempeñaron los Orts en el siglo XVIII. A su vez, este documento proporciona el nombre de Jayme Orts como padre, y por tanto, antecesor de los cuatro hermanos que desarrollarán múltiples líneas genealógicas multiplicándose las familias.
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Jayme Francisco Orts, de Jayme, hermano de Manuel, Francisco y Mosén Thomás fue nombrado por elección tomador del reparto del equivalente, un impuesto que se recaudaba entre los terratenientes (46): “(…) Y en cuanto al segundo acordaron que se reparta el equivalente sobre líquido que su majestad manda con el cuatro por ciento para lo cual nombran por electos tomadores a Vicente Pérez y Jayme Francisco Orts de Jayme (…) vecinos de esta villa para que con la intendencia de la señora de este Ayuntamiento repartan dicho equivalente a quienes se le notifique para su aceptación (..). Unos meses después, el 5 de marzo fue propuesto que Jayme Joseph Orts desempeñase el cargo de alcalde ordinario (47): “(…) Se cumple un año de los oficios y es estilo proponer otros para proseguir el gobierno de dicha para año fin propuso en la forma siguiente para primero Alcalde ordinario a Juan Such= y o Jayme Joseph Orts (…). Oída dicha propuesta por dichos Señores acordaron que respeto a ser todos personas suficientes (…)”. Francisco Orts, hermano de Jayme Joseph Orts, disponía de una economía solvente puesto que su nombre aparece junto al de otras personas al prestar un dinero para la adquisición del edificio donde se ubicaría el ayuntamiento, puesto que hasta ese momento se venían reuniendo en el castillo (48): “(…) Otrosí fue propuesto que para hacer parte de pago de la casa que esa villa mercó de Gaspar Barber que en la presente Sala capitular se han tomado del tercio, y de diferentes que lo deven veinte y tres libras, y diez sueldos esto es de Francisco Orts de Jame dies y nueve libras, de Antonio Llorca de bautista quatro libras y de Francisco Ballester dies sueldos (…)”. El 1 de abril de 1732, Jayme Joseph Orts fue nombrado Alcalde Ordinario, tomando posesión de dicho cargo. Un texto muy explicativo por la gran cantidad de detalles que aporta sobre el protocolo (49): “(…) para proseguir en el gobierno de dicha villa dada y firmada por Thomás Sans Procurador general de la Señora Condesa de Montealegre dueños directos de dicha villa (…) a los nueve días del corriente mes y año en que son nombrados para primero Alcalde Ordinario de dicha villa Jayme Joseph Orts, para segundo Pedro Such (…) y aviendo comparecido todos juntos con un libro misal en donde se leen las palabras de los santos Evangelios puesto en manos, y poder de dicho Señor Phelipe Saragozí Alcalde. Juraron todos y cada uno respectivamente para su encargo y oficio por dicho *tro Sr., y a una cruz en forma de droe., que regirán, governarán, y administrarán sus encargos y oficios, bien y fielmente, que guardarán el Misterio de la pura y limpia Concepción, el día de la Encarnación, y los demás de *tra., Santa Fe Católica, guardarán ferás fueros, y privilegios, de este Reyno, según al presente se practican. Administrarán Justicia en todos los casos, y en especial a los pobres, atendiéndoles en todo y por todo, y así lo juraron y no firmaron por decir no saber, de todo lo cual yo el escrivano doy fe=Ante mi. Álvaro Llorca, escribano (…)”. El 28 de abril de 1732, Jame Joseph Orts ya encabezó el acuerdo plenario como alcalde ordinario (50): “(…) En la villa de Benidorm a los veinte dos días del mes de Abril de mil setecientos treinta y dos años. Los Señores Jayme Joseph Orts Alcalde Ordinario de dicha villa (…)”. Y (51): “(…) En la villa de Benidorm a los quatro días del mes de Junio de Mil setecientos treinta y dos años ante los Señores Jayme Joseph Orts, y Pedro Such Alcaldes Ordinarios (...)”.
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1.7. Las propiedades de los Orts El historiador Francisco Amillo Alegre en su obra “Beatriz Fajardo de Mendoza y la Carta Pobla de Benidorm (1666)”, califica a una familia de Orts, como de agricultores acomodados en el año 1724, pero sin dar nombres, y atribuyendo a un miembro de esta familia un caso de bandolerismo “(…) con un acentuado carácter antiseñorial (…)” (52). Igualmente cita que en 166 aparece registrada una partida denominada La Foia de Jayme Orts”, accidente geográfico que recibió este nombre por ser propiedad del patriarca de los Orts dieciochescos, motivo de esta investigación (53). El jurista e historiador Orts Berdín recogió en su obra “Apuntes históricos de Benidorm”, que Joseph Orts García tenía su casa en la calle del Horno nº 8 (54). Y en la disposición testamentaria de Mosén Thomás Orts quedó reflejada la propiedad que legó a la Iglesia a cambio de una capellanía (55): “(…) la eread que tengo y poseo, propia mía, sita en el término de esta villa y partida del Saltet de Berenguer, baxo lindes con su casa de campo, y con el de censar ganado del azagador Real tierras de los herederos de Thomás Pérez (…)”. El Libro de Bautismos señala de Jayme Orts, hijo de Joseph Orts García, -Abogado de los Reales Consejos- que fue labrador (56).
II. Política y jurisprudencia: Los Orts en el Benidorm decimonónico. 2.1. Uniones matrimoniales y descendencia. La línea genética de los Orts que se va a desarrollar en este capítulo es la existente entre la unión matrimonial entre José Orts y Orts y, Ana María Jorro Ripoll. La partida de defunción de José Orts y Orts –nacido y afincado en Benidorm-, señala que falleció el 17 de agosto de 1860, a los 78 años de edad. De profesión fue labrador propietario (57): “(…) Hizo testamento en 1834 ante el escribano de Altea D. José Sastre el que modificó con un codicilo otorgado en 18 de enero de 1860 en Benidorm ante Tadeo Ruzafa, Escribano de la misma legando para bien de su alma 1500 reales. Falleció de un hidrotorax según el facultativo Juan Bautista Rusafa de que certifico. Pascual Ivorra (…)”. El benidormero de José Orts y Orts y la alteana Ana María Jorro Ripoll tuvieron tres hijos. La primera en llegar al mundo fue Ángela María Orts Jorro, nacida en 1809, y fallecida en 14 de junio –a las tres de la tarde-, de 1900, a los 91 años, a consecuencia de senectud. Ella se casó con Pedro Berdín Berdín y le sobrevivió quedando viuda (58). El segundo de los hijos de José y Ana María se llamó José Orts y Jorro y nació en 1812. Se casó con Ángela Berdín y enviudó. Falleció el 22 de marzo de 1897, a los 85 años de edad (59). Y la tercera en nacer y segunda de los descendientes de José y Ana María fe Consuelo Orts Jorro. Vino al mundo en 1822. Se casó con Cosme Fuster y enviudó. Falleció el 23 de julio –a las seis de la tarde-, de 1904, a los 82 años de edad, a consecuencia de gangrena senil (60).
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Del matrimonio formado por José Orts y Jorro y Ángela Berdín Llorca nacieron varios hijos. El primero de ellos fue José María Orts Berdín, en 1836, cuando su padre tenía 24 años de edad. José María falleció el 19 de diciembre de 1900, -cinco meses después que su tía Ángela María-, a las ocho de la mañana, a consecuencia de congestión cerebral. Se casó con Vicenta Orts Berdín y enviudó de ella. Cuando José María Orts Berdín falleció, no otorgó testamento (61). El segundo de los hijos del matrimonio Orts Berdín fue Pedro María, nacido en 1839, cuando su padre tenía 27 años. De adulto se casó con Josefa Salvá, falleciendo antes que su esposa. La muerte le sobrevino nueve meses después que a su padre, el 31 de diciembre de 1897, con 58 años. Fue a las diez de la mañana, a consecuencia de un ataque cerebral (62). Y la última de los hijos de la familia Orts Berdín fue una mujer, Ángela, que falleció de enfermedad puerperal (63). Los antepasados de Vicente Orts Berdín –esposa de José María Orts Berdín-, por línea materna procedían de Polop. Sus bisabuelos fueron Guillermo Berdín y Magdalena Valier. Estos tuvieron dos hijos Pedro Berdín Valier y Magdalena Berdín Valier, ésta última casada con José Lledó y viuda de él, cuando se produjo la muerte violenta de ella (64): “(…) Se dio sepultura por orden de la Justicia de 57 años, viuda de José Lledó, propietario y vecino de Benidorm. Falleció de una caída de un asno. Hija de Guillermo Berdín y Magdalena Valier (…)”. Pedro Berdín Valier se casó con Vicenta Berdín Orts y fruto de esta unión nació Magdalena Berdín Berdín en 1830. Magdalena se casó con Maximiliano Orts Llorca, quién falleció el día 8 de mayo a las cuatro de la madrugada, a causa de un derrame seroso. Tenía 76 años cuando le sobrevino la muerte a Magdalena Berdín Berdín. Era viuda y gozaba de un importante patrimonio porque en el acta de defunción se explica la donación que hizo a la Iglesia (65): “(…) Lega 1000 pesetas invertidas en un plazo de 4 años (…) Cada año se distribuirán entre los pobres doscientas cincuenta pesetas y otra cantidad igual [ilegible] en misas para sufragio de su alma (…)”. Su esposo Maximiliano Orts Llorca nació en 1819. Fue abogado y propietario. Falleció de una bronquitis y fue enterrado el 1 de marzo de 1860 (66). Y por último, Vicente Orts Berdín, nació en 1859, y falleció siendo muy joven tras el nacimiento de uno de sus hijos, a causa de calentura puerperal, a los 28 años de edad. Su entierro se produjo el 13 de enero de 1887 (67).
2.2. El patrimonio de los Orts en el siglo XIX José Orts y Orts, Ana María Jorro Ripoll y sus descendientes por línea directa hasta Pedro María Orts Berdín continuaron viviendo en la casa ubicada en la calle del Horno. Vivienda que ha continuado pasando hereditariamente a sus familiares directos, hasta la actualidad (68). Pero además, según testimonian los protocolos notariales de los archivos de los notarios Pedro Orts y Tadeo Ruzafa, recogidos por Antonio Yañez (69), los Orts que vivieron en la primera mitad del siglo XIX poseyeron terrenos, solares y viviendas que fueron gestionando para ampliar su patrimonio, e incluso existió una zona denominada como “Alt de les Orts”, referencia que recogió Pasqual Albiñana en su obra (70).
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Durante la segunda mitad del siglo XVIII existió una calle llamada La Cenia, topónimo que cambió a partir de 1808 en que fue nombrada Alt de les Orts” y que mantuvo hasta 1850 (71): “(…) el fet que l´alt d´les Orts ftara amb el camí d´Altea i que hi haja el carrer de l´Alt d´Orts, vol dir que la zona és als afores de Benidorm (…)”. En 1802, José Orts y Orts vendió un solar de 47 palmos en la calle Alt de les Orts (72): “(…) José Orts vende a Cosme Berenguer un solar para hacer casa de 47 palmos en la calle Alt de les Orts, lindando con José Llorca, Mariano Orts, calle en Medio (...)”. (73): “(…) Antonio Llorca vende a Francisco Orts, sordo, una casa en la calle Xixo (…)”. (74): “(…) Manuel Orts vende a Cosme Ballester un solar para hacer una casa de cuatro navadas de 50 palmos (...)”. (75): “(…) Ángela Zaragoza dona a su sobrino Francisco Orts la mitad de la casa que posee en la calle del Mar de la Chanca (…)”. (76): “(…) Francisco Orts permuta con Josef Furió una casa en la calle Alicante por otra en la calle Santa Faz (…)”. (77): “(…) Miguel Climent de Finestrat vende a Manuel Orts una tierra secana en Puig Campana (…)”. (78): “(…) Vicenta Ivars vende a Jayme Orts una casa en la calle del Cupet (...)”. (79): “(…) Antonio Devesa vende a Josef Orts una casa en la calle La Paz o Cupet (…)”. (80): “(…) Francisco Pérez de Luis, labrador, se obliga con Josef Orts, alcalde Constitucional de Benidorm y el resto de componentes de la Junta de Policía, a derribar una casa que está haciendo en La Palmereta, por incorrecto trazado de la calle (…)”. (81): “(…) Ángela Orts vende a Josef Vaquer, cura párroco de Benidorm, una casa en la calle Dels Capellans” por 150 libras (…)”. (82): “(…) Francisco Orts vende a Francisco Such una casa en la calle Chala. Precio 300 libras (…)”. (83): “(…) Josef Orts vende a Vicente Llinares una casa-almacén en la calle de la Playa del mar de la Chanca. Linda con playa (…)”. (84): “(…) Antonio Gran vende a Manuel Orts una casa en la calle de “La galería del Mar” (…)”. 2.3. Perseguidos por ideología política en los albores del siglo XIX Benidorm sufrió directamente las confrontaciones políticas sucedidas durante la primera mitad del siglo XIX entre Realistas o defensores de la monarquía absoluta del rey de España -Fernando VII-, frente a los Constitucionalistas partidarios de una monarquía parlamentaria. El siglo XIX comenzó con el reinado de Carlos IV -1788-1808-, hasta que su hijo Fernando VII consiguió entronizarse conspirando contra su padre en 1808, siendo este su primer reinado. Entre 1808 y 1812 tuvo lugar el reinado de José Bonaparte con la “Guerra de la Independencia”. A partir de 1813 y hasta 1833 reinó de nuevo Fernando VII. Fue en este año de 1833 cuando tuvo lugar la Primera Guerra Carlista, que se prolongó hasta 1840, donde el bando de los Carlistas representaban a la sociedad más conservadora, siendo un movimiento predominantemente rural. Fueron partidarios del pretendiente al trono Don
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Carlos María Isidro, -Carlos V-, hermano de Fernando VII, retornando a una monarquía absolutista; frente a los Liberales o Isabelinos partidarios de Isabel II. En 1845 se inició la segunda guerra carlista tras abdicar el infante Carlos María Isidro en su hijo Luís de Borbón Carlos VI-.
2.3.1. La invasión francesa en Benidorm El historiador y jurista Pedro María Orts Berdín relató como Benidorm sufrió la invasión de las tropas francesas durante la “Guerra de la Independencia” en 1812 (85): “(...) refieren los viejos, que la guarnición del castillo violó las sepulturas de los que descansaban en las criptas de la iglesia terreno adyacente, y se entretenían arrojándolos al agua, acompañando sus ejercicios con dianzonetas y gracias de mal género, obligando después a los vecinos a recoger aquellos restos humanos con gran trabajo y darles sepultura cotidiana (…)”.
2.3.2. La entrada de los Cien Mil Hijos de San Luís y la Restauración de Fernando VII Benidorm tuvo un individuo que fue investigado por estar implicado en la entrada en España, el 7 de abril de 1823, de las tropas francesas que fueron denominadas “Los Cien Mil Hijos de San Luís”, al mando del duque de Angulema, y que fueron apoyados por los Realistas de Benidorm, entre los que aparece el nombre de José Orts. Con esta acción fue restaurada la monarquía de Fernando VII. El joven investigado tenía 15 años cuando entró a servir en el ejército, en la clase de cadete, para ascender posteriormente a subteniente. El joven se llamaba Juan Tous y Pérez, hijo de Gaspar Tous y Vicente Pérez, natural de Benidorm (86): “(…) habiendo suprimido su primer apellido para ocultarse ha abrazado el segundo (…) trascendió a subteniente cosa para pasar a ultramar, con el Ejército se reunió en Cádiz y sus inmediaciones en 1820, en dicha época se halló en Cádiz y fue otro de los que se pronunciaron contra aquel heroico pueblo en el acto de proclamación la Constitución jurada por el Rey (...) emigró a Francia regresando a España el año 23 con las tropas; en principios del 24 era en grande [ilegible] del General Campanar, y pasó a la Guardia Real de Infantería con grado de teniente. En 1827 fue cesado de la Guardia Real y confinado en Valladolid por complicado en la ocurrencia del [ilegible] de cuyo puesto pasó a Madrid y logró ser destinado al [ilegible] de Corte con grado de Capitán; de este campo pasó al de Infantería de la Reyna (…)”.
2.3.3. El exilio a Portugal del pretendiente al trono Carlos V Carlos María Isidro- hermano de Fernando VII y pretendiente al trono español fue defensor de la Ley Sálica, en detrimento de Isabel II-, se marchó a Portugal en marzo de 1833, y tras la muerte de Fernando VII, -el 29 de septiembre- se proclamó rey, -con el nombre de Carlos V- con el apoyo de los Voluntarios Realistas.
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En aquel momento histórico fue cuando se tachó a Juan Thous Pérez de que se uniera al Pretendiente (87): “(…) hallándose de guarnición en la plaza de Badajoz en el pasado año de 1833 se pasó a Portugal uniéndose al Pretendiente, con quién estaba en relaciones por ser íntimo amigo de don José Sacanell, Ayuda de Cámara de Dn. Carlos. Se cree con fundamento que salió de aquel Reyno unido a la familia del Pretendiente por la amistad referida En cuanto a su opinión sus actos la manifestaron y puesto en relaciones con sus amigos de esta villa, hay sospechas muy fundadas, aunque no se ha podido dar con ninguna comunicación por nombrar diligencia que ha predicado. *o hay duda de que sus amigos hacen un pacto para darse para facilitarle documentos del abono y es de temer intentar adquirirlos, Dn. José Orts y Orts, por lo que puede con el escribano de la villa de Altea Dn. Jaime Jorro y don Francisco [ilegible], hijo del Ayudante Militar de Marina de esta villa, y más que todo por la grabísima e inteligencia con los escritos, que de los dos sujetos faltándose con los sueltos mayor de los Carlistas de esta Marina como conducta ace tiempo estoy observando (…)”.
2.3.4. El reinado de Isabel II y la Primera Guerra Carlista En el inicio del reinado de Isabel II, se investiga si los Realistas de Benidorm tienen relación –en ese año de 1834- con los Carlistas, y de ahí surge el interés por conocer la ideología política de José Orts y Orts. En un documento fechado en 1834, dirigido al subdelegado general de Fomento, se indica que José Orts fue oficial de Realistas (88): “(...) por desafectos al legítimo gobierno manifestaron desde ayer por la mañana (…) que José Orts oficial de realistas se hallaba ausente sin saberse adonde, y el hijo del Ayudante Militar de Marina de este distrito, Francisco [apellido legible] había estado en Altea reunido con los que el concepto 1º público merecen la opinión de Carlistas. He dispuesto que estos dos sujetos y cinco más también sospechosos se me presenten todas las noches a las primeras oraciones mientras se dieren las presentes circunstancias, o U.S. disponga otra cosa (…)”. En otro documento fechado el 22 de abril del mismo año se cita también como Realista a otro miembro de los Orts (89): “(…) me ha informado que no tiene en su poder los expedientes de los remates, ni cuentas dado que se ha entregado, atribuyendo todo al Comandante de Realistas de esta villa Don Manuel Orts, ya difunto (…)”. José Orts tuvo que prestar declaración junto a José Llorca, y dicha declaración fue enviada por carta al comandante de armas del Partido de Alcoy, en 26 de julio de 1834 (90): “(…) En cumplimiento de oficio a U., fecha 12 abril actual remito los adjuntos historias despachos de los que fueron oficiales realistas en esta villa pertenecientes al batallón de [ilegible] D. Mariano Orts, comparecen Dn. José Orts y D. José Llorca, tenientes, no verificando con José Llorca, tenientes, no verificando con José Llorca, de Marcos, subteniente, por haber manifestado. Presentóse al capitán en la última revista al pasar (…) el extinguido cuerpo y no se acordó de recogerlo el cual no se ha encontrado entre los papeles del referido cupo con Dn. Manuel Orts ya difunto, por lo que he dispuesto que Llorca se presente ante mi (…)”. Una nueva misiva al comandante de armas del puesto de Alcoy amplía la información (91): “(…) Remito a U [ilegible] que ha presentado José Llorca de
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(…) haber entregado su título de subteniente del extinguido cuerpo de Realistas del capitán que fue de esta villa Sr. Manuel Orts, difunto, de modo que no se ha encontrado entre los papeles el referido Orts (…)”.
2.4. Los Orts: mayores contribuyentes en el siglo XIX
Durante el siglo XIX y principios del XX, los cargos políticos municipales se elegían entre los mayores contribuyentes. Es decir, los que más dinero pagaban al ayuntamiento por las posesiones y bienes que tenían. Los Orts siempre estuvieron presentes –a lo largo del siglo XIX- en los listados de mayores contribuyentes de Benidorm. Tanto José Orts y Orts, como José Orts y Jorro y José María Orts Berdín fueron elegidos como alcaldes del municipio entre los mayores contribuyentes de Benidorm. Pero las relaciones parenterales que se produjeron por matrimonios también siguieron la misma línea, la de emparentar con las familias más acomodadas de la comarca. De modo que las corporaciones municipales decimonónicas de Benidorm estuvieron dirigidas bien directamente o indirectamente por el clan familiar de los Orts. En 1813 Josef Orts o José Orts y Orts aparece documentado como alcalde constitucional (92). En 1852 José Orts y Orts formó parte de la Junta de Caminos Vecinales junto a Maximiliano Orts –padre de Vicenta Orts Berdín, casado con José María Orts Berdín, nieto de José Orts y Orts-, Pedro Ortuño, todos ellos “(…) de los vecinos mayores contribuyentes (…)” (93). Igualmente el mismo año de 1852, José Orts y Orts, su hijo José Orts y Jorro, y un pariente colateral, Francisco Orts, fueron elegidos para formar parte de las Juntas Periciales (94): “(…) se tenga muy presente las cualidades de idoneidad, buena fe y probidad de que deben estar dotadas para en el año venidero de 1853, haya sido verdaderamente analizada la mesa imponible y las utilidades respectivas(…) resolvieron nombrar por unanimidad a D. José Orts y Jorro (…) a D. Gaspar Ortuño (…) D. Francisco Orts (…) y D. José Orts (…)”. El 29 de febrero de 1852 fue elegido alcalde Maximiliano Orts. Como concejal presidente, Pedro Ortuño, y de entre los mayores contribuyentes que se citan para componer la Junta de las Escuelas, aparecen individuos de otras ramas colaterales de la familia Orts, como Miguel Orts Cheli, Vicente Orts y García, Francisco Orts y Pérez, Jayme Orts y Bayona, Francisco Orts de Miguel, Miguel Orts de Bayona, Francisco Orts y Bayona. Y por primera vez quedó reflejado el nombre de Guillermo Berdín, del que el documento señala que es hacendado forastero. Dicho caballero procedente de Polop fue, a su vez, el bisabuelo de Vicenta Orts Berdín, esposa de José María Orts Berdín (95). La Junta de Escuelas quedó finalmente formada y constituida por el alcalde corregidor Maximiliano Orts, como vocal nato, seguido de Agustín Galiana –cura de la parroquia de San Jaime-, como vocal; Francisco Llorca y Galiana –regidor-; y de entre los vecinos fueron elegidos Francisco Orts y Pérez, abogado, y Tadeo Ruzafa, escribano, -cargo equivalente a notario- (96). El 2 de junio de 1852 se registró en el acta de la sesión plenaria del ayuntamiento, un listado con catorce referencias de caballeros designados mayores contribuyentes. Entre ellos, junto a José Orts y Orts, Tadeo Ruzafa,
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Vicente Orts, aparece Francisco de Paula Orts (97), un familiar indirecto conocido todavía por Josefina Orts i Bosch –descendiente actual-, como el “Tío Francisco de Paula” (98). Días más tarde, el 5 de junio de 1852, fue nombrado José Orts y Jorro para representar al ayuntamiento en una nueva reunión que se celebró en Alicante, con motivo de la construcción del ferrocarril MZA (Madrid-ZaragozaAlicante) (99), -línea que fue inaugurada en mayo de 1858, con la visita de la reina Isabel II, que viajó en ferrocarril-: “(…) después de haber conferenciado detenidamente acordaron nombrar a D. José Orts y Jorro Abogado para que en representación del Ayuntamiento asista a la reunión que debe tener lugar en la Capital de la provincia el día 15 del corriente con objeto de convenir lo necesario para la construcción del ferrocarril de Alicante a Almansa y para ello confieren al mencionado D. José Orts la autorización y facultades necesarias para el desempeño de su cometido (…)”. De nuevo el 3 de junio de 1852 quedó reflejado en el acta del Pleno del ayuntamiento un listado con nuevos nombres entre los mayores contribuyentes. En este caso aparecen Pedro Berdín, primo-hermano de José María Orts y Jorro (100). Pedro Berdín, a su vez tuvo un hijo llamado Pedro Berdín Orts, nacido en 1850, que desempeñó el cargo de alcalde de la villa de Benidorm en 1882, a los 32 años, durante los últimos años del reinado de Alfonso XII (101): “(…) 26 abril (…) Benidorm verá de nuevo como hijos de este pueblo pertenecen al gobierno de la Diputación. Así, en las elecciones de este órgano provincial es elegido por el Distrito de Villajoyosa don Francisco de Paula Orts Llorca, político del Partido Moderado-Conservador. Es Alcalde don Pedro Berdín y Orts, propietario, de 32 años, y habitador en la calle Consistorial (…)”. Pedro María Berdín y Orts tuvo dos hijos varones: uno a los 23 años llamado Pedro María Berdín y Fuster, que nació en 1873, y que falleció en Valencia el 27 de diciembre de 1903, a la edad de 30 años, como indica su lápida funeraria ubicada en el cementerio viejo de Benidorm. Y un segundo hijo nacido a una edad mucho más madura –39 años-, llamado Gaspar Berdín y Fuster, que nació en 1889 y falleció el 31 de agosto de 1968, a la edad de 79 años. Pedro Berdín Orts ocupó el cargo de alcalde muy poco tiempo, puesto que –fue relevado de su cargo primeramente por Vicente Devesa y Baldó, y posteriormente por su tío y a la vez suegro Cosme Fuster Pérez, casado a su vez con Consuelo Orts Jorro, hermana de José Orts y Jorro- volviendo a retomar la alcaldía en julio de 1883 (102): “(…) don Cosme Fuster Pérez, quién deja la vara en primeros de julio de este año en manos de su sobrino e hijo político don Pedro Berdín y Orts (…)”. En 1860, Francisco de Paula Orts accedió al cargo de alcalde (103), utilizando a José Orts y Jorro para muchas funciones representativas del ayuntamiento. José Orts y Jorro fue nombrado por unanimidad el 6 de mayo de 1860 presidente de la mesa para la elección de la junta representativa del Sindicato de Riego por reunir los requisitos de inteligencia y confianza de la corporación (104). De nuevo, en junio, Francisco de Paula Orts nombró a José Orts y Jorro y a Cosme Fuster, -suegro de Pedro Berdín Orts,-, ambos familiares en segundo grado, para que le acompañen a la rectificación de la lista electoral (105).
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El 18 de noviembre de 1860 se incorporó a la vida política municipal José María Orts Berdín –hijo de José Orts y Jorro-, y su nombre aparece relacionado con las comisiones originales para la realización del censo. Concretamente, José María Orts Berdín formó parte de la comisión de la primera sección que se ocupó del casco urbano (106): “(…) partiendo desde la playa, de la Cruz, calle del Mar hasta la calle de San Pedro (…)”.. El mandato como alcalde de Francisco de Paula Orts finalizó el 1 de enero de 1861 con la toma de posesión del nuevo cargo, que fue José Berdín, hasta ese momento dedicado al ejercicio profesional como juez de paz (107): “(…) Por el Sr. Presidente se procedió a recibir el juramento a D. José Berdín nombrado Alcalde (…)”. José Berdín contó, a su vez, con Francisco de Paula Orts, para que formase parte de la nueva corporación, pero como concejal (108). En 1861 llegó el momento en que José Orts y Jorro había absorbido tantos cargos que ya no podía desempeñarlos, y por ello solicitó su renuncia al cargo de Depositario de los fondos comunes (109): “(…) se dio cuenta de la renuncia presentada por D. José Orts y Jorro del cargo de depositario de los fondos comunes. Fundado en las muchas atenciones que le ocupa el cargo de Asesor de Marina que está desempeñando (…)”. El ayuntamiento le otorgó la autorización a partir del 1 de marzo de 1861. José Orts y Jorro, a pesar de haber renunciado al cargo de depositario de los fondos comunes, todavía desempeñó el cargo –ese mismo año- de miembro de la Junta pericial con su primo hermano Pedro Berdín (110). Y aparece como suplente para acompañar al alcalde José Berdín a la rectificación de los listados electorales, junto a Francisco de Paula Orts, que acude como concejal suplente (111): “(…) previa la circunstancia de saber leer y escribir (…)”. José María Orts Berdín –hijo de José Orts Jorro-, tomó posesión como alcalde el 1 de enero de 1863 (112): “(…) recibió el juramento a D. José María Orts Alcalde que le reemplaza y se retira dejando a éste la presidencia. Acto contínuo este nuevo Alcalde recibió juramento a cada uno de los Concejales nuevos que pasaron a ocupar sucesivamente los asientos vacantes (…)”. José María Orts Berdín también contó con Francisco de Paula Orts para que formara parte de su corporación, así como de José Berdín. José María Orts Berdín tan sólo gobernó Benidorm como alcalde a lo largo del año 1863, puesto que el 18 de diciembre de ese mismo año fue suspendido de su cargo, así como el resto de miembros de su corporación, por un oficio del gobernador civil de la provincia que atribuyó a haber cometido faltas graves en todos los ayuntamientos de Benidorm, desde el año 1859. Y ordenó que se llamase a los concejales de años anteriores para que en ese momento desempeñasen los mismos cargos que tuvieron en su momento. En este documento aparece José Orts y Jorro como miembro de la composición del ayuntamiento en 1856. Y de él se añade, que además fue uno de los miembros, a elegir entre otros nombres, para la configuración del nuevo ayuntamiento (113). En 1864 tuvo lugar un incidente que alteró la vida religiosa de Benidorm y que afectaba directamente a José Orts y Jorro. Se trató de la supresión de la misa de las once de la mañana, motivo que llevó al ayuntamiento a trasladar este tema al arzobispado y al gobernador (114): “(…) En la sala capitular de la villa de Benidorm a siete de marzo de 1864, reunidos en sesión extraordinaria los
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SS., que al margen se expresan bajo la presidencia de D. Joaquín Thous, Alcalde, se expuso por dicho señor que en el día de ayer Domingo seis del actual, habían acudido ante su autoridad muchos de los concejales presentes y la mayoría de los vecinos de este pueblo, interponiéndole sus quejas en razón de haberles faltado en el día de ayer la celebración de la misa, que a las once de la mañana de todos los días festivos y a la salida del sol de todos los no festivos, ha estado celebrándose en esta iglesia parroquial desde tiempos muy remotos, en atención a la cual se había visto precisado a convocar sesión extraordinaria a los SS., individuos del ayuntamiento para tratar con la detención que el caso requiera una cuestión tan vital para los intereses del vecindario, más para que pudiera entablar la discusión con entero conocimiento de causa y poder tomar la resolución conveniente estaba en el caso, previo el parecer de los SS., concejales, de dar todo género de explicaciones y enterar a la corporación, que tenía el honor de presidir, de cuantos antecedentes, datos y noticias habrá adquirido, consultando para ello los documentos necesarios a este objeto. Dicho lo cual y prestado el consentimiento y conformidad unánime de la corporación continuó diciendo: en treinta y uno de diciembre e mil setecientos setenta y seis Mosén Tomás Orts, pbro., natural y vecino de esta villa otorgó testamento ante el escribano D. José Jorro, en cuya última voluntad se dispuso que desde aquella, fundaba en beneficio a capellanía de sangre, para cuyo sostenimiento señalaba una heredad situada en este término partida del Saltet, quedando obligado el poseedor de dicho beneficio a celebrar una misa diaria a la salida del sol los días no festivos, y a los días festivos a las once en punto de la mañana; Que dicha disposición testamentaria, como no ignora la corporación, ni el vecindario, ha venido observándose estrictamente y sin faltar un solo día hasta la muerte del último beneficiado poseedor de la finca D. Domingo Orts pbro., pasando después por disposición del gobierno de S.M. como bienes incluidos en la desamortización al pariente más inmediato para con la obligación según expresa la citada Ley, de satisfacer todas las cargas y gravámenes anejos al beneficio, y establecido por el fundador. Todas estas condiciones han venido observándose por parte del actual poseedor D. José Orts y Jorro como el más próximo pariente hasta el día de ayer, en que un número considerable de vecinos. Confiando en oír la misa de once, cuya celebración tiene lugar a la misma hora, todos los días festivos del año mil setecientos setenta y seis, vieron defraudadas sus esperanzas por haber dado orden D. José Orts, actual poseedor, al pbro. D. Pedro Climent para que cesara de celebrar la indicada misa dando con ello origen, a las quejas de los vecinos, y a la presente sesión extraordinaria. Enterados los SS., Concejales y después de una detenida discusión, en que fueron exponiendo, sucesivamente sus pareceres, convinieron por unanimidad que la conducta observada por D. José Orts estaba fuera de Ley puesto que ataca en primer lugar, a la voluntad del fundador que antes había sido respetada por el Congreso nacional, al discutir esta cuestión; en segundo lugar a la Ley del Reino, que al decretar la desamortización de esta clase de beneficios, fue a condición de que pasara al pariente más inmediato con todas las cargas a él anejas y en tercer lugar a los intereses de todo el vecindario; que desde una época remota, viene disfrutando de un derecho del que hoy se encuentra despojado. En este estado y no poseyendo facultad esta corporación para obligar al cumplimiento de la Ley al D. José Orts y Jorro resolvieron ponerlo en conocimiento del Excmo., e Ymo., Sr. Arzobispo de esta Diócesis, como
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principal encargado de velar por los intereses espirituales de sus súbditos y del M.Y.S., Gobernador Civil de la Provincia como presidente neto de esta Corporación remitiéndole copia certificada de este acuerdo para que ambos tomen la resolución que crean más conveniente (…)”. El 3 de mayo de 1864 en sesión extraordinaria tomaron posesión de este Ayuntamiento –sin juramento-, José María Orts Berdín, Miguel Lloret, Vicente Baldó, Francisco de Paula Orts, Vicente Vives, Vicente Llorca, Cosme Fuster y Cosme Such (115). Cargos que tomaron posesión el 4 de mayo de 1864 (116), y que mantuvieron hasta el mes de enero de 1865 (117). En 1865 fue renovada la Junta Pericial cesando a los más antiguos y nombrando nuevos cargos. De modo que José Orts y Jorro y Francisco de Paula Orts –que eran miembros de la misma-, dejaron de detentar sus cargos (118). El 24 de septiembre de 1865 fue levantada la suspensión a la corporación encabezada por el que fue alcalde de Benidorm, José María Orts Berdín, -siendo alcalde en ese momento Pedro Juan Fuster (119): “(…) repetir cargo a los concejales D. José María Orts Berdín cuya suspensión ha sido levantada por B.O., de fecha de dos del presente mes los cuales hallándose presentes juran el cargo (…)”. En octubre de 1865 se produjo de nuevo un cambio de gobierno, siendo alcalde Pedro Juan Fuster, quién en octubre fue suplido -por enfermedad-, por Gregorio Barceló, quedando como primer teniente de alcalde Francisco de Paula Orts, y apareciendo José María Orts Berdín como último concejal de esa corporación. Juró el cargo de alcalde Miguel Lloret (120). El 9 de octubre de 1865 hubo otra contraorden del Gobierno Civil por lo que Pedro Juan Fuster, alcalde en ese momento, entregó la jurisdicción a Francisco de Paula Orts y Llorca (121), quién asumió el cargo de alcalde constitucional el día 12 de octubre de 1865 (122), cargo que le duró tan solo diez meses puesto que en agosto de 1866 el gobernador civil repuso en sus puestos a Pedro Juan Fuster y su equipo (123). En septiembre de 1866 fue nombrado presidente del Sindicato de Riego de Alfaz, por unanimidad, a José Berdín Berdín, -que era hermano de la suegra de José María Orts Berdín (124). Francisco de Paula Orts accedió al cargo de concejal el 19 de octubre de 1868 (125). De nuevo, el Ayuntamiento encabezado por el alcalde Vicente Soria contó con la figura del abogado José Orts y Jorro en 1868, para que formase parte de la Junta Local de Instrucción Pública (126). Y en 1869 para formar parte de la comisión para la adquisición de la cañería de agua potable, de la que también formó parte Francisco de Paula (127). En 1869, José Orts y Jorro fue –además de todos los cargos representativos que tenía- asesor de marina (128). Francisco de Paula fue nombrado en 1869 comisionado del proyecto de la obra y facultado para la comisión del agua potable (129). Pedro María Orts Berdín, nacido en 1839 y fallecido en 1897, fue hijo de José Orts y Jorro y de Ángela Berdín Llorca. De profesión abogado y magistrado en la Audiencia de Valencia, desde 1883, tal como describe Ramón Llorens Barber en su obra (130): “(…) Desempeña ya tiempo cargos en la judicatura este ilustre benidormense, hijo de don José Orts y Jorro y de doña Ángela Berdín Llorca. Estudiante de Filosofía y Leyes en la Universidad de Madrid, acabó su carrera de Derecho en la de Valencia. Fue juez de 1ª Instancia de
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Pego, Denia, Torrijos, Alcalá y Cieza. Después de presidir la Audiencia de los Criminal de Llerena (Badajoz), pasó a la de Valencia como magistrado (…). Fueron publicados también los textos de este libro, como folletín, en las páginas del diario El Liberal, de Alicante entre los números de 1925 y 1954 (…). *o pudo el magistrado don Pedro María Orts y Berdín pedir el traslado de la Audiencia de Llerena, en Badajoz, a la de la vecina Altea, que hubiere podido presidir. Este año de 1892 quedaron suprimidas las Audiencias de lo criminal. Aquellos pueblos, que no eran capital de provincia y fueron agraciados con uno de estos superiores tribunales, pidieron su mantenimiento, pero no prosperaron las demandas, y esta jurisdicción pasó a las Audiencias Provinciales. Otras publicaciones, y colaboraciones en la prensa provincial dejó al insigne jurista (…) se trata de “Reseña histórica de los pueblos de La Marina”. Se apuntaba que su contenido comprendiese a los pueblos desde Villajoyosa a Denia. Apareció publicada esta reseña en las páginas de El Comercio, diario de Valencia. Algunas de las obras de este autor quedaron inéditas. Uno de sus primeros libros llevó por título: Lla mujer, su historia, su influencia y su educación” (x )(…)” (131). En 1899 nació Ignacio Orts Salvá, hijo de Pedro Orts Berdín y Josefa Salvá Orts, falleciendo en 1958. Se dedicó a los negocios que surgieron con el despertar del siglo XX: el transporte marítimo, la ganadería y la agricultura. Aunque su afición por las Ciencias Naturales llegó a ser tan importante como su trabajo: “Mi padre construyó un barco de vela en los astilleros de Benidorm para dar trabajo a la gente que estaba en paro, y con él se dedicaba al transporte marítimo. También fue tratante de animales y tuvo una ganadería vacuna. E igualmente se dedicó a la agricultura, concretamente a la trilogía mediterránea del almendro, olivo y algarrobo. Tenía los terrenos de cultivo en Benidorm y en Sueca, y en esta última población construyó un enorme secadero y granero de arroz, y mandó construir una trilladora con motor inglés. Y además se dedicaba a la compra y venta de terrenos. Su afición por las Ciencias Naturales le llevó a comprarse un pequeño microscopio y con él se pasaba horas y horas estudiando la vida de los insectos y de las plantas” (132)”.
III. La teoría Higienista 3.1. El siglo XVIII y el empirismo Higienista En el último cuarto del siglo XVIII nació la corriente “Higienista”, que fue defendida especialmente por médicos, que basaron sus fundamentos en una teoría de conjunto que analizaba aspectos como (133): “(…) la falta de salubridad en las ciudades industriales, así como las condiciones de vida y trabajo de los empleados fabriles, proponiendo diversas medidas de tipo higiénico-social, que pueden contribuir a la mejora de la salud y las condiciones de existencia de la población (…). Desde el campo de la higiene se tratan también, ampliamente, problemas de espacio urbano, como la limpieza y salubridad de las ciudades en su conjunto; pero a la vez aparecen servicios: mataderos, alcantarillado, cementerios (…) edificios públicos: hospitales, cárceles, templos (…)”. 3.2. Los miasmas
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La Real Academia Española define “miasma” como efluvio maligno que, según se creía, desprendían cuerpos materiales corruptos o aguas estancadas (134). Los estudios realizados en el silo XVIII por el italiano G.M. Lancisi destacaron que el viento era el encargado de trasladar los efluvios volátiles o miasmas provocando la muerte en el organismo humano. “(…) y hasta la segunda mitad del siglo XIX, gozarán de amplia aceptación todas aquellas prédicas que atribuyen a los miasmas el origen de las epidemias –tercianas, fiebre amarilla, cólera, etc., tan extraños elementos, se definen usualmente como sustancias imperceptibles disueltas en la atmósfera, originadas por la descomposición de cadáveres, elementos orgánicos e incluso por emanaciones de enfermos (…)”. Igualmente el físico A. Cibat, reflejó en 1804 que: “(…) el núcleo de estas emanaciones malignas habría que situarlo en lugares de podredumbre: cloacas, cementerios, cárceles, etc., que deberán ser sometidos a vigilancia, limpieza y aislamiento (…)” (136). 3.3. La Real Cédula de 3 de abril de 1787 Los criterios higienistas obligaron a que los enterramientos cambiaran de ubicación: de las iglesias a los camposantos extramuros de las ciudades. Hasta que el monarca borbónico Carlos III, aprobó la Real Cédula de 3 de abril de 1787, -por la que se ordenaba la inhumación de los cadáveres en lugares específicos como fueron los cementerios situados en lugares abiertos y alejados de la población-; los enterramientos se realizan en el interior de las iglesias. Las clases sociales más bajas eran inhumadas en enterramientos que fueron denominados “vasos” (137), donde se iban amontonando los cuerpos hasta que la bóveda quedaba colmatada. Igualmente, las clases sociales acomodadas se enteraban en las iglesias, pero en capellanías –como ya se ha visto con la familia de Mosén Thomas Orts y sus descendientes-. Fue la epidemia de peste de Pasajes (Guipúzcoa), en el año 1781, la que desencadenó la promulgación de la Real Cédula de 3 de abril de 1787. En 1783 se dio a conocer que la epidemia fue originada en la iglesia de Pasajes, fruto de los efluvios o miasmas emanados de los enterramientos (138). La Real Cédula de 3 de abril de 1787 dio lugar al origen de un cementerio piloto que fue construido en el Real Sitio de la Granja de San Ildefonso (Segovia), proyectado por José Díaz Gramotes en 1784, y que contenía dentro de un recinto cerrado: una capilla, un cuarto para el capellán, la sacristía, el cuarto del sepulturero y un osario. Los nichos estaban dispuestos alrededor del muro perimetral, mientras que las sepulturas en el suelo se distribuían en el patio central. Fue un hecho generalizado en toda España que la aplicación de la Real Cédula de 3 de abril de 1787 no fuera inmediata, por lo que en 1801, el ministro Godoy emitió una nueva orden con fecha de 28 de junio. En 1804 se ratificaba con matizaciones, por medio de una Orden Circular de 26 de abril, emitida por Calos IV. Y de nuevo años más tarde, el 19 de enero de 1808, Carlos IV emitió una real cédula en la que se prescribieron las normas de construcción de cementerios bien ventilados fuera de lugares habitados.
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Fernando VII promulgó una orden el 6 de noviembre de 1813, sobre el mismo tema (139), ya que durante la invasión francesa en la “Guerra de Independencia” se retornó a los enterramientos en suelo eclesiástico durante un tiempo (140).
3.4. La influencia de los Higienistas franceses sobre Carlos III Para evitar las grandes mortandades de la población fruto de las epidemias causadas por efluvios que emanaban de los cadáveres en el interior de las iglesias, en Francia tuvo lugar la promulgación de una Ordenanza Real en el año 1776, por lo que fueron prohibidos los enterramientos en las iglesias. Lo mismo ocurrió en Bélgica en 1784, ordenando los enterramientos fuera del perímetro urbano. Los médicos higienistas franceses se reunieron en 1781, en la facultad de Medicina de París, donde concluyeron que los miasmas o vapores que emanaban de las sepulturas perjudicaban la salud creando infecciones y pestilencias. El reino de Saboya se sumó a las medidas higienistas en 1778 y 1779 (141). Carlos III bebió de las corrientes higienistas europeas y las implantó en España en 1787. Pero las costumbres de enterramiento no cambiaron inmediatamente, a pesar de los esfuerzos de la Corona española, sino que tuvieron que pasar muchos años hasta hacerse realidad.
3.5. Calos IV y el Edicto apoleónico de Saint-Cloud Napoleón Bonaparte promulgó mediante Decreto de 23 de Pretil, año XII, 12 de junio de 1804, una ley orgánica sobre las sepulturas, que fue conocida como el Edicto Napoleónico de Saint-Cloud, y que prohibía cualquier tipo de enterramiento en iglesias, templos, sinagogas, hospitales, capillas públicas, disponiendo además, sobre la organización de los cementerios extramuros (142): “(…) de treinta y cinco a cuarenta metros debía ser la distancia máxima de los lugares de inhumación con respecto al perímetro urbano, tales lugares deberían estar rodeados de árboles, para favorecer la salubridad del aire, y las fosas separadas unas de otras de acuerdo con unos espacios determinados y con una profundidad establecida (…)”. Italia secundó las ideas higienistas implantadas por Napoleón mediante la promulgación del Decreto de 5 de septiembre de 1806. Y Carlos IV, al tanto de lo que estaba ocurriendo en los países vecinos, y conocedor de las tesis higienistas, y de la primera legislación aplicada por su padre Carlos III, mandó redactar “La Novísima Recopilación de Leyes de España”, que en el título III, libro I, recogió la ley 1ª de Carlos III (9 diciembre 1786), que se refiere a los cementerios de las iglesias (entierro y funeral de difuntos), quedando de manifiesto que los únicos cuerpos difuntos que podrían enterrarse en las iglesias “(…) hayan de ser aquellas por cuya muerte daban los Ordinarios Eclesiásticos formar procesos de virtudes y milagros, o depositar sus cadáveres conforme a las decisiones eclesiásticas; y que los que podrán sepultarse, por haber escogido sepulturas, hayan de ser únicamente los que ya las tengan propias al tiempo de expedirse esta cédula.
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Para que todo se execute con la prudencia y buen orden que deseo en beneficio de la salud pública de mis súbditos decoro de los templos y consuelo de las familias cuyos individuos se hayan de enterrar en los cementerios, se pondrán de acuerdo con los Prelados eclesiásticos los Corregidores, como delegados míos y del Consejo en todo el distrito de sus partidos; procurando llevar por partes esta importante materia, comenzando por los lugares en que haya o hubiese habido epidemias, o estuviesen más expuestas a ellas, siguiendo por los más populosos y por las parroquias de mayores feligresías en que sean más frecuentes los entierros, y continuando después por los demás. E harán los cementerios fuera de las poblaciones, siempre que no hubiere dificultad invencible o grandes anchuras dentro de ellas, en sitios ventilados é inmediatos a las Parroquias, y distantes de los vecinos; y se aprovecharán para capillas de los mismos cimenterios las ermitas que existan fuera de los pueblos, como se ha empezado a practicar en algunos con buen suceso. La construcción de los cimenterios se executará a la menor costa posible, baxo el plan o diseño que harán formar los Curas de acuerdo con el Corregidor del partido, que cuidará de estimularlos, y expondrá al Prelado su dictamen en los casos en que haya variedad o contradicción, para que se resuelva lo conveniente. Con lo que resolviese o resultase se procederá á las obras necesarias, costeándose los causales de fábrica de las Iglesias, si lo hubiere; y lo que faltare se prorrateará entre los partícipes en diezmos, inclusas mis Reales tercios, Excusados, y Fondo para pobres; ayudando también a los caudales públicos con miad o tercera parte del gasto según su estado, y con terrenos en que se haya de construir el cimenterio, si fuesen concejiles o de propios. Los Fiscales del Consejo se encargarán en esta parte de la más exacta y arreglada ejecución, y me darán cuenta de tiempo en tiempo de lo que se vaya adelantando; haciendo uso con los Prelados y Corregidores del reglamento del cimenterio del Real Sitio de San Ildefonso hechos con acuerdo del Ordinario eclesiástico, en el que sea adaptable, para allanar dificultades, resolver las dudas que puedan ocurrir en otros pueblos (…)” (143). Pero Carlos IV no paró ahí, sino que promulgó la real ordenanza el 15 de noviembre de 1766 en la que se disponía el traslado de todos los cementerios fuera de los centros urbanos, y mientras tanto los cuerpos difuntos debían de ser enterados a mayor profundidad. Orden que no fue consumada en Benidorm, puesto que a mediados del siglo XIX el párroco expuso ante la corporación municipal que la fuerte intensidad de unas precipitaciones producidas en la población arrastró la tierra en el cementerio dejando los cadáveres a la vista (144).
3.6. Legislación sobre cementerios bajo los reinados de Fernando VII e Isabel II El rey Fernando VII incidió sobre el mismo tema, e igualmente su hija Isabel II, quién ordenó que fuesen construidos cementerios provisionales, donde no existiesen cementerios reglamentarios, mediante una Real Orden en 1828; posteriormente el 12 de mayo de 1849; de nuevo el 16 de julio de 1857; seguidamente el 6 de agosto de 1867, y por último el 19 de noviembre de 1867 (145): “(…) Que continúe indefinida la prohibición de enterar los cadáveres y
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de trasladar y colocar sus restos en las iglesias, panteones, o cementerios que estuviesen dentro del poblado. Que el permiso concedido por la regla 2ª de la real Orden circular de 19 de marzo de 1848 para trasladar cadáveres a cementerio o panteón particular se entienda si éstos se hallan situados fuera de las poblaciones (…)”.
IV. De la transición de los enterramientos eclesiásticos a la construcción del primer cementerio extramuros Como se ha visto con anterioridad, los enterramientos se realizaban en la iglesia parroquial de San Jaime y Santa Ana. De ahí que Mosén Thomas Orts solicitase una capellanía –que le fue aprobada-, con derecho de enterramiento para él y sus descendientes. El filólogo Pasqual Albiñana aporta un detalle más sobre la ubicación del cementerio eclesiástico, en 1781 (146): “(…) sea sepultado en la Iglesia vieja de esta villa y carnero común de ella (…)”. Pedro María Ortes Berdín amplió la descripción del cementerio situado en la iglesia (147): “(…) En la parte superior de esas dos plazas existía hacia el poniente, una modesta iglesia, y más arriba se encontraba la gran plaza de armas cuyo recinto formaba un aljibe artillado con siete cañones de 18-24-36 (…) El cementerio ocupaba la bóveda subterránea de dicho edificio, y al ser insuficiente se extendió al terreno contiguo hasta la construcción de la nueva iglesia; prohibidas las sepulturas por razones higiénicas el año 1812 volvió a utilizarse el primitivo depósito, y una vez profanado por los franceses se eligió el terreno donde en la actualidad se encuentra que cerrado con tapias se fue ensanchando según las necesidades (…)”. Por su parte, Antonio Yánez señala que en 1804 ya existía el primer cementerio extramuros de la población, situado en la partida de la Foia del Bol, concretando su ubicación (148): “(…) Pedro Llorca, labrador, vende a Francisco Thous una tierra de regadío en el “Campo Santo”. Linda con Camino de La Foyeta (…)”. Y sigue explicando: (…) *os hallamos pues en las cercanías del cementerio viejo, y el dato motivará revisar la historia de la construcción de éste, pues parece que ya existía en 1804, cuando se pensaba que el cementerio no había sido construido hasta después de la Guerra de la Independencia (…)”. Albiñana indica que las referencias sobre la ubicación del primer cementerio continuaron en años posteriores (149): “(…) situado en el Poblado de esta villa y Arrabal nombrado el Camposanto lindante (…) por delante de la playa del Mar (…)”. Los enterramientos continuaron produciéndose en el cementerio, según aparece registrado en las fuentes notariales, trabajadas por Almiñana. En 21 de junio de 1811, un vecino testó ante el escribano real de la villa de Benidorm, disponiendo que se le enterrase: “(…) en el cementerio de esta parroquia (…)”. El 9 de julio del mismo año aparece otra referencia “(…) en el día quatro del corriente año y en el dispuso lo siguiente: mandó que su cadáver fuese enterrado en el cementerio de esta Iglesia (…)”. Los enterramientos en el cementerio continuaron con el paso de los años. De modo que el de abril de 1812: “(…) izo testamento día veinte y quatro de
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Agosto del corriente año (…) y en el dispuso que se enterrase (…) en el cementerio de esta Iglesia (...)”. En 1822 también se le conocía a la zona del cementerio por “Barrio Santo” (150): “(…) Ángela Llinares permuta una casa en el “Barrio Santo” o “Covetes del Moro” por otra en el mismo barrio (…)”. En 1831, el cementerio aparece descrito en el Libro de Defunciones de la parroquia de San Jaime y Santa Ana (151): “(…) En la parroquia de Benidorm y su Cementerio día veinte y nueve de Agosto de mil ochocientos treinta y uno se dio sepultura eclesiástica Amore Dei, pasadas veinte y cuatro horas, del cadáver de Gaspar Llinares que falleció hayer con los santos sacramentos, consorte de Josefa Llorca, e hijo de Gaspar y de María Llorca, de que certifico. D. Agustín Galiana (…)”. Igualmente aparece la referencia como cementerio de la villa de Benidorm (152). En 1864, la situación del cementerio era precaria, debido fundamentalmente a las inhumaciones sufridas en la villa de Benidorm la noche del 7 de abril (153), que afectaron profundamente al campo santo (154): “(…) D. Joaquín Thous Alcalde estando en suficiente mayoría se dio cuenta por dicho Sr. Presidente que el sr. Cura párroco de esta villa, se había presentado manifestando que la cerca o paret que circunvala el lugar donde está situado el camposanto de esa villa, se había hundido a causa del aguacero e inundación sucesiva que había sufrido este término dejando a merced de los animales dañinos los restos morales de los que allí yacen, y que el motivo de ponerlo en conocimiento de la autoridad es porque se veía en la imposibilidad de reparar el daño de los fondos de fábrica en atención a no contar en la actualidad más que con atrasos en este sentido, según podría verse por los documentos que estaba dispuesto a exibir; en vista de lo cual y de la perentoriedad y vigencia del caso, le pone en conocimiento de la corporación (…)”. Las precipitaciones volvieron a repetirse la noche del 18 de abril de 1864, y empeoraron la situación del cementerio (155): “(…) Que en la noche del día siete del actual descargó sobre esta Villa y término, como a todos es notorio, un terrible aguacero seguido de inundación, el cual repetido la noche del diez y ocho, aunque no con tanta intensidad había causado el cúmulo de daños y perjuicios que hoy se deploran (…)”. Unos meses después, concretamente el 17 de noviembre de 1864, todavía continuaba sin arreglar el muro perimetral derruido, por lo que –siendo alcalde José María Orts Berdín- fue aprobada por unanimidad su reparación (156): “(…) habiendo caído un lienzo de pared en el cementerio de esta villa, quedando por ello franca entrada (…) profanar tan sagrado sitio y particularmente a los animales dañinos que se alimentan de cadáveres, siendo de imprescindible necesidad recurrir a la reparación del asilo que guarda los restos de nuestros padres, se presupuestan quinientos reales de vellón (…)”. Parece ser que la situación general de los cementerios del arzobispado de Valencia seguía siendo deplorable en 1865, puesto que según la información recopilada en la visita pastoral ejecutada ese mismo año (157): “(…) Hemos observado en los cementerios, menos cuidado del que reclaman la Humanidad, la religión y el respeto debido a los restos mortales de nuestros hermanos. Mandamos por tanto a los curas y vicarios; y exortamos a los Alcaldes, Ayuntamientos, a que cada uno en su línea, procuren de consumo que las paredes y puertas tengan la solidez, elevación y consistencia, necesarias para
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cortar profanaciones, entradas de ganados y de animales carnívoros; que haya una Cruz proporcionada de hierro; de madera o de piedra, sobre la puerta, y otra mayor en el centro del cementerio que se arranque la maleza; que los huesos que salen a la superficie se coloquen en el osario; y que los enterramientos se hagan por [ilegible], para que no tengan lugar los espectáculos tan repugnantes, de abrir sepulturas sacando cadáveres casi enteros (…)”. 1877 fue la fecha en que fue inaugurado el último ensanche del cementerio de la Foia del Bol, como cita el historiador y jurista benidormero Pedro María Orts Berdín (158): “(…) por último el ensanche del cementerio, estableciendo depósito de cadáveres, capilla, panteones, nichos, andenes, arbustos y flores, que hacen digna la morada de los muertos (…)”. Cita Llorens Barber la referencia aparecida en el medio de comunicación local “El Canfali” en 1887 (159): “(…) el magnífico pensamiento de nuestro municipio de construir o cuanto menos ensanchar el Cementerio existente, que dicho sea entre paréntesis, mejor parece sitio donde tenga un peligro constante la salud (…) como quiere que las cajas municipales no podían prestar todo lo necesario para la obra, bueno es que el pueblo ayude (…)”. Y continua especificando Ramón Llorens (160): “(…) Sin duda, el cementerio debió ser remozado o casi construido de nuevo porque fue establecido un “Reglamento para la conservación, administración y cuidado del cementerio de Benidorm”, que fue publicado para que todos lo conocieran y cumplieran (…)”. En 1895, se produjo otra visita pastoral en la que se describió el estado del cementerio en ese momento (161): “(…) Cementerio: está administrado por el ayuntamiento, tiene distribución departamental para párvulos, adultos y sacerdotes. Hay lugar independiente, para los que mueren fuera del seno de la Iglesia (…)”. Los libros de actas del ayuntamiento refieren como en 1897 el cementerio tenía un funcionario que se encargaba del mismo, ejerciendo el cargo de conserje. Fue Jaime Galiana, a quién el Ayuntamiento le abonaba un sueldo trimestral –variable, según la información recopilada- (162): “(…) también se autorizó al Alcalde para que con cargo al presupuesto actual ordene los pagos a los empleados del Ayuntamiento del actual trimestre los cuales son (…) nueve pesetas a Jaime Galiana del actual trimestre como conserje del cementerio (…)”. Parece ser que durante un mismo año, Jaime Galiana, cobró diferentes cantidades por trimestre. Por el tercer trimestre, supuestamente del año anterior 1896, cobró el 21 de marzo, 102 pesetas con 50 céntimos. Un mes después, el 25 de abril cobró los haberes de conserje del cuarto trimestre, también del año anterior 1896. Ya no aparecen más pagos hasta el 22 de agosto de 1897 en que se reflejan nueve pesetas del trimestre en curso. De nuevo, Jame Galiana, volvió a cobrar por mes, el 1 de octubre de 1897, la cantidad de 30 pesetas con 50 céntimos (163). La misma cantidad que le fue pagada el 7 de noviembre de 1897 (164), y el 31 de diciembre de 1897 (165).
4.1. La distribución de los enterramientos en el cementerio de la Foia del Bol
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Como ya se ha visto, en la última visita pastoral del año 1895, el camposanto tenía una distribución específica. Por un lado, se encontraba el cementerio católico, en el que se disponían tres tipos de enterramientos: párvulos, adultos; y sacerdotes. Independientemente se encontraba el cementerio civil que acogía los cuerpos de los fallecidos por suicidio, los no bautizados y los de otras religiones que no fuese la católica. La única petición-para la adquisición de un terreno en el cementerio y la construcción de un panteón-, registrada en los libros de actas del ayuntamiento de Benidorm, se produjo en 1870 y Juan Thous y Carera quién la solicitó. Don Juan Thous, como fue conocido entre el vecindario, fue un personaje importante del Benidorm decimonónico, -cuyo hermano había ejercido de alcalde a mediados de siglo-, y él había pertenecido a la Junta Local de Sanidad, ejerciendo un papel importantísimo y ejemplar en la lucha contra el cólera morbo. Gracias a la solicitud demandada por Juan Thous y Carera, actualmente se puede conocer –con un poco más de detalle- cual fue la distribución del cementerio, y sus límites (166): “(…) instancia presentada por Don Juan Thous y Carrera, propietario y vecino de esta villa, deseando edificar en el Campo Santo de la misma un panteón con el carácter de perpetuidad en el sitio que se considere conveniente previa la designación del valor del terreno comprendido de siete metros de longitud, tres metros cincuenta y tres centímetros latitud y tres metros de altura. Los Señores concejales, teniendo en consideración las virtudes de Doña Catalina Thous y Cerdá, tanto en la parte religiosa como en su solicitud por el alivio de la clase de pobres a la que se destinó durante su vida, como consta a los concursantes, y considerando que el panteón solicitado por D. Juan Thous puede servir de ornato al Cementerio y hasta se apoya en la pared que le circunda, puede concederse su construcción en la parte céntrica de la zona alta de lo nuevo que mira al oriente como terreno destinado a la edificación de nichos, previa tasación del terreno, por el maestro alarife D. Francisco Lloret y Pérez de esta vecindad (...)”. Dicha solicitud fue aprobada por el Pleno el 2 de marzo de 1870 (167): “(...) Reunidos en la Sala Capitular los Sres. Concejales que al margen se expresan con número suficiente para celebrar sesión bajo la presidencia de Don Vicente Soria y Ortuño alcalde primero constitucional (…) Acto seguido por el infraescrito se puso de manifiesto el expediente sobre certificación en este cementerio de un panteón con el carácter a perpetuidad solicitado por Don Juan Thous en el que aparece ya la relación jurada del alarife don francisco Lloret y Pérez y partiprecio del terreno que ha de ocupar, según quedó tratado en la última sesión, su potante está en veinte escudos. Los dos concejales dispusieron de tratar detenidamente sobre el particular, convinieron en que podría contribuir el espresado Panteón solicitado por D. Juan Thous y Carrera para depositar los restos mortales de su difunta hija Dª Catalina Thous y Cerdá y los de la familia del solicitante por la espresada cantidad de veinte escudos, por constarles que en el punto donde se halla el cementerio el terreno es de muy ínfimo valor (…)”. Hay que tener en cuenta que la descripción del cementerio en 1870 es anterior a la ampliación del mismo, que tuvo lugar en 1887. Y en este momento no fue descrita vegetación de ningún tipo en el camposanto, como narró Orts Berdín posteriormente.
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Pasó exactamente un siglo desde la promulgación de la Real Cédula de Carlos III en 1787 en que fue dispuesto como debían ser los cementerios extramuros, hasta que el camposanto de Benidorm reunió todos los requisitos que se pedían para la construcción del mismo en 1787. Un hecho que fue generalizado en todas las poblaciones de la provincia de Alicante.
V. El control del gobierno municipal ejercido por los Orts en el siglo XIX, y la aplicación de las medidas Higienistas
La relación existente entre Joseph Orts García –abogado de los Reales Consejos- con el gobierno de Carlos III, y en especial con José Moñino, Conde de Floridablanca, coincidió en el tiempo con la promulgación del Real Decreto del 3 de abril de 1787. Hecho que presumiblemente pudo influir en la aplicación del mismo en Benidorm, puesto que tanto los ascendentes de Joseph Orts García, como sus descendientes ocuparon cargos directivos en el gobierno municipal de la villa de Benidorm, como se ha visto. En 1776 Mosén Thomás Orts solicitó la aprobación de una capellanía para derecho de enterramiento de él y de sus descendientes; capellanía que le fue aprobada por Real Orden unos años antes de que fuese promulgado el Real Decreto de 3 de abril de 1787, y antes de que fuese construido el templo actual de la parroquia de San Jaime y Santa Ana. Posiblemente la construcción del primer cementerio extramuros se realizase durante la alcaldía de José Orts y Orts, que tuvo lugar en las primeras décadas del siglo XIX, aunque las fuentes archivísticas en la actualidad no lo reflejan, puesto que faltan libros correspondientes a las primeras décadas del siglo XIX. Se ha visto, igualmente, el total apoyo de José Orts y Orts a la causa borbónica, apoyando incondicionalmente tanto a Carlos IV, como a Fernando VII, particularmente y activamente como Voluntario Realista, siendo investigado posteriormente para ver si tuvo relación con los Carlistas. Hecho que presumiblemente pudo estar muy vinculado con la aplicación de la legislación sobre enterramientos extramuros, puesto que se ha observado como el primer cementerio ya estaba en funcionamiento en 1804. Pero en cambio, las pocas actuaciones y mejoras que se efectuaron en el cementerio de Benidorm, se hicieron durante el ejercicio en el gobierno municipal de José Orts y Jorro, Francisco de Pula Orts, Maximiliano Orts, Pedro Berdín, Pedro Berdín Orts y José María Orts Berdín. Como se recordará, el lienzo de la pared perimetral del cementerio se derrumbó por las lluvias, siendo alcalde Joaquín Thous y Carrera en 1864, pero no fue él quién la mandó reparar, sino su sucesor José María Orts Berdín, a finales del año 1864. Pedro María Orts Berdín –jurista e historiador-, tenía 48 años cuando tuvo lugar la inauguración del ensanche del cementerio. Él narró en su libro la historia de Benidorm, -en primer lugar, porque la vivió personalmente, y en segundo lugar, porque conoció todas las referencias sobre los enterramientos en la iglesia de San Jaime y Santa Ana y primer cementerio extramuros, a través de fuentes orales procedentes de sus familiares, que habían desempeñado todos
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ellos cargos de relevancia en las diferentes corporaciones municipales, a lo largo de los siglos XVIII y XIX. Pedro María Orts Berdín fue el que recibió mayor influencia de las teorías higienistas, y que va reflejando en su obra “Apuntes históricos de Benidorm” a través de los cambios que acaecieron en la fisonomía urbanística de Benidorm, a lo largo del siglo XIX. Habla de la situación del matadero, del hospital, del cementerio, de la extracción del agua mediante norias. En concreto, de todo lo que afectó a la sanidad local y a las normas de higiene y asepsia municipales. 5.1. El matadero La descripción que efectuó Pedro María Orts Berdín de Benidorm antes de la construcción del matadero era totalmente deplorable (168): “(…) Varias son las obras construidas en este siglo (…) el matadero situado en la playa, que evita la asquerosidad de algunas calles convertidas antes en lagunas de agua, sangre, desperdicios de animales sacrificados (…)”.
5.2. El agua potable Lo mejor es leer directamente la descripción de Orts Berdín con respecto a este tema (169): (…) Abastecido se halla el vecindario con los innumerables depósitos que se han construido en el casco e inmediaciones de la población: mejora debida exclusivamente a sus hijos, que han cambiado el agua salitrosa de los antiguos pozos, por otros de inmejorables condiciones higiénicas (…) a la que se consume conservada en aljibes de las fuentes el barranco de Polop, cuya acequia advierte a la intemperie sirve de lavadero público, a varios pueblos y de sumidero de objetos putrefactos muchas veces (…) hoy que han mejorado las aguas potables con los depósitos construidos y desaparición de los pozos de la calle Alameda y Horno, que por sus sustancias químicas producían algunas enfermedades de la orina, que se han instalado muchas norias que causaban en el verano intermitentes, que se han saneado las calles desapareciendo algunos focos de infección (…)”.
5.3. El hospital Pedro María Orts Berdín cita en su obra a Jaime Orts, como fundador del hospital. Un personaje perteneciente a sus ancestros, del que dice textualmente (170): “(…) Posteriormente otra persona piadosa, don Jaime Orts fundó un hospital para pobres, enfermos y transeúntes, y un alcalde, cuyo nombre no hace al caso, tuvo la feliz ocurrencia de permutar por una casita vieja cuasi arruinada que existe en una de las extremidades de la población donde las intermitentes espantaban a los pacientes, y a poco dicho edificio, si merecía tales honores vino al suelo desapareciendo el albergue caritativo y la filantrópica idea del fundador. Las municipalidades que se han sucedido, han visto impasibles la pérdida de este asilo, y el común indiferente siempre a sus intereses, por sagrados que sean, no se ha intentado siquiera la menor protesta (…): Si
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analizamos los grandes hospitales higiénicamente, nos convenceremos de que son focos de corrupción. El aire que se respira no es puro y, con dificultad puede proporcionarle mejor al enfermo que tanto lo necesita, la limpieza no suele ser esmerada, el ruido es molesto, la asistencia es deficiente, y los enfermos efectos de esos inconvenientes contraen enfermedades que no tenían, los leves se agravan, los crónicos no se curan y la mortalidad es desproporcionada. Los legisladores así lo entendieron. El proyecto de sanidad pública de 1821 entre otras cosas decía “desterradas la vagancia y la mendicidad, el instituto sanitario condena los grandes hospitales, para la curación de los pobres enfermos, y reclama la institución de la hospitalidad domiciliaria como mejor, más buena, menos costosa, y preferente en un todo a aquellos establecimientos, centros por lo común de mil vicios y desórdenes, y en los cuales lejos de conseguirse los fines de la creación se hacen más graves, difíciles e imperfectos en los grandes resultados las curaciones de los infelices dolientes”. El proyecto de beneficencia presentado al Senado en 1838, a lo expuesto añadía “la hospitalidad domiciliaria es la regla general, la pública, la excepción”. Los hospitales fueron creados para transeúntes, peregrinos, extranjeros, debido a la iniciativa particular (...) que siempre son preferibles los auxilios domiciliarios, temporales a esos centros perpetuos llenos de defectos y de vicios. Los grandes hospitales debían reemplazarse por cofradías, juntas parroquiales, casas de socorro, centros pequeños, que inmediatamente y sin cortapisa alguna, auxiliaron al necesitado; y a este fin escitase por todos los medios imaginables la caridad privada que no humilla, que no priva de la independencia. Estas reformas son difíciles, costosas (...)”. Una teoría, la de Orts Berdín, que a pesar de tener más de cien años de diferencia, podría ser hoy perfectamente de actualidad en esta sociedad.
5.4. Sistemas de riego: las norias El historiador y jurista Orts Berdín reflejó como eran los sistemas de riego coetáneos a la época en que vivió (171): “(…) la deficiencia de los riegos efecto de la mala administración, obligó al labrador a abrir pozos en la parte baja de los terrenos y colocar unas norias de madera y hierro, cuyo número excedió a poco de 30. Desgraciadamente tropezaron con los inconvenientes de que el agua encontrada era salitrosa agua que no producía buen efecto en la vegetación, y lo que es más grave, que los depósitos causaban algunas intermitentes, y se vieron obligados a ir abandonando estos artefactos (…)”.
VI. otas bibliográficas. (1). LBPSJ. (Libro de Bautismos de la Parroquia de San Jaime y Santa Ana de 1696 a 1790). Página 1 reverso. 25 julio, 1696. (2). LBPSJ. Ibidem. Nacido el 26 de abril y bautizado el 1 de mayo, 1696. (3). LBPSJ. Ibidem. 25 noviembre, 1701. (5). LBPSJ. Ibidem. 30 mayo, 1709. (6). LBPSJ. Ibidem. 23 enero, 1712. (7). LBPSJ. Ibidem. 24 diciembre 1713. (8). LBPSJ. Ibidem. 15 enero 1715.
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(9). LBPSJ. Ibidem. 17 enero 1715. Nacida el 15 de enero de 1715. (10). LBPSJ. Ibidem. Página 36 anverso. 9 marzo 1718: “(…) Padrinos Mosén Thomás Orts y preveré y Ángela Orts (…)”. (11). LBPSJ. Página 40 anverso. 2 noviembre 1719. Jaime Thomás Orts Such nació el 29 de octubre de 1719. (12). LBPSJ. Página 45 reverso. 4 octubre 1721. (13). LBPSJ. Página 51 anverso. 3 noviembre 1723. (14). LBPSJ. Página 51 reverso. 5 diciembre 1723. Don Joseph Tous y doña Thomasa Sans –posiblemente hija del que fue escribano de la condesa de Montealegre, Thomás Sans-, bautizaron a su hija a la que llamaron Rosa María. Fue bautizada por el presbítero Nadal López, y fueron sus padrinos Don Felipe Jorro y Doña Esperanza Tous”. (15). LBPSJ. Página 60 reverso. 27 octubre 1725. (16). LBPSJ. Página 59 reverso. 3 agosto 1725. Joseph Manuel Francisco nació el 31 de julio de 1725. (17). LBPSJ. Página 54 reverso. 24 octubre 1724. (18). LBPSJ. Página 67 anverso. 9 agosto 1728. (19). LBPSJ. Página 75 anverso. 7 julio 1730. (20). LBPSJ. Página 81 anverso. 28 junio 1732. (21). LBPSJ. Página 91. 8 mayo 1735. (22). LBPSJ. Página 97 anverso. 25 febrero 1737. (23). LBPSJ. Página 104 reverso. 27 marzo 1739. (24). LBPSJ. Página 110 reverso. 10 abril 1741. (25). LBPSJ. Página 93 anverso. Febrero 1736. (26). LBPSJ. Página 105 anverso. 17 abril 1739. (27). LBPSJ. Página 110. 12 marzo 1741. (28). LBPSJ. 7 diciembre 1743. (29). LBPSJ. Página 130 reverso. 15 marzo 1745. (30). LBPSJ. Página 437 reverso. 23 febrero 1781. (31). LBPSJ. Página 47 vuelto. 24 marzo 1784. (32). ARV (Archivo Reino de Valencia). (33). Las dos vías de acceso a la magistratura fueron la pertenencia a los Colegios Mayores y el ejercicio en los Reales Consejos. MOLAS RIBALTA, Pere. “Los magistrados de la Ilustración”. Centro de Estudios Políticos y Constitucionales. BOE. Madrid. 2000. Página 148. (34). ORTS BERDÍN, Pedro María. “Apuntes históricos de Benidorm”. Alicante. Est. Tip de El Liberal. 1892. Página 127, 128 (1). Carta del ministro Florida Blanca al doctor Orts 1790. (35). LBPSJ. Página 150 anverso. 5 octubre 1800. (36). LBPSJ. Página 170. 20 marzo 1802. (37). LBPSJ. Página 221 anverso. 1 enero 1805. (38). LBPSJ. Página 267 anverso. 23 diciembre 1806. (39). LBPSJ. Página 350 anverso. 20 diciembre 1808. (40). LBPSJ. Página 410. 31 agosto 1810. (41). LBPSJ. Libro de Bautizos de 1811 a 1824. Página 39 reverso. 26 diciembre 1811. (42). LBPSJ. Ibidem. Página 37 reverso. 20 noviembre 1811. (43). LBPSJ. Ibidem. Página 64 anverso. 14 julio 1812. La grafía del apellido Chorro pasa a escribirse Jorro en el siglo XIX. Igualmente ocurre con la grafía del apellido Sanç que se escribirá Sans a partir del siglo XIX. Y con el apellido Rusafa que pasará a escribirse Ruzafa.
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(44). Visita de la parroquial iglesia de San Jaime y Santa Ana del lugar de Benidorm en el año 1792. (45). Ibidem. (46). LAAB (Libro Actas Ayuntamiento Benidorm). 7 febrero 1732. Página 1 reverso. (47). LAAB. Página 1. 5 marzo, 1732. (48). LAAB. Página 4 reverso. 15 abril, 1732. “(…) En el castillo de la villa de Benidorm en cinco días del mes de marzo de mil setecientos treinta y dos años (…)”. LAAB. Página 1. 5 marzo 1732. (49). LAAB. Juramento de los Alcaldes, Regidores y Síndico de la villa de Benidorm. 15 abril 1732. Página 5 reverso y 6 anverso. (50). LAAB. Deliberación sobre tomar quintas a los alcaldes y regidores antecesores y otras cosas. Página 6 reverso. 22 abril 1732. (51). LAAB. Ibidem. 4 junio 1732. Página 7 anverso. (52). AMILLO ALEGRE, Francisco. “Beatriz Fajardo de Mendoza y la Carta Puebla de Benidorm (1666”). Benidorm. Caixaltea/Ayuntamiento Benidorm/Centro Estudios Logan/Copia Benidorm. 2003. Página 19. (53) Ibidem. Página 29. (54). ORTS BERDÍN, Pedro María. “Apuntes históricos de Benidorm”. Opus citais. (55). Opus citatis. (56). LBPSJ. Página 170. 20 marzo 1802. Opus citatis. (57). LDPSJ (Libro Defunciones Parroquia de San Jaime y Santa Ana). Cuerpos mayores de 1859 a 1879 Página 26. Año 1860. Cuerpo nº 37. (58). Ibidem. Página 298. Cuerpo nº 24. Aparece inscrita en el año 1905, aunque cita que falleció en 1900. (59). Ibidem. Página 201. Cuerpo nº 16. En su partida de defunción faltan datos, ya que no se especifica el motivo de su fallecimiento. La partida de defunción fue firmada por el párroco Juan B. Catalá. (60). Ibidem. Página 289. Cuerpo nº 21 (61). Ibidem. Páina 248 reverso. Cuerpo nº 43. (62). Ibidem. Página 210 anverso. Cuerpo nº 60. (63). ORTS I BOSCH, Josefina. Nacida en 16 de noviembre de 1922 en Valencia. Nieta de Pedro María Orts Berdín, jurista e historiador. Dedicada a diversas actividades turísticas y actualmente jubilada. Entrevista realizada el 10 de febrero de 2007. (64). LDPSA. Año 1861. Página 43. Cuerpo nº 42. entierro se produjo el 25 de septiembre de 1861. (65). Ibidem. Página 308 reverso. A pesar de que murió el 8 de mayo, el párroco registró su defunción el 15 de mayo. (66). Ibidem. Año 1860. Cuerpo nº 16. (67). Ibidem. Página 96. Cuerpo nº 2. (68). La primitiva vivienda se escindió en dos partes a principios del siglo XX, perteneciendo uno de ellas a Josefina Orts i Bosch y la otra, a Amalia Orts, sobrina de Josefina. (69). YAÑEZ, Antonio. “Calles, barios y monumentos de Benidorm”. Gráficas Díaz. San Vicente del Raspeig. 1998. (70). ALMIÑANA OROZCO, Pasqual. “Els topònims de Benidorm (1321-195)”. Colecció Pagines de Benidorm nº 3. Benidorm. Ayuntamiento Benidorm 2001. Páginas 80 y 81. (71). Ibidem. Página 80. (72). YAÑEZ, Antonio. Opus citatis. Página 17. Protocolo 113. 9 octubre 1802. (73). Ibidem. Página 17. Protocolo nº 17. febrero 1809.
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(74). Ibidem. Página 18. Protocolo nº 155. 2 septiembre 1810. (75). Ibidem. Página 18. Protocolo nº 46. 20 febrero 1811. El autor aclara que “(…) Debe referirse a una zona próxima al torejón, que se llamaba playa de la Chanca, por estar allí la chanca o lugar donde se preparaba la salazón de pescado (…)” (76). Ibidem. Página 18. Protocolo nº 121. 30 julio 1829. (77). Ibidem. Página 18. Protocolo nº 15. 12 septiembre 1813. (78). Ibidem. Página 19. Protocolo nº 202. 21 septiembre 1813. (79). Ibidem. Página 19. Protocolo nº 29. 29 diciembre 1820. (80). Ibidem. Página 19. Protocolo nº 235. 2 noviembre 1813. En ese documento se identifica a José Orts como alcalde. (81). Ibidem. Página 20. Protocolo nº 250. Agosto 1813. (82). Ibidem. Página 20. Protocolo nº 280. 8 diciembre 1813. (83). Ibidem. Página 22. Protocolo nº 100. 6 mayo 1824. El autor señala que la calle Playa del Mar de la Chanca se identifica hoy con Virgen del Sufragio. (84). Ibidem. Página 23. protocolo nº 46. 21 febrero 1827. El autor señala que la calle Galería del Mar se identifica hoy en día con Plaza Castelar. (85). ORTS BERDÍN, Pedro María. “Apuntes históricos de Benidorm”. Opus citatis. Página 134. (86). Año 1834. Borrador de oficios de esta villa de Benidorm. Cata dirigida al gobernador civil de la provincia. 28 noviembre 1834. Página 32 reverso. (87). Ibidem. Página 32 reverso y 33 anverso. (88). Año 1834. Borrador de oficios de esta villa de Benidorm. (89). Ibidem. Circular 22 abril 1834, dirigida al subdelegado provincial de Fomento sobre los arbitrios. recibida el 2 mayo. Página 7. (90). Ibidem. Carta dirigida al comandante de armas del partido de Alcoy. 26 julio 1834. Página 11 reverso. (91). Ibidem. Carta al Comandante de armas del puesto de Alcoy en el Ayuntamiento. Página 12. (92). Opus citatis. Protocolo 235. 2 noviembre 1813. (93). LAAB. 1 febrero 1852. (94). LAAB. Acta 29 febrero 1852. 4 abril 1852. página 19 reverso. (95). LAAB. Acta 29 febrero 1852. (96). LAAB. Acta 7 mayo 1852. Página 14 anverso reverso. (97). LAAB. Acta 2 junio 1852. (98). ORTS I BOSCH, Josefina. Opus citatis. (99). LAAB. Acta 5 junio 1852. Página 28 reverso. (100). LAAB. Ata 3 junio 1852. Página 32 reverso. Acta 13 octubre 1852. Página 2 anverso. Acta 26 septiembre 1868, sesión extraordinaria. Acta 5 diciembre 1852. Página 68 anverso. Acta 15 julio 1860. Acta 22 julio 1860. Acta 30 septiembre 1860. Acta 15 octubre 1860. Acta 4 diciembre 1860. Página 68 reverso. Acta 24 diciembre 1860. Acta 30 diciembre 1860. Acta 24 julio 1861. Acta 12 noviembre 1861. Acta 23 diciembre 1861. Acta 20 febrero 1862. Acta 28 diciembre 1862. Página 43 anverso. Acta 25 enero 1863. Acta 8 junio 1864. Acta 17 noviembre 1864. Acta 5 agosto 16. (101). LLORENS BARBER, Ramón. “Francisco Zaragoza y Such. Benidorm 1875Santiago de Cuba 1898. Crónica de la vida y del heroísmo de un marino benidormense. Benidorm”. Ayuntamiento Benidorm. 1998. Página 115. Año 1882. (102). LLORENS BARBER, Ramón. Opus citatis. Página 130. Año 1883. (103). LAAB. Acta 1 enero 1860. (104). LAAB. Acta 6 mayo 1860. Página 22 anverso y reverso. (105). LAAB. Acta 29 junio 1860 Página 28 reverso.
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(106). LAAB. Acta 18 noviembre 1860. Página 66 anverso y reverso. (107). LAAB. Acta 18 noviembre 1860. Página 66 anverso y reverso. (108). LAAB. Acta 1 enero 1861. Página 2 anverso y reverso. (109). LAAB. Acta 1 enero 1861. Página 2 anverso y reverso. (110). LAAB. Acta 24 febrero 1861. (111). LAB. Acta 7 abril 1861. Página 19 anverso. Acta 2 octubre 1861. (112). LAAB. Acta 29 junio 1862. Página 20 anverso y reverso. (113). LAAB. Acta 1 enero 1863. Página 1 anverso. (114). ). LAAB. Acta 20 diciembre 1863. Página 54 reverso y 55 anverso. Acta 12 diciembre 1863. Página 53 reverso. Acta 18 diciembre 1863. Página 52 reverso. (115) LAAB. Acta 7 marzo 1864. (116). LAAB. Acta 3 mayo 1864. (117). LAAB. Acta 4 mayo 1864. (118). LAAB. Acta 7 enero 1865. Página 31 anverso. (119). LAAB. Acta 12 febrero 1865. (120). LAAB. Acta 24 septiembre 1865. (121). LAAB. Acta 5 julio 1865. Acta 1 octubre 1865. (122). LAAB. Acta 9 octubre 1865. (123). LAAB. Acta 12 octubre 1865. (124). LAAB. Acta 1 agosto 1866. (125). LAAB. Acta 16 septiembre 1866. (126). LAAB. Acta 19 octubre 1868. (127). LAAB. Acta 25 octubre 1868. (128). LAAB. Acta 3 febrero 1869. Página 3 reverso. (129). LAAB. Acta 20 junio 1869. Página 21 anverso. (130). LAAB. Acta 22 noviembre 1869. Página 42 anverso. (131). LLORENS BARBER, Ramón. Opus citatis. Página 276 y 277. El autor cita textualmente “(…) (x) datos tomados de la biografía que nos dejó en los dos tomos impresos en su ensayo manuscrito “Ensayo biobiográfico”(…)”. Op.cit.en t-II. Página 244. (132). ORTS I BOSCH, Josefina. Nacida el 16 de noviembre de 1922 en Valencia. Nieta de Pedro María Orts Berdín, jurista e historiador. Dedicada a diversas actividades turísticas y actualmente jubilada. Entrevista realizada el 20 de febrero 2007. (133). URTEAGA, Luis. “Miseria, miasmas y microbios. Las topografías médicas y el estudio del medio ambiente en el siglo XIX”. Geo Crítica. Cuadernos críticos de geografía humana. Nº 29. Noviembre. 1980. (134). “Diccionario de la Lengua Española”. Vigésima segunda edición. (135). URTEAGA, Luis. Opus citatis. (136). Ibidem. (137). Libro de visitas pastorales de diferentes poblaciones de la provincia de Alicante. (138). CASUSO QUESADA, Rafael Antonio. “El cementerio de Andujar: apuntes para una historia”. www.cuadernosdehistoria.org/menu2/cementerio/cemen_01htm. (139). RODRÍGUEZ MARÍN, Francisco José. “Reflexiones sobre el patrimonio urbano. El cementerio antiguo de Álora”. www.isel.org/cuadernos_E/Articulos/alora.htm. (140). LÓPEZ PÉREZ, Manuel y LARA MARTÍN-PORTUGUÉS, Isidro. “Entre la guerra y la paz. Jaén 1808-1814”. Editorial de la Universidad. Granada. 1993. Página 369. (141). MARANGON, Georgia. “Sepulcros y literatura: los fundamentos de la civilización”. Universidad de Málaga. www.anmal.uma.es/numero18/Marangon.htm.
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(142). Ibidem. (143). Ibidem. “*ovísima recopilación de las Leyes de España. Dividida en doce libros en que se reforma la Recopilación publicada por el Señor Don Felipe II en el año 1567, reimpresa últimamente en 1775: y se incorporan las pragmáticas, cédulas, decretos, órdenes, y resoluciones Reales, y otras providencias no recopiladas, y expedidas hasta el de 1804, mandada formar por el Señor Don Carlos IV”. Madrid. GI. Libros I, y II. 1805. Páginas 18 y 19. (144). LAAB. Acta 19 abril 1864. (145). MARANGON, Georgia. Opus citatis. (146). ALMIÑANA OROZCO, Pasqual. Opus citatis. Página 170. Actas notariales 1781. (147). ORTS BERDÍN, Pedro María. Opus citatis. Página 138. (148). YAÑEZ, Antonio. “Calles, barrios y monumentos de Benidorm”. San Vicente del Raspeig. Gráficas Díaz. 1988. Página 16 y 17. protocolo nº 169. 22 noviembre 1804. (149). ALMIÑANA OROZCO, Pasqual. Opus citatis. Página 161. Año 1808. (150). YAÑEZ, Antonio. Opus citatis. Página 16. Protocolo nº 169. 4 noviembre 1822. (151). Quinqué Libri de la Parroquia de Benidorm que empieza en Agosto de 1831 y comprende sobre el título de Difuntos de la misma desde dicho mes y año. Defunciones 1831-1859. Página 1 anverso. (152). Ibidem. Página 1 anverso. Albat. Referencia 215. Año 1831. Cadáver de Josefa Ivars. “(…) En el Cementerio de la villa de Benidorm día treinta de agosto de mil ochocientos treinta y uno (…)”. (153). LAAB. Acta 20 abril 1864. (154). LAAB. Acta 19 abril 1864. Página 16 anverso. (155). LAAB. Acta 20 abril 1864. (156). LAAB. Acta 17 noviembre 1864. Página 54 reverso. Gastos y obligaciones nuevos que corresponden inclusive en el mismo presupuesto actual. Aprobado por unanimidad. (157). Libro de Visitas pastorales. Años 1862 y 1895. Copia dada en Palacio Arzobispal de Valencia el 10 de enero de 1863. Visita año 1865. Punto 10. (158). ORTS BERDÍN, Pedro María. Opus citatis. Página 264. (159). LLORENS BARBER, Ramón. Opus citatis. Página 180. (160). Ibidem. Página 181. El autor alude que no conoce directamente la fuente bibliográfica citada: “Reglamento para la conservación, administración y cuidado del Cementerio de Benidorm”. Alicante. Imprenta de J. Marcili. 1887. 16 p., en 4º. El autor toma la cita de RICO GARCÍA, Manuel. “Bosquejo histórico de la imprenta en Alicante en el siglo XIX”. (161). Libro de Visitas Pastorales. Ibidem. Visita 1895. (162). LAAB. Acta 21 marzo 1897. Página 19 anverso. Autorización de paga. Capítulo 3, artículo 8. 25 abril 1897. 22 agosto 1897. (163). LAAB. 10 octubre 1897. “(…) Haber del conserje del cementerio del mes actual 30 pesetas 50 céntimos (…)”. (164). LAAB. 7 noviembre 1897. (165). LAAB. 31 diciembre 1897. (166). LAAB. Acta 3 marzo 1870. Página 9 anverso. (167). LAAB. Acta 29 marzo 1870. Página 9 reverso y 10 anverso. (168). ORTS BERDÍN, Pedro María. Opus citatis. Página 264. (169). ORTS BERDÍN, Pedro María. Opus citatis. Páginas 225, 227 y 247, (170). ORTS BERDÍN, Pedro María. Opus citátis. Página 19 y 164. (171) ORTS BERDÍN, Pedro María. Opus citatis. Página 221.
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