Sanidad y muerte en benidorm

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Sanidad y muerte en Benidorm (1700-1900) Lola Carbonell Beviá

Primera parte La influencia de los “Higienistas” en la construcción del primer cementerio (1700-1900): Los enterramientos en el Benidorm decimonónico del jurista e historiador Orts Berdín

I. Los Orts: análisis de una familia de la burguesía agraria benidormera dieciochesca. 1.1. Los primeros Orts de Benidorm. El primer Orts que aparece en el Libro de Bautismos de la parroquia de San Jaime y Santa Ana (LBPSJ), corresponde al año 1699, y es un varón Antoni Orts, casado con Vicenta Mayor, quienes tienen una niña nacida el 20 de julio, a la que bautizan como Rosalea Teresa Rita (1). Tres años después, este matrimonio tuvo un niño llamado Vicent Domingo Maciá (2). Y en 1701 nació su tercera hija: Ángela Orts Mayor (3). Pero esta línea de Orts no tuvo relación con los Orts en que se centra este trabajo. En Benidorm estaba establecida otra familia apellidada Orts, la del matrimonio compuesto por Francesc Orts y Francina Orts. Francesc Orts o Francisco Orts fue hermano de Mosen Thomás Orts. Posiblemente lo superase en años a Mosén Thomás, puesto que en 1707 (4), dicho matrimonio bautizó a un hijo, al que pusieron por nombre Toni Nicolau, en honor a su padrino Nicolás Mayor. Fue su madrina, Gracia Castilló, y lo bautizó Mosén Cristóbal Lloret. Francisco Orts tuvo otro hermano, -además de Mosén Thomás Orts-, llamado Manuel. Dicho Manuel Orts, apadrinó en 1709, siendo soltero, a una niña bautizada como María Rita, hija de Jaume Orts y Vicenta Llorca. Y le acompañó como madrina Rita Orts, también soltera –doncella- (5). Thomás Orts, -hermano de Francisco y de Manuel-, una vez ordenado sacerdote, y ya con el título de “Mosén”, apadrinó a un niño en 1712, al que bautizaron con el nombre de Vicent Nicolau Miquel, hijo de Miquel Orts y de Guybina (6). Y en 1713, de nuevo, su hermano Manuel, volvió a apadrinar a un segundo niño llamado Jaime Miquel Manuel, hijo de Jaime 1


Orts y de Vicenta Llorca. Junto a él le acompañó como madrina la joven soltera Josepa Pérez. En 1715 Mosén Thomás Orts se incorporó como párroco a la iglesia de San Jaime y Santa Ana de Benidorm. Y con fecha de 15 de enero, el clavario del recién nombrado párroco dio licencia en nombre de Mosén Thomás Orts para el bautizo de Rita María Jerónima Orts Gran, hija de Joseph y Magdalena, que fue apadrinada también por Manuel Orts (8). El primer bautizo que realizó Mosén Thomás Orts como párroco de San Jaime fue el 17 de enero de 1715 con una niña hija de Miquel Orts y Agustina Pérez, a la que llamaron Ángela Josefa Antonia, y que apadrinó don Joseph Tous, un caballero muy importante en la sociedad benidormera dieciochesca, puesto que es el primero y único que aparece en estas fechas en el Libro de Bautismos, con el título de don. Fue su madrina Ángela López (9). El segundo ahijado de Mosén Thomás Orts fue Thomás Jaume Orts Such, hijo de su hermano Jayme Joseph y de Cecilia. En el registro de este bautizo, aparece por primera vez reflejado el cargo eclesiástico de Mosén Thomás como presbítero (10), aunque en 1718 ya no se encontraba a cargo de la parroquia de San Jaime, puesto que fue sustituido en junio de 1717, por Agustín Fuster, y éste –a su vez- por Mathias Mayor, en 1718. En 1719, de nuevo, Mosén Thomás Orts apadrinó a otro hijo de su hermano Jayme Joseph y de su cuñada Cecilia, al que pusieron por nombre Jayme Thomas Orts Such. Junto a él actuó como madrina Josepha Morales (11). En 1721, Jayme Joseph Orts y Cecilia Orts fueron padres de nuevo, de un niño al que llamaron Francisco Jayme, que fue apadrinado por Thomás García y Rosaura García, de Sella (12), padres de Rosaura García García, que posteriormente se casaría con Manuel Orts, padre de José Orts García – abogado de los Reales Consejos- (12). La familia Orts gozaba de muy buenas relaciones sociales, ya que una nueva niña nacida del matrimonio entre Jayme Joseph Orts y Cecilia Such, bautizada por Mosén Joseph Llorca el 3 de noviembre de 1723 como Ángela Cecilia, fue apadrinada por don Joseph Tous y doña Thomasa Sans, quienes disfrutaban de una muy buena posición social, puesto que de nuevo aparece el título de don y doña para ambas personas (13), que a su vez, eran matrimonio (14). En 1725, concretamente en octubre, Mosén Thomás Orts tuvo un nuevo sobrino, hijo de su hermano Jayme Joseph, casado con Cecilia Such, al que bautizó como Domingo y fue apadrinado por Jayme Llorca y Ángela Pérez (15).

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1.2. La familia Orts García. El primer hijo del matrimonio formado por Manuel Orts y Rosaura García fue apadrinado igualmente por Mosén Thomás Orts junto a María García que ejerció de madrina. El bautizo lo celebró Mosén Joseph Llorca el 4 de octubre de 1724. Y el niño se llamó Jayme Thomás Luis (16). Un año después, en 1725, nació Joseph Manuel Francisco, segundo hijo de Joseph Orts y Rosaura García, quién también fue apadrinado por Mosén Thomás Orts y por María Jordá. Joseph Manuel Francisco nació el 31 de julio de 1725 y fue bautizado el 3 de agosto por el presbítero Mosén Joseph Llorca (17). Este niño cuando fue adulto ejerció profesionalmente como abogado de los Reales Consejos, y tuvo vinculación con el gobierno del rey borbónico Carlos III, como se verá más adelante. En 1728 tuvo lugar el nacimiento del tercer hijo de Manuel Orts y Rosaura García, al que pusieron por nombre Manuel Joseph Lorenzo. Nació el 9 de agosto y fue bautizado el mismo día, siendo sus padrinos Thomás García y Josepha García (18). De nuevo, en 1730, vino al mundo un nuevo vástago en la familia de los Orts García. Concretamente, el nacimiento se produjo el día 3 de julio de 1730, y fue bautizado el 7 de julio y apadrinado por Mosén Thomás Orts e Isabel Juan Pérez (19). Tras cuatro varones en la familia Orts García llegó la primera niña dos años después, el 24 de junio de 1732, y fue bautizada a los cuatro días de su nacimiento, concretamente el 28 de junio, llamándose Ángela María, y siendo su padrino y tío Mosén Thomás Orts, y su madrina: María Cerdá (20). Una segunda niña llegó al mundo en el seno de los Orts García el 1 de mayo de 1735. Fue bautizada como Rosaura María el 8 de mayo, y fueron sus padrinos Joseph Seva y Severina Cerdá (21). Manuel y Rosaura fueron ampliando su descendencia, y el 13 de febrero de 1737 nació un niño que fue llamado Gaspar Melchor Baltasar, y bautizado el 25 de febrero, por sus padrinos Álvaro Llorca y Estefanía Doménech (22). Dos años después, Rosaura García dio a luz a su octavo hijo el 11 de marzo de 1739, que fue bautizado en la parroquia de San Jaime y Santa Ana, el 27 de marzo por el presbítero Alexandro Montiel, siendo sus padrinos Ignacio Lloret y Josepha García (23). El último parto de Rosaura García fue el que trajo la sorpresa de unos mellizos. Tuvo lugar el 9 de abril de 1741, siendo bautizados al día siguiente, el 10 de abril. Recibieron los nombres de Thomasa Vicenta y Thomás Vicente. Francisco Orts y Ángela Llorca fueron los padrinos de 3


Thomasa; mientras que Francisco Such y Josepha García apadrinaron a Thomás (24). 1.3. Colateralidad prolífica. Jaime Orts Orts, hijo de Francisco Orts y Francisca Orts, y primo hermano de Joseph Orts García –el que fue abogado de los Reales Consejos-, se casó con Ventura Barber –hija de Salvador Barber y Ana María Nondedeu-. Este matrimonio tuvo a su primera hija el 29 de enero de 1736, que fue llamada esperanza Orts Barber. Su bautizo se produjo en febrero, aunque no se especifica el día en el Libro de bautismos, y sus padrinos fueron Mosén Thomás Orts y Ginesa Alvado (25). El 14 de abril de 1739, nació la segunda hija de este matrimonio que se llamó Ana María Rosa. Fue bautizada el 17 de abril de 1739 por el presbítero Joseph Llorca, y sus padrinos fueron Máximo Llorca y Ángela María Ortín (26). Francisco Xavier Thomás fue el tercer hijo y primer varón, de Jayme Orts y Buenaventura Barber. Nació el 11 de marzo de 1741, y fue bautizado el 12 de marzo, siendo apadrinado por Domingo Orts y Vicenta Orts (27). Ángela María Vicenta amplió la descendencia de Jayme y Buenaventura el 7 de diciembre de 1743. Y fue apadrinada por Manuel Orts, de Francisco y Ana María Barber (28). Del siguiente hijo varón de Jayme y Ventura, el párroco apuntó más datos. Francisco Salvador nació el 15 de marzo de 1745, a las tres de la mañana. Y fue apadrinado por Francisco Llorca y Jesugualda Llorca, soltera en ese momento (29). 1.4. Matrimonio y descendencia directa de Joseph Orts García, abogado de los Reales Consejos. Joseph Orts García tenía 56 años y su esposa Ángela Orts Barber 38, cuando tuvieron a su primer descendiente, que fue una niña llamada Josepha María Vicenta Orts Orts. Nació el 20 de febrero de 1781 y fue bautizada a los tres días en la parroquia de San Jaime, concretamente el día 23 de febrero. Sus padrinos fueron Francisco Orts de Jayme, y Josepha Orts (30). Sus abuelos paternos –Manuel y Rosaura- estaban emparentados con los maternos –Jayme y Ventura-, siendo Jayme primo hermano de Joseph Orts García; y Ángela Orts Barber, prima segunda y esposa del abogado de los Reales Consejos. 4


Ese mismo año nació Jayme, primer hijo varón –quién a su vez tuvo una amplia descendencia y emparentó con la línea sanguínea de los Rusafa-. Y tuvo además otro niño, el segundo al que llamó Manuel. Tres años después nació el tercer varón de la pareja y cuarto hijo en sucesión: Joseph Jayme Thomás. Nació el 23 de marzo de 1784, las ocho de la mañana, y fue bautizado al día siguiente, concretamente el 24 de marzo. Fueron sus padrinos su abuelo paterno Manuel Orts y su tía Rosaura Orts (31). La vida profesional de Joseph Orts García se desarrolló en Valencia, a través de la Real Audiencia y de los Reales Consejos, un órgano consultor y de gobierno que ejercía como Tribunal Superior del Reino (32). Por encima de la Real Audiencia de Valencia se hallaba el Consejo Superior de Aragón, establecido en Madrid, por lo tanto, Joseph Orts García viajó a la capital de España para resolver sus asuntos laborales. Orts García estaba interesado en acceder a la magistratura y para ello ejerció en los Reales Consejos, puesto que ésta era una de las vías de acceso (33). Presumiblemente Joseph Orts García pudo conocer al conde de Floridablanca en Madrid, durante el ejercicio de su profesión, puesto que José Moñino también se graduó en Leyes, -en Orihuela-, y estudió abogacía en la Universidad de Salamanca. Posteriormente desarrolló el ejercicio de la abogacía en el bufete de su padre. Y presidió la Real Academia de Jurispridencia y Legislación en el siglo XVIII. José Moñino, conde de Floridablanca, quiso agradecer a Joseph Orts García los servicios prestados a la corona española, ofreciéndole un título nobiliario cuando éste –durante el periodo comprendido entre 1782 y 1790- ocupaba interinamente la secretaría de Gracia y Justicia: “(…) 4 de febrero de 1782, quedando la guarnición con su general prisionero con este señalado triunfo, volvió puerto Mahón a la corona española, conservando los isleños sus propiedades, sus privilegios, por la bondad del monarca que no quiso castigar la rebeldía de sus padres, y las fuerzas combinadas pasaron a estrechar a Gibraltar bloqueado hacia cuasi dos años, y aquí dejamos la explicación marítima, para reseñar la tradición que se refiere a esta villa enlazada íntimamente con esos sucesos. Tomada la plaza de Mahón, una borrascosa tormenta producida por los vientos del *ordeste, obligó a la escuadra a buscar un puerto de refugio que le pusiera al abrigo de las enfurecidas olas, y este puerto lo encontramos en la ensenada de levante, capaz de cobijar muchos buques y resistir las mayores tempestades. Llegan los navíos victoriosos, echan anclas, bajan a tierra, y juntamente, a la marina, y pide le enseñen los trofeos arrancados al enemigo, y por la intercesión del doctor D. José Orts y García, que con su esplendidez y munificiencia habrá obsequiado a la oficialidad de los buques habrá 5


obsequiado a la oficialidad de los buques, consigue se expongan al público las banderas inglesas en el balcón principal de su casa calle Horno, hoy número 8. Debido a las atenciones dispensadas al almirante de la escuadra como a los auxilios prestados a la armada y servicios al gobierno de Florida Blanca (1) el gobierno trató de recompensar aquellos servicios concediendo un título nobiliario al doctor Orts, que este señor se adelantó a rehusar con fina cortesía y modestia (…)” (34). José Orts García tuvo una vida larga, ya que estuvo presente en los bautizos de sus numerosos nietos que se produjeron en las primeras décadas del siglo XIX. De su hijo Jayme Orts Orts casado a los 28 años en la parroquia de San Juan, de Alicante, con María Rusafa Aracil –hija de Francisco y Luisa-, de 24 años, natural de San Juan, población de la que era autóctona, y residentes en Benidorm y parroquianos de San Jaime y Santa Ana, tuvo seis nietos. El primero se llamó Joseph y nació el 5 de octubre de 1800 a las seis de la mañana. Fueron sus padrinos Francisco Orts y Vicenta Orts, y el bautizo se realizó el mismo día de su nacimiento (35). La segunda nieta fue Ángela Llinares que nació el 18 de marzo de 1802, a las siete de la mañana. Fue bautizada el 20 de marzo y apadrinada por Manuel Orts y Ángela Zaragozí, vecinos de Benidorm. En 1805 nació el tercer nieto de Jopseph Orts García, y éste fue llamado de nombre como él: José Orts Rusafa. Vio la luz el 31 de diciembre de 1804, a las siete de la tarde. Fueron sus padrinos don Vicente Tous y Esperanza Orts, ambos de Benidorm. Con este niño emparentaron con la familia Tous cuya importancia se ve manifiesta en el Libro de Bautismos porque el párroco lo nombra como don Vicente (37). El 22 de diciembre de 1806 nació su cuarto nieto al que llamaron Jayme Orts Rusafa, bautizado el 23 de diciembre por sus padrinos Pedro Barcels y Vicenta Orts (38). Ángela María Orts Rusafa llegó al mundo el 18 de diciembre de 1808, a las doce de la noche, y fue bautizada dos días después, el día 20, por sus padrinos Antonio Bayona y Ángela Tous (39). De nuevo, dos años más tarde llegó al mundo María Orts Rusafa, el 30 de agosto de 1810 a las ocho de la noche, siendo bautizado al día siguiente por sus padrinos Josef Orts y Esperanza Orts (40). Otra niña también llamada Ángela María nació el 26 de diciembre de 1811, a la una de la mañana, bautizándose el mismo día por sus padrinos Manuel Orts y Vicenta Orts (41). Joseph Orts García tuvo un nieto fruto de su hijo Manuel con Isabel Morales Bayona –hija de Antonio y Francisca-, que nació el 18 de 6


noviembre de 1811, a las once de la noche. Fue bautizado en la parroquia de San Jaime por el presbítero Josef Vaquer, de brazos de la marquesa de Albudeite, doña Ana Agapita Valde, y por el doctor Manuel Fuster, ambos vecinos de Benidorm. El bautizo se produjo el 20 de noviembre. Con estos padrinos se puede observar a simple vista el elevado estatus social de Joseph Orts y sus familiares más directos (42). El 11 de febrero de 1812 –a las diez de la noche-, nació Josef Orts Chorro, hijo de José Orts y Ana María Chorro, y nieto por línea paterna de Josef Orts García y Ángela Orts. Fue bautizado el 14 de julio por el sacerdote José Vaquer (43). Sus abuelos maternos fueron Josef Chorro y Teresa Ripoll de Altea. Josef Chorro ejercía como escribano en Altea en el último cuarto del siglo XVIII, puesto que su nombre aparece en el testamento de Mosén Thomás Orts en 1776. Y fue apadrinado exclusivamente por su bisabuelo paterno Manuel Orts, que era nonagenario. Josef Orts Orts fue el abuelo del jurista e historiador Pedro María Orts Berdín. 1.5. Sepultura eclesiástica. Los Orts que vivieron en el siglo XVIII fueron enterrados en la parroquia de San Jaime donde tenían derecho de enterramiento. El mismo fue una petición del presbítero Mosén Thomás Orts (44) ya que dicho derecho tenía que tener la aprobación real. Mosén Thomás Orts realizó el 31 de diciembre de 1776 una disposición testamentaria ante el notario de Altea Josef Xorro, en el que pedía levantar una capellanía perpetua, a cambio de entregar a la Iglesia una propiedad: “(…) y señalo la eredad que tengo y poseo, propia mía y sita en el término de esta villa y partida del Saltet de Berenguer, baxo lindes con su casa de campo y con el de censar ganado de azagador real y tierras de los herederos de Thomás Pérez (…) Y nombro por patrono de dicha Capellanía y administradores de la referida heredad antes de lograrse la licencia real para dicha Fundación a Jayme Thomás Orts y al Doctor Josef Orts, Abogado de los Reales Consejos y sobrino, vecino de dicha villa de Benidorm, para que esta la puedan arrendar en público encanto (…) y obtenido la facultad real, quedan patronos los referidos Jayme Thomás y Doctor Josef Orts, hermanos mis sobrinos de esta Capellanía y nombren por capellán de esta, primeramente a la de la familia de mi hermano Manuel, descendiente de este por vía de varones, prefiriendo primeramente a los hijos de dichos Patrones (…) Y a falta de la descendencia de dicho mi hermano Manuel sean capellanes los de la descendencia legítima de mi hermano 7


Francisco, por línea de varones (…) en tercer grado los descendientes de Jaume Josef Orts mi hermano, también por vía de varones (…). Y el Capellán que obtuviere esta capellanía tenga obligación anual y perpetuamente de decir y celebrar veinte misas por mi alma y la de mis ascendientes ya por aquellas que fueran de mi mayor obligación, si estuviese la yglesia nueva acabada en la capilla de *uestra señora de La Asunción, bajo cuyo título fundar, elijo y levanto dicha Capellanía (…) y en caso de obtener el capellán de esta fundación antes de construirse la yglesia nueva, tenga obligación de decir y celebrar veinte misas anualmente en la ygleia vieja y altar que le pareciere (…) lego cien libras para adorno de [ilegible] la capilla de la yglesia *ueva en la que se deverá colocar *uestra señora de La Asumpción (…) e hiciesen fabricar una lámpara de ochenta onzas de peso de plata para dicha capilla y hacer construir una sepultura para los de su familia y de sus hermanos (…)” (45). Mosén Thomás Orts realizó la disposición testamentaria el 31 de diciembre de 1776, pero cuando se produjo la visita del obispo en 1792, Mosén Thomás Orts ya había fallecido. 1.6. Los Orts y su relación con la vida municipal de Benidorm en el siglo XVIII. El Libro de Actas del Ayuntamiento de la villa de Benidorm del año 1732 anunciaba y ratificaba los cambios políticos que desempeñaron los Orts en el siglo XVIII. A su vez, este documento proporciona el nombre de Jayme Orts como padre, y por tanto, antecesor de los cuatro hermanos que desarrollarán múltiples líneas genealógicas multiplicándose las familias. Jayme Francisco Orts, de Jayme, hermano de Manuel, Francisco y Mosén Thomás fue nombrado por elección tomador del reparto del equivalente, un impuesto que se recaudaba entre los terratenientes (46): “(…) Y en cuanto al segundo acordaron que se reparta el equivalente sobre líquido que su majestad manda con el cuatro por ciento para lo cual nombran por electos tomadores a Vicente Pérez y Jayme Francisco Orts de Jayme (…) vecinos de esta villa para que con la intendencia de la señora de este Ayuntamiento repartan dicho equivalente a quienes se le notifique para su aceptación (..). Unos meses después, el 5 de marzo fue propuesto que Jayme Joseph Orts desempeñase el cargo de alcalde ordinario (47): “(…) Se cumple un año de los oficios y es estilo proponer otros para proseguir el gobierno de dicha para año fin propuso en la forma 8


siguiente para primero Alcalde ordinario a Juan Such= y o Jayme Joseph Orts (…). Oída dicha propuesta por dichos Señores acordaron que respeto a ser todos personas suficientes (…)”. Francisco Orts, hermano de Jayme Joseph Orts, disponía de una economía solvente puesto que su nombre aparece junto al de otras personas al prestar un dinero para la adquisición del edificio donde se ubicaría el ayuntamiento, puesto que hasta ese momento se venían reuniendo en el castillo (48): “(…) Otrosí fue propuesto que para hacer parte de pago de la casa que esa villa mercó de Gaspar Barber que en la presente Sala capitular se han tomado del tercio, y de diferentes que lo deven veinte y tres libras, y diez sueldos esto es de Francisco Orts de Jame dies y nueve libras, de Antonio Llorca de bautista quatro libras y de Francisco Ballester dies sueldos (…)”. El 1 de abril de 1732, Jayme Joseph Orts fue nombrado Alcalde Ordinario, tomando posesión de dicho cargo. Un texto muy explicativo por la gran cantidad de detalles que aporta sobre el protocolo (49): “(…) para proseguir en el gobierno de dicha villa dada y firmada por Thomás Sans Procurador general de la Señora Condesa de Montealegre dueños directos de dicha villa (…) a los nueve días del corriente mes y año en que son nombrados para primero Alcalde Ordinario de dicha villa Jayme Joseph Orts, para segundo Pedro Such (…) y aviendo comparecido todos juntos con un libro misal en donde se leen las palabras de los santos Evangelios puesto en manos, y poder de dicho Señor Phelipe Saragozí Alcalde. Juraron todos y cada uno respectivamente para su encargo y oficio por dicho *tro Sr., y a una cruz en forma de droe., que regirán, governarán, y administrarán sus encargos y oficios, bien y fielmente, que guardarán el Misterio de la pura y limpia Concepción, el día de la Encarnación, y los demás de *tra., Santa Fe Católica, guardarán ferás fueros, y privilegios, de este Reyno, según al presente se practican. Administrarán Justicia en todos los casos, y en especial a los pobres, atendiéndoles en todo y por todo, y así lo juraron y no firmaron por decir no saber, de todo lo cual yo el escrivano doy fe=Ante mi. Álvaro Llorca, escribano (…)”. El 28 de abril de 1732, Jame Joseph Orts ya encabezó el acuerdo plenario como alcalde ordinario (50): “(…) En la villa de Benidorm a los veinte dos días del mes de Abril de mil setecientos treinta y dos años. Los Señores Jayme Joseph Orts Alcalde Ordinario de dicha villa (…)”. Y (51): “(…) En la villa de Benidorm a los quatro días del mes de Junio de Mil setecientos treinta y dos años ante los Señores Jayme Joseph Orts, y Pedro Such Alcaldes Ordinarios (...)”. 9


1.7. Las propiedades de los Orts. El historiador Francisco Amillo Alegre en su obra “Beatriz Fajardo de Mendoza y la Carta Pobla de Benidorm (1666)”, califica a una familia de Orts, como de agricultores acomodados en el año 1724, pero sin dar nombres, y atribuyendo a un miembro de esta familia un caso de bandolerismo “(…) con un acentuado carácter antiseñorial (…)” (52). Igualmente cita que en 166 aparece registrada una partida denominada La Foia de Jayme Orts”, accidente geográfico que recibió este nombre por ser propiedad del patriarca de los Orts dieciochescos, motivo de esta investigación (53). El jurista e historiador Orts Berdín recogió en su obra “Apuntes históricos de Benidorm”, que Joseph Orts García tenía su casa en la calle del Horno nº 8 (54). Y en la disposición testamentaria de Mosén Thomás Orts quedó reflejada la propiedad que legó a la Iglesia a cambio de una capellanía (55): “(…) la eread que tengo y poseo, propia mía, sita en el término de esta villa y partida del Saltet de Berenguer, baxo lindes con su casa de campo, y con el de censar ganado del azagador Real tierras de los herederos de Thomás Pérez (…)”. El Libro de Bautismos señala de Jayme Orts, hijo de Joseph Orts García, -Abogado de los Reales Consejos- que fue labrador (56).

II. Política y jurisprudencia: Los Orts en el Benidorm decimonónico. 2.1. Uniones matrimoniales y descendencia. La línea genética de los Orts que se va a desarrollar en este capítulo es la existente entre la unión matrimonial entre José Orts y Orts y, Ana María Jorro Ripoll. La partida de defunción de José Orts y Orts –nacido y afincado en Benidorm-, señala que falleció el 17 de agosto de 1860, a los 78 años de edad. De profesión fue labrador propietario (57): “(…) Hizo testamento en 1834 ante el escribano de Altea D. José Sastre el que modificó con un codicilo otorgado en 18 de enero de 1860 en Benidorm ante Tadeo Ruzafa, Escribano de la misma legando para bien de su alma 1500 reales. Falleció de un hidrotorax según el facultativo Juan Bautista Rusafa de que certifico. Pascual Ivorra (…)”. 10


El benidormero de José Orts y Orts y la alteana Ana María Jorro Ripoll tuvieron tres hijos. La primera en llegar al mundo fue Ángela María Orts Jorro, nacida en 1809, y fallecida en 14 de junio – a las tres de la tarde-, de 1900, a los 91 años, a consecuencia de senectud. Ella se casó con Pedro Berdín Berdín y le sobrevivió quedando viuda (58). El segundo de los hijos de José y Ana María se llamó José Orts y Jorro y nació en 1812. Se casó con Ángela Berdín y enviudó. Falleció el 22 de marzo de 1897, a los 85 años de edad (59). Y la tercera en nacer y segunda de los descendientes de José y Ana María fe Consuelo Orts Jorro. Vino al mundo en 1822. Se casó con Cosme Fuster y enviudó. Falleció el 23 de julio –a las seis de la tarde-, de 1904, a los 82 años de edad, a consecuencia de gangrena senil (60). Del matrimonio formado por José Orts y Jorro y Ángela Berdín Llorca nacieron varios hijos. El primero de ellos fue José María Orts Berdín, en 1836, cuando su padre tenía 24 años de edad. José María falleció el 19 de diciembre de 1900, -cinco meses después que su tía Ángela María-, a las ocho de la mañana, a consecuencia de congestión cerebral. Se casó con Vicenta Orts Berdín y enviudó de ella. Cuando José María Orts Berdín falleció, no otorgó testamento (61). El segundo de los hijos del matrimonio Orts Berdín fue Pedro María, nacido en 1839, cuando su padre tenía 27 años. De adulto se casó con Josefa Salvá, falleciendo antes que su esposa. La muerte le sobrevino nueve meses después que a su padre, el 31 de diciembre de 1897, con 58 años. Fue a las diez de la mañana, a consecuencia de un ataque cerebral (62). Y la última de los hijos de la familia Orts Berdín fue una mujer, Ángela, que falleció de enfermedad puerperal (63). Los antepasados de Vicente Orts Berdín –esposa de José María Orts Berdín-, por línea materna procedían de Polop. Sus bisabuelos fueron Guillermo Berdín y Magdalena Valier. Estos tuvieron dos hijos Pedro Berdín Valier y Magdalena Berdín Valier, ésta última casada con José Lledó y viuda de él, cuando se produjo la muerte violenta de ella (64): “(…) Se dio sepultura por orden de la Justicia de 57 años, viuda de José Lledó, propietario y vecino de Benidorm. Falleció de una caída de un asno. Hija de Guillermo Berdín y Magdalena Valier (…)”. Pedro Berdín Valier se casó con Vicenta Berdín Orts y fruto de esta unión nació Magdalena Berdín Berdín en 1830. Magdalena se casó con Maximiliano Orts Llorca, quién falleció el día 8 de mayo a las cuatro de la madrugada, a causa de un derrame seroso. Tenía 76 11


años cuando le sobrevino la muerte a Magdalena Berdín Berdín. Era viuda y gozaba de un importante patrimonio porque en el acta de defunción se explica la donación que hizo a la Iglesia (65): “(…) Lega 1000 pesetas invertidas en un plazo de 4 años (…) Cada año se distribuirán entre los pobres doscientas cincuenta pesetas y otra cantidad igual [ilegible] en misas para sufragio de su alma (…)”. Su esposo Maximiliano Orts Llorca nació en 1819. Fue abogado y propietario. Falleció de una bronquitis y fue enterrado el 1 de marzo de 1860 (66). Y por último, Vicente Orts Berdín, nació en 1859, y falleció siendo muy joven tras el nacimiento de uno de sus hijos, a causa de calentura puerperal, a los 28 años de edad. Su entierro se produjo el 13 de enero de 1887 (67).

2.2. El patrimonio de los Orts en el siglo XIX. José Orts y Orts, Ana María Jorro Ripoll y sus descendientes por línea directa hasta Pedro María Orts Berdín continuaron viviendo en la casa ubicada en la calle del Horno. Vivienda que ha continuado pasando hereditariamente a sus familiares directos, hasta la actualidad (68). Pero además, según testimonian los protocolos notariales de los archivos de los notarios Pedro Orts y Tadeo Ruzafa, recogidos por Antonio Yañez (69), los Orts que vivieron en la primera mitad del siglo XIX poseyeron terrenos, solares y viviendas que fueron gestionando para ampliar su patrimonio, e incluso existió una zona denominada como “Alt de les Orts”, referencia que recogió Pasqual Albiñana en su obra (70). Durante la segunda mitad del siglo XVIII existió una calle llamada La Cenia, topónimo que cambió a partir de 1808 en que fue nombrada Alt de les Orts” y que mantuvo hasta 1850 (71): “(…) el fet que l´alt d´les Orts ftara amb el camí d´Altea i que hi haja el carrer de l´Alt d´Orts, vol dir que la zona és als afores de Benidorm (…)”. En 1802, José Orts y Orts vendió un solar de 47 palmos en la calle Alt de les Orts (72): “(…) José Orts vende a Cosme Berenguer un solar para hacer casa de 47 palmos en la calle Alt de les Orts, lindando con José Llorca, Mariano Orts, calle en Medio (...)”. (73): “(…) Antonio Llorca vende a Francisco Orts, sordo, una casa en la calle Xixo (…)”. (74): “(…) Manuel Orts vende a Cosme Ballester un solar para hacer una casa de cuatro navadas de 50 palmos (...)”. 12


(75): “(…) Ángela Zaragoza dona a su sobrino Francisco Orts la mitad de la casa que posee en la calle del Mar de la Chanca (…)”. (76): “(…) Francisco Orts permuta con Josef Furió una casa en la calle Alicante por otra en la calle Santa Faz (…)”. (77): “(…) Miguel Climent de Finestrat vende a Manuel Orts una tierra secana en Puig Campana (…)”. (78): “(…) Vicenta Ivars vende a Jayme Orts una casa en la calle del Cupet (...)”. (79): “(…) Antonio Devesa vende a Josef Orts una casa en la calle La Paz o Cupet (…)”. (80): “(…) Francisco Pérez de Luis, labrador, se obliga con Josef Orts, alcalde Constitucional de Benidorm y el resto de componentes de la Junta de Policía, a derribar una casa que está haciendo en La Palmereta, por incorrecto trazado de la calle (…)”. (81): “(…) Ángela Orts vende a Josef Vaquer, cura párroco de Benidorm, una casa en la calle Dels Capellans” por 150 libras (…)”. (82): “(…) Francisco Orts vende a Francisco Such una casa en la calle Chala. Precio 300 libras (…)”. (83): “(…) Josef Orts vende a Vicente Llinares una casaalmacén en la calle de la Playa del mar de la Chanca. Linda con playa (…)”. (84): “(…) Antonio Gran vende a Manuel Orts una casa en la calle de “La galería del Mar” (…)”. 2.3. Perseguidos por ideología política en los albores del siglo XIX. Benidorm sufrió directamente las confrontaciones políticas sucedidas durante la primera mitad del siglo XIX entre Realistas o defensores de la monarquía absoluta del rey de España -Fernando VII-, frente a los Constitucionalistas partidarios de una monarquía parlamentaria. El siglo XIX comenzó con el reinado de Carlos IV -17881808-, hasta que su hijo Fernando VII consiguió entronizarse conspirando contra su padre en 1808, siendo este su primer reinado. Entre 1808 y 1812 tuvo lugar el reinado de José Bonaparte con la “Guerra de la Independencia”. A partir de 1813 y hasta 1833 reinó de nuevo Fernando VII. Fue en este año de 1833 cuando tuvo lugar la Primera Guerra Carlista, que se prolongó hasta 1840, donde el bando de los Carlistas representaban a la sociedad más conservadora, siendo un movimiento predominantemente rural. Fueron partidarios del pretendiente al trono Don Carlos María Isidro, -Carlos V-, 13


hermano de Fernando VII, retornando a una monarquía absolutista; frente a los Liberales o Isabelinos partidarios de Isabel II. En 1845 se inició la segunda guerra carlista tras abdicar el infante Carlos María Isidro en su hijo Luís de Borbón Carlos VI-.

2.3.1. La invasión francesa en Benidorm. El historiador y jurista Pedro María Orts Berdín relató como Benidorm sufrió la invasión de las tropas francesas durante la “Guerra de la Independencia” en 1812 (85): “(...) refieren los viejos, que la guarnición del castillo violó las sepulturas de los que descansaban en las criptas de la iglesia terreno adyacente, y se entretenían arrojándolos al agua, acompañando sus ejercicios con dianzonetas y gracias de mal género, obligando después a los vecinos a recoger aquellos restos humanos con gran trabajo y darles sepultura cotidiana (…)”.

2.3.2. La entrada de los Cien Mil Hijos de San Luís y la Restauración de Fernando VII. Benidorm tuvo un individuo que fue investigado por estar implicado en la entrada en España, el 7 de abril de 1823, de las tropas francesas que fueron denominadas “Los Cien Mil Hijos de San Luís”, al mando del duque de Angulema, y que fueron apoyados por los Realistas de Benidorm, entre los que aparece el nombre de José Orts. Con esta acción fue restaurada la monarquía de Fernando VII. El joven investigado tenía 15 años cuando entró a servir en el ejército, en la clase de cadete, para ascender posteriormente a subteniente. El joven se llamaba Juan Tous y Pérez, hijo de Gaspar Tous y Vicente Pérez, natural de Benidorm (86): “(…) habiendo suprimido su primer apellido para ocultarse ha abrazado el segundo (…) trascendió a subteniente cosa para pasar a ultramar, con el Ejército se reunió en Cádiz y sus inmediaciones en 1820, en dicha época se halló en Cádiz y fue otro de los que se pronunciaron contra aquel heroico pueblo en el acto de proclamación la Constitución jurada por el Rey (...) emigró a Francia regresando a España el año 23 con las tropas; en principios del 24 era en grande [ilegible] del General Campanar, y pasó a la Guardia Real de Infantería con grado de teniente. En 1827 fue cesado de la Guardia Real y confinado en Valladolid por complicado en la ocurrencia del 14


[ilegible] de cuyo puesto pasó a Madrid y logró ser destinado al [ilegible] de Corte con grado de Capitán; de este campo pasó al de Infantería de la Reyna (…)”.

2.3.3. El exilio a Portugal del pretendiente al trono Carlos V. Carlos María Isidro- hermano de Fernando VII y pretendiente al trono español fue defensor de la Ley Sálica, en detrimento de Isabel II-, se marchó a Portugal en marzo de 1833, y tras la muerte de Fernando VII, -el 29 de septiembre- se proclamó rey, -con el nombre de Carlos V- con el apoyo de los Voluntarios Realistas. En aquel momento histórico fue cuando se tachó a Juan Thous Pérez de que se uniera al Pretendiente (87): “(…) hallándose de guarnición en la plaza de Badajoz en el pasado año de 1833 se pasó a Portugal uniéndose al Pretendiente, con quién estaba en relaciones por ser íntimo amigo de don José Sacanell, Ayuda de Cámara de Dn. Carlos. Se cree con fundamento que salió de aquel Reyno unido a la familia del Pretendiente por la amistad referida En cuanto a su opinión sus actos la manifestaron y puesto en relaciones con sus amigos de esta villa, hay sospechas muy fundadas, aunque no se ha podido dar con ninguna comunicación por nombrar diligencia que ha predicado. *o hay duda de que sus amigos hacen un pacto para darse para facilitarle documentos del abono y es de temer intentar adquirirlos, Dn. José Orts y Orts, por lo que puede con el escribano de la villa de Altea Dn. Jaime Jorro y don Francisco [ilegible], hijo del Ayudante Militar de Marina de esta villa, y más que todo por la grabísima e inteligencia con los escritos, que de los dos sujetos faltándose con los sueltos mayor de los Carlistas de esta Marina como conducta ace tiempo estoy observando (…)”.

2.3.4. El reinado de Isabel II y la Primera Guerra Carlista. En el inicio del reinado de Isabel II, se investiga si los Realistas de Benidorm tienen relación –en ese año de 1834- con los Carlistas, y de ahí surge el interés por conocer la ideología política de José Orts y Orts. En un documento fechado en 1834, dirigido al subdelegado general de Fomento, se indica que José Orts fue oficial de Realistas (88): “(...) por desafectos al legítimo gobierno manifestaron desde ayer por la mañana (…) que José Orts oficial de realistas se hallaba 15


ausente sin saberse adonde, y el hijo del Ayudante Militar de Marina de este distrito, Francisco [apellido legible] había estado en Altea reunido con los que el concepto 1º público merecen la opinión de Carlistas. He dispuesto que estos dos sujetos y cinco más también sospechosos se me presenten todas las noches a las primeras oraciones mientras se dieren las presentes circunstancias, o U.S. disponga otra cosa (…)”. En otro documento fechado el 22 de abril del mismo año se cita también como Realista a otro miembro de los Orts (89): “(…) me ha informado que no tiene en su poder los expedientes de los remates, ni cuentas dado que se ha entregado, atribuyendo todo al Comandante de Realistas de esta villa Don Manuel Orts, ya difunto (…)”. José Orts tuvo que prestar declaración junto a José Llorca, y dicha declaración fue enviada por carta al comandante de armas del Partido de Alcoy, en 26 de julio de 1834 (90): “(…) En cumplimiento de oficio a U., fecha 12 abril actual remito los adjuntos historias despachos de los que fueron oficiales realistas en esta villa pertenecientes al batallón de [ilegible] D. Mariano Orts, comparecen Dn. José Orts y D. José Llorca, tenientes, no verificando con José Llorca, tenientes, no verificando con José Llorca, de Marcos, subteniente, por haber manifestado. Presentóse al capitán en la última revista al pasar (…) el extinguido cuerpo y no se acordó de recogerlo el cual no se ha encontrado entre los papeles del referido cupo con Dn. Manuel Orts ya difunto, por lo que he dispuesto que Llorca se presente ante mi (…)”. Una nueva misiva al comandante de armas del puesto de Alcoy amplía la información (91): “(…) Remito a U [ilegible] que ha presentado José Llorca de (…) haber entregado su título de subteniente del extinguido cuerpo de Realistas del capitán que fue de esta villa Sr. Manuel Orts, difunto, de modo que no se ha encontrado entre los papeles el referido Orts (…)”.

2.4. Los Orts: mayores contribuyentes en el siglo XIX.

Durante el siglo XIX y principios del XX, los cargos políticos municipales se elegían entre los mayores contribuyentes. Es decir, los que más dinero pagaban al ayuntamiento por las posesiones y bienes que tenían. Los Orts siempre estuvieron presentes –a lo largo del siglo XIX- en los listados de mayores contribuyentes de Benidorm. 16


Tanto José Orts y Orts, como José Orts y Jorro y José María Orts Berdín fueron elegidos como alcaldes del municipio entre los mayores contribuyentes de Benidorm. Pero las relaciones parenterales que se produjeron por matrimonios también siguieron la misma línea, la de emparentar con las familias más acomodadas de la comarca. De modo que las corporaciones municipales decimonónicas de Benidorm estuvieron dirigidas bien directamente o indirectamente por el clan familiar de los Orts. En 1813 Josef Orts o José Orts y Orts aparece documentado como alcalde constitucional (92). En 1852 José Orts y Orts formó parte de la Junta de Caminos Vecinales junto a Maximiliano Orts –padre de Vicenta Orts Berdín, casado con José María Orts Berdín, nieto de José Orts y Orts-, Pedro Ortuño, todos ellos “(…) de los vecinos mayores contribuyentes (…)” (93). Igualmente el mismo año de 1852, José Orts y Orts, su hijo José Orts y Jorro, y un pariente colateral, Francisco Orts, fueron elegidos para formar parte de las Juntas Periciales (94): “(…) se tenga muy presente las cualidades de idoneidad, buena fe y probidad de que deben estar dotadas para en el año venidero de 1853, haya sido verdaderamente analizada la mesa imponible y las utilidades respectivas(…) resolvieron nombrar por unanimidad a D. José Orts y Jorro (…) a D. Gaspar Ortuño (…) D. Francisco Orts (…) y D. José Orts (…)”. El 29 de febrero de 1852 fue elegido alcalde Maximiliano Orts. Como concejal presidente, Pedro Ortuño, y de entre los mayores contribuyentes que se citan para componer la Junta de las Escuelas, aparecen individuos de otras ramas colaterales de la familia Orts, como Miguel Orts Cheli, Vicente Orts y García, Francisco Orts y Pérez, Jayme Orts y Bayona, Francisco Orts de Miguel, Miguel Orts de Bayona, Francisco Orts y Bayona. Y por primera vez quedó reflejado el nombre de Guillermo Berdín, del que el documento señala que es hacendado forastero. Dicho caballero procedente de Polop fue, a su vez, el bisabuelo de Vicenta Orts Berdín, esposa de José María Orts Berdín (95). La Junta de Escuelas quedó finalmente formada y constituida por el alcalde corregidor Maximiliano Orts, como vocal nato, seguido de Agustín Galiana –cura de la parroquia de San Jaime-, como vocal; Francisco Llorca y Galiana –regidor-; y de entre los vecinos fueron elegidos Francisco Orts y Pérez, abogado, y Tadeo Ruzafa, escribano, -cargo equivalente a notario- (96). El 2 de junio de 1852 se registró en el acta de la sesión plenaria del ayuntamiento, un listado con catorce referencias de 17


caballeros designados mayores contribuyentes. Entre ellos, junto a José Orts y Orts, Tadeo Ruzafa, Vicente Orts, aparece Francisco de Paula Orts (97), un familiar indirecto conocido todavía por Josefina Orts i Bosch –descendiente actual-, como el “Tío Francisco de Paula” (98). Días más tarde, el 5 de junio de 1852, fue nombrado José Orts y Jorro para representar al ayuntamiento en una nueva reunión que se celebró en Alicante, con motivo de la construcción del ferrocarril MZA (Madrid-Zaragoza-Alicante) (99), -línea que fue inaugurada en mayo de 1858, con la visita de la reina Isabel II, que viajó en ferrocarril-: “(…) después de haber conferenciado detenidamente acordaron nombrar a D. José Orts y Jorro Abogado para que en representación del Ayuntamiento asista a la reunión que debe tener lugar en la Capital de la provincia el día 15 del corriente con objeto de convenir lo necesario para la construcción del ferrocarril de Alicante a Almansa y para ello confieren al mencionado D. José Orts la autorización y facultades necesarias para el desempeño de su cometido (…)”. De nuevo el 3 de junio de 1852 quedó reflejado en el acta del Pleno del ayuntamiento un listado con nuevos nombres entre los mayores contribuyentes. En este caso aparecen Pedro Berdín, primohermano de José María Orts y Jorro (100). Pedro Berdín, a su vez tuvo un hijo llamado Pedro Berdín Orts, nacido en 1850, que desempeñó el cargo de alcalde de la villa de Benidorm en 1882, a los 32 años, durante los últimos años del reinado de Alfonso XII (101): “(…) 26 abril (…) Benidorm verá de nuevo como hijos de este pueblo pertenecen al gobierno de la Diputación. Así, en las elecciones de este órgano provincial es elegido por el Distrito de Villajoyosa don Francisco de Paula Orts Llorca, político del Partido Moderado-Conservador. Es Alcalde don Pedro Berdín y Orts, propietario, de 32 años, y habitador en la calle Consistorial (…)”. Pedro María Berdín y Orts tuvo dos hijos varones: uno a los 23 años llamado Pedro María Berdín y Fuster, que nació en 1873, y que falleció en Valencia el 27 de diciembre de 1903, a la edad de 30 años, como indica su lápida funeraria ubicada en el cementerio viejo de Benidorm. Y un segundo hijo nacido a una edad mucho más madura –39 años-, llamado Gaspar Berdín y Fuster, que nació en 1889 y falleció el 31 de agosto de 1968, a la edad de 79 años. Pedro Berdín Orts ocupó el cargo de alcalde muy poco tiempo, puesto que –fue relevado de su cargo primeramente por Vicente Devesa y Baldó, y posteriormente por su tío y a la vez suegro Cosme Fuster Pérez, casado a su vez con Consuelo Orts Jorro, hermana de 18


José Orts y Jorro- volviendo a retomar la alcaldía en julio de 1883 (102): “(…) don Cosme Fuster Pérez, quién deja la vara en primeros de julio de este año en manos de su sobrino e hijo político don Pedro Berdín y Orts (…)”. En 1860, Francisco de Paula Orts accedió al cargo de alcalde (103), utilizando a José Orts y Jorro para muchas funciones representativas del ayuntamiento. José Orts y Jorro fue nombrado por unanimidad el 6 de mayo de 1860 presidente de la mesa para la elección de la junta representativa del Sindicato de Riego por reunir los requisitos de inteligencia y confianza de la corporación (104). De nuevo, en junio, Francisco de Paula Orts nombró a José Orts y Jorro y a Cosme Fuster, -suegro de Pedro Berdín Orts,-, ambos familiares en segundo grado, para que le acompañen a la rectificación de la lista electoral (105). El 18 de noviembre de 1860 se incorporó a la vida política municipal José María Orts Berdín –hijo de José Orts y Jorro-, y su nombre aparece relacionado con las comisiones originales para la realización del censo. Concretamente, José María Orts Berdín formó parte de la comisión de la primera sección que se ocupó del casco urbano (106): “(…) partiendo desde la playa, de la Cruz, calle del Mar hasta la calle de San Pedro (…)”.. El mandato como alcalde de Francisco de Paula Orts finalizó el 1 de enero de 1861 con la toma de posesión del nuevo cargo, que fue José Berdín, hasta ese momento dedicado al ejercicio profesional como juez de paz (107): “(…) Por el Sr. Presidente se procedió a recibir el juramento a D. José Berdín nombrado Alcalde (…)”. José Berdín contó, a su vez, con Francisco de Paula Orts, para que formase parte de la nueva corporación, pero como concejal (108). En 1861 llegó el momento en que José Orts y Jorro había absorbido tantos cargos que ya no podía desempeñarlos, y por ello solicitó su renuncia al cargo de Depositario de los fondos comunes (109): “(…) se dio cuenta de la renuncia presentada por D. José Orts y Jorro del cargo de depositario de los fondos comunes. Fundado en las muchas atenciones que le ocupa el cargo de Asesor de Marina que está desempeñando (…)”. El ayuntamiento le otorgó la autorización a partir del 1 de marzo de 1861. José Orts y Jorro, a pesar de haber renunciado al cargo de depositario de los fondos comunes, todavía desempeñó el cargo –ese mismo año- de miembro de la Junta pericial con su primo hermano Pedro Berdín (110). 19


Y aparece como suplente para acompañar al alcalde José Berdín a la rectificación de los listados electorales, junto a Francisco de Paula Orts, que acude como concejal suplente (111): “(…) previa la circunstancia de saber leer y escribir (…)”. José María Orts Berdín –hijo de José Orts Jorro-, tomó posesión como alcalde el 1 de enero de 1863 (112): “(…) recibió el juramento a D. José María Orts Alcalde que le reemplaza y se retira dejando a éste la presidencia. Acto contínuo este nuevo Alcalde recibió juramento a cada uno de los Concejales nuevos que pasaron a ocupar sucesivamente los asientos vacantes (…)”. José María Orts Berdín también contó con Francisco de Paula Orts para que formara parte de su corporación, así como de José Berdín. José María Orts Berdín tan sólo gobernó Benidorm como alcalde a lo largo del año 1863, puesto que el 18 de diciembre de ese mismo año fue suspendido de su cargo, así como el resto de miembros de su corporación, por un oficio del gobernador civil de la provincia que atribuyó a haber cometido faltas graves en todos los ayuntamientos de Benidorm, desde el año 1859. Y ordenó que se llamase a los concejales de años anteriores para que en ese momento desempeñasen los mismos cargos que tuvieron en su momento. En este documento aparece José Orts y Jorro como miembro de la composición del ayuntamiento en 1856. Y de él se añade, que además fue uno de los miembros, a elegir entre otros nombres, para la configuración del nuevo ayuntamiento (113). En 1864 tuvo lugar un incidente que alteró la vida religiosa de Benidorm y que afectaba directamente a José Orts y Jorro. Se trató de la supresión de la misa de las once de la mañana, motivo que llevó al ayuntamiento a trasladar este tema al arzobispado y al gobernador (114): “(…) En la sala capitular de la villa de Benidorm a siete de marzo de 1864, reunidos en sesión extraordinaria los SS., que al margen se expresan bajo la presidencia de D. Joaquín Thous, Alcalde, se expuso por dicho señor que en el día de ayer Domingo seis del actual, habían acudido ante su autoridad muchos de los concejales presentes y la mayoría de los vecinos de este pueblo, interponiéndole sus quejas en razón de haberles faltado en el día de ayer la celebración de la misa, que a las once de la mañana de todos los días festivos y a la salida del sol de todos los no festivos, ha estado celebrándose en esta iglesia parroquial desde tiempos muy remotos, en atención a la cual se había visto precisado a convocar sesión extraordinaria a los SS., individuos del ayuntamiento para tratar con la detención que el caso requiera una cuestión tan vital para los intereses del vecindario, más para que pudiera entablar la 20


discusión con entero conocimiento de causa y poder tomar la resolución conveniente estaba en el caso, previo el parecer de los SS., concejales, de dar todo género de explicaciones y enterar a la corporación, que tenía el honor de presidir, de cuantos antecedentes, datos y noticias habrá adquirido, consultando para ello los documentos necesarios a este objeto. Dicho lo cual y prestado el consentimiento y conformidad unánime de la corporación continuó diciendo: en treinta y uno de diciembre e mil setecientos setenta y seis Mosén Tomás Orts, pbro., natural y vecino de esta villa otorgó testamento ante el escribano D. José Jorro, en cuya última voluntad se dispuso que desde aquella, fundaba en beneficio a capellanía de sangre, para cuyo sostenimiento señalaba una heredad situada en este término partida del Saltet, quedando obligado el poseedor de dicho beneficio a celebrar una misa diaria a la salida del sol los días no festivos, y a los días festivos a las once en punto de la mañana; Que dicha disposición testamentaria, como no ignora la corporación, ni el vecindario, ha venido observándose estrictamente y sin faltar un solo día hasta la muerte del último beneficiado poseedor de la finca D. Domingo Orts pbro., pasando después por disposición del gobierno de S.M. como bienes incluidos en la desamortización al pariente más inmediato para con la obligación según expresa la citada Ley, de satisfacer todas las cargas y gravámenes anejos al beneficio, y establecido por el fundador. Todas estas condiciones han venido observándose por parte del actual poseedor D. José Orts y Jorro como el más próximo pariente hasta el día de ayer, en que un número considerable de vecinos. Confiando en oír la misa de once, cuya celebración tiene lugar a la misma hora, todos los días festivos del año mil setecientos setenta y seis, vieron defraudadas sus esperanzas por haber dado orden D. José Orts, actual poseedor, al pbro. D. Pedro Climent para que cesara de celebrar la indicada misa dando con ello origen, a las quejas de los vecinos, y a la presente sesión extraordinaria. Enterados los SS., Concejales y después de una detenida discusión, en que fueron exponiendo, sucesivamente sus pareceres, convinieron por unanimidad que la conducta observada por D. José Orts estaba fuera de Ley puesto que ataca en primer lugar, a la voluntad del fundador que antes había sido respetada por el Congreso nacional, al discutir esta cuestión; en segundo lugar a la Ley del Reino, que al decretar la desamortización de esta clase de beneficios, fue a condición de que pasara al pariente más inmediato con todas las cargas a él anejas y en tercer lugar a los intereses de todo el vecindario; que desde una época remota, viene disfrutando de un derecho del que hoy se encuentra despojado. 21


En este estado y no poseyendo facultad esta corporación para obligar al cumplimiento de la Ley al D. José Orts y Jorro resolvieron ponerlo en conocimiento del Excmo., e Ymo., Sr. Arzobispo de esta Diócesis, como principal encargado de velar por los intereses espirituales de sus súbditos y del M.Y.S., Gobernador Civil de la Provincia como presidente neto de esta Corporación remitiéndole copia certificada de este acuerdo para que ambos tomen la resolución que crean más conveniente (…)”. El 3 de mayo de 1864 en sesión extraordinaria tomaron posesión de este Ayuntamiento –sin juramento-, José María Orts Berdín, Miguel Lloret, Vicente Baldó, Francisco de Paula Orts, Vicente Vives, Vicente Llorca, Cosme Fuster y Cosme Such (115). Cargos que tomaron posesión el 4 de mayo de 1864 (116), y que mantuvieron hasta el mes de enero de 1865 (117). En 1865 fue renovada la Junta Pericial cesando a los más antiguos y nombrando nuevos cargos. De modo que José Orts y Jorro y Francisco de Paula Orts –que eran miembros de la misma-, dejaron de detentar sus cargos (118). El 24 de septiembre de 1865 fue levantada la suspensión a la corporación encabezada por el que fue alcalde de Benidorm, José María Orts Berdín, -siendo alcalde en ese momento Pedro Juan Fuster (119): “(…) repetir cargo a los concejales D. José María Orts Berdín cuya suspensión ha sido levantada por B.O., de fecha de dos del presente mes los cuales hallándose presentes juran el cargo (…)”. En octubre de 1865 se produjo de nuevo un cambio de gobierno, siendo alcalde Pedro Juan Fuster, quién en octubre fue suplido -por enfermedad-, por Gregorio Barceló, quedando como primer teniente de alcalde Francisco de Paula Orts, y apareciendo José María Orts Berdín como último concejal de esa corporación. Juró el cargo de alcalde Miguel Lloret (120). El 9 de octubre de 1865 hubo otra contraorden del Gobierno Civil por lo que Pedro Juan Fuster, alcalde en ese momento, entregó la jurisdicción a Francisco de Paula Orts y Llorca (121), quién asumió el cargo de alcalde constitucional el día 12 de octubre de 1865 (122), cargo que le duró tan solo diez meses puesto que en agosto de 1866 el gobernador civil repuso en sus puestos a Pedro Juan Fuster y su equipo (123). En septiembre de 1866 fue nombrado presidente del Sindicato de Riego de Alfaz, por unanimidad, a José Berdín Berdín, -que era hermano de la suegra de José María Orts Berdín (124). Francisco de Paula Orts accedió al cargo de concejal el 19 de octubre de 1868 (125). 22


De nuevo, el Ayuntamiento encabezado por el alcalde Vicente Soria contó con la figura del abogado José Orts y Jorro en 1868, para que formase parte de la Junta Local de Instrucción Pública (126). Y en 1869 para formar parte de la comisión para la adquisición de la cañería de agua potable, de la que también formó parte Francisco de Paula (127). En 1869, José Orts y Jorro fue –además de todos los cargos representativos que tenía- asesor de marina (128). Francisco de Paula fue nombrado en 1869 comisionado del proyecto de la obra y facultado para la comisión del agua potable (129). Pedro María Orts Berdín, nacido en 1839 y fallecido en 1897, fue hijo de José Orts y Jorro y de Ángela Berdín Llorca. De profesión abogado y magistrado en la Audiencia de Valencia, desde 1883, tal como describe Ramón Llorens Barber en su obra (130): “(…) Desempeña ya tiempo cargos en la judicatura este ilustre benidormense, hijo de don José Orts y Jorro y de doña Ángela Berdín Llorca. Estudiante de Filosofía y Leyes en la Universidad de Madrid, acabó su carrera de Derecho en la de Valencia. Fue juez de 1ª Instancia de Pego, Denia, Torrijos, Alcalá y Cieza. Después de presidir la Audiencia de los Criminal de Llerena (Badajoz), pasó a la de Valencia como magistrado (…). Fueron publicados también los textos de este libro, como folletín, en las páginas del diario El Liberal, de Alicante entre los números de 1925 y 1954 (…). *o pudo el magistrado don Pedro María Orts y Berdín pedir el traslado de la Audiencia de Llerena, en Badajoz, a la de la vecina Altea, que hubiere podido presidir. Este año de 1892 quedaron suprimidas las Audiencias de lo criminal. Aquellos pueblos, que no eran capital de provincia y fueron agraciados con uno de estos superiores tribunales, pidieron su mantenimiento, pero no prosperaron las demandas, y esta jurisdicción pasó a las Audiencias Provinciales. Otras publicaciones, y colaboraciones en la prensa provincial dejó al insigne jurista (…) se trata de “Reseña histórica de los pueblos de La Marina”. Se apuntaba que su contenido comprendiese a los pueblos desde Villajoyosa a Denia. Apareció publicada esta reseña en las páginas de El Comercio, diario de Valencia. Algunas de las obras de este autor quedaron inéditas. Uno de sus primeros libros llevó por título: Lla mujer, su historia, su influencia y su educación” (x )(…)” (131). En 1899 nació Ignacio Orts Salvá, hijo de Pedro Orts Berdín y Josefa Salvá Orts, falleciendo en 1958. Se dedicó a los negocios que surgieron con el despertar del siglo XX: el transporte marítimo, la ganadería y la agricultura. Aunque su afición por las Ciencias Naturales llegó a ser tan importante como su trabajo: “Mi padre 23


construyó un barco de vela en los astilleros de Benidorm para dar trabajo a la gente que estaba en paro, y con él se dedicaba al transporte marítimo. También fue tratante de animales y tuvo una ganadería vacuna. E igualmente se dedicó a la agricultura, concretamente a la trilogía mediterránea del almendro, olivo y algarrobo. Tenía los terrenos de cultivo en Benidorm y en Sueca, y en esta última población construyó un enorme secadero y granero de arroz, y mandó construir una trilladora con motor inglés. Y además se dedicaba a la compra y venta de terrenos. Su afición por las Ciencias Naturales le llevó a comprarse un pequeño microscopio y con él se pasaba horas y horas estudiando la vida de los insectos y de las plantas” (132)”.

III. La teoría Higienista. 3.1. El siglo XVIII y el empirismo Higienista. En el último cuarto del siglo XVIII nació la corriente “Higienista”, que fue defendida especialmente por médicos, que basaron sus fundamentos en una teoría de conjunto que analizaba aspectos como (133): “(…) la falta de salubridad en las ciudades industriales, así como las condiciones de vida y trabajo de los empleados fabriles, proponiendo diversas medidas de tipo higiénicosocial, que pueden contribuir a la mejora de la salud y las condiciones de existencia de la población (…). Desde el campo de la higiene se tratan también, ampliamente, problemas de espacio urbano, como la limpieza y salubridad de las ciudades en su conjunto; pero a la vez aparecen servicios: mataderos, alcantarillado, cementerios (…) edificios públicos: hospitales, cárceles, templos (…)”. 3.2. Los miasmas. La Real Academia Española define “miasma” como efluvio maligno que, según se creía, desprendían cuerpos materiales corruptos o aguas estancadas (134). Los estudios realizados en el siglo XVIII por el italiano G.M. Lancisi destacaron que el viento era el encargado de trasladar los efluvios volátiles o miasmas provocando la muerte en el organismo humano. “(…) y hasta la segunda mitad del siglo XIX, gozarán de amplia aceptación todas aquellas prédicas que atribuyen a los miasmas el origen de las epidemias –tercianas, fiebre amarilla, 24


cólera, etc., tan extraños elementos, se definen usualmente como sustancias imperceptibles disueltas en la atmósfera, originadas por la descomposición de cadáveres, elementos orgánicos e incluso por emanaciones de enfermos (…)”. Igualmente el físico A. Cibat, reflejó en 1804 que: “(…) el núcleo de estas emanaciones malignas habría que situarlo en lugares de podredumbre: cloacas, cementerios, cárceles, etc., que deberán ser sometidos a vigilancia, limpieza y aislamiento (…)” (136). 3.3. La Real Cédula de 3 de abril de 1787. Los criterios higienistas obligaron a que los enterramientos cambiaran de ubicación: de las iglesias a los camposantos extramuros de las ciudades. Hasta que el monarca borbónico Carlos III, aprobó la Real Cédula de 3 de abril de 1787, -por la que se ordenaba la inhumación de los cadáveres en lugares específicos como fueron los cementerios situados en lugares abiertos y alejados de la población-; los enterramientos se realizan en el interior de las iglesias. Las clases sociales más bajas eran inhumadas en enterramientos que fueron denominados “vasos” (137), donde se iban amontonando los cuerpos hasta que la bóveda quedaba colmatada. Igualmente, las clases sociales acomodadas se enteraban en las iglesias, pero en capellanías –como ya se ha visto con la familia de Mosén Thomas Orts y sus descendientes-. Fue la epidemia de peste de Pasajes (Guipúzcoa), en el año 1781, la que desencadenó la promulgación de la Real Cédula de 3 de abril de 1787. En 1783 se dio a conocer que la epidemia fue originada en la iglesia de Pasajes, fruto de los efluvios o miasmas emanados de los enterramientos (138). La Real Cédula de 3 de abril de 1787 dio lugar al origen de un cementerio piloto que fue construido en el Real Sitio de la Granja de San Ildefonso (Segovia), proyectado por José Díaz Gramotes en 1784, y que contenía dentro de un recinto cerrado: una capilla, un cuarto para el capellán, la sacristía, el cuarto del sepulturero y un osario. Los nichos estaban dispuestos alrededor del muro perimetral, mientras que las sepulturas en el suelo se distribuían en el patio central. Fue un hecho generalizado en toda España que la aplicación de la Real Cédula de 3 de abril de 1787 no fuera inmediata, por lo que 25


en 1801, el ministro Godoy emitió una nueva orden con fecha de 28 de junio. En 1804 se ratificaba con matizaciones, por medio de una Orden Circular de 26 de abril, emitida por Calos IV. Y de nuevo años más tarde, el 19 de enero de 1808, Carlos IV emitió una real cédula en la que se prescribieron las normas de construcción de cementerios bien ventilados fuera de lugares habitados. Fernando VII promulgó una orden el 6 de noviembre de 1813, sobre el mismo tema (139), ya que durante la invasión francesa en la “Guerra de Independencia” se retornó a los enterramientos en suelo eclesiástico durante un tiempo (140).

3.4. La influencia de los Higienistas franceses sobre Carlos III. Para evitar las grandes mortandades de la población fruto de las epidemias causadas por efluvios que emanaban de los cadáveres en el interior de las iglesias, en Francia tuvo lugar la promulgación de una Ordenanza Real en el año 1776, por lo que fueron prohibidos los enterramientos en las iglesias. Lo mismo ocurrió en Bélgica en 1784, ordenando los enterramientos fuera del perímetro urbano. Los médicos higienistas franceses se reunieron en 1781, en la facultad de Medicina de París, donde concluyeron que los miasmas o vapores que emanaban de las sepulturas perjudicaban la salud creando infecciones y pestilencias. El reino de Saboya se sumó a las medidas higienistas en 1778 y 1779 (141). Carlos III bebió de las corrientes higienistas europeas y las implantó en España en 1787. Pero las costumbres de enterramiento no cambiaron inmediatamente, a pesar de los esfuerzos de la Corona española, sino que tuvieron que pasar muchos años hasta hacerse realidad.

3.5. Calos IV y el Edicto ?apoleónico de Saint-Cloud. Napoleón Bonaparte promulgó mediante Decreto de 23 de Pretil, año XII, 12 de junio de 1804, una ley orgánica sobre las sepulturas, que fue conocida como el Edicto Napoleónico de SaintCloud, y que prohibía cualquier tipo de enterramiento en iglesias, templos, sinagogas, hospitales, capillas públicas, disponiendo además, sobre la organización de los cementerios extramuros (142): “(…) de treinta y cinco a cuarenta metros debía ser la distancia 26


máxima de los lugares de inhumación con respecto al perímetro urbano, tales lugares deberían estar rodeados de árboles, para favorecer la salubridad del aire, y las fosas separadas unas de otras de acuerdo con unos espacios determinados y con una profundidad establecida (…)”. Italia secundó las ideas higienistas implantadas por Napoleón mediante la promulgación del Decreto de 5 de septiembre de 1806. Y Carlos IV, al tanto de lo que estaba ocurriendo en los países vecinos, y conocedor de las tesis higienistas, y de la primera legislación aplicada por su padre Carlos III, mandó redactar “La Novísima Recopilación de Leyes de España”, que en el título III, libro I, recogió la ley 1ª de Carlos III (9 diciembre 1786), que se refiere a los cementerios de las iglesias (entierro y funeral de difuntos), quedando de manifiesto que los únicos cuerpos difuntos que podrían enterrarse en las iglesias “(…) hayan de ser aquellas por cuya muerte daban los Ordinarios Eclesiásticos formar procesos de virtudes y milagros, o depositar sus cadáveres conforme a las decisiones eclesiásticas; y que los que podrán sepultarse, por haber escogido sepulturas, hayan de ser únicamente los que ya las tengan propias al tiempo de expedirse esta cédula. Para que todo se execute con la prudencia y buen orden que deseo en beneficio de la salud pública de mis súbditos decoro de los templos y consuelo de las familias cuyos individuos se hayan de enterrar en los cementerios, se pondrán de acuerdo con los Prelados eclesiásticos los Corregidores, como delegados míos y del Consejo en todo el distrito de sus partidos; procurando llevar por partes esta importante materia, comenzando por los lugares en que haya o hubiese habido epidemias, o estuviesen más expuestas a ellas, siguiendo por los más populosos y por las parroquias de mayores feligresías en que sean más frecuentes los entierros, y continuando después por los demás. E harán los cementerios fuera de las poblaciones, siempre que no hubiere dificultad invencible o grandes anchuras dentro de ellas, en sitios ventilados é inmediatos a las Parroquias, y distantes de los vecinos; y se aprovecharán para capillas de los mismos cimenterios las ermitas que existan fuera de los pueblos, como se ha empezado a practicar en algunos con buen suceso. La construcción de los cimenterios se executará a la menor costa posible, baxo el plan o diseño que harán formar los Curas de acuerdo con el Corregidor del partido, que cuidará de estimularlos, y expondrá al Prelado su dictamen en los casos en que haya variedad o contradicción, para que se resuelva lo conveniente. 27


Con lo que resolviese o resultase se procederá á las obras necesarias, costeándose los causales de fábrica de las Iglesias, si lo hubiere; y lo que faltare se prorrateará entre los partícipes en diezmos, inclusas mis Reales tercios, Excusados, y Fondo para pobres; ayudando también a los caudales públicos con miad o tercera parte del gasto según su estado, y con terrenos en que se haya de construir el cimenterio, si fuesen concejiles o de propios. Los Fiscales del Consejo se encargarán en esta parte de la más exacta y arreglada ejecución, y me darán cuenta de tiempo en tiempo de lo que se vaya adelantando; haciendo uso con los Prelados y Corregidores del reglamento del cimenterio del Real Sitio de San Ildefonso hechos con acuerdo del Ordinario eclesiástico, en el que sea adaptable, para allanar dificultades, resolver las dudas que puedan ocurrir en otros pueblos (…)” (143). Pero Carlos IV no paró ahí, sino que promulgó la real ordenanza el 15 de noviembre de 1766 en la que se disponía el traslado de todos los cementerios fuera de los centros urbanos, y mientras tanto los cuerpos difuntos debían de ser enterados a mayor profundidad. Orden que no fue consumada en Benidorm, puesto que a mediados del siglo XIX el párroco expuso ante la corporación municipal que la fuerte intensidad de unas precipitaciones producidas en la población arrastró la tierra en el cementerio dejando los cadáveres a la vista (144).

3.6. Legislación sobre cementerios bajo los reinados de Fernando VII e Isabel II. El rey Fernando VII incidió sobre el mismo tema, e igualmente su hija Isabel II, quién ordenó que fuesen construidos cementerios provisionales, donde no existiesen cementerios reglamentarios, mediante una Real Orden en 1828; posteriormente el 12 de mayo de 1849; de nuevo el 16 de julio de 1857; seguidamente el 6 de agosto de 1867, y por último el 19 de noviembre de 1867 (145): “(…) Que continúe indefinida la prohibición de enterar los cadáveres y de trasladar y colocar sus restos en las iglesias, panteones, o cementerios que estuviesen dentro del poblado. Que el permiso concedido por la regla 2ª de la real Orden circular de 19 de marzo de 1848 para trasladar cadáveres a cementerio o panteón particular se entienda si éstos se hallan situados fuera de las poblaciones (…)”.

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IV. De la transición de los enterramientos eclesiásticos a la construcción del primer cementerio extramuros. Como se ha visto con anterioridad, los enterramientos se realizaban en la iglesia parroquial de San Jaime y Santa Ana. De ahí que Mosén Thomas Orts solicitase una capellanía –que le fue aprobada-, con derecho de enterramiento para él y sus descendientes. El filólogo Pasqual Albiñana aporta un detalle más sobre la ubicación del cementerio eclesiástico, en 1781 (146): “(…) sea sepultado en la Iglesia vieja de esta villa y carnero común de ella (…)”. Pedro María Ortes Berdín amplió la descripción del cementerio situado en la iglesia (147): “(…) En la parte superior de esas dos plazas existía hacia el poniente, una modesta iglesia, y más arriba se encontraba la gran plaza de armas cuyo recinto formaba un aljibe artillado con siete cañones de 18-24-36 (…) El cementerio ocupaba la bóveda subterránea de dicho edificio, y al ser insuficiente se extendió al terreno contiguo hasta la construcción de la nueva iglesia; prohibidas las sepulturas por razones higiénicas el año 1812 volvió a utilizarse el primitivo depósito, y una vez profanado por los franceses se eligió el terreno donde en la actualidad se encuentra que cerrado con tapias se fue ensanchando según las necesidades (…)”. Por su parte, Antonio Yánez señala que en 1804 ya existía el primer cementerio extramuros de la población, situado en la partida de la Foia del Bol, concretando su ubicación (148): “(…) Pedro Llorca, labrador, vende a Francisco Thous una tierra de regadío en el “Campo Santo”. Linda con Camino de La Foyeta (…)”. Y sigue explicando: (…) *os hallamos pues en las cercanías del cementerio viejo, y el dato motivará revisar la historia de la construcción de éste, pues parece que ya existía en 1804, cuando se pensaba que el cementerio no había sido construido hasta después de la Guerra de la Independencia (…)”. Albiñana indica que las referencias sobre la ubicación del primer cementerio continuaron en años posteriores (149): “(…) situado en el Poblado de esta villa y Arrabal nombrado el Camposanto lindante (…) por delante de la playa del Mar (…)”. Los enterramientos continuaron produciéndose en el cementerio, según aparece registrado en las fuentes notariales, trabajadas por Almiñana. En 21 de junio de 1811, un vecino testó ante el escribano real de la villa de Benidorm, disponiendo que se le enterrase: “(…) en el cementerio de esta parroquia (…)”. El 9 de julio del mismo año 29


aparece otra referencia “(…) en el día quatro del corriente año y en el dispuso lo siguiente: mandó que su cadáver fuese enterrado en el cementerio de esta Iglesia (…)”. Los enterramientos en el cementerio continuaron con el paso de los años. De modo que el de abril de 1812: “(…) izo testamento día veinte y quatro de Agosto del corriente año (…) y en el dispuso que se enterrase (…) en el cementerio de esta Iglesia (...)”. En 1822 también se le conocía a la zona del cementerio por “Barrio Santo” (150): “(…) Ángela Llinares permuta una casa en el “Barrio Santo” o “Covetes del Moro” por otra en el mismo barrio (…)”. En 1831, el cementerio aparece descrito en el Libro de Defunciones de la parroquia de San Jaime y Santa Ana (151): “(…) En la parroquia de Benidorm y su Cementerio día veinte y nueve de Agosto de mil ochocientos treinta y uno se dio sepultura eclesiástica Amore Dei, pasadas veinte y cuatro horas, del cadáver de Gaspar Llinares que falleció hayer con los santos sacramentos, consorte de Josefa Llorca, e hijo de Gaspar y de María Llorca, de que certifico. D. Agustín Galiana (…)”. Igualmente aparece la referencia como cementerio de la villa de Benidorm (152). En 1864, la situación del cementerio era precaria, debido fundamentalmente a las inhumaciones sufridas en la villa de Benidorm la noche del 7 de abril (153), que afectaron profundamente al campo santo (154): “(…) D. Joaquín Thous Alcalde estando en suficiente mayoría se dio cuenta por dicho Sr. Presidente que el sr. Cura párroco de esta villa, se había presentado manifestando que la cerca o paret que circunvala el lugar donde está situado el camposanto de esa villa, se había hundido a causa del aguacero e inundación sucesiva que había sufrido este término dejando a merced de los animales dañinos los restos morales de los que allí yacen, y que el motivo de ponerlo en conocimiento de la autoridad es porque se veía en la imposibilidad de reparar el daño de los fondos de fábrica en atención a no contar en la actualidad más que con atrasos en este sentido, según podría verse por los documentos que estaba dispuesto a exibir; en vista de lo cual y de la perentoriedad y vigencia del caso, le pone en conocimiento de la corporación (…)”. Las precipitaciones volvieron a repetirse la noche del 18 de abril de 1864, y empeoraron la situación del cementerio (155): “(…) Que en la noche del día siete del actual descargó sobre esta Villa y término, como a todos es notorio, un terrible aguacero seguido de inundación, el cual repetido la noche del diez y ocho, aunque no con 30


tanta intensidad había causado el cúmulo de daños y perjuicios que hoy se deploran (…)”. Unos meses después, concretamente el 17 de noviembre de 1864, todavía continuaba sin arreglar el muro perimetral derruido, por lo que –siendo alcalde José María Orts Berdín- fue aprobada por unanimidad su reparación (156): “(…) habiendo caído un lienzo de pared en el cementerio de esta villa, quedando por ello franca entrada (…) profanar tan sagrado sitio y particularmente a los animales dañinos que se alimentan de cadáveres, siendo de imprescindible necesidad recurrir a la reparación del asilo que guarda los restos de nuestros padres, se presupuestan quinientos reales de vellón (…)”. Parece ser que la situación general de los cementerios del arzobispado de Valencia seguía siendo deplorable en 1865, puesto que según la información recopilada en la visita pastoral ejecutada ese mismo año (157): “(…) Hemos observado en los cementerios, menos cuidado del que reclaman la Humanidad, la religión y el respeto debido a los restos mortales de nuestros hermanos. Mandamos por tanto a los curas y vicarios; y exortamos a los Alcaldes, Ayuntamientos, a que cada uno en su línea, procuren de consumo que las paredes y puertas tengan la solidez, elevación y consistencia, necesarias para cortar profanaciones, entradas de ganados y de animales carnívoros; que haya una Cruz proporcionada de hierro; de madera o de piedra, sobre la puerta, y otra mayor en el centro del cementerio que se arranque la maleza; que los huesos que salen a la superficie se coloquen en el osario; y que los enterramientos se hagan por [ilegible], para que no tengan lugar los espectáculos tan repugnantes, de abrir sepulturas sacando cadáveres casi enteros (…)”. 1877 fue la fecha en que fue inaugurado el último ensanche del cementerio de la Foia del Bol, como cita el historiador y jurista benidormero Pedro María Orts Berdín (158): “(…) por último el ensanche del cementerio, estableciendo depósito de cadáveres, capilla, panteones, nichos, andenes, arbustos y flores, que hacen digna la morada de los muertos (…)”. Cita Llorens Barber la referencia aparecida en el medio de comunicación local “El Canfali” en 1887 (159): “(…) el magnífico pensamiento de nuestro municipio de construir o cuanto menos ensanchar el Cementerio existente, que dicho sea entre paréntesis, mejor parece sitio donde tenga un peligro constante la salud (…) como quiere que las cajas municipales no podían prestar todo lo necesario para la obra, bueno es que el pueblo ayude (…)”. 31


Y continua especificando Ramón Llorens (160): “(…) Sin duda, el cementerio debió ser remozado o casi construido de nuevo porque fue establecido un “Reglamento para la conservación, administración y cuidado del cementerio de Benidorm”, que fue publicado para que todos lo conocieran y cumplieran (…)”. En 1895, se produjo otra visita pastoral en la que se describió el estado del cementerio en ese momento (161): “(…) Cementerio: está administrado por el ayuntamiento, tiene distribución departamental para párvulos, adultos y sacerdotes. Hay lugar independiente, para los que mueren fuera del seno de la Iglesia (…)”. Los libros de actas del ayuntamiento refieren como en 1897 el cementerio tenía un funcionario que se encargaba del mismo, ejerciendo el cargo de conserje. Fue Jaime Galiana, a quién el Ayuntamiento le abonaba un sueldo trimestral –variable, según la información recopilada- (162): “(…) también se autorizó al Alcalde para que con cargo al presupuesto actual ordene los pagos a los empleados del Ayuntamiento del actual trimestre los cuales son (…) nueve pesetas a Jaime Galiana del actual trimestre como conserje del cementerio (…)”. Parece ser que durante un mismo año, Jaime Galiana, cobró diferentes cantidades por trimestre. Por el tercer trimestre, supuestamente del año anterior 1896, cobró el 21 de marzo, 102 pesetas con 50 céntimos. Un mes después, el 25 de abril cobró los haberes de conserje del cuarto trimestre, también del año anterior 1896. Ya no aparecen más pagos hasta el 22 de agosto de 1897 en que se reflejan nueve pesetas del trimestre en curso. De nuevo, Jame Galiana, volvió a cobrar por mes, el 1 de octubre de 1897, la cantidad de 30 pesetas con 50 céntimos (163). La misma cantidad que le fue pagada el 7 de noviembre de 1897 (164), y el 31 de diciembre de 1897 (165).

4.1. La distribución de los enterramientos en el cementerio de la Foia del Bol. Como ya se ha visto, en la última visita pastoral del año 1895, el camposanto tenía una distribución específica. Por un lado, se encontraba el cementerio católico, en el que se disponían tres tipos de enterramientos: párvulos, adultos; y sacerdotes. Independientemente se encontraba el cementerio civil que acogía los cuerpos de los fallecidos por suicidio, los no bautizados y los de otras religiones que no fuese la católica. 32


La única petición-para la adquisición de un terreno en el cementerio y la construcción de un panteón-, registrada en los libros de actas del ayuntamiento de Benidorm, se produjo en 1870 y Juan Thous y Carera quién la solicitó. Don Juan Thous, como fue conocido entre el vecindario, fue un personaje importante del Benidorm decimonónico, -cuyo hermano había ejercido de alcalde a mediados de siglo-, y él había pertenecido a la Junta Local de Sanidad, ejerciendo un papel importantísimo y ejemplar en la lucha contra el cólera morbo. Gracias a la solicitud demandada por Juan Thous y Carera, actualmente se puede conocer –con un poco más de detalle- cual fue la distribución del cementerio, y sus límites (166): “(…) instancia presentada por Don Juan Thous y Carrera, propietario y vecino de esta villa, deseando edificar en el Campo Santo de la misma un panteón con el carácter de perpetuidad en el sitio que se considere conveniente previa la designación del valor del terreno comprendido de siete metros de longitud, tres metros cincuenta y tres centímetros latitud y tres metros de altura. Los Señores concejales, teniendo en consideración las virtudes de Doña Catalina Thous y Cerdá, tanto en la parte religiosa como en su solicitud por el alivio de la clase de pobres a la que se destinó durante su vida, como consta a los concursantes, y considerando que el panteón solicitado por D. Juan Thous puede servir de ornato al Cementerio y hasta se apoya en la pared que le circunda, puede concederse su construcción en la parte céntrica de la zona alta de lo nuevo que mira al oriente como terreno destinado a la edificación de nichos, previa tasación del terreno, por el maestro alarife D. Francisco Lloret y Pérez de esta vecindad (...)”. Dicha solicitud fue aprobada por el Pleno el 2 de marzo de 1870 (167): “(...) Reunidos en la Sala Capitular los Sres. Concejales que al margen se expresan con número suficiente para celebrar sesión bajo la presidencia de Don Vicente Soria y Ortuño alcalde primero constitucional (…) Acto seguido por el infraescrito se puso de manifiesto el expediente sobre certificación en este cementerio de un panteón con el carácter a perpetuidad solicitado por Don Juan Thous en el que aparece ya la relación jurada del alarife don francisco Lloret y Pérez y partiprecio del terreno que ha de ocupar, según quedó tratado en la última sesión, su potante está en veinte escudos. Los dos concejales dispusieron de tratar detenidamente sobre el particular, convinieron en que podría contribuir el espresado Panteón solicitado por D. Juan Thous y Carrera para depositar los restos mortales de su difunta hija Dª Catalina Thous y Cerdá y los de la familia del solicitante por la espresada cantidad de 33


veinte escudos, por constarles que en el punto donde se halla el cementerio el terreno es de muy ínfimo valor (…)”. Hay que tener en cuenta que la descripción del cementerio en 1870 es anterior a la ampliación del mismo, que tuvo lugar en 1887. Y en este momento no fue descrita vegetación de ningún tipo en el camposanto, como narró Orts Berdín posteriormente. Pasó exactamente un siglo desde la promulgación de la Real Cédula de Carlos III en 1787 en que fue dispuesto como debían ser los cementerios extramuros, hasta que el camposanto de Benidorm reunió todos los requisitos que se pedían para la construcción del mismo en 1787. Un hecho que fue generalizado en todas las poblaciones de la provincia de Alicante.

V. El control del gobierno municipal ejercido por los Orts en el siglo XIX, y la aplicación de las medidas Higienistas.

La relación existente entre Joseph Orts García –abogado de los Reales Consejos- con el gobierno de Carlos III, y en especial con José Moñino, Conde de Floridablanca, coincidió en el tiempo con la promulgación del Real Decreto del 3 de abril de 1787. Hecho que presumiblemente pudo influir en la aplicación del mismo en Benidorm, puesto que tanto los ascendentes de Joseph Orts García, como sus descendientes ocuparon cargos directivos en el gobierno municipal de la villa de Benidorm, como se ha visto. En 1776 Mosén Thomás Orts solicitó la aprobación de una capellanía para derecho de enterramiento de él y de sus descendientes; capellanía que le fue aprobada por Real Orden unos años antes de que fuese promulgado el Real Decreto de 3 de abril de 1787, y antes de que fuese construido el templo actual de la parroquia de San Jaime y Santa Ana. Posiblemente la construcción del primer cementerio extramuros se realizase durante la alcaldía de José Orts y Orts, que tuvo lugar en las primeras décadas del siglo XIX, aunque las fuentes archivísticas en la actualidad no lo reflejan, puesto que faltan libros correspondientes a las primeras décadas del siglo XIX. Se ha visto, igualmente, el total apoyo de José Orts y Orts a la causa borbónica, apoyando incondicionalmente tanto a Carlos IV, como a Fernando VII, particularmente y activamente como Voluntario Realista, siendo investigado posteriormente para ver si tuvo relación con los Carlistas. Hecho que presumiblemente pudo estar muy vinculado con la aplicación de la legislación sobre 34


enterramientos extramuros, puesto que se ha observado como el primer cementerio ya estaba en funcionamiento en 1804. Pero en cambio, las pocas actuaciones y mejoras que se efectuaron en el cementerio de Benidorm, se hicieron durante el ejercicio en el gobierno municipal de José Orts y Jorro, Francisco de Pula Orts, Maximiliano Orts, Pedro Berdín, Pedro Berdín Orts y José María Orts Berdín. Como se recordará, el lienzo de la pared perimetral del cementerio se derrumbó por las lluvias, siendo alcalde Joaquín Thous y Carrera en 1864, pero no fue él quién la mandó reparar, sino su sucesor José María Orts Berdín, a finales del año 1864. Pedro María Orts Berdín –jurista e historiador-, tenía 48 años cuando tuvo lugar la inauguración del ensanche del cementerio. Él narró en su libro la historia de Benidorm, -en primer lugar, porque la vivió personalmente, y en segundo lugar, porque conoció todas las referencias sobre los enterramientos en la iglesia de San Jaime y Santa Ana y primer cementerio extramuros, a través de fuentes orales procedentes de sus familiares, que habían desempeñado todos ellos cargos de relevancia en las diferentes corporaciones municipales, a lo largo de los siglos XVIII y XIX. Pedro María Orts Berdín fue el que recibió mayor influencia de las teorías higienistas, y que va reflejando en su obra “Apuntes históricos de Benidorm” a través de los cambios que acaecieron en la fisonomía urbanística de Benidorm, a lo largo del siglo XIX. Habla de la situación del matadero, del hospital, del cementerio, de la extracción del agua mediante norias. En concreto, de todo lo que afectó a la sanidad local y a las normas de higiene y asepsia municipales. 5.1. El matadero. La descripción que efectuó Pedro María Orts Berdín de Benidorm antes de la construcción del matadero era totalmente deplorable (168): “(…) Varias son las obras construidas en este siglo (…) el matadero situado en la playa, que evita la asquerosidad de algunas calles convertidas antes en lagunas de agua, sangre, desperdicios de animales sacrificados (…)”.

5.2. El agua potable. Lo mejor es leer directamente la descripción de Orts Berdín con respecto a este tema (169): (…) Abastecido se halla el 35


vecindario con los innumerables depósitos que se han construido en el casco e inmediaciones de la población: mejora debida exclusivamente a sus hijos, que han cambiado el agua salitrosa de los antiguos pozos, por otros de inmejorables condiciones higiénicas (…) a la que se consume conservada en aljibes de las fuentes el barranco de Polop, cuya acequia advierte a la intemperie sirve de lavadero público, a varios pueblos y de sumidero de objetos putrefactos muchas veces (…) hoy que han mejorado las aguas potables con los depósitos construidos y desaparición de los pozos de la calle Alameda y Horno, que por sus sustancias químicas producían algunas enfermedades de la orina, que se han instalado muchas norias que causaban en el verano intermitentes, que se han saneado las calles desapareciendo algunos focos de infección (…)”.

5.3. El hospital. Pedro María Orts Berdín cita en su obra a Jaime Orts, como fundador del hospital. Un personaje perteneciente a sus ancestros, del que dice textualmente (170): “(…) Posteriormente otra persona piadosa, don Jaime Orts fundó un hospital para pobres, enfermos y transeúntes, y un alcalde, cuyo nombre no hace al caso, tuvo la feliz ocurrencia de permutar por una casita vieja cuasi arruinada que existe en una de las extremidades de la población donde las intermitentes espantaban a los pacientes, y a poco dicho edificio, si merecía tales honores vino al suelo desapareciendo el albergue caritativo y la filantrópica idea del fundador. Las municipalidades que se han sucedido, han visto impasibles la pérdida de este asilo, y el común indiferente siempre a sus intereses, por sagrados que sean, no se ha intentado siquiera la menor protesta (…): Si analizamos los grandes hospitales higiénicamente, nos convenceremos de que son focos de corrupción. El aire que se respira no es puro y, con dificultad puede proporcionarle mejor al enfermo que tanto lo necesita, la limpieza no suele ser esmerada, el ruido es molesto, la asistencia es deficiente, y los enfermos efectos de esos inconvenientes contraen enfermedades que no tenían, los leves se agravan, los crónicos no se curan y la mortalidad es desproporcionada. Los legisladores así lo entendieron. El proyecto de sanidad pública de 1821 entre otras cosas decía “desterradas la vagancia y la mendicidad, el instituto sanitario condena los grandes hospitales, para la curación de los pobres enfermos, y reclama la institución de la hospitalidad domiciliaria como mejor, más buena, menos costosa, y preferente en 36


un todo a aquellos establecimientos, centros por lo común de mil vicios y desórdenes, y en los cuales lejos de conseguirse los fines de la creación se hacen más graves, difíciles e imperfectos en los grandes resultados las curaciones de los infelices dolientes”. El proyecto de beneficencia presentado al Senado en 1838, a lo expuesto añadía “la hospitalidad domiciliaria es la regla general, la pública, la excepción”. Los hospitales fueron creados para transeúntes, peregrinos, extranjeros, debido a la iniciativa particular (...) que siempre son preferibles los auxilios domiciliarios, temporales a esos centros perpetuos llenos de defectos y de vicios. Los grandes hospitales debían reemplazarse por cofradías, juntas parroquiales, casas de socorro, centros pequeños, que inmediatamente y sin cortapisa alguna, auxiliaron al necesitado; y a este fin escitase por todos los medios imaginables la caridad privada que no humilla, que no priva de la independencia. Estas reformas son difíciles, costosas (...)”. Una teoría, la de Orts Berdín, que a pesar de tener más de cien años de diferencia, podría ser hoy perfectamente de actualidad en esta sociedad.

5.4. Sistemas de riego: las norias. El historiador y jurista Orts Berdín reflejó como eran los sistemas de riego coetáneos a la época en que vivió (171): “(…) la deficiencia de los riegos efecto de la mala administración, obligó al labrador a abrir pozos en la parte baja de los terrenos y colocar unas norias de madera y hierro, cuyo número excedió a poco de 30. Desgraciadamente tropezaron con los inconvenientes de que el agua encontrada era salitrosa agua que no producía buen efecto en la vegetación, y lo que es más grave, que los depósitos causaban algunas intermitentes, y se vieron obligados a ir abandonando estos artefactos (…)”.

VI. ?otas bibliográficas. (1). LBPSJ. (Libro de Bautismos de la Parroquia de San Jaime y Santa Ana de 1696 a 1790). Página 1 reverso. 25 julio, 1696. (2). LBPSJ. Ibidem. Nacido el 26 de abril y bautizado el 1 de mayo, 1696. (3). LBPSJ. Ibidem. 25 noviembre, 1701. (5). LBPSJ. Ibidem. 30 mayo, 1709. (6). LBPSJ. Ibidem. 23 enero, 1712. 37


(7). LBPSJ. Ibidem. 24 diciembre 1713. (8). LBPSJ. Ibidem. 15 enero 1715. (9). LBPSJ. Ibidem. 17 enero 1715. Nacida el 15 de enero de 1715. (10). LBPSJ. Ibidem. Página 36 anverso. 9 marzo 1718: “(…) Padrinos Mosén Thomás Orts y preveré y Ángela Orts (…)”. (11). LBPSJ. Página 40 anverso. 2 noviembre 1719. Jaime Thomás Orts Such nació el 29 de octubre de 1719. (12). LBPSJ. Página 45 reverso. 4 octubre 1721. (13). LBPSJ. Página 51 anverso. 3 noviembre 1723. (14). LBPSJ. Página 51 reverso. 5 diciembre 1723. Don Joseph Tous y doña Thomasa Sans –posiblemente hija del que fue escribano de la condesa de Montealegre, Thomás Sans-, bautizaron a su hija a la que llamaron Rosa María. Fue bautizada por el presbítero Nadal López, y fueron sus padrinos Don Felipe Jorro y Doña Esperanza Tous”. (15). LBPSJ. Página 60 reverso. 27 octubre 1725. (16). LBPSJ. Página 59 reverso. 3 agosto 1725. Joseph Manuel Francisco nació el 31 de julio de 1725. (17). LBPSJ. Página 54 reverso. 24 octubre 1724. (18). LBPSJ. Página 67 anverso. 9 agosto 1728. (19). LBPSJ. Página 75 anverso. 7 julio 1730. (20). LBPSJ. Página 81 anverso. 28 junio 1732. (21). LBPSJ. Página 91. 8 mayo 1735. (22). LBPSJ. Página 97 anverso. 25 febrero 1737. (23). LBPSJ. Página 104 reverso. 27 marzo 1739. (24). LBPSJ. Página 110 reverso. 10 abril 1741. (25). LBPSJ. Página 93 anverso. Febrero 1736. (26). LBPSJ. Página 105 anverso. 17 abril 1739. (27). LBPSJ. Página 110. 12 marzo 1741. (28). LBPSJ. 7 diciembre 1743. (29). LBPSJ. Página 130 reverso. 15 marzo 1745. (30). LBPSJ. Página 437 reverso. 23 febrero 1781. (31). LBPSJ. Página 47 vuelto. 24 marzo 1784. (32). ARV (Archivo Reino de Valencia). (33). Las dos vías de acceso a la magistratura fueron la pertenencia a los Colegios Mayores y el ejercicio en los Reales Consejos. MOLAS RIBALTA, Pere. “Los magistrados de la Ilustración”. Centro de Estudios Políticos y Constitucionales. BOE. Madrid. 2000. Página 148. (34). ORTS BERDÍN, Pedro María. “Apuntes históricos de Benidorm”. Alicante. Est. Tip de El Liberal. 1892. Página 127, 128 (1). Carta del ministro Florida Blanca al doctor Orts 1790. (35). LBPSJ. Página 150 anverso. 5 octubre 1800. (36). LBPSJ. Página 170. 20 marzo 1802. (37). LBPSJ. Página 221 anverso. 1 enero 1805. 38


(38). LBPSJ. Página 267 anverso. 23 diciembre 1806. (39). LBPSJ. Página 350 anverso. 20 diciembre 1808. (40). LBPSJ. Página 410. 31 agosto 1810. (41). LBPSJ. Libro de Bautizos de 1811 a 1824. Página 39 reverso. 26 diciembre 1811. (42). LBPSJ. Ibidem. Página 37 reverso. 20 noviembre 1811. (43). LBPSJ. Ibidem. Página 64 anverso. 14 julio 1812. La grafía del apellido Chorro pasa a escribirse Jorro en el siglo XIX. Igualmente ocurre con la grafía del apellido Sanç que se escribirá Sans a partir del siglo XIX. Y con el apellido Rusafa que pasará a escribirse Ruzafa. (44). Visita de la parroquial iglesia de San Jaime y Santa Ana del lugar de Benidorm en el año 1792. (45). Ibidem. (46). LAAB (Libro Actas Ayuntamiento Benidorm). 7 febrero 1732. Página 1 reverso. (47). LAAB. Página 1. 5 marzo, 1732. (48). LAAB. Página 4 reverso. 15 abril, 1732. “(…) En el castillo de la villa de Benidorm en cinco días del mes de marzo de mil setecientos treinta y dos años (…)”. LAAB. Página 1. 5 marzo 1732. (49). LAAB. Juramento de los Alcaldes, Regidores y Síndico de la villa de Benidorm. 15 abril 1732. Página 5 reverso y 6 anverso. (50). LAAB. Deliberación sobre tomar quintas a los alcaldes y regidores antecesores y otras cosas. Página 6 reverso. 22 abril 1732. (51). LAAB. Ibidem. 4 junio 1732. Página 7 anverso. (52). AMILLO ALEGRE, Francisco. “Beatriz Fajardo de Mendoza y la Carta Puebla de Benidorm (1666”). Benidorm. Caixaltea/Ayuntamiento Benidorm/Centro Estudios Logan/Copia Benidorm. 2003. Página 19. (53) Ibidem. Página 29. (54). ORTS BERDÍN, Pedro María. “Apuntes históricos de Benidorm”. Opus citais. (55). Opus citatis. (56). LBPSJ. Página 170. 20 marzo 1802. Opus citatis. (57). LDPSJ (Libro Defunciones Parroquia de San Jaime y Santa Ana). Cuerpos mayores de 1859 a 1879 Página 26. Año 1860. Cuerpo nº 37. (58). Ibidem. Página 298. Cuerpo nº 24. Aparece inscrita en el año 1905, aunque cita que falleció en 1900. (59). Ibidem. Página 201. Cuerpo nº 16. En su partida de defunción faltan datos, ya que no se especifica el motivo de su fallecimiento. La partida de defunción fue firmada por el párroco Juan B. Catalá. (60). Ibidem. Página 289. Cuerpo nº 21 (61). Ibidem. Páina 248 reverso. Cuerpo nº 43. (62). Ibidem. Página 210 anverso. Cuerpo nº 60. 39


(63). ORTS I BOSCH, Josefina. Nacida en 16 de noviembre de 1922 en Valencia. Nieta de Pedro María Orts Berdín, jurista e historiador. Dedicada a diversas actividades turísticas y actualmente jubilada. Entrevista realizada el 10 de febrero de 2007. (64). LDPSA. Año 1861. Página 43. Cuerpo nº 42. entierro se produjo el 25 de septiembre de 1861. (65). Ibidem. Página 308 reverso. A pesar de que murió el 8 de mayo, el párroco registró su defunción el 15 de mayo. (66). Ibidem. Año 1860. Cuerpo nº 16. (67). Ibidem. Página 96. Cuerpo nº 2. (68). La primitiva vivienda se escindió en dos partes a principios del siglo XX, perteneciendo uno de ellas a Josefina Orts i Bosch y la otra, a Amalia Orts, sobrina de Josefina. (69). YAÑEZ, Antonio. “Calles, barios y monumentos de Benidorm”. Gráficas Díaz. San Vicente del Raspeig. 1998. (70). ALMIÑANA OROZCO, Pasqual. “Els topònims de Benidorm (1321195)”. Colecció Pagines de Benidorm nº 3. Benidorm. Ayuntamiento Benidorm 2001. Páginas 80 y 81. (71). Ibidem. Página 80. (72). YAÑEZ, Antonio. Opus citatis. Página 17. Protocolo 113. 9 octubre 1802. (73). Ibidem. Página 17. Protocolo nº 17. febrero 1809. (74). Ibidem. Página 18. Protocolo nº 155. 2 septiembre 1810. (75). Ibidem. Página 18. Protocolo nº 46. 20 febrero 1811. El autor aclara que “(…) Debe referirse a una zona próxima al torejón, que se llamaba playa de la Chanca, por estar allí la chanca o lugar donde se preparaba la salazón de pescado (…)” (76). Ibidem. Página 18. Protocolo nº 121. 30 julio 1829. (77). Ibidem. Página 18. Protocolo nº 15. 12 septiembre 1813. (78). Ibidem. Página 19. Protocolo nº 202. 21 septiembre 1813. (79). Ibidem. Página 19. Protocolo nº 29. 29 diciembre 1820. (80). Ibidem. Página 19. Protocolo nº 235. 2 noviembre 1813. En ese documento se identifica a José Orts como alcalde. (81). Ibidem. Página 20. Protocolo nº 250. Agosto 1813. (82). Ibidem. Página 20. Protocolo nº 280. 8 diciembre 1813. (83). Ibidem. Página 22. Protocolo nº 100. 6 mayo 1824. El autor señala que la calle Playa del Mar de la Chanca se identifica hoy con Virgen del Sufragio. (84). Ibidem. Página 23. protocolo nº 46. 21 febrero 1827. El autor señala que la calle Galería del Mar se identifica hoy en día con Plaza Castelar. (85). ORTS BERDÍN, Pedro María. “Apuntes históricos de Benidorm”. Opus citatis. Página 134. 40


(86). Año 1834. Borrador de oficios de esta villa de Benidorm. Cata dirigida al gobernador civil de la provincia. 28 noviembre 1834. Página 32 reverso. (87). Ibidem. Página 32 reverso y 33 anverso. (88). Año 1834. Borrador de oficios de esta villa de Benidorm. (89). Ibidem. Circular 22 abril 1834, dirigida al subdelegado provincial de Fomento sobre los arbitrios. recibida el 2 mayo. Página 7. (90). Ibidem. Carta dirigida al comandante de armas del partido de Alcoy. 26 julio 1834. Página 11 reverso. (91). Ibidem. Carta al Comandante de armas del puesto de Alcoy en el Ayuntamiento. Página 12. (92). Opus citatis. Protocolo 235. 2 noviembre 1813. (93). LAAB. 1 febrero 1852. (94). LAAB. Acta 29 febrero 1852. 4 abril 1852. página 19 reverso. (95). LAAB. Acta 29 febrero 1852. (96). LAAB. Acta 7 mayo 1852. Página 14 anverso reverso. (97). LAAB. Acta 2 junio 1852. (98). ORTS I BOSCH, Josefina. Opus citatis. (99). LAAB. Acta 5 junio 1852. Página 28 reverso. (100). LAAB. Ata 3 junio 1852. Página 32 reverso. Acta 13 octubre 1852. Página 2 anverso. Acta 26 septiembre 1868, sesión extraordinaria. Acta 5 diciembre 1852. Página 68 anverso. Acta 15 julio 1860. Acta 22 julio 1860. Acta 30 septiembre 1860. Acta 15 octubre 1860. Acta 4 diciembre 1860. Página 68 reverso. Acta 24 diciembre 1860. Acta 30 diciembre 1860. Acta 24 julio 1861. Acta 12 noviembre 1861. Acta 23 diciembre 1861. Acta 20 febrero 1862. Acta 28 diciembre 1862. Página 43 anverso. Acta 25 enero 1863. Acta 8 junio 1864. Acta 17 noviembre 1864. Acta 5 agosto 16. (101). LLORENS BARBER, Ramón. “Francisco Zaragoza y Such. Benidorm 1875-Santiago de Cuba 1898. Crónica de la vida y del heroísmo de un marino benidormense. Benidorm”. Ayuntamiento Benidorm. 1998. Página 115. Año 1882. (102). LLORENS BARBER, Ramón. Opus citatis. Página 130. Año 1883. (103). LAAB. Acta 1 enero 1860. (104). LAAB. Acta 6 mayo 1860. Página 22 anverso y reverso. (105). LAAB. Acta 29 junio 1860 Página 28 reverso. (106). LAAB. Acta 18 noviembre 1860. Página 66 anverso y reverso. (107). LAAB. Acta 18 noviembre 1860. Página 66 anverso y reverso. (108). LAAB. Acta 1 enero 1861. Página 2 anverso y reverso. (109). LAAB. Acta 1 enero 1861. Página 2 anverso y reverso. (110). LAAB. Acta 24 febrero 1861. (111). LAB. Acta 7 abril 1861. Página 19 anverso. Acta 2 octubre 1861. (112). LAAB. Acta 29 junio 1862. Página 20 anverso y reverso. (113). LAAB. Acta 1 enero 1863. Página 1 anverso. 41


(114). ). LAAB. Acta 20 diciembre 1863. Página 54 reverso y 55 anverso. Acta 12 diciembre 1863. Página 53 reverso. Acta 18 diciembre 1863. Página 52 reverso. (115) LAAB. Acta 7 marzo 1864. (116). LAAB. Acta 3 mayo 1864. (117). LAAB. Acta 4 mayo 1864. (118). LAAB. Acta 7 enero 1865. Página 31 anverso. (119). LAAB. Acta 12 febrero 1865. (120). LAAB. Acta 24 septiembre 1865. (121). LAAB. Acta 5 julio 1865. Acta 1 octubre 1865. (122). LAAB. Acta 9 octubre 1865. (123). LAAB. Acta 12 octubre 1865. (124). LAAB. Acta 1 agosto 1866. (125). LAAB. Acta 16 septiembre 1866. (126). LAAB. Acta 19 octubre 1868. (127). LAAB. Acta 25 octubre 1868. (128). LAAB. Acta 3 febrero 1869. Página 3 reverso. (129). LAAB. Acta 20 junio 1869. Página 21 anverso. (130). LAAB. Acta 22 noviembre 1869. Página 42 anverso. (131). LLORENS BARBER, Ramón. Opus citatis. Página 276 y 277. El autor cita textualmente “(…) (x) datos tomados de la biografía que nos dejó en los dos tomos impresos en su ensayo manuscrito “Ensayo biobiográfico”(…)”. Op.cit.en t-II. Página 244. (132). ORTS I BOSCH, Josefina. Nacida el 16 de noviembre de 1922 en Valencia. Nieta de Pedro María Orts Berdín, jurista e historiador. Dedicada a diversas actividades turísticas y actualmente jubilada. Entrevista realizada el 20 de febrero 2007. (133). URTEAGA, Luis. “Miseria, miasmas y microbios. Las topografías médicas y el estudio del medio ambiente en el siglo XIX”. Geo Crítica. Cuadernos críticos de geografía humana. Nº 29. Noviembre. 1980. (134). “Diccionario de la Lengua Española”. Vigésima segunda edición. (135). URTEAGA, Luis. Opus citatis. (136). Ibidem. (137). Libro de visitas pastorales de diferentes poblaciones de la provincia de Alicante. (138). CASUSO QUESADA, Rafael Antonio. “El cementerio de Andujar: apuntes para una historia”. www.cuadernosdehistoria.org/menu2/cementerio/cemen_01htm. (139). RODRÍGUEZ MARÍN, Francisco José. “Reflexiones sobre el patrimonio urbano. El cementerio antiguo de Álora”. www.isel.org/cuadernos_E/Articulos/alora.htm.

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(140). LÓPEZ PÉREZ, Manuel y LARA MARTÍN-PORTUGUÉS, Isidro. “Entre la guerra y la paz. Jaén 1808-1814”. Editorial de la Universidad. Granada. 1993. Página 369. (141). MARANGON, Georgia. “Sepulcros y literatura: los fundamentos de la civilización”. Universidad de Málaga. www.anmal.uma.es/numero18/Marangon.htm. (142). Ibidem. (143). Ibidem. “*ovísima recopilación de las Leyes de España. Dividida en doce libros en que se reforma la Recopilación publicada por el Señor Don Felipe II en el año 1567, reimpresa últimamente en 1775: y se incorporan las pragmáticas, cédulas, decretos, órdenes, y resoluciones Reales, y otras providencias no recopiladas, y expedidas hasta el de 1804, mandada formar por el Señor Don Carlos IV”. Madrid. GI. Libros I, y II. 1805. Páginas 18 y 19. (144). LAAB. Acta 19 abril 1864. (145). MARANGON, Georgia. Opus citatis. (146). ALMIÑANA OROZCO, Pasqual. Opus citatis. Página 170. Actas notariales 1781. (147). ORTS BERDÍN, Pedro María. Opus citatis. Página 138. (148). YAÑEZ, Antonio. “Calles, barrios y monumentos de Benidorm”. San Vicente del Raspeig. Gráficas Díaz. 1988. Página 16 y 17. protocolo nº 169. 22 noviembre 1804. (149). ALMIÑANA OROZCO, Pasqual. Opus citatis. Página 161. Año 1808. (150). YAÑEZ, Antonio. Opus citatis. Página 16. Protocolo nº 169. 4 noviembre 1822. (151). Quinqué Libri de la Parroquia de Benidorm que empieza en Agosto de 1831 y comprende sobre el título de Difuntos de la misma desde dicho mes y año. Defunciones 1831-1859. Página 1 anverso. (152). Ibidem. Página 1 anverso. Albat. Referencia 215. Año 1831. Cadáver de Josefa Ivars. “(…) En el Cementerio de la villa de Benidorm día treinta de agosto de mil ochocientos treinta y uno (…)”. (153). LAAB. Acta 20 abril 1864. (154). LAAB. Acta 19 abril 1864. Página 16 anverso. (155). LAAB. Acta 20 abril 1864. (156). LAAB. Acta 17 noviembre 1864. Página 54 reverso. Gastos y obligaciones nuevos que corresponden inclusive en el mismo presupuesto actual. Aprobado por unanimidad. (157). Libro de Visitas pastorales. Años 1862 y 1895. Copia dada en Palacio Arzobispal de Valencia el 10 de enero de 1863. Visita año 1865. Punto 10. (158). ORTS BERDÍN, Pedro María. Opus citatis. Página 264. (159). LLORENS BARBER, Ramón. Opus citatis. Página 180. 43


(160). Ibidem. Página 181. El autor alude que no conoce directamente la fuente bibliográfica citada: “Reglamento para la conservación, administración y cuidado del Cementerio de Benidorm”. Alicante. Imprenta de J. Marcili. 1887. 16 p., en 4º. El autor toma la cita de RICO GARCÍA, Manuel. “Bosquejo histórico de la imprenta en Alicante en el siglo XIX”. (161). Libro de Visitas Pastorales. Ibidem. Visita 1895. (162). LAAB. Acta 21 marzo 1897. Página 19 anverso. Autorización de paga. Capítulo 3, artículo 8. 25 abril 1897. 22 agosto 1897. (163). LAAB. 10 octubre 1897. “(…) Haber del conserje del cementerio del mes actual 30 pesetas 50 céntimos (…)”. (164). LAAB. 7 noviembre 1897. (165). LAAB. 31 diciembre 1897. (166). LAAB. Acta 3 marzo 1870. Página 9 anverso. (167). LAAB. Acta 29 marzo 1870. Página 9 reverso y 10 anverso. (168). ORTS BERDÍN, Pedro María. Opus citatis. Página 264. (169). ORTS BERDÍN, Pedro María. Opus citatis. Páginas 225, 227 y 247, (170). ORTS BERDÍN, Pedro María. Opus citátis. Página 19 y 164. (171) ORTS BERDÍN, Pedro María. Opus citatis. Página 221.

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Segunda parte Mujeres y cólera morbo: una epidemia sectaria en el Benidorm del siglo XIX: Muertos en vida: el regreso de ultratumba

I.

La incidencia del cólera en el siglo XIX.

España fue asolada por cinco epidemias de cólera morbo, de las cuales tres de ellas fueron las que afectaron directamente a Benidorm, diezmando la población. Fueron las correspondientes a los años 1834, 1865 y 1885. “(…) De origen asiático penetró en Europa a partir de 1830, (…) la epidemia de 1854-55 fue la más mortífera de todas (extendida por las tropas), la zona más afectada fue el centro norte, la última de 1885 coincidió con la “crisis agrícola y pecuaria” y la extensión de la filoxera en los viñedos, atacó al Sistema Ibérico y Granada (…)” (1). En el CIDAPA o Centro de Información de Documentos de Archivos de la Provincia de Alicante se hallan recopiladas varias estadísticas y expedientes de las epidemias de cólera morbo, que afectaron a las poblaciones de la provincia de Alicante, correspondientes a los años 1855-56 y 1885, fundamentalmente; y que justifican como el cólera morbo llegó a todos los rincones de la provincia de Alicante, como Balones (2), Busot (3), Quatretondeta (4), Vall de Laguar (5), Relleu (6), Beneixama (7), o Penáguila (8). Benidorm, al igual como el resto de poblaciones de la Marina Baja recibió la entrada de la enfermedad por primera vez en 1834 (9): “(…) El cólera es una infección intestinal aguda causada por la ingestión de alimentos o agua contaminados por la bacteria “Vibrio Cholerae” (…) Una persona puede adquirir el cólera bebiendo agua o comiendo alimentos contaminados con la bacteria del cólera. la enfermedad puede diseminarse rápidamente en áreas con tratamientos inadecuados de agua potable y agua de alcantarillado. La bacteria del cólera también puede vivir en ríos salobres y aguas costeras (…)”. El medio físico de Benidorm cumplía en el siglo XIX todos los condicionantes para que la enfermedad del cólera se asentase y expandiese. Tal y como describió el jurista e historiador Pedro María Orts Berdín existían 300 norias de extracción de agua salitrosa; pero además la población consumía agua procedente de aljibes (10): “(…) de las fuentes del barranco de Polop, cuya acequia abierta a la intemperie sirve de lavadero público, a varios pueblos y de sumidero de objetos putrefactos muchas veces (…)”. 45


II.

La epidemia de 1834 en Benidorm.

La primera epidemia de cólera morbo que arrasó la población benidormera fue la de 1834. Dicha investigación se ha realizado partiendo de los libros de actas de los Plenos del ayuntamiento, del siglo XIX, existentes en la actualidad en el Archivo Municipal. Y de los libros de defunciones del Archivo Parroquial, de la iglesia de San Jaime y Santa Ana, de Benidorm. De la compilación de las dos fuentes archivísticas, se sabe que la epidemia de 1834 por cólera morbo en Benidorm, causó la totalidad de 189 fallecidos, de los cuales 73 fueron varones, y 116 mujeres. Tres meses antes del fallecimiento del primero de los finados en Benidorm, -concretamente el 30 de junio de 1834-, el cólera morbo ya había aparecido en España, y a nivel provincial Gobernación Civil, se había hecho eco enviando una circular con fecha de 28 de junio, en la que se pide a las poblaciones costeras de la Marina Baja, concretamente Finestrat y Benidorm, que se auxiliasen para evitar la propagación del cólera morbo (11): “(…) Se ha servido disponer que este justicia se ponga de acuerdo con los de los Pueblos situados en la misma costa o sus inmediaciones para que auxiliándose recíprocamente se cubra la costa de modo que se destine el [ilegible] de que puede propagarse el azote del cólera=morbo asiático avisando el desembarco clandestino de personas a efectos de lo cual pone a esta en el caso de reclamar otro auxilio, no tan sólo para dar cumplimiento a las órdenes de la superioridad que nos amenaza (…)”. Casi dos meses después, el 26 de julio de 1834 continuaron extendiéndose las medidas preventivas y paliativas, a pesar de que el cólera todavía no había llegado a Benidorm. En esta ocasión, el Ayuntamiento de la villa recibió una circular donde quedaba comunicada la Real Orden de 11 de julio de 1834, por la que se mandaba la recogida de aportaciones económicas para luchar contra el cólera (12): “(…) Enterado este Ayuntamiento de la Real orden de once del actual por la que s.Vtra. Se ha servido mandar; que para atender al socorro de los pueblos afligidos por el cólera morbo se habrá una suscripción voluntaria y se hiciere mención de cuantos fondos existen en los pueblos a excepción de las Contribuciones Reales (…)”. Durante el mes de agosto de 1834 comenzaron a surgir los primeros casos de cólera en la comarca, hecho que se le comunicó desde Benidorm al Alcalde Mayor de Polop, mediante carta, en la que se cita que ya existían dos casos de cólera en Alfaz del Pí (13): “(…) Que como encargado de la observancia de las leyes sanitarias en la comprensión de su distrito y Callosa por la salud de todos sus habitantes, asegurado 46


por los facultativos D. José Pons otro de sus vocales que había observado en el caserío del Alfaz de Polop un caso de cólera y haver (…) ocurrido en el día anterior, otro igual caso en Miguel Such, que fue víctima de el, con otro y también murió días antes con todos los síntomas del cólera según de público y notorio; no podía ni devía estar Fuster dejar de incomunicarse con el caserío del Alfaz de Polop, participándose a Ud y al Alcalde de La *ucía esta novedad (…)”. La descripción que hicieron los facultativos en 1834 de un enfermo colérico fue la siguiente (14): “(…) a una enferma con vómitos y diarreas pertinaces, hipo, calambres, sed devoradora, voz sepulcral, ojos húmedos al interior de sus órbitas, frialdad marmórea y zonación al tacto como de [ilegible], síntomas todos y según los profesores de arte de curar caracterizan al verdadero cólera? ¿Será también una invención de esta junta, los dos muertos que ya se citan, que fueron cuasi repentinos (…)”. 2.1. Trasmisión del cólera por mar y cuarentenas. La primera legislación que trataría de paliar la transmisión del cólera morbo surgió en España a partir de las Cortes de Cádiz, en 1813, con la promulgación de la Ley de Cortes de 23 de junio sobre “Salud Pública, Cementerios, Juntas de Sanidad, y Salubridad”. En 1816 vio La luz la Instrucción de 21 y 25 de agosto para preservar del “contagio exótico” (peste y fiebre amarilla). Y en 1817 fue abierto el lazareto de Mahón y publicado su reglamento, que tuvo una relación directa con la sanidad marítima y las cuarentenas en tiempo de cólera (15). Por la Real Orden de las Cortes de Cádiz en 1813 fueron creadas y organizadas las juntas provinciales y municipales de sanidad, que fueron las encargadas de combatir directamente el cólera morbo (16), codirigidas por “(…) jefes políticos y alcaldes que toman medidas según el estado de necesidad de protección de un bien de propiedad individual como es la salud (…)”(17). El tráfico marítimo fue controlado entre las juntas provinciales y municipales, quienes ponían cuarentenas a los navíos sospechosos (18): “(…) Ayer fondeó en nuestra rada la Goleta Española La Cleopatra su capitán D. José Orts, procedente de la Isla de Santa Cruz de Tenerife, de cuyo puesto salió en 24 de julio último (…) con carga de atún y destino a Tarragona, sin haver tenido novedad su tripulación, ni rodeo con buque alguno gozándose de salud cumplida en otra isla según la patente. Y haviendo tenido noticia dicho Capitán de que en Tarragona se padece de cólera morbo, ha suspendido el viaje a dicho puerto y a cualquier otro de los havilitados de este Reyno. En este estado, esta 47


junta reúne a *.S. para manifestarle la cuarentena que deva sufrir (…)”. Unos años después, la Ley General de Sanidad de 1855, dictaminó dentro de la sanidad marítima que la máxima cuarentena para el cólera morbo asiático fuese de diez días, y determinó para los puertos de primera, -entre los que se encontraba el de Alicante, junto a los de Barcelona, Cádiz, Málaga, Santander, y Valencia (19): “(…) que eran puertos para observación de patentes sospechosas, los puertos de primera, por reunir condiciones para observación y en su caso desinfección y expurgo (…) en tanto que serán despachados para los lazaretos de San Simón o Mahón todos los buques con patente sucia o de puertos infectados de peste levantina y fiebre amarilla y serán despachados para los puertos de primera clase los buques con patente sucia de cólera morbo asiático (R.O. de 6 de junio de 1860) (…)”.

2.2. Más de un centenar de muertos en dos meses. El 18 de septiembre de 1834 fue un día fatídico para la historia de Benidorm. El cólera morbo comenzó su asedio con siete entierros. Durante casi dos meses se produjeron 189 fallecimientos por la enfermedad, siendo los días de máxima mortalidad el 28 de septiembre, con 9 enterramientos; los días 5, 7 y 13 de octubre con ocho; el 14 de octubre con dieciséis, seguido del 15 y 16 con once; y del 17 con diez. El 18 de octubre volvieron a producirse siete entierros, y el 19 de octubre, nueve. A partir del 20 de octubre, la enfermedad remitió hasta el 16 de noviembre en que fue sepultado el último cadáver (20). Agustín Galiana fue el párroco que se encargó de anotar las bajas por cólera de los católicos benidormeros, en el libro de defunciones. Para ello confeccionó un anexo que denominó “Libro de Difuntos en la Época del Cólera”, donde fue anotando las defunciones de adultos y niños, siguiendo un mismo esquema (21): “(…) En el cementerio de Benidorm a diez y ocho de Septiembre de mil ochocientos treinta y cuatro se dio sepultura eclesiástica al cadáver de Vicenta Llorca, que ha fallecido del cólera, consorte de Pedro Martínez, de que certifico D. Agustín Galiana (…)”. Durante la epidemia los cuerpos difuntos no esperaban a que discurrieran 24 horas para ser enterrados, como ocurría con el resto de los cadáveres en periodos inter-epidémicos, donde el presbítero dejaba constancia en su certificación “(…) En el cementerio de la villa de Benidorm día treinta de Agosto de mil ochocientos treinta y uno, se dio sepultura eclesiástica, pasadas veinte y cuatro horas, al cadáver de 48


Josef Ivars, que falleció ayer de infantil edad, hijo de Luis y de Ángela Llinares, vecinos de esta de que certifico D. Agustín Galiana (…)” (22). Cuando terminó la epidemia, el párroco volvió a hacer otra anotación especificando el lugar donde se hallaban registrados los cadáveres de la primera epidemia de cólera morbo (23): “(…) *ota: Los comprendidos desde el 18 Setiembre hasta 18 *oviembre que son los finados en la época del cólera se hallan de hojas 182 de este libro, ahora al folio 70 (…)”. En esta primera epidemia murieron tres niños calificados como “albats” por el sacerdote, y que fueron: Maximiliano Llorca (24), Francisco Orts (25), y Francisca Orts (26). A lo largo de casi estos dos meses de fallecimientos, tan solo hubieron dos días en los que no se produjeron enterramientos, que fueron los días 11 y 25 de octubre. De las 189 muertes que se produjeron, 116 correspondieron a mujeres y 73 a hombres. Un hecho que se repetiría posteriormente en las siguientes epidemias de cólera. Pero como se puede comprobar, la mortalidad de la población femenina duplicó a la masculina. Las inscripciones de los difuntos coléricos realizadas por el cura párroco Agustín Galiana sirvieron para dar a conocer el avance de la epidemia (27): “(…) la enfermedad asiática ya hace dos meses que aflige a esta población con las epidemias de calenturas intermitentes de que por desgracia se halla plagada la misma (…) 15 noviembre al Sr. Cura de esta parroquia de Benidorm le adjunto relación de los individuos que han fallecido en esta villa desde el 17 de septiembre último hasta el presente, época en que ha reinado con toda su estancia la enfermedad del cólera morbo (…)”.

2.3. Muerte por cólera de un cirujano benidormero: Francisco Vives Soler. El 19 de octubre de 1834 fue un día en el que fueron enterradas nueve personas por la epidemia del cólera. Entre ellas se encontraba el cirujano don Francisco Vives, -como lo citó el párroco para diferenciarlo hasta en la muerte con el calificativo de “don”, del resto de los fallecidos-, quién dejó viuda a Rosa Orts (28). En 1832 fue promulgada una Real Orden por la que las plazas de médicos y cirujanos pagados con fondos públicos se preveían por la Real Junta Gubernativa de Medicina y Cirugía, conforme a lo dispuesto en el reglamento de academias, en lugar de que los facultativos titulares fuesen elegidos y escriturados por los ayuntamientos (29). Pero la tutela del nombramiento y cumplimiento del contrato fue encomendado a la 49


Diputación Provincial, que era la entidad que resolvía las quejas oída la Junta provincial (30). Por ello, en caso de fallecimiento por cólera del médico o cirujano, la Diputación Provincial tenía que compensar con una pensión de entre 2.000 y 5.000 reales a la viuda (31).

2.4. La labor del profesor de Medicina Vicente Orts. Parece ser que fue generalizado que las medidas sanitarias fueron adoptadas en el siglo XIX cuando la mortalidad epidémica asolaba las poblaciones (32): “(…) en tanto que en los periodos interepidémicos, el gobierno, los delegados gubernativos y los alcaldes se olvidan de la salubridad (…)”. Un caso similar ocurrió en Benidorm con el gobierno municipal hasta que se vieron desbordados por el número de muertos, y fue entonces cuando la Junta de Sanidad Municipal envió una embarcación propia de la misma, hasta Málaga para trasladar rápidamente a Vicente Orts, un brillante médico del que se decía que hacía curaciones prodigiosas (33): “(…) Sigue en esta villa la enfermedad del cólera su curso ordinario sin haber llegado todavía al periodo descendente: En los ocho días anteriores ha entrado esta terrible enfermedad arrebatando más de cien víctimas. En medio de esta [ilegible] la Junta de Sanidad de esta villa, ha hecho el último sacrificio que podía, mandando expresamente al veloz falucho El Rayo para la ciudad de Málaga a fin de conducir a esta al acertado profesor de medicina D. Vicente Orts que según la voz pública ha tratado con el mayor acierto la enfermedad del cólera en Vélez Málaga y sus contornos, haciendo curaciones prodigiosas (…)”. El 19 de noviembre de 1834, fecha en que fue sepultado el último colérico, la Junta de Sanidad Municipal atribuyó la erradicación de la epidemia, en primer lugar a la “Divina Providencia”; y en segundo lugar, a la labor del profesor de medicina Vicente Orts, y pidió al Gobierno Civil de Alicante que le hicieran entrega de una mención honorífica por el trabajo realizado de extinción de la epidemia (34): “(…) Esta junta de Sanidad tiene la satisfacción de participar a V.S., que habiendo desaparecido de esta villa por la Divina Providencia, la enfermedad del cólera morbo que tantos estragos ha causado en ella se halla dicha villa en perfecto estado de salud (…) Al participar de V.S., tan plausible noticia no puede menos de recomendar a V.S., el mérito conseguido por el [ilegible] al profesor de Medicina don Vicente Orts, que esta Junta de Sanidad en medio de los apuros hizo venir de ciudad de Málaga para consuelo de esta villa y ojalá que lo hubiera determinado más pronto y no llorarían tantas familias la pérdida de los 50


marcados objeto. Este profesor intrépido y filantrópico ha llevado las esperanzas de esta Junta que ha desmentido la buena reputación que su acertado método curativo contra el cólera y singular caridad para todos los enfermos que ha gran [ilegible] en la ciudad de Vélez-Málaga y sus contornos. La Junta de Sanidad de esta villa ha visto con admiración el beneficio para tan acreditado médico, el ningún temor que le causa la epidemia Reinante, la abil destreza con que sabe combatirla y lo participo a V.S., para que la [ilegible] y de cuanto todo el Gobierno Superior y se haga mención honorífica del profesor de Medicina Dn. Vicente Orts que tanto se ha distinguido en el cumplimiento de sus deberes, prodigando a los enfermos los socorros del arte con esmerado celo e imperturbable constancia dándose a los pobres medicinas gratis (…)”. Llegada la Navidad de 1834, todavía se hallaba en Benidorm el profesor de Medicina Vicente Orts, por lo que el Ayuntamiento remitió una misiva dirigida a la Junta de Sanidad de Málaga para comunicarlo (35): “(…) Habiendo remitido de esta población la terrible enfermedad del cólera=morbo que por espacio de dos meses la ha afligido, se cantó el Tedeum el 16 de *oviembre, sin haberse [ilegible] ningún caso más desde dicha época, y aunque permanezca en esta el indicado profesor de medicina Don Vicente Orts, que desde esa ciudad vino a esta villa invitado por esta Junta de Sanidad para la curación de dicha plaga (…)”.

2.5. Un médico perseguido por deserción: Vicente Llorca. Los médicos decimonónicos juraban “(…) asistir de limosna a los pobres de solemnidad y con el mismo cuidado que los ricos; despreciar todos los riesgos y contagios cuando lo exija la salud pública (…)” (36). Por lo tanto, cuando un facultativo se ausentaba durante una epidemia y no designaba ni proveía sustituto podía ser sancionado con la suspensión del ejercicio de la medicina (37). Pues esto fue lo que le sucedió al médico José Llorca, que desertó de Benidorm durante la epidemia, refugiándose en la Torre de Las Caletas, -perteneciente al término de Benidorm-, donde fue apresado. El documento admite un doble motivo para su arresto. En primer lugar, económico, porque presuntamente tenía que haber entregado cien libras para los medicamentos de los coléricos, y solo entregó cincuenta; y en segundo lugar, por razones políticas: su relación con los Moderados benidormeros (38): “(…) Satisfaciendo a lo que V.S., previene en el decreto de 31 de octubre último, en el 51


oficio que dirigió a V.E (…) José Llorca de [ilegible] de la Torre de Las Caletas en este dicho término, Debo Informar a V.E., que el arresto del apresado (…) en este caso Capitular de esta villa, que traslado de una casa y de esta de la del campo con permiso a poder ir hasta la torre para que pudiera huir del peligro que causaba entonces en toda esta villa la enfermedad del cólera morbo, no se verificó en debida forma por [ilegible] al fuero militar de que goza y puede dar a V.E., con verdad que no fue motivado por las ocurrencias que [ilegible] apresó a don Josef Lloret, Capitán Regimiento del Distrito de Villajoyosa (…) El arresto fue motivado por ser notoria desafección al legítimo gobierno de la Reyna V.S. Dª Isabel 2ª por reunirse con los ¿moderados? En esta villa (…)”.

III.

Benidorm y el fantasma del cólera morbo en 1859. Según la información registrada en el Libro de Actas Plenarias de 20 de junio de 1860, se produjo un brote de cólera morbo en Benidorm en octubre de 1859 que no fue declarado en el juzgado por la fuga de uno de los tres médicos que atendían a la población, según aduce la fuente: (39): “(…) Por el Sr. Presidente se mandó dar lectura al escrito del juzgado de 1ª instancia del partido de 29 de Mayo último del que enterados los Sres del Ayuntamiento acordaron informar: Que el cólera morbo apareció a mediados del mes de octubre del año pasado 1859, no declarándose oficialmente por la fuga del Médico Titular. Esta enfermedad invadió a un número de individuos bastante considerable, pero las defunciones fueron muy pocas en razón a que no era fulminante en lo general. Los facultativos D. Tomás Llenares, D. Juan Bautista Rusaza y D. José Pérez Vives tenían un contrato particular de asistir al vecindario que tenían igualadas para cuyo efecto dividieron la población en tres cuarteles que tenían a su cuidado cada uno de ellos, supliéndose en ausencias y enfermedades legítimas, pero de ningún modo cuando la falta era de mal género como lo que se trata. Al fugarse el médico Pérez claro es que quedaron abandonados todos los del cuartel confiados a su cuidado y por consecuencia sin la asistencia facultativa necesaria, si bien falta lo mejor que les fue posible empleando las horas que les dejaba libres sus visitas en hacer lo que tenían obligación el Pérez, de modo que sin este acto de filantropía hubieran puesto al pueblo en el mayor conflicto. En cuanto en honor de la verdad pueden informar al juzgado (…)”. 52


Muy distinta es la realidad que aparece reflejada en el libro de defunciones del año 1859, donde del total de 123 fallecidos a lo largo de todo el año –de ellos 66 adultos y 57 párvulos-, no hay ninguna incidencia de cólera morbo. Entre los adultos los casos de fallecimiento se produjeron por: calenturas intermitentes (40), “consumición” (41), parto (42), “erisipela” (43), pulmonía (44), vejez (45), apoplejía (46), tisis pulmonar (47), asma de pecho (48), hidropesía (49), decrepitud (50), derrame cerebral (51), ataque apoplético (52), cáncer de matriz (53), cólico (54), naufragio (55), cólico nervioso (56), disentería (57), terciana (58), sobreparto (59) y ahogado (60). Junto a esas causas de defunciones de fallecimiento el registro de defunciones del Archivo Parroquial no especifica la causa de muerte en la inscripción de Luis Soler de 60 años que falleció el 11 de marzo. De Ángel Liberato Rusafa, tan sólo dice que naufragó y murió en 1854. Y de Rosa Pérez de 70 años – enterrada el 24 de abril- apunta el nombre de una enfermedad ilegible. Por lo tanto las únicas causas de fallecimiento que se registraron en octubre de 1859 señalan intermitentes, cólico nervioso, cólico y disentería. Y para nada aparece la denominación de cólera morbo, a no ser que fuese disfrazado bajo cualquiera de estas acepciones. Lo mismo ocurre con las causas de muerte de párvulos, a excepción de dos de ellos en los que no aparece especificado el motivo de la muerte (61). El resto de los niños murieron a causa de: parto (62), “dintinción” (63), “pasmo” (64), sarampión (65), intermitentes (66), diarrea (67), pulmonía (68), tercianas (69), angina (70), disentería (71), cólico (72), calentura (73), y gangrena (74). IV.

La epidemia del cólera morbo de 1865. 77 fueron las personas fallecidas de cólera morbo en 1865 en Benidorm. De ellos 17 eran hombres adultos, 40 mujeres adultas, y de los 20 párvulos restantes, 11 eran niños y 9 niñas (75). Así como en la primera epidemia de cólera de 1834, los datos de defunciones del Archivo Parroquial no facilitaban la edad de los finados, en esta epidemia si que aparecen registrados, dado que en 1838 cambió el formulario del acta de enterramiento incorporando la edad y acreditando la causa del fallecimiento según certificación facultativa; así como la hora del fallecimiento; y en algunos casos el lugar exacto del enterramiento en el 53


cementerio. Un dato interesante reside en que ninguno especifica que se dejaran pasar las 24 horas reglamentarias para el entierro (76). La epidemia comenzó a producir fallecimientos el 20 de octubre con dos entierros. Y su incidencia en la población –en cuanto a muertos- fue menor que en la del año 1834, puesto que la cifra de inhumaciones diarias osciló entre uno y dos cadáveres, excepto los días seis y siete de noviembre, con 6 y 8 entierros respectivamente; descendiendo a 5 el ocho de noviembre; para estabilizarse entre cuatro y cinco los días 9 y 11 de noviembre, y descender nuevamente a 1 y 2 entierros entre el 12 de noviembre y el 2 de diciembre, último día de inhumaciones por cólera. En esta epidemia hubieron más días sin que se presentaran bajas, que en la primera. De hecho, los días sin enterramientos fueron en octubre, el 21, 22, 23, 24, 25, 28 y 30. Y en noviembre: el 2, 16, 18, 20, 22, 23, 25, 26, 27, 28, 29, 30 y 31. En cuanto a la edad de la población, la epidemia de 1865 afectó prioritariamente a la población infantil, registrándose la mayor parte de las muertes entre la población de menor edad: en el grupo de 5 años hubieron 4 fallecimientos; seguido de los párvulos de 2 y 3 años con tres casos en cada uno de los grupos de edad. Los de 7 años con 3 casos; los recién nacidos hasta 14 meses con un caso por cada uno de los grupos de edad, así como párvulos de 4 años con un caso; igualmente un caso en los de 6, 8, y 10 años. De 10 a 19 años descendió la incidencia de mortalidad produciéndose dos muertes en adolescentes de 12 años; una de 14 años; uno de 15 años uno de 18 años; dos de 19 años y de nuevo 4 fallecimientos en el grupo de 20 años. La población de entre 21 y 50 años no se vio casi afectada, tan sólo se registraron decesos en los grupos de 23 años con uno; dos en el de 24 años; uno en el de 25 años; dos en el de 30; uno en el de 31; uno en el de 32; no en el de 34; uno en el de 40; uno en el de 43; uno en el de 44; uno en el de 49; y dos en el de 50. Mientras que la población adulta y senil se vio un poco más afectada, pero no en exceso. Hubo un fallecimiento en el grupo de 5 años; 3 muertes en el de 60 años; dos en 64 años; otros dos en 65 años; uno en 70; y uno en 75 años.

4.1. La aplicación de medidas higienistas. La aplicación de la Ley de Sanidad en 1855 tuvo mucho que ver en la reducción de los fallecimientos de esta segunda 54


epidemia que afectó a Benidorm. Fue regulada la sanidad marítima con cuarentenas y expurgos, así como la clasificación de las patentes de embarcaciones en limpias y sucias. Igualmente ocurrió con la sanidad terrestre regulándose por medio de una norma sanitaria extensiva a médicos, cirujanos y farmacéuticos titulares quienes debieron encargarse de la asistencia a familias pobres, mediante contratos con ayuntamientos, que debieron ser aprobados por las Diputaciones Provinciales (7). Fue creada en 1847 dentro del Real Consejo una comisión especial que se dedicó exclusivamente a la incidencia del cólera morbo (78). Fueron prohibidos los cordones sanitarios por el Consejo de Sanidad por no tener funcionalidad frente al contagio (79). El Consejo de Sanidad emitió un informe en 1854 donde propuso que fuese organizada la hospitalidad domiciliaria higiénica, declarando de obligatoriedad la permanencia de los médicos, cirujanos, eclesiásticos y escribanos en los pueblos de su habitual residencia durante la epidemia (80). En 1854 John Snow descubrió que la transmisión del cólera se producía por el agua de bebida, y en 1865 el Consejo de Sanidad del reino se ocupó “(…) en materia de sanidad interior del control del cólera (…)” (81), y más cuando la epidemia fue difundida desde Valencia, por lo que fueron publicadas: “(…) repetidas instrucciones de higiene pública para cumplimiento de jefes políticos, alcaldes, ayuntamientos y autoridades en general (…)” (82). A pesar de que el cólera morbo de 1865 se cobró en Benidorm las primeras víctimas en octubre, las medidas preventivas ya se estuvieron tomando desde agosto de ese año, mediante la limpieza de solares (83): “(…) En la sala capitular de la villa de Benidorm a las veinte y siete días del mes de Agosto de mil ochocientos sesenta y uno, reunidos los S.S., del Ayuntamiento anotados al margen y bajo la presidencia del Sr. D. Pedro Fuster Alcalde se manifiesta por dicho Sr. Que como a todos los S.S., presentes le constaba de una manera evidente, en este pueblo existían varios solares o casas derruidas, que no tenían dueño, puesto que por que pertenecían a varios que habrían sido vecinos de esta villa y habían emigrado al extranjero, según presumía, ignorándose su paradero, y que estos solares, se habían convertido en cloacas o letrinas, donde arrojaban las inmundicias todos los vecinos, produciendo con ellos focos de insalubridad pública, y como quiera que según las noticias oficiales reina en puntos y ciudades cercanas a esta villa, la enfermedad conocida con el nombre de cólera-morbo, era de 55


imperiosa necesidad estirpar estos lugares peligrosos a la salud pública. En su vista, los S.S., presentes después de una larga y distendida discusión acordaron por unanimidad tapar todos los solares de la población que no tengan dueño conocido. Y al efecto y para los gastos que estas obras puedan ocasionar, autorizan al Sr. Alcalde para que gaste lo consignado en el presupuesto para imprevistos (…)”. De nuevo, el 3 de septiembre de 1865, la preocupación de la corporación ante el cólera quedó patente (84): “(…) Se manifestó que en atención a las noticias que diariamente llegaban a esta villa sobre el desarrollo que en pueblos limítrofes había adquirido la enfermedad del cólera morbo, y en atención, tan bien, a que podría ser fácil se presentara en esta villa (…) completa autorización al Sr. Alcalde para que adopte todas cuantas medidas le surgiera su celo por la causa común, y heche mano de todos los fondos existentes en Depositaría para socorrer a los pobres y prestar a la masa común de vecinos (…)”. El 24 de septiembre se produjo el cambio de la corporación (85), jurando el cargo Francisco de Paula Orts como alcalde (86) y apoyándole como uno de sus concejales José María Orts Berdín (87). En uno de los primeros Plenos al que acudió como asociado José Orts y Jorro (88), pare del edil José María Orts Berdín, se planteó la carencia de medios para atender a los pobres, ante la inminente llegada de la epidemia (89): “(…) *o habiendo en esta villa facultativos titulados para la visita de los pobres y teniéndose con fundamento que puedan ser invadidos del Cólera Morbo, para que no falte la asistencia (…) para poder contratar facultativos en caso de necesidad representan Dos mil reales de vellón (…)”. El 15 de noviembre de 1865 tuvo lugar un Pleno para dar cuenta de la presencia de la epidemia en la población, una reunión en la que estuvieron presentes los miembros de la Junta Municipal de Sanidad formada por Juan Thous, José Marió, Bautista Pérez Gil, Ricardo Fuster, Joaquín Llorca y José Pérez (90): “(…) se manifestó: que habiéndose hecho presente los facultativos y de la Junta de Sanidad D. José Pérez, D. Gaspar Llinares que se habían observado de algunos días a esta parte varias diarreas coléricas, y que en el día de ayer se habían presentado algunos casos de cólera confirmados, era deber hacerlo saber a los S.S., del Ayuntamiento y de la Junta de Sanidad para que tomasen las disposiciones que creyeran del caso (…). Por unanimidad se autoriza al Sr. Presidente para que pase una comunicación al Sr. Gobernador de la Provincia 56


declarando el cólera en esa población y que no se den patentes limpias a los buques que salgan de este puerto (…)”. Según acta de 9 de junio de 1864 la estadística del vecindario que fue enviada al Gobernador Civil se componía de 989 vecinos (91), mientras que a fecha de 21 de mayo de 1865 el censo reflejaba 962 vecinos (92), por tanto la epidemia del cólera morbo de 1865 redujo la población en 77 vecinos quedando a fines de año un total de 885. V. La epidemia del terror: el cólera de 1885. El cólera morbo de 185 impregnó el terror por la muerte en la mente colectiva. Un hecho que se perpetuó a lo largo de los años y que dio lugar a que se mantuvieran por tradición oral historias de resucitados en toda España. En Benidorm, la epidemia de 1885 no fue la más virulenta, puesto que en total fallecieron 108 personas, de las cuales 79 fueron adultos y 29 párvulos; frente a la de 1834 en que murieron 189 (93). Pero como en las dos epidemias anteriores, el número de mujeres adultas fallecidas superó al de varones. Fueron 47 las féminas fenecidas frente a 32 hombres. Y lo mismo ocurrió con los párvulos: 16 niñas frente a 13 niños. La epidemia comenzó a provocar mortandad el 29 de junio de 1885 con un entierro, siendo los días 1, 2 y 3 de agosto los que más enterramientos aglutinaron con 6, 8 y 7 consecutivamente, descendiendo de nuevo hasta el 20 de agosto en que fue realizada la última inhumación. En total fueron casi dos meses de asedio colérico. Durante este periodo casi todos los días se producía algún fallecimiento, quedando libres de entierros los días 1, 3, 7, 11, 12, 13, 14, 15 y 21 de julio; el 5, 7, 10, 11, 13, 14 y 16 de agosto. Por edades, el cólera morbo de 1885 afectó en primer lugar a la población “simplemente joven”, predominando los fallecimientos en párvulos de un año y medio, 2, 5, y 7 años con cinco muertes en cada grupo de edad; seguido de los grupos de 3 y 4 años, con tres fallecimientos respectivamente por grupo; en tercer lugar afectó a los grupos de 6, 9, 13 y 18 años con dos muertes por cada uno de ellos. Y por último a los recién nacidos de un año con una muerte. El resto de grupos de 8, 10, 11, 12, 14, 15, y 16 años también se vieron afectados con una muerte por grupo. Los jóvenes de 19 a 29 años no salieron muy perjudicados pues se produjeron escasas bajas en los grupos de en de 20, con dos muertes, 23, 25, 26 y 27 con uno por grupo. 57


Sin embargo la incidencia de muerte volvió a aumentar en el grupo de adultos jóvenes” de entre 35 y 45 años, es decir los que componían los grupos familiares como padres. En el grupo de 30 años se produjeron tres muertos; dos en el de 31 años; uno en el de 33; uno en el de 34; tres en el de35; cuatro en el de 36; uno en el de 37; uno en el de 39; seis en el de 40; uno en el de 42; uno en el de 43; y tres en el de 45 años. En los adultos seniles, la incidencia de mortalidad fue menor. Del grupo de 46 a 59 años se produjeron fallecimientos en el grupo de 46 con uno, de 50 años con uno; de 55 con tres muertes; y de 57 con dos. Y por último en la población senil englobada entre los 60 y 85 años la incidencia fue puntual en determinados grupos de edad: cuatro muertos en el grupo de 60 años; uno en 62; uno en 63; uno en 65; uno en 68; cuatro en 70; uno en 75; uno en 77; tres en 80; uno en 84; y dos en 85. Como ejemplo curioso aunque tétrico que evidencia la mortalidad entre el grupo de adultos jóvenes e infantil, destaca el fallecimiento de los cuatro componentes de una misma familia, formada por los padres y dos niños de 2 y 5 años. El padre, Vicente Garrigós Fenollar de 33 años, natural de Torremanzanas y afincado en Benidorm murió el 20 de julio de 1885, a las dos de la terde. Su esposa, Silveria Bernabeu Pérez, de 42 años, natural de Onil, y afincada en Benidorm falleció ocho días después, el 28 de julio, a las ocho de la tarde, tras ver morir horas antes a su hijo Vicente Garrigós Bernabeu de 5 años, que había nacido en Toremanzanas. Pero a la misma hora que la madre, -las ocho de la tarde- fallecía igualmente el último miembro de la familia, la niña de 2 años Magdalena Garrigós Bernabeu, ya bautizada en Benidorm (94). Durante la epidemia del cólera de 1885 no se guardaron las 24 horas para enterrar los cadáveres, sino que fueron sepultados rápidamente. Una vez que había fenecido la persona se le inhumaba sin funerales, para que fuese más rápido y evitar con ello el peligro de contagio De hecho, el cura párroco existente en 1885 no dejó constancia en ninguna de las inscripciones de los difuntos del cólera que se le hiciesen funerales (95): “(…) Como Cura párroco de la iglesia de la villa de Benidorm, provincia de Alicante diócesis de Valencia, día veinticinco de Julio de mil ochocientos ochenta y cinco, mandé dar sepultura eclesiástica en el cementerio de la misma al cadáver de Filomena Devesa Ballester, natural y vecina de esta, de veinte años de edad, consorte de Manuel Doménech Pérez, e hija de José y de María. Falleció a la una de la tarde del 58


mismo día de cólera morbo. De que certifico Juan B. Catalá (…)”. Durante los meses de junio a agosto en que se desarrolló el cólera morbo en Benidorm, los entierros se realizaban incluso por la noche (96): “(…) Rosa Aracil Cortés de 35 años falleció a las ocho de la noche del mismo día de cólera morbo (…)”. (97): “(…) Mª Josefa Devesa Agulló. 31 años. Falleció a las seis de la tarde del mismo día (…)”. (98): “(…) Antonia López Lloret. 57 años. Falleció a las ocho de la noche del mismo día (…)”. (99): “(…) Bautista Berenguer Pérez. 30 años. Carabinero residente de esta. Falleció a las cinco de la tarde del mismo día de cólera morbo (…)”. (100): “(…) Jerónima Bayona Valero. 27 años. Falleció a las once del mismo día del cólera morbo (…)”. (101): “(…) Francisca Llinares Vives. 22 años. Falleció nueve de la noche del mismo día de cólera morbo (…)”. Y así con todos los finados se seguía la misma pauta: la de enterrarlos el mismo día a la hora que fuese. 5.1. Muertos en vida: el regreso de ultratumba. El temor al contagio, sumado a las medidas higienistas provocó que las inhumaciones fuesen muy rápidas, y con ello los casos en que algunos cadáveres no estuvieran realmente muertos. Cuando moría un individuo, el párroco hacía rápidamente el entierro, y se llevaba el cuerpo al cementerio donde se depositaba hasta que pasaran las horas reglamentarias, para ser enterrados posteriormente. Algunos sobrevivieron porque sus cuerpos reaccionaron antes de ser enterrados, como la historia que se refiere a continuación, pero otros recuperaron la conciencia y la vida en las sepulturas y murieron dentro del ataúd, rasgando la misma y plasmando expresiones de terror. En Benidorm, tal como refiere Antonio Yáñez, en su obra (102), se produjo un caso de catalepsia por cólera morbo: “(…) mediados del siglo XIX, con motivos de las epidemias de peste, se enteraba a los enfermos incluso sin comprobar si realmente habían expirado. Se dice que por aquella época un antepasado de José Bayona, que habitaba en una casa en la Facció, fue despertado a medianoche por José Rigores “El Muerto”, a quién habían enterrado aquella tarde. Al llamar a la puerta Bayona preguntó quién era y en la respuesta creyó ver una broma macabra se levantó de la cama y se asomó a la ventana, 59


pudiendo así reconocer que se trataba de quien habían tomado por muerto y abandonado en la fosa común. Se vistió y acompañó al “resucitado” a su casa a fin de preparar antes a sus familiares para no ocasionar más muertes por infarto ante la fuere sorpresa que se les aproximaba (…)”. 5.2. Mujeres y cólera morbo: una epidemia sectaria en el Benidorm del siglo XIX. De 189 víctimas coléricas en 1834, 116 fueron mujeres. De 60 en su totalidad, en 1865, 32 pertenecían al sexo femenino. Y de 108 individuos en 1885, 63 fueron féminas. ¿Por qué el cólera morbo causó más bajas entre la población femenina? La explicación se centra en que todos los trabajos relacionados con el contagio estaban realizados mayoritariamente por mujeres, como se va a exponer. 5.1.1. Instrucciones para la prevención del cólera morbo. El 11 de julio de 1866 se publicó una Real Orden denominada “Recopilación de las instrucciones que deben observar los gobernadores de la provincia y las autoridades locales para prevenir el desarrollo de una epidemia o enfermedad contagiosa o aminorar sus efectos en el caso desgraciado de su aparición” (103), que recogió 35 puntos sobre precauciones higiénicas tales como reparación y limpieza de los conductos de aguas sucias, pozos, arroyos, corrales, patios y albañolas, fuentes, calles, plazas y mercados, entre otras. “(…) Si bien aparece la desinfección con fumigaciones con gas cloro y aún mejor con aguas cloradas, además de la ventilación y limpieza. Esta Recopilación” insiste en la hospitalidad domiciliaria y de acuerdo a las necesidades de los indigentes se extiende a la creación de la “Casa de Socorro” en casos de epidemia como “locales precisos para todas las clases y con especialidad los menesterosos, para que se hallen los recursos que en tan tristes circunstancias suelen reclamar con vigencia”, y también contiene rigurosas medidas de policía mortuoria y cementerios. Una importante novedad en las medidas de 1866 es la transformación de los lazaretos en enfermerías de cólera”, no debiendo establecerse la curación en los hospitales comunes” “se formarán enfermerías para la curación de los coléricos. Ya no se trata de aislar con lazaretos en cuarentena sino de curar (…)”. 60


La Real Orden e Instrucción de 12 de junio de 1865 determinaba que eran contaminantes (104): “(…) la ropa de uso y efectos de los pasajeros, trapos, pieles, plumas, pieles de animales, lana, sedas, algodón, lino, cáñamo y papel que no procedan directamente de fábrica (…)” e incidieron en “(…) el agua procedente de río, pozo o aljibe debe hervirse, enfriarse y airearse antes de su uso y en general toda clase de alimentos deben sufrir la acción de una temperatura elevada, no habiendo la práctica de desinfección del aire, fumigaciones, y en paredes con desinfectantes concretos gas cloro, ácido sulfurosos, ácido nítrico (…) recomendar la enérgica desinfección de letrinas, heces, urinarios, y desinfección de ropas con soluciones de cloruro de cal o fenicada y lo mismo vómitos y heces de los enfermos. Ya se reconocía de manera imperiosa una transmisión o contagio por vómitos, heces, si bien el contacto con el enfermo y no la transmisión hídrica parece que se reconocía expresamente y por supuesto ya se habían prohibido desde 1879 las fumigaciones a las personas sospechosas, lo que se sustituye por baños (…)”. Las Diputaciones Provinciales mantuvieron dichas normas higienistas a lo largo de la segunda mitad del siglo XIX y primer tercio del XX, ante la llegada del cólera. De hecho, todavía en 1910, la Junta Local de Sanidad de Benidorm acató las disposiciones emitidas por Gobernación Civil de Alicante, y publicadas en el Boletín Oficial nº 187, de 23 de octubre, que se centraban en (105): “(...) evitar focos de infección en la localidad mejorando sus condiciones de higiene y salubridad por el peligro que supone la proximidad del cólera en el Reino de Italia (…)” Las medidas de asepsia se basaban en doce puntos, comenzando por la “(…) limpieza escrupulosa de todas las letrinas mares y canales (…) Se prohíbe en adelante el arrojar a la era pública comprendida en Castillo y Torreón, ni alrededor de la población materia alguna ni aguas sucias, vertiéndose dentro de la milla del mar; y al objeto de conservar la higiene todas las vecinas barrerán las fronteras de sus casas todos los días por la mañana y a la caída de la tarde (...) Se ordena a todos los vecinos que tengan en sus casas cerdos (…) los transporte a más de un kilómetro de distancia de la población teniéndoles allí en buenas condiciones (…) lo mismo se ordena en los ganados en el plazo de tres días que los trasladen a más de un kilómetro de la población (…) Los dueños de norias, balsas, acequias de este término municipal cuidarán de tenerlas siempre completamente 61


limpias a fin de que no supongan ningún mal olor, no permitiendo el lavado de ropas en la balsa y ni en las acequias a la vecindad (…) Los dueños de lavadero particulares para servicio del vecindario los tendrán en condiciones de escrupulosa higiene, renovando las aguas diariamente cuantas veces sea necesario para que no existan emanaciones insalubres, y guardarán la clasificación de los lavaderos para las diferentes clases de ropas (…) Se prohíbe verter el estiércol en caminos públicos trasladándose en ocho días [de la publicación de la orden] a terrenos privados y serán cubiertos con tierra y arena (…) limpieza de solares en el plazo de ocho días de la orden cercándolos con alambre o pared (…) En el caso de que el cólera llegue a la población se tomarán medidas preventivas (…) si fuese la población invadida por la enfermedad colérica, se procederá por todos los medios que el agua que consumirán los vecinos sea previamente filtrada o hervida (…) Se reconocerán escrupulosamente todos los domicilios y en especialidad las casas pobres y de renta pública, plazas y mercados, así como posadas y demás establecimientos (…) siendo examinados con el mayor cuidado todos los alimentos y bebidas (…) se alquilará un carro a propósito que dos veces durante el día a horas convenientes, pase por las calles avisando a los vecinos depositando en el mismo las basuras y aguas sucias, cuyo conductor del carro tendrá señalado de antemano lugar a propósito para el depósito de todas aquellas materias (…) se adquirirá por medio de arrendamiento una casa o dos que estará destinada en los puntos más convincentes a las entradas de la población para que preparada con todos los elementos necesarios de desinfección puedan servir de lazareto y aislamiento de casos sospechosos o colonias (…) Informar a la población de la epidemia y pedir socorros voluntarios para sufragar los gastos indispensables de salubridad (…) Se constituirán dos brigadas sanitarias de personas idóneas (…) al cuidado de los enfermos y conduzca las otras con toda garantía de humanidad los cadáveres al depósito del Cementerio y después de pasadas las horas previstas por la Ley (…) ayudar al conserje del mismo cementerio a dar cristiana sepultura (…) Los guardianes del campo se situarán a la entrada de la población para que desvíen a los transeúntes de clase pobre a 3 Km., de la población (…) Los viajeros deben documentarse y declarar el lugar y la habitación donde se van a hospedar (…) Como medidas preventivas se adquirirá a tal inmediato la cantidad suficiente de cal viva para poderla proporcionar como 62


desinfectante a los vecinos pobres para rociar las cloacas, madera, etc., (…) cuatro kilos de ácido férrico cristalizado, veinte de flor de azufre, seis de sosa, sulfato de cobre y la cantidad de zotal que crea prudencial para desinfección de aguas embalsadas y otro cualquier foco de infección que pueda existir (…) Los vecinos enfermos de cólera deben comunicar al inspector de Sanidad (…)”. Durante el siglo XIX y primera mitad del XX, las mujeres eran las encargadas de la gran mayoría de labores que aquí se especifican. Se ocupaban de de cuidar de la casa y de los hijos, lo que conllevaba elaborar la comida, limpiar la casa y por lo tanto las letrinas, lavar y planchar la ropa, limpiar el establo y sacar el estiércol, pastorear el ganado, entre otras (106). Ellas, las mujeres, permanecían expuestas las veinticuatro horas del día al contagio. Si el virus del cólera se encontraba en las aguas, y el contagio se producía a través de las heces y de los vómitos –como se creía en el siglo XIX-, ellas eran las que sacaban el agua de los pozos, lavaban las ropas en las acequias, en el río, y en los lavaderos. Ellas limpiaban los establos y se ocupaban de transportar el estiércol. Ellas preparaban la comida. Ellas limpiaban las heces y los vómitos de los familiares enfermos. Por lo tanto, no es insólito pensar que ellas estuviesen más expuestas al contagio, y muriesen en mayor medida que los hombres, durante las tres epidemias de cólera que asolaron a la villa de Benidorm. 5.1.2. Los hospitales de coléricos en 1885. Juan Thous y Carrera fue un benidormero destacado en la lucha contra el cólera en 1885, hasta el punto de ofrecer varias de sus propiedades inmobiliarias para uso de hospital de coléricos. Formó parte de la Junta Municipal de Sanidad, y en su familia se produjeron varias muertes por cólera morbo a lo largo de las tres epidemias que afectaron a Benidorm en el siglo XIX. Ramón Llorens Barber recogió en su obra la aportación filantrópica que realizó Juan Thous y Carrera a la sociedad benidormera (107): “(...) *o cesaron de agradecer los hijos de Benidorm el comportamiento de don Juan Thous y Carrera, “el solitario del Lliriet”. Retirado allí, viudo, fallecida su hija, a la cual se le habían muerto cuantos hijos tuvo, aquel “gigante de La Marina” hizo más de lo que pudo remediar la necesidad material de quienes quedaban en mala situación Ya no tenía el poder que 63


en tiempos ostentó, ni la edad (60 años) ni los achaques le acompañaban para dar más remedios. La prensa de Jávea, Denia y Alicante daba cada día noticias de la munificiencia y caridad que repartió don Juan Thous por todos aquellos pueblos, en los que antaño compraba los votos. Hasta sus enemigos políticos, que los tuvo, y encarnizados, reconocieron el bien que derramó en esta epidemia de 1885. Poseía una gran finca y casa en Sella, sin duda de herencia de su esposa, natural de allí, de la rica familia Cerdá. También su hija había casado con un Cerdá de Sella. Desde su casa del Lliriret, en Benidorm, Thous mandó encender hogueras en los picos más altos de las montañas cercanas, para anunciar el fin de la epidemia, y celebró comidas y fiestas con todos los vecinos. Desde Sella, una carta que firmaba “J. García y Sellés”, quién declaraba no conocer al Sr. Thous, a El Constitucional Dinástico Alicante 25 agosto 1885, decía así: “El nunca y jamás bastante bendecido don Juan Thous no solo viene a suscribirse en 14.000 reales para socorros sino que pone a disposición de la autoridad todo el trigo de su huerta que asciende a 22 cahíces (…). Dispone que sus casas del pueblo y del campo se destinen para hospital de coléricos y convalecientes y ofrece sus montes a los pobres para agenciarse leña y jornal seguro en sus tierras (…)”. VI.

La higienización del agua potable.

La escasez de agua en Benidorm fue un problema sin resolver a lo largo del siglo XIX. Varios son los autores que han descrito la gran cantidad de pozos, aljibes, y norias para la extracción del agua destinada al uso doméstico y agrario. Citan las fuentes archivísticas municipales ya en el año 1841, que estaba en proceso de construcción un acueducto y cañería para la conducción del agua, y con ello evitar la propagación de las enfermedades que afectaban constantemente a la población, como fueron las tercianas. El desarrollo de este proyecto fue gestionado por numerosas corporaciones a lo largo del siglo XIX, centrándose todas ellas en la mejora de la calidad del agua potable de Benidorm (108): “(…) todos recuerdan que por ser de época reciente, en el año 1841 se subastó la apertura de la acequia por la cantidad de ocho mil reales (…) en el año 1842, se impuso un gravamen sobre la harina que produjo veinte y un mil trescientos reales. En el año 1843 se adquirió la propiedad de dichas aguas por precio de quince mil reales de vellón (…). En el año 64


1844 se subastó la construcción del acueducto con arreglo a las condiciones facultativas (…)”. (109): “(…) En 1844 “(…) se abrió una suscripción voluntaria con este objeto y también se gravó el consumo de agua de dichas fuentes en dos reales de vellón por cántaro (...). Por efecto de estas vicisitudes las obras de la encañada han sufrido considerablemente deterioro y amenaza grave peligro el que se inutiliza completamente todo lo invertido (…). La corporación cree de su deber encarecer la grandísima necesidad de proporcionar al vecindario aguas potables, no solo por comodidad y limpieza, sino para de este modo evitar las enfermedades que por esta causa afligen a la población (…)”. Tras una investigación para conocer el estado en que se encontraba la situación del proyecto de la cañería, en 1852, la Corporación comunicó al Gobernador Civil que había desaparecido el expediente de subasta de la misma (110): “(…) han desaparecido el expediente de subasta de las obras a favor de Vicente Barceló y Pérez por la cantidad de ciento diez y nueve mil reales instruido en el año 1844, el presupuesto de las obras por el Arquitecto de Alcoy, D. Francisco Carbonell los expedientes de imposición de arbitrios en los años 1844 y 45, el expediente de inscripción voluntaria con este objeto, el expediente de subasta de dos meses por cantero de agua (…) quedando sólo la escritura de propiedad de las aguas denominado de Lliriet que nada se adelantará en ocultando por estar protocolizada en la Escribanía de D. Tadeo Ruzafa (…)”. Ocho años más tarde, concretamente en 1860, la construcción de la cañería continuaba paralizada, y bajo el mandato del alcalde Francisco de Paula Orts fue acordado el obligar al contratista a finalizar las obras (111): “(…) tuvo efecto en el año 1843 en que su Ayuntamiento compró a D. Vicente Thous y Pérez el caudal del agua necesario para la construcción de tres fuentes según consta en la escritura pública (…) faltaba para su conclusión la encañada o acueducto (…) Empezada la obra de lo que hay concluida un gran trecho (…) acordaron por unanimidad obligar a D. Vicente Barceló y Pérez a que continúe la obra de la cañería (…)”. Los miembros de la familia Orts estuvieron influenciados, en gran medida, por las teorías higienistas y las llevaron a la práctica en la municipalidad de Benidorm (112). De modo que el 23 de abril de 1860 reunidos en Pleno, Francisco de Paula Orts con los mayores contribuyentes asociados, entre los que se encontraban José Orts y Jorro, José Berdín, Pedro Berdín, Tadeo Rusafa Falcó, Gaspar Orts, entre otros, -hasta conformar catorce individuos-, hicieron constar que las óptimas condiciones del agua potable estaban relacionadas directamente con la salud de la población (113): “(…) Siendo una de las 65


principales causas que tanto influyen en la salud de los pueblos las aguas del Consumo y teniendo en construcción en esta para conducir las aguas potables una encañada que el Ayuntamiento contrató con D. Vicente Barceló y Pérez con obligación de facilitar las peonadas y caballerías necesarias para el acarrelo de los materiales las manos de los operarios, con el fin de que siga la obra y no se interrumpa por falta de medios se presupuestan cuatro mil reales vellón para atender al gasto de aquella (…)”. Un mes más tarde, en la sesión plenaria de 2 de mayo se informó de que la cañería estaba construyéndose con materiales como cal y argamasa de piedra (114). En septiembre de 1860, en vista de que la construcción de la cañería no avanzaba, la Corporación presidida todavía por Francisco de Paula Orts, decidió reconstruir de nuevo la cañería, puesto que el paso de los años la había destruido (115): “(…) se estaba en el caso de dar principio a las obras suspendidas y recomposición del trozo que hay hecho y que la mano del tiempo ha destruido: En su vista los S.S., del Ayuntamiento y asociados acordaron por unanimidad, se forme el correspondiente expediente sacándose a pública licitación las obras de la recomposición de la cañería hecha y apertura del cauce que falta hasta el nacimiento de las aguas previo el justiprecio del coste de las obras por dos inteligentes [ilegible] para la subasta, administrando en ello pujar a la llana disminuyendo la cantidad señalada y cuyo remate tendrá lugar el día siete del mes de octubre (…)”. El siguiente paso que dio la Corporación fue el de aprobar la aportación económica que debieron de hacer los vecinos (116): “(…) acordaron la prestación personal con que el pueblo ha de contribuir para la conclusión de la cañería que para conducir aguas potables tiene constituido con D. Vicente Barceló y Pérez (…) El número de peonadas que ha de prestar cada persona será de dos a tres, y el de caballerías de tres a cuatro. Cuarta. Los constituyentes que opten por la realización de las peonadas que les corresponden por sus personas y caballerías pagarán lo siguiente. Por cada jornal o peonada de hombre cuatro reales de vellón. Por cada jornal de caballos y mulas siete reales de vellón (…)”. A Francisco de Paula Orts le sucedió como alcalde en 1861, José Berdín, también emparentado con los Orts, quién continuó la labor de avance de la cañería (117): “(…) después de haber conferenciado detenidamente sobre el particular acordaron por unanimidad hacer presente al M. Ilustre Sr. Gobernador de la Provincia que en este estado de miseria que se halla esta población a causa de la falta de lluvias que tiene agostados los campos (…) También tiene empezada una obra de absoluta necesidad para el vecindario, cual es la 66


construcción de la cañería de la fuente y para cuya obra se necesita consignar todos los años algunas cantidades en la imposibilidad de hacerlo de una vez (…)”. En febrero de 1862 las obras de la cañería continuaban paralizadas (118): “(…) Por el Sr. Presidente se espuso, que los sacrificios tanto pecuniarios como personales que en todos estos tiempos ha hecho la población para procurase aguas potables de que tanto carece, quedaron infructuosas sino se hace entender al contratista de las obras de la encañada D. Vicente Barceló y Pérez, que si por devido o demasiado bueno fue de la municipalidad que entendió en las bases del contrato dejó de fijarse el tiempo en que se habían de dar por concluidas las obras, ello no le autoriza para que protestando cada día un motivo si bien infundado, tenga paralizadas las obras, dividiendo la conducción hasta la consumación de los siglos. Cuando en 27 de mayo de 1860 se le trató de obligar para que se diera principio a las obras, ya que opuso algunas dificultades sobre la inteligencia de las obligaciones del contrato, que consultadas con el Sr. Gobernador de la provincia fueron resueltas por dicha autoridad en comunicación de la de cuatro de julio conformándose en ello el contratista, notificado que le fue en la sección habida en 28 de septiembre del mismo año. La duda consultada versaba más particularmente sobre la obligación que según la condición tercera del Contrato tiene de argamasa y cal, y esta misma duda resuelta ya por la superioridad y consentida ya por el contratista, es la que he buelto a reproducir de nuevo, con otros en cuios además en escrito de quince de abril patentizan las ideas de diferencia el cumplimiento del contrato (…) Oído el parecer de los Maestros de Obras de esta villa, resolvieron por unanimidad fijar el término en tres meses para dejar concluida la cañería, cuyas obras han de principiarse a las veinte y cuatro horas de notificado ese acuerdo(…)”. Parece ser que en esta ocasión las obras se iniciaron, pero no con las condiciones que debiera (179): “(…) Que el encargado de vigilar las obras de la cañería de las fuentes Luis Cabot, se había denunciado varias veces que los materiales que se emplean en las obras eran de mala calidad y que estos no se hacían con la solidez y debido en razón a que el mortero o liga entre ellos en muy cantidad; en su virtud se había constituido en el sitio de las obras y observó que efectivamente eran ciertas las denuncias del sobrestante, y por ello había reconvenido al Contratista D. Vicente Barceló ya principiadamente ya en la Sala Capitular a presencia de varios de los primeros contribuyentes convocados al efecto; más como quiere que el contratista despreciando las prudentes amonestaciones que le habían hecho insistir en su tema de no hacer las obras bien, con la dañada intención de ahorrar materiales 67


y alcanzar mayores beneficios; se ve en la sensible necesidad de puesto en conocimiento de la Corporación para que adopte aquellas medidas que crea convenientes a los intereses de la población. En su consecuencia los S.S., del Ayuntamiento después de haber conferenciado detenidamente sobre el particular, acordaron por unanimidad, que supuesto que el Contratista D. Vicente Barceló desoyendo las juntas reconvenciones del Sr. Presidente insiste un día y otro dice en no invertir en las obras los materiales necesarios y estar de mala calidad (…)”. Como el tema parecía no tener solución, la Corporación decidió ponerlo en conocimiento del Gobernador Civil para que enviase al arquitecto con el fin de averiguar si las obras tenían las condiciones de solidez necesarias. Existe constancia en las fuentes archivísticas de que en 1863 ya había sido finalizado un tramo de la cañería, que partía del nacimiento de la fuente y llegaba hasta la casa de José Berdín, ubicada en la partida denominada “Hoya del Cá” (120): “(…) el contratista de la obra de la cañería de la fuente de esta villa D. Vicente Barceló y Pérez que se halla presente le había manifestado quedar concluido el trozo comprendido en el primitivo contrato que comprende desde el nacimiento de la fuente, hasta la casa de D. José Berdín situada en la partida denominada hoya del Cá y que por consiguiente creía haber cumplido con las Condiciones del contrato que tiene con el Ayuntamiento (...) El Ayuntamiento acuerda que se revisase la cañería por el Ingeniero o Arquitecto de la Provincia y que dado por útil lo adelante y abone al Contratista la cantidad que se le adeuda y en caso de dada por inútil se encargue la corporación de hacerlo a costa del contratista D. Vicente Barceló quien en este caso abonará de su peculio los honorarios que devenga el revisor (…)”. José María Orts Berdín conocía perfectamente que el origen de muchas enfermedades que aquejaban a Benidorm se hallaban en el mal estado del agua potable, y por ello durante su mandato luchó por paliar el problema (121): “(…) Considerando que una de las mejoras materiales y tal vez la más esencial que los gobiernos encargan a los pueblos es el proveerse de aguas potables, porque su falta es el origen de innumerables enfermedades que los aquejan (…) y si por el contrario las obras no tienen las condiciones de solidez y demás que se requieren, disponer su demolición señalándole a aquel un plazo prudencial para que las haga de nuevo o autorice al Ayuntamiento para que lo efectúe por cuenta del contratista utilizar sus aguas, se presupuestan doscientos reales de vellón. Punto 8. Habiendo dejado de satisfacer al contratista de las obras de la cañería de las fuentes D. Vicente Barceló y Pérez el último plazo de la contrata por no haberse podido entregar el 68


Ayuntamiento de la obra a causa de no estar revisada por el Arquitecto de la Provincia y saber si son o no útiles para el servicio que se las destina se presupuestan diez mil setecientos diez y seis reales vellón y cincuenta y ocho céntimos (…)”. Tras veinticinco años en los que las obras de la canalización del agua potable no pudieron concluirse, llegó el año del cólera de 1865, que tuvo unas precondiciones altamente positivas para que la epidemia se propagase rápidamente. En primer lugar, un año antes, en abril de 1864 descargó una tormenta sobre Benidorm las noches del 17 y 18 de abril provocando grandes destrozos por las lluvias de fuerte intensidad horaria. La intensidad y fuerza de las precipitaciones provocaron el arrastre de tierras en el cementerio dejando los cadáveres al descubierto; abriendo surcos en las calles y plazas, rompiendo árboles, y asolando cosechas (122): “(…) D. Joaquín Thous, Alcalde estando en suficiente mayoría se dio cuenta por dicho Sr. Presidente que el Sr. Cura párroco de esta villa, se había presentado manifestando que la cerca o paret que circunvala el lugar donde está situado el camposanto de esta villa, se había hundido a causa del aguacero e inundación sucesiva que había sufrido este término dejando a merced de los animales dañinos los restos mortales de los que allí yacen (…) como también que como era público y sabido de todos, las calles y plazas de esta villa habían quedado intransitables y abiertas en ellas profundos surcos que serían causa a producirse algunas desgracias, que los caminos que conducían a esta población estaban cortados en muchas partes e intransitables bajo todos conceptos, y en un estado lamentable todo lo cual requiera un pronto y eficaz remedio (…)”. (123): “(…) Que apenas recibió el parte verbal de los guardias rurales José y Francisco Llorca, para cerciorarse de la vecindad de lo ocurrido y adoptar las medidas que fueran del caso, había recorrido la mayor parte del término, acompañado de los concejales D. Domingo Ivars y D. Luis Pérez que estaban presentes y de los dos citados guardias; y habiendo contemplado con asunto existente los campos inundados unos, devastados otros, las mieses poco antes hermosas, destruidas casi por completo, los árboles seculares, tronchados unos y arrancados de raíz otros, y perdida casi por completo la cosecha de algarroba, almendra y aceite en que fundaban sus esperanzas los labradores (…)”. En enero de 1865, todavía no se habían arreglado las infraestructuras por no haber presupuesto para ello (124). En febrero de ese mismo año serían reestructuradas las alcantarillas, terraplenes y desagües (125): “(…) El contratista se obliga a reponer un trozo de camino comprendido desde la salida de la calle del Campo, hasta la cuesta de 69


la cala o de Pedro Miguel en el mismo ser y estado que tenía antes del aluvión acaecido en esta villa en diez y siete y diez y ocho de Abril próximo pasado, con todas sus alcantarillas, terraplenes y desagües, haciéndolos nuevos, donde la experiencia se haya demostrado ser de necesidad y que están indicadas por las corrientes de las aguas (…)”. El mismo proceso se aplicó en la reparación y limpieza del pozo del Hondo (126): “(…) se presentó para contratista Jaime *ondedeu, de Benidorm única propuesta presentada. Jaime Lloret, albañil se encarga de la obra del pozo del Hondo, quedando Francisco Lloret, concejal y teniente de Alcalde de revisar la obra del pozo (…)”. Por lo tanto, el cólera morbo entró en Benidorm causando bajas en octubre de 1865, en un medio físico donde las aguas estaban sucias y contaminadas por el arrastre de tierras y de inmundicias; y donde todavía no estaba construida la red de conducción de agua potable. VII. La sanidad en Benidorm a lo largo del siglo XIX. Benidorm al igual que el resto de España se rigió por la legislación -en materia de sanidad-, que emanó de las Cortes de Cádiz en 1813, y que fue la denominada Instrucción Municipal”, para posteriormente guiarse por la Ley Municipal de 1823, que creó las plazas de médicos municipales y su contratación por los ayuntamientos (127), debiendo los médicos contratados (128): “(…) asistir a los ciudadanos pudientes en régimen de igualas o conducidos se recoge por primera vez en la “Instrucción para el gobierno económico y política de las provincias”, de 3 de febrero de 1823 cuyo artículo 12 prevé que haya facultativo o facultativos en el arte de curar personas y animales, según las circunstancias de cada pueblo, señalando a los médicos o cirujanos la dotación correspondiente, a lo menos a la asistencia de los pobres, sin perjuicio de que los fondos públicos lo puedan sufrir se extienda también la dotación de la asistencia sanitaria a todos los demás vecinos. Los facultativos serán atendidos y contratados por el ayuntamiento, pero si sus sueldos u honorarios se hubieran de satisfacer por igualas o repartimiento vecinal, solo se sujetará este pago a los que quieran servirse de los facultativos elegidos (…)”. A lo largo de todo el siglo XIX funcionaron las juntas provinciales y municipales de sanidad, desde su creación por Orden de 13 de junio de 1813 (129): “(…) Las juntas municipales se prevén como ocasionales cuando hubiera amenaza de epidemia, a pesar de la encomienda a los ayuntamientos de la policía de salubridad por la propia constitución; junta que debería en tales casos estar compuesta del alcalde primero o quién sus veces haga, del cura párroco más antiguo, donde hubiere más 70


de uno, de uno o más regidores y de uno o más vecinos según la extensión de la población y de las ocupaciones que ocurran (…)”. La Real Orden de 28 de agosto de 1834 ordenó (130): “(…) la composición de las juntas provinciales que subsisten y de las municipales, con los que se les da una organización homogénea y jerárquica de la autoridad civil, y en su caso militar. En los municipios, la junta sería presidida por el alcalde y por un jefe militar, un eclesiástico, un concejal, un procurador síndico, un vocal de la junta de comercio o un comerciante, un hacendado y uno o más facultativos del arte de curar (…)”. En 1849 fueron creadas las juntas municipales de sanidad (R.O. 18 enero) permanentes en toda España pero no llegaron a desarrollarse (131). Las funciones de las juntas municipales en las poblaciones de más de mil habitantes se centró en procurar mejoras en cuanto a salubridad (132): “(…) sobre estercoleros, aguas estancadas, acequias, granjas de cerdos o conejos en sitios ventilados, limpieza de letrinas, traslado de productos peligrosos, vigilancia de utensilios plomados, calidad del agua, alimentos y aseo de poblaciones, de los cementerios alejando los puntos de infección (…)”. Como se ha visto anteriormente, la Junta Municipal de Sanidad de Benidorm vino desarrollando todas estas funciones a lo largo del siglo XIX. Durante todas las invasiones del cólera morbo en Benidorm, la Junta Provincial de Sanidad se ocupó de reducir el avance de la epidemia tanto en Benidorm como en el resto de pueblos de la comarca, manteniendo constantemente información con el resto de juntas municipales, y trasladando a un reputado médico de Málaga para paliar el avance de la enfermedad. Para actuar con rapidez, la Junta Municipal de Sanidad disponía de una embarcación, que fue empleada para acercar hasta Benidorm al afamado Vicente Orts, desde Málaga en 1834 (133): “(…) La Junta de Sanidad de esta villa, ha hecho el último sacrificio que podía, mandando expresamente al veloz falucho El Rayo para la ciudad de Málaga (…)”. Dicha embarcación continuaba en propiedad de la Junta Municipal de Sanidad en 1870 (134): “(…) Se manifestó que a consecuencia de haber fallecido el día treinta y uno del pasado julio Don Pedro Pérez y Ballester patrón de la falúa de Sanidad, ha nombrado interino desde aquella fecha a D. Manuel Soria y Ortuño, y como quiere que dicho cargo habría de ser en propiedad y nombrado por la corporación lo ponía en conocimiento de las misma a fin de que procediera al nombramiento de dicho empleo en la persona que fuere acreedora para el mismo Los señores concejales después de conferenciar 71


detenidamente sobre el particular y satisfecho de las buenas dotes que concurren en Don Manuel Soria y Ortuño patrón de Sanidad interino fue nombrado en propiedad por unanimidad (…)”. La Junta Municipal de Sanidad de Benidorm se regía por la legislación vigente (135): “(…) se nombre según la ley dos individuos de los mayores contribuyentes para que en unión con el regidor formaran parte de la junta municipal de Sanidad (…) *ombraron por unanimidad a D. Tadeo Rusafa y D. Cosme Fuster y Pérez (…)”. 7.1. Los facultativos. José Javier Viñes, en su obra “La sanidad española en la segunda mitad del siglo XIX” describe perfectamente la situación generalizada del país, que refleja, de la misma manera, la sanidad de Benidorm (136): “(…) El panorama de la asistencia médica a finales del siglo XIX era deplorable, no solo por su poca eficacia, sino por la escasez de facultativos, si bien la diversificación profesional entre cirujanos, sangradores, ministrantes, comadronas y parteras permitía la presencia de algunos de ellos en los pueblos ya que los médicos y farmacéuticos preferían capitales núcleos importantes (…)”. Fue a mediados del siglo XIX, con la Ley Orgánica de Sanidad de 1855 cuando se incorporó la hospitalización domiciliaria o asistencia a domicilio ejercida por los facultativos encargándose de la asistencia de las familias pobres (137). En 1868, Isabel II emitió un Real Decreto en el que se reglamentaba la asistencia a los pobres y organización de los partidos médicos de la península (138): “(…) Los facultativos titulares en los de menos de 4000 y solo para la asistencia de beneficencia en los de mayor población, con el fin de que los pobres no tengan que acudir necesariamente a los hospitales, sino que la hospitalidad” la van a recibir a domicilio (…) los médicos titulares en el reglamento de 1868 asumen la obligación de: asistir gratuitamente a los pobres; prestar servicios sanitarios de interés general que el Gobierno y sus delegados les encomendaban; auxiliar a los ayuntamientos con sus conocimientos científicos respecto a lo relativo a la población sanitaria; prestar en casos de urgencia servicios en las localidades próximas a las de su partido por encargo del Gobernador (…)”. Benidorm en el siglo XIX tenía un censo de población que no alcanzaba los mil habitantes -962 en 1862 (139)-, por lo tanto pertenecía a la primera clase de partidos médicos, debiendo tener un médico titular por Cada 300 familias pobres, y uno más por fracción de 150, oscilando su sueldo entre 400 y 800 escudos (140). 72


(141): “(…) El médico titular y los vecinos no pobres quedaban en libertad de celebrar entre ellos contratos para su asistencia en doble modalidad: en los partidos libres o abiertos con una cantidad convenida que se administra por una junta de vecinos que establece el pago de las “igualas” de los “conducidos” por el médico; en las partidas cerradas es el ayuntamiento quién fija la iguala, lo cobra a los vecinos con recursos y lo gestiona para garantía del médico. El vecino que no quiere iguala deberá pagar honorarios al médico por visita (…)”. Por lo tanto, la situación económica del médico fue precaria y así quedó de manifiesto en la información del Archivo Municipal de Benidorm, a lo largo de todo el siglo XIX. 7.1.1. Médicos, cirujanos y matronas. Desde principios del siglo XIX, las fuentes archivísticas citan los nombres de diversos sanitarios que trabajaron en Benidorm. El dato más antiguo registrado aparece en el Archivo Parroquial, con fecha de 19 de octubre de 1834, correspondiente al entierro del cirujano Francisco Vives Fuster (142). El Registro Civil de Muertos de la Villa de Benidorm certificó la defunción el 24 de diciembre de 1847 de Francisco Vives, de 27 años, casado, médico, e hijo de Andrés Vives, -de oficio sangrador-, y de Laura Bas (143). José Llora fue el médico que desertó en la epidemia del cólera de 1834 y que fue apresado en la torre de Las Caletas (144). En 1850 ya figuraban como facultativos Thomás Llinares y Jaime Linares. Posteriormente en 1852, ejerció como médico titular de Benidorm, Tomás Linares separado de su cargo por no cumplir con la asistencia de los pobres (145). Jaime Linares ocupó la plaza de cirujano ese mismo año (146), quién también fue separado de su cargo por el mismo motivo. Y nombrado en su lugar a Pedro Vives y Vila. Paralelamente Juan Bautista Rusafa ejerció como médico secretario del ayuntamiento. En 1859 actuó como matrona Margarita Orquín (147): “(…) María Soler. Albat. Como vicario propio de la Parroquial Iglesia de la villa de Benidorm Provincia de Alicante Arzobispado de Valencia, mandó dar sepultura en el día de la fecha al cadáver de María Soler, la cual nació fue bautizada por la Señora Margarita Orquín, Comadre de la Villa y falleció en el acto a las tres de la mañana (…)”. En 1866 fue nombrado por unanimidad el cirujano Jaime Linares (148): “(…) por no existir en esta localidad de otra clase (…)”. 73


En 1869 prestó juramento a la Constitución española mediante un acto protocolario realizado en el ayuntamiento, el día 6 de junio, estando presente junto a Jaime Linares, el también médico José Pérez Vives. En 1875 continuaba como médico titular José Pérez Vives, mientras que ejercía el cargo de cirujano Pedro Galindo Such (150). En 1897, la plaza de médico titular la ocupó Eduardo Llorca Castells (151) y un mes después, en marzo del mismo año, las fuentes lo citan como médico cirujano (152).

7.1.2. La falta de recursos económicos: médicos mal pagados. Un problema constante a alo largo del siglo XIX en Benidorm. Las múltiples funciones que debieron de ejercer los facultativos de Benidorm supusieron –que desde finales del siglo XIX- surgieran numerosos problemas entre el médico titular y el Ayuntamiento, a la hora de atender a los pobres del vecindario. El problema radicaba en la falta de remuneración de los facultativos, una constante en la segunda mitad del siglo XIX. La primera incidencia recogida en las fuentes archivísticas se produjo en 1852 con la destitución del cirujano Jaime Linares (153): “(...) Teniendo también en consideración el descuido y mala asistencia a los pobres del vecindario por parte del Cirujano titular D. Jaime Linares le destituye igualmente nombrando para desempeñar este cargo a D. Pedro Vives y Vila (…)”. Unos meses después, el problema surgió con el médico titular Tomás Llinares que apelaba a su elevada edad y dolencias para no tener que acudir a asistir a los pobres de la villa (154): “(…) inmediatamente por el Regidor Síndico se expuso: que en vista de muchas reclamaciones por los Pobres de Solemnidad de la villa sobre la falta de asistencia del Médico Titular D. Tomás Llinares y del abuso introducido de que no quiere dicho Facultativo visitar a los mencionados Pobres gratis y como tiene la obligación para lo que se le retribuye con quinientos reales anuales en vista también de su edad septuagenaria, con las dolencias que padece que le impiden visitar fuera del casco de la población y aun con dificultad en el mismo, no podía menos en beneficio de los intereses que representa que pedir al Ayuntamiento la separación del mencionado Facultativo, consignando en el acta que el que le suceda tenga obligación de visitar gratis a los Pobres de la Villa, no a su juicio, sino al del Regidor Síndico y por medio de papeleta de este. El Ayuntamiento enterado de lo espuesto por el Regidor Síndico y 74


constándole la certeza de lo por él espuesto, después de haver conferenciado detenidamente, acordó la separación del mencionado Facultativo D. Tomás Llinares, con la remisión de la Copia Certificada de este acuerdo al Sr. Gobernador y [ilegible] esta, al anuncio correspondiente de la vacante en el Boletín Oficial (…)”. La necesidad de buscar un sustituto era acuciante, de forma que al día siguiente el Ayuntamiento decidió nombrar como titular interino al médico Juan Bautista Rusafa, que desde ese año desempeñaba el cargo de secretario en el ayuntamiento (155): “(…) Acto continuo el Sr. Presidente manifestó que creía de vigente necesidad el nombramiento interino de Médico Titular para la asistencia de los Pobres de Solemnidad y cosas que pudieran ocurrir, y el Ayuntamiento después de conferenciar detenidamente acordó por unanimidad nombrar para desempeñar la interinidad de dicha plaza al Médico Juan Bautista Rusafa, a quién se le hizo saber, y aceptó en el cargo (...)”. De modo que Juan Bautista Rusafa ejerció de forma compartida la interinidad de la secretaría del ayuntamiento y de la titularidad de médico hasta junio de 1852, en que pasó a ejercer la plaza en propiedad de secretario, manteniendo la interinidad como médico (156): “(…) que anunciada la vacante de la Secretaría de este Ayuntamiento por disposición del M.Y.S. Gobernador de la Provincia en el Boletín Oficial nº 56, circular nº 260, y concluido el plazo en el día de hayer se estaría en el caso de proceder al nombramiento o provisión de la vacante en la persona que el Ayuntamiento juzgase más digna; que en el plazo del mes fenecido en el día de hayer se habían presentado dos solicitudes suscritas la una por D. Salvador Serrano vecino de Penáguila la que se ha recibido por el correo sola y sin ninguno de los documentos que según la ley deben acompañarse, y la otra por D. Juan Bautista Rusaza, vecino de esta villa y secretario interino de la Corporación, la que viene acompañada de la fe de Bautismo y Certificación de buena conducta moral y política; puestas sobre la mesa las mencionadas solicitudes, enterado el Ayuntamiento y después de haber conferenciado detenidamente acordaron por unanimidad nombrar Secretario en propiedad de esta Corporación al mencionado D. Juan Bautista Rusaza por reunir las circunstancias de abtitud y moralidad con las demás que requieren las leyes (...)”. Los dos últimos meses del año 1852 resultaron problemáticos para los acuerdos sobre el cese del cirujano titular y del médico titular, negándose en ambas sesiones plenarias a firmar el acta, ciertos ediles, por no haber estado presentes. 75


El 7 de noviembre se produjo el desacuerdo por el cirujano Jaime Llinares (157): “(…) Seguidamente se dio cuenta de la exposición Jaime Llinares Cirujano de esta villa y titular que fue de la misma en el pasado año remitida por el Sr. Gobernador de la Provincia para que sobre su conducta informe al Ayuntamiento; el que fue enterado acordó informar a su Señoría que en sesión de 4 de enero del corriente año tuvo por convencimiento este cuerpo municipal en virtud de la facultad privativa que le concede el articulo 79 de la ley vigente, y atendiendo a que no mediava contacto ni obligación alguna entre la corporación y D. Jame Llinares por causa de que se había importado quejas por falta de este en la asistencia a los Pobres del vecindario separarle del cargo de Cirujano Titular que había desempeñado, sin más derecho ni título que la voluntad del Ayuntamiento. Que considerando que por la insignificante gratificación de 300 reales de vellón anuales cantidad consignada en el presupuesto para este servicio hacer imposible pudiera pretender esta plaza un facultativo forastero, no creyó del caso anunciar la vacante de dicho cargo, mayormente cuando los Ayuntamientos anteriores habían procedido del mismo modo, como fue el Llinares no obtuvo más nombramiento que un acuerdo de la Corporación. Hecho saber al interesado este acuerdo nada opuso ni acudió en quejas a la autoridad de Sº como hasta ahora; callando estudiadamente la época de su separación y atribuyéndole a su partido con la intención de callar la imparcialidad y recto proceder de las Señorías. Finalmente el Ayuntamiento cree estuvo en el círculo de sus atribuciones acordando la mencionada separación y espera de la justificación del Sr. Governador desa tenderá la instancia de Llinares. El 2º teniente Alcalde D. Governador desa tenderá la instancia de Llinares. El 2º teniente Alcalde D. Francisco Más y los regidores D. Pedro Llorca y Zaragoza y D. Matías Llorca manifestaron que se negava a firmar esta acta por no haber asistido a la sesión de 4 de enero en que se acordó separación del Linares y por más esfuerzo que hizo el Sr. Presidente (…) y que no debían negarse a firmar (…)”. El acta fue firmada por Cosme Fuster, Francisco Llorca, Josef Llorca, Vicente Vives y el secretario Juan Bautista Rusafa. El 5 de diciembre cambió la voluntad política de la Corporación aumentando la dotación anual para la plaza de cirujano a 800 reales de vellón (158): “(…) pagados por semestres vencidos de los fondos de propios de esta villa y que con respecto a las igualadas como hay en esta Médicos y Cirujanos establecidos como cada uno tiene la 76


clientela que se ha podido adquirir no es posible calcular el tanto que aquellos puedan producir (…)”. El 31 de diciembre de 1852 finalizó con un Pleno problemático en el que fue leída la aprobación del Gobierno Civil por el cambio de titular, pero de nuevo varios concejales se opusieron a la separación y nombramiento del nuevo titular por no haber estado ellos presentes (159): “(…) se dispuso la lectura de la esposición del médico D. Tomás Llinares que remite el M.Y.S. Governador de la Provincia para que sobre ella informe el Ayuntamiento el cual después de haber conferenciado detenidamente acordó informar: Que esta corporación en sesión celebrada el día primero de Mayo último, a instancias del Regidor Síndico y en virtud de la facultad que le concede el art.º 79 de la ley vigente, tuvo por conveniente acordar la separación del Médico D. Tomás Llinares del cargo de Titular de esta villa por los motivos que se espresan en dicha acta reducidos a la falta de cumplimiento en la asistencia a los pobres del vecindario y a la imposibilidad de dicha obligación atendida la edad septuagenaria y achaques que padece el Llinares. Que para el mejor acierto se dio cuenta de este acuerdo con remisión de copia certificada del mismo al M.Y.S. Governador de la Provincia cuya autoridad manifestó en 13 del mismo más que necesitaba saber si mediava algún contrato u obligación entre el Ayuntamiento y el mencionado Linares a lo que se contestó que no existía compromiso de clase aluna, que esta plaza siempre había sido de libre promoción nombramiento del cuerpo municipal y que los 50 reales de vellón consignados en el presupuesto heran una gratificación que se concedía en compensación de las obligaciones de visitar a los pobres del vecindario a juicio del Regidor Síndico (…)”. El texto continúa diciendo que se dispuso la inserción del acuerdo en el Boletín Oficial y que hubo un error consistente en que se anunciaba la plaza de cirujano, en lugar de médico “(…) permaneciendo la enunciada plaza de Médico Titular desempeñada por un Médico interino nombrado por la Corporación en sesión de dos de mayo (…)”. Continúa el documento explicando que fue aprobada por el Gobernador de la Provincia la separación del médico Tomás Llinares, publicando el concurso de la vacante en el BOP. Pero el acuerdo no lo quisieron firmar por parte del segundo teniente Alcalde Francisco Más, y de los regidores Francisco Llorca y Matías Llorca, porque alegaban que no habían asistido a la sesión en que fue separado el médico. El Alcalde les contestó que no podían negarse a firmar el acta, pero ellos no firmaron. De modo que el acta fue 77


firmada por Pedro Ortuño, Francisco Llorca, Cosme Fuster, Josef Llorca, Vicente Vives, y el secretario y médico Juan Bautista Rusafa. Como los problemas económicos seguían siendo el motivo principal entre facultativos y Ayuntamiento, en 1860 volvió a aumentarse la dotación para el médico titular y para el cirujano (160): “(…) por unanimidad resolvieron 1º Aumentar la dotación del Médico Titular quinientos reales de vellón por lo que respeta a este año doscientos al Cirujano sin perjuicio de que para el año que viene se doten estas plazas con arreglo a la Categoría y buenos servicios de tan respetable clase (…)”. En diciembre de ese mismo año, la Corporación le pidió a los mayores contribuyentes asociados su apoyo para aumentar la dotación de los titulares (161): “(…) se manifestó que viendo la absoluta necesidad el nombramiento en esta villa de un médico titular para atender a la asistencia del gran número de pobres que hay en ella y para el desempeño del servicio de los actos de oficio que le permiten, y como quiere que servicio de tanta importancia y trascendencia está desatendido por no haber quien quiera servirle por la misma dotación de quinientos reales de vellón con que se atribuye, cree un deber como presidente de la municipalidad ponerlo en conocimiento de la misma y mayores contribuyentes con el objeto de que si lo estiman justo y conveniente voten el aumento de dotación para poder atender a servicio tan preferente. También debe hacerse presente que la plaza de Cirujano titular si bien está provista no tiene la dotación que le corresponde a Pueblo de tan crecido vecindario y que por lo mismo considera indispensable su aumento. Enterados los S.S., del Ayuntamiento y asociados y reconociendo con el Sr. Presidente la falta de Médico Titular, ya para asistencia de las enfermedades comunes, y casos médicolegales que continuamente se ofrecen ya para las invasiones de las enfermedades epidémico-contagiosas que por desgracia afligen con bastante frecuencia a los Pueblos. Conociendo también que la plaza de Cirujano si bien no presta el servicio que la del Médico no está dotada suficientemente, acordaron por unanimidad aumentar la dotación del Médico Titular cuatro mil quinientos reales vellón y trescientos la del Cirujano (…)”. Pasaron los años y en 1865, todavía seguía desatendida la población en cuestión de facultativos, de modo que esta vez, la Corporación pensó en primar con una dotación económica extra, al médico que asistiera a las familias pobres (162): “(…) El Sr. Presidente manifestó que en virtud de que este pueblo carece de Médico Titular en atención a no haber aceptado ninguno este cargo 78


por la cortisima asignación con que está dotado y constando este pueblo de nuevecientos sesenta y dos vecinos según el último censo de población, reputaba como de primera clase este partido, conforme con la clasificación que se hace en el artículo 2º del reglamento de 9 de octubre último sobre organización de partidos médicos, y era de parecer que debía de señalarse al Médico Titular que debía ser nombrado, con arreglo a lo dispuesto en dicho art.º la dotación de 4000 reales de vellón con cargo al presupuesto municipal, por la asistencia gratuita de doscientas familias pobres según el espresado reglamento y o más veinte reales de vellón de plus por cada una de las familias pobres que haya en el pueblo y que excede de aquel número (…) Se crea por unanimidad: 1º Se crea una partida de médico-cirujano de 1ª clase. 2º Obligación de asistir a 200 familias pobres, 3º Contrato para dos años (…)”. A finales de 1866 se mantuvo la misma situación de falta de facultativos (163): “(…) ya no era posible por ningún concepto seguir sin facultativo titular que estuviese siempre pronto al llamamiento de la autoridad siendo de opinión que sin perjuicio de disponer oportunamente lo que previene la ley respecto al arreglo de partidos médicos, se nombrase con el carácter de interinidad a un Facultativo que asistiera a los enfermos y heridos de orden de la autoridad, haciéndose cargo los señores presentes de la necesidad acordaron nombrar a D. Jaime Linares Carense, cirujano por no existir en esta la calidad de otra clase (…). Se mandó comparecer al citado D. Jaime Linares y enterado admitió el cargo con la retribución de cien Escudos nacionales obligándose a desempeñarlo bien (…)”. En 1869 continuaba desempeñando la plaza de cirujano Jaime Linares, y en la de médico José Pérez (164) que se incorporó el 18 de octubre de 1868 (165): “(…) Don José Pérez por dicho Sr. Se manifestó: Que llegado el caso de tener que satisfacer el haber asignado en el presupuesto ordinario al facultativo en Medicina D. José Pérez y Vives, que viene desempeñando el cargo de Médico Titular de esta villa desde el día diez y ocho de octubre de mil ochocientos sesenta y ocho en que fue nombrado, asistiendo a los enfermos declarados pobres por esta municipalidad, hizo presente dicho facultativo, que no podía inscribir la nómina del haber que se le había señalado, porque era a la vez fiel de Lliriana de esta villa cargo incompatible con el de médico titular. Pero convencido de la puntualidad con que el médico D. José Pérez y Vives único facultativo de esta clase existente en la población había prestado sus servicios a la clase de enfermos pobres, y que a pesar de haber insertado la vacante de esta plaza para el Boletín Oficial de la 79


Provincia sin presentarse facultativo que la desempeñase, ha continuado prestando igual servicio a los enfermos pobres, se estaba en el caso de satisfacer al mencionado José Pérez y Vives, como por vía de gratificación los trescientos escudos que tiene asignado anualmente como en honorarios previa la aprobación del M.I. Gobernador Civil de la Provincia, y sin perjuicio de anunciar nuevamente la vacante, en el boletín oficial de la provincia, por si hay quién quiere desempeñar este cargo. Los Sres., Concejales, constándole ser verdaderamente positivo lo expuesto por su digno Presidente, accedieron gustosa dando su asentimiento por unanimidad (…)”. En 1875 desempeñaban las funciones de médico titular José Pérez y Vives, y de cirujano Pedro Galindo (166): “(…) cada cual con arreglo a su clase (…)”. En 1897 desempeñó el cargo de médico y cirujano titular de Benidorm Eduardo Llorca Castells (167): “(…) Para cumplimentar lo dispuesto en el artículo 59 del reglamento de la Ley de Reclutamiento y Reemplazo, el Ayuntamiento acordó por unanimidad nombrar a Dn. Eduardo Llorca Castells Médico Titular de esta villa, para reconozca a los mozos, padres y demás interesados en el actual reemplazo (…)”. (168): “(…) con asistencia del señor Médico Cirujano Titular, Don Eduardo Llorca Castells (…)”. En ese año el médico-cirujano titular cobraba mensualmente del Ayuntamiento la cantidad de 41 pesetas con 66 céntimos (169)”.

VIII. ?otas bibliográficas. (1). “La población española en el siglo XIX”. Historia de España. Crecimiento demográfico. Mortalidad, Natalidad. Migraciones. Distribución territorial. Fuente: www.html.rincondelvago.com/lapoblacion-española-en-el-siglo-XIX.html. (2). CIDAPA. Cuentas de caudales. “Cuenta justificada que presenta al Ayuntamiento de los gastos realizados en el municipio durante la epidemia del cólera del 31 de julio al 31 de agosto de 1855”. www.dipalicante.es/cidapa/jsp/tools/print-curview (3). CIDAPA. Contribuciones espaciales. “Reparto para atender a los gastos en caso de epidemia de cólera”. Año 1855. www.dip-alicante.es (4). CIDAPA. Contribuciones especiales. “Reparto de socorro para los que sean atacados por el cólera morbo”. Año 1855. www.dipalicante.es 80


(5). CIDAPA. Contribuciones especiales. “Expediente de reparto de la Contribución para reparar y combatir el cólera, en base a la Riqueza Territorial e Industrial”. www.dip-alicante.es (6). CIDAPA. “Estado demostrativo de los accidentes ocurridos durante el periodo de la invasión colérica en esta provincia durante el año de 1865”. www.ladipu.com (7). CIDAPA. Expediente de epidemias. “Resumen de las invasiones y fallecimientos del cólera habidos en España”. Año 1885. www.ladipu.com (8). CIDAPA. Sanidad. “Estadística de defunciones a causa del cólera morbo asiático”. Año 1885. www.ladipu.com (9). “La población española en el siglo XIX”. Opus citatis. (10). ORTS BERDÍN, Pedro María. “Apuntes históricos de Benidorm”. Alicante. Est. tip de El Liberal. 1892. Página 221, 225, y 227. (11). AMB (Archivo Municipal de Benidorm). Año 1834. “Borrador de oficios de esta villa de Benidorm”. Carta dirigida a la “Justicia y Ayuntamiento de Finestrat”. 30 junio 1834. Página 10 anverso y reverso. (12). Ibidem. Página 12 anverso. (13). Ibidem. Carta dirigida al “Alcalde Mayor de Polop”. 13 agosto 1834. Página 17 anverso. (14). Ibidem. Página 17 reverso. (15). VIÑES, José Javier. “La sanidad española en el siglo XIX”. Introducción. www.cfnavarra.es (16). Ibidem. Página 32. (17). Ibidem. Página 26. (18). AMB. 1834. “Borrador de oficios de esta villa de Benidorm”. Carta dirigida al “Muy Sr. Presidente de la Junta Superior de la Provincia”. 25 agosto. Página 20 anverso. (19). VIÑES, Jose Javier. “La sanidad española en la segunda mitad del siglo XIX”. Página 75 y 82. www.cfnavarra.es (20). A.P. (Archivo Parroquial). Libro de Defunciones en la época del cólera. Anexo. En “Quinqué Libri de la parroquia de Benidorm que empieza en agosto de 1831 y comprende solo el título de Difuntos de la misma desde dicho mes y año 1831-1859”. Páginas 70 a 83. (21). Libro de Defunciones 1831-1859. Página 70 anverso. Vicente Llorca. 18 septiembre 1834. (22). Libro de defunciones 1831-1859. Año 1831. Página 1 anverso. Josefa Ivars. Cuerpo 224. Albat. (23). Ibidem. Página 89. (24). Ibidem. Página 72 anverso. 29 septiembre 1834. (25). Ibidem. Página 75 anverso. 10 octubre 1834. (26). Ibidem. Página 75 reverso. 13 octubre 1834. 81


(27). AMB. Año 1834. “Borrador de oficios de esta villa de Benidorm”. Carta enviada al “Comandante de Carabineros de este punto”. 15 noviembre. Página 29 reverso. (28). Libro de Defunciones 1831-1859. Francisco Vives Soler. Hijo de Pedro Vives y de María Soler. Consorte de Rosa Orts. Cirujano. 19 octubre 1834. Página 80 anverso. (29). VIÑES, José Javier. “La sanidad española en la segunda mitad del siglo XIX”. Opus citatis. Página 139. (30). Ibidem. Página 142. (31). Ibidem. Página 142. (32). VIÑES, José Javier. “La sanidad española en el siglo XIX”. Opus citatis. Página 26. (33). AMB. Año 1834. “Borrador de oficios de esta villa de Benidorm”. Página 27 reverso y 28 anverso. (34). Ibidem. Carta enviada al “Sr. Gobernador Civil”. 19 noviembre 1834. Página 30 anverso y reverso. (35). Ibidem. Carta dirigida al “Sr. Presidente de la Junta de Sanidad de Málaga”. 23 diciembre 1834. Página 35 reverso. (36). VIÑES, José Javier. “La sanidad española en la segunda mitad del siglo XIX”. Opus citatis. Página 139. (37). Ibidem. Página 142. (38). AMB. Año 1834. “Borrador de oficios de esta villa de Benidorm”. Carta enviada “Al Comandante Sr. Capitán General de Valencia”. 20 noviembre 1834. Página 31 reverso y 32 anverso. (39). LAAB (Libro Actas del Ayuntamiento Benidorm). 20 junio 1860. Página 27 anverso y reverso. Alcalde: Francisco de Paula Orts. (40). LDPSJ (Libro de Difuntos Parroquia de San Jaime). Ángela Timoner. 40 años. Se dio sepultura el 13 de enero 1859. José Such. 46 años. 24 febrero. Ángeles Sellés. 40 años. 24 febrero. Josefa Cortés. 12 años. 26 marzo. Ángela Pascual. 16 años. 11 julio. Ángela García. 16 años. 1 agosto. Ana María Llinares. 23 años. 30 septiembre. Josefa Pérez. 30 años. 7 octubre. María Such. 49 años. 12 octubre. Magdalena Llinares. 60 años. 19 octubre. Rosa Blasco. 60 años. 24 noviembre. Ramón Ivars. 45 años. 8 diciembre. Silvestre Cerezo. 60 años. 8 diciembre. (41). LDPSJ. Antonia Aracil. 75 años. 17 enero. Eugenia Llorca. 48 años. 22 diciembre. (42). LDPSJ. Trinitaria Lloret. 40 años. 23 enero. (43). LDPSJ. Vicente Llinares. 54 años. 1 febrero. Concepción Orts. 36 años. 6 marzo. (44). LDPSJ. Magdalena Miret. 70 años. 2 febrero. Vicente García. 50 años. 20 febrero. José Gran. 70 años. 1 marzo. Victorino Sanchís. 45 años. 17 junio. María Llinares. 60 años. 4 julio. María Climent. 28 años. 82


4 julio. Clara Gran. 32 años. 28 julio. Antonia Pascual. 50 años. 24 noviembre. Francisco Lanuza. 52 años. 8 diciembre. Antonia Llorca. 50 años. 27 diciembre. Y María Orts. 32 años. 28 diciembre. (45). LDPSJ. Miguel Barceló. 72 años. 9 febrero. Paula Bertoch. 70 años. 26 marzo. Isabel Llorca. 80 años. 13 noviembre. Francisca Morales. 97 años. 19 noviembre. (46). LDPSJ. Miguel Llorca. 60 años. 21 febrero. María Belmonte. 60 años. 27 julio. (47). LDPSJ. María Llinares. 29 años. 26 febrero. Vicenta Llorca. 16 años. 21 septiembre. (48). Jerónima Ballester. 60 años. 19 marzo. (49). LDPSJ. Joaquín Pérez. 30 años. 8 mayo. (50). LDPSJ. Ramón Rodríguez. 75 años. 20 mayo. Ángela Pérez. 70 años. 9 junio. Rosa Fuster. 85 años. 23 agosto. (51). LDPSJ. Francisco Ivars. 12 años. 23 mayo. (52). LDPSJ. Vicenta Pérez. 70 años. 1 junio. Jerónimo Perol. 59 años. 28 agosto. (53). LDPSJ. Josefa Bayona. 50 años. 11 agosto. (54). LDPSJ. Vicenta Pérez. 60 años. 17 octubre. Ángela Pérez. 18 años. 20 octubre. Matías Llorca. 65 años. 22 octubre. Miguel Barceló. 54 años. 19 diciembre. (55). Antonio Llorca. El naufragio se produjo en 1851, aunque la certificación de la defunción se registró en 1859. (56). LDPSJ. José Such. 25 años. 19 octubre. (57). LDPSJ. Vicente Llinares. 83 años. 20 octubre. Leandro Llorca. 36 años. 26 octubre. José Devesa. 50 años. 27 octubre. (58). LDPSJ. Antonio Fuster. 60 años. 4 noviembre. Vicenta Devesa. 70 años. 13 diciembre. (59). LDPSJ. María Crespo. 32 años. 16 noviembre. (60). LDPSJ. José Pérez y Llorca. Ahogado en 1850. En 1859 fue pedida la certificación de su partida de defunción. (61). LDPSJ. Juan Cortés. 3 años. 2 febrero. Y Josefa Belmonte. 3 años. 3 noviembre. (62). LDPSJ. Ana María Fuster (parto peligroso). 7 febrero. José Pérez. 1 día. 11 marzo. María Soler. 1 mayo. Nazario Baldó. (Un rato). 9 octubre. Juan López (Después de nacer). 23 noviembre. Los hermanos Ventura y Jaime Devesa. (Un día por no ser viable). 16 diciembre. (63). LDPSJ. Dentición. José Pérez. 18 meses. 29 marzo. Manuel Barceló. 2 años y medio. 22 junio. María Lledó. 20 meses. 26 julio. José Barceló. 7 años. 27 julio. Domingo Vives. Un año. 17 octubre. Pedro Mengual. Un año y medio. 30 noviembre. (64). LDPSJ. María Ivars. 6 años. 15 mayo. Gregorio Pérez. 7 años. 30 mayo. Francisca Solbes. 7 meses. 12 agosto. Antonio Alemañ. 10 83


meses. 18 agosto. Dolores Soler. 10 días. 18 agosto. Pedro Juan Lanuza. Un día. 20 agosto. Francisca María López. 3 días. 3 septiembre. María Cortés. 8 días. 7 octubre. María Orozco. Un año. 15 octubre. Mariana Pérez. 6 meses. 19 octubre. José Linares. 1 día. 27 octubre. Francisco Pérez. 2 años. 4 diciembre. (65). LDPSJ. José Fuster. 3 meses. 18 abril. (66). LDPSJ. Jayme Agulló. 2 años. 23 abril. María Ortuño. 2 años. 9 agosto. Luis Cabot. 4 años. 10 agosto. María Pérez. 5 años. 12 septiembre. Vicente Canet. 15 meses. 7 octubre. Jaime Pérez. 2 años. 27 octubre. Luis Cabot. 5 años. 2 noviembre. Antonio Cortés. 3 años. 11 noviembre. (67). LDPSJ. Catarina Soria. 3 años. 10 junio. (68). LDPSJ. María Giner. 3 meses. 10 junio. Jayme Llorca. 8 años. 6 agosto. (69). LDPSJ. Jacinto Zaragoza. 3 años. 2 octubre. Josefa Cortés. 7 años. 17 octubre. Matías Ivorra. 3 años. 21 diciembre. (70). LDPSJ. María Josefa Crespo. 1 año. 6 octubre. José Such. 4 años. 1 noviembre. (71). LDPSJ. Vicente Llorca. 2 años. 20 octubre. Miguel Zaragoza. 1 año y medio. 4 diciembre. (72). LDPSJ. José Pérez. 2 años. 21 octubre. Juan Blasco. 2 años. 22 octubre. Ana María Soler. 4 años. 21 octubre. (73). LDPSJ. Ángela Pérez. 7 años. 3 noviembre. (74). LDPSJ. Vicente Baldó. 3 años. 21 diciembre. (75). LDPSJ. Libro Defunciones Cuerpos Mayores de 1859 a 1879. Página 111 a 119. Libro de Defunciones de Párvulos de 1859 a 1866. Página 60 a 63 reverso. (76). Ibidem. (77). VIÑES, José Javier. “La sanidad española en la segunda mitad del siglo XIX”. Opus citatis. Página 75. (78). Ibidem. Página 79. (79). Ibidem. Página 90. (80). Ibidem. Página 91. (81). Ibidem. Página 94. (82). Ibidem. Página 94. (83). LAAB. Acta 27 agosto 1865. (84). LAAB. Acta 3 septiembre 1865. (85). LAAB. Acta 29 septiembre 1865. (86). LAAB. Acta 22 octubre 1865. (87). CARBONELL BEVIÁ, Lola. “La influencia de los “Higienistas” en la construcción del primer cementerio (1700-1900). Los enterramientos en el Benidorm decimonónico del jurista e historiador Ots Berdín”. IX Congreso Nacional de Paleopatología. Grupo Paleolab. 84


Morella del 26 al 29 septiembre 2007. José María Orts Berdín y Francisco de Paula Orts fueron familiares, y en su vida política potenciaron en Benidorm las teorías higienistas. (88). Ibidem. José María Orts y Jorro fue el padre de José María Orts Berdín. Orts y Jorro fue alcalde de Benidorm, y él, al igual como sus antepasados, y descendientes, trabajó para mejorar las condiciones de asepsia en Benidorm. (89). LAAB. Acta 22 octubre 1865. (90). LAAB. Acta 15 noviembre 1865. (91). LAAB. Acta 9 junio 1864. (92). LAAB. Acta 21 mayo 1865. (93). AP (Archivo Parroquial). LDPSJ. Libro de Defunciones de Cuerpos Mayores que empieza en septiembre de 1879. Y Libro de Defunciones de Párvulos desde 1859 a 1886. (94). LDPSJ. Libro de Defunciones de cuerpos mayores que empieza en septiembre de 1879. Página 77 reverso y 78 anverso. Vicente Garrigós Fenollar. 20 julio 1885. Silveria Bernabeu Pérez. 28 julio 1885. Magdalena Garrigós Bernabeu. 28 julio 1885. Vicente Garrigós Bernabeu. 28 julio 1885. (95). Ibidem. Página 70. Certificado de defunción de Filomena Devesa Ballester, de 20 años. Primer caso de cólera fallecido por la epidemia en cuerpos mayores. 25 julio 1885. Los primeros fallecimientos que se produjeron desde el día 29 de junio al 25 de julio fueron párvulos. El 29 de junio murió Pascual Ortuño Domingo, a la edad de 5 años, seguido de Pascuala Muñoz Pérez de 1 año y medio, el 2 de julio de 1885. (96). Ibidem. Página 70 reverso. 2 julio 1885. (97). Ibidem. Página 70 reverso. 5 julio 1885. (98). Ibidem. Página 70 reverso. 6 julio 1885. (99). Ibidem. Página 71. 16 julio 1885. (100). Ibidem. Página 71 reverso. 22 julio 1885. (101). Ibidem. Página 71 reverso. 23 julio 1885. (102). YAÑEZ, Antonio. “Calles, barrios y monumentos de Benidorm”. San Vicente del Raspeig. Gráficas Díaz. 1988. Página 16 y 17. Protocolo nº 169. (103). VIÑES, Jose Javier. “La sanidad española en la segunda mitad del siglo XIX”. Opus citatis. Páginas 94, 96 y 98. (104). Ibidem. Páginas 102 y 103. (105). LAAB. Acta 24 agosto 1910. “Reunión de la Junta Local de Sanidad celebrada el 24 de octubre 1910”. Alcalde: Vicente Zaragoza Soria. Vocales: Jaime Fuster Barceló (médico). José Vives Orts (farmacéutico).

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(106). CARBONELL BEVIÁ, Lola. “El otoño de los carreteros”. San Vicente del Raspeig. Libro de fiestas de Hogueras. 1994 (1ª parte), 195 (2ª parte) y 1996 (3ª parte). (107). LLORENS BARBER, Ramón. “El condestable Zaragoza. Francisco Zaragoza y Such. Benidorm 1875-Santiago de Cuba 1898. Crónica de la vida y del heroísmo de un marino benidormense”. Benidorm. 1998. Página 149. (108). LAAB. Acta 22 agosto 1852. Página 45 reverso. (109). LAAB. Acta 22 agosto 1852. Página 46 reverso. (110). LAAB. Acta 22 agosto 1852. Página 45 reverso. (111). LAAB. Acta 22 abril 1860. Página 18 reverso. (112). CARBONELL BEVIÁ, Lola. “La influencia de los higienistas en la construcción del primer cementerio de Benidorm en el siglo XIX. Los enterramientos en el Benidorm decimonónico del jurista e historiador Orts Berdín”. IX Congreso Nacional de Paleopatología. Grupo Paleolab. Morella del 26 al 29 septiembre 2007. (113). LAAB. Acta 23 abril 1860. Página 20 anverso. (114). LAAB. Acta 27 mayo 1860. Página 24 anverso. (115). LAAB. Acta 28 septiembre 1860. Página 43 reverso y 44 anverso. (116). LAAB. Acta 15 octubre 1860. Página 56 anverso y reverso. Página 57 anverso. (117). LAAB. Acta 12 noviembre 1861. Página 48 reverso. (118). LAAB. Acta 20 febrero 1862. Página 3 anverso y reverso. Alcalde: José Berdín. (119). LAAB. Acta 6 abril 1862. Página 13 reverso. Alcalde: José Berdín. (120). LAAB. Acta 13 abril 1863. Página 23 anverso. Alcalde: José María Orts Berdín. (121). LAAB. Acta 24 julio 1864. (122). LAAB. Acta 19 abril 1864. Sesión extraordinaria. Alcalde: Joaquín Thous. (123). LAAB. Acta 20 abril 1864. Sesión extraordinaria. (124). LAAB. 7 enero 1865. Página 31 anverso. Alcalde: Joaquín Thous. (125). LAAB. Acta 5 febrero 1865. “Pliego de condiciones”. Página 8 anverso. Alcalde: Joaquín Thous. (126). LAAB. Acta 12 febrero 1865. (127). VIÑES, José Javier. “La sanidad española en el siglo XIX”. Opus citatis. Página 32. (128). Ibidem. Página 35. (129). VIÑES, José Javier. “La sanidad española en la segunda mitad del siglo XIX”. Opus citatis. Página 121. 86


(130). Ibidem. Página 122 y 123. (131). Ibidem. Pagina 129. (132). Ibidem. Página 131. (133). AMB. Año 1834. “Borrador de oficios de esta villa de Benidorm”. Página 27 y 28. (134). LAAB. Acta capitular 7 agosto 1870. Alcalde: Vicente Soria Ortuño. (135). LAAB. Acta 29 enero 1860. Página 13 reverso. (136). VIÑES, José Javier. Opus citatis. Página 136. (137). Ibidem. Páginas 140 y 141. (138). Ibidem. Páginas 144 y 145. (139). LAAB. Acta 22 junio 1862. Página 19 reverso. Alcalde: José Berdín. Acta 14 junio 1862. Página 14. Punto 3. “(…) la base de la población que cupo en este pueblo en el último censo vecinal que asciende a nuevecientas sesenta y dos vecinos o sean 7618 almas (…)”. Alcalde: Vicente Barceló. Acta 21 mayo 1865. Alcalde. Joaquín Thous. (140). VIÑES, José Javier. “La sanidad española en la segunda mitad del siglo XIX”. Opus citatis. Página 146. (141). Ibidem. Página 147. (142). “Libro de Difuntos de la época del cólera”. Cuerpos mayores. En “Libro de Defunciones 1831-1859”. Casado con Rosa Orts. (143). “Registro Civil de Muertos de la Villa de Benidorm da principio en 1º de enero de 1841”. Año 1847. (144). AMB. Año 1834. “Borrador de oficios de esta villa de Benidorm”. Carta enviada al “Sr. Capitán General de Valencia”. 20 noviembre 1834. Páginas 31 reverso y 32 anverso. (145). LAAB. Acta 16 diciembre 1850. Acta 31 diciembre 1852. Página 58 anverso y reverso. (146). LAAB. Acta 4 enero 1852. Página 2 reverso. Acta 11 enero 1852. Página 4 reverso. Acta 7 noviembre 1852. Página 62 anverso. (147). AP. “Libro Defunciones 1831-1859”. 1 mayo 1859. Página 530 anverso. (148). LAAB. Acta 30 diciembre 1866. Alcalde: Pedro Juan Fuster. (149). LAAB. Acta 20 junio 1869. Página 21 anverso. Acta 14 noviembre 1869 Página 38 reverso. Acta 22 noviembre 1869. Página 42 anverso. (150). LAAB. Acta 3 octubre 1875. 4 octubre 1875. (151). LAAB. Acta 21 febrero 1897. Alcalde: José Martínez Lloret. (152). LAAB. Acta 7 marzo 1897. Página 11 y 12 reverso. (153). LAAB. Acta 4 enero 1852. Página 2 reverso. (154). LAAB. Acta 1 mayo 1852. Alcalde corregidor presidente. Maximialiano Orts. 1º Teniente de Alcalde: Pedro Ortuño. Página 22 reverso y 23 anverso. 87


(155). LAAB. Acta 11 enero 1852. Página 4 reverso. “(…) Francisco Thous, secretario actual de la Corporación deja el cargo y se propone nombrar a Juan Bautista Rusafa, médico y propietario (…)”. LAAB. Acta 2 mayo 1852. Página 23 anverso y reverso. (156). LAAB. Acta 9 junio 1852. Página 29 reverso y 30 anverso. (157). LAAB. Acta 7 noviembre 1852. Páginas 62 anverso y 63 anverso. (158). LAAB. Acta 5 diciembre 1852. Página 68 anverso. (159). LAAB. Acta 31 diciembre 1852. Página 58 anverso y reverso. Página 59 anverso. (160). LAAB. Acta 23 abril 1860. Página 20 anverso. Alcalde: Francisco de Paula Orts. (161). LAAB. Acta 4 diciembre 1860. Página 68 reverso y 69 anverso. Alcalde. Francisco de Paula Orts. (162). LAAB. Acta 21 mayo 1865. Alcalde: Joaquín Thous. (163). LAAB. Acta 30 diciembre 1866. Alcalde: Pedro Juan Fuster. (164). LAAB. Acta 20 junio 1869. Página 21 anverso. (165). LAAB. Acta 14 noviembre 1869. Página 38 reverso y 39 anverso. Alcalde: José Pérez. (166). LAAB. Acta de “Llamamiento y declaración de soldados”. 3 octubre 1875. (167). LAAB. Acta 21 febrero 1897. “Reclutamiento y reemplazo”. Alcalde: José Martínez Lloret. (168). LAAB. Acta de “Clasificación y declaración de soldados”. 7 marzo 1897. (169). LAAB. Acta 10 octubre 1897. Alcalde: José Bayona. Acta de “Distribución de fondos del mes de abril”. 7 noviembre 1897.

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Tercera parte

“Enfermedades, muerte y enterramientos en el Benidorm decimonónico: El origen parroquial del cementerio de la “Foia del Bol”

I.

Enfermedades infectocontagiosas.

Benidorm no fue diferente del resto de ciudades españolas en el siglo XIX. Las enfermedades que asolaron a la población a lo largo de los siglos fueron genéricas infectocontagiosas, tales como viruela, tuberculosis, cólera, fiebre amarilla, sarampión, paludismo, escarlatina, difteria o garrotillo, gripe o sudor del inglés, peste blanca o tisis, calenturas, piojos guerreros o tifus, mal aire o paludismo. Dentro del paludismo, el “plasmodium vivax” causaba la terciana benigna; mientras que el “plasmodium malariae” la cuartana, y el “plasmodium falciparum” la terciana maligna. Hasta el último cuarto del siglo XIX no fue descubierta la forma de contraatacar dichas enfermedades. “(…) Alphonse Laveran encontró el plasmodio del paludismo en 1880, o Robert Koch, que poco después descubrió el vacilo de la tuberculosis, empezaron a poner las bases de la teoría microbiana del contagio y de la infección, es decir de la bacteriología. Por lo que se refiere a los descubrimientos científicos sobre el paludismo, decisivos para combatir la enfermedad, no se produjeron hasta esas mismas fechas, a finales del siglo XIX. El más importante, además del ya mencionado de Laveran, fue el de Ronald Ross, quién en 1897 demostró que determinados mosquitos del género anofeles eran los vectores de la malaria (…)” (1). Los estudios demográficos sobre la población en el siglo XIX indican que ciertas enfermedades infecciosas no afectaban de igual forma a la población, tal es el caso de la tuberculosis o de la viruela (2): “(…) dependían claramente del nivel social y los recursos de la familia. (…) En 1866 el 60% de los niños quedaban sin vacunar. Claro que estas ventajas solo alcanzan a quien puede pagarlas, de ahí que las enfermedades tengan un componente social muy alto. La tuberculosis es compañera de la desnutrición y la miseria. Aunque se legisla con medidas higienistas, la falta de voluntad política retrasa su generalización hasta el Estatuto Municipal de 1924 (…)”.

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1.1. La transmisión de las enfermedades infectocontagiosas. La fiebre amarilla fue una enfermedad tropical de carácter urbano trasmitida por un mosquito generado en zonas marítimas cálidas. El cólera tuvo un origen asiático y llegó a Europa a partir de la década de 1830. Su origen se encuentra en una infección intestinal causada por la ingestión de alimentos o agua contaminados. Se transmite porque la bacteria “V. Cholerae” se encuentra presente en las heces durante un periodo de siete a catorce días. Y se puede adquirir bebiendo agua o comiendo alimentos contaminados (3). El garrotillo o difteria fue causado por el bacilo “Corynebacterum diphteriae” y se manifiesta por palidez, vómitos, fiebre y la aparición de fosas membranas en la garganta, que producen sofocación y terminan provocando la muerte por asfixia. La peste blanca o tifus la produce el “Microbacterium tuberculosis” y sus síntomas fueron extremada delgadez, enrojecimiento cutáneo provocado por la fiebre continuada y con expectoración sangrante. El tifus fue conocido también como “piojos guerreros”, porque era el piojo el que produce el contagio en los humanos, a través de un germen denominado “Rickettsia”. El paludismo o mal aire surgió en las zonas pantanosas de Italia y se extendió por toda Europa. También se denominó “malaria”, del italiano “Mala Aria”, cuyo significado es mal aire. Se manifestaba con fiebres intermitentes, anemia y manifestaciones nerviosas y en su fase más avanzada producía un aumento del volumen del bazo y del hígado. La viruela se manifestaba por un proceso catarral febril, seguido de una fase eruptiva que terminaba siendo pustulosa (4).

II.

Condicionantes físicos de Benidorm que influyeron en el desarrollo de las enfermedades infectocontagiosas.

El término de Benidorm contemplaba numerosos focos de aguas estancadas, como fueron norias, abrevaderos, aljibes y balsas de riego, dada la escasez de agua. La toponimia ha recogido aquellos primitivos sistemas de almacenamiento de agua registrados ya en 1758 (5). El filólogo Pasqual Albiñana recogió en su obra, que la denominación calle de La Cenia ya aparecía registrada en 1758, 1783, 1808 para llamarse en 1810 Costereta de la Noria eo Alt dels Orts (6), y que define como (7): “(…) el pou d´aigua que mitjanant un mecanismo i ajudat d´un animal s´hi exrau aigua (…)” Igualmente, el término de Benidorm era atravesado por caminos para el ganado, también denominados azagadores. Lugares en los que se 90


encontraban abrevaderos para que bebieran los animales 8: “(…) El que principia [azagador] en el camino real, en las dos norias y por el abrevadero de Baldó (…)”. (9): “(…) El [azagador] que da principio en la misma Sierra Helada baja por las Torretas, sigue por el llano y abrevadero de Palero (…)”. (10): camino Real: 5º. El [azagador] que principia en el camino real, en las dos norias (…)”. (11): “(…) azagador de Baldó. El que principia en el camino Real, en las dos norias y por el abrevadero de Baldó (…)”. (12): “(...) azagador de La Cala. El que partiendo del Camino Real de Benidorm a Villajoyosa […] va al abrevadero de Ballester (…)”. (13): “(…) a poca distancia, existiesen les ruïnes d´un assut que servia per empantanar l´aigua i ferla entrar a una bassa, que encara existeix, dita de Thous (…)”. (14): “(…) A la salida de la playa de Benidorm, partida de La “Cala” […] y hacia Poniente se halla un estanco de aguas, en el que a veces ai pescado, cuias aguas son parte de el Mar (...)”. (15): “(…) y más arriba se encontraba la gran plaza de armas cuyo recinto formaba un aljibe (…)”. (16): Abrevadero de Ballester (…) Abrevadero llamado de la Fuente de la Barrina (…) Abrevadero Fuente de la Umbría de Morgoch (…) en la heredad de la Monja (…) Abrevadero de la Fuente de la Reina (…) situado en la heredad del Liriet y la de Carreras (…). Abrevadero llamado El Saltet (…) Abrevadero llamado de la *oria del Fondo en las inmediaciones de este pueblo (…)”. (17): “(…) no dejar lavar ropa en la acequia mayor excepto en el sitio llamado la Albeurada y brazadas del mismo (…) ni que el lanar abreve en otros puntos que los de costumbre que son el azagador del Saltet la Albeurada de Palacio y Azagadores reales (…)”. El jurista e historiador benidormero Pedro María Orts Berdín, en su obra “Apuntes históricos de Benidorm, recogió la relación directa entre aguas estancadas y enfermedades (18): “(…) la deficiencia de los riegos efecto de la mala administ6ración, obligó al labrador a abrir pozos en la parte baja de los terrenos y colocar norias de madera y hierro, cuyo número excedió de a poco de 300. Desgraciadamente tropezaron con los inconvenientes de que el agua encontrada era salitrosa que no producía buen efecto en la vegetación, y lo que es más grave, que los depósitos causaban algunas intermitentes, y se vieron obligados a ir abandonando esos artefactos (…)”. Orts Berdín, añadió que las mismas aguas servían para varios usos (19): “(…) a lo que se consume conservado en aljibes de las fuentes del barranco de Polop, cuya acequia abierta a la intemperie sirve de lavadero público a varios pueblos y de sumidero de objetos putrefactos muchas veces (…)”. Igualmente, dejó escrito que las aguas almacenadas en pozos o aljibes produjeron enfermedades infectocontagiosas (20): “(…) hoy que 91


han mejorado las aguas potables con los depósitos construidos y desaparición de los pozos de la calle de la Alameda y Horno, que por sus sustancias químicas producían algunas enfermedades de la orina, que se han inutilizado muchas norias que causaban en el verano intermitentes (…)”. Ramón Llorens Barber, también recogió bibliografía referida a la existencia de norias y enfermedades en Benidorm, en el siglo XIX (21): “(…) si se exceptúan algunos cólicos biliosos y particularmente las tercianas que son muy frecuentes, producidas sin duda por las muchas norias que se ven en sus huertas (…) y la construcción de cerca de 20 norias que suministran abundantes aguas (…)”. Por otro lado, Antonio Yañez aportó algunos datos más sobre las fiebres palúdicas y la labor que hacían para erradicarlas los médicos benidormeros Miguel Martorell y Cosme Bayona (22): “(…) Benidorm siempre careció de aguas potables en su subsuelo pero sus tierras son fértiles y aptas para los más variados cultivos, lo mismo olivar que hortalizas, que eran regadas por un gran número de norias con las que se extraía el agua del subsuelo, pues aunque no era apta para el consumo por el alto contenido de sal marina, cumplía muy bien su cometido de irrigar las plantaciones. Las aguas embalsadas en estas norias, junto con las que se estancaban en las acequias, tenían como contrapartida las fiebres palúdicas que, en ocasiones, cobraban especial virulencia, sobre todo a quienes trabajaban en “El Saladar”, hasta el punto de que la situación llegó a preocupar seriamente a las autoridades sanitarias para su erradicación. En esta labor se implicaron especialmente estos médicos [Miguel Martorell y Cosme Bayona cuya labor se reconoció denominando las calles de Benidorm], quienes con sus consejos, recomendaciones y vigilancia lograron asegurar un futuro sanitario idóneo al viejo pueblo de Benidorm (…). El doctor Martorell nació en Benidorm el 12 de junio de 1895, y después de estancia en Cuba y en Madrid, donde obtuvo sus titulaciones en Medicina regresó a Benidorm, donde tenía su vivienda y consultorio en el primer piso de la calle Alameda esquina con Alt (…)”. Antonio Yáñez también recogió en su obra que había una tubería por la que se arrojaban al mar las aguas sucias y que se encontraba situada en pleno corazón del casco antiguo, en la Plaza de Cautelar (23): “(…) en lo alto del acantilado existía una pileta de la que partía una pequeña tubería denominada El Tirador, y que como su nombre indica, por ella arrojaba el vecindario las aguas sucias, que caían directamente al mar (…)”.

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III.

Las enfermedades decimonónicas descritas en las fuentes archivísticas.

Esta investigación se ha efectuado a partir del año 1831, fecha del libro de defunciones más antiguo del siglo XIX, conservado en el archivo parroquial de la iglesia de San Jaime y Santa Ana (24), por un lado. Y a partir del fondo del archivo del Registro Civil de Benidorm que abarca los años 1845 a 1848 inclusive (25).

3.1. El Archivo Parroquial. Agustín Galiana fue el párroco de San Jaime y Santa Ana que comenzó a inscribir las defunciones a partir del año 1831, siguiendo las normas dictadas por el arzobispo de Valencia, entidad religiosa de la que dependía la parroquia de san Jaime de Benidorm Las defunciones aparecen registradas en dos secciones: cuerpos mayores y párvulos. Los presbíteros debían de seguir una estructura emitida desde el arzobispado, cuyo borrador se prefijaba por escrito desde valencia, antes de serle entregado al párroco, y donde se le comunicaba (26): “(…) En las oras de Difuntos, se anotará, no solo el día de la muerte, si que también el día del entierro, y se continuarán todos Díos, así absolutos, como condicionados, que los fieles se dedicasen en sus respectivos testamentos, con expresión de día, mes y año en que estos se otorgaron, y de el escribano que les autorizó, y no se cantarán las Letanías de Difuntos, si el entierro fuese por la mañana, y un Placebo si fuese por la tarde (…)”. Igualmente se comunicaba el esquema que tenía que seguir el párroco para las partidas de difuntos (27): “(…) En a … día del mes de *. año de *. Se dio sepultura eclesiástica pasada las veinte y cuatro horas al cadáver de *. que falleció ayer hijo legítimo de *. natural de *. Y Parroquia de *, y de * natural y parroquiano de la misma, casado con *, natural de *, y Parroquia de *, y haora parroquiana de esta; Otorgó testamento ante * en escribano Real (y del número que fuere) en * días del mes de * del año *, y dejando entierro solemne con asistencia de … según [ilegible] de la Relación que se me ha entregado, firmada por dicho Escribano, y testamentario lo Herederos y para que conste como Racional de dicha Parroquia lo certifico y firmo (…)”. A partir del 21 de febrero de 1838, el formulario parroquial de defunciones cambió para incorporar el nombre de la enfermedad por lo que había fallecido la persona, y debía aparecer paralelamente, que la muerte había sido certificada por el médico (27): “(…) Como cura propio de la Parroquia de esta Villa de Benidorm Provincia de Alicante 93


mandó dar sepultura en el día de la fecha al cadáver de Francisco Orts, de infantil edad natural de esta, edad dos años, hijo de Vicente Orts natural de Iº de esta firma y de Ángela Llorca falleció en el día de ayer de pormonía según certificación del facultativo. Fueron testigos Bartolomé Martínez Sacristán y Mel Martínez. Y para que conste lo firmo a veinte y uno de febrero de mil ochocientos treinta y ocho (…)”. Las enfermedades decimonónicas y sus diferentes acepciones que causaron la muerte de los benidormeros, para los cuerpos mayores, fueron: cólera morbo (28), tercianas (29), apoplejía (30), “erisipela” (31), tisis (2), intermitentes (33), epilepsia (34), “esciso” (35), hidropesía (36), sobreparto (37), gangrena (38), cáncer de matriz (39), cólico (40), disentería (41), bronquitis (42), pulmonía (43), inflamación en el vientre (44), flujo de sangre (45), derrame de sangre (46), “idrotorax” (47), tisis pulmonar (48), metritis (49), dolores de artristis (50), tifoideas (51), “anasarca” (52), calentura tifoidea (53), “fiebre tifoydea” (54), cólera morbo epidemia de 1865 (55), “vicio eserofuloso crónico” (56), inflamación del estómago y del hígado (57), “neurisma” (58), hipertrofia (59), cáncer en la cara (60), bronquitis capilar (61, lepra (62), “aneurisma de la vena Orta” (63), pleuroneumonía (64), hemorragia cerebral (65), hipertrofia del corazón (66), cólera morbo asiático, tercera epidemia (1885), vejez (68), paraplejia (69), “trancazo” (70), anemia general (71), enteritis crónica (72), calentura puerperal (73), y consumición (74). Las causas de defunción en los párvulos o albats fueron muy diferentes. Se inscribían como párvulos hasta una edad aproximada de diez años, pero cada párroco los catalogaba bajo su propio albedrío. En algunas partidas de defunciones no se especificaba la edad, sino la denominación utilizada por el párroco como “infantil edad” (75). Los párvulos fallecían de muy corta edad –la mayoría-, de lo que el facultativo en el siglo XIX describía como causa de muerte (76): pulmonía (77), tercianas (78), “pasmo” (79), intermitentes (80), dentición (81), “en el acto” (82), calentura gástrica (83), cólera morbo (84), difteria o “crup” (85), gastro-enteritis (86), angina diftérica (87), sarampión (88), diarrea (89), angina (90), disentería (91), cólico (92). Las denominaciones de las causas de fallecimiento para los adultos empiezan a cambiar a principios del siglo XX: gangrena (93), “arteriosclerosis epática” (94), apoplejía cerebral fulminante (95), derrame seroso (96), gangrena senil (97), reblandecimiento cerebral (98), tuberculosis pulmonar (99) gastritis crónica (100), sincope por angina de pecho (101), congestión cerebral (102), ataque cerebral.

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3.2. El Registro Civil. Los libros que se conservan del archivo del Registro Civil de Benidorm también siguen un formulario en el que se reflejan: datos personales, nombre y apellidos del difunto, edad, estado civil, causa del fallecimiento, si realizó testamento, lugar de enterramiento, nombres de los padres y profesión del padre. Los años que se conservan son los siguientes: 1841, 1842, 1845, 1846, 1847 y 1848. Las causas de fallecimiento en 1841 fueron las siguientes (103): calentura, sarampión diarrea, viruelas, pulmonía, terciana, sobreparto, asma, calenturas intermitentes, pasmo, inflamación, nacimiento prematuro, gastritis, fiebre, “propisia”, “opilación”, “quartana”, sobreparto, “de la dentadura”, apoplejía, vejez y decrepitud. En 1842, se repiten prácticamente las mismas causas (104): viruelas, pulmonía, decrepitud, tercianas, inflamación, cólico, asma, diarrea, “enfermedad desgraciada”, sobreparto, pasmo, sarampión, calentura, “despeñado en Sierra Helada”. En 1845, aparecen registradas (105): tercianas, pulmonía, intermitentes, inflamación, vejez, “mal de vinia”, sarampión, sobreparto, calentura, pasmo, tisis, “un mal grano”, dolores reumáticos, diarrea, “ahogado”, “distinción”, “hidropesía” y “cangrena”. En 1846 (106): pulmonía, pasmo, terciana, calentura, “propejía”, “violenta”, inflamación, sobreparto, viruelas, “Hidropesía”, “cuartana”, “ahogado”, “distinción”, gastritis “mal de pecho”, “cangrena”, tisis, sofocación, y decrepitud. En 1847 se amplían con algunas acepciones nuevas (107): pasmo, tercianas, diarrea, cólico, vejez, fiebre, pulmonía, flato, espasmo, dentición, inflamación, tisis, nerviosa, hidropesía, “repentinamente”, “disípela”, “cangrena”, “violentamente”, calentura, asma de pecho, gastritis, “aogado” y “consumición”. Y en 1848 aparecen reflejadas: “opilación”, tifus, pulmonía y sobreparto (108). IV.

Fallecidos por accidente en Benidorm.

Varias son las referencias que existen en los fondos archivísticos sobre los benidormeros fallecidos de muerte no natural. La mayor parte de ellos se encuentran documentados en el registro Civil, como fue el caso de Gregorio Climent, un joven de 18 años, soltero, de profesión jornalero que se despeñó en Sierra Helada, en abril de 1842. Las fuentes archivísticas reflejan que vivía en la calle del Calvario con sus padres. José Climent, el padre, era originario de Finestrat, y 95


jornalero. De igual profesión que el fallecido. Y de la madre, Josefa Martorell tan sólo explican que fue nacida en Benidorm. Gregorio Climent fue enterrado en el campo santo de Benidorm. Su muerte fue calificada como “Desgraciada” Pero ¿qué hacía este joven en Sierra Helada para despeñarse? Se puede presuponer que pudo ser un suicidio y no un accidente (109). Meses después, concretamente en diciembre del mismo año, falleció otro joven de muerte violenta, también despeñado en Sierra Helada. Este se llamaba Domingo Pascual. Era de Benidorm. De estado civil casado, de 36 años de edad y de oficio labrador. Vivía en la calle de La Alameda y fue enterado en el cementerio (110). La pregunta queda en el aire, pero ¿qué pudo pasar ese mismo año en Sierra Helada para que hubiesen dos accidentes mortales? ¿Pudo ser un lugar conocido por los benidormeros, por su altitud, y difícil accesibilidad para el suicidio? 1842 fue un año que no sería fácil de olvidar para los ciudadanos de Benidorm, puesto que se produjo una tercera muerte violenta. Concretamente la de Jaime Orozco Pérez el 26 de junio. Un joven de 24 años, soltero y de oficio labrador, que vivía en la calle Alameda, hijo del labrador benidormero Francisco Orozco, y de Clara Pérez. También especifica la fuente que fue enterado en el cementerio de Benidorm (111). Tres años después, en 1845, se registró el caso del hijo de un marinero que se ahogó. Fue Antonio Climent, de 5 años, hijo de José Climent y Dolores Orts. Una familia benidormera que vivía en El Calvario. La muerte se produjo el 29 de mayo de 1845, pero la fuente no especifica dónde fue enterrado (112). En 1846, un circo llegó a Benidorm, y con éste una desgracia, la del fallecimiento de Santiago de la Cruz Patrón, un joven de 21 años que era viudo, y que ejercía la profesión de gimnástico. Era natural de Fuente Álamo como sus padres –Pedro de la Cruz Patrón y María Ana Orete- quienes desarrollaban también la profesión de gimnásticos. Santiago de la Cruz se quedó para siempre en Benidorm, pues fue enterado en el cementerio (113). En septiembre de 1846, Benidorm conoció otra desgracia, en este caso la de otro niño de siete años que se ahogó. Era Vicente Pérez Fuster, hijo de José Pérez, de oficio labrador y Esperanza Fuster (114). En 1847 se produjo otra muerte violenta la del vilero Miguel Mayor, hijo de Francisco Mayor y María Llorca. Un hombre que fue enterrado en el cementerio de Benidorm (115). El mes de diciembre de 1847, también fue una fecha trágica en el calendario benidormero, ya que se tuvieron lugar dos muertes. En primer lugar, la producida el 3 de diciembre de forma violenta. Fue el caso de Jayme Bayona, un joven de 18 años, soltero, y marinero de 96


profesión. También hijo de marinero –Miguel Bayona- y Esperanza Pérez. La fuente no cita donde fue enterado (116). Y una semana más tarde, el 8 de diciembre falleció ahogado el niño de seis años llamado José Pérez, hijo del marinero Francisco Pérez y de Nora Pérez (117). Bastantes años más tarde, concretamente el 16 de octubre de 1855 se produjo un suceso inesperado: la muerte de Tomás López, un hombre de 46 años que fue cabo segundo de carabineros y que “(…) fue hallado muerto de un tiro en la partida de La Cala, en este término y por orden de la Justicia se le hicieron los funerales de costumbre (…)” (118).

V.

Muertos en ultramar y en tierras lejanas.

Muchos de los hombres benidormeros trabajaban en la mar, como marinos de la Marina Mercante o de embarcaciones pesqueras. Una de las costumbres que se mantuvieron hasta el siglo XX fue la de pedir la certificación de defunción al párroco para que las viudas pudieran tener derecho a verificar su estado de viudedad, puesto que hasta que no pasara un periodo de cinco años se daban por desaparecidos (119). Durante el siglo XIX aparecen documentados en los libros de defunciones del Archivo Parroquial varias peticiones de viudas. Para certificar la defunción, el párroco pedía informes oficiales. Tal fue el caso de la petición realizada por Francisca Devesa, vecina de Benidorm, que pidió certificación del fallecimiento de su marido Isidro Llorca el 30 de marzo de 1837, que murió en Algeciras (120): “(…) ciertamente no consta del mes de agosto del año próximo pasado mil ochocientos treinta y cuatro murió del cólera moro Isidro Llorca, consorte de Francisca Devesa, el cual fue enterrado en el cementerio destinado a los que mueren de otra enfermedad (…)”. María Devesa, esposa de Jayme Vives también pidió certificación de defunción de su marido, del que las fuentes señalan que murió de enfermedad contagiosa, y su cuerpo fue echado al mar (121): “(…) D. Joaquín Hernández y Herrero, Doctor en Sagrada Teología Beneficiado de la Parroquial Iglesia de los Santos Juanes de esta ciudad y secretario de cámara y gobierno de este arzobispado: Certifico que el expediente formado en esta secretaría arzobispal, sobre el partido de Mortuorio de Jayme Vives, marinero vecino de Benidorm recayó el decreto siguiente = Valencia primero de julio de mil ochocientos treinta y siete (…) y resultando por ella ser cierto el fallecimiento de dicho Vives. Mandamos al cura Regente de la Parroquial de Benidorm, extienda en el Quinque Libri correspondiente de su Iglesia la oportuna partida en los términos siguientes = 97


En el Puerto de Puerto Rico en la América, a bordo del Buque Mercante procedente de la Villa de Benidorm que mandaba el piloto Dn. Ricardo Fuster, en el día catorce del pasado año mil ochocientos treinta y dos murió de enfermedad contagiosa Jayme Vives, marido que fue de María Devesa, otro de los marineros vecinos de Benidorm que acompañan la tripulación de dicho buque, y su cadáver fue arrojado al mar en la playa del indicado puerto (…)”. El caso del marinero Antonio Neyre siguió la misma pauta tras fallecer de calentura en el barco (122): “(…) El día veinte y uno de *oviembre del pasado año mil ochocientos treinta y uno, en altar mar a borde del Bergantín llamado Manica en regreso de la América falleció de una fuerte calentura Antonio *eyre, marinero marido que fue de Teresa Ballester y otro de los que componían la tripulación del referido Bergantín cuyo cadáver fue echado al agua como sepultura de costumbre (…)”. Otro caso idéntico es el referido en el certificado mortuorio de Miguel Barceló (123): “(…) suplemento de partida mortuoria a favor de Ángela Doménech. 30 marzo 1844 (…). En seis de marzo del año 1840, murió de resultas de una calentura, a bordo del laud que mandaba Pablo Gisbert, a diez leguas de la costa de Larache, el marinero Miguel Barceló marido de Ángela Doménech vecina de Benidorm, cuyo cadáver fue arrojado al mar (…)”. En 1875, fue certificada la muerte por fiebre amarilla de Antonio Llinares Pérez, que falleció en la Habana y su cuerpo fue sepultado allí (124): (…) En la ciudad de La Habana, casa de salud denominada Quinto del Rey, 17 de junio 1869 marinero (…)”. (125): “(…) María Vives Arlandis, viuda, vecina de la villa de Benidorm a V. Exmma Revdma con el debido respeto dice: Antonio Llenares y Pérez, mi marido, marinero de esta villa falleció de la Fiebre Amarilla en La Habana, en el día diez y siete de Junio de mil ochocientos sesenta y nueve (…)”. Para certificar su muerte comparecieron como testigos ante el cura párroco de San Jaime Tomás Orts Orts, quién manifestó: “(...) Defunción que la mayor parte o totalidad de los marineros de Benidorm conocen, porque con frecuencia pasan en sus viajes a La Habana (…) El declarante lo sigue también en dicha ciudad, a donde llegó pocos días después del enterramiento de aquel cadáver (…)”. VI.

El hospital de Benidorm.

Cita Pedro María Orts i Bosch que en el siglo XVIII fue fundado un hospital por Jaime Orts (126): “(…) Pedro María Orts Berdín, en la obra ya dicha, dice al hablar de la Virgen del Sufragio que la imagen, a 98


su llegada al pueblo, fue venerada durante algún tiempo en el antiguo Hospital, edificio y fundación desparecidos en la primera mitad del pasado siglo y que fundó en el siglo VIII Jaime Orts (…). Según el mismo autor, cuando la imagen de la Virgen fue trasladada desde el Hospital a la iglesia parroquial se le rindió culto en el altar de San Cayetano hasta su definitivo traslado a la nueva capilla de la Comunión, que se construyó en 1816 y 1820 sobre el solar de un antiguo cementerio adjunto a la fábrica del templo lado del Evangelio (…)”. Continuará explicando Orts i Bosch que “(…) el año 1803, tomo segundo, folio 242, “manda Maria Águeda Such (madre de un sacerdote benidormense el Dr Antonio Zaragoza Such, doctor en sagrada Teología y canónigo de Valencia) se celebren dos misas a la Virgen del Sufragio constituida en el Hospital de Benidorm” en el año 1811 aún estaba en el Hospital. “En el tomo tercero, folio 17, partida de Antonio Zaragoza, se lee: Dexo por una vez al Hospital de esta villa veinte reales para alumbrar a la Virgen del *aufragio y asistencia a los pobres de dicho hospital (…)”. En 1892, Pedro María Orts Berdín, -abuelo paterno de Pedro María Orts i Bosch- explicó en su obra “Apuntes históricos de Benidorm” el origen y la desaparición del hospital (127): “(…) Posteriormente otra persona piadosa, don Jaime Orts, fundó un hospital para pobres enfermos y transeúntes, y un alcalde, cuyo nombre no viene al caso, tuvo la feliz ocurrencia de permutarle por una casita vieja cuasi arruinada que existía en una de las extremidades de la población donde las intermitentes espantaban a los pacientes, y a poco dicho edificio, si merecía tales honores vino al suelo, desapareciendo el albergue caritativo y la filantrópica idea del fundador. Las municipalidades que le han sucedido, han visto impasibles la pérdida de este asilo, y el común indiferente siempre a sus intereses, por sagrados que sean, no han intentado siquiera la menor protesta (…)”. VII. Camino del cementerio de la Foia del Bol. Antonio Yañez cita la situación geográfica del primitivo cementerio de la Foia del Bol por la documentación hallada en protocolos notariales. El dato más antiguo que lo atestigua procede del año 1804 (128): “(…): Pedro Llorca, labrador, vende a Francisco Thous una tierra de regadío en el “Campo Santo”. Linda con camino de la Foyeta (…)”. La zona del cementerio de la Foia del Bol era conocida por “Barrio Santo” o “Covetes del Moro” (129): “(…): Ángela Llinares permuta una 99


casa en el “Barrio Santo” o “Covetes del Moro”, por otra en el mismo barrio. Se conocen como Covetes del Moro más de dos o tres pequeñas cuevas escondidas por la mitad de la calle Marqués de Comillas, en el paraje denominado La Facció, que hoy situaríamos entre las calles Avenida de Los Almendros, al E; Marqués de Comillas, al S; y Almadraba –Plaza de España-, hasta llegar a Tomás Ortuño. Desde la Plaza de España hacia el centro de La Facció hubo un sendero que conducía a la Foia del Bol y La Foyeta. *os hallamos pues en las cercanías del cementerio viejo (…)”. 7.1. Riqueza y compañía hasta en la muerte. Durante el siglo XIX, se dieron muy pocos casos en los que el finado tuviera un gran patrimonio económico, y lo demostrara en su entierro, concretamente en rodearse de la pompa adecuada para que lo acompañasen hasta el cementerio. Un ejemplo fue el caso del presbítero Pedro Climent, cuyo entierro fue realizado el 28 de noviembre de 1865. Murió a los 77 años de un cólico y de él se describe en el Libro de Defunciones, que pertenecía a la orden religiosa de los Carmelitas Descalzos (130): “(…) se le dio entierro general con asistencia y acompañamiento al cementerio (…)”. Otro caso similar fue el de Antonia Llorca, que el párroco recogió con una extensa descripción (131): “(…) Como Cura Regente de la villa de Benidorm, provincia de Alicante, diócesis de Valencia, en el día de la fecha mandé dar sepultura eclesiástica en el cementerio de la misma al cadáver de Antonia Llorca, de setenta y dos años de edad, natural y vecina de esta, viuda de segundas nupcias con Vicente Barceló y Pérez, e hija legítima de Dº Francisco y Dña. Teresa Galiana. Recibió todos los Santos Sacramentos. Falleció a las tres y media de la madrugada de hoy de enfermedad gangrena senil, según certificación del facultativo. Otorgó testamento en cuatro de los corrientes ante el *oario Ruzafa de esta villa, en el que asignar para el entierro y bien de su alma la cantidad de quinientos reales de vellón y nombra por albacea a Dº Manuel Llorca pbro., de esta vecindad. Su entierro fue con asistencia y revestida (…)”. Vicente Thous, también quiso comprar el acompañamiento en su entierro. Dice el texto literalmente (132): “(…) Vicenta Thous soltera, de 72 años. Hija de Gaspar y Ángela Pérez. Falleció a las seis y media de la mañana de inflamación de estómago e hígado …). Hizo testamento nuncupatur, en el que respecto al entierro y bien de su alma lo deja a disposición de su hermano y heredero universal, Dº Francisco Thous y Pérez. Su entierro fue general con asistencia y revestida (…)”. 100


El patrimonio económico de Tomás Orts-un hacendado de 58 años, casado con Francisca Ramos y Toledano, e hijo legítimo de José y Nicolasa Aixa- fue todavía mayor que el de los ejemplos anteriores. Y de hecho, quiso un entierro cargado de pompa (133): “(…) Otorgó testamento en la madrugada de ayer ante Dº José Ruzafa, *otario de esta villa, y en lo tocante al bien de su alma, lo deja todo a su voluntad y a disposición del Albacea, que nombra a su yerno Miguel Climent; El cual ha dispuesto su entierro general con asistencia de todos los sacerdotes del pueblo y diez forasteros, y acompañamiento al Cementerio, clamoreo de campanas de hora en hora, catafalco, vísperas y nocturno (…)”. Parece ser que la burguesía de Benidorm quiso dejar patente su importancia económica en los entierros. De hecho, meses después, del fallecimiento de Tomás Orts, murió Antonia Pagés, de 35 años, natural de Barcelona y vecina de Benidorm, y su entierro tampoco quedó desmerecido (134): “(…) Recibió la Extremaunción por no haber dado lugar a otra cosa la enfermedad. Falleció a las seis de la tarde de ayer de enfermedad hipertrofia (…) Su entierro fue con asistencia de los eclesiásticos del pueblo dos forasteros, campanas y acompañamiento al cementerio (…)”. Y como si se tratase de una carrera entre las familias burguesas para demostrar el patrimonio económico de las mismas, la ostentación siguió manifestándose en los funerales. Una semana después falleció Ángela Ferrer, de 72 años, que murió de “enteritis crónica”; quién había testado ante el notario José Ruzafa el 14 de noviembre de 1874, para que fuese cumplida su última voluntad, dejando 750 reales de vellón para sufragio y bien de su alma; funeral con asistencia de todos los eclesiásticos del pueblo; misas rezadas; 60 reales de vellón a la Casa Santa de Jerusalén y nombramiento del presbítero de la parroquia de San Jaime, Manuel Llorca, como su albacea (135). VIII. La legislación cementerial y su aplicación en el camposanto de la Foia del Bol. Los cementerios españoles tuvieron carácter parroquial durante el siglo XIX y primer tercio del siglo XX, y tan sólo con la legislación emitida en la II República, cambió para ser municipal, y por lo tanto, aunque los ayuntamientos corrieran con los gastos del mismo en cuanto a su conservación y mejora, (136): “(...) la voz decisora seguirá perteneciendo a la Iglesia católica (…)”. Fue el monarca borbónico Carlos III quién influenciado por las tesis higienistas europeas las llevó a la práctica con la Real Cédula de 3 de abril de 1787, por la que se mandó la construcción de cementerios 101


extramuros de las ciudades, erradicando la costumbre de enterrar en las iglesias, lugares donde se concentraban los efluvios o emanaciones miasmáticas, motor de las epidemias y enfermedades. Estos cementerios –dieciochescos en origen-, dependieron de las parroquias siguiendo el ritual de enterramiento romano. Y tan sólo fue permitida la excepción de seguir enterando en el interior de los templos a la realeza, clero y personalidades socialmente destacadas, que gozasen de derecho de enterramiento. Carlos IV emitió una Circular de 26 de abril de 1804, y otra de 28 de junio del mismo año para agilizar los trámites de la construcción de estos cementerios: “(…) han de ser levantados fuera del poblado, en parajes ventilados, y terrenos cuyas características faciliten la degradación de la materia, sin posibilidad de efectuar contacto con las capas freáticas (…) El área destinada a los enterramientos deberá estar descubierta y tendrá que ser medida para que asuma las necesidades de un año-tomando una serie estadística de cinco como media-, calculando dos cadáveres por sepultura y un periodo de consunción de restos de tres años (…) Establecimiento de áreas específicas de párvulos y clérigos –o bien sepulturas privativas- se permite la erección de sepulturas de distinción (…)” (137). El 16 de junio de 1857, bajo el reinado de Isabel II fue anulado todo tipo de enterramientos en las iglesias. La Ley Municipal de 21 de octubre de 1868 dejó constancia en el artículo 50, de que los ayuntamientos se harían cargo de la administración y conservación de los cementerios y de “(…) la distribución de limosnas, socorros y jornales a los menesterosos en caso de calamidad pública, dentro de los límites del presupuesto (…)” (138). La Real Orden de 1882 estableció el cumplimiento de las obligaciones en la ubicación de los cementerios, haciendo constar los condicionantes anteriores con algunas innovaciones (139): “(…) han de emplazarse en un lugar elevado, contrario a la dirección de los vientos dominantes, en terrenos mantillosos o calizos, a medio kilómetro de distancia de cualquier elemento urbanizado, con un declive y grado de humea adecuados, lejos de fuentes de agua. El recinto deberá servir para cinco años de enterramiento –periodo de exhumación de restos, con tierra removible, y en hoyos de 2 por 0´8 metros, separado por 3050 centímetros o una pared, vigilancia y cercado por medio de una muralla de dos metros de alto con puertas de hierro cercadas con candado y de salas específicamente dedicadas a autopsias y embalsamamientos, velorios, capillas y habitaciones para capellán y sepulturero (…)”. 102


Durante el periodo de 1886 a 1888 fueron originados 200 nuevos cementerios en España. “(…) el gobierno intentará dar mayores facilidades a los municipios para atender el servicio mortuorio, señalando un importe -15.000 pesetas- como barrera, a partir del cual las obras deberán poseer la totalidad de las dependencias señaladas en 1886 (140). La Real Orden de 16 de julio de 1888, se vio complementada con la de 26 de enero de 1888 “(…) eximiendo a los ayuntamientos que posean menos de 5.000 habitantes de las dependencias de capellán, empleado, sala de autopsias y almacén como espacios obligatorios (…)” (141). Hasta1855 con la promulgación de la Ley de 2 de abril, no existieron cementerios civiles para enterrar a los cadáveres de todos aquellos que morían fuera de la religión católica, además de no bautizados, suicidas, excomulgados, duelistas, apostatas, masones, y pecadores públicos. La Ley de 16 de julio de 1871 incorporó la libertad de culto constitucional, y especificaba que los cementerios civiles podían estar ubicados en el ensanche del cementerio católico rodeados por un muro perimetral y con una puerta independiente. La Ley de mayo de 1882, especificaba aún más, que los cementerios no católicos deberían localizarse en localidades con más de 600 habitantes. El Real Consejo de Sanidad, aprobó un dictamen, con fecha de 23 de junio de 1892, en el que señalaba el motivo de plantar vegetación en los cementerios: “(…) han de tener plantaciones de árboles de hoja perenne cuya función clorofiliana sea activa y no profundas sus raíces: el ciprés, el chopo, el álamo, el abedul vegetales aromáticos. Deben preferirse árboles de copa recta y elevada para que no den sombra ni favorezcan la humedad; por lo tanto proscribiéndose el legendario sauce llorón (…)” (143). La Real Orden de 21 de febrero de 1846 y de 19 de marzo de 1848, entre oras cosas trataron de impedir los enterramientos en el interior de los hospitales ubicados en las poblaciones. IX.

La evolución del cementerio de la Foia del Bol en el siglo XIX.

Benidorm aplicó rápidamente la legislación en materia de cementerios. De hecho, como ya se ha visto, en 1804 ya hay referencias de la existencia del cementerio de la Foia del Bol. El terreno elegido para la construcción del cementerio estaba ubicado en un pequeño montículo del arrabal (144): “(…) situado en el Poblado de esta Villa y Arrabal nombrado el Camposanto lindante (…) por delante de la playa del Mar (...)” 103


Un lugar que se adaptaba a las exigencias de la Circular de 26 de abril de 1804, emitida por Carlos IV, en cuanto a que fuera una zona abierta. Pero no hay constancia de que su interior contuviese una zona para párvulos, otra para clérigos y ora para sepulturas de distinción en las primeras décadas del siglo XIX. De lo que si existe constancia desde el 29 de agosto de 1831, es de que las personas que no tenían recursos económicos para sufragar los gastos del entierro recibían la denominación de “Amore Dei”, y éstos eran asumidos por la parroquia (145): “(…) Gaspar Llinares. Cuerpo Amore Dei 212. En la Parroquia de Benidorm y su Cementerio día veinte y nueve de Agosto de mil ochocientos treinta y uno se dio sepultura eclesiástica Amore Dei, pasadas veinte y cuatro horas, del cadáver de Gaspar Llinares que falleció hayer con los santos sacramentos, consorte de Josefa Llorca, de que certifico. D. Agustín Galiana (…)” Cuando el difunto tenía un patrimonio económico que le permitiera sufragar los gastos del entierro, el párroco así lo hacía constar en la partida de defunción (146): (…) Manuel Orts. Cuerpo 224. En el Cementerio de Benidorm día dos de septiembre de mil ochocientos treinta yuno, se dio sepultura eclesiástica, pasadas veinte y cuatro horas, al cadáver de Manuel Orts, que falleció ayer con los santos sacramentos, consorte de Vicente Ballester e hijo legítimo de Antonio y de Josefa García. *o testó y se obligaron a pagar los gastos funerales de que certifico D. Agustín Galiana (…)”. Posiblemente, los cuerpos “Amore Dei” fueran enterados en una zona determinada diferente al de los cuerpos que podían sufragar los funerales. En 1865 las fuentes documentales del Archivo Parroquial, demuestran que ya existía un grupo de nichos numerados en el cementerio (147): (…) se dio sepultura eclesiástica en el nicho número 34 sin funerales al cadáver de María José Cortés, de veinte años, natural y vecina de esta parroquia, que falleció a las tres de la madrugada de cólera (…)”. El 8 de noviembre de 1865 fue enterrada Rosa Ribes en el número 39, a la edad de 24 años, y también fruto del cólera (148). E igualmente, el 11 de noviembre de 1865, Josefa Llorca fue enterada en el nicho número 42, a la edad de 20 años, de cólera (149). Las últimas referencias de ocupación de nichos aparecen registradas el 15 de noviembre de 1865 con el cuerpo de Vicenta Vives que “(…) fue colocada en el nicho número 46 (...)” (150). Parece ser, por la inexistencia de datos existentes -tanto en el Archivo Parroquial, como en el Municipal- que en Benidorm no hubo un cementerio de coléricos, como en otras ciudades, puesto que las 104


referencias geográficas que remite Antonio Yañez, de forma anecdótica, -con relación a lo que él denominaba epidemias de peste, a mediados del XIX- se referían concretamente al cólera morbo, puesto que en Benidorm no hubo peste en estas fechas que él indica (151): (…) A mediados del siglo XIX, con motivo de las epidemias de peste, se enteraba a los enfermos incluso sin comprobar si realmente habían expirado. Se dice que por aquella época un antepasado de José Bayona, que habitaba en una casa en La Facció, fue despertado a medianoche por José Rigores El Muerto”, a quién habían enterado aquella tarde (…) es útil como muestra de lo cercana que estaba La Facció del Cementerio (…)”. En 1864, el cura párroco solicitó al ayuntamiento la reparación de una parte del muro de cerramiento del cementerio, el cual se había derrumbado por unas fuertes lluvias que asolaron Benidorm durante las noches del 7 y 18 de abril. Y aquí es donde se puede presuponer que los cuerpos “Amore Dei” serían enterrados sin caja, en el suelo, porque el agua arrastró la tierra y dejó al descubierto los restos humanos (152): “(…) a causa del aguacero e inundación sucesiva que había sufrido ese término dejando a merced de los animales dañinos los restos morales de los que allí yacen (…)”. Igualmente en este documento se puede observar como fue el cura párroco el que solicitó ayuda económica del ayuntamiento. Esto se debía a que era un cementerio parroquial, donde todos los gastos debían de correr a cuenta del ayuntamiento, -como ya se ha visto en el artículo 50 de la Ley Municipal de 21 de octubre de 1868 (153): “(…) que el motivo de ponerlo en conocimiento de la autoridad es porque se veía en la imposibilidad de reparar el daño de los fondos de fábrica en atención a no contar en la actualidad más que con atrasos, según podía verse por los documentos que estaba dispuesto a exibir; en vista de lo cual y de la perentoriedad y vigencia del caso, lo pone en conocimiento de la corporación (…)” En 1882 volvió a cambiar la normativa sobre cementerios y el de la Foia del Bol, quedaba muy distante de las nuevas exigencias. Por lo que a partir de ese momento, las autoridades municipales deberían analizar la situación del mismo y decidieron ensancharlo. El cementerio de la Foia del Bol formó parte de los 200 nuevos cementerios que se originaron en España durante el periodo de 1886 a 1888. Ramón Llorens Pastor cita que el medio de comunicación El Canfali publicó en 1887, que Benidorm tenía la necesidad de la construcción de un nuevo cementerio o bien de un ensanche del mismo (154). Y para ello fue establecido un reglamento para la conservación, administración y cuidado del cementerio (155). 105


Se conoce, -la realización del ensanche-, a través del jurista e historiador Pedro María Orts Berdín, que hizo una descripción del mismo (156): “(…) por último, el ensanche del cementerio estableciendo depósito de cadáveres, capilla, panteones, nichos, andenes, arbustos y flores, que hacen digna la morada de los muertos (…)”. Reza todavía en una lápida ubicada en la actualidad en el interior de la capilla del cementerio –que en el siglo pasado funcionó como sala de autopsias y depósito de cadáveres-, que el camposanto de la Foia del Bol fue inaugurado a las nueve de la mañana del sábado 12 de noviembre de 1887 con la inhumación del cadáver de Vicenta Pérez de Zaragoza. El filólogo Pasqual Albiñana recogió por referencias documentales que en 1893 el cementerio pertenecía al pueblo (157): “(…) 1893. Partida Foia del Bol. Cementerio 4489 m. Propietario el pueblo (…)”. Una visita pastoral realizada en 1895 descubrió como era el cementerio (158): “(…) está administrado por el Ayuntamiento, tiene división departamental para párvulos, adultos y sacerdotes (…)”. Y se conoce por un acta del ayuntamiento que en 1897 el cementerio tenía un funcionario que ejercía el cargo de conserje cuyo nombre era Jaime Galiana (159), cargo que continuó ejerciéndose también a principios del siglo XX (160). Durante las primeras décadas del siglo XX, el cementerio de la Foia del Bol, necesitó de nuevo una ampliación y en 1902 se procedió a su desmonte (161): “(…) y a Domingo Botella nueve pesetas, importe de seis jornales invertidos en el desmonte de la zona 4º del cementerio municipal (…)”. A partir del 5 de enero de 1902, el Pleno del Ayuntamiento aprobó abonar el gasto del ataúd de los cadáveres pobres de solemnidad (162): “(…) El Sr. Presidente manifestó que el día dos del actual falleció el vecino de esta Francisco Berenguer Aznar trabajador honrado dejando en la mayor pobreza a su viuda e hijo, imposibilitada de poderle costear una caja para su enterramiento y como sea que el respeto que inspiran los restos humanos y la higiene pública exige, obliga a los cadáveres que, vayan cubiertos en su caja mortuoria. El Ayuntamiento fundado en lo expuesto por el Sr. Presidente y el que casos como el de referencia son raros en esta villa acordó autorizar al Sr. Alcalde para que tanto en el presente como en los que ocurran en lo sucesivo pongan con cargo al capítulo de imprevistos el valor de las cajas mortuorias (…)”. De la fabricación de este ataúd se encargó Simeón Ferrer Pérez, a quien el Ayuntamiento le abonó quince pesetas por su importe (163).

106


9.1. Los panteones. La única referencia aparecida en la documentación del archivo procede del 3 de marzo de 1870 (164). Se trata de la solicitud presentada por Juan Thous y Carera para edificar un panteón con carácter de perpetuidad, de 7x3´53 cm., por 3 m., de altura. La corporación municipal accedió a la solicitud y le fue concedida su construcción ubicándolo en: “(…) la zona alta de lo nuevo que mira al oriente como terreno destinado a la edificación de nichos. El precio del terreno para la construcción del panteón ascendió a veinte escudos, un precio no muy excesivo (…) por constarles que en el punto donde se halla el cementerio es terreno de muy ínfimo valor (…)” (165). 9.2. El cementerio civil. Los primeros cementerios civiles se crearon a partir de 1855, con la promulgación de la Ley de 29 de abril. Pero hasta 1891 no fue incorporada la Ley de 16 de julio de Libertad de Culto. Y aún más, hasta 182 no fue obligatoria su aplicación en las localidades de más de 600 habitantes, por lo que Benidorm no se vio sometido a la construcción de un cementerio civil antes de 1882. En los cementerios civiles fueron enterados los no bautizados, los suicidas, los que pertenecían a otras religiones que no fuera la católica los excomulgados, duelistas y los pecadores públicos. Por lo tanto ¿qué ocurrió desde 1887 en que fue promulgada la ley de Carlos III hasta 1882, con todas estas personas? Señala un refrán español: “hecha la ley, hecha la trampa”. Normalmente, a los niños recién nacidos se les bautizaba inmediatamente para pertenecer a la Iglesia Católica Y evitar el problema. En el caso de los suicidas –como se ha visto con anterioridad- pudo habérseles enmascarado registrando en la partida de defunción que su fallecimiento se había producido por accidente, y de esta forma enterrárseles en el cementerio católico. Fue a partir de la “Visita Pastoral” de 1895 cuando aparece por primera vez en la documentación una zona determinada para este fin, aunque la fuente no lo cita como cementerio civil (166): “(…) hay un lugar independiente para los que mueren fuera del seno de la Iglesia (…)”. La Ley de 16 de julio de 1871 señalaba que el cementerio civil podía estar situado en el ensanche del cementerio católico pero dividido del mismo, por un muro perimetral y con una puerta independiente. Y aunque no aparezca descrito, este fue el modelo seguido por todas las poblaciones de la provincia de Alicante. 107


X.

Sepultados en tierras lejana.

Como se ha visto con anterioridad, hubieron varios benidormeros que fallecieron de fiebre amarilla en la isla de Cuba, cuando todavía ésta era colonia española. En el año 1800, Carlos IV emitió una Real Orden por la que fue regulado que los cadáveres de fiebre amarilla fueran enterados extramuros de las ciudades (167). A mediados del siglo XIX (168): “(…) En Cuba existían los llamados cementerios generales para católicos, y algunos civiles destinados al resto de la población (…)”. Hubieron algunos benidormeros que fallecieron en La Habana y allí fueron enterrados sus cuerpos, presumiblemente en el cementerio general (de Colón) (169). XI. El mar: casa de eternidad. La ley establecía que todo marino o individuo que falleciese en alta mar tenía que ser echado al mar como forma de enterramiento, pues si el cadáver permanecía en el barco llegaría en estado de putrefacción al puerto más cercano. Igualmente, si el finado había fallecido por enfermedad contagiosa, existía el peligro de contagio en la misma embarcación, y que pudieran morir más personas. Resulta curioso que con el paso de los siglos han llegado a mantenerse por tradición oral, historias emanadas del miedo a fallecer en alta mar, y a ser arrojados al mar como morada de eternidad. De ahí que cuando los soldados españoles fueron enviados como clase de tropa para participar en la guerra de Cuba, algunos se oponían a ir, para no ser devorados por los grandes peces (170). XII. Un primitivo cementerio ligado al hospital. Se ha podido comprobar de la existencia de un hospital en Benidorm, que fue creado por Jaime Orts en el siglo XVIII, y que se mantuvo hasta la primera mitad del siglo XIX. Jayme Josef Orts fue alcalde del municipio en 1732, (171) por lo que se puede presuponer que el hospital fue creado a partir de esta fecha. Según Orts Berdín, el hospital albergó a pobres, enfermos y transeúntes, hasta que fue permutado por otra propiedad, y fue derribado, no especificando si cayó por sí mismo o porque lo echaron abajo (172). Por otro lado, Antonio Yáñez, señala que en la calle de las Herrerías, entre Emilio Ortuño y Plaza del Dr. Fleming “(…) siglos atrás, en este 108


mismo lugar del “Carrer Ferreries” se encontraba el primitivo cementerio (…)” (173). Las Reales Ordenes de 21 de febrero de 1846 y de 19 de marzo de 1848 impidieron los enterramientos en el interior de los hospitales que se hallaban en el interior de las poblaciones. Por lo tanto, se puede presuponer que este cementerio pertenecía a dicho hospital, y que desapareció coincidiendo cronológicamente con la promulgación de las leyes que lo abolían a mediados del siglo XIX. XIII. ?otas bibliográficas. (1). BUJ BUJ, Antonio. “De los miasmas a la malaria. Permanencias e inmovilización en la lucha contra el paludismo”. Scripta Nova. Revista electrónica de Geografía y Ciencias Sociales. Universidad de Barcelona [ISSN 1138-9788] nº 69 (42), 1 agosto 2000. (2). “La población española. La transición demográfica y el ciclo demográfico moderno”. Fuente: www.club.tepolis.com/geografo/regional/espa/pubcdm.htm (3). “La población española en el siglo XIX. Historia de España. Crecimiento demográfico. Mortalidad. *atalidad. Migraciones. Distribución territorial”. Fuente: www.html.rincondelvago.com/la_poblacion_española_en_el_siglo_XIX .htm (4). Ibidem. (5). ALMIÑANA OROZCO, Pasqual. “Els topònims de Benidorm (1321-1955)”. Colección Pagines de Benidorm. Nº 3. Benidorm. Ayuntamiento Benidorm 2001. (6). Ibidem. Página 80. Declaración judicial 20 mayo 1788. (7). Ibidem. Página 82. (8). Ibidem. Página 146. Año 1907. (9). Ibidem. Página 147. Año 1907. P.O.32 (Proyecto de Ordenación de Policía Urbana y Rural de la Villa de Benidorm). (10). Ibidem. Página 163. Año 1907. P.O. 32. (11). Ibidem. Página 156. Año 1907. A.B: P.O. 1907 1866, 32). (12). Ibidem. Página 157. Año 1907. A.B: P.O. 1907 (1866) 33. (13). Ibidem. Página 159. (14). Ibidem. Página 175. Castañeda. 1919 (S. XVIII:48) (15). Ibidem. Página 163. ORTS i Berdín (1892:131, 134, 137, 138, 139). Refiere el autor que el aljibe ya existía en 1812. (16). Ibidem. Página 298. Año 1907. P.O:31, y página 30 Año 1907. P.O: 31. (17). Ibidem. Página 299. Año 1844. A.P. 28 febrero 1844, y página 300. AP 28 febrero 1844. 109


(18). ORTS BERDÍN Pedro María. “Apuntes históricos de Benidorm”. Alicante. Est. Tip. De l Liberal. 1892. Página 221. (19). Ibidem. Página 27. (20). Ibidem. Página 247. (21). LLORENS BARBER, Ramón. “El condestable Zaragoza. Francisco Zaragoza y Such. Benidorm 1875-Santiago de Cuba 1898. Crónica de la vida y del heroísmo de un marino benidormense”. Benidorm. Ayuntamiento de Benidorm.1998. Página 49. Toma la referencia de MADOZ, Pascual “Diccionario Geográfico-EstadísticoHistórico de España y sus posesiones en ultramar”. 160. Madrid 18451850. (22). YAÑEZ, Antonio. “Calles, barrios y monumentos de Benidorm”. San Vicente del Raspeig. Gráficas Díaz.1988. Página 205. El autor cita que el saladar abarcaba desde El Altet hasta el Rincón de Loix, en una franja estrecha que iba bordeando la playa como una faja costera por la que discurría el Camí de Baix. (23). Ibidem. Página 127 (24). Quinque Libri de la parroquia de Benidorm que empieza en Agosto de 1831 y comprende solo el título de Difuntos de la misma desde dicho mes y año. (25). Registro Civil de Nacidos, Muertos y Casados. Registro Civil de Muertos de la Villa de Benidorm de principio en 2º de enero de 1845. (26). Libro de Bautismos desde 1791 a 1810. Partida de Difuntos a 7 de julio de 1783. (27). Libro de Bautismos desde 1791 a 1810. Dado en el Palacio Arzobispal de Valencia a 17 días del mes de enero del mes de Noviembre de 1796. (27). Libro de Difuntos. Parroquia de San Jaime y Santa Ana. Francisco Orts: Albat nº 7. 21 febrero, 1838. Página 13 anverso. (28). Libro de Difuntos de la época del cólera. Cuerpos mayores. Página 70. 18 septiembre 1834. Cuerpo nº 1: Vicente Llorca. (29). Ibidem. Página 365. 76 años. 27 noviembre 1851. Anastasia Pérez. Josefa Company. 70 años. 22 noviembre 1851. Página 368. (30). Ibidem. Águeda Martorell. 90 años. “Plopejía”. 29 noviembre 1851. Página 368. (31). Ibidem. María Such. 70 años. “Erisipela”. 24 diciembre, 1851. Página 365-366. (32). Ibidem. María Bayona. 48 años. 12 enero 1852. Página 37 anverso. (33). Ibidem Joaquina Sales. 57 años Ángela Cortés. 12 años. 23 marzo 1859. Página 519 reverso. (34). Ibidem. María Bayona. 28 años. Epilepsia en estado de demencia. 19 noviembre 1853. Página 414 anverso. Dolores Orts. 33 años. Libro Defunciones 1859-1879. 6 febrero 1861. Página 34 reverso. 110


(35). Ibidem. Rosa Pérez. 70 años. “Esciso”. 24 abril 1859. Página 530 Anverso. (36). Ibidem. Antonia Seguir. 30 enero 1858. Página 512 anverso. Vicente Llorca. 10 años. “(…) Cuyo cadáver no podrá esperar las veinte y cuatro horas por su estado de descomposición (…)”. 28 mayo 1865. Página 106 reverso. Libro defunciones 1859-79. María Chuco. 70 años. “(…) que ha fallecido esta misma mañana de hidropesía, por lo que será preciso enterrarla sin transcurrir las veinte y cuatro horas (...)”. 14 septiembre 1865. Página 109. (37) Ibidem. María Campo. 32 años. 16 noviembre 1859 (38). Ibidem. Vicente Pérez. 60 años. 1 julio 1857. Página 501. Tomás García. 50 años. 11 octubre 1862. Libro Defunciones 1859-79. Página 60 anverso. (39). Libro Defunciones Cuerpos Mayores de 1859 a 1879 Josefa Bayona. 11 agosto, 1859. (40). Ibidem. Vicente Pérez. 60 años. 17 octubre 1859. Página 9 reverso. Pedro Climent. 77 años. Presbítero, religioso carmelita descalzo 28 enero 1865. Libro Defunciones 1859-79. Página 100 reverso. (41). Ibidem. Jayme Fuster. 40 años. 9 enero 1860. Página 17 anverso. (42). Ibidem. Pedro Barceló. 45 años. 25 junio 1860. Página 23 reverso. (43). Ibidem. Josefa Baldó. 24 años. 1 enero 1861. Página 33 anverso. Roque Fuster. 8 enero 1865. Página 10 anverso. (44). Ibidem. Rita Soler. 48 años. 21 enero 1861. Página 34 anverso. (45). Ibidem. Francisca Devesa. 30 años. 26 enero 1861. Página 34 anverso. (46). Vicente Pérez. 14 años. 4 enero 1862. Página 5 anverso. (47). Ibidem. Cristóbal Pérez. 20 años. 19 enero 1862. Pagina 50 reverso. (48). Ibidem. Juan Barceló. 27 años. 26 enero 1862. Página 50 reverso. Vicente Berenguer. 8 años. 30 julio 1862. Página 56 anverso. (49). Ibidem. María Martínez. 43 años. 3 febrero 1862. Página 51 anverso. (50). Ibidem. Vicente Llinares 19 marzo 1862. Página 52 anverso. (51). Ibidem. Josefa Rodríguez. 26 años. 20 abril 1862. Página 54 anverso. (52). Ibidem. María Fuster. 19 años. Soltera. “(…) cuyo cadáver no permite esperar a las veinte y cuatro horas (natural de Alfaz) y vecina de esta parroquia (…)”. 24 abril 1865. Página 105 anverso. (53). Ibidem. José Llinares. 40 años. 19 mayo 1865. Página 106 anverso. (54). Ibidem. Antonio Pérez. 63 años. 17 octubre 1865. Página 111 anverso. 111


(55). Ibidem. José Climent. 30 años. Segundo fallecido en la segunda epidemia de cólera morbo que afectó a Benidorm en 1865. 20 octubre 1865. Página 11 reverso. (56). Ibidem. Gaspar Llenares. 21 años. Marinero. 9 mayo 1875. Página 285 anverso. (57). Ibidem. Vicenta Thous. Soltera. 72 años. 22 mayo 1875. Página 285 reverso. (58). Ibidem. Tomás Orts. 58 años. Hacendado. 1 junio 1875. Página 286 reverso. (59). Ibidem. Antonia Pagés. 35 años. Natural de Barcelona y vecina de Benidorm. 35 años. 9 agosto 1875. Página 288 reverso. (60). Ibidem. Antonio Perol. 17 septiembre 1875. Página 289 (61). Ibidem. Josefa Conca y Agulló. 66 años. 28 marzo 1878. Página 325 anverso. (62). Ibidem. Felipe Orozco Soler. 40 años. 25 marzo 1878. Página 324 reverso. (63). Ibidem. Pedro Bayona. 43 años. Marinero. 20 febrero 1877. Página 36 anverso. (64). Ibidem. Ángela Castelló y Llorca. 30 años. 16 diciembre 1876. Página 303 anverso. (65). Ibidem. Luis Pérez Thous. 48 años. 22 abril 1879. Página 343 reverso. (66). Ibidem. Antonia Orts Bayona. 64 años. 19 abril 1879. Página 343 anverso. (67). Libro de Defunciones de Cuerpos Mayores que empieza en 1879. Filomena Devesa Ballester. 20 años. Primera fallecida por el cólera morbo en la tercera epidemia que afectó a Benidorm en 1885. 25 julio 1885. Página 70 anverso y reverso. (68) Ibidem. “(…) Gaspar Ortuño Vives. 85 años. Viudo y casado en segundas nupcias con Vicente Rodríguez Lloret. Hijo de Pedro Ortuño y Jerónima Vives. Falleció a las nueve de la noche anterior a consecuencia de vejez (…)”. 6 agosto 185. Página 81 anverso. (69). Ibidem. Rosa Soria Ortuño. 76 años. 10 abril 1891. Página 134 reverso. (70). Ibidem. Josefa Soria Ortuño. 70 años. 18 febrero 1890. Página 126 reverso. (71). María Soria Ortuño. 73 años. Página 123 anverso. (72). Ibidem. Juan Thous Carrera. 74 años. 30 octubre 1889. Página 123. (73). Ibidem. Vicenta Orts Berdín. 28 años. 13 enero 1887. Página 96. (74). Ibidem. Eugenia Llorca. 48 años. 22 diciembre 1859. Página 141. (75). Quinque Libri de la Parroquia de Benidorm que empieza en Agosto 1831 y comprende sobre el título de Difuntos de la misma desde 112


dicho mes y año. 30 agosto 1831. “(…) al cadáver de Josefa Ivars, que falleció ayer de infantil edad (…)”. (76). Ibidem. Francisco Agulló. 24 febrero 1838. Página 13 reverso. Pedro Pascual. 3 años. 2 diciembre 1851. Página 365. María Vives. 3 años. 21 enero 1852. Página 367 reverso. (77). Ibidem. José Fuster. 11 noviembre 1851. (78). Ibidem. Francisco Llorca. Un mes. 28 diciembre 1851. Página 366. Francisco Ivars. 24 horas. 4 enero 1852. Página 367. Joaquín Pérez. 7 años. 4 mayo 1852. Página 372 anverso. Toribio de Jesús. 15 días. 2 mayo 1852. Página 372 anverso. Ángela Cortés. Albat. 28 octubre 1852. Página 382 reverso. (79). Ibidem. María Orts. 5 años. 1 noviembre 1852. Página 383 anverso. José Blasco. 6 años. 19 noviembre 1853. Página 419. José Ortuño. Albat. 2 enero 1856. Página 472 anverso. (80). Ibidem. Manuel Escamez. 2 años. 24 abril 1859. Página 530 anverso. Trascrito “Distinción” = dentición. (81). Ibidem. María Soler. 1 mayo 159. Página 530 anverso. “(…) Como vicario propio de la Parroquial Iglesia de la Villa de Benidorm Provincia de Alicante, Arzobispado de Valencia, mando dar sepultura en el día de la fecha al cadáver de María Soler la cual nació fue bautizada por los Señores Margarita Orquín Comadre de la villa y falleció en el acto a las tres horas de la mañana (…)”. (82). Ibidem. Rosa Soler. Albat. 3 diciembre 1856. Página 173 anverso. (83). Libro de Defunciones de Párvulos desde 1859 a 1886. Andrés Vives de ocho años fue el primer niño fallecido de cólera morbo en la segunda epidemia que afectó a Benidorm en 1865. 31 octubre 1865. Página 60 reverso. (84). Ibidem. Jacinto Vaello Lloret. 11 meses. 2 octubre 1884. Página 289 reverso José Rodríguez. 3 años. 10 noviembre 184. Página 292 reverso. (85). Ibidem. Francisco Llorca y Llinares. 2 años. 12 octubre 184. Página 290 reverso. (86). Ibidem. Bautista Such. 6 meses. 15 octubre 1884. Página 291 reverso. (87). Libro de Defunciones de Párvulos. Año 1859. José Fuster. 3 meses. 18 abril 1859. (88). Ibidem. Catarina Soria. 3 años. 10 junio 1859. (89). Ibidem. María Josefa Crespo Un año. 6 octubre 1859. (90). Ibidem. Vicente Llorca. 2 años. 20 octubre 1856. Miguel Zaragoza. Un año y medio. 3 diciembre 1856. (91). Ibidem. José Pérez. 2 años. 21 octubre 1856. Juan Blasco. 2 años. 22 octubre 1856. Ana María Soler. 4 años. 21 octubre 1856. (92). Ibidem. Vicenta Baldó. 3 años. 21 diciembre 1856. 113


(93). Ibidem. Francisca Soria Ortuño. 82 años. 20 julio 1902. Página 270 anverso. (94). Ibidem. José Orts Llorca. 31 años. 10 julio 1902. Página 269. (95). Ibidem. Trinidad Orts Real. 88 años. 13 julio 1802. Página 269. (96). Ibidem. José Ortuño Llorca. 40 años. 30 diciembre 1901. Página 264 anverso. (97). Ibidem. José María Orts Berdín. 64 años. 19 diciembre 1900. Página 248. (98). Ibidem. Pedro Orts Berdín. 58 años. 31 diciembre 1897. Página 210. (99). María Ortuño Ortuño. 75 años. 11 diciembre 1906. Página 313 anverso. (100). Ibidem. Francisco Ballester Ortuño. 46 años. 16 junio 1906. Página 309 reverso. (101). Ibidem. Magdalena Berdín Berdín. 76 años. 19 mayo 1906. Página 308 reverso. (102). Ibidem. Consuelo Orts Jorro. 82 años. 24 julio 1904. Página 289 reverso. (103). Registro Civil de Muertos de la Villa de Benidorm de principio en 1º de enero de 1841. (104). Ibidem. Año 1842. (105). Registro Civil de Muertos de la Villa de Benidorm de principio en 2º de enero de 1845. (106). Ibidem. Año 1846. (107). Registro Civil de Muertos de Benidorm de principio en 1º enero de 1847. (108). Ibidem. Año 1848. (109). Registro Civil de Muertos de la Villa de Benidorm de principio en 1º de enero de 1841. 19 abril 1842. (110). Ibidem. 29 diciembre 1842. (111). Ibidem. 26 junio 1842. (112). Registro Civil de Muertos de la Villa de Benidorm de principio en 2º de enero de 1845. 29 mayo 1845. (113). Ibidem. 19 febrero 1846. (114). Ibidem. 9 septiembre 1846. (115). Registro Civil de Muertos de Benidorm de principio en 1º de enero de 1847. 19 septiembre 1847. (116). Ibidem. 3 diciembre 1847. (117). Ibidem. 8 diciembre 1847. (118). Libro de Difuntos. Cuerpo Amore Dei. Página 468 anverso. (119). ORTS I BOSCH, Josefina. Nacida el 16 de noviembre de 1822 en Valencia. Nieta de Pedro María Orts Berdín, jurista e historiador. 114


Dedicado a diversas actividades turísticas y actualmente jubilada. Entrevista realizada el 26 de julio 2007. (120). Libro de Difuntos. 30 marzo 1837. Página 118 reverso. (121). Ibidem. Valencia 1 julio 1837. Página 124. (122). Ibidem. Página 193 anverso. (123). Ibidem. 30 marzo 1844. Página 233 anverso y reverso. (124). Libro de Defunciones de Cuerpos Mayores de 1859 a 1879. 18 marzo 1875. Página 280 reverso. (125). Ibidem. 9 marzo 1975. (126). ORTS I BOSCH, Pedro María. “Una imagen de la Virgen de Benidorm” (segunda edición). Valencia. Sucesor de Vives Mora. 1971. Capítulo IX. Página 83. (127). ORTS BERDÍN, Pedro María. Opus citatis. Página 19. (128). YAÑEZ, Antonio. Opus citatis. Página 16. Protocolo nº 169. 22 noviembre 1804. (129). Ibidem. Página 16. Protocolo 169 4 noviembre 1822. (130). Libro de Defunciones de Cuerpos Mayores de 1859 a 1879. 28 noviembre 1865. Página 100 reverso. (131). Ibidem. 7 mayo 1875. Página 284 anverso y reverso. (132). Ibidem. 22 mayo 1875. Página 285 reverso. (133). Ibidem. 11 junio 1875. Página 286 reverso. (134). Ibidem. 9 agosto 1875. (135). Ibidem. 16 agosto 1875 Página 289 reverso. (136). NISTAL, Mikel. “Legislación funeraria y cementerial española. Una visión espacial”. Luralde cinu.espac. nº 19 (1996). P. 29-53. ISSN 1697307Q. (137). Ibidem. (138). Ibidem. (139). Ibidem. (140). Ibidem. (141). Ibidem. (142). Ibidem. (143). Ibidem. (144). ALMIÑANA OROZCO, Pasqual. Opus citatis. Página 161. Año 1808. (145). Quinqué Libri de la Parroquia de Benidorm que empieza en Agosto de 1831 y comprende sólo el título de Difuntos de la misma desde dicho mes y año. Párroco: Agustín Galiana. 29 agosto 1831. Página 1 anverso. (146). Ibidem. Página 1 reverso. (147). Libro Defunciones Cuerpos Mayores de 1859 a 1979. 7 noviembre 1865. Partida de defunción de María Josefa Cortés, fallecida por cólera morbo, a los 75 años. Página 114 anverso. 115


(148). Ibidem. Partida de Defunción de Rosa Ribes. 8 noviembre 1865. Página 115 anverso y reverso. (149). Ibidem. Partida de defunción de Josefa Llorca. 11 noviembre 1865. Página 117 anverso y reverso. (150). Ibidem. Partida de defunción de Vicenta Vives. 15 noviembre 1865. 15 noviembre 1865. Página 118 anverso. (151). YAÑEZ, Antonio. Opus citatis. Página 16 y 17. (152). Libro de Actas Ayuntamiento de Benidorm (LAAB). Acta 19 abril 1864. Página 16 anverso. Acta 20 abril 1864. (153). LAAB. Acta 19 abril 1864. Página 16 anverso. (154). NISTAL, Mikel. “Legislación funeraria y cementerial española. Una visión espacial”. Luralde cinu.espac. nº 19 (1996). P. 29-53. ISSN 1697307Q. (155). LLORENS BARBER, Ramón. Opus citatis. Página 180. (156). Ibidem. Página 181. (157). ORTS BEDÍN, Pedro María. Opus citatis. Página 264. (158). ALMIÑANA OROZCO, Pasqual. Opus citatis. Página 161. (159). Libro de Visitas Pastorales Año 1862 y 1895. Copia dada en Palacio arzobispal de valencia el 10 de enero de 1863. Visita 1895. (160). LAAB. 29 marzo 1897. Página 19 anverso. (161). LAAB. Acta 14 enero, 1902. Página 8 anverso. (162). LAAB. Acta 5 enero 1902. Alcalde: Francisco Zaragoza Fuster. (163). LAAB. Acta 14 enero 1902. Página 8 anverso. (164). LAAB. Acta 3 marzo 1870. Página 9 anverso. (165). LAAB. Acta 29 marzo 1870 Página 9 reverso y 10 anverso. (166). Libro de Visitas Pastorales. Ibidem. Visita 1895. (167). VIÑES, José Javier. Anexo 10. “Legislación técnico sanitaria más relevante durante el siglo XIX”. En “La sanidad española en el siglo XIX”, 1ª parte. www.cfnavarra.es/.../textos/temas_medicina/5_saniad_española_XIX/0 1_introduccion.pdf (168). HERNÁNDEZ SUAREZ, Yoana. “Los primeros cementerios protestantes cubanos”. www.lajiribilla.a/2001/n11.ulio/290_11.html (169). Ibidem. (170). CARBONELL BEVIÁ, Lola, MILAN LLIN, Vicente; y SANTACREU SOLER, José Miguel. “La clase de tropa (1898). Las guerras de ultramar y San Vicente del Raspeig”. San Vicente del Raspeig. CESS. 1999. (171). LAAB. Juramento de los Alcaldes, regidores y Síndicos de la Villa de Benidorm. 15 de abril 1732. Página 5 y 6 reverso. (172). ORTS BERDÍN, Pedro María. Opus citatis. Página 16. (173). YAÑEZ, Antonio. Opus citatis. Página 171. 116


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