A derecho constitucional

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MÓDULO DE DERECHO CONSTITUCIONAL

Constitución y derechos fundamentales en los precedentes vinculantes


SESIÓN 1


I. Teoría de la Constitución

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1. Elementos configurantes

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¿Qué es y qué fin cumple la Constitución?

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CONSTITUCIÓN

“Cum” = con “Statuere” = establecer

NORMA JURÍDICA SUPREMA DEL ESTADO QUE CONSTITUYE EL PARÁMETRO DE ACTUACIÓN DEL ESTADO A FIN DE TUTELAR LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS

Norma política y jurídica, material y formal

Conjunto de reglas en materia de gobierno Estatal y de la vida de la comunidad (Hauriou). Una Constitución ontológica es el ser de cada sociedad, es la cultura social real, son las formas de conducta reconocidas, los principios políticos en los que se basa toda comunidad, y que se formaliza en una Constitución escrita (Loewenstein) Status del poder político convertido en instituciones estatales (Burdeau)

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PRINCIPIO DE RACIONALIDAD

CONSTITUCIÓN NORMATIVA

* Orden y estabilidad racional: No cabe existencia jurídico-política fuera de la Constitución Normativa. La Constitución como un orden racional de poder. * Soberanía política / soberanía jurídica: * proceso de despersonalización de la soberanía. * la soberanía se traslada a la Constitución y se convierte fuente (C, 51)

Constitución

* Sólo hay Constitución si se garantiza los derechos fundamentales y el principio de división de poderes. * Constitución escrita (objetiva-racional) y mutable.

PRINCIPIO DE LEGITIMIDAD

CONSTITUCIÓN HISTÓRICA

* El orden pasado es inmutable. * La legitimidad de la Constitución radica en el pasado de la Nación: La costumbre y la historia de un pueblo en un tiempo y cultura. * Soberanía de la autoridad: Rey-Corona: * Proceso de personalización de la soberanía. * Parlamento * Derecho consuetudinario: no hay necesidad de Constitución escrita. No se distingue entre ley formal y ley constitucional.

PRINCIPIO DE REALIDAD

CONSTITUCIÓN SOCIOLÓGICA

La Constitución es un ser y no un deber ser.

La Constitución es realidad: a) La Constitución no es pasado sino las estructuras sociales-económicas presentes. b) La Constitución es el ser, al que el deber ser debe adaptarse.

* Constitución material: integrada por factores reales del poder: a) Los hechos como fuente del derecho. b) La soberanía depositada en los poderes concretos.

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CONSTITUCIÓN (SOCIEDAD Y ESTADO)

Persona

“La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado” (artículo 1)

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FUNCIONES DE LA CONSTITUCIÓN 1) Permite orden y paz civil que garanticen la estabilidad 2) Brinda unidad nacional que se asiente en la integración 3) Es un límite al poder para asegurar la libertad 4) Garantiza y promueve los derechos fundamentales 5) Establece la organización política del Estado 6) Señala los valores y principios fundacionales CONSTITUCIÓN Y DERECHOS FUNDAMENTALES EN LOS PRECEDENTES VINCULANTES


SESIÓN 2


¿Quién ‘crea’ la Constitución?

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CREACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN

Poder Constituyente   

Busca responder ¿cuál es el origen y cómo nace la Constitución? El poder constituyente deviene del pueblo, como uno de los atributos de la soberanía del Estado. Es un órgano especialmente creado.

Función específica Expedir una nueva Constitución

Es la potestad soberana de la nación, para decidir y establecer su estructura jurídica y política fundamental, mediante una Constitución

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Tipos i.

Poder constituyente originario:

ii.

Poder

cuando funda la organización del Estado dando a su sociedad el estatuto político y jurídico fundamental, sin encontrase limitado a reglas positivas preexistentes.

constituyente

derivado:

cuando el acto constituyente modifica, total o parcialmente, una Constitución preexistente, de acuerdo a los procedimientos establecidos por ella. Este poder se caracteriza por su subordinación respecto del poder constituyente originario.

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Límites

Límite formal: Debe seguirse el procedimiento preestablecido en la Constitución (artículo 206)

Límite material: sustentado en la supresión o modificación del contenido esencial de los derechos fundamentales.

Cláusulas pétreas

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STC 0050-2004AI/TC y otros


PODER CONSTITUYENTE

PODER CONSTITUIDO

Todo poder legal que ha sido conferido y regulado por el Poder Constituyente

El poder de reforma constitucional es un poder constituido, creado y regulado por la Constitución. CONSTITUCIÓN Y DERECHOS FUNDAMENTALES EN LOS PRECEDENTES VINCULANTES


SESIÓN 3


¿Qué grado de eficacia tiene?

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Indirecta

EFICACIA JURÍDICA VINCULANTE

Ley (antes)

Ley, Sentencia, Acto Administrativo, Contrato

> Eficacia Jurídica vinculante: inmediata y diferida

> Inaplicación

Directa

> Posición Jerárquica: artículo 51 (fuerza activa y pasiva)

Juez (artículo 138) Legislador (artículo 102.2: cumplimiento) Administración (artículo 118.1)

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Primacía de la Constitución Artículo 38: Todos los peruanos tienen el deber de... respetar, cumplir y defender la Constitución… Artículo 51: La Constitución prevalece sobre toda norma legal; la ley, sobre las normas de inferior jerarquía, y así sucesivamente. La publicidad es esencial para la vigencia de toda norma del Estado.

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Supremacía jurídica y valorativa de la Constitución “Este valor normativo fundamental de la Constitución constituye uno de los pilares fundamentales del Estado social y democrático de derecho, que es la forma de gobierno consagrada en el artículo 43° de la Carta Fundamental, que exige una concepción de la Constitución como norma, la primera entre todas, y la más relevante, que debe ser cumplida acorde con el grado de compromiso constitucional de los ciudadanos y gobernantes, en el sentido de que todos y cada uno de los preceptos constitucionales tienen la condición de norma jurídica, pues resulta difícil encontrar preceptos constitucionales carentes de eficacia jurídica; convirtiéndose cada uno de los mismos en parámetros para apreciar la constitucionalidad de otras normas y de los actos de gobierno, entre ellos los actos administrativos de los organismos reguladores”. STC 2939-2004-AA/TC

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SESIÓN 4


¿De qué forma es la fuente de fuentes?

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Eficacia directa

SISTEMA DE FUENTES . CRITERIOS DE ORDENACIÓN DE FUENTES QUE

COEXISTEN: La legitimidad otorga validez y eficacia a una Constitución. Legitimidad de origen y de resultado.

Normales constitucionales •Normas legales •Normas infralegales

. JERARQUÍA NORMATIVA: Constitución prevalece sobre la ley y ésta sobre normas de menor jerarquía y así sucesivamente (artículo 51) . MATERIA: Reserva material de la ley (contenido), p.e. Decreto de Urgencia y Ordenanzas municipales y regionales.

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•Normas privadas


NORMAS CONSTITUCIONALES PREÁMBULO BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD (artículo 79 del Código Procesal Constitucional)

SENTENCIAS INTERPRETATIVAS   

La Constitución es la suma de sus disposiciones, pero, sobre todo, de sus normas. Artículo VI del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional : El TC como supremo intérprete de la Constitución. Aunque la sentencia constitucional no es formalmente parámetro, concretiza su contenido.

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BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD LEYES ORGÁNICAS 

 

Se ocupan de una materia reservada por la Constitución y son aprobadas por la mitad más uno del número legal de miembros del Congreso (artículo 106). En principio, no puede existir incompatibilidad entre una ley ordinaria y una ley orgánica Excepción: cuando una norma con rango de ley se asemeja al acto de ejecución de una competencia (normas ejecutivas).

LAS DISPOSICIONES QUE ESTABLECEN LOS PROCEDIMIENTOS DE PRODUCCIÓN NORMATIVA DE LAS NORMAS CON RANGO DE LEY  Vicios de relevancia constitucional directa.  Reglamento del Congreso.

STC 0004-2001-AI/TC

STC 0004-96-AI/TC 

¿LAS LEYES DE CONFIGURACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES? Los derechos fundamentales de configuración legal por mandato constitucional (artículo 27) Los derechos fundamentales de configuración legal con entidad propia (como derecho a la pensión). Distinguir entre disposiciones legales que son parámetro de control de actos, de aquellas que lo son de otras disposiciones. No existen disposiciones cuyo contenido sustantivo pertenezca al bloque de constitucionalidad.

Leyes Orgánicas de los Gobiernos Regionales y Locales STC 0041-2004-AI/TC

LAS LEYES AUTORITATIVAS DE DELEGACIÓN DE FACULTADES LEGISLATIVAS Establecen la materia específica sobre la que se puede ocupar un Decreto Legislativo y el plazo máximo en el que debe dictarse. Su mandato normativo es parámetro de validez del Decreto Legislativo.

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SESIÓN 5


NORMAS LEGALES Ley ordinaria LEYES (LEY FORMAL)

Ley orgรกnica LEYES Ley de desarrollo constitucional Ley de reforma constitucional

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NORMAS LEGALES NORMAS CON RANGO DE LEY (LEY MATERIAL)

LEYES CON RANGO DE LEY

Decreto legislativo ¿Decreto ley? Decreto de urgencia Tratado Ordenanzas regionales Ordenanzas municipales Reglamento del Congreso

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NORMAS LEGALES

NORMAS CON FUERZA DE LEY

Contratos-ley STC 0005-2003-AI/TC

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SESIÓN 6


2. Contenido

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¿Qué partes tiene?

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA - Dogmática - Orgánica (Administrativa)

Estado social y democrático de derecho STC 0008-2003-AI/TC

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CONSTITUCIÓN ECONÓMICA

Economía social de mercado

STC 0008-2003-AI/TC

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SESIÓN 7


CONSTITUCIÓN HISTÓRICA

STC 0044-2004-AI/TC

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CONSTITUCIÓN ECOLÓGICA STC 3610-2008-PA/TC

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CONSTITUCIÓN CULTURAL

STC 0042-2004-AI/TC

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SESIÓN 8


3. Interpretación

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¿Qué significa interpretar?

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F U N D A M E N T O S

INTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL principio pro homine artículos 1 y 45

seguridad jurídica Artículo 51

Preservación de la observancia de la vigencia de los derechos constitucionales líquidos y concretos

Protección del sistema constitucional, porque la afectación sustancial del Derecho objetivo y de las instituciones que lo informan, termina por socavar la propia supremacía jurídica de la Constitución

. La norma política suprema se transforma en una NORMA JURÍDICA EXIGIBLE DE CUMPLIMIENTO DIRECTO

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1. 2.

Agentes de la interpretación constitucional

3.

Interpretación auténtica. Organismos constituidos como intérpretes privilegiados. Estado Constitucional = Sociedad abierta a la interpretación constitucional o variedad de intérpretes.

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¿Cómo se interpreta?

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INTERPRETACIÓN HERMENÉUTICA Sistemática Sistemática Constitución como una norma jurídica debe ser interpretada conforme a los métodos de interpretación de la ley

Histórica Histórica Lógica Lógica Gramatical Gramatical

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INTERPRETACIÓN INSTITUCIONAL STC 5854-2005-PA/TC

Recuperar el carácter vinculante de la norma constitucional con la realidad constitucional

PROCESO DE CONCRETIZACIÓN

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PP RR II NN CC II PP II OO SS

Principio Principio de de Unidad Unidad de de lala Constitución: Constitución: Se Se refiere refiere aa que que lala interpretación interpretación de de lala Constitución Constitución debe debe estar estar orientada orientada aa considerarla considerarla como un "todo"armónico y sistemático, a partir del cual se como un "todo"armónico y sistemático, a partir del cual seorganiza organizaelel sistema sistemajurídico jurídicoen ensusuconjunto conjunto. .

Principio Principiode deConcordancia ConcordanciaPráctica: Práctica:Ponderación Ponderaciónproporcional proporcionalde devalores valoresoobienes, bienes, no afectándose su núcleo duro, sino que se afectan mutuamente razonable no afectándose su núcleo duro, sino que se afectan mutuamente razonable yy proporcionalmente, proporcionalmente,en ensusumodo, modo,forma, forma,espacio espacioyytiempo tiempode deejercicio ejercicio Principio Principiode deCorrección CorrecciónFuncional: Funcional:Supone Suponeexigir exigiralaljuez juezconstitucional constitucionalque, que,alalrealizar realizar susulabor de interpretación, no desvirtúe las funciones y competencias que el Constituyente labor de interpretación, no desvirtúe las funciones y competencias que el Constituyente ha asignado ha asignadoaacada cadauno unode delos losórganos órganosconstitucionales constitucionales Principio Principiode deEficacia EficaciaIntegradora: Integradora:Preferir Preferirlas lassoluciones solucionesjurídico-políticas jurídico-políticasque que promuevan la integración social y la unidad de la Constitución promuevan la integración social y la unidad de la Constitución Principio Principiode delalaFuerza FuerzaNormativa Normativade delalaConstitución: Constitución:Las Las“normas “normasreglas” reglas”yy las las“normas “normasprincipios” principios”deben debenser sercumplidas cumplidas

Principio Principiode deInterpretación InterpretaciónConforme ConformeaalalaConstitución: Constitución:Una Unaley leyno nodebe debeser serdeclarada declaradanula nulacuando cuandopor porlolo menos menosalguna algunade desus susacepciones, acepciones,puede puedeser serinterpretada interpretadaen enconcordancia concordanciacon conlalaConstitución Constitución CONSTITUCIÓN Y DERECHOS FUNDAMENTALES EN LOS PRECEDENTES VINCULANTES


INTERPRETACIÓN ALTERNATIVA Teoría social de interpretación

REALIDAD Y CONSTITUCIÓN

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SESIÓN 9


II. Teoría de los derechos fundamentales

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¿Cuál es la denominación exacta?

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Protección de derechos fundamentales ¿Derechos constitucionales? ¿Derechos fundamentales? ¿Derechos humanos?

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¿Cuáles son sus caracteres?

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Principios bรกsicos 1. Universalidad 2. Autoejecutividad 3. Progresividad acumulativa e irreversibilidad

4. Relacional - integrativa

5. Igualdad 6. In dubio pro homine o favor libertatis 7. Corresponsabilidad CONSTITUCIร N Y DERECHOS FUNDAMENTALES EN LOS PRECEDENTES VINCULANTES


Características 1. Doble carácter (subjetivo/objetivo): Teoría institucional 2. Vincula a todos los poderes del Estado: Ejecutivo, Legislativo y Judicial 3. Eficacia frente a terceros (ciudadanos e instituciones privadas) 4. Reserva de ley y garantía institucional

5. Respetar el contenido esencial de cada derecho 6. Conflictos de derechos (Teoría absoluta/relativa) 7. Límites de los límites (test de la razonabilidad) 8. Cláusula abierta (numerus apertus) 9. Violaciones imprescriptibles (cosa juzgada material)

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¿Qué teorías los estudian?

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a. Teoría liberal

Derechos negativos, abwehrrechte: status negativo de la libertad

b. Teoría de los valores c. Teoría institucional Características esenciales

Derechos fundamentales: doble carácter: como derechos de Derechos fundamentales: doble carácter: como derechos de personas y como orden institucional personas y como orden institucional Derechos fundamentales adquieren un carácter objetivo además Derechos fundamentales adquieren un carácter objetivo además del subjetivo del subjetivo Se debe identificar el contenido esencial de los derechos Se debe identificar el contenido esencial de los derechos fundamentales fundamentales Reconocimiento del status activus processualis Reconocimiento del status activus processualis Legislador: función de promoción y realización de los derechos Legislador: función de promoción y realización de los derechos

d. Teoría democrática

e. Teoría jurídico-social

f. Teoría de la garantía social CONSTITUCIÓN Y DERECHOS FUNDAMENTALES EN LOS PRECEDENTES VINCULANTES


SESIÓN 10


¿Cuáles son las categoría de derechos que existen?

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VIDA

Derechos civiles y políticos LIBERTAD DE REUNIÓN

HONOR

MANIFESTACIONES STC 4677-2004-AA/TC

ELEGIR Y SER ELEGIDOS

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LIBERTAD DE EXPRESIÓN


Derechos civiles y políticos

LIBERTAD PERSONAL DETENCIÓN PREVENTIVA STC 2496-2005-PHC/TC

LIBERTAD DE TRÁNSITO TRÁNSITO STC 0349-2004-AA/TC

DERECHO A LA RECTIFICACIÓN RECTIFICACIÓN

STC 3482-2005-PHC/TC (STC 2876-2005-PHC/TC)

STC 3362-2004-AA/TC

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DERECHOS DE LA NIÑEZ

Derechos económicos, sociales y culturales DERECHO A LA EDUCACIÓN

DERECHO AL TRABAJO STC 0206-2005-PA/TC

DERECHO A LA SALUD SIDA

STC 2945-2003-AA/TC AGUA POTABLE STC 6534-2006-PA/TC SALUD MENTAL STC 5842-2006-PHC/TC

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Derechos económicos, sociales y culturales

DERECHO A LA PENSIÓN

CONTENIDO STC 1417-2005-PA/TC

BONO DE RECONOCIMIENTO STC 9381-2005-PA/TC

PENSIÓN DE INVALIDEZ POR ENFERMEDAD PROFESIONAL STC 6612-2005-PA/TC STC 10087-2005-PA/TC SCTR STC 5189-2005-PA/TC

DESAFILIACIÓN STC 7182-2008-PA/TC STC 0014-2007-PI/TC

PENSIÓN MÍNIMA STC 5189-2005-PA/TC

PAGO DE DEVENGADOS STC 5430-2006-PA/TC CONSTITUCIÓN Y DERECHOS FUNDAMENTALES EN LOS PRECEDENTES VINCULANTES


Derechos de tercera generación

DERECHO A LA IDENTIDAD DERECHO AL MEDIO AMBIENTE DNI STC 2273-2005-PHC/TC

DERECHO A LA PAZ

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SESIÓN 11


¿Cómo se relacionan?

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NORMAS CONSTITUCIONALES

DISPOSITIVOS CONSTITUCIONALES

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Ponderación Test de razonabilidad STC 0045-2004-AI/TC

A. Test de adecuación B. Test de necesidad C. Test de proporcionalidad

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SESIÓN 12


III. Teoría del Estado

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1. El Estado constitucional

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¿Cómo es el Estado?

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Estado

Fórmula político-administrativa de organizar el poder dentro de una sociedad

ESTADO

PODER El poder es uno y emana de la sociedad (pueblo) CONSTITUCIÓN Y DERECHOS FUNDAMENTALES EN LOS PRECEDENTES VINCULANTES


Estado

“La organización de la coacción social” (Ihering)

“El titular del orden en que la vida social de un pueblo se desenvuelve” (Merkel)

“La organización jurídica del pueblo en un territorio determinado, bajo un poder soberano, en virtud de la cual es una personalidad colectiva que se basta a si misma” (Masci)

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Situaciones excepcionales ESTADO DE EMERGENCIA Supuestos Perturbación de la paz o del orden interno Catástrofe Graves circunstancias que afecten la vida de la Nación Derechos suspendidos o limitados Libertad y seguridad personales / Inviolabilidad del domicilio / Libertad de reunión / Libertad de tránsito Condiciones Decreto de Psdte (acuerdo de CM) Se da cuenta al Congreso o Comisión Permanente 60 días, prorrogables (nuevo decreto) Control de las FFAA

ESTADO DE SITIO Supuestos Invasión Guerra exterior Guerra civil Peligro inminente de que se produzcan Derechos suspendidos o limitados Se enumeran los que no lo están Condiciones Decreto de Psdte (acuerdo de CM) 45 días, prorrogables (con aprobación del Congreso) Reunión del Congreso de pleno derecho

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¿Qué principios lo rigen?

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ESTADO ACTUAL EN LO POLÍTICO

Estado social y democrático de derecho “La República del Perú es democrática, social, independiente y soberana” (artículo 43) *

Democracia representativa: principio rector de la organización política CARACTERISTICAS JURIDICO-POLITICAS

* El gobierno es unitario, representativo y

descentralizado

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Economía social de mercado

ESTADO ACTUAL EN LO ECONÓMICO

“La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado” (ARTÍCULO 58)

* Libre iniciativa privada * Rol subsidiario del Estado STC 3330-2004-PA/TC

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SESIÓN 13


¿Cuáles son sus elementos?

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Bases Materiales: Población y Territorio

Territorio

Población NACIÓN

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Factores Abstractos: Unidad del poder (gobierno) y la supremacía del mismo (soberanía).

Soberanía

Gobierno

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2. Formas de Estado y sistemas de gobierno

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Formas de Estado

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Unitario FORMAS

Federal El Estado federal está conformado por varios Estados, cada uno con capacidad de autogobierno. Las partes que componen una federación se conocen generalmente con el nombre de estados, cantones (suizos) o provincias (canadienses), que terminan siendo denominados como estados federados. Puede darse de manera original o no.

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Cuenta con un solo centro de poder político con jurisdicción sobre todo el territorio, y lo ejerce mediante agentes y autoridades locales

Estado unitario

Centralizado Concentrado Desconcentrado: Traspasan ciertas funciones

Descentralizado Con órganos que tienen cierta autonomía y reconocimiento normativo

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Estado peruano GOBIERNO NACIONAL GOBIERNO REGIONAL GOBIERNO MUNICIPAL

FUNCIÓN EJECUTIVA

FUNCIÓN LEGISLATIVA

FUNCIÓN JUDICIAL

GOBIERNO NACIONAL

Presidencia de la República

Congreso de la República

Poder Judicial

GOBIERNO REGIONAL

Presidencia regional

Consejo regional

Alcaldía

Concejo municipal

RTC 0013-2003-CC/TC STC 0020-2005-PI/TC y otro STC 0001-2005-PI/TC

GOBIERNO MUNICIPAL

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OTRA FUNCIÓN

Consejo de Coordinación regional


Sistemas de gobierno

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SISTEMA PRESIDENCIAL SISTEMA PARLAMENTARIO SISTEMA CONVENCIONAL

Perú

Presidencialismo CONSTITUCIÓN Y DERECHOS FUNDAMENTALES EN LOS PRECEDENTES VINCULANTES


SESIÓN 14


3. Poderes y órganos constitucionales

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División de poderes

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¿Cuáles son las funciones estatales?

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Check and balances RELACIÓN DIRECTA CON LA DIVISIÓN Y COLABORACIÓN ENTRE LOS PODERES

La idea que el poder sea controlado es siempre la defensa de la persona (artículo 1)

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Artículo 43: La República del Perú es democrática, social, independiente y soberana. El Estado es uno e indivisible. Su gobierno es unitario, representativo y descentralizado, y se organiza según el principio de la separación de poderes.

PODERES Y FUNCIONES Desde el punto de vista funcional, las funciones del Estado son 3: a) potestad, atribución o función legislativa: producción de normas generales y abstractas b) potestad, atribución o función ejecutiva: conducir la política y la administración del Estado c) potestad, atribución o función judicial: verificar en concreto la violación de tales normas y resolver conflictos CONSTITUCIÓN Y DERECHOS FUNDAMENTALES EN LOS PRECEDENTES VINCULANTES


DE LA DIVISIÓN DE PODERES A LA DIVISIÓN DE FUNCIONES  El poder político debe estar dividido entre varios

órganos, de tal modo que ningún órgano pueda ejercer el poder político en su propio interés.  Cualquier función estatal debe ser distribuida entre una pluralidad de órganos, de tal modo que la acción de cada uno de los órganos pueda ser, si es el caso, impedida por la acción de otro.  Por tanto, los diversos órganos del Estado deben, por el contrario, disponer de poderes de control y de influencia recíprocos.

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¿Cómo se controlan los órganos estatales?

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Independencia de los órganos Dos órganos pueden decirse recíprocamente ‘independientes’ cuando cada uno de estos está libre de cualquier interferencia por parte del otro en cuanto a su formación, a su funcionamiento y a su duración.

Controles y balances  Técnica de organización constitucional que es conocida comúnmente con el nombre de checks and balances: frenos (o controles) y contrapesos.  Este modelo de organización constitucional excluye tanto la especialización de la función ejecutiva, como la especialización plena y total de la función legislativa, como la independencia recíproca del Ejecutivo y del Legislativo. CONSTITUCIÓN Y DERECHOS FUNDAMENTALES EN LOS PRECEDENTES VINCULANTES


CONTROLES INTERÓRGANOS Ej.: PJ cuando resuelve conflictos INTRAÓRGANOS Ej.: OCMA en el PJ

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CONTROL INTRAÓRGANOS Respecto al Poder Ejecutivo

Confianza Investidura Preguntas Interpelación Censura

CONTROL

Vacancia presidencial

Respecto al resto de poderes

Acusación Constitucional Comisión investigadora

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SESIÓN 15


Las funciones constitucionales

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¿Qué es la función legislativa?

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FUNCIÓN LEGISLATIVA: LEGISLATIVA PODER LEGISLATIVO

Parlamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA Órgano representativo de la nación CONSTITUCIÓN Y DERECHOS FUNDAMENTALES EN LOS PRECEDENTES VINCULANTES


Órganos deliberativos Pleno del Congreso

Comisión Permanente

Comisiones

Órganos administrativos Presidencia Vicepresidencias

Mesa Directiva

Junta de Portavoces Grupos parlamentarios

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AUTONOMÍA Autonomía normativa, económica, administrativa y política

UNICAMERALIDAD O BICAMERALIDAD “El Poder Legislativo reside en el Congreso, el cual consta de Cámara Única” (artículo 90)

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MANDATO REPRESENTATIVO MANDATO REPRESENTATIVO

“Los congresistas representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación” (artículo 93).

A través de él, los elegidos, recibiendo su mandato de sus propios electores, la ejercen con toda independencia respecto de estos, de los que no tienen que recibir órdenes o instrucciones y que no pueden revocarlos

Distinto al mandato imperativo A través de él, los elegidos, recibiendo su mandato de los electores de su lineamiento ideológico, tienen que ajustarse a sus instrucciones y pueden ser revocados por ellos

CONSECUENCIAS No sujeto a interpelación Irresponsabilidad por votos o opiniones Inmunidad parlamentaria (de arresto y juzgamiento) STC 0026-2006-AI/TC

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FUNCIONES CONGRESALES a) Legislativa b) De control político c) Especial

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FUNCIÓN DE LEGISLAR PROYECTO DE LEY

COMISIÓN ORDINARIA

EVALUACIÓN

PROPOSICIÓN LEGISLATIVA OBSERVACIÓN

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

PLENO DEL CONGRESO

AUTÓGRAFA

PROMULGACIÓN

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OTROS ÓRGANOS CON FUNCIÓN LEGISLATIVA PODER EJECUTIVO: EJECUTIVO a) Decreto Legislativo b) Decreto de Urgencia

PODER EJECUTIVO Y LEGISLATIVO Tratados

GOBIERNOS REGIONALES Y MUNICIPALES: MUNICIPALES a) Ordenanza regional b) Ordenanza municipal CONSTITUCIÓN Y DERECHOS FUNDAMENTALES EN LOS PRECEDENTES VINCULANTES


¿Qué es la función ejecutiva?

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PODER EJECUTIVO Actuación de la Administración Presidencia de la República, Ministerios y órganos adscritos a ellos

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Órganos Presidente Jefe de Estado y de Gobierno

Consejo de Ministros Ministerio OPDs

Sin responsabilidad política

Empresas estatales

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PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

PRESIDENTE Jefe del Estado y de Gobierno Personifica a la Nación

CONSTITUCIÓN Y DERECHOS FUNDAMENTALES EN LOS PRECEDENTES VINCULANTES


MINISTERIOS

Organismos administrativos del Poder Ejecutivo que formulan las políticas sectoriales de su competencia

FUNCIONES: FUNCIONES a) dictar las normas sectoriales de alcance nacional en los asuntos de su competencia b) supervisar y evaluar la ejecución de las políticas públicas sectoriales c) prestar bienes y servicios a través de los organismos públicos descentralizados sectoriales d) supervisar y controlar a las instituciones públicas descentralizadas que conforman su sector e) ejecutar las acciones e inversiones

CONSEJO DE MINISTROS a. Aprobar los proyectos de ley que el Presidente de la República somete al Congreso. b. Aprobar los decretos legislativos y los decretos de urgencia que dicta el Presidente de la República, así como los proyectos de ley y los decretos y resoluciones que dispone la ley

CONSTITUCIÓN Y DERECHOS FUNDAMENTALES EN LOS PRECEDENTES VINCULANTES


SISTEMA EJECUTIVO Órgano

Contraloría

General de la República (artículo 82) Banco Central de Reserva (artículo 84 y 86)

Superint. de Banca, Seguros y Administr. Privadas de Fondos de Pensiones (artículo 87)

Tipo

Elección

Duración

Remoción

Contralor General de la República

Congreso, a propuesta del Poder Ejecutivo

Siete años

Congres o por falta grave

Directores (siete)

Poder Ejecutivo a cuatro (entre ellos al

Periodo const. del Presidente de la República

Congres o por falta grave

Funciones

Jefatura

Entidad descentralizada

Supervisa ejecución del Presupuesto, de las operaciones de la deuda pública y de actos de instituciones

Persona jurídica de derecho público

Preserva la estabilidad monetaria (regular la

Presidente, ratificado por el Congreso).

moneda y el crédito del sistema financiero y administrar las reservas internacionales a su cargo)

Controla empresas bancarias, de seguros, de AFP, de las demás que reciben depósitos del público y de aquellas otras que, por realizar operaciones conexas o similares

Congreso a tres, con la mayoría absoluta del número legal de sus miembros. Superintendente

Presidente de la República, con ratificación del Congreso

BCR v. SBS Periodo const.del Presidente de la República

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STC 0005-2005-CC/TC


SESIÓN 16


¿Qué es la función judicial?

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PODER JUDICIAL Órgano del Estado encargado de impartir justicia Principios básicos + Unidad y exclusividad

(excepciones explícitas e implícitas)

+ Autonomía e independencia + Respeto de la tutela procesal efectiva

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FUNCIONA A TRAVÉS DE DISTINTOS ESTAMENTOS

Órganos Corte Suprema Cortes Superiores

Jueces de Paz Letrado

Jueces Jueces de Paz

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SISTEMA JUDICIAL Órgano

Tipo

Consejo Nacional de la

Órgano independiente

Funciones

Selecciona y nombra jueces y fiscales.

Magistratura

(artículos 150-157)

Ministerio Público (artículos 158-160)

Tribunal Constitucional

(artículo 201-204)

Jefatura

Elección

Duración

Remoción

Consejeros (los mismos requisitos que vocales supremos)

Uno por Corte Suprema (Sala Plena), uno por Junta de Fiscales Supremos, uno por los Colegios de Abogados, dos por los demás Colegios Profesionales, uno por los rectores de las universidades nacionales, y uno por los rectores de las particulares. Puede aumentarse dos más: entre representantes del sector laboral y del empresarial. Consejo Nacional de la Magistratura

Cinco años

Congreso por causa grave (voto de los dos tercios del número legal de miembros)

Tres años (cargo de Fiscal), prorrogable por dos más

CNM

Congreso de la República con dos tercios de su número legal

Cinco años

Órgano autónomo

Defiende legalidad e intereses públicos tutelados por el derecho, representa a la sociedad en procesos judiciales y conduce investigación de delitos

Fiscales Supremos, presididos por Fiscal de la Nación

Órgano autónomo e independiente

Controla la Constitución

Magistrados del TC (siete)

STC 14122007-PA/TC STC 13332006-PA/TC STC 33612004-AA/TC STC 14122007-PA/TC

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ARBITRAJE

Otros órganos con funciones judiciales

NATURALEZA STC 6167-2005-PHC/TC

JUSTICIA MILITAR

NATURALEZA STC 6167-2005-PHC/TC

STC 0023-2003-AI/TC

JUSTICIA COMUNAL

INFRACCIÓN CONSTITUCIONAL

INHABILITACIÓN POLÍTICA STC 3760-2004-AA/TC STC 0006-2003-AI/TC

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¿Qué es la función electoral?

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SISTEMA ELECTORAL Órgano

Jurado Nacional de Elecciones (artículo 178-181)

Tipo

Órgano autónomo

Funciones

Fiscaliza la legalidad de la realización de los procesos electorales, controla a las organizaciones políticas y administra justicia electoral

Jefatura

Miembros del Jurado (requisitos: mayores de cuarenticinco años y menores de setenta)

Elección

Duración

Uno por la Corte Suprema (magistrados jubilados o en actividad, quien lo preside), uno por la Junta de Fiscales Supremos (fiscales jubilados o en actividad), uno por el Colegio de Abogados de Lima, uno por los decanos de las Facultades de Derecho de las universidades públicas (ex decanos) y uno por los de las privadas (ex decanos)

Cuatro años

Remoción

CONTROL STC 58542005-PA/TC

Oficina Nacional de Procesos Electorales (artículo 181)

Órgano autónomo

Organiza los procesos electorales, de referéndum y de otros tipos de consulta popular, brindando el escrutinio final

Jefe de la ONPE

Consejo Nacional de la Magistratura (periodo renovable)

Cuatro años

Consejo Nacional de la Magistr., por falta grave

Registro Nacional de

Órgano autónomo

Mantiene el registro de identificación de los ciudadanos y emite los documentos que acreditan su identidad

Jefe del RENIEC

Consejo Nacional de la Magistratura (periodo renovable)

Cuatro años

Consejo Nacional de la Magistr., por falta grave

Identificación

y Estado Civil (artículo 182)

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¿Qué es la función de control ciudadana?

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Defensoría del Pueblo

OMBUDSMAN

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