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E10 El proceso de aprobación de planes en Canarias
El proceso de aprobación de planes de trabajo de amianto se realiza a través de la sede electrónica por el procedimiento específicos de “Aprobación del Plan de Trabajo en caso de trabajos con riesgo de exposición al amianto”.
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TABLA DE ERRORES Y DUDAS FRECUENTES
ERRORES Y DUDAS FRECUENTES ADVERTENCIAS
EJECUCIÓN EN OTRAS CONDICIONES DE TRABAJO. Hacer trabajos con un plan aprobado, pero en condiciones de trabajo no contempladas en el plan.
Seguir empleando el mismo plan de trabajo cuando ha habido cambios significativos en las condiciones de trabajo. Por ejemplo, no se han considerado o ha habido cambios en las instalaciones de riesgo del entorno, necesidad de protecciones adicionales de materiales o instalaciones, presencia de personal especialmente sensible, etc. Solo se pueden realizar los trabajos que estén contenidos en el plan y en las condiciones descritas en el plan. Si existen condiciones de trabajo asociadas a riesgos significativos en los puestos de trabajo o riesgos a terceros, o son necesarias medidas de prevención y protección no contempladas en el plan, se podrá considerar que el plan no se ajusta a la realidad de los trabajos.
OBRAS SIMILARES. Creer que se puede emplear un PLAN ESPECÍFICO aprobado para trabajos en otra obra similar a la del plan aprobado o para ampliar trabajos a los inicialmente indicados. Solo se pueden realizar los trabajos que estén contenidos en el plan y en las condiciones descritas en el plan. Para obras similares habría que solicitar la aprobación de un nuevo plan teniendo la opción de hacer uso de un plan sucesivo. Lo mismo cabría decir de ampliaciones de trabajo salvo que, previa consulta, se demuestre que no implican cambios significativos ni están sujeto a condiciones de trabajo diferentes.
SIN ESPECIFICAR REFERENCIAS EN PLANES SUCESIVOS. Presentar un PLAN SUCESIVO sin indicar que partes del documento son las que se va a tomar del plan de referencia. Existe el riesgo de que se emitan informes desfavorables por incoherencias entre los planes cuando no se indican qué partes del plan origen son las que se van a tomar en el plan sucesivo. Por ejemplo, al presentar cada uno operativas de trabajo diferentes (aunque sean correctas individualmente).
ERRORES Y DUDAS FRECUENTES ADVERTENCIAS
ALCANCE DEL PLAN ÚNICO DE CARÁCTER GENERAL (PUG). Creer que al tener un PLAN ÚNICO DE CARÁCTER GENERAL (PUG) ya se puede realizar cualquier trabajo de corta duración con presentación irregular o no programable con antelación. Solo se pueden realizar los trabajos que estén contenidos en el PUG. No se pueden realizar otros trabajos, aunque sean de corta duración con presentación irregular o no programables con antelación.
EJECUCIONES POR FASES DE CARÁCTER NO IRREGULAR. Ejecutar varios trabajos de corta duración previamente contemplados en un PLAN ÚNICO DE CARÁCTER GENERAL (PUG) en la misma obra o similar (mismo lugar, cliente, etc.). Las actividades de corta duración han de cumplir también el requisito de presentación irregular. No cumplirían este requisito los desamiantados por fases, aunque cada fase sea de corta duración. Para estos casos habría que tramitar un plan específico en el que se indique una ejecución por fases.
OPERATIVIDAD DEL PLAN ÚNICO DE CARÁCTER GENERAL (PUG). Se presentan planes con contenido críticas (especialmente del procedimiento operativo) que no garantizan la operatividad del documento a lo largo del tiempo. Por ejemplo, orden no secuencial de operaciones, misma temática tratada en partes o documentos diferentes (fe de erratas, anexos, ampliaciones), etc. Los PUG deben ser documentos claros y compactos a fin de posibilitar ejecuciones múltiples y seguras a lo largo del tiempo.
DE INTERÉS
DEFECTOS DE PLANES Y TRABAJOS EN LA REGIÓN DE MURCIA (Murcia Amianto 2009) El Instituto de Seguridad y Salud Laboral (ISSL) de la Región de Murcia publica en su WEB, el documento CI-24 “Exposición al amianto en la Región de Murcia: actuaciones del ISSL (2007-2009)”con una relación de los principales defectos detectados en las revisiones de planes de trabajo de amianto y en la ejecución de estos trabajos. Estos defectos también se encuentran en planes y trabajos de la Comunidad Autónoma de Canarias. Se muestra un extracto del contenido de este documento:
DE INTERÉS DEFECTOS DE PLANES Y TRABAJOS – ACTUACIÓN ITSS En la publicación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) sobre su actuación en trabajos con amianto, se destacan defectos relativos a planes de trabajo de amianto.
En este documento se citan expresamente motivos de emisión de informes no favorables:
Insuficiencia de imágenes, datos gráficos. El plan solo aporta un plano de la obra difícilmente visible (última página del plan), pero no aporta fotografías de la obra tal y como recomienda la Guía técnica de amianto del INSST.
Incumple lo dispuesto en el apartado c) del artículo 11.2 del Real Decreto 396/2006, y criterios de la Guía técnica de amianto del INSST.
Falta de datos No especifica el plan cómo están fijadas las placas de fibrocemento, ni la superficie total de fibrocemento a retirar. Incumple así lo dispuesto en el apartado b) del artículo 11.2 del Real Decreto 396/2006, y criterios de la Guía técnica de amianto del INSST.
Sin datos de formación y vigilancia de la salud. No se aporta con el plan documentación relativa a la formación en prevención de riesgos y vigilancia de la salud del trabajador xxxx. Incumple lo dispuesto en el apartado e) del artículo 11.2 del Real Decreto 396/2006, y criterios de la Guía técnica de amianto del INSST.
Equipo de protección respiratoria (EPR). Tipo de EPR. FFP3 Como equipo de protección respiratoria recoge el plan (página xx) la mascarilla FFP3. Al respecto hay que señalar que la Guía técnica de amianto del INSST recomienda la mascarilla FFP3 solo para trabajos de corta duración, circunstancia que no se da en los trabajos previstos en el plan ya que, según constaen el mismo plan, los trabajos de retirada de los bajantes de fibrocemento van a durar una jornada laboral aproximadamente. Además, hay que tener en cuenta que estos trabajos van a implicar posturas forzadas que por sí mismas desaconsejan la mascarilla FFP3. Incumple lo dispuesto en el apartado h) del artículo 11.2 del Real Decreto 396/2006, y criterios de la Guía técnica de amianto del INSST.
Equipo de protección respiratoria (EPR). Sin tiempos de uso. En relación con los equipos de protección de las vías respiratorias no especifica el plan el tiempo de utilización continuado, los tiempos de descanso entre usos, ni el número de usos en una jornada, esto es, no existe un protocolo de pausas, tal y como prevé la Guía técnica de amianto del INSST en relación con el apartado 2 del artículo 8 del Real Decreto 396/2006.
Calzado con cordones. En relación con el calzado de seguridad aporta el plan una ficha técnica (difícilmente legible) de un calzado con cordones, que no es aconsejado por la Guía técnica de amianto del INSST, que en su página 26 indica botas estancas (clasificación II) con superficies lisas y de materiales impermeables para su fácil limpieza. Incumple lo dispuesto en el apartado h) del artículo 11.2 del Real Decreto 396/2006, y criterios de la Guía técnica de amianto del INSST.
Sin instalaciones sanitarias. No especifica el plan nada en cuanto a instalaciones sanitarias. Se limita a señalar que “habilitará” una zona en vestuarios de los trabajadores de la obra principal”, pero no recoge las características de esa zona. Y por supuesto, al estar los trabajadores expuestos a fibras de amianto, un sistema de descontaminación es totalmente necesario. Incumple lo dispuesto en el apartado h) del artículo 11.2 del Real Decreto 396/2006, y criterios de la Guía técnica de amianto del INSST.
Falta documentación del gestor de residuos. Indica el plan que la empresa gestora de los residuos es XXX, pero no adjunta el documento de aceptación de residuos por parte del gestor (contrato de tratamiento) tal y como señala la Guía técnica de amianto del INSST. Incumple lo dispuesto en el apartado k) del artículo 11.2 del Real Decreto 396/2006, y criterios de la Guía técnica de amianto del INSST.
REFERENCIAS Y LECTURAS RECOMENDADAS
Principales fuentes de referencia y lecturas recomendadas sobre las cuestiones de este bloque.
SIGLAS FUENTES DE INFORMACIÓN O REFERENCIA
RD / RD 396/06 / RD Amianto Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto (de obligado cumplimiento).
GT / GT Amianto Guía Técnica del INSST sobre el Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto.
REACH Reglamento (CE) nº 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH), por el que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas. (Apéndice 7, Anexo XVIII).
UNE / UNE 171370-1 UNE 171370-1:2014 (versión corregida 2016). Amianto. Parte 1: Cualificación de empresas que trabajan con materiales con amianto.
UNE 171370-2 UNE 171370-1:2021. Amianto. Parte 2: Localización y diagnóstico de amianto.
UNE 689 UNE 689:2019+AC 2019. Exposición en el lugar de trabajo. Medición de la exposición por inhalación de agentes químicos. Estrategia para verificar la conformidad con los valores límite de exposición profesional.
MTA/MA051/A04 MTA/MA-051/A04Determinación de fibras de amianto y otras fibras en aire. Método del filtro de membrana / microscopía óptica de contraste de fases. (Método multifibra). INSST.
CR-02/2005 CR-02/2005. Medida fiable de las concentraciones de fibras de amianto en aire. Aplicación del método de toma de muestras y análisis MTA/MA-051/A04. INSST.
Acuerdos GT AMIANTO 2014
Protocolo Sanitario Amianto
HSE Asbestos Acuerdos del Grupo de Trabajo “Amianto” de la CNSST en relación con los problemas de interpretación y/o aplicacióndel RD 396/2006.Acuerdos del Grupo de Trabajo “Amianto” de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CNSST) publicado por el INSST el 11/12/2014.
Protocolo de vigilancia sanitaria específica sobre Amianto. Edición 2013. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Publicaciones de la WEB Británica Health and Safety Executive (HSE) sobre amianto (Asbestos). (En lo que no contradiga al RD 396/2006 de amianto).
SIGLAS FUENTES DE INFORMACIÓN O REFERENCIA
SLIC / SLIC Amianto Guía SLIC Amianto. Guía no vinculante de buenas prácticas sobre amianto, publicada en el año 2006 por el comité de altos responsables de la inspección de trabajo SLIC. (En lo que no contradiga al RD 396/2006 de amianto).
NTP 796 NTP 796: Amianto: planes de trabajo para retirada o mantenimiento. INSST. 2008.
NTP 815 NTP 815: Planes de trabajo con amianto: orientaciones prácticas para su realización. INSST. 2008.
NTP 1159 NTP 1159: Amianto: Determinación de fibras en aire. Volumen de muestreo - Año 2021.
STP BASEQUIM 016. STP BASEQUIM 016: Situaciones de Trabajo Peligrosas. BASEQUIM 016 – Corte de tuberías de fibrocemento en exteriores: Exposición a fibras de amianto. INSST 2017.
Guía
ITSS Guía de actuación Inspectora para el cumplimiento de la normativa sobre amianto. Actuación
ITSS Actuación de la Inspección de Trabajo en los Trabajos con amianto.
ICASEL
DTI 7
Planes Amianto DTI Nº 7 Algunos aspectos a mejorar en la redacción de Planes de Trabajo cuando existe riesgo de exposición al amianto. ICASEL 2020.
Murcia Amianto 2009 CI-24 "Exposición al amianto en la Región de Murcia: actuaciones del ISSL (20072009)".
Otras fuentes, (no específicas sobre amianto): • LEY 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales. • REAL DECRETO 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
• Guías Técnicas de Gestión Preventiva publicadas por el INSST. • REAL DECRETO 374/2001, de 6 de abril y la Guía Técnica de INSST que la desarrolla. • REAL DECRETO 665/1997, de 12 de mayo sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes cancerígenos durante el trabajo y la Guía Técnica de INSST que la desarrolla. • REAL DECRETO 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción y la Guía Técnica de INSSTque la desarrolla. • REAL DECRETO 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.
ESPECÍFICOS - COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS - ICASEL
Procedimiento de aprobación del plan de trabajo de amianto en la CAC. (Tramitación electrónica)
HERRAMIENTAS Y DOCUMENTOS DE APOYO
Propuesta de contenido de un Plan de Trabajo de Amianto – ICASEL – Febrero 2021.
MÁS INFORMACIÓN EN:
Dirección General de Trabajo. Instituto Canario de Seguridad Laboral.
C/ Ramón y Cajal nº 3, semisótano 1, local 5. 38003. Santa Cruz de Tenerife.
institutotf.icasel@gobiernodecanarias.org C/ León y Castillo nº 200, Edificio de Usos Múltiples III, 1ª planta. 35004. Las Palmas de Gran Canaria.
C/ León y Castillo 57, 1ª planta. 35003. Las Palmas de Gran Canaria. institutolpa.icasel@gobiernodecanarias.org
Instituto Canario de Seguridad Laboral. Redactado por: Olivia Isabel Vega Moreno, Jefa de Sección del Área Técnica de Higiene en el Trabajo, con la colaboración de los distintos miembros del Instituto Canario de Seguridad Laboral relacionados con procesos administrativos relativos al amianto, con la WEB del ICASEL y con actividades divulgativas.