Código de Ética Origen Nuestra empresa comparte su origen con lo que hoy constituye el Grupo APOYO, que fue fundado en 1977 por Felipe Ortiz de Zevallos (FOZ) con la revista Perú Económico. Si bien hoy somos societariamente independientes y patrimonialmente autónomos, compartimos sus valores. La visión de APOYO es “constituirse en un faro peruano valioso de información, conocimiento y sabiduría para los ejecutivos líderes de aquellas organizaciones que aspiran a lograr una competitividad global”.
Visión Nuestra visión es constituirnos en el más acertado y útil proveedor de herramientas informativas especializadas para la toma de decisiones en las organizaciones. Con ese objetivo, conjugamos la proximidad del enfoque (local), con estándares globales de comprensión de los temas y calidad de los contenidos.
Misión Proveer a los tomadores de decisiones y su entorno la información más funcional, oportuna, rigurosa, inteligente y honesta –cuestionadora de la sabiduría convencional si fuese necesario y orientada siempre al descubrimiento de la verdad relevante–, para enriquecer sus procesos decisorios.
Lealtad fiduciaria Nuestras publicaciones se deben fundamentalmente a sus lectores, a quienes servimos buscando y revelando la verdad relevante para ellos. Ninguna otra lealtad puede anteceder a ésta. Nuestra línea editorial propugna el respeto y la defensa de los derechos individuales, los valores democráticos, las libertades económicas y el interés patriótico. El director, los editores, analistas y asistentes de redacción de nuestras publicaciones, cualquiera sea el formato en que éstas se difundan, se rigen por las siguientes normas de conducta:
La elaboración de contenidos es independiente de la gestión de la empresa: conforme está previsto en el estatuto societario, ningún órgano de la administración tiene incidencia en la línea editorial Los hechos y su contexto deben ser siempre separados del análisis y el
comentario; y éstos, de la publicidad. La información objetiva debe ser comprobada antes de publicarse, la opinión subjetiva sólo compromete a su autor. Los derechos al acceso a la información y a la libre opinión no deben constituir una licencia para la arrogancia, la arbitrariedad ni la descortesía. No es válido intimidar ni acosar para obtener información. En sus investigaciones, los analistas deben identificarse como tales, salvo cuando sea indispensable ocultar su identidad para obtener información que debería ser pública y que está siendo indebidamente denegada. Cualquier intervención pública, incluso académica o mediática, en la que se participe con el título o cargo conferido por la empresa o sus publicaciones, debe respetar nuestra línea editorial, y deberá ser previamente autorizada por el correspondiente superior jerárquico. Reconocemos que además de un derecho, el ejercicio de nuestra labor constituye un privilegio que nos conceden los lectores con su preferencia. La responsabilidad que ello entraña exige que todo lo que publiquemos –incluso visual, fotográfica e infográficamente– refleje un auténtico compromiso con la búsqueda de la verdad, incluyendo un análisis riguroso, concienzudo y profesionalmente calificado. No es lícito escudarse en la inexperiencia o la delegación a asistentes o practicantes para excusar un relajamiento de nuestros estándares. Nuestra cobertura sólo abarca cuestiones de interés público y por tanto guarda especial respeto por la vida privada y la intimidad de las personas incluso en los casos en que ellas generan curiosidad entre ciertas audiencias. Consideramos público –entre otros– al ámbito del gobierno y las instituciones representativas de la sociedad civil, así como al desempeño de los mercados, las bolsas, el sistema financiero y las empresas en general, incluyendo sus estrategias y funcionamiento interno. No son exigibles a nuestras publicaciones los deberes de confidencialidad que obligan por ley, por ética o por vínculo laboral a los funcionarios públicos o privados. Si ellos o terceros nos proveen información reservada pero relevante, estamos en libertad de publicarlas, excepto en los casos en que se haya asumido previa y directamente el compromiso de no hacerlo. La información ilícitamente obtenida (por terceros) puede ser publicada siempre que un riguroso examen de relevancia permita concluir que su divulgación es de legítimo interés para nuestro público. En ningún caso, sin embargo, debemos participar en la obtención ilícita de información, ni inducir a que ella se produzca. En el caso de datos relevantes entregados por vía oral sobre hechos de terceros, la información no debe ser publicada sin doble cotejo de fuentes. Ante información originada en rumores, se deben seguir los siguientes pasos antes de publicar:
a. Identificar a quién perjudica y a quién beneficia la publicación del rumor.
b. Analizar las posibles razones subalternas que podría tener la fuente que sembró el rumor.
c. Solicitar a la fuente información que soporte el rumor como una cita textual o una grabación.
d. Conseguir prueba o datos empíricos que corroboren la verosimilitud del rumor.
Si a pesar de todo lo anterior no se recabara suficiente evidencia, sólo podrá utilizarse el rumor como información de contexto, transparentado los límites de su verosimilitud. No se deberá recurrir, para rumores, citas o información de cualquier tipo, a fuentes de escasa credibilidad. Todas las personas directamente involucradas en un hecho relevante que se reporte deben tener la oportunidad para dar su versión u opinión de los hechos. Omitir tales versiones u opiniones relevantes sólo es legítimo cuando, a pesar de nuestra insistencia, los involucrados se abstienen de dárnoslas. Todo conflicto de interés debe ser públicamente reconocido. Constituye conflicto de interés cualquier situación en que las publicaciones o quienes las elaboran tienen un interés distinto o adicional al mero servicio de buscar y revelar la verdad relevante para los lectores. Dejarnos manipular por grupos de interés –incluso por mera negligencia y sin mala fe– implica defraudar nuestra lealtad hacia los lectores, que esperan de nosotros independencia y búsqueda sincera de la verdad. Para evitarlo, debemos observar las siguientes reglas:
a. Antes de ofrecer el anonimato, recurso legítimo pero excepcional de la prensa, deben evaluarse los intereses de las fuentes que lo solicitan. Preferentemente, las fuentes deben ser identificadas. Debido a las implicancias que entraña otorgar crédito a una fuente no identificada, todo analista debe consultar con sus superiores antes de citar fuentes anónimas, y éstos pueden abstenerse de autorizar la publicación. Una vez publicada la información de fuente anónima, se genera un deber fiduciario con ella de proteger su identidad, incluso ante las autoridades, en concordancia con la Declaración de Chapultepec, los Principios de Lima y la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la OEA.
b. Tratándose de casos pendientes de resolución en cualquier instancia judicial o administrativo-regulatoria, debemos realizar una sesuda ponderación previa de los intereses en juego y evitar que nuestra cobertura pueda ser indebidamente utilizada para presionar a los órganos decisores. No debemos usar para nuestro propio beneficio patrimonial la información a la que accedemos en ejercicio de nuestra labor informativa. Por tanto, observamos las siguientes reglas:
a. Se recomienda que los analistas canalicen sus inversiones personales a través de fondos mutuos u otros instrumentos similares que impliquen no conocer específicamente la identidad de los emisores en que han invertido. En los demás casos, ningún analista debe reportar sobre empresas en el desempeño de cuyos títulos él o sus allegados tengan interés. Tampoco efectuar, 45 días antes ni 45 días después de la publicación de una nota, operaciones que involucren títulos de las empresas cuyo desempeño ha cubierto. Todo analista y editor debe registrar, y actualizar oportunamente, una declaración jurada confidencial en la que transparente sus inversiones personales en empresas (sin necesidad de especificar montos).
b. Ningún analista, editor o director puede prestar servicios de carácter confidencial –en particular aquellos relacionados a imagen, prensa o manejo de crisis comunicacional– a empresas o instituciones que sean materia de cobertura en nuestros productos.
c. Nuestra cobertura sobre el desempeño de las empresas, incluyendo temas de cultura de buen servicio al consumidor, jamás debe ser aprovechada para obtener un trato privilegiado o ventajoso.
d. Se deben rechazar regalos, favores o atenciones exclusivas que puedan dar la imagen de comprometer nuestra integridad. Tampoco es válido intercambiar información por dinero o favores. Las invitaciones a viajes requieren ser aprobados por el director y/o los editores y sólo deben ser aceptadas aquéllas que de buena fe aparenten ser ocasión para una cobertura relevante para los lectores.
e. Las redes de contactos y bases de datos a las que acceden los analistas en ejercicio de su función son propiedad de la empresa, y por tanto deben estar a disposición permanente de los editores y el director, incluso en caso de desvinculación laboral. El humor y la ironía constituyen recursos para agregar valor a nuestra comunicación, no una licencia para inobservar el debido respeto a personas e instituciones. El uso común de lisuras o insultos en determinadas plataformas, como el Internet o las redes sociales, no nos exime de mantener un nivel elevado en la interacción con el público en todos los formatos que lleven nuestras marcas. Asumimos un explícito compromiso con el valor democrático de la igualdad ante la ley y deploramos cualquier forma de discriminación. Por tanto, evitamos cualquier referencia prejuiciosa o peyorativa a la etnicidad, cultura, religión, sexo, orientación sexual o condición física o mental de los individuos sobre los que reportamos.
Cualquier error que aparezca en las publicaciones debe ser oportunamente reconocido y corregido. Cuando corresponda, la rectificación deberá ir acompañada de una disculpa. Siempre que hayamos actuado de conformidad con lo señalado en este código de ética, cualquier proceso judicial derivado de nuestra labor informativa justifica una defensa legal que será asumida por la empresa. Nuestras publicaciones integran el Consejo de la Prensa Peruana, y se sujetan a la competencia de su Tribunal de Ética como garantía de la aplicación de altos estándares éticos e independencia de criterio en la solución de las quejas de los lectores. Asimismo, participamos en la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), a la que sostenemos en su defensa de la libertad de expresión a nivel continental. El director de las publicaciones administra discrecionalmente la casuística y las excepciones a este código, si cupieran, y asume cualquier responsabilidad si al hacerlo defraudara sus obligaciones ante los lectores. Para su aplicación, los deberes y obligaciones emanados de este código de ética no deben ser interpretados tan estrechamente como para trivializar nuestro compromiso con los derechos de los individuos, ni tan ampliamente como para constituir una interferencia innecesaria a la libertad de expresión. Un consejo editorial conformado por tres personalidades intachables supervisa que el director de las publicaciones cumpla y haga cumplir los deberes fiduciarios derivados de su posición y de este código, en particular la búsqueda y honesta revelación de la verdad relevante para los lectores. Dicho consejo no resuelve quejas particulares de los lectores –que deben ser derivadas al Tribunal de Ética del Consejo de la Prensa Peruana si no son resueltas directamente por los analistas, editores y/o el director–, pero sí asesora al director, a su solicitud, en la aplicación interna de este código. El consejo editorial tiene la facultad delegada por el directorio de la empresa de promover la remoción del director si éste defraudara sus deberes frente a los lectores.