COMUNICADO El Indecopi se encuentra en alerta ante eventuales afectaciones a los derechos de los consumidores que acudan a las fiestas de Año Nuevo El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), respecto de la organización de fiestas de fin de año, en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, informa a la ciudadanía lo siguiente: 1. La Dirección General de Gobierno Interior (DGIN), del Ministerio del Interior, es el órgano competente para otorgar las garantías inherentes al órden público en los espectáculos públicos, incluyendo las fiestas de Año Nuevo, pudiendo realizar acciones de fiscalización, a nivel nacional, a través de los subprefectos, dentro de sus atribuciones. 2. El Indecopi tiene competencia para proteger los derechos de los consumidores ante eventuales infracciones cometidas por los organizadores de las fiestas de Año Nuevo. En ese sentido, recomienda a los ciudadanos, que consideren participar en alguno de estos eventos, verificar las fiestas autoridadas en el siguiente enlace: www.onagi.gob.pe/portal/garantiasactuales 3. En su labor de prevención, el Indecopi viene supervisando que los locales que promocionan fiestas de Año Nuevo cuenten con la autorización respectiva. En ese sentido, en coordinación con la DGIN, ha verificado hasta el momento que dos locales donde se efectuarían las fiestas Arena (Playa Explosivos) y Mirador (Playa Bikini), ambas en el distrito de Punta Negra, no cuentan con la autorización, en lo que respecta al otorgamiento de garantías. 4. La institución se encuentra en permanente alerta para identificar cualquier incumplimiento en la organización de estos eventos y atender los derechos de los consumidores que eventualmente, podrían resulta afectados por los promotores u organizadores de fiestas. 5. El Indecopi recuerda a los organizadores de espectáculos que deben contar con la autorización de la DGIN; deben respetar la capacidad máxima del local donde se desarrollarán las actividades; deben respetar las zonas establecidas de acuerdo al pago realizado por los consumidores (zona preferencial,VIP, Plantinum, etc; según sea el caso); deben cumplir con el horario previamente anunciado; deben cumplir con todos los servicios ofrecidos a los consumidores, entre otras obligaciones como proveedores responsables y respetuosos de la ley. 6. Si por algún motivo de fuerza mayor el evento tuviera que ser cancelado, la empresa organizadora está en la obligación de avisar con anticipación a los consumidores y
devolverles el dinero que invirtieron. Esto se hará en un plazo razonable y de acuerdo a un cronograma. 7. El Indecopi recomienda a los consumidores guardar el ticket y el aviso publicitario del espectáculo o fiesta que eligieron, pues servirán como prueba, en caso se registre algún incumplimiento por parte de los organizadores y puedan presentar los reclamos o denuncias que consideren necesarios. 8. Los consumidores que se consideren afectados, pueden presentar sus reclamos a través del correo electrónico sacreclamo@indecopi.gob.pe . Lima, 31 de diciembre de 2017