Informe caucel fin

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Caucel: Despojo y represió epresión

Informe de observación de derechos humanos Equipo Indignación A.C. 20 de julio de 2006 Para poder realizar el presente reporte, el equipo Indignación contó con información de familiares de los detenidos, de los propios detenidos, de uno de los abogados defensores y, especialmente, de Indymedia-Yucatán, del Movimiento de Cultura Popular A.C. y de otras personas integrantes de La Otra Campaña que de manera solidaria fueron recabando y compartiendo información durante todo el tiempo que duró la detención. El equipo Indignación dirige este informe a las personas detenidas injustamente en Caucel durante el operativo del pasado 13 de julio; a las organizaciones indígenas, ejidos y pueblos mayas de Yucatán, a las organizaciones sociales y de derechos humanos locales y nacionales, así como a las personas que se han mantenido atentas al desarrollo de los acontecimientos. Las fotos que acompañan este reporte son de Indymedia Yucatán.

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I. Hechos que motivaron la observación El 13 de julio pasado fueron detenidos 38 campesinos mayas que participaban en una manifestación frente a maquinaria de la COUSEY (Comisión Ordenadora del Uso del Suelo en el Estado de Yucatán) que realiza trabajos para el proyecto conocido como Ciudad Caucel. La manifestación congregó a cerca de 100 personas. Familiares de los detenidos afirman que alrededor de las once de la mañana, cuando ellos se retiraban de la manifestación, llegaron al lugar cerca de quince unidades antimotines de la policía y comenzaron a detener a los varones. Detuvieron a 38 personas, incluyendo a un niño (al que dejaron libre al llegar al edificio que ocupa en Mérida la Secretaría de Protección y Vialidad) y a una mujer, doña Alicia Canul, quien preocupada por la salud de su padre dijo que si se lo llevaban a él, también se la llevaran a ella. Los policías trasladaron a todos los detenidos hasta el edificio de la Secretaría de Protección y Vialidad y, alrededor de las cinco de la tarde del mismo día, los trasladaron al edificio de la Procuraduría de Justicia del Estado y el expediente se inició en la Agencia Receptora Número 1 del Ministerio Público.

pasado 13 de junio, fueron arbitrarias. Las personas que ahí se encontraban ejercían su derecho a manifestarse precisamente porque consideran que es el gobierno, a través de la Cousey, quien está invadiendo su territorio. Las personas no fueron advertidas para que se retirasen o se procedería a desalojarlas o detenerlas. El jefe de dicho operativo, así como el titular de la Secretaría de Protección y Vialidad están obligados a demostrar que su actuación estuvo debidamente fundada y motivada. Elementos de la Secretaría de Protección y Vialidad que participaron en la detención arbitraria también violaron el derecho a la libertad personal establecido en el artículo 7 de la Convención Americana de Derechos Humanos, ya que, según la propia convención, este derecho implica lo que se establece en la fracción 5: Toda persona detenida o retenida debe ser llevada, sin demora, ante un juez u otro funcionario autorizado por la ley para ejercer funciones judiciales y tendrá derecho a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad, sin perjuicio de que continúe el proceso. Su libertad podrá estar condicionada a garantías que aseguren su comparecencia en el juicio. Desde el momento de la detención, ocurrida alrededor de las 11 de la mañana, hasta que se

III. Violaciones a derechos humanos El Equipo de derechos humanos Indignación A.C. realizó una labor de observación para documentar violaciones a derechos humanos durante el operativo de desalojo y la detención de campesinos mayas en Caucel. A partir de dicha observación, que incluyó la presencia en el Ministerio Público durante la tarde-noche del día 13 y el día 14, entrevistas a familiares de los detenidos, entrevistas a algunas de las personas detenidas cuando fueron liberadas, así como información proporcionada por otros grupos solidarios que se encontraban en ese lugar, señalamos las violaciones a los derechos humanos que observamos. a) Detenciones arbitrarias El Artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece que “Nadie podrá ser sometido a detención o prisión arbitraria. Nadie podrá ser privado de su libertad, salvo por las causas fijadas por ley y con arreglo al procedimiento establecido en ésta”. El equipo Indignación considera que las detenciones de 38 campesinos mayas en Caucel el

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puso a los detenidos a disposición del Ministerio Público, transcurrieron alrededor de cinco horas. Toda vez que la detención fue arbitraria e injustificada, este equipo considera que se usó como medida de represión. Entre los detenidos se encontraba un menor de edad, David Chablé Canul, de 13 años, que fue liberado en el edificio de la Secretaría de Protección y Vialidad.

El equipo Indignación entrevistó a personas que estuvieron detenidas y a ninguna se le ofreció la asistencia de un traductor o intérprete. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, por su parte, expresa en su artículo tercero que toda persona acusada de un delito tendrá derecho: “A ser informada sin demora, en un idioma que comprenda y en forma detallada, de la naturaleza y causas de la acusación formulada contra ella.”

b) Violaciones al debido proceso El Artículo 8 de la Convención Americana establece el derecho al debido proceso, que incluye, en caso de ser acusado de un delito: el derecho a la presunción de inocencia; el derecho a ser asistido gratuitamente por el traductor o intérprete si no comprende o no habla el idioma del juzgado o tribunal; una comunicación previa y detallada de la acusación formulada; el derecho a que le sean concedidos al inculpado el tiempo y los medios adecuados para la preparación de su defensa; el derecho del inculpado de ser asistido por un defensor de su elección y de comunicarse libre y privadamente con éste; el derecho a ser asistido por un defensor de oficio; el derecho a no ser obligado a declarar contra sí mismo ni a declararse culpable; y el derecho a la publicidad del proceso penal. Las personas detenidas el 13 de julio, en su mayoría mayahablantes, no contaron con intérprete, no tuvieron acceso a sus abogados y no conocieron la acusación hecha en su contra, por lo que permanecieron en incertidumbre jurídica.

c) Violación al derecho de libertad de asociación y reunión Este equipo no puede dejar de observar que en la manifestación que se realizó en Caucel se encontraba también ejidatarios de Hunucmá que fueron detenidos, entre ellos don Marcelino Mex, comisario ejidal y representante de los ejidatarios que mantienen un litigio contra la presente administración estatal por la venta de tierras adquiridas por el gobierno para la construcción de un aeropuerto, por lo que consideramos que también se estaría vulnerando la libertad de asociación, reunión y el derecho a manifestarse. A dos campesinos de Caucel, Felipe May y Eleazar Canul; a don Marcelino Mex y al asesor jurídico de las personas de Caucel que participaban en la manifestación, William Santos, quien también asesora a los ejidatarios de Hunucmá y Oxcum, se les fijaron fianzas mucho mayores que a las demás personas (20 mil pesos, mientras la mayoría pagó fianzas de mil pesos). La diferencia entre las fianzas se añade a una expresión dicha por el procurador, Armando Villareal, la noche de la detención y reproducida por Villevaldo Pech, defensor de William Santos, ante distintos observadores que se encontraban en la procuraduría, con respecto a que se estaba integrando el expediente que sería por delitos menores pero que tenía conocimiento de que todo estaba orquestado por cabecillas o alborotadores. Esto podría manifestar un acto de venganza realizado desde el Ejecutivo contra personas que han mantenido un litigio contra el gobierno del Estado, además de que manifiesta el desconocimiento del procurador en materia de derechos humanos al sugerir como agravante la calificación de “cabecilla” o “alborotador”, que además desconoce el derecho a la libertad de asociación y de reunión. Las denuncias presentadas en contra de William Santos por campesinos de Oxcum, precisamente mientras estuvo detenido en la procuraduría,

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alertan sobre la posibilidad de que el propio gobierno del estado pueda estar participando en la creación de un expediente contra este asesor jurídico.

propio gobierno a través de intermediarios para favorecer a grandes empresarios.1 Cuarenta y seis pueblos mayas rodean la ciudad de Mérida y forman parte del municipio2 del mismo nombre, antes Ichcansihó. En Caucel, ubicado al poniente de la capital del Estado, se desarrolla un megaproyecto urbano conocido como “Ciudad Caucel”. En el mensaje político que acompañó la entrega del tercer informe de gobierno del poder Ejecutivo de Yucatán (2004) se señala que “En este periodo se inició el proyecto de Ciudad Caucel, que forma parte esencial del programa de ordenamiento urbano de Mérida, adquiriéndose los terrenos ejidales, quizá

d) Amenazas a la integridad física El abogado William Santos expresó que fue amenazado de muerte mientras estuvo detenido en el ministerio público, lo cual él mismo reiteró a integrantes de este equipo por vía telefónica. Aunque suspendió la entrevista concertada para ampliar este punto, consideramos de extrema gravedad el hecho, por lo que la copia del informe que se hace llegar a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán subraya este punto con la petición de que valore la posibilidad de solicitar medidas cautelares para salvaguardar la integridad física del abogado William Santos, quien ha manifestado que también fue sometido a tortura sicológica. e) Violación a derechos del pueblo maya Antecedentes y contexto En Yucatán, el 59 por ciento de la población es maya, a pesar de lo cual ni la constitución ni algún ordenamiento reconoce su existencia ni sus derechos. El Congreso de Yucatán nunca votó la contrarreforma indígena del 2001. Es hasta fechas recientes cuando el Ejecutivo, a través del Indemaya, ha presentado una iniciativa de ley en la materia. Sin embargo, diversas personas y organizaciones mayas de Yucatán se han pronunciado contra cualquier ley estatal en la materia hasta que no se reconozcan y se cumplan los acuerdos de San Andrés. La reforma agraria impulsada por Carlos Salinas e implementada en Yucatán por la entonces gobernadora Dulce María Sauri inició un proceso de privatización y despojo de tierras y territorios del pueblo maya, particularmente en los ejidos que circundan Mérida, pues su cercanía con la capital del Estado convierte a sus tierras en lugares codiciados por grupos y personas que cuentan con gran capital económico para adquirirlas, especular o desarrollar proyectos en ellas. Actualmente, con la administración panista, dicho despojo se ha constituido en política de gobierno, ejecutándose desde el

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El actual gobierno del estado de Yucatán ha comprado grandes extensiones de tierra a ejidatarios de pueblos cercanos a la capital del Estado. En varias ocasiones, estas compras las ha realizado a través de intermediarios que se presentan como particulares, lo que implica un engaño hacia los ejidatarios. Es el caso de la compra de terrenos de Oxcúm, Hunucmá, Chablekal, Xcanatún y Caucel, entre otros muchos. En varios de estos casos ha fungido como comprador Antonino Almazán, quien trabajó en el RAN (Registro Agrario Nacional). 2 para más información consultar el estudio: “Pueblos mayas en el municipio de Mérida” en la página www.indignacion.org

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por primera vez, a precios de mercado; ahí se proyecta construir 30,000 casas a mediano plazo, con una urbanización moderna y ordenada3.” + Quizá uno de los casos que muestra de forma más acentuada la política actual de privatización para favorecer a grupos empresariales sea el de Chablekal, también comisaría de Mérida. En este ejido, el gobierno del estado adquirió, también a través de Antonino Almazán, 300 hectáreas para que un grupo de empresarios desarrolle en ellas una zona residencial exclusiva que han dado a conocer bajo el nombre de “Yucatán Country Club”. Dichos empresarios pagarán a plazos los terrenos que, generosamente, el gobierno del Estado adquirió para ellos. “El Ejecutivo ha confirmado que su Comisión Ordenadora del Uso del Suelo (Cousey) intervino en la transferencia de tierras del ejido de Chablekal al grupo de empresarios que proyecta construir el Yucatán Country Club. La transacción consistió en la compra de 300 hectáreas para el Club y 50.7 para constituir en esa zona una reserva territorial del gobierno del Estado. 350 hectáreas en total. En entrevista con este periódico, José Carlos Guzmán Alcocer, director de la Cousey, informa que el gobierno estatal utilizó de nuevo en esta operación los servicios del corredor Antonino Almazán Arteaga, quien participó también en la adquisición de los terrenos destinados al nuevo aeropuerto. Guzmán Alcocer tiene conocimiento de que en la asamblea ejidal correspondiente el señor Almazán compró en Chablekal, para fines particulares, 150 hectáreas más, incluyendo 60, cercanas a Dzibichaltún, que vendió luego a los hermanos Lorenzo, Francisco y Mario Molina Casares para una ampliación del club de golf “La Ceiba”. La Cousey no tiene noticias del destino de las 90 hectáreas restantes. (Diario de Yucatán. Agosto de 2005). + En Xcanatún los ejidatarios vendieron, sin saberlo, parte de sus tierras ejidales

para un exclusivo fraccionamiento que llevará por nombre “Residencial Xcanatún”. A pesar de recursos legales que han iniciado los ejidatarios, todavía no se ha podido determinar si el comisario ejidal, que tenía una carta poder del ejido, recibió dinero por esa venta o si un ex funcionario de la Reforma Agraria, Rigoberto Paz Cen, que fungió como intermediario, pero ha sido notoria, según los ejidatarios, la inacción del gobierno del Estado para proteger esta propiedad del ejido de Xcanatún. Los ejidatarios de Xcanatún no recibieron dinero por la venta de esas tierras que, hasta donde ellos sabían, estaban dadas en renta. Otro terreno del ejido de Xcanatún, que colinda con esta exhacienda, se ha fraccionado ya con el objetivo de construir ahí viviendas de tipo social y medio. + En el caso de Oxcúm, comisaría de Umán, y Hunucmá, municipio cercano a Mérida, la compra de tierras forma parte de un megaproyecto presentado en agosto de 2005 bajo el nombre de “Metropolisur”, un proyecto de reordenamiento urbano que, según el propio gobierno, pretende “acabar con la división entre la Mérida del norte y la Mérida del sur”. Según el propio gobierno el aeropuerto actual constituye un elemento que mantiene la división entre una y otra Mérida, por lo que dicho proyecto requiere reubicar el aeropuerto actual de la ciudad capital. Un aeropuerto en óptimas condiciones, con dos pistas cruzadas, sería sustituido por un aeropuerto de una sola pista, es decir, de menor capacidad que el actual, por lo que resulta muy difícil justificar la necesidad de ese aeropuerto.

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Mensaje Político del tercer informe de gobierno del Ejecutivo de Yucatán, en www.yucatan.gob.mx.

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Según el propio gobierno, para impedir la especulación y compra indiscriminada de tierras que se hubiese generado, realizó la operación de compra-venta en sigilo y a través de intermediarios. Cuando los ejidatarios vendieron sus tierras, desconocían que en ellas se construiría un aeropuerto, a pesar de que, como integrantes del pueblo maya, tienen derecho a decidir sobre programas, proyectos y leyes que les afecten, así como sobre su territorio. Una vez que se hizo público el proyecto de construcción de un aeropuerto, los ejidatarios manifestaron que el proceso de compra venta se realizó mediante engaños, algunos expresaron que les correspondía el dinero que se pagó al intermediario y comenzaron un litigio contra el gobierno del Estado para invalidar la venta de los terrenos. William Santos, una de las personas detenidas en el operativo del 13 de julio y asesor de los campesinos de Caucel que protestaban frente a la maquinaria de la COUSEY, asesora también a los ejidatarios de Oxcum y Hunucmá que mantienen un litigio contra el gobierno del Estado por la venta de sus tierras.

pertenezca al Estado la propiedad de los minerales o de los recursos del subsuelo, o tenga derechos sobre otros recursos existentes en las tierras, los gobiernos deberán establecer o mantener procedimientos con miras a consultar a los pueblos interesados, a fin de determinar si los intereses de esos pueblos serían perjudicados, y en qué medida, antes de emprender o autorizar cualquier programa de prospección o explotación de los recursos existentes en sus tierras. Los pueblos interesados deberán participar siempre que sea posible en los beneficios que reporten tales actividades, y percibir una indemnización equitativa por cualquier daño que puedan sufrir como resultado de esas actividades.” El gobierno de Yucatán está desarrollando proyectos e, incluso, adquiriendo tierras para que se desarrollen proyectos privados sin prever que sean los propios pueblos quienes participen en los beneficios de esos proyectos. Tanto el gobierno de Yucatán como el gobierno municipal y federal están obligados a respetar los derechos del pueblo maya consagrados en el Convenio 169 de la OIT. Las extensiones de tierra adquiridas por la actual administración estatal se suman a una política de privatización de tierras ejidales iniciada desde que se realizó la reforma al artículo 27 de la Constitución que ha ido despojando al pueblo maya de sus tierras y en cuyos territorios se construyen obras que les afectan sin que ellos hayan dado su autorización expresa, libre e informada, lo que constituye una violación a sus derechos como integrantes de un pueblo indígena. Las presiones del capital financiero y especulador, las omisiones de los gobiernos federal, estatal y municipal; la renuencia del Congreso local y federal a reconocer plenamente los derechos de los pueblos originarios, la incapacidad para respetar el derecho de los pueblos a participar directamente en los planes y programas de gobierno y de participar de los beneficios de los proyectos que se realicen en sus territorios están, en la práctica, despojando a los pueblos mayas de sus tierras y territorios y agravando aún más la posibilidad de ver respetados sus derechos, incluyendo su derecho a disfrutar del más alto nivel posible de bienestar, como señala el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Los grupos de poder que resultan favorecidos por el gobierno pueden haber cambiado pero el despojo continúa en detrimento de los derechos del pueblo maya y se mantiene la incapacidad de

El artículo 17, inciso 3, del Convenio 169 de la OIT (organización Internacional del Trabajo) sobre pueblos indígenas establece que “Deberá impedirse que personas extrañas a esos pueblos puedan aprovecharse de las costumbres de esos pueblos o de su desconocimiento de las leyes por parte de sus miembros para arrogarse la propiedad, la posesión o el uso de las tierras pertenecientes a ellos.” El artículo 18 continúa: “La ley deberá prever sanciones apropiadas contra toda intrusión no autorizada en las tierras de los pueblos interesados o todo uso no autorizado de las mismas por personas ajenas a ellos, y los gobiernos deberán tomar medidas para impedir tales infracciones.” Además, en el convenio 169 se establece el derecho a la consulta en los programas y leyes que les afecten, así como en la aplicación misma del convenio. Aun en el caso de que la Cousey comprobara la propiedad de la tierra, la fracción segunda del artículo 15 establece que: “En caso de que

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los distintos gobiernos de respetar los derechos económicos, sociales y culturales en Yucatán.

pobreza extrema y la violación a derechos económicos, sociales y culturales que impiden a los pueblos tomar decisiones libres e informadas sobre sus tierras y territorios. La política de privatización de tierras, alentada y ejercida por el propio gobierno del Estado, afecta de manera grave el derecho del pueblo maya a la tierra y territorio. 4. En los proyectos de Ciudad Caucel, Metropolisur y la construcción de un nuevo aeropuerto, no se ha consultado a los pueblos que serían afectados, lo que viola el derecho a la consulta establecido en el Convenio 169 de la OIT.

IV. La Comisión Estatal de Derechos Humanos. Este caso pone a prueba a la Comisión Estatal de Derechos Humanos y a su nuevo presidente, que tomó posesión de dicho cargo el pasado 6 de julio. El licenciado Villevaldo Pech informó que aproximadamente a las cinco de la tarde del 13 de julio, día de la represión, se comunicó con el presidente de la Comisión, pero fue hasta después de las ocho treinta de la noche cuando un representante de la comisión llegó a la procuraduría. Ni los familiares de los detenidos ni alguna de las personas que nos encontrábamos como observadores supimos de la presencia de alguien de la Comisión. Este equipo se mantendrá atento al seguimiento que la Comisión dé a este caso y, desde ya, manifiesta su extrañeza por la tardanza en su intervención.

El Equipo Indignación considera que el gobierno del estado de Yucatán está obligado a: 1. Realizar una investigación pronta de los hechos que lleve a deslindar responsabilidades y sancionar a los responsables de violar derechos humanos durante el operativo implementado el pasado 13 de julio en Caucel. 2. Hacer público un informe detallado de los hechos 3. Capacitar a todos los elementos policíacos, así como a los servidores públicos de la procuraduría y las agencias del ministerio público en derechos humanos y derechos indígenas. 4. Implementar las acciones necesarias para proteger la tierra y territorio de los pueblos maya de Yucatán 5. Detener los proyectos que se desarrollarán en tierras o territorios ocupados por el pueblo maya hasta obtener su consentimiento a través de un proceso que garantice una opinión libre e informada.

Conclusiones: 1. El Equipo Indignación considera que la detención de campesinos mayas en Caucel el pasado 13 de junio constituyó un acto de represión en el que se cometieron detenciones arbitrarias y se violó el derecho a debido proceso legal de los detenidos. 2. El titular del poder ejecutivo del estado de Yucatán; el titular de la secretaría de protección y vialidad; el director de protección de dicha dependencia, que estuvo a cargo del operativo; la Comisión Ordenadora del Uso del Suelo en Yucatán (COUSEY), el procurador de justicia del Estado y el titular de la Agencia Receptora número 1 del Ministerio Público incurrieron en violaciones a los derechos humanos durante la detención de campesinos mayas en caucel el pasado 13 de julio. 3. Los tres niveles de gobierno tienen responsabilidades en las violaciones continuadas a los derechos del pueblo maya que están afectando la posesión sobre sus tierras y territorios, además de ser responsables de las condiciones de

El Congreso del estado de Yucatán está obligado a: En materia indígena, atenerse a lo que determinen los pueblos mayas a través de una consulta libre e informada.

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Anexo: nombres de los detenidos y detenida. (Información del Movimiento de Cultura Popular, recabada por Eva Macossay)

1.- Alicia Canul Canché-Caucel 2.- José Humberto Canul CanulHunucmá 3.- Felipe Jesús Moo Borges-Hunucmá 4.- Marcelino Mex Cauich-Hunucmá 5.- Feliciano Canul Pech-Caucel 6.- Primitivo Chan Canul-Caucel 7.- Tránsito Ceh Hau-Caucel 8.- Emiliano García Noh-Caucel 9.- Maximiliano García Noh-Caucel 10.- Gustavo Ek May-Caucel 11.- Víctor Euan Muñoz-Caucel 12.- José Euan Canul-Caucel 13.- Aurelio Noh Euan-Caucel 14.- Luis Canché Euan-Caucel 15.- Rubén Ambrosio Euan Canul-Caucel 16.- Jesús Roselio Canché Cocom-Caucel 17.- Santos Felipe May Hau-Caucel-Campesino 18.- Fausto Canul Ek -Caucel-Ejidatario 19.- Luis Manuel Vela Tun-Caucel 20.- Ecolastico Sonda Kú-Caucel-Ejidatario 21.- Felipe de Jesús May Chan-Caucel 22.- Felipe Sonda Catzín-Caucel-No se sabe 23.- Jorge Alberto Chablé Euan-Caucel 24.- Maclobio Chan Euan-Caucel 25.- Esteban Cutz Caamal-Caucel-Ejidatario 26.- Jorge Armando Hau Amaya-Caucel 27.- Alfredo Noh Uc-Caucel 28.- Juventino Chablé Hau-Caucel 29.- Benito Canul Pech –Caucel 30.- José Cob Canul-Caucel 31.- José Leonídes Aké Kú-Caucel32.- Raymundo Hau Amaya-Caucel33.- William de Jesús Santos Sáenz 34.- Eleazar Canul Chacón-Caucel35.- Luis Canché Chacón-Caucel36.- Bacilio Juventino Chablé Chan-Caucel37.- Emiliano Chan Canul-Caucel

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