Cartia de
DERECHOS DE LAS MUJERES DEL MUNICIPIO DE ZACATECAS
Aprendiendo sobre
NUESTROS DERECHOS Los derechos de las mujeres y niñas son garantías individuales, inalienables, intransferibles y universales los cuales permiten vivir con dignidad, justicia, integridad, protección y libertad durante nuestra vida. Las mujeres y los hombres tenemos los mismos derechos, atributos, prerrogativas y libertades por el hecho de existir y permanecen a lo largo de nuestra vida, se reconocen como instrumentos jurídicos y nacionales los cuales son importantes para llevar una vida digna. Cuando hablamos de los derechos humanos de las mujeres es porque, aunque los derechos sean aplicables para todas y todos, en la práctica hay diversos factores como discriminación, subordinación y exclusión a la que son sometidas las mujeres lo que ha generado que no se puedan ejercer sus derechos en igualdad de condiciones y el goce de ellos. El reconocimiento de los derechos de las mujeres nos resulta cotidiano, familiar e indispensable y es el resultado de constantes luchas históricas y esfuerzo de grandes mujeres feministas.
Que no te digan...
¡QUE NO TE CUENTEN! De acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Zacatecas algunos de nuestros Derechos principales son los siguientes:
1 Tienes derecho a ser respetada, así como una vida libre de violencia y no ser agredida de ninguna manera.
3 Ejercer y compartir la sexualidad de forma libre, responsable e informada sin discriminación.
2 Acceder a la justicia, así como a la protección, procesos justos y asesoría legal de calidad en caso de violación a tus derechos.
4 Decidir de manera libre, voluntaria e informada la elección de tener hijos o no tenerlos, así como recibir servicios de salud sexual.
5 El reconocimiento y protección de los derechos a las mujeres que forman parte de la comunidad LGBTTTIQ para que tener una vida libre de violencia y discriminación.
6 Convivencia pacífica y libre de amenazas generadas por la violencia y los delitos.
7 Libre desarrollo de nuestra personalidad y decidir sobre tu vida.
8 Todas las mujeres tenemos derecho al cuidado para personas en situación de vulnerabilidad.
9 Tienes derecho al esparcimiento, así como el ocio y tiempo libre.
10 Tener Jornadas laborales de trabajo razonables con salarios justos y remunerado.
Tipos y Modalidades DE VIOLENCIA
Es importante que identifiques la violencia ya que ésta se puede presentar en diferentes escenarios tanto público como privado y se divide en tipos y modalidades de la siguiente manera:
Tipos: I. Violencia Fisica:
Cualquier acto u omisión intencional que inflija dolor o dolor en el cuerpo de la víctima, por medio de la fuerza física o algún tipo de arma u objeto que pueden provocar o no lesiones internas, externas o ambas, por ejemplo: golpes , empujones “juegos pesados” pellizcos, mordidas entre otros.
II. Violencia Psicologica:
Se manifiesta a través de cualquier acto u omisión que dañe la estabilidad psicológica de la víctima y le ocasione trastornos emocionales. Las conductas pueden ser humillaciones, amenazas, indiferencia, chantaje, prohibición, coacción, intimidación, negligencias, marginación y abandono.
III. Violencia Sexual:
Es cualquier acto u omisión que degrade o dañe el cuerpo y/ o la sexualidad intima de la víctima, que puede consistir en: la imposición mediante la violencia física o psicológica de relaciones sexuales, incluso la ejercida por el cónyuge o a la pareja sentimental o afectiva; la explotación o comercio sexual; el acoso, ciberacoso, violaciones a la privacidad sexual u hostigamiento sexuales; la mutilación genital femenina; el empleo de las mujeres sin su consentimiento , y de niñas, en pornografía.
IV. Violencia Economica:
Es toda acción u omisión que afecte la libertad de disponibilidad de recursos económicos de la víctima y se manifiesta a través de limitaciones al ingreso o a la disponibilidad de las percepciones económicas, incumplimiento de las responsabilidades alimentarias, exclusión o discriminación en la toma de decisiones financieras o en la disposición de los recursos compartidos sin la voluntad de la víctima.
V. Violencia Patrimonial: Cualquier acto u omisión realizado por la persona agresora dirigido a dañar, menoscabar o destruir los bienes, ingresos y valores de la víctima, se puede manifestar en el apoderamiento, despojo, transformación, sustracción o destrucción de objetos, documentos, bienes o recursos económicos, que pueden ser comunes o exclusivos de la víctima.
VI. Violencia Politica:
Cualquier acción u omisión realizada por una o varias personas o servidores públicos. Por sí o a través de terceros, que causen daño físico, psicológico, económico o sexual, en contra de una o varias mujeres o su familia, para restringir, suspender o impedir el ejercicio de un cargo público, o que tengan como fin de la inducción a la toma de sesiones en contra de su voluntad, en el cumplimiento de sus funciones o en el ejercicio de sus derechos.
Modalidades: 1. Violencia Familiar:
Ésta se presenta dentro o fuera del domicilio familiar, cuyo agresor tenga o haya tenido una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad y se puede manifestar a través de la violencia física, psicológica o patrimonial, económica y sexual.
2. Violencia Laboral o Docente: Ocurre en el trabajo y en escuela, es ejercida de manera por personas compañeras, docentes o con cargos superiores y se pueden presentar amenazas, intimidación, humillaciones, discriminación, entre otras.
3. Violencia en la comunidad: Son los actos que ocurren en la comunidad los cuales transgreden derechos fundamentales de las mujeres y propician su denigración, discriminación, marginación o exclusión en el ámbito público.
4. Violencia institucional: Son los actos u omisiones de las y los servidores públicos que discriminen o tengan como fin obstaculizar, impedir, dilatar el acceso a políticas públicas, derechos y el acceso a la justicia.
5. Violencia Digital:
Son videos u otras impresiones gráficas con alto contenido erótico o imágenes sugerentemente sexuales, verdaderas o alteradas, ya sean propias o de otra persona y se difunden por internet sin consentimiento y atenta contra la integridad y dignidad de las mujeres afectadas.
6. Violencia Obstetrica: Son los actos realizados por parte del personal médico y de salud que dañe, lastime, denigre o cause la muerte a la mujer durante el embarazo, parto y sobreparto, se manifiesta como negligencia en su atención médica, malos tratos, abuso de medicalización, patologización de los procesos naturales, omisión de la atención oportuna y eficaz de las emergencias obstétricas como practicar el parto por vía de cesárea, sin los criterios médicos acordes a la normatividad oficial en esta materia, el uso de métodos anticonceptivos o esterilización sin consentimiento, así como obstaculizar sin causa médica justificada el apego precoz de la niña o niño con su madre, negándole la posibilidad de cargarlo y amamantarlo inmediatamente después de nacer.
7. Violencia feminicida:
Es la forma extrema de violencia contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público o privado, conformada por el conjunto de conductas que pueden conllevar impunidad social e institucional y culminan en homicidio o en otras formas de muerte violenta de mujeres.
TEST: ¿He sido victima de alguna violencia? Contesta SÍ o NO a lo siguiente:
1
En alguna ocasión tu pareja ha utilizado frases como “No te preocupes, voy a estar bien sin ti”, aunque no sea feliz” “No pasa nada tu vete, total yo me quedo aquí solo” “Dame otra oportunidad, te juro que voy a cambiar si me das otra oportunidad, yo te amo”., “tú me provocas y por eso me enojo, yo sin ti no soy nadie”.
2
Alguna vez tu pareja ha utilizado frases como: “No es para tanto”, “Ay, como eres exagerada”, “Ya vas a empezar con tus dramas”, “¡Ay, ¡qué intensa!, seguro estas en tus días”.
3
Alguna vez tu pareja ha utilizado frases como: ¿Con quién estás?, ¿a quién le pediste permiso? O ¿te ha pedido que le muestres una foto que demuestre que estás en tu casa?.
4
Alguna vez tu pareja ha utilizado frases como: “Esto que pasa, es por tu culpa”, “si no me distrajera contigo seguro que me hubieran dado el ascenso”, “me das mucha lata y se me olvidan las cosas por hacerme cargo de ti”.
5
Alguna vez tu pareja ha utilizado frases como: “depílate, te ves mal con esos pelos” “que gorda te estás poniendo”.
Respuestas: Pregunta 1: Este tipo de respuesta implican chantaje emocional o manipulación y forman parte del machismo, el agresor se victimiza. Pregunta 2: Minimización: el agresor le resta importancia o ignora tus logros o metas cumplidas. Pregunta 3: En este tipo de agresor intentará averiguar saber horarios, lugares, personas con las que interactúas. Es posible que en algún momento realice llamadas insistentes o aparezca de “sorpresa”. Pregunta 4: El agresor te hará sentir culpable por situaciones que no están bajo tu control. Pregunta 5: El agresor buscará la manera de hacerte sentir insegura con tu cuerpo y este tipo de agresión puede afectar tu autoestima.
Si respondiste “Sí”
a más de una expresión, te invitamos a compartir tu experiencia con personas de confianza y buscar atención en el Instituto Municipal de las Mujeres Zacatecanas para la Igualdad (INMUZAI) estamos para atenderte.
RECUERDA que la violencia
Test R Nota: ecup Ciuda erado Gob d ie Cartil de México rno de la la de Derec . (n.d.). hos d Mu e las Ciuda jeres. d de M éxico .
familiar es un delito
también puede presentarse en el noviazgo,
DENUNCIA.
y
Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual Cómo pudiste observar en los tipos y modalidades el Hostigamiento sexual (hs) y el Acoso sexual (as) forman parte de la violencia sexual y en ambas encontramos humillación e intimidación. Este tipo de violencias dañan nuestros derechos humanos, afectando nuestra salud, integridad y oportunidades laborales, estas conductas son graves y se reconocen como delitos tal y como se menciona en la Ley de Acceso de las mujeres a una vida libre de Violencia para el Estado de Zacatecas en donde podemos encontrar su definición de la siguiente manera:
Hostigamiento Sexual: Es la forma de violencia que realiza la persona agresora cuando tiene una relación de superioridad real frente a la víctima en los ámbitos laboral, escolar, doméstico o cualquier otro que implique subordinación, se manifiesta en cualquier comportamiento, aislado o recurrente, verbal o físico, de connotación lasciva que degrade, dañe o atente contra el cuerpo o la sexualidad de la víctima. Ejemplos: maestro, jefe, tío, etc.
Acoso Sexual: Es la forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder por parte de la persona agresora, que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos. Se manifiesta en cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual, intimidatorio u ofensivo que degrade, dañe o atente contra el cuerpo o la sexualidad de la víctima. Ejemplos: palabras, mensajes de texto, roces corporales, saludos excesivos, silbidos, movimientos corporales, gestos, etc.
¿Por que sucede? Explicar las conductas de hostigamiento sexual y acoso sexual no es tarea sencilla ya que son varios factores como el machismo, creencias, actitudes inspiradas en ideas sobre el cómo debe ser una mujer y ser hombre, abuso de poder, desigualdad, vulnerabilidad y desconfianza en las autoridades.
¿Por que sucede? Con frecuencia pensamos que el hs y el as ocurren porque las víctimas, lo provocan por su forma de vestir, por sus actitudes “coquetas” o “por no darse a respetar“. Incluso hay quienes piensan que son permitidas, cuando existió o existe una relación sentimental, justificándolo como “conflictos íntimos” “son cosas de parejas”. En cualquier contexto o situación, todas podemos identificar cuando algo nos incomoda, disgusta o afecta; por eso es importante expresarlo, no permitirlo ni callarlo. En algunas ocasiones las mujeres que sufren este tipo de violencias presentan inseguridades o dificultades, por ejemplo, por miedo a los despidos, a las represalias o confusión, evita juzgar y recuerda que la forma de vestir, la forma de ser, comportarse e inclusive el andar solas por las calles nunca es justificación para abuso o violencia sexual.
Si estás pasando por una situación de hs y as
Recuerda
romper el silencio y denunciar si has presenciado estas conductas por parte de un compañero de trabajo, familiar o amigo entre otros.
¡NO LO TOLERES! RECONOCE, PROTEGE Y DENUNCIA
Tanto EL HS como EL AS son DELITOS, están contemplados en el Código Penal para el Estado de Zacatecas y alcanzan penas de hasta 7 años de prisión.
DERECHOS
Sexuales y Reproductivos Los Derechos Sexuales y Reproductivos son parte de los derechos humanos, que se encuentran contenidos en la constitución política de los estados Unidos Mexicanos, además de otras leyes como la Ley General de Salud. Cabe mencionar que estos derechos son congruentes con los tratados y acuerdos internacionales que nuestro país ha firmado en este campo y algunos de los más importantes son los siguientes:
1. Tienes derecho a decidir sobre tu cuerpo y tu sexualidad de manera libre, autónoma e informada.
2. Es tu derecho ejercer y disfrutar plenamente tu sexualidad y vivir cualquier experiencia, expresión sexual o de género que elijas con respeto y tomando en cuenta los derechos de las personas involucradas.
3. Tienes derecho a manifestar públicamente tus afectos es tu derecho así como contribuir a la promoción de una convivencia armónica , afectiva libre de violencia y de respeto a la diversidad sexual.
4. Tienes derecho a decidir con quién o con quienes relacionarte, afectiva, erótica y socialmente. Así como decidir y ejercer tus prácticas sexuales.
5. Tienes derecho a el respeto a tu privacidad e intimidad y a que se r e s g u a r d e confidencialmente tu información personal en todos los ámbitos de tu vida incluyendo el sexual, sin importar la edad.
6. Tienes derecho a la vida, a la integridad física, psicológica y sexual, a vivir libre de violencia y a que no se te someta a ningún tipo de tortura ni a tratos crueles, inhumanos o degradantes.
7. Tienes derecho a decidir de manera libre e informada sobre tu vida reproductiva, si deseas o no tener hijas(os), cuantas (os), cada cuando y con quién, sin que tu orientación sexual, estado de salud, identidad de género, edad, estado civil o cualquier otra característica o condición personal sea un impedimento. El estado debe garantizar y promover el acceso a la información y a los servicios de salud con pertinencia cultural, garantizando tu derecho a la confidencialidad, incluyendo el acceso a todos los métodos anticonceptivos, la atención de un embarazo saludable y los servicios de aborto legal y seguro.
8. Es tu derecho vivir libre de prejuicios y estereotipos de género, que limiten tus capacidades prácticas y el ejercicio pleno de tus derechos.
9. Tienes derecho a vivir libre de discriminación , a expresar tu identidad sexual, cultural, así como tu forma de vivir y ejercer tu sexualidad, sin que se te discrimine por tu edad, origen étnico o nacional, color de piel , cultura , sexo, género, discapacidad, condición social o económica de salud (incluyendo embarazo , ITS o VIH) o jurídica , religión apariencia, lengua, opiniones, preferencia sexual, identidad o filiación política, tu estado civil, situación familiar, responsabilidades familiares, idioma , antecedentes penales o cualquier otro motivo.
10. Tienes derecho a información actualizada, veraz, completa, científica y laica sobre sexualidad para tomar decisiones libres sobre tu vida.
11. Tienes derecho a los servicios de salud sexual y reproductiva que sean amigables para los adolescentes y jóvenes, confidenciales, de calidad, gratuitos, oportunos y con pertinencia cultural. Estos servicios deben incluir consejería con información, orientación, apoyo educativo, provisión de métodos anticonceptivos, aborto legal y seguro y atención durante el embarazo, parto y puerperio, detección oportuna y atención de ITS. Detección y atención de violencia entre otros.
12. Tienes derecho a la educación integral en sexualidad en la cual se fomente la toma de decisiones libre e informada, la cultura del respeto a la dignidad humana, igualdad de oportunidades y equidad.
13. Tienes derecho a la identidad sexual, a construir, decidir y expresar tu identidad de género, orientación sexual e identidad política.
14. Tienes derecho a la participación en políticas públicas sobre sexualidad y reproducción, en su diseño, implementación y seguimiento. Es tu derecho incidir en cualquier iniciativa de ley, plan o programa público que involucre los derechos sexuales, así como en la asignación y presupuesto público.
EntreNOS todas NOS
CUIDAMOS
¿Qué hacer en caso de una violación?
En caso de vivir violencia sexual la institución a la que acudas deberá ofrecerte de inmediato, y hasta en un máximo de 120 horas después de lo ocurrido, anticoncepción de emergencia para evitar un embarazo.
Recuerda:
Tienes el derecho de tomar una decisión libre e informada.
• Deberás ser informada sobre los riesgos de posibles infecciones de transmisión sexual (ITS) y acceder a un tratamiento preventivo. • Deberás recibir tratamiento profiláctico (esto es, para protegerte) contra el VIH/SIDA, tomando en cuenta el riesgo en el que hayas estado. • Todo el procedimiento de atención deberá ser realizado con tu consentimiento.
Recuerda que, si fuiste víctima de una violación sexual, tu situación se considera una urgencia médica. Las primeras 72 horas son cruciales para evitar infecciones de transmisión sexual y embarazo. Tienes derecho a que te atiendan de inmediato. Acude a que te brinden atención médica para estabilizarte física y psicológicamente, para que evalúen y traten las lesiones físicas y evitar complicaciones.
INTERRUPCIÓN LEGAL
del Embarazo
La Ininterrupción Legal del Embarazo en el Estado de Zacatecas según los artículos 312 y 313 del Código Penal para el Estado de Zacatecas; la Ley General de Víctimas, artículo 29 y 30, fracción IX, y la Norma Oficial Mexicana 046 (NOM-046) artículo 6.4.2.7. la interrupción del embarazo es legal por cuatro causales: Violación, Salud de la Mujer, Riesgo a la Vida de la Mujer e Imprudencial. Es importante saber que las mujeres víctimas de delitos sexuales deben ser tratadas bajo los principios de dignidad, privacidad y respeto. Para acceder a una interrupción legal de embarazo no estás obligada a presentar una denuncia contra tu agresor. Si eres menor de edad, mayor de 12 años, puedes solicitar la ILE sin que requieras autorización de tu madre, padre o tutor.
No estas
SOLA En tu ciudad cuentas con instituciones donde pueden brindarte atención en caso de violencia como: INMUZAI El instituto Municipal de la Mujer Zacatecana para la Igualdad (INMUZAI) trabaja en conjunto con la Secretaria de las Mujeres del Estado de Zacatecas (SEMUJER), Seguridad Pública Municipal del Municipio de Zacatecas con el fin de que niñas, adolescentes, mujeres y adultas mayores se sientan más seguras al interior de sus hogares.
Aquí en zacatecas:
En la cae y en la casa NOS CUIDAMOS TODAS El autocuidado es uno de los objetivos principales de nuestras luchas, visibilizar en nuestra vida diaria como abonamos y le apostamos todas las mujeres a la construcción y compartimiento de prácticas de cuidado entre propias mujeres es crecimiento de todas y una es una responsabilidad que debemos asumir y seguir fomentando si queremos ir transformando espacios para estar seguras.
Si tu familia, vecina, conocida, compañera de trabajo vive violencia o presencias un acto de violencia contra las mujeres en vía pública, puedes denunciar o pedir ayuda al 911 si es una emergencia o a INMUZAI si necesitas asesoría o canalización. INSTITUTO MUNICIPAL DE LAS MUJERES ZACATECANAS PARA LA IGUALDAD DE (INMUZAI) Av. Héroes de Chapultepec #1110 Col. Lázaro Cárdenas Zacatecas, Zac C.P 98040 INMUZAI
92 3 9421 Ext.2627 INMUZAI
Acompañamiento a las Mujeres Adultas
Otras instituciones a donde puedes acudir son: CAVIZ Teléfono: 92 20674 C. Roberto Cabral del Hoyo s/n Fracc. DIF Centro de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia Teléfono: 9240892 Av. Universidad #214 DIF Municipal 9249031 Lunes a Viernes 8:00 a.m- 3:30 p.m Parque Magdaleno Varela Luján Col. Buenos Aires Centro de Justicia para las Mujeres Teléfono: 1566630 Circuito cerro del gato #304 Ciudad Administrativa
911 Marca este número en caso de que estés viviendo o presenciando una emergencia por violencia. Policía Mujer Segura o de proximidad Teléfono: 9220180 Hospital de la Mujer Vialidad Arroyo de la Plata, Parque Industrial, C.P. 98600 Guadalupe, Zacatecas. Teléfono: 492 925 6870 Centro de Prevención y Atención en la Violencia Familiar y de Género CEPAVIF Avenida González Ortega S/N esquina Dr. José Castro Villagrana, Zacatecas, Zac., C.P. 98000. Teléfono: 92 5 29 14 y 92 3 94 94
ANTE CUALQUIER EMERGENCIA COMUNÍCATE DE INMEDIATO AL 911
Bibliografía Gobierno de la Ciudad de México. (n.d.). Cartilla de Derechos de las Mujeres. Ciudad de México. INMUZA. (n.d.). 2do Manual para Promotoras y Promotores por una vida sin violencia. Zacatecas. Instituto nacional de las mujeres (2007). Ley general de Acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. México. Santamaría Monjaraz, B., Reséndiz Hernández, S., Gutiérrez Ortega, K., López Marroquín, S., & Sarmitiento García, M. (2017). Los Derechos Humanos De Las Mujeres Ejercicio y exigibilidad. (Unidad para la Igualdad de Género, Ed.) (1st ed.). Ciudad de México: Cámara de Diputados. Sosa de la Torre, M. L., Náñez Rodríguez, A., Ramos Martínez, M. H., Rodríguez Ruvalcaba, S., Morales Rivas, A., González Nava, J. M., … Castañeda Esponosa, L. R. (2008). Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Zacatecas. Zacatecas. Convención de Belem do Para: 4° Convención de los derechos del Niño. Art. 3° 4° y 5° Declaración Americana de los Derechos del Niño: 3° 4° y 5° Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (DADHH): Art. XXII Programa de Acción (PdA) de la CIPD: Capitulo IV Par. 4.1: Capitulo VII 7.2 y 7.3 Plataforma de acción (PdA) de la 4° CMM: objetivo estratégico CV. Par 95 Ley General de salud (LGS): capítulo V, Art. 63: Titulo 9°, art, 167;168;170;171;268 Bis 1 Reglamento de la ley General de Población (LGP); Art. 13;14;18;20:24 Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA); art 3° y 4°Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (LFPED); Art. 9 | Inciso Pacto internacional de Derechos Económicos, Sociales, y Culturales (PIDESC): Art. 12.1 Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH); Art. 25 PdA de CIPD; Capitulo VII. Pda. De la 4° CMM; Objetivo estratégico C. Par 89,94 y 96 y Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo: Medida Prioritaria B. Apartado 12. LGS: ART. 2° Reglamento de la LGP Sección II Planificación Familia, Art. 15 y 17 Convención Americana Sobre los Derechos Humanos (Pacto San José) Art. 13 DUDH. Art. 18 y 19 Pact internacional de derechos civiles y políticos art. 19.2 Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (LFPED) Art. 9° Pacto Internacional de Derecho Civiles y Políticos (PIDCP) Art. 23. 3 Convención Sobre las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW): Art.6;16.1 y 16.2 LGS: Art. 2° Reglamento de la LGP: Sección II Planificación Familiar, Art. 15 y 17 PIDCP. Art. 17 Pacto de San José: Art. 11.2 y 11.3 DUDH Art. 12 DADDH: Art. V PdA de la 40
CMM Par. 93; 106, inciso FDUDH: Art. 16.1 PdA de la 40 CMM: Par 274 inciso E PdA de la CIPD Par. 4.21; GS: Art. 74 Bis, Inciso VIII; Art. 77 Bis 37 Inciso II, VII y X; Art. 103 Bis 3 y 321 Bis LFPED: Art. 73, Inciso I y II LGP: Art. 113 Reglamento de la LGP: Art. 83; 84 y 85 Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG): Art. 13; 18; 19; 20; 21 PIDCP. Art. 17 Pacto de San José: Art. 11.2 y 11.3 DUDH Art. 12 DADDH: Art. V PdA de la 40 CMM Par. 93; 106, inciso F Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV): completa LGS: Art. 171 LGDNNA: Art. 46; 47; 48; 49 y 50 Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (LGIMH): Art. 39, inciso IIl y 42, inciso I Ley del Instituto Nacional de las Mujeres: Art. 40 Ley General para la Prevención Social de la Violencia y Delincuencia: Art. 10 Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura: Art. 1o Ley General de Victimas (LGV): Art. 1933 y 34 Reglamento de la LGS: Capitulo IX Bis, Art. 215 Bis 2, Bis 3 y Bis 4 Reglamento de la LGP: Art. 24 CEDAW: Art. 14.2, inciso B; Art. 16.1, inciso E PdA de la CIPD: Capitulo VII, par. 4.1; 7.2: 7.3 PdA de la 40 CMM Par. 95 IDCP. Art. 17 Pacto de San José: Art. 11.2 y 11.3 DUDH Art. 12 DADDH: Art. V PdA de la 40 CMM Par. 93; 106, inciso F Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV): completa LGS: Art. 171 LGDNNA: Art. 46; 47; 48; 49 y 50 Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (LGIMH): Art. 39, inciso IIl y 42, inciso I Ley del Instituto Nacional de las Mujeres: Art. 40 Ley General para la Prevención Social de la Violencia y Delincuencia: Art. 10 Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura: Art. 1o Ley General de Victimas (LGV): Art. 1933 y 34 Reglamento de la LGS: Capitulo IX Bis, Art. 215 Bis 2, Bis 3 y Bis 4 Reglamento de la LGP: Art. 24 CEDAW: Art. 14.2, inciso B; Art. 16.1, inciso E PdA de la CIPD: Capitulo VII, par. 4.1; 7.2: 7.3 PdA de la 40 CMM Par. 95 CEDAW: Art. 14.2, inciso B; Art. 16.1, inciso E PdA de la CIPD: Capitulo VII, par. 4.1; 7.2: 7.3 PdA de la 40 CMM Par. 95 LGDNNA: Art. 50 inciso XIV; Art. 103 LGS: Art. 39 67 y 68 LFPED: Art. 9, Inciso IV Reglamento de la LGP: Art. 14; 15; 16; 17; 18: 20 y 24. Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Politicos: Art. 3, 26 Pacto Internacional de los Derechos Economicos, Sociales y Culturales: Art. 2.2, 3 CEDAW: Art. 10, 20, 30 40, 50 100 y 15.1 DUDH: Art. 29, 70 Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (DADDH): Art. 20 PdA de la CIPD: Princ. 1, 4, 4.4, 4.20 LGIMH: Art. 10, 30 49 5° 69 26, 41, 42 LGDNNA: Art. 40 17, 36, 37, 38, 53, 57, 61,116 Ley General de Education: Art. 32, 33 LFPED: Art. 19 20,50, 90 Bis, 15 Reglamento de la LGP: Art. 24, 25
Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos: Art. 24 Conven- ción sobre los Derechos del Niño: DUDH: Art. 20 Consenso de Montevideo: Art. 70 LFPED: Art. 19 II LGDNNA: Art. 40 69 13, 39, 40, 41, 42, 50, 57, 67, 80, 85, 116 PIDCP: Art. 19.2 CEDAW Art. 10, 14.2, 16.1 Pacto San Jose: Art. 13.1 Protocolo San Salvador, Art. 10.2 DUDH: Art. 19 DADDH: Art. 4° PdA de la CIPD; Princ. 6.15 7.2, 7.3, 7.6, 8.25. PdA de la 4° CMM; Princ. 93, 106 h), m). LGDNNA: Art. 11, 28, 43 LFPED: Art. 20 99 VI LGS: Art. 68.1, 68.1I, 77 bis 37 Reglamento de la LGP: Art. 14, 15, 16, 18, 19, 20, 23 Convención sobre los Derechos del Niño; Art. 24, 28, 29, 30 Pacto de San José: Art. XII PdA de la CIPD: Cap E p35 b) PdA de la 40 CMM: 30: 3.1, 3.6 Consenso de Montevideo sobre Poblacion y Desarrollo: 11 LGS: Art. 69, 71,93, 112, 113 Ley General de Educación: Art. 50 79, 80 LGIMH: Art. 35, 36 LGP: Art. 30 LGDNNA: Art. 21, 32, 50, 57,58 CEDAW: 25c. PdA de la 40 CMM: 92, 94, 95, 96, 106, 108,223, 281 Bejing +5: 72 a), b), d). 79 a), f), h) PA de la CIPD: Principio 8 Cairo +5: 52,56, 70, 73. Declaracion de Compromisos en la lucha contra el SIDA]: 53, 60 Consenso De Montevideo: Media Prioritaria B par. 12 LGDNNA: Art. 50 LGP: Art. 30 LGS: Art. 2039 23, 51, 51 BIS, 67,68, 134, 170 Reglamento de la LGP: Art. 15, 16, 17, 20 PIDCP: Art. 2016, 26 PIDESC: Art. 20 Pacto de San Jose: Art. 10,30 23.1, 23.2,24 DUDH: Art. 19, 20, 6° Declaraciones sobre Orientaciones Sexuales e identidad de Género de las Naciones Unidas. Art. 30 Declaración del Foro Global de Juventud de Bali para la Revisión de la CIPD (Declaración de Bali) 5.2 LGDNNA: Art. 50 LGP: Art. 30 LGS: Art. 20 39 23, 51, 51 BIS, 67, 68, 134, 170 Reglamento de la LGP: Art. 15, 16, 17, 20 LFPED: Art. 19, 29 40 69 70 90 Pacto de San José: Art. 22 Consenso De Montevideo: Media Prioritaria B par. 8 PdA de la 40 CMM: 13, 19 Declaración de Bali: 5.2 LGP: Art.30 Desarrollo de contenido Ana Emilia Pesci Martínez Liliana Nihuyama Sifuentes Nava