TABLA DE CONTENIDO Pág. Carta de Presentación .......................................................................... Nuestra Historia .................................................................................... Resolución No. 026 ............................................................................. Objetivos del Manual de Convivencia Escolar ..................................... Fundamentos Legales del Manual de Convivencia Escolar .................
3 4 5 7 8
CAPÍTULO I DE LA INSTITUCIÓN Y SUS ALUMNOS Sección Primera: DE LA INSTITUCIÓN Artículo 1. Fundamentos del Manual de Convivencia .......................... 9 Artículo 2. Perfil del Estudiante ............................................................ 9 Artículo 3. Caracterización ................................................................... 11 Artículo 4. Símbolos del Colegio .......................................................... 11 La Bandera ......................................................................... 12 El Escudo ........................................................................... 13 El Himno y El Lema ............................................................ 14 CAPÍTULO II DE LA INSTITUCIÓN Y SUS ALUMNOS Sección Segunda: DE LOS ALUMNOS Artículo 5. De los Requisitos de Inscripción, Ingreso y Matrícula ........ 15 Artículo 6. Adquisición de la Calidad de Estudiante ............................. 16 Artículo 7. Pérdida de la Calidad de Estudiante ................................... 17 CAPÍTULO III DERECHOS, DEBERES, ESTÍMULOS Y PROHIBICIONES Artículo 8. Derechos de los Estudiantes .............................................. 17 Artículo 9. Derechos de los Padres y/o Acudientes ............................ 20 Artículo 10. Derechos de los Docentes .............................................. 23 Artículo 11. Deberes de los Estudiantes .............................................. 25 Artículo 12. Deberes de los Padres y/o Acudientes ............................. 27 Artículo 13. Deberes de los Docentes .................................................. 20 Artículo 14. Estímulos ........................................................................... 23 Artículo 15. Prohibiciones ..................................................................... 25 Artículo 16. Puntualidad y/o Ausencias ................................................ 27 CAPÍTULO IV DERECHOS, DEBERES Y FALTAS ACADÉMICAS Artículo 17. Derechos y Deberes Académicos ................................... 28 CAPÍTULO V FALTAS LEVES, GRAVES Y GRAVÍSIMAS PAUTAS DE CONVIVENCIA Y PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO Artículo 18. Clasificación ..................................................................... 38
Artículo 19. Artículo 20. Artículo 21. Artículo 22. Artículo 23. Artículo 24. Artículo 25. Artículo 26. Artículo 27. Artículo 28. Artículo 29.
Gradación de las Medidas ............................................... 38 Faltas Leves .................................................................... 38 Correctivos Pedagógicos para Faltas Leves ................... 40 Faltas Graves .................................................................. 41 Procedimientos para Faltas Graves ................................ 43 Faltas Gravísimas ........................................................... 43 Procedimientos para las Faltas Gravísimas ................... 45 Calidad del Proceso ........................................................ 45 Suspensión Provisional ................................................... 46 Circunstancias Atenuantes o Eximentes ......................... 47 Del Derecho a la Defensa ............................................... 47
CAPÍTULO VI UNIFORMES ESCOLARES Artículo 30. Obligatoriedad del Uniforme ............................................
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CAPÍTULO VII. COMITÉ DE CONVIVENCIA ESTUDIANTIL ....................................... 49 CAPÍTULO VIII INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN Artículo 31. Consejo Estudiantil ........................................................... 50 Artículo 32. Representante del Consejo Directivo ............................... 52 Artículo 33. El Personero ..................................................................... 53 CAPÍTULO IX RESUMEN DEL SIEE Sistema Integral de Evaluación de Estudiantes 1. Criterios de Evaluación .................................................................... 55 2. Escalas de Valoración Nacional e Institucional ................................ 60 3. Estrategias de Valoración Integral de los Desempeños de los Estudiantes ....................................................................................... 64 4. Estructura de los Informes Académicos de los Estudiantes ............. 65 Organigrama ......................................................................................... 68 Acta de Aprobación M. C. E. Comisaria de Familia Municipal .............. 71 Acta de Aprobación M. C. E. Personería Municipal de Abrego ............. 72
CARTA DE PRESENTACIÓN Como fruto de los esfuerzos y de un trabajo en conjunto de los diversos estamentos de la comunidad educativa, me complace presentar el presente Manual de Convivencia Social, el cual mejorará en forma efectiva las relaciones entre profesores, alumnos y padres de familia. Con este Manual de Convivencia Social, tendremos claras nuestras obligaciones, deberes y derechos de los estudiantes, docentes y padres de familia, para lograr una mejor convivencia. Nos proponemos con este Manual de Convivencia Social, rescatar los valores del ser humano, los cuales son el fundamento para mejorar la integración con nuestros semejantes. Este Manual de Convivencia Social, cuenta con el aval de la Personería Municipal y de la Comisaría de Familia de Abrego, además está fundamentado bajo el código de Infancia y Adolescencia, Ley 1098. Igualmente está avalado por el Consejo Directivo, esperamos que sirva para orientar todas las relaciones inter-institucionales de la comunidad educativa de nuestra Institución Educativa “CARLOS JULIO TORRADO PEÑARANDA” en el municipio de Abrego.
Esp. FRANCISCO JAVIER MORALES CABALLERO Rector
NUESTRA HISTORIA La Institución Educativa Carlos Julio Torrado Peñaranda fue fundada el 6 de julio de 1988 con la Jornada Nocturna en honor al Señor Carlos Julio Torrado Peñaranda (Q.E.P. D), cuyos ideales eran la creación de una nueva Institución. En el año 2002 se fusionan las Sedes Bolívar y la Piñuela a esta Institución Educativa y se abre la Jornada Diurna en la Educación Básica Secundaria, sigue su proceso de avance y es así como en el año 2005 se logra el aval de la Media Técnica en la Modalidad de Agroindustria (Productos y Derivados Lácteos), graduando así nuestra Primera Promoción, contando con 1.100 estudiantes; luego se logra otra nueva modalidad en el año 2009 en lo que corresponde al Mantenimiento y Ensamble de de Computadores. Se ha observado que hemos sido una Institución que cuenta con el respaldo de la comunidad, es así que año a año hemos ido aumentando en cobertura; atendiendo a niños y jóvenes de estrato 1 provenientes del sector rural del municipio y en condición de desplazamiento y vulnerabilidad. Actualmente cuenta con el Esp. Francisco Javier Morales Caballero como Rector de la Institución, 1.600 estudiantes aproximadamente y la aprobación de estudios por parte de la Secretaría de Educación Departamental según Resolución No. 004852 del 13 de noviembre de 2009. El Lema de la Institución es “Educamos con Calidad Humana”. La Institución Educativa Carlos Julio Torrado Peñaranda ofrece los niveles de Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media Técnica, además la Jornada Nocturna y las modalidades de Crecer y Transformemos.
RESOLUCIÓN No. 026 (3 de Agosto de 2004) Por medio de la cual se adopta el MANUAL DE CONVIVENCIA de la Institución Educativa ““CARLOS JULIO TORRADO PEÑARANDA”” del municipio de Abrego, Norte de Santander. La Institución Educativa ““CARLOS JULIO TORRADO PEÑARANDA”” del municipio de Abrego, Norte de Santander, es una Comunidad Educativa donde se atenderán y respetarán las diferencias individuales, primando los intereses colectivos por encima de cualquier consideración, contribuirá en la búsqueda y el fortalecimiento de hábitos que proporcionen posteriormente al estudiante su desempeño como hombre útil a la sociedad y promotor de cambio individual, familiar y social. El Consejo Directivo de la Institución Educativa ““CARLOS JULIO TORRADO PEÑARANDA”” del municipio de Abrego, Norte de Santander, en uso de sus facultades legales conferidas por la Constitución Política de Colombia, la Ley 115 de 1994, Ley 715 de Diciembre 21 de 2001, Decreto 0230 de febrero 11 de 2002, Código de Infancia y Adolescencia (Art. 13-28 y 311-319) y agotado el proceso de concertación con los diferentes estamentos y Sistema Integral de Evaluación, C O N S I D E R A N D O: 1. Que la Institución Educativa “CARLOS JULIO TORRADO PEÑARANDA” del municipio de Abrego, Norte de Santander, es una Institución de carácter oficial creado mediante Decreto No. 000764 30 de Septiembre de 2002 emanada por la Secretaría de Educación Departamental, conformada por una Comunidad Educativa que debe convivir como grupo social, dentro de unas normas claras, específicas, legales y vigentes; definidas como un pacto de solidaridad, reciprocidad y reconocimiento de la diversidad en el interior de la Comunidad escolar, basados en la Constitución Política de Colombia, Ley 115 de 1994, Ley 715 de Diciembre 21 de 2001, Código del Menor (Art. 13-28 y 311-319), Decreto 0230 de febrero 11 de 2002, y demás que los reglamenten. 2. Que, es deber de toda Institución Educativa elaborar el Manual de Convivencia como instrumento de manejo y organización; de acuerdo con el artículo 87 de la Ley General de la Educación. 3. Que este Manual de Convivencia fue elaborado, debatido y concertado por la Comunidad Educativa integrada por los Directivos, Docentes, Estudiantes, Padres de Familia, Personal de Servicios Generales, Ex alumnos y Asesores del Proyecto. 4. Que, es un deber velar porque el Manual de Convivencia se ajuste a las disposiciones educativas, Derechos Humanos y a la Constitución Política Colombiana, Código del Menor (Art. 13-28 y 311-319), Código Laboral, Ley 115/94, Ley 715 de Diciembre 21
de 2001, Decreto 0230 de febrero 11 de 2002, y demás preceptos emanados por el Ministerio de Educación Nacional. 5. Que se hace necesario para la Institución Educativa ““CARLOS JULIO TORRADO PEÑARANDA”” del municipio de Abrego, Norte de Santander, la elaboración de un Manual de Convivencia en el cual se define los deberes, derechos, obligaciones, estímulos, sanciones, procedimientos administrativos y disciplinarios de los estudiantes y sus relaciones con los demás estamentos de la Comunidad en general. R E S U E L V E: Artículo No. 1. Adoptar el siguiente Pacto de Convivencia, de la Institución Educativa ““CARLOS JULIO TORRADO PEÑARANDA”” de Ábrego, elaborado y revisado en su totalidad con la participación activa de Directivos, Docentes, Padres de Familia y estudiantes.
Artículo No. 2. El presente Manual de Convivencia podrá ser modificado, según los requerimientos y necesidades del caso a través de Acuerdo del Consejo Directivo. Artículo No. 3. El presente Manual de Convivencia tendrá vigencia a partir de la fecha de su expedición y deroga las normas que le sean contrarias. Dado en Abrego a los ____ días del mes de _________________ del año 20___. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR OBJETIVO GENERAL Facilitar espacios de reflexión como una guía de sana Convivencia social, donde se refleje la plena autonomía y libertad dentro de un marco de respeto por el otro, en cada uno de los momentos de la cotidianidad educativa, reflejado en el contexto en que se desenvuelve. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 1. Contribuir al desarrollo del individuo y de la sociedad sobre la base del respeto a la vida y por los derechos humanos. 2. Estimular mecanismos de convivencia pacífica y democrática así como el pluralismo ideológico de la comunidad educativa. 3. Comprender la importancia y la aplicación de las normas en una sana convivencia social. 4. Fomentar valores que permitan el pleno desarrollo de la personalidad. 5. Promover el respeto mutuo entre estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa. 6. Agotar los procedimientos que sobre formación humana están contemplados en el presente manual antes de asignar una sanción, respetando el debido proceso.
FUNDAMENTOS LEGALES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR La Constitución Política Colombiana de 1991 como normas de normas, supera y prevalece sobre cualquier disposición jurídica que exista, en sus artículos 12, Artículos primero que expresan los mandatos que buscan el desarrollo integral del hombre colombiano. Entre estos son relevantes y los adoptamos para la gestión educativa. Artículos 41 42 43 44 45 67 68 73 79 80 82 87 95 otros artículos de nuestra constitución política, relevantes de inmediata adaptación son: Artículos 11, 13, 16, 18, 22, 23, 27, 81. · La Ley General de Educación Ley 115 de febrero de 1994 en los artículos 24, 25, 87, 91, 94, 95, 96, 98, 100, 142, 143, 144, y 145 es de inmediato proceder. · El Decreto 1860 de Agosto 5 de 1994 que reglamenta la ley 115/94 para el diseño del manual de convivencia. En los Artículos 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 54, 55, 56. · La ley 30 1986 y el decreto reglamentario 3788, sobre la prevención de la drogadicción en los Artículos 9,10,11,12,13,14,16,17. · La ley 181 de 1991 o ley del deporte en los Artículos y sus reformas reglamentarias. · El código sustantivo del trabajo y el régimen de los servicios públicos se adopta todo en especial los Artículos relevantes 38 y 40. · Código de la infancia y la adolescencia. Ley 1098 Noviembre 8 2006. En sus Artículos 3, 4, 8, 9, 18, 26, 28, 34, 42, 43, 44, y la normatividad vigente. · La ley resolución 033353 de JULIO 1993 Emanada del M. E. N sobre la educación y orientación sexual. ·
La ley 715 del 2001 en su Articulo 10.
·
La ley 375 del 1997 o ley de la Juventud.
CAPÍTULO I DE LA INSTITUCIÓN Y SUS ALUMNOS SECCIÓN PRIMERA: DE LA INSTITUCIÓN Artículo 1.
FUNDAMENTOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
A. LA MORAL. Porque la vida moral no puede estar a merced de la indecisión o la arbitrariedad, sino regulada por normas sociales que pauten las conductas de las personas en bien de si mismos y de los demás; la moral ha de ser el fundamento que de claridad sobre la visión de la vida y del sentido de esta. B. GUSTO POR LAS NORMAS. Desarrolla la capacidad de dominio de sí mismo; es decir el control de los sentimientos, deseos e impulsos, de esta manera la obediencia a las reglas que tienen que ser motivadas y deseadas, pues de lo contrario no se alcanza el espíritu de la disciplina. C. ACTITUD DE RESPETO A LA AUTORIDAD. Valorar y apreciar las normas en lugar de someterse a ellas resignadamente. sino haciéndolas parte de su vida en proceso de crecimiento donde el docente sea un amigo, un compañero que regale saberes y un modelo motivador a seguir estableciéndose la autoridad como pauta de formación, de superación intelectual y personal. D. APRENDER A INTERACTUAR SOCIALMENTE. La infinidad de experiencias compartidas en el colegio son ejemplos vivos que nos deben llevar a reflexionar sobre nuestros comportamientos, entendiendo que estos y las actitudes son el cuadro donde expresamos quiénes somos y por consiguiente debemos expresar lo mejor de cada quien ante los demás. Los espacios en convivencia han de despertar la vida en común; admitiendo las diferencias, tolerando, respetando y dándole a cada quien la dignidad que se merece, pues mi libertad termina donde comienza la libertad del otro. Artículo 2.
PERFIL DEL ESTUDIANTE
El estudiante de la institución Educativa “Carlos Julio Torrado Peñaranda” poseerá las siguientes características: 1. Será un estudiante con un proyecto de vida fundamentado en principios tales como ser: respetuoso a si mismo y a los demás, tolerante, honesto, servicial y emprendedor. 2. Será una persona racional e integra, crítica y analítica, capaz de recibir, aceptar y seleccionar todo aquello que contribuya a fortalecer su voluntad, enriquecer su entendimiento y progreso personal.
3. Afrontará con responsabilidad y acierto el compromiso con la realidad personal, familiar y social que le corresponda vivir. 4. Estará en capacidad de proyectarse responsablemente hacia el futuro en las actividades sociales, laborales y las que propicien el progreso intelectual. 5. Manejará los conocimientos actualizados del área que estén articulados con el SENA, para tener mayores oportunidades de vinculación al campo laboral. 6. Mejorará su autoestima, practicando la pulcritud, la puntualidad, la organización, la planeación, la valoración y otras acciones que colaboren al actuar con racionalidad, justicia y honradez. 7. Se integrará a la comunidad donde se desarrolla a través de la solidaridad para dar y recibir ayuda. 8. Será un estudiante responsable para afrontar la vida y mejorarla en todos sus aspectos, con capacidad para desempeñarse en los diferentes campos del sector, enfocado hacia las actividades de la agroindustria y el fortalecimiento de procesos tecnológicos, adquiriendo respeto por la naturaleza en cuanto a la defensa, conservación, recuperación y buen uso de los recursos existentes en el medio. 9. Se formará consciente de sus dignidad y la de los demás con sensibilidad social y política en permanente búsqueda y lucha por la verdad, la justicia y la convivencia; que trabaje por una sociedad abierta en pluralismo, a la comunidad desde cuyo interior la construye, la expande y la renueva en búsqueda del bien común. 10. Identificará los propios valores y aquellos de los distintos grupos humanos para respetarlos y/o promoverlos y asumirá el trabajo como proceso de autorrealización y desarrollo productivo. 11.
Manifestará un alto sentido de pertenencia por la institución.
12. Todo estudiante de los grados 10º y 11º deben cumplir con las horas de Servicio Social Obligatorio, estipulado en la Resolución 4210 del 12 de Septiembre de 1996, emitido por el Ministerio de Educación Nacional. PERFIL DEL COLCAJUTISTA
Artículo 3.
CARACTERIZACIÓN
FILOSOFÍA: La Institución Educativa “CARLOS JULIO TORRADO PEÑARANDA” Tiene como Filosofía afianzar en el estudiante valores éticos, morales culturales, ecológicos y agroindustriales que lo preparen para un mejor desempeño social y laboral. MISIÓN: La Institución Educativa “CARLOS JULIO TORRADO PEÑARANDA” forma personas integrales con capacidad autónoma, dinámica creativa y critica capaz de transformarse a así mismo y a la comunidad en la cual se desenvuelve. VISIÓN: La institución Educativa “CARLOS JULIO TORRADO PEÑARANDA” busca en la primera década del siglo XXI, Brindar una Educación con calidad, Académica y vocacional que prepare al estudiante laboralmente en competencias productivas y agroindustriales. PARÁGRAFO: La Institución Educativa “CARLOS JULIO TORRADO PEÑARANDA” tiene convenio de integración con el SENA en la modalidad de la media técnica por lo cual los estudiantes de dicha modalidad se someten también al reglamento del Sena. Artículo 4.
SÍMBOLOS DEL COLEGIO.
Son símbolos de la Institución Educativa “CARLOS JULIO TORRADO PEÑARANDA”: La Bandera, El Escudo, El Himno y su Lema. Recibirán los honores y el respeto propio como emblemas de la Comunidad Educativa, tales como: La Bandera, el Escudo, el Himno y el Lema LA BANDERA
La bandera de la Institución Educativa “CARLOS JULIO TORRADO PEÑARANDA” posee los colores verde, blanco, azul y amarillo; estos colores exhiben los sueños, aspiraciones, fines y propósitos de nuestra institución en el siguiente sentido:
El verde. Representa la esperanza de forjar un proceso educativo con el que se forman mejores jóvenes abreguenses que aprovechen y permitan prosperar el verdor de sus prados, de sus campos y de este Bello Valle. El blanco. Es la muestra de los ideales y fines hacia donde se dirigen nuestros deseos o acciones en busca de la claridad, como orientadora de la formación integral en un proceso que se encamine a una cultura de paz, tolerancia y respeto. El azul. La manifestación de un firmamento y un horizonte que vislumbra la luz de los días y la cadencia del anochecer; también el susurrar de las azules aguas cristalinas que recorren este valle. Se exhibe con el azul de igual forma la elegancia y el porte de un alumno forjador de proyectos de vida útiles. El amarrillo. Como descripción de la búsqueda de luces y riquezas que se ofrezcan en los distintos procesos formativos de esta institución, consolidando una educación transformadora, significativa, práctica y útil para el educando. EL ESCUDO
Nuestro escudo es la representación de los ideales y propósitos a los cuales esperamos llegar, en un proceso de formación permanente, personal, cultural y social, fundamentado en el pleno desarrollo de la personalidad hacia la tarea transformadora dirigida a los docentes, padres de familia, educandos y comunidad. En el escudo se describen los siguientes aspectos: Su figura es semejante a un círculo, el cual esta dividido en dos partes; una de color azul que forma la letra C (Colegio, Carlos), llevando dentro el nombre COLEGIO CARLOS JULIO TORRADO en letras amarillas y la otra parte del círculo describe una J y en su terminación la letra T (Julio Torrado), es de color amarillo y contiene en su interior las palabras CIENCIA Y TECNOLOGÍA, horizontes hacia el conocimiento del aprendizaje y la técnica. Dentro del círculo está el escudo dividido en cuatro partes: La superior de color azul donde está inscrito el nombre de nuestro municipio ABREGO. Una de color amarillo en la cual hay un sol que describe la creación de un nuevo colegio transformador como una posibilidad en función de la comunidad, en procura de generar un proceso de educación humanístico y práctico.
A su lado está una luna y una estrella que exhiben la jornada nocturna como base histórica de esta institución y en la parte inferior estas figuras hay una rama de hojas verdes, la cual es la representación de las riquezas de los suelos y del verdor de este valle. En la parte final del escudo que es de color verde, figuran un libro, como fundamento de la superación humana a través del conocimiento y el aprendizaje; sobre este se pueden observar dos piñones que engranan consolidando la opción de la producción agroindustrial y luego se puede observar una abeja que define la transformación y el cambio, apuntando a una reflexión en la tarea de educar, de la misma forma esta da a entender el trabajo arduo, constante y decidido que debe ser pauta de docentes y alumnos para describir, explorar, relacionar y expresar todo aquello que contribuya al desarrollo humano y social. EL HIMNO: CORO
: Entonemos un himno al colegio, sus banderas gloriosas están y su lumbre nos muestra el sendero, del progreso, el amor y la paz. Entonemos un himno al colegio, sus banderas gloriosas están evocando ese noble que un día, dejó huellas de amor y bondad.
PRIMERA ESTROFA:
En sus claustros el sol ilumina, a los jóvenes que quieren triunfar, la ignorancia sólo deja ruinas, la sapiencia nos hace soñar.
SEGUNDA ESTROFA:
La mujer es remanso que guarda, en su ser la nobleza y bondad, el hombre es el fiel misionero, del empeño para progresar. CORO... :
TERCERA ESTROFA
El colegio le rinde homenaje, al ilustre que un día soñó, que su pueblo sería el pionero, del progreso de nuestra región.
CUARTA ESTROFA:
En los cielos descienden estrellas, mil guirnaldas de allí caerán en honor a ésta gente valiente, que pregona el saber y el amar.
CORO... LEMA:
Educamos con Calidad Humana... CAPITULO II DE LA INSTITUCIÓN Y SUS ALUMNOS SECCIÓN SEGUNDA: DE LOS ALUMNOS
Artículo 5.
REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN, INGRESO Y MATRICULA
REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN PARA EL NIVEL PREESCOLAR. Son requisitos para la inscripción en el nivel Pre-escolar: · · · · · · · .
Registro Civil de Nacimiento. Tres fotografías. Carné de afiliación a una E. P. S. Carné de Sisben. Copia del Seguro Estudiantil. Edad transición 5 años. Copia del recibo de luz o agua. Copia de la Cédula de Ciudadanía de los padres y/o acudiente
REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN PARA LA BÁSICA PRIMARIA Y SECUNDARIA · Diligenciar la Ficha de Matricula. · Registro Civil de Nacimiento o Tarjeta de Identidad. · Tres fotografías · Carné de afiliación a una E. P. S. · Carné del Sisben · Grupo sanguíneo · Certificado de Estudio de los grados o ciclos cursados (Cumplir con el calendario propuesto por la Secretaria de Educación en el proceso de pre-matricula y matricula) · Copia del Seguro Estudiantil. · Boletín del grado o ciclo anterior · Copia de la Cédula de Ciudadanía de los padres y/o acudiente Nota: Para Secundaria además de las anteriores Certificado de 5 Primaria. PARÁGRAFO PRIMERO. SE PUEDEN INSCRIBIR · Estudiantes que cumplan con los requisitos para cada nivel y demás casos que el Consejo Directivo considere necesario REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN DE MATRICULA
Son requisitos para la legalización de la matricula: · Tres Fotografías tamaño Carné 3x4. · Boletín informativo para los grados de la Básica Primaria y certificado de estudio para la Secundaria. · Constancia de afiliación a una entidad de seguridad social, como lo establece la ley 100, para los estudiantes que no se encuentran protegidos la Institución proporciona un seguro de vida estudiantil con cargo a sus correspondientes padres. · Registro Civil. · Fotocopia del Sisben. · PAZ Y SALVO del año anterior debidamente diligenciado para estudiantes antiguos. · Diligenciar la Ficha de Matrícula. · Comprometerse a cumplir la normatividad de la institución. · Diligenciar formato de compromiso. PARÁGRAFO 1:
REPITENTES
Para los estudiantes repitentes del plantel dependiendo de la disponibilidad de cupos se seleccionan teniendo en cuenta los siguientes parámetros: · Dar muestras de buen comportamiento. · Dar muestras de buen rendimiento académico. · Para la transferencia en el transcurso del año lectivo se aplicarán los mismos criterios y procedimientos definidos para el ingreso establecido en el presente manual. PARÁGRAFO 2:
OTROS CASOS
Las únicas excepciones a las preestablecidas son las atendidas a las transferencias dadas por los desplazados de la violencia o en casos de emergencia educativa debidamente decretada por la autoridad competente. Artículo 6:
ADQUISICIÓN DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE
Para adquirir la calidad de estudiante de la Institución Educativa “CARLOS JULIO TORRADO PEÑARANDA”, es necesario por si mismo y/o a través de sus padres representantes legales o acudientes aceptar su filosofía y Manual de Convivencia haber sido oficialmente admitido previo lleno de los requisitos pre- vistos y legalización de la matrícula. Para la admisión a nuestra institución se debe presentar el concepto disciplinario de la institución de dónde procede y la documentación requerida. PARÁGRAFO 1. La calidad de estudiante se mantiene durante el correspondiente año lectivo para el cual se matricula. PARÁGRAFO 2.
Estudiantes y acudientes
En adelante cuando en este manual se hable del estudiante, se entenderá éste con sus padres o acudientes, en aquellos casos en que se requiera del concurso de la voluntad de
éstos, como sus representantes legales de acuerdo con la Legislación Civil Colombiana y el Código de la Infancia y Adolescencia (Ley 1098 /2001). Artículo 7.
PERDIDA DE LA CALIDAD DEL ESTUDIANTE
Se pierde la calidad de estudiante de la Institución Educativa “CARLOS JULIO TORRADO PEÑARANDA” en las siguientes situaciones: a) Cuando no se formalice la matrícula dentro de los plazos y con el diligenciamiento de los requisitos previstos por la institución. (De acuerdo al calendario acordado por la Secretaria de Educación y adoptado por la Institución Educativa ) b) En los casos que lo determine una medida académica y/o disciplinaria de manera temporal o permanente conforme a lo establecido en este manual. c) Por motivos de salud, previo dictamen médico. d) Por retiro voluntario, dicha voluntad debe provenir de los padres de familia, representante legal o acudiente, bajo conocimiento del Rector. CAPITULO III DERECHOS, DEBERES, ESTÍMULOS Y PROHIBICIONES Artículo 8:
DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
Son derechos del alumno de la Institución Educativa “CARLOS JULIO TORRADO PEÑARANDA”, los cuales pueden ejercer directamente o a través de sus padres representantes legales o acudientes los siguientes:
1. Ser tratado con respeto la comprensión y la justicia que se debe prodigar a toda persona, especialmente menor de edad. 2. Participar del proceso de aprendizaje dentro de un ambiente estructurado moral, social y psicológico que garantice su formación integral. 3. Velar porque el quehacer escolar sea racional y pedagógico con objetivos claros y de carácter formativo y que las evaluaciones sean integrales, continuas, cualitativas y variadas en función de la obtención de los logros propuestos de adquisición de competencias. 4. Expresar, discutir y examinar con toda libertad doctrinas, opiniones o conocimientos dentro del debido respeto a la opinión ajena y a la cátedra mediante el procedimiento de reglas de debate y petición. 5. Ser escuchado, orientado y asistido por quienes tienen la responsabilidad directiva y docente.
6. A gozar de un ambiente de orden, disciplina, silencio, trabajo en el salón de clases y actividades que permitan la concentración necesaria para un óptimo aprovechamiento y de un ambiente de aprendizaje sano estético y confortable participando activamente en su mantenimiento y mejoramiento. 7. Tener acceso a los diferentes servicios que el colegio ofrece previo cumplimiento de requisitos para cada uno de ellos. 8. Exigir que la institución cumpla con las actividades curriculares y extracurriculares y que se les permita presentar los trabajos, investigaciones y evaluaciones que se hicieron en su ausencia siempre y cuando la justifique debidamente a juicio de las directivas del plantel. 9. Conocer el resultado, correcciones y observaciones a los respectivos trabajos orales o escritos, en un término máximo de ocho días hábiles contados desde la fecha de su presentación de tal manera que no se le deberá hacer una nueva evaluación de la misma asignatura sin antes haber dado a conocer los resultados de lo anterior. 10. Conocer los informes de la situación académica y disciplinaria antes de la fecha en que sean registrados en los boletines periódicos y solicitar sean modificados los que no correspondan a la realidad por error u omisión o cualquier otra razón válida. 11. Solicitar revisión de evaluación dentro de los tres días hábiles siguientes a su conocimiento cuando considere que no ha sido objetivamente evaluado, recibir actividades para superar las dificultades y/o debilidades en cada área o asignatura de acuerdo a lo establecido en el S. I. E. 12. Representar la institución en todo tipo de eventos para los cuales sea elegido o seleccionado teniendo en cuenta su rendimiento académico y disciplinario. 13. Ser instruido permanentemente por la instancia correspondiente del plantel a cerca de los contenidos de este manual y precisamente informado y consultado para los cambios que se le introduzcan, así como las modificaciones en horarios de asistencia a clases y toda otra que sea necesario conocer para su buen desempeño académico y disciplinario. 14. Ser permanentemente estimulado a desarrollar su espíritu investigador, sus capacidades y habilidades individuales y a que las emplee al servicio del beneficio común de sus compañeros, su familia, la institución y la sociedad en general. 15. Recibir una información integral que le permita vivir en armonía consigo mismo y con su entorno y le garantice un pleno desarrollo físico, mental, moral, espiritual y social. 16. Participar activamente en su proceso de formación que propicie el desarrollo de un pensamiento crítico y de análisis para su autoformación.
17. A elegir y ser elegido como representante de los estudiantes al Consejo Directivo, Personero, Consejo Estudiantil y otros comités conocidos por la institución de acuerdo al reglamento vigente. 18. Gozar de estímulos e incentivos otorgados por la Institución Educativa. 19. Proponer estrategias metodológicas o actividades que transformen la dinámica estudiantil en búsqueda del mejoramiento de la calidad del proceso educativo. 20. Solicitar y pedir permisos en casos justificados. 21. A presentar con el debido respeto los reclamos justificados de cualquier índole cuando haya situaciones problemáticas aportando y recibiendo elementos para la solución de las mismas utilizando el derecho a la defensa y solicitando se le siga el debido proceso. 22. A contar con una distribución adecuada y gradual de trabajos, tareas, talleres , evaluaciones a que se le propicie el descanso, el esparcimiento, el juego deportivo de la institución y su entorno y con un cronograma previamente establecido. 23. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del P. E. I. de acuerdo con los mecanismos que para ello estipule la ley. 24. A ser respetado en su intimidad. 25. A recibir estimulo y reconocimiento por su esfuerzo, valores, actitudes positivas, éxitos en sus actividades y comportamiento civil que ponga en alto el nombre de la Institución Educativa “CARLOS JULIO TORRADO PEÑARANDA” 26. A que se respeten sus bienes o pertenencias. 27. A recibir el carné estudiantil que le permita identificarse en cualquier lugar como miembro del plantel. Este debe ser entregado al principio del año. 28. A recibir educación sexual de acuerdo con los proyectos que para efectos se ejecuten en la institución. 29. Al libre desarrollo de la personalidad siempre y cuando no se desfigure el porte adecuado del uniforme y la buena presentación exigida por la institución. 30. La institución debe propiciar al estudiante el consumo de agua purificada. 31. Gozar en la institución de un ambiente culto y disciplinado que cultive las buenas costumbres. Artículo 9:
DERECHOS DE LOS PADRES y/o ACUDIENTES
1. Elegir y ser elegido en los estamentos del Gobierno Escolar.
2. Informarse acerca del proceso de formación que siguen sus hijos en la Institución. 3. Conocer, por lo menos en cada periodo escolar, el resultado del rendimiento académico de sus hijos. 4. Solicitar con antelación, entrevistas con los directivos y profesores. 5. Dialogar sobre problemas y dificultades en el proceso de formación de sus hijos. 6. Ser tratados con respeto y consideración por parte de todos los miembros de la comunidad educativa. 7. Participar activamente en la Asociación de Padres de familia. 8. Participar activamente en el Consejo Directivo de la Institución por medio de sus representantes ante éste, en todas las reuniones que se convoquen. 9. Recibir respuestas acerca de las sugerencias y reclamos respetuosos, que a nivel Directivo, se formulen en nombre de los Padres de Familia. 10. Tener una participación activa en todas las actividades de la Institución. 11. Designar legalmente un tutor para su hijo que lo represente ante la Institución, cuando sea necesario. 12. En el caso de estudiantes con Necesidades Educativas Especiales, tienen derecho a: * Recibir informes periódicos de su hijo acorde con sus posibilidades. * Tener acceso a la Institución como auxiliar en el aula regular en caso de necesitarse. * Recibir información, capacitación y orientación relacionada con las características específicas de su hijo. 13. Pertenecer y participar en la Escuela de Padres. Artículo 10:
DERECHOS DE LOS DOCENTES
Los derechos, como tales, garantizan el respeto de la dignidad humana y el crecimiento personal del docente, en su doble dimensión individual y social, permitiendo así el pleno desarrollo de su personalidad e individualidad. De acuerdo con lo anterior el docente tiene derecho a: 1. Recibir un trato digno y cortés por parte de todos los estamentos de la Institución. 2. Ejercitar la libre y respetuosa expresión y la discrepancia.
3. Recibir una corrección fraterna, en forma directa, privada y oportuna, en los momentos de dificultad y/o deficiencia, haciéndose en forma explicita al docente respectivo. 4. Rendir descargos y ser escuchado por las faltas cometidas. 5. Comunicar o apelar a la autoridad, cuando su criterio, opinión o reclamo no haya sido debidamente atendido, teniendo en cuenta el conducto regular. 6. Trabajar en un ambiente sano y seguro. 7. Presentar proyectos, iniciativas y sugerencias que contribuyan a la formación integral de la comunidad educativa, a través de los diversos comités y consejos, reconociéndoseles su autoridad intelectual. 8. Participar en el desarrollo y actualización del Proyecto Educativo institucional. 9. Tener oportunidad para participar en actividades de actualización, de capacitaciónincluyendo la referida al tema de Necesidades Educativas Especiales y a estrategias para la atención socio educativa y laboral a las personas en esta situación, y en eventos socioculturales que redunden en beneficio de la comunidad educativa, permitiendo de manera efectiva y oportuna el respectivo permiso. 10. Conformar grupos de estudio, investigación, pedagógicos, literarios, artísticos, culturales o deportivos que posibiliten un mayor crecimiento personal. 11. Participar en todas las actividades espirituales, formativas y sociales propias de la Institución. 12. Disponer de los recursos necesarios, tales como material didáctico, deportivo, mobiliario, etc., para el buen desempeño de su labor docente. 13. Conocer oportunamente la programación de la Institución, carga académica, horarios, cargos y demás responsabilidades que le asigne la Institución. 14. Obtener los permisos justos, de acuerdo a la ley, y necesarios cuando, por motivos de salud, calamidad doméstica o asuntos personales y sindicales, tenga que ausente de la Institución. 15. Representar a la Institución en las diversas actividades. 16. Tener voz y voto en los diversos organismos del gobierno escolar. 17. Utilizar adecuada y responsablemente los espacios y recursos que ofrece la Institución. 18. Ser estimulado por los estamentos directivos de la Institución, cuando se haga merecedor a ello.
19. Recibir apoyo y asesoría del profesional de apoyo para la adecuada atención al estudiante con Necesidades Educativas Especiales. Artículo 11.
DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
Acatar la Constitución Política y las leyes de Colombia, las disposiciones previstas en este Manual, las circulares y orientaciones dadas por las distintas instancias del plantel. Los deberes de los alumnos, son correlativos a sus derechos y derivan de ellos ya que todo derecho de una persona supone en los demás la obligación de respetarlo. Todo alumno al firmar la matricula se compromete a cumplir con los siguientes deberes: 1. Conocer, aplicar, defender y difundir el presente Manual de Convivencia. 2. Mantener siempre una presentación personal digna y aseada, sin extravagancia y según lo establecido en este manual. 3. Recibir las distintas comunicaciones y no desviarla e informar a los padres de familia sobre el contenido. 4. Manifestar su sentido de pertenencia, respetando su nombre, filosofía, política, normas, símbolos de la Institución Educativa, valorando y reconociendo su importancia en el contexto social. 5. Asistir diariamente a la institución y cumplir puntualmente los horarios establecidos para todas las clases, incluyendo el deporte y actividades culturales complementarias. 6. En caso de retirarse del plantel antes de la hora habitual se requiere presentar con anterioridad una autorización del padre de familia y solicitar la respectiva boleta firmada por el coordinador de la jornada. La institución no se hace responsable del alumno que se ausente sin autorización. 7. Observar en todo momento, lugar, circunstancia, dentro y fuera de la institución un comportamiento respetuoso de sí mismo y de los demás, de acuerdo con el decoro y la dignidad del estudiante. 8. Evitar consumir alimentos en el aula de clase. 9. Respetar los horarios de clases y no interrumpir a compañeros de otro grupo durante las mismas. 10. Solicitar permiso para salir del aula de clase con causa valedera. En caso de enfermedad o malestar deben informar al coordinador respectivo. 11. Presentar oportuna y adecuadamente las evaluaciones y trabajos cuando el profesor las programe, sin recurrir al fraude por ningún motivo.
12. Representar dignamente a la institución en cualquier evento para el que ha sido elegido o al cual se haya hecho merecedor y comunicar oportunamente a quien corresponda toda conducta que conozca contraria a los parámetros de este manual, a las buenas costumbres, a la moral social o al orden jurídico establecido. 13. Dar un trato cortés a todas las personas que integran la comunidad Educativa, atendiendo respetuosamente las observaciones que docentes y empleados de la institución les sugieran. En caso de dificultades actuar con autocontrol, evitando la altanería, la burla y el irrespeto. 14. Respetar a los docentes, aceptando sus sugerencias e indicaciones las cuales serán coherentes con lo establecido en el presente manual. 15. Valorar la amistad, evitando la crítica destructiva, el chisme, los comentarios inapropiados, los apodos, la agresión física y el irrespeto. 16. Respetar la propiedad ajena dentro y fuera de la institución, y en caso de encontrar algún libro, objeto o elemento, llevarlo a la coordinación respectiva para ser devuelto a su dueño. 17. Portar diariamente el Carnet de la institución y fotocopia del seguro estudiantil. 18. Seguir el conducto regular para buscar soluciones a los problemas que se presenten, si son disciplinarios: profesor, titular de grupo, coordinador de la jornada, Rector; si son de orden académico: profesor, titular de área coordinador de la jornada y Rector. 19. Informar por escrito y en forma respetuosa todas las sugerencias, agotando el conducto regular. 20. Preservar, cuidar y mantener en buen estado la planta física, así como el material de enseñanza, enseres, equipos y dotación en general, e instar a los demás miembros de la comunidad educativa a que actúen en tal sentido. 21. Observar las reglas para el uso de los textos de la institución, deporte, biblioteca escolar, aula de audiovisuales, aula de educación artística, cafetería, sala de informática, laboratorios, unidades sanitarias, determinadas en el Proyecto Educativo Institucional. 22. Asistir a clases con los materiales y elementos indispensables para realizar el trabajo pedagógico. 23. Responder con eficiencia al cumplimiento de los planes y programas que conforman el Proyecto Educativo Institucional, los compromisos académicos y/o comportamientos actitudinales, trabajo e investigaciones, proyectos, actividades de esfuerzo y superación. 24. Aprovechar al máximo sus capacidades intelectuales y el proceso de formación, dando siempre lo mejor de sí.
25. Participar en las actividades que conforman la vida diaria de la institución asistiendo a todas las clases y actividades programadas con la preparación requerida. 26. Comprender y respetar las diferencias económicas, culturales, sociales y raciales de otros grupos y de sus compañeros. 27. Abstenerse de portar cigarrillos, fósforos, licores, armas, drogas, explosivos o cualquier otro elemento que ponga en riesgos la salud física o mental propia o de cualquier otro miembro de la Comunidad Educativa dentro y fuera de la institución. 28. Participar como ciudadano responsable en los actos democráticos, cívicos y culturales dentro y fuera de la institución. 29. Aceptar respetuosamente y con sentido de colaboración, las disposiciones de los compañeros que desempeñan funciones propias del gobierno escolar. 30. Abstenerse de hacer letreros o dibujos que denigren u ofendan a cualquier persona o institución y que deterioren la propiedad privada o del estado. Artículo 12.
DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA y/o ACUDIENTES
1 . Conocer e interiorizar la filosofía de la Institución y el Manual de Convivencia. 2. Atender las citaciones que hagan la psicoorientación, docentes, Docentes del Aula de Apoyo Especializada, Directivos y la Asociación de Padres de Familia. 3. Tratar respetuosamente a los miembros de la comunidad educativa. 4. Hacer los reclamos en forma objetiva, respetuosa y oportuna a las personas que puedan resolver las dificultades o mediar los conflictos. 5. Colaborar y apoyar las actividades programadas por la Institución y por Asociación. 6. Asistir oportuna y puntualmente a todas las reuniones de padres de familia convocadas por los Educadores, Directivos y la Asociación de Padres de Familia. En el caso contrario, si al día siguiente no se presenta a la coordinación, su acudido será suspendido de clase. 7. Velar por el cumplimiento de las obligaciones escolares de sus hijos, dentro y fuera de la Institución. Es responsabilidad de los padres y madres de familia, presentar excusas justificadas o presentarse personalmente en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles. 8. Aprovechar el día de entrega de informes para dialogar con el Director de Grupo acerca de los resultados obtenidos en el periodo; a la vez establecer compromisos y organizar un cronograma de citas previas, con los demás educadores, acordes con las necesidades del estudiante.
9. Enviar a sus hijos a la Institución con un excelente aseo y representación personal. 10. Colaborar con la formación de buenos modales y compartimiento de sus hijos dentro y fuera de la Institución. 11. Cancelar los gastos educativos: compra del Manual de Convivencia aprobado por el Consejo Directivo. 12. Regresar debidamente firmados los desprendibles de las circulares enviadas por la Institución, en fecha y hora indicada. 13. Devolver a la Institución los libros, cuadernos, chaquetas, tenis, billeteras, vestuario y demás artículos que no sean de propiedad de sus hijos para entregarlos a sus dueños. 14. Estar informados del proceso educativo de su hijo. 15. Enviar o traer la excusa de su hijo cuando falte a clases. 16. En el caso de estudiantes con Necesidades Educativas Especiales son también deberes de los padres: * Asistir a las capacitaciones que programe la Secretaría de Educación Departamental y la Institución. * Colaborar con las remisiones y los tratamientos sugeridos por la Institución. * Desarrollar planes caseros con el estudiante cuando éstos sean necesarios. * Cumplir con las remisiones y tratamientos sugeridos por la Unidad de Asistencia Integral (U. A. I.), el docente de apoyo, el servicio de Psicoorientación y la institución. 17. Controlar la puntualidad de sus hijos cumpliendo el horario de clases. Artículo 13.
DEBERES DE LOS DOCENTES
PARA CON LOS ESTUDIANTES: 1. Inculcar en ellos el amor a la Institución, a los valores históricos y culturales del país, del departamento y del municipio y el respeto a los símbolos patrios. 2. Promover la formación en valores morales, espirituales y cívicos, a partir del propio ejemplo de vida. 3. Hacer seguimiento y control al desarrollo de los contenidos programáticos en su área o asignatura a la luz de los objetivos institucionales, aplicando los instrumentos de evaluación propios del proyecto educativo.
4. Exigir y controlar la asistencia, puntualidad, orden, presentación personal, aseo, comportamiento individual y grupal, las relaciones interpersonales, y la marcha del grupo y del estudiante en particular. 5. Ser objetivo, justo e imparcial en el trato y las relaciones con cada uno de los estudiantes y grupos, evitando subjetivismos, preferencias o compromisos particulares. 6. Respetar los estilos y ritmos individuales de aprendizaje, las diferentes formas de pensamiento y la libertad de conciencia. 7. Llevar un seguimiento consciente y eficaz del proceso de formación y aprendizaje personalizado de cada uno de los estudiantes a su cargo. 8. Preparar, programar, realizar, corregir y devolver oportunamente las evaluaciones a los estudiantes, y dar oportunidad a sus reclamos cuando se hace con justa intención. 9. Diseñar de tal forma las evaluaciones que favorezcan el desarrollo de los diferentes niveles de pensamiento y actividades cognitivas. 10. Informar oportunamente a los estudiantes sobre horarios y actividades escolares, de tal manera que la fecha para realizar una evaluación o entregar un trabajo, se dé a conocer con una clase de anticipación como mínimo. 11. Dialogar permanentemente con los estudiantes que presentan dificultades de comportamiento que indican en el aprendizaje remitiéndolos a Coordinación. 12. Pronunciar, exigir y velar por una buena conducta de los estudiantes para el logro de los objetivos y del área propia. 13. Acompañar a los estudiantes en los descansos y actividades programadas, y en las experiencias y actividades propias de los mismos que le correspondan, particularmente en los actos culturales, deportivos, religiosos y otros que le solicite la Institución. 14. Intervenir, llamar la atención o al orden de corregir a cualquier estudiante de la Institución, sin importar el curso, cuando la ocasión lo amerite, 15. Mantener actualizadas las carteleras con las programaciones generales y periódicas, horarios de clases, celebraciones eucarísticas, eventos deportivos escolares y otras informaciones importantes o útiles para los estudiantes. 16. Fomentar el espíritu ecológico y respeto de los recursos naturales. 17. En el caso de los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales, son también deberes de los docentes: * Hacer la adaptación de materiales didácticos.
* Realizar la adaptación del proceso de contextualización de los logros del área, que sean coherentes con la metodología y proceso de evaluación y superación de dificultades, presentadas por los estudiantes con necesidades educativas especiales. * Establecer los criterios de evaluación y promoción adaptados a las necesidades de estudiantes en esta situación. PARA CON LOS PADRES DE FAMILIA y/o ACUDIENTES 1. Mantener una comunicación frecuente, sana, abierta, oportuna y espontánea que facilite los vínculos de unión y fraternidad con los padres de familia, para ayudar en la formación integral de los estudiantes y construir un futuro mejor. 2. Involucrar a los padres de familia para que participen en el proceso de formación de los estudiantes. 3. Dar a conocer oportunamente a los padres de familia la situación personal, académica y de conducta de los estudiantes. 4. Contribuir para que los padres de familia interioricen los principios y la filosofía de la institución, ayudando a crear sentido de pertenencia al mismo. 5 . Atender a las familias de acuerdo al horario establecido por la institución. 6. Participar solidariamente en las actividades programadas por la Asociación de Padres de Familia, especialmente las que involucren a los padres o acudientes de los estudiantes a su cargo. Artículo 14.
ESTÍMULOS
La institución otorgará estímulos a los alumnos que se distingan por su rendimiento académico, comportamiento, espíritu investigativo de cooperación o que sobresalgan en el porte correcto del uniforme, certámenes deportivos, culturales o científicos y por antigüedad, tales como: 1. PLACA DE RECONOCIMIENTO AL MEJOR PROMEDIO ICFES. Se le concede al estudiante que haya alcanzado el puntaje más alto en las pruebas de estado. 2. PLACA DE RECONOCIMIENTO AL MEJOR BACHILLER. Se concede al estudiante de undécimo grado que se haya destacado por su excelencia académica, su calidad en las relaciones con las demás personas, su espíritu competente en las responsabilidades, su vivencia de la fe, la justicia, la fraternidad, el servicio y los compromisos propios de los estudiantes de la Institución Educativa “CARLOS JULIO TORRADO PEÑARANDA”, durante todo el proceso de la educación pre-escolar, básica y media en común acuerdo con el consejo de profesores.
3.
Reconocimiento orden “CARLOS JULIO TORRADO PEÑARANDA”
Se le concede a los estudiantes que al finalizar el año escolar: · Se destaquen como compañeros solidarios, fraternos, justos y serviciales. · Sean educados y cultos. · Sean honestos en todos sus actos, como personas y como estudiantes. · Respeten los símbolos patrios. · Con sus gestos, sus palabras y sus aportes siempre hagan quedar en alto el nombre de la Institución Educativa. · Viven y dan testimonio de sus principios. 4. MENCIÓN DE HONOR. Se otorga a los alumnos que ocupan Primer y Segundo Puesto por su desempeño excelente en cada uno de los cursos al finalizar el año escolar. 5. BECA DE HONOR. Se concede al estudiante que ocupe el primer puesto durante el año lectivo por su desempeño excelente. 6. PARTICIPACIÓN EN EVENTOS ESPECIALES. Participación en eventos, encuentros de carácter formativo y de representación del colegio tales como. Escuelas, congresos, foros, seminarios, encuentros deportivos y otros en el transcurso del año. 7. RECONOCIMIENTOS. Exaltación en actos de la comunidad educativa y en especial durante izadas de bandera. 8. UN DÍA LIBRE DE DESCANSO. Al grupo y titular que haya obtenido en el período el Primer Puesto en su formación integral y será requisito obtener valoraciones superiores mayor al promedio de nivel básico. El día será definido por el Coordinador. Artículo 15.
PROHIBICIONES.
Son acciones en las cuales los estudiantes no deben infringir las normas establecidas o contempladas en este manual. A los alumnos de la Institución Educativa “CARLOS JULIO TORRADO PEÑARANDA”, les está prohibido: 1. Presentarse a la institución bajo efectos de bebidas alcohólicas, estupefacientes o cualquier sustancia no permitida, usarlas o distribuirlas, fumar o llevar cigarrillos a la institución. 2. Llevar al colegio, mirar o hacer circular dentro del mismo: revistas, libros, folletos o cualquier otro material del tipo pornográfico, así como acceder a sitios de éste tipo en Internet, no se permite el uso de camisetas u otras prendas de vestir con motivos
obscenos o denigrantes, en especial prendas de vestir o accesorios diferentes al uniforme que corresponde. 3. Mantener prendidos dentro de la institución en las horas de clase u otras actividades escolares objetos que no sean necesarios para su labor escolar que lo (a) distraigan o perjudiquen, en especial: juegos electrónicos, telefónicos, celulares, beepers, juegos de videos, equipos de sonido, etc. 4. Apropiarse, esconder o tomar libros, cuadernos, útiles escolares, disquetes o archivos de computador o cualquier clase de objetos de sus compañeros, profesores, directivos o de cualquier otra persona, sin su consentimiento e incurrir en cualquier otra conducta violatoria de la moral y la disciplina exigida por la institución. 5. Entrar o salir de la institución en horas distintas a las establecidas o en días no hábiles, excepto cuando se programan actividades especiales o medie autorización de funcionario competente. 6. Ingresar a zonas restringidas tales como rectoría, coordinación, sala de profesores, sala de informática, biblioteca y otros, sin previa autorización. 7. Realizar acto o acceso carnal con otra persona, inducirla a prácticas abusivas, denigrantes, deshonrosas, de cualquier manera atentar o violar su libertad sexual o influir negativamente en su educación sexual. 8. Las agresiones físicas o verbales, con las compañeras o con cualquier miembro de la comunidad educativa, dentro y fuera de la institución. 9. Comercializar artículos dentro de la institución a menos que se trate de actividad comunitaria programada por las directivas, o exista autorización expresa de las mismas. 10. Alterar, adulterar o falsificar documentos, incurrir en fraude o en cualquier conducta que constituya contravención o infracción penal según la legislación colombiana. 11. Portar, suministrar o utilizar armas o elementos que vayan en contra de la integridad física, social o moral de las personas que constituyen la comunidad educativa. 12. Inducir manipular u obligar a otra persona a cometer acto que constituya infracción académica o disciplinaria, o que de cualquier manera atente contra la moral, la ley, la salud y las buenas costumbres que exige la institución. 13. Proferir palabras y escribir letreros obscenos, insultantes o vulgares en los pupitres, paredes, sanitarios y tableros de la institución. 14. La insubordinación a los superiores en forma violenta, de palabras o de hecho dentro o fuera de la institución.
15.
No cumplir las sanciones impuestas cuando éstas han sido comunicadas.
16. Fomentar desórdenes o cualquier otra falta que atente contra la convivencia normal de la institución, en el cambio de clase o ausencia del docente. Dentro y fuera de la institución. 17. Se prohíbe solicitar permiso con el pretexto para ir al baño, utilizando éste para estar en otros lugares. 18.
Se prohíbe interrumpir clase yendo a otros salones.
19. Se prohíbe comer, masticar chicle y otra clase de alimentos en horas de clase y en actos culturales. 20.
Se prohíbe dar información falsa o sin previo aviso.
21.
Se prohíbe utilizar maquillaje y mirarse en el espejo en horas de clase.
22.
Se prohíbe portar armas de cualquier tipo en el interior de la institución.
23. Denigrar de los miembros de la comunidad educativa (directivos, docentes, padres de familia, alumnos, personal administrativo y de servicios generales.) Artículo 16.
PUNTUALIDAD y/o AUSENCIAS
La asistencia refleja el interés por el estudio y las actividades, la responsabilidad personal y familiar, el respeto y el cariño por la institución, profesores y compañeros en consecuencia: PARAGRAFO 1: La institución enfatiza la importancia de la asistencia de los estudiantes a clase. El hecho de faltar a clase antes o después de un puente o las vacaciones interrumpe el proceso educativo. En casos especiales los padres deben consultar con el titular de grupo y de área con la debida anticipación para cumplir con las exigencias académicas por lo tanto. 1. La asistencia se verifica todos los días durante el primer periodo de clases. Las ausencias se registran en la coordinación de la jornada y cada profesor deberá registrarlas en sus libros reglamentarios. 2. De acuerdo con el Decreto 1290 de el 11 de febrero de 2002, una ausencia mayor del 25%, sin justificación clara a las actividades pedagógicas programadas en el plan de estudio para un determinado grado, son causal de reprobación. 3. Toda inasistencia debe justificarse con la presencia del padre de familia o acudiente. Casos excepcionales se aceptará por escrito.
4. Toda falta de asistencia injustificada a juicio del coordinador respectivo supone una llamada de atención al alumno y a los padres o acudientes, y rebaja en el desarrollo a la personalidad o comportamiento. 5. Cuando se den dos o más ausencias injustificadas por mes o cuando las ausencias injustificadas sean numerosas se citará personalmente a los padres o acudientes para aclarar y normalizar la situación en consecuencia se afecta el comportamiento. De acuerdo al Código de Infancia y Adolescencia. 6. En casos especiales a juicio de la coordinación se podrá exigir además justificación médica, o de otra índole. 7. Las excusas médicas por impedimentos de enfermedad que restrinja la educación física, debe especificar claramente la enfermedad y la clase de ejercicios no recomendables en el caso concreto. 8. Todo retraso injustificado a la iniciación de cada clase supone una llamada de atención y los correctivos adecuados que establezcan (3 veces). 9. La reincidencia en los retrasos injustificados conllevará los correctivos previstos. Citación a los padres de familia o acudientes y rebaja en el SER 10. Las citas médicas, odontológicas o cualquier otro menester que requiera la presencia del alumno, deben realizarse fuera del horario de la jornada escolar salvo en casos extremos y de física imposibilidad. 11. Las excusas por inasistencia o retraso deben ser claras y específicas para cada caso, evitando fórmulas vagas o demasiado generales, que no reflejen concreta y realmente la razón o situación que los motivaron. 12. Cuando el permiso es para representar a la institución en actividades culturales o deportivas y sociales deben ser solicitados por el profesor responsable de la actividad, con visto bueno de la rectoría. 13. Permanecer en clase y no retirarse de ella sin el permiso del profesor, o antes de sonar el timbre. 14. Toda inasistencia o impuntualidad injustificada conlleva a un llamado de atención escrito en formato diseñado para tal fin. 15. Para controlar la salida del estudiante dentro de la institución, el docente le hará entrega de una escarapela distintiva. 16. La institución no tiene responsabilidad por los estudiantes que no ingresen al colegio. 17. El regreso de estudiantes para la casa debe ser autorizado por el rector o el coordinador.
CAPITULO IV DERECHOS, DEBERES Y FALTAS ACADÉMICAS Artículo 17. DERECHOS Y DEBERES ACADÉMICOS 1. Presentar las evaluaciones y trabajos en las fechas señaladas por el docente o institución. En caso de inasistencia deberá justificar la causa. 2. Recibir y conocer las respectivas notas y trabajos durante los 8 días hábiles siguientes. 3. Hacer los reclamos formales al docente y consejo académico durante los días siguientes, después de conocer la calificación de su evaluación o trabajo. 4. Solicitar ante la rectoría un segundo calificador en caso de inconformidad ante la calificación. La nota dada por el segundo calificador es la válida. 5. Tiene derecho a que se le dé la respectiva fuente de consulta cuando se le asigne trabajos. 6. Tiene derecho al préstamo de libros presentando el Carné estudiantil por un máximo de tres días. 7. Recibir instrucción sistemática y orientación eficiente por parte de los docentes de acuerdo con el plan curricular establecido por la institución. 8. Recibir asesoría de los docentes para la realización de sus trabajos y otras actividades programadas por la institución. 9. Utilizar convenientemente todos los materiales educativos, ayudas y otros recursos existentes en la institución que contribuyan a su formación académica. 10. Ser recibido en todas las clases siempre y cuando llegue a la hora indicada, y a participar del proceso enseñanza-aprendizaje de acuerdo a la jornada académica. 11. Presentar trabajos y evaluaciones en las fechas acordadas. 12. Preparar con anticipación trabajos y evaluaciones. 13. Representar con altura la institución en olimpiadas o concursos de tipo académico y cultural dentro o fuera de la institución. 14. Presentar las Pruebas de Estado o Icfes, haciendo el esfuerzo necesario por representar bien la institución.
15. Presentar el material acordado por el profesor para la clase o laboratorio como guías, talleres, libros, diccionario, Biblia y otros. Traer la materia prima para la elaboración de productos en la media técnica. 16. Presentar excusa justificada por el acudiente cuando falte a una actividad de tipo académico o cultural. 17. Cumplir con regularidad y puntualidad a las actividades diarias ya sean de índole escolar o extraescolar. 18. Permanecer dentro de la institución en la jornada de trabajo. 19. Solicitar autorización para salir de clase al profesor respectivo, al coordinador o al rector, cuando necesite ausentarse de la institución y bajo las siguientes condiciones: · · ·
Por autorización del padre de familia o acudiente. Por enfermedad manifiesta. Por calamidad doméstica.
20. Respetar las opiniones, ideas y creencias de los demás, en ejercicio de la sana crítica y controversia constructiva. CAPITULO V FALTAS LEVES, GRAVES Y GRAVÍSIMAS PAUTAS DE CONVIVENCIA Y PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO ¿QUÉ ES FALTA? Se consideran faltas las violaciones a las prohibiciones, al incumplimiento a los deberes y la violación a los derechos contemplados en este manual. Artículo 18.
CLASIFICACIÓN
Para su calificación las faltas se clasifican en académicas y disciplinarias según que las conductas violen o atenten contra el orden académico o de convivencia establecida. Artículo 19.
GRADACIÓN DE LAS MEDIDAS
Las fallas para efectos de las medidas se calificarán como faltas leves o faltas graves y gravísimas atendiendo a su naturaleza y sus efectos, las modalidades y circunstancias del hecho, los motivos determinantes y los antecedentes personales del alumno.
Artículo 20.
FALTAS LEVES
Se considera falta leve aquellas que son pasajeras, no permanentes o repetitivas, que no están contempladas dentro de las faltas graves y gravísimas y que se constituyen en una contradicción para el cumplimiento de los deberes de los estudiantes. 1.
Impuntualidad a clases y a los demás actos realizados en la institución.
2. Interrupciones indebidas en las clases o en los actos generales de la comunidad escolar. 3.
Falta de respeto para atender las observaciones.
4. Vocabulario inadecuado y trato descortés para los compañeros, los educadores y superiores o cualquier miembro de la comunidad. 5.
Falta de cuidado en la higiene personal, el aseo y limpieza de la institución.
6.
No seguir los procedimientos establecidos para las ausencias especiales.
7.
Comprar o vender mercancías a personas no autorizadas por el colegio.
8.
Falta de interés por los trabajos y evaluaciones.
9.
Desorden y mala presentación personal.
10. Masticar chicle o digerir cualquier alimento en horas de clase y en actividades escolares. 11.
Gritar estridentemente, utilizar silbidos o expresiones de mal gusto.
12. No comunicar a los padres de familia cuando se hace un llamado de atención especialmente por parte de los profesores y directivos. 13. Llegar tarde, interrumpir las clases sin plena justificación, indisciplina y falta de atención constante en clases, actos culturales, cívicos, religiosos y deportivos. 14. Comportamiento inadecuado en la formación general receso pedagógico, tienda escolar, Biblioteca, sala de informática, laboratorio, y otros. 15.
Incumplir actividades asignadas en las áreas y proyectos.
16.
Salirse de clase sin el debido permiso.
17.
El incumplimiento a sus deberes académicos.
Artículo 21.
CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS PARA FALTAS LEVES
1. Llamado de atención verbal por parte del profesor de área o de quien observa el hecho. Se hará consignación de dicha falta en el diario de campo y libro de disciplina de la coordinación anotando la fecha el nombre del alumno y la falta en forma precisa. Firmara el alumno y la persona que haya hecho el llamado de atención. * La evaluación para el comportamiento por acumulación, de dos faltas leves es aceptable (A) 2. Al acumular 3 faltas leves registradas en el diario de campo y en el control de disciplina de la coordinación, se llamará al padre de familia y/o acudiente para que conozca la contravención al Manual de Convivencia, se escucharán los descargos y justificaciones y se procederá a sancionar según el caso. * La evaluación del comportamiento por acumulación de tres faltas leves es insuficiente (I) 4. Si la falta es disciplinaria la sanción será orientada al trabajo de valores o comunitario. * Teniendo en cuenta los dos (2) encisos anteriores el estudiante cumplirá la sanción de un día con el acompañamiento de sus padres. Presentará su trabajo al docente del área o coordinador de la jornada respectiva. PARÁGRAFO 1 El incumplimiento al trabajo asignado con acta de compromiso se considera como falta grave. PARÁGRAFO 2 La aplicación de las medidas por faltas leves afectará el informe del alumno en el período académico correspondiente al SER. Artículo 22.
FALTAS GRAVES
Se considera faltas graves los actos, actitudes comportamientos, expresiones; en síntesis, acciones u omisiones que perturben gravemente el normal desarrollo de las actividades y la convivencia social. Se señalan especialmente las siguientes faltas graves: 1. Reincidir en la impuntualidad a las clases, actividades y actos de comunidad sin justa causa. 2. Ausentarse del aula, del taller o laboratorio sin previa autorización del profesor respectivo. 3.
Inasistencia y retardos injustificados a clase, actividades y actos de comunidad.
4. Usar modales bruscos o incorrectos en el trato con los compañeros tales como: golpes, zancadillas, lanzarse agua, quitarle la silla al compañero para que caiga al piso, trato descomedido especialmente con los niños. 5. Permitir y promover el ingreso de personas ajenas a la institución sin la debida autorización de la administración. 6.
Toda acción considerada grave por las leyes colombianas.
7.
Reincidir en (3) faltas leves contempladas en este Manual de Convivencia.
8. Realizar o participar en fraude e intento de fraude de evaluaciones, trabajos de investigación o ejercicios de práctica de la especialidad o laboratorio. 9. Alterar o falsificar firmas, calificaciones, tareas, ejercicios, informes y en general cualquier documento propio o ajeno. 10. Apropiarse indebidamente de cualquier cosa, por insignificante que sea su
valor.
11. Dañar voluntariamente en forma individual o en complicidad con otros, enseres, equipos, edificios y en general la propiedad ajena o de la institución . 12. Fumar dentro del plantel o en lugares donde represente en distintas actividades a la institución. 13. Manifestar morbo y tendencia al exhibicionismo. 14. Hacer letreros y dibujos insultantes contra las personas. 15. Asumir actitudes que desprestigien la institución dentro y fuera de él. 16. Desconocer en forma manifiesta la autoridad. 18. Retener temporalmente elementos ajenos contra la voluntad de su dueño. 19. Pegar chicles, pinturas y otras sustancias que dañen los pupitres, vestidos, cabellos, y demás elementos de los compañeros, profesores y enseres del plantel. 20. Uso indebido del lenguaje en forma soez contra compañeros, directivos, profesores y demás personas que integran la comunidad educativa. 21. Atentar contra el patrimonio cultural y/o ecológico. 22. Violación de la intimidad personal, familiar, libertad de expresión, credo religioso o ideología. 23. Manifestación amorosa excesiva de las parejas dentro de la institución.
24. Manifestaciones en la institución impidiendo la entrada de directivos, profesores, administrativos, operativos y estudiantes. 25. Utilizar a propósito y de manera indebida elementos de la institución para fines no académicos. 26. Influir negativamente en los compañeros induciéndolos a perder el tiempo, a sabotear la clase, a ausentarse de la institución, a esconder o dañar los útiles de los demás o a cualquier otra forma que contravengan las normas establecidas en este manual. 27. Encubrir a los compañeros en faltas cometidas. 28. El irrespeto a los símbolos Patrios. 29. Portar el uniforme para comprometer el nombre de la institución con el mal comportamiento social dentro y fuera de la institución. 30. Frecuentar sitios públicos como billares, discotecas, maquinitas y otras en horas de clases, portando el uniforme estudiantil. Artículo 23.
PROCEDIMIENTOS PARA FALTAS GRAVES
Frente a la ocurrencia de una falta calificada como grave se tomará el siguiente proceso: 1. Profesor conocedor de la falta y el coordinador de la jornada que tomará los apuntes necesarios. 2. El coordinador de la jornada llamará al estudiante para sus respectivos descargos. 3. El coordinador de la jornada y el titular de grupo analizarán la falta cometida por el estudiante y darán el respectivo concepto. 4. Pérdida del derecho a ingresar al salón de clase hasta por tres días hábiles, durante las cuales se realizará actividades en su hogar, dirigidas por los padres de familia en su casa. 5. El alumno sancionado perderá los derechos académicos a presentar las evaluaciones, trabajos y otros. 6. Cláusula especial de matrícula o período de prueba para el grado que está cursando. PARÁGRAFO : * Todo alumno sancionado más de una vez por falta grave, se le aplicará la sanción como falta gravísima, debido a la reincidencia.
* En caso de comprobarse el daño en la institución o en la propiedad ajena, debera el estudiante por intermedio del acudiente resarsir el daño del bien mueble o inmueble. Artículo 24.
FALTAS GRAVÍSIMAS
Son consideradas faltas gravísimas aquellas que atentan contra la integridad moral, ética, física y psíquica de las personas, e impiden la sana convivencia social. Los hechos punibles o castigables por la ley del estado colombiano y ocurrido dentro y fuera de la institución y las consecuencias que se deriven del proceso general tendrán un valor probatorio en las acciones administrativas, judiciales y fiscales en que hubiere lugar. Esto genera hasta la cancelación de la matrícula. Se consideran faltas gravísimas: 1. Agresión de hecho o de palabra cualquier otra falta de respeto, calificada como grave en la comunidad educativa. 2. La mala conducta comprobada en el colegio o fuera de las instalaciones. 3. Atentar contra la propiedad privada o ajena en forma grave o repetitiva. 4. Alumno que presente un mal comportamiento habitual y bajo rendimiento académico, la institución educativa no está obligada a mantener indefinidamente entre sus alumnos, a quien de manera constante y reiterada desconoce las directrices disciplinarias y quebranta el orden impuesto por el M. de C. (Sentencia T.519/92). 5. La inasistencia, ausencia repetida e injustificada a la institución o a sus actividades. (Grave) 6. Insubordinación calificada como grave. 7. La inmoralidad o mala conducta o falta grave calificada como contraria a la moral, a la ley. 8. Hacer fraude repetitivamente. (Grave) 9. Participar o actuar en cualquier situación que en forma grave atente contra los derechos de los demás, el buen nombre de la institución o el bienestar de la comunidad. 10. Presentarse a la institución bajo los efectos del alcohol y las drogas. 11. Poseer y suministrar o consumir cualquier bebida con contenido alcohólico o estupefaciente u otras, no debidamente formulados por el médico, dentro de la institución o en cualquier actividad patrocinada por él. 12. La amenaza o intimidación grave y/o repetida. 13. La corrupción de menores.
14. Alterar o falsificar libros de calificaciones, registros de calificaciones, y asistencia, certificados de estudio o presentar repetidas infracciones de falsificar firmas o información en comunicaciones escolares. 15. Cualquier conducta que ocasione intervención penal, judicial, pérdida de la libertad o reclusión en una cárcel o casa para menores de edad, el incumplimiento de los correctivos señalados por faltas leves. Artículo 25.
PROCEDIMIENTO PARA LAS FALTAS GRAVÍSIMAS
Realizada la investigación por parte del rector y el coordinador, de la falta gravísima cometida por el alumno, de acuerdo a las normas del debido proceso se hará la anotación respectiva en la ficha de seguimiento, se le oirá su descargo y se remitirá la totalidad del proceso al comité de convivencia que analizará el caso del estudiante, si lo amerita o no, lo remitirá al consejo directivo para que se tome la decisión pertinente, la cuál podría ser: 1.
Suspensión de la matrícula por el año lectivo.
2.
Suspensión de la matrícula por un año.
3.
Cancelación definitiva de la matrícula.
PARÁGRAFO: CASOS DE FLAGRANCIA En caso de que el alumno sea sorprendido en la ejecución del hecho, se podrá aplicar la medida sin observar el procedimiento, pero igual, se le explicará el alcance de su conducta, se dejará constancia escrita y firmada de lo acontecido y se consignarán las observaciones que éste quiera hacer. (Derecho, defensa) Artículo 26.
CALIDAD DEL PROCESO
La evaluación y el procedimiento se hará en forma objetiva, continua y permanente partiendo del análisis del hecho, distinguiendo cuando éste corresponde sólo a un fenómeno circunstancial y aislado o cuando está expresando una serie de comportamientos negativos en su formación, dándole oportunidad al alumno de hacer uso del derecho a la defensa. Las anotaciones deben ser escritas en forma clara y detallada, teniendo en cuenta el siguiente proceso: LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA. Todo alumno es inocente mientras no demuestre lo contrario. Quien investigue la falta debe mostrar la culpabilidad del alumno. 1. OBJETIVIDAD. Al redactar la falta, el profesor debe ser lo más objetivo posible y evitar palabras ofensivas que degraden la dignidad del alumno.
2. ESCUCHAR LOS DESCARGOS. Ante una falta, el alumno debe ser escuchado en sus explicaciones. 3. NOTIFICACIÓN DE CARGOS. Quien investiga, notifica al alumno claramente de los hechos que se le imputan, le aclara que lo que hizo está contemplado en el Manual de Convivencia, califica la falta como leve, grave o gravísima y la sanción que acarrea. Se presentan las pruebas recogidas, testimonios de los profesores, alumnos y la confesión del implicado. Se deja constancia escrita de este proceso y de los descargos del joven. 4. COMUNICACIÓN. Si la falta es leve, se comunica al alumno quien la respalda con su firma. Si la falta es grave, se deja constancia escrita con resolución sancionatoria para el implicado y notificación para el acudiente. Si la falta es gravísima se notifica a la autoridad competente y se aplica el debido proceso. 5. DECISIÓN O SANCIÓN. Las faltas leves no ameritan resolución, a no ser que por su reincidencia continuada se constituya como grave. Contra las sanciones escritas el alumno y/o el acudiente podrán interponer recurso de de reposición en forma escrita y ante el funcionario o entidad que remita el acto administrativo dentro de dos (2), días hábiles siguientes a la comunicación. Dicho funcionario revisará el debido proceso si lo considera pertinente y le dará fallo dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de recepción del recurso, la decisión será apelable y hará concluir el proceso ante el inmediato superior de quien (es) profirieron el acta. Articulo 27.
SUSPENSIÓN PROVISIONAL.
Cuando a juicio del coordinador la falta sea tan grave en todo caso, la presencia del alumno se juzgue inconveniente para la comunidad o para él mismo, podrá ser suspendido de la institución hasta por diez (10) días hábiles. En este término se definirá su situación por la instancia competente. Las pruebas o evaluaciones académicas y demás actividades realizadas durante la suspensión en caso de que el alumno resulte culpable se tendrán como no presentadas, con las consecuencias que ello conlleve, a menos que en la audiencia especial se le autorice presentarlas. La competencia para tal autorización la tendrá el coordinador a petición del interesado. Si el alumno es absuelto se le practicarán las actividades necesarias para obtener nuevas evaluaciones. Artículo 28.
CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES O EXIMENTES.
Se consideran como circunstancias que atenúen o eximen la responsabilidad del alumno las siguientes: 1. Su edad, desarrollo psicoactivo, mental, volitivo, sus circunstancias personales, familiares y sociales.
2.
El haber obrado por motivos nobles o altruistas.
3.
El haber observado buena conducta anterior.
4. El haber sido inducido a cometer la falta por alguien mayor de edad y/o madurez psicoafectiva. 5. Cometer la falta en estado de alteración, motivado por circunstancias que le causan dolor físico o psíquico. 6. Procurar voluntariamente después de cometida la falta, anular o disminuir sus consecuencias. Artículo 29.
DEL DERECHO DE DEFENSA (constitución política art.29)
Las medidas aquí previstas se aplicarán con la observancia del derecho de defensa del alumno o alumnos implicados. El alumno que sea objeto de una acusación, tendrá derecho a que se le explique con claridad en qué consiste la presunta violación de prohibiciones o el supuesto incumplimiento de los deberes que se le endilgan, que se escuche lo que tiene que decir al respecto, pedir que se practiquen pruebas, solicitar la presencia del acudiente frente al procedimiento por faltas graves e interponer los recursos establecidos en este manual. PARÁGRAFO 1. EL DEBIDO PROCESO. 1. El estudiante tendrá la oportunidad de conocer los cargos o acusaciones contra él, de reconocer o no su validez y presentar sus descargos. 2. En casos graves, en los cuales la posible sanción sea el retiro definitivo del establecimiento, el estudiante tendrá la oportunidad de presentarse, dirigirse y efectuar la respectiva reposición ante el Consejo Directivo. 3. El estudiante tendrá la oportunidad de hacer uso del derecho de reposición y apelación. CAPITULO VI UNIFORMES ESCOLARES Artículo 30.
OBLIGATORIEDAD DEL UNIFORME.
La Institución Educativa exige el uso obligatorio de los dos uniformes unificados a nivel departamental conforme a lo establecido en la ordenanza 0044 del 27 de diciembre del 2.002. UNIFORME DE DIARIO.
Hombres. Pantalón de tela lino azul marino, camibuso color blanco de cuello extendido tipo camisa con vivos rojos y azul, medias de color azul oscuro, zapatos negros lisos de cordón corte bajo y correa negra de cuero o cuerina con hebilla moderada. Mujeres. Falda de lino azul media noche con límites 5 centímetros sobre la rodilla, camibuso blanco de cuello deportivo extendido tipo camisa, con vivos rojos y azul, medias de color azul oscuro, zapatos negros lisos de cordón corte bajo y correa azul de tela del mismo color de la falda. UNIFORME PARA EDUCACIÓN FÍSICA. Hombres y mujeres. Camiseta blanca tipo esqueleto, pantaloneta negra unicolor, medias color blanco y zapatos tenis blancos. Una sudadera color rojo y negro compuesta por camibuso de color rojo con cuello tipo camisa y resortes en las mangas, pantalón largo de color negro con resorte en la pretina y vivos de color blanco y rojo. Los uniformes para uso diario y educación física portarán el escudo oficial de la institución sobrepuesto. UNIFORME DE GALA. Según asamblea general de padres de familia realizada por sedes en el año 2.007 se aprobó por mayoría el siguiente uniforme: Hombres: Pantalón azul oscuro de lino, camisa blanca manga larga de dacrón, corbata azul de la misma tela del pantalón, medias azul oscuro, zapatos negros de cordón, correa negra de cuero o cuerina con hebilla moderada. Mujeres: Camisa de dacrón blanca manga larga sin pliegues, corbata azul oscura de la misma tela de la falda, medias de color blanco, zapatos negros, falda la misma del uniforme de diario, peinado moderado y moños de color blanco y correa azul de tela del mismo color de la falda. UNIFORME DE LA MEDIA TÉCNICA. En reunión realizada en el año 2.007 con padres de familia y docentes de la media técnica de los grados 10 y 11 se acordó el siguiente uniforme: Hombres y Mujeres. Sudadera de color azul marino y azul oscuro, camibuso color azul marino con cuello tipo camisa y vivos color azul oscuro, logotipo del SENA estampado color blanco y azul oscuro, pantalón azul oscuro con vivos azul marino, medias azul oscura y zapatos tenis blancos.
CAPÍTULO VII COMITÉ DE CONVIVENCIA ESTUDIANTIL “Ser mediador no debería convertirse en un privilegio de pocos, Sino, en una oportunidad para muchos” No se habla de solucionar o terminar el conflicto, sino únicamente de crear mecanismos para tramitarlo. El conflicto hace parte de la historia de la humanidad, la forma de tramitarlo es eminentemente cultural. Ello supone que la interacción entre los diferentes actores de la escuela genera tipos diferentes de conflictos. La institución cuenta con el proyecto de resolución conflictos “Dejando Huellas” CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA INSTITUCIONAL 1.
CONFORMACIÓN.
· · · ·
El Rector. Un delegado del consejo estudiantil. El Personero del colegio. El delegado de los alumnos al consejo directivo. ·
· · ·
Tres docentes. Uno por sede. Los coordinadores. Tres padres de familia. pre-escolar, primaria, bachillerato, uno por sede. Un representante del personal administrativo y de servicios generales.
1.
FUNCIONES.
· Evaluar el cumplimiento del Manual Social de Convivencia y realizar un diagnóstico problematizador sobre su aplicación y su funcionalidad. · Recibir y estudiar las propuestas de la comunidad, referentes al Manual Social de Convivencia y cada año se reúne en asamblea para considerar posibles modificaciones si las circunstancias lo ameritan. · Presentar informe escrito por periodo a la comunidad educativa de la percepción que tiene sobre el proceso de convivencia institucional. · Promover en la comunidad educativa espacios de debate y reflexión sobre la dinámica de la convivencia. · Responder a inquietudes y dificultades de los integrantes de la comunidad educativa frente a la convivencia institucional. ·
Definir su propio reglamento de funcionamiento.
·
Crear o definir reglas de comportamiento de acuerdo al proceso de convivencia.
· Analizar el caso del estudiante, si amerita o no ser llevado al consejo directivo para su respectiva sanción. El concepto debe ser enviado mediante acta. CAPITULO VIII INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN Artículo 31.
CONSEJO ESTUDIANTIL
Es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el ejercicio de la participación de los estudiantes en su formación integral. Requisitos para la elección de representantes al consejo: a. Ser estudiante de la Institución Educativa “CARLOS JULIO TORRADO PEÑARANDA”, con las siguientes actitudes. · · ·
Responsable. Con sentido de pertenencia. Líder positivo.
b.
Inscribir su nombre dentro de los términos fijados para la elección.
c.
Presentar un plan o programa de trabajo oportunamente.
d.
No estar incurso en ningún tipo de sanción disciplinaria.
FUNCIONES. a.
Impulsar el cumplimiento del Manual de Convivencia.
b.
Elegir el (la) representante ante el consejo directivo.
c.
Recibir las iniciativas de los estudiantes que propendan por la formación integral.
d.
Fomentar la integración, participación y compromiso activo de los estudiantes.
e. Comunicar a sus compañeros (as) lo tratado en las reuniones del Consejo Estudiantil. f. Promover iniciativas de amor a la Institución Educativa “CARLOS JULIO TORRADO PEÑARANDA”. g. Realizar estudios de urbanidad y civismo que impulsen campañas de respeto y buen comportamiento dentro y fuera de la institución.
h.
Colaborar con las diferentes actividades que se realicen.
i.
Liderar y proponer actividades en beneficio del curso que represente.
j.
Darse su propio reglamento de organización interna.
PROCEDIMIENTO PARA LA ELECCIÓN. El procedimiento para la elección del representante al Consejo Estudiantil se hará de la siguiente manera. a. Convocatoria por parte del rector del plantel en la primera semana de iniciación de clases. b. Inscripción de candidatos en cada uno de los grados con el titular desde cuarto de primaria hasta el grado once. c. En el día señalado por la dirección del plantel, cada estudiante en su curso respectivo votará de manera secreta por el candidato que considere lo represente mejor. d. Para los estudiantes de preescolar, 1, 2, y 3 grado de Básica Primaria, elegirá un solo representante dentro de una Asamblea conjunta citada por la rectoría para tal fin. e. El presidente del consejo estudiantil será elegido por todos los estudiantes previa inscripción en rectoría dentro de los plazos fijados para el efecto. REVOCATORIA DEL MANDATO. Si el representante del curso no demuestra liderazgo en el desempeño de sus funciones, no contribuye de manera efectiva en la buena marcha del curso y no se interesa por el desarrollo de su plan de trabajo, la rectoría solicitará al curso una nueva elección, previa evaluación realizada por el titular de curso, la coordinación de disciplina y tres estudiantes del respectivo curso. Artículo 32.
REPRESENTANTE DEL CONSEJO DIRECTIVO
REQUISITOS: a. Pertenecer al último grado. b. Ser estudiante responsable en todo sentido. c. Inscribir su nombre oportunamente. d. Tener sentido de pertenencia. e. No estar incurso en ningún tipo de sanción disciplinaria. FUNCIONES:
a. Asistir puntualmente a las reuniones del Consejo Directivo. b. Exponer con claridad las inquietudes de los estudiantes a este organismo. c. Motivar el cumplimiento de los deberes de los estudiantes. d. Impulsar campañas de amor y pertenencia a la institución. e. Proponer actividades significativas en uno de los siguientes campos: cultural, social, cívico, religioso, artístico, deportivo, previa presentación del plan respectivo a la rectoría. PROCEDIMIENTOS DE ELECCIÓN a. La rectoría convocará al Consejo Estudiantil, en la primera semana después de la conformación para hacer la elección del representante ante el Consejo Directivo. b. Al interior de cada grupo del último grado, el titular respectivo coordinará una preselección de hasta tres nombres quienes se constituirán en candidatos para la elección. c. Sobre la lista de candidatos presentada por cada curso del último grado, el consejo estudiantil procederá a elegir al representante ante el Consejo Directivo mediante votación secreta. d. Será elegido quien tenga la mayoría simple de votos. Artículo 33.
EL PERSONERO
REQUISITOS: a. Pertenecer al último grado b. Ser estudiante responsable en todo sentido. c. Demostrar buen rendimiento académico. d. Tener sentido de pertenencia. e. Ser líder en la institución. f. Inscribir su nombre oportunamente. g. Presentar un plan de trabajo. h. No estar incurso en ningún tipo de sanción disciplinaria.
FUNCIONES DEL PERSONERO a. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes estipulados en el manual de convivencia. b. Comunicación con todos los estamentos de la comunidad educativa utilizando los medios de comunicación interna del establecimiento. c. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos. d. Recibir y tramitar ante la rectoría las solicitudes que se le hagan. e. Ser miembro activo del comité de convivencia social para la solución pacífica de conflictos. PROCEDIMIENTOS DE ELECCIÓN a. Convocatoria por parte del rector dentro de la primera semana de iniciación de clases. b. Inscripción de los aspirantes con su respectivo plan de trabajo en la rectoría en un término de 8 días con anterioridad a la fecha de la elección. c. La elección se hará por voto secreto en la primera semana del mes de marzo. d. Será elegido quien tenga la mayoría simple de votos. e. Podrán votar los estudiantes desde el grado 4º de básica, hasta el grado 11º, complementario previa presentación del carné que acredite ser estudiante de la Institución Educativa CARLOS JULIO TORRADO PEÑARANDA. f. Los aspirantes podrán utilizar todos los medios de comunicación internos a su alcance, dentro de igualdad de condiciones y de respeto para difundir su propuesta de trabajo. g. Saldrá electo quien obtenga la mayor de la votación. h. Los escrutinios se realizarán inmediatamente se cierre la votación por los miembros del comité electoral. i. Cada mesa de votación estará conformada por un docente, un representante de curso y un estudiante de grado 11º quien actuará como fiscal. REVOCATORIA DEL MANDATO Si dentro de los 3 primeros meses posteriores el personero electo incumple con sus funciones y/o el plan de trabajo, podrá producirse su revocatoria por parte de sus
electores, solicitada mediante oficio firmado por no menos de la mitad más uno del total de votantes. En este caso se convocará a nuevas elecciones. CAPITULO IX RESUMEN DEL SIEE SISTEMA INTEGRAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES 1. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN La evaluación del desempeño se fundamenta en el trabajo integrado de los tres saberes constitutivos: * SER. Procesos socioafectivos, contenidos actitudinales, estrategias motivacionales. * SABER. Procesos y estrategias cognitivas, contenidos y temáticas, esquemas conceptuales. * SABER HACER. Procesos psicomotores, contenidos procedimentales, estrategias metodológicas. 1.1 PROMOCIÓN Se considera que un área ha sido aprobada por el estudiante, cuando en el informe de período y en el informe final del año, ha tenido al menos un Desempeño Básico, esto implica una valoración de 3.0 en la nota final del área. Al finalizar el año se determina la aprobación, en los siguientes casos: * Si el promedio de los cuatro períodos es igual o superior el nivel de Desempeño Básico definido en la escala institucional y su correspondiente a nivel Nacional; es decir, que para ser promovido al grado siguiente, el estudiante deberá haber aprobado la totalidad de las áreas cursadas a lo largo del año. Lo anterior implica haber alcanzado al menos una valoración numérica de 3.0 como mínimo. * Si el estudiante obtiene Desempeño Bajo en una o dos áreas, es decir, una valoración numérica entre 1.0 y 2.9 en la escala Institucional, es promovido al grado siguiente. Si el área está compuesta por dos o más asignaturas la valoración final será el promedio de las mismas. Si dicho promedio matemático es inferior a 3,0 se considerará perdida el área y cada una de las asignaturas sumara de forma independiente en el total. En las áreas que están constituidas por dos o más asignaturas, la valoración final se obtendrá a partir del promedio ponderado (de acuerdo con la intensidad horaria) de las respectivas asignaturas. * El estudiante que al finalizar el año lectivo presenta nivel bajo en tres áreas deberá habilitarlas. Se entiende por habilitación el conjunto de actividades de tipo académico, social y personal que el estudiante realizara a màs tardar quince días después de haber iniciado el año siguiente , y mediante las cuales realiza el proceso de superación o
nivelación de logros de dos de tres áreas. Para ser promovido, el estudiante debe aprobar mínimo dos de las tres áreas habilitadas. * Aunque la información evaluativa interna utilice una escala numérica, debe tenerse en cuenta que estas valoraciones no son mecánicamente sumativas, que ningún período tiene un valor mayor que otro y que la evaluación final debe corresponder a una valoración integral del estudiante que tenga en cuenta si adquirió o no las competencias básicas necesarias para ser promovido al grado siguiente. La valoración numérica no excluye la necesidad de señalar de forma cualitativa, por parte del docente, las fortalezas y dificultades del estudiante en las diversas áreas. 1.2 NO PROMOCIÓN La no promoción de un estudiante al siguiente grado implica la pérdida del mismo y por consiguiente su repetición. Los criterios para la no promoción de un estudiante son: * Cuando un estudiante deja de asistir a más del 20% de las actividades académicas, sin justificación, no será promovido al grado siguiente. * Cuando un estudiante de Educación Básica Primaria, Básica Secundaria o Media, presenta valoración final de Desempeño Bajo, esto es inferior a 3.0 en la escala valorativa institucional, en tres o más áreas al final del año escolar, no será promovido al grado siguiente. * Cuando un estudiante de Educación Básica Primaria o Básica Secundaria obtiene valoración final de Desempeño Bajo, esto es inferior a 3.0 en la escala valorativa institucional, tanto en Matemáticas como en Lengua Castellana, durante dos años consecutivos, no será promovido al grado siguiente. * Cuando un estudiante obtiene valoración final de Desempeño Bajo, esto es inferior a 3.0 en la escala valorativa, en los procesos de Habilitación de dos de las áreas que quedaron pendientes, no será promovido al grado siguiente. * Cuando un estudiante no presenta los procesos de Habilitación establecidos, no será promovido al grado siguiente 1.3 PROMOCIÓN ANTICIPADA Durante el primer período del año escolar el Consejo Académico, previa solicitud de la Comisión de Evaluación y previo consentimiento de los padres de familia, recomendará ante el Consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. En todo caso, debe darse el cumplimiento de los siguientes requisitos: 1. Que el estudiante haya obtenido Desempeño Superior en todas las áreas en el grado anterior.
2. Que el estudiante no haya tenido promoción anticipada en el grado anterior. * Cuando un estudiante de Educación Básica Primaria, Básica Secundaria o Media, presenta valoración final de Desempeño Bajo, esto es inferior a 3.0 en la escala valorativa institucional, en tres o más áreas al final del año escolar, no será promovido al grado siguiente. * Cuando un estudiante de Educación Básica Primaria o Básica Secundaria obtiene valoración final de Desempeño Bajo, esto es inferior a 3.0 en la escala valorativa institucional, tanto en Matemáticas como en Lengua Castellana, durante dos años consecutivos, no será promovido al grado siguiente. * Cuando un estudiante obtiene valoración final de Desempeño Bajo, esto es inferior a 3.0 en la escala valorativa, en los procesos de Habilitación de dos de las áreas que quedaron pendientes, no será promovido al grado siguiente. * Cuando un estudiante no presenta los procesos de Habilitación establecidos, no será promovido al grado siguiente 1.3 PROMOCIÓN ANTICIPADA Durante el primer período del año escolar el Consejo Académico, previa solicitud de la Comisión de Evaluación y previo consentimiento de los padres de familia, recomendará ante el Consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. En todo caso, debe darse el cumplimiento de los siguientes requisitos: 1. Que el estudiante haya obtenido Desempeño Superior en todas las áreas en el grado anterior. 2. Que el estudiante no haya tenido promoción anticipada en el grado anterior. 3. Que el estudiante no haya sido sancionado disciplinariamente el año anterior. 4. Que el estudiante durante el primer período del año escolar, muestre un rendimiento excepcional equivalente a Desempeño Superior con una valoración mayor o igual a 4.6 en la escala de valoración institucional, en todas las áreas en el grado en que se encuentre, y evidencie tener capacidades para cursar el grado inmediatamente superior. 5. Que el estudiante no haya tenido dificultades de orden disciplinario durante el período escolar en curso. 6. Que el desarrollo socio-afectivo del estudiante facilite el proceso de adaptación a la exigencia cognitiva y social del grado siguiente.
7. Que los padres de familia o acudientes y el estudiante presenten comunicación escrita aceptando la promoción anticipada y asumiendo los compromisos derivados de la misma. 8. Que el Consejo Directivo de la institución apruebe la promoción anticipada del estudiante, de lo cual debe quedar constancia en las Actas de dicho consejo y en el registro escolar. 9. Que todos estos pasos se realicen en no más de dos semanas después de terminado el primer período escolar. 10. Surtidos todos los requisitos, la Promoción Anticipada de un estudiante se comunicará oficialmente mediante Resolución Rectoral. 11. Las valoraciones obtenidas en el primer período se guardarán como definitivas en el grado que cursaba y serán las del primer período del grado al que sea promovido. 12. El estudiante promovido debe iniciar inmediatamente un proceso de nivelación, orientado por la Coordinación a través de talleres y sustentaciones que le permitan adaptarse a las condiciones y exigencias del nuevo grado. 1.4 REPITENCIA Si un estudiante no es promovido al grado siguiente, debe dedicar un año escolar, a repetir el grado no aprobado, con miras a superar las dificultades, afianzar los conocimientos, y adquirir las competencias necesarias para poder continuar su proceso educativo. Para la Repitencia de un grado escolar se tendrán en cuenta los siguientes criterios: 1. La Comisión de Evaluación y Promoción es la instancia que estudia los casos de los estudiantes no promovidos y recomienda su aceptación para el proceso de Repitencia. 2. La No Promoción al grado siguiente no es razón suficiente para que un estudiante pierda el cupo en la Institución y no sea aceptado a repetir; pero sí lo son las demás causales de pérdida de cupo establecidas en el Manual de Convivencia. 3. Cuando a un estudiante se le permite repetir un grado escolar, asume un Compromiso Académico. En virtud de tal compromiso, el estudiante adquiere la obligación de realizar los procesos de refuerzo y demás estrategias remediales que provea la institución a través del proceso de acompañamiento de estudiantes repitentes. El incumplimiento de dicho compromiso por parte del estudiante, acarrea la pérdida de cupo en la Institución Educativa para el siguiente año. 4. Cuando a un estudiante se le permite repetir un grado escolar, asume un Compromiso de Convivencia. En virtud de tal compromiso, el estudiante adquiere la obligación de mantener un comportamiento correcto y constructivo, siguiendo todos los lineamientos, pautas y normas del Manual de Convivencia. El incumplimiento de dicho compromiso por parte del estudiante, acarrea la pérdida de cupo en la Institución Educativa para el siguiente año.
5. Los Compromisos Académico y de Convivencia, son documentos escritos en papelería oficial de la Institución Educativa que llevan las firmas de los Directivos de la Institución (los designados para el caso), del estudiante y de sus padres de familia o acudientes. 6. La Institución Educativa debe proveer un proceso de acompañamiento de los estudiantes repitentes, para ayudarles mediante diversas actividades de refuerzo, a superar sus dificultades académicas. El proceso de acompañamiento de los estudiantes repitentes debe estar bajo la supervisión de la Coordinación y de los respectivos Directores de Grupo. 7. En ningún caso se autorizará la triple Repitencìa de un mismo grado. 1.5 PERMANENCIA EN LA INSTITUCIÓN Todos los estudiantes que cumplan adecuadamente con sus obligaciones según lo establecido en el Manual de Convivencia, permanecen en ella conservando su cupo escolar. La Institución, de acuerdo a la potestad que le confiere la Ley General de Educación (Artículo 96: Permanencia en el Establecimiento Educativo), podrá negar el cupo escolar para el grado siguiente según estos criterios: 1. La No Promoción por primera vez de un determinado grado por parte del estudiante, no es causa de negación de cupo para el año siguiente, a menos que la No Promoción esté asociada a una causal de orden disciplinario o actitudinal de parte del estudiante. 2. La No Promoción por tercera vez de un determinado grado, se considera motivo suficiente para perder el cupo en la Institución para el año lectivo siguiente. 3. La reincidencia en comportamientos que atenten contra el bien común, el haber cometido faltas que hayan ameritado medidas correctivas al efecto, la marcada indiferencia hacia las actitudes formativas emanadas del derecho-deber educativo, y el incumplimiento de un Compromiso de Convivencia son razones suficientes para negar el cupo para el año lectivo siguiente. 4. Para poder repetir un grado en la Institución, se tendrá en cuenta, además de los criterios anteriores, la capacidad locativa del plantel. 5. Los anteriores criterios se anexan a todo lo demás establecido en el Manual de Convivencia a propósito de la Permanencia en la Institución. 2. ESCALAS DE VALORACIÓN NACIONAL E INSTITUCIONAL VALORACIÓN NACIONAL Des empeño Superior Des empeño Alto Des empeño Básico Des empeño Bajo
VALORACIÓN INSTITUCIONAL 4.6 – 5.0 4.0 – 4.5 3.0 – 3.9 1.0 – 2.9
2.1 DESCRIPCIÓN DE LA ESCALA DE VALORACIÓN
2.1.1 Desempeño Superior. Se entiende como excelencia en el alcance de los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por el Ministerio de Educación Nacional y lo establecido en el Proyecto Educativo Institucional. Esto implica un alcance del 92 al 100%, lo cual corresponde a una escala numérica entre 4.6 y 5.0. Se considera en esta escala al estudiante que: 1. Participa activamente en el desempeño y desarrollo de las diferentes actividades en el aula y en la institución. 2. El trabajo en el aula es constante y enriquece al grupo. 3. Maneja adecuadamente los conceptos aprendidos y los relaciona con experiencias vividas, adoptando una posición crítica. 4. Respeta y participa en las actividades planteadas, tanto por el docente como por sus compañeros. 5. Su comportamiento y actitud, contribuye a la dinámica de grupo. 6. Consulta diversas fuentes de manera que enriquece las temáticas vistas en clase. 7. Asume con responsabilidad y dedicación sus compromisos académicos. 8. Presenta a tiempo sus trabajos, consultas, tareas y las argumenta con propiedad. 9. No tiene fallas, y aún teniéndolas, presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea afectado. 10. Alcanza todos los logros propuestos sin actividades complementarias. 11. No presenta dificultades en su comportamiento y en el aspecto de su relación con todas las personas de la comunidad educativa. 12. Manifiesta sentido de pertenencia institucional. 2.1.2 Desempeño Alto. Se entiende como el alcance destacado de los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por el Ministerio de Educación Nacional y lo establecido en el Proyecto Educativo Institucional. Esto implica un alcance del 78 al 90%, lo cual corresponde a una escala numérica entre 4.0 y 4.6. Se considera en esta escala al estudiante que: Demuestra habilidad en la comprensión, manejo y aplicación de los contenidos curriculares de la asignatura logrando un desempeño alto y asumiendo con responsabilidad el conocimiento y la autoevaluación para el mejoramiento de su proceso de aprendizaje.
1. Maneja y argumenta los conceptos aprendidos en clase. 2. Participa moderadamente en el desarrollo de las actividades en el aula. 3. El trabajo en el aula es constante, aportando con discreción al grupo. 4. Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento. 5. Su comportamiento favorece la dinámica de grupo. 6. Aporta ideas que aclaran las posibles dudas que surjan durante el proceso. 7. Emplea diferentes fuentes de información y lleva registros. 8. Presenta a tiempo sus trabajos, consultas, tareas. 9. Alcanza todos los desempeños propuestos, pero con algunas actividades complementarias. 10. Tiene faltas de asistencia justificadas. 11. Manifiesta sentido de pertenencia con la institución. 2.1.3 Desempeño Básico. Se entiende como el cumplimiento de los mínimos exigidos según los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por el Ministerio de Educación Nacional y lo establecido en el Proyecto Educativo Institucional. Esto implica un alcance del 60 al 78%, lo cual corresponde a una escala numérica entre 3.0 y 3.9 Se considera en esta escala al estudiante que: 1. Participa eventualmente en clases. 2. Su trabajo en el aula es inconstante. 3. Relaciona los conceptos aprendidos con experiencias de su vida, pero necesita de colaboración para hacerlo. 4. Es inconstante en la presentación de sus trabajos, consultas y tareas; las argumenta con dificultad. 5. Le cuesta aportar ideas que aclaren los conceptos vistos. 6. Su comportamiento académico y formativo es inconstante. 7. Presenta dificultades de comportamiento.
8. Alcanza los desempeños mínimos con actividades complementarias dentro del período académico. 9. Presenta faltas de asistencia, justificadas e injustificadas. 10. Desarrolla un mínimo de actividades curriculares requeridas. 11. Manifiesta un sentido de pertenencia a la institución. 2.1.4 Desempeño Bajo. Se entiende como la no superación de los mínimos exigidos según los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por el Ministerio de Educación Nacional y lo establecido en el Proyecto Educativo Institucional. Esto implica un alcance por debajo del 58%, lo cual corresponde a una escala numérica entre 1.0 y 2.9 Se considera en esta escala a aquel estudiante que: 1. El ritmo de trabajo es inconstante, lo que dificulta progreso en su desempeño académico. 2. Manifiesta poco interés por aclarar las dudas sobre las temáticas trabajadas. 3. Registra eventualmente sus consultas y el desarrollo de las temáticas. 4. Necesita ayuda constante para profundizar conceptos 5. Presenta deficiencias en la elaboración argumentativa y en la producción escrita. 6
Evidencia desinterés frente a sus compromisos académicos.
7. Presenta faltas de asistencia injustificadas. 8. No alcanza los desempeños mínimos y requiere actividades de refuerzo y superación, sin embargo, después de realizadas las actividades de recuperación no logra alcanzar los logros previstos. 9.
Presenta dificultades de comportamiento.
10. No tiene sentido de pertenencia institucional.. 3. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES Se destaca la valoración integral de desempeños como el pilar del presente sistema de evaluación, por tal razón como estrategias fundamentales para su realización efectiva se destacan:
SER Actitudes 25%
Responsabilidad Asistencia Puntualidad Cumplimiento de Compromisos Identidad Presentación Personal Autonomía Liderazgo Pertenencia Convivencia Escucha Relaciones Interpersonales Comportamiento
SABER Aptitudes Intelectivas 50%
Evaluación Diagnóstica Evaluación al final de clase Evaluación Externa Evaluación Parcial (30%) De 1 a 3 por período de acuerdo a la I.H.S Evaluación General (30%) Tipo ICFES o SABER Sólo en áreas académicas o del Núcleo Común: Ciencias Naturales, Ciencias Sociales, Humanidades (Lengua Castellana e Idioma Extranjero), Matemáticas, Filosofía, Ciencias Económicas y Políticas, Área Técnica.
SABER HACER Aptitudes Procedimentales 25% Trabajo en Grupo Presentación Informe Sustentación Talleres Tareas Consultas Portafolio Producciones escritas
AUTOEVALUACIÓN COEVALUACIÓN HETEROEVALUACIÓN
Las estrategias de valoración se fundamentan en lo establecido en los cuatro pilares de la educación a saber:
4.
ESTRUCTURA DE LOS INFORMES ACADÉMICOS DE LOS ESTUDIANTES
Los docentes llevarán el registro de las valoraciones en una planilla que especifique cada uno de los desempeños en los tres saberes constitutivos con la siguiente estructura:
Informe 1: PLANILLAS DE CLASES
SER...R = RESPONSABILIDAD (Asistencia, Puntualidad, Cumplimiento de compromisos) I = IDENTIDAD (Presentaci贸n Personal, Liderazgo, Autonom铆a, Pertenencia) C = CONVIVENCIA(Escucha, Relaciones Interpersonales, Comportamiento)
SABER...P1 / P2 / P3 (Evaluaciones Parciales) EG (Evaluaci贸n General) SABER HACER...TG: Trabajos en grupo / TL: Talleres / TA: Tareas / CO: Consultas : Portafolio, PO Archivo, Apuntes / : Producciones PR Escritas
Informe 2: PLANILLAS DE CALIFICACIONES
E laboró: JOS É LE ONARDO BAY ONA RO PE RO T écnico Operat ivo
Informe 3: BOLETÍN INFORMATIVO DE RENDIMIENTO ACADÉMICO
E laboró: JOS É LE ONARDO BAY ONA ROP E RO T écn ico Operat ivo
Informe 4: LIBRO FINAL DE CALIFICACIONES
E laboró: JOS É LE ONARDO BAY ONA RO PE RO T écnico Operat ivo
Organigrama Institucional
Ministerio de Educaci贸n Nacional
VIGENCIA Cualquier otra decisión que haya que tomar y no esté contemplado en el presente Manual de Convivencia o reglamento, será potestad del Consejo Directivo y su ejecución será de obligatorio cumplimiento. Toda reforma al presente Manual de Convivencia debe seguir el debido proceso para tal efecto. El presente Manual de Convivencia rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones institucionales que le sean contrarias. Dado en Abrego, Norte de Santander, en el mes de Diciembre de 2010.
IMPRESOS LA PLUMA Cúcuta, Colombia 2010