PROPUESTAS DE MEJORA Y ÁREAS DE OPORTUNIDAD
DR. Alfredo Carlos Victoria Marín Investigador
DR. Alfredo Carlos Victoria Marín
DIAGNÓSTICO SOBRE EL EJERCICIO, CONTROL, EVALUACIÓN Y TRANSPARENCIA DEL GASTO PÚBLICO FEDERALIZADO DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE MÉXICO:
DIAGNÓSTICO SOBRE EL EJERCICIO, CONTROL, EVALUACIÓN Y TRANSPARENCIA DEL GASTO PÚBLICO FEDERALIZADO DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE MÉXICO: PROPUESTAS DE MEJORA Y ÁREAS DE OPORTUNIDAD
DR. Alfredo Carlos Victoria Marín Investigador
DIAGNÓSTICO SOBRE EL EJERCICIO, CONTROL, EVALUACIÓN Y TRANSPARENCIA DEL GASTO PÚBLICO FEDERALIZADO DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE MÉXICO: PROPUESTAS DE MEJORA Y ÁREAS DE OPORTUNIDAD Primera Edición, 2015. ©Instituto Hacendario del Estado de México. “Centro José María Morelos y Pavón”, Sede del Sistema de Coordinación Hacendaria del Estado de México y Municipios. Calle Federalismo No. 103, Santiago Tlaxomulco, C.P. 50030, Toluca, Estado de México, Teléfono: (01 722) 236-05-40. Investigador: Dr. Alfredo Carlos Victoria Marín. Número de Autorización del Consejo Editorial de la Administración Pública Estatal: CE: 203/09/20/15 Impreso en México. Esta investigación es responsabilidad exclusiva de su autor y no necesariamente coincide con el punto de vista del IHAEM.
DIAGNÓSTICO SOBRE EL EJERCICIO, CONTROL, EVALUACIÓN Y TRANSPARENCIA DEL GASTO PÚBLICO FEDERALIZADO DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE MÉXICO: PROPUESTAS DE MEJORA Y ÁREAS DE OPORTUNIDAD
CONSEJO EDITORIAL Ing. Roberto Galván Peña, Presidente Mtra. Reyna Ávila Vázquez, Secretaria Técnica Lic. José Ramón Albarrán y Mora, Vocal Lic. Cristino Cueto Estrada, Vocal C.P. Joaquín Ramón Iracheta Cenecorta, Vocal Lic. Jesús Varas Peñaloza, Vocal Lic. Berenice Garduño Bernal, Vocal CONSEJO DIRECTIVO Lic. Joaquín Castillo Torres Encargado de la Secretaría de Finanzas y Presidente del Consejo Directivo del IHAEM Ing. Roberto Galván Peña Vocal Ejecutivo del Instituto Hacendario del Estado de México COORDINACIÓN EDITORIAL Mtra. Reyna Ávila Vázquez Mtro. Francisco Curiel Neri CUIDADO DE LA EDICIÓN Lic. Minerva Ayala Jiménez DISEÑO L.I.A. Ana Karen Gómez Angeles L.D.G. Alejandra Yosahandy Licona Uribe Noé Romero López Autorización del Consejo Editorial de la Administración Pública Estatal: En Trámite. Revisión Editorial: Consejo Editorial de la Administración Pública Estatal Portada: IHAEM
Índice Introducción.
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1. La Descentralización Fiscal en México y en el Estado de México 1998-2010: el papel del Ramo 33. 1.1 La descentralización fiscal en México y el cambio político 1998-2010.
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1.2 Crisis en los sistemas de fiscalización estatales y locales.
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1.3 Política fiscal cíclica y anticíclica: el papel de las transferencias condicionadas.
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1.4 Desempeño político en el Estado de México y los resultados sociales de la descentralización del Ramo 33 entre 2007-2012.
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2. La Evaluación de la Fiscalización en el Estado de México. 2.1 El entorno socioeconómico nacional y estatal 1996-2006.
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2.2 Evidencia empírica de los ayuntamientos metropolitanos.
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2.3 Evidencia empírica de los ayuntamientos rurales.
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2.4 La brecha de capacidades institucionales en materia hacendaria y control en el Estado de México.
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2.5 El papel de las agencias federales y estatales en el fortalecimiento hacendario municipal.
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3. Áreas y Acciones de Mejora. 3.1 Propuestas de reforma a la Ley Orgánica Municipal, a la Ley de Planeación del Estado de México y su Reglamento, y a la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de México.
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3.2 Definición de acciones en materia de transparencia, rendición de cuentas y combate a la corrupción en los gobiernos estatales y municipales.
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3.3 Hacia una nueva agenda social.
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3.4 Condiciones para construir ciudadanía desde lo local.
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3.5 Agenda de Acciones para un Gobierno Solidario.
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Conclusiones.
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Fuentes de información.
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Anexo 1
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Anexo 2
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Anexo 3
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Anexo 4
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Cuadros Cuadro 1
Municipios del Estado de México con niveles muy altos, altos y medios de marginación y el desempeño de las aportaciones federales 20072011.
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Cuadro 2
Distribución porcentual del PIB de 6 entidades federativas a precios de 1993 del periodo 19962001.
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Cuadro 3
Municipios del Estado de México: Índice de marginación 2005 y recaudación propia per cápita 2006 (pesos).
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Cuadro 4
Municipios del Estado de México: Índice de marginación 2010 vs. recaudación predial/per cápita 2011 (pesos).
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Cuadro 5
Relación Índice de marginación 2010 y la deuda per cápita de los municipios del Estado de México.
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Cuadro 6
Estrategia 2.4 mejorar la calidad del gasto federalizado con base en los preceptos del SED.
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Cuadro 7
Componentes de la exclusión social en el ámbito local.
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Introducción ¿Cuáles han sido los resultados del federalismo mexicano desde que se inició la descentralización de la vida nacional en 1983? ¿Cómo pueden saber los ciudadanos si realmente los fondos federales que son suministrados mensualmente a los gobiernos estatales y municipales están siendo destinados para resolver y atender las carencias y marginación que afecta a los grupos vulnerables que viven en pobreza extrema? ¿Qué tipo de acciones pueden recomendar las entidades superiores de fiscalización de los estados para que eficazmente puedan aplicarse los recursos del Ramo 33 en las áreas geoestadísticas básicas con mayores grados de marginación, sin caer en subejercicios ni acciones clientelares? ¿Un modelo económico que propicia la estabilidad macroeconómica con estancamiento puede coadyuvar a que las comunidades con mayores niveles de atraso socioeconómico consigan acrecentar sus niveles de productividad y romper el círculo vicioso de la pobreza?
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Colección
A la par del proceso de reforma del estado instrumentado desde mediados de los años ochenta del siglo pasado, cuyos componentes giraron en torno a la privatización y desincorporación de empresas públicas, la desregulación financiera, la apertura de la economía, el control de gasto público, el equilibrio presupuestario y en menor medida, el combate a la corrupción (Escalante: 2013:71), el fortalecimiento de los órdenes estatales y municipales de gobierno, no tuvo el impulso político y económico necesario, pese a que en 1999 una reforma constitucional dispuso que los ayuntamientos ya no eran entes eminentemente administrativos. Las decisiones más importantes dentro del proceso de reforma de estado se concentraron en el orden federal de gobierno, mientras que lo concerniente a la modernización de la administración local siguió siendo un asunto de capacidades de gestión, en la que solamente aquellos ayuntamientos y gobiernos estatales que contaran con recursos propios para mejorar la provisión de bienes y servicios públicos, tenían mayores oportunidades de insertarse en el nuevo orden global.
Hacendaria
Pareciera ser que a casi 30 años de que comenzara la representación proporcional en los ayuntamientos, los mecanismos de rendición de cuentas no fueron lo suficientemente eficaces para fortalecer los procesos de gobernabilidad democrática ya que la complejidad imperante al desbordar la capacidad instalada de los ayuntamientos, generó un deterioro de la credibilidad de las instituciones de gobierno.
A mediados de la primera década del siglo XXI, los temas pendientes de la reforma federalista tenían como eje la modificación del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyas propuestas en el Congreso de la Unión giraban en torno a los siguientes temas (Navarro:2006:12): 1. Establecer un principio constitucional explícito sobre la diversidad institucional municipal; 2. Modificar las bases de elección e integración del ayuntamiento; 3. Establecer como facultad exclusiva del municipio el transporte público de pasajeros; 4. Eliminar la prohibición de la reelección inmediata de presidentes municipales; 5. Contemplar el acceso de candidaturas ciudadanas sin partido a cargos de elección popular.
Colección
Hacendaria
Dentro de la inconclusa reforma política de México, se modificó el artículo 35 fracción II de la Constitución en 2012, donde se consagra el derecho de los ciudadanos a solicitar su registro como candidatos de manera independiente ante la autoridad electoral. Asimismo la modificación del artículo 115 Constitucional en su fracción I párrafo segundo, estableció que las constituciones de los estados deberán establecer la elección consecutiva para el mismo cargo de presidentes municipales, regidores y síndicos, por un período adicional, siempre y cuando el periodo del mandato de los ayuntamientos no sea superior a tres años. La postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que lo hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato. Lo anterior, entrará en vigor hasta el año 2018, considerando el artículo transitorio décimo cuarto de la reforma en materia política electoral de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014, que a letra dice: DÉCIMO CUARTO.- La reforma al artículo 115 de esta Constitución en materia de reelección de presidentes municipales, regidores y síndicos no será aplicable a los integrantes que hayan protestado el cargo en el Ayuntamiento que se encuentre en funciones a la entrada en vigor del presente Decreto. Esto puede conducir a una mayor participación ciudadana, pero hace falta un marco jurídico que posibilite la transparencia con relación a la publicitación de la cartera de proyectos de alto impacto de cada Plan de Desarrollo Municipal que se financian con recursos federales transferidos a los estados y municipios.
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Como bien lo ha señalado la Auditoría Superior de la Federación, las transferencias federales conformadas por las participaciones (Ramo 28) y aportaciones (Ramo 33) son relevantes para las finanzas estatales y municipales; ya que para los gobiernos de los estados significan en promedio el 90% de sus ingresos totales y para los municipios alrededor del 65%, aunque en los de corte rural y marginados supera el 90%. (ASF:2013:13) La pertinencia de estudiar los efectos e impactos sociales de dichos recursos en los ayuntamientos del Estado de México, tiene su sustento por ser una de las entidades federativas que recibe los mayores montos de transferencias no condicionadas como se le conoce al Ramo 33. La aplicación de estos recursos es un derecho al desarrollo social que tienen los individuos con mayores necesidades sociales. Por ello se estima sumamente conveniente desde un punto vista social, económico y político, evaluar cómo los ayuntamientos destinan el uso de los recursos provenientes de las transferencias federales como el Ramo 33 a efecto de verificar si éstos están siendo canalizados a la creación de bienes y servicios públicos ligados al combate, la marginalidad y la pobreza. En este sentido, las transferencias condicionadas tienen un objetivo relevante en el combate a la pobreza y la marginación. De ahí que este trabajo busca revalorar el carácter social que reviste su aplicación, pero también tiene que ver con una decisión política de hacer pública su aplicación para los proyectos que están claramente establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal.
Artículo 33. Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social reciban las entidades, los municipios y las demarcaciones territoriales, se destinarán exclusivamente al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones que beneficien directamente a población en pobreza extrema, localidades con alto o muy alto nivel de rezago social conforme a lo previsto en la Ley General de Desarrollo Social, y en las zonas de atención prioritaria. 9
Colección
No es común señalar que las aportaciones federales tienen que aplicarse directamente a la población en pobreza extrema y en localidades con alto o muy alto nivel de rezago social, tal como lo prevé el artículo 33 apartado A fracción I de la Ley de Coordinación Fiscal:
Hacendaria
Los recursos del Ramo 33 que se entregan a los ayuntamientos se integran por el Fondo de Infraestructura Social Municipal (FISM) y el Fondo para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN), de un total de ocho fondos.
A. Los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, se destinarán a los siguientes rubros: I.
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal: agua potable, alcantarillado, drenaje y letrinas, urbanización, electrificación rural y de colonias pobres, infraestructura básica del sector salud y educativo, mejoramiento de vivienda, así como mantenimiento de infraestructura, conforme a lo señalado en el catálogo de acciones establecido en los Lineamientos del Fondo que emita la Secretaría de Desarrollo Social.
Colección
Hacendaria
De ahí que los gobiernos municipales tengan la obligación de canalizar estos recursos a las poblaciones con mayores grados de marginación, localizadas en las Áreas Geoestadísticas Básicas (AGEB´s), por lo que tanto las entidades de fiscalización superior locales como la Auditoría Superior de la Federación (ASF), tendrían que hacer auditorías de desempeño donde se revise su adecuada aplicación en términos de lo que marca el artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal, y verificando que en los Índices de marginación que elaboran el Consejo Nacional de Población y el Consejo de Evaluación de la Política Social, se haya observado una mejoría en los indicadores relacionados con la atención de las carencias materiales. En fecha 14 de febrero de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se Emiten los Lineamientos Generales para la Operación del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social. Deja muy claro que con fundamento en el artículo 75 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, los municipios enviarán a las entidades federativas información sobre la aplicación de los recursos del Fondo de Aportaciones, en las obras y acciones establecidas en la Ley de Coordinación Fiscal que beneficien directamente a la población en rezago y pobreza extrema para que por su conducto se incluya en los informes trimestrales a que se refiere el artículo 48 de la Ley de Coordinación Fiscal. Por lo que si bien el artículo 33 apartado B fracción I de la Ley de la Coordinación Fiscal, señala los proyectos que se deben financiar con los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS). El Acuerdo al que se hace referencia establece que las entidades deberán proporcionar a la Secretaría de Desarrollo Social, la información sobre la utilización del FAIS que le sea requerida. En el caso de los municipios y de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal lo harán por conducto de las entidades.
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Dicho fondo establece dos componentes, a) El Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF) y b) Fondo de Infraestructura Social para las Entidades (FISE). De ahí que los municipios estén obligados a reportar al Gobierno del Estado de México, a través del Sistema de Formato Único la información relacionada con el ejercicio, destino y los resultados obtenidos de los recursos transferidos a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal. La Secretaría de Desarrollo Social tendrá que publicar un informe anual que rinda cuenta de la situación de pobreza y rezago social de los municipios, y dicha información tendrá que estar incorporada tanto en el Plan de Desarrollo Municipal, lo cual permitirá identificar qué indicadores de situación de pobreza y rezago social son prioritarios de atender para mejorar el bienestar de las comunidades, según lo refiere el título segundo numeral 2.2 del acuerdo mencionado. Por lo anterior, se prevé que los municipios deberán llevar a cabo los proyectos que estén previstos en el Catálogo del FAIS, el cual se encuentra en el ANEXO I de los Lineamientos. En la realización de los proyectos las entidades, municipios y demarcaciones territoriales deberán considerar lo que señala el numeral 2.3.1 de los Lineamientos:
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Colección
Por lo que el no cumplimiento de dicha disposición, generaría sanciones disciplinarias, de carácter resarcitorio y de índole penal tanto a los presidentes municipales, como a los directores de obras en caso de que se constatara desvíos de recursos, aplicación en obras públicas no prioritarias, y en obras pagadas pero no ejecutadas, donde se pudiera derivar un daño flagrante a la hacienda local.
Hacendaria
I. Cuando se trate del FISE, las entidades, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal deberán destinar por lo menos el 40% de los recursos en los proyectos clasificados como de incidencia directa conforme al Catálogo del FAIS. II. Cuando se trate del FISMDF, las entidades, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal deberán destinar por lo menos el 60% de los recursos en los proyectos clasificados de incidencia directa conforme al Catalogo del FAIS. III. A los proyectos complementarios o proyectos especiales podrá destinarse en su conjunto como máximo el 15% de los recursos del FISE y del FISMDF.
Al final del día, la presente investigación busca presentar algunas propuestas de modificación a la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, a la Ley de Planeación del Estado de México y su Reglamento, y a la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, con la idea central de fortalecer la autonomía y las capacidades de gestión de las áreas administrativas de los ayuntamientos vinculadas a las actividades de ejecución, control, evaluación y transparencia del gasto público municipal.
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Hacendaria
El trabajo sustenta la necesidad de realizar modificaciones de forma y de fondo al andamiaje jurídico institucional que existe en materia de control, evaluación, rendición de cuentas y combate a la corrupción en el Estado de México basado en una reflexión de carácter cualitativo y político, empleando algunos indicadores vinculados a los índice de marginación y pobreza, alternancia electoral, recaudación local, deuda municipal y aportaciones federales entregadas a los ayuntamientos del Estado de México en el periodo 2005-2010.
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1. La descentralización fiscal en México y en el Estado de México 1998-2010: el papel del Ramo 33 1.1. La descentralización fiscal en México y el cambio político 1998-2010
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Colección
Entre 1998-2009 la alternancia partidista en los ayuntamientos en el Estado de México fue un signo característico de la pluralidad y del cambio político. Sin embargo, eso no ha significado que los resultados de las gestiones de gobierno hayan atendido satisfactoriamente las obligaciones que en materia urbana establece la fracción III del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Nadie niega lo que un editorial señaló no hace mucho tiempo sobre que la democracia mexicana diluyó el poder central, cuya primera conclusión es que el federalismo mexicano es una colección de estados fallidos en rendición de cuentas y una segunda, es que la política mexicana ha producido una red de poderes locales que parecen feudos, lo que lleva a sostener que nuestro federalismo democrático sin control conduce a un feudalismo imperfecto. (Nexos:2011:32)
Hacendaria
La creación del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación en 1998, obedeció a la necesidad de que la distribución de los recursos destinados al combate a la pobreza se sujetará cada vez más a aspectos técnicos que despejarán toda duda de que el gobierno federal no los empleará para fines político electorales, como había sido el caso de anteriores programas sociales que se instrumentaron durante el sexenio de Carlos Salinas de Gortari (1988-1994) y que fue motivo de duras críticas por parte de diversos sectores de la sociedad mexicana. Una de las principales conclusiones que existieron sobre el Programa Nacional de Solidaridad (PRONASOL) fue que al final de la administración del presidente Salinas, la operación administrativa de los subprogramas se montó sobre una estructura, además de burocrática, centralizada. Prueba de lo anterior fue que los propios documentos de PRONASOL estimaban que de los dos mil 500 municipios, mil 700 se encontraban en condiciones de incapacidad administrativa y aislamiento rural. (Pardo: 1996: 314)
La descentralización de los recursos federales del Ramo 33, ocurrida entre 1998-2010, posibilitó que por el lado del gasto, el gobierno federal entregara mayores transferencias etiquetadas a los ayuntamientos, con el propósito de que las necesidades sociales pudieran atenderse de forma inmediata y sin la injerencia del orden estatal y federal de gobierno, pero al mismo tiempo este proceso dio pauta a que hubiera “un mayor reparto de cargos públicos entre los partidos políticos y otorgó a los presidentes municipales mayor poder para reforzar o rechazar las políticas federales”.1 con mayor grado de discrecionalidad del manejo de la hacienda pública. La distribución de recursos federales a los estados y municipios ha tenido un crecimiento moderado en términos reales durante la primera década del siglo XXI, pero los resultados siguen siendo muy insatisfactorios dadas las carencias de infraestructura y de provisión de servicios básicos. Los recursos en distintas vías no dejan de fluir a los gobiernos locales, lo cual advierte que no hay una carencia de los mismos, sino de una eficaz, eficiente y transparente gestión de recursos.
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Hacendaria
Tan sólo en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2011, por concepto de aportaciones, participaciones y otros fondos adicionales, a los gobiernos estatales y municipales se les aprobó que podrían disponer alrededor de 941,550 millones de pesos, repartidos de la siguiente forma: 451,167 millones en aportaciones del Ramo 33 y 490,383 millones de participaciones, así como 15,784 millones de fondos estatales y municipales del Ramo 23. Por tanto se les exigiría a los estados y municipios que “en sus cuentas, los gobiernos locales no podrán incorporar remanentes de otros ejercicios ni las aportaciones que realicen beneficiarios de las obras y acciones. Tampoco podrán transferir dinero entre distintos fondos, como es práctica común".2 Al día de hoy no existen gobiernos metropolitanos encargados de gestionar la provisión de bienes y servicios públicos, ya que la organización política administrativa establecida en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no contempla la distribución del poder bajo esta fórmula, de ahí que los fondos metropolitanos tienen un alcance marginal en la solución de los complejos asuntos de la agenda urbana. Solamente existe alguna coordinación de carácter intermunicipal en temas como agua potable, recolección de basura y seguridad pública.
1. Lo anterior lo señala un documento del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública de la Cámara de Diputados titulado “La violencia y su impacto local: los asesinatos de autoridades locales”, véase la nota “Mayor poder de alcaldes causa de sus asesinatos”, El Economista, 3 de febrero de 2011, p. 33. 2. “Ganan estados y municipios”, Diario Reforma, 16 de noviembre del 2010, p. 8.
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El Fondo Metropolitano aprobado para 2011 ascendió a 7 mil 837 millones de pesos, el cual fue ampliado a 47 áreas metropolitanas. En 2010, el Distrito Federal y el Estado de México fueron las entidades más beneficiadas, ya que ambas zonas obtuvieron 3 mil 195 millones de pesos. En 2011, el Valle de México obtuvo 3 mil 348 millones; Guadalajara aseguró 880 millones y Monterrey 770 millones. La Secretaría de Hacienda exigirá a las ciudades que integren un Consejo de Desarrollo Metropolitano que será la instancia encargada de decidir en qué proyectos se invertirá. Además, “deberán sujetarse para su financiamiento a criterios objetivos de evaluación de costo beneficio, así como de impacto metropolitano, económico, social y ambiental”.3 En 2012 el gasto federalizado entregado a las entidades federativas ascendió a un billón 344 millones 486.8 pesos, del cual las participaciones sumaron 495 mil 264 millones de pesos. El Estado de México recibió en ese año un gasto federalizado por 138 mil 431.9 millones de pesos, que representó el 10.3% del total nacional, donde las participaciones llegaron a 61 mil 333.2 millones de pesos, es decir el 12.4% del total entregado a los estados. (ASF:2013:16)
1.2. Crisis en los sistemas de fiscalización estatales y locales
La propia Secretaría de la Función Pública ha reconocido que los estados del país, presentan rezagos al rendir cuentas en las compras que realizan con recursos federales y propios, y en la forma como organizan su información, lo que impide que se avance en la transparencia del gasto público. 3. “Apuntalan el fondo urbano”, Reforma, 16 de noviembre del 2010, p.8.
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Una de las fallas recurrentes de los sistemas de fiscalización locales se presenta cuando no hay información detallada sobre las compras gubernamentales que se realizan a través de la licitación pública para adquisición de materiales que se requieren para la ejecución de obra pública o bien para la provisión de servicios públicos como equipo de patrullas para seguridad, con recursos del Ramo 33. La propia opacidad conduce a que los ciudadanos desconozcan los montos de las compras de vehículos destinados a la seguridad pública o la adquisición de tubos destinados a la construcción de colectores pluviales, por señalar algunos ejemplos.
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¿Quién fiscaliza al fiscalizador? ¿Quién puede confirmar que los resultados e informes de la fiscalización que entrega el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México a los legisladores, realmente evalúan los impactos sociales relativos a la ejecución de los recursos del Ramo 33?
Dicho rezago se centra particularmente en la carencia de nuevas herramientas que permitan a los ciudadanos conocer más y de forma sencilla, las compras que realizan sus gobiernos locales, tal y como se hace a nivel federal, dado que “se tiene una herramienta que admite analizar toda la información de las contrataciones públicas, ninguno de los Estado la tiene".4 La fiscalización de los recursos federales como las aportaciones es un mandato constitucional que establece el artículo 79 fracción I, de la Constitución Federal, el cual faculta a la Auditoría Superior de la Federación para: “fiscalizar directamente los recursos federales que administren o ejerzan los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político administrativos de sus demarcaciones territoriales, con excepción de las participaciones federales; asimismo, fiscalizará los recursos federales que se destinen y se ejerzan por cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada, y los transferidos a fideicomisos, mandatos, fondos o cualquier otra figura jurídica, de conformidad con los procedimientos establecidos en las leyes y sin perjuicio de la competencia de otras autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero”.
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Hacendaria
Dado que la fiscalización de los recursos que administran los estados y municipios está regida por el principio de posterioridad, anualidad, legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad, poco se repara en los costos sociales cuando ocurren hechos como desviaciones de recursos, subejercicios presupuestales, discrecionalidad manifiesta y uso clientelar. Esto se puede apreciar en la laxitud con la que se emiten las observaciones de las cuentas públicas estatales y municipales que entrega el Órgano de Fiscalización Superior del Estado de México a los legisladores locales. La existencia de subejercicios de recursos de los Fondos de Infraestructura Social Municipal (FISM) y para el Fortalecimiento de los Municipios (FORTAMUN) que se han detectado en diversos ayuntamientos y que se aplican como remanentes, sin duda tienen un efecto directo en la marginalidad y la pobreza, ya que impacta de forma negativa en el desarrollo humano, ya que los subejercicios de recursos federales no posibilitan cumplir con los indicadores estratégicos y de gestión. Para las autoridades fiscalizadoras, los indicadores referidos están diseñados para ir a la baja. Es decir, reducir los niveles de marginación, sin embargo, soslayan los alcances que implica su incumplimiento, ya que los servidores 4. Véase la nota “Falla transparencia estatal”, Diario Reforma, Sección Negocios, 18 de octubre de 2013, p. 3.
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públicos municipales, como el presidente municipal, directores de obras y de desarrollo urbano, pueden incurrir en responsabilidades administrativas disciplinarias y resarcitorias. Las fases del ciclo presupuestal se fracturan dado que las autoridades municipales no relacionan la ejecución correcta de los proyectos ejecutivos y los expedientes técnicos de las obras con los procesos y mecanismos de control y evaluación. De ahí que el incumplimiento de la cartera de proyectos de alto impacto de los planes de desarrollo municipal sea la tónica de los últimos decenios. Los subejercicios además de revelar la incapacidad institucional de los ayuntamientos, se hacen acompañar de prácticas de opacidad, ya que en muchos casos la ciudadanía suele desconocer los porcentajes de avances financieros y físicos de las obras y acciones sociales financiadas con aportaciones federales, lo cual va en sentido contrario a una auténtica rendición de cuentas. El principio de anualidad relacionado con la fiscalización de los recursos no está alineado en el Estado de México con el principio de rendición de cuentas que debiera explicar el estado que guarda la administración pública local. Los presidentes municipales al rendir sus informes de gobierno en el mes de diciembre de cada año, ejercicio que comenzó a partir de 2013, tendrán que informar el avance de cumplimiento de planes y programas de gobierno conforme a lo que dispone ahora la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Sin embargo, el principio de la rendición de cuentas todavía no se ha incorporado al texto constitucional, lo cual hace necesaria la actualización de los mecanismos de control y evaluación del gasto público. La falta de autonomía de las contralorías, de los ayuntamientos y de los poderes públicos hace necesaria que se lleve a cabo una reforma administrativa y política de fondo en el Estado de México. No hacerlo pondrá en entredicho la efectividad de la democracia representativa y
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“los recursos económicos de que dispongan la Federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados”.
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El mandato de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en lo que respecta al artículo 134, el cual establece como principios el que:
seguirá afectando de forma negativa la credibilidad de las instituciones públicas, cuyos costos sociales y productivos profundizarán el avance de la pobreza, el desempleo crónico y el malestar social. Desde los años ochenta no fue el combate a la corrupción una actividad estratégica de los gobiernos federales, estatales y municipales, dado que las acciones de control y evaluación no siempre desembocaron en sanciones y castigos ejemplares a los funcionarios de los tres órdenes de gobierno. Por el lado del ingreso, los municipios entre 1984-2012, han visto crecer el monto de recursos federales transferidos, pero sin contar con mecanismos institucionales de control de gasto que corroboren su correcta aplicación. De acuerdo a la Constitución Federal y la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, los ayuntamientos no son entes soberanos, ya que estan sujetos de la fiscalización tanto del poder legislativo federal, por las entidades de fiscalización superior de cada estado, así como por las contralorías municipales, los cuales vigilan el uso y destino del ingreso y gasto. Pero aún hace falta avanzar en la conformación de órganos estatales y municipales de control independientes en materia de evaluación del desempeño.
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Hacendaria
La dislocación de los sistemas de fiscalización del gasto en el ámbito local está relacionado con la ausencia de órganos de control interno independientes y órganos externos autónomos, que se encarguen de disuadir y castigar el desvío de recursos, los subejercicios presupuestales, la discrecionalidad y uso clientelar que se les pueda dar a los mismos. Las débiles capacidades institucionales que exhiben diversos ayuntamientos en la elaboración y presentación de los proyectos técnicos para la ejecución de obra pública, siguen sin ser parte de un proyecto de modernización integral de la administración municipal. Además ha faltado una visión integradora por parte de los comités de planeación del desarrollo municipal, para que las autoridades municipales canalicen los recursos a las áreas geoestadísticas con mayor pobreza. Se requiere que las áreas de planeación estén conformadas por personal certificado, con el fin de constituir un verdadero sistema de servicio profesional de carrera en los ayuntamientos. Es importante subrayar que si bien en términos administrativos los directores de obras, de desarrollo urbano y el tesorero son responsables de presentar los proyectos técnicos de obra, para que se ordene pagar su ejecución, dichos servidores públicos suelen atender cuestiones de carácter político, dado que las decisiones en materia de aplicación, uso y ejercicio del presupuesto las termina dictando el presidente municipal. Por eso es
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importante que tanto la designación del contralor como del tesorero, se atienda con lo dispuesto en la fracción I del artículo 96 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México en cuanto a la certificación de competencia laboral expedida por el Instituto Hacendario del Estado de México, con anterioridad a la fecha de su designación.
1.3. Política fiscal cíclica y anticíclica: el papel de las transferencias condicionadas Entre 1998-2011, el ciclo económico de México nos señala la existencia de periodos de desaceleración y de recesión económica, cuyos efectos sociales han sido desalentadores. En 2001 y 2009 la economía mexicana registró caídas significativas del PIB, lo cual amplificó aún más los fenómenos de pobreza urbana y el desplazamiento de fuertes oleadas migratorias hacia Estados Unidos. A medida que México intentó reactivar el crecimiento económico a través de un modelo de economía de mercado, con énfasis en la exportación de bienes y servicios, privatización, reducción del gasto público, control del mismo y la atracción de inversión extranjera, las políticas monetarias y fiscales no atendieron el reclamo regional y local para garantizar que el sistema de transferencias federales, se convirtiera en una palanca decisiva para el desarrollo de las regiones más vulnerables y atrasadas en términos históricos y estructurales. No se ha asumido como parte de la política económica, que las aportaciones federales pueden ser consideradas como políticas anticíclicas que frenen la caída del empleo y del producto nacional.
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Colección
La descentralización de arriba hacia abajo, como ha sido estudiada en las últimas décadas, cumplió un propósito político fundamental, que era canalizar fondos federales en montos importantes a las entidades federativas y municipios, a través de fórmulas de distribución de recursos. Sin embargo, los gobiernos estatales lejos de propiciar procesos de descentralización a favor de los municipios, también reprodujeron el centralismo fiscal, dado que se reparten en muchos casos solamente el 20% de los recursos federales transferidos como lo establece la Ley de Coordinación Fiscal, como es el caso del Estado de México.
Hacendaria
En los años ochenta y noventa, la centralidad que jugaron las políticas y acciones institucionales federales para impulsar el proceso de descentralización fiscal, supuso que ante las carencias de recursos para impulsar los proyectos de infraestructura y de acciones sociales a nivel local, era innecesaria la vigilancia del manejo de los recursos asignados desde el gobierno central tanto de gobernadores como de presidentes municipales.
Bajo estas condiciones, el gasto federalizado que se reparte a los estados y municipios a través del Ramo 33 difícilmente puede convertirse en una política anticíclica en contextos de alta volatilidad financiera y declive económico mundial. En un comienzo tienen que ampliarse los porcentajes de recursos federales descentralizados por parte del gobierno estatal a los municipios.
1.4. Desempeño político en el Estado de México y los resultados sociales de la descentralización del Ramo 33 entre 2007-2012 Entre 2007-2010 las transferencias federales del Ramo 33 que recibieron los ayuntamientos del Estado de México crecieron 36.15%, entre 20072011 dicho porcentaje se elevó hasta 43.49%, y el periodo 2007-2012 el incremento fue de 49.74%, lo cual habla de flujos de dinero sostenidos y permanentes a lo largo del tiempo. En 2007, los municipios mexiquenses recibieron del Ramo 33 recursos por 6 mil 748 millones 409 mil pesos; en 2010, 9 mil 188 millones de pesos; y en 2011, 9 mil 683 millones de pesos, respectivamente (véase ANEXO II). En las cifras para 2012, los recursos llegaron a 10 mil 105 millones de pesos. (OSFEM:2012:39)
Colección
Hacendaria
Tan sólo en tres años 2007, 2010 y 2011 de acuerdo a la información de los Informes de Resultados de la Fiscalización Superior de las Cuentas Públicas del Estado de México y Municipios del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, los recursos del Ramo 33 distribuidos en el FISM como en el FORTAMUN, ascendieron a 25 mil 620 millones de pesos. Si se suman los recursos del año 2012, tan sólo en cuatro años el Ramo 33 acumuló un monto superior a los 35 mil 725 millones de pesos. Si se asociaran los índices de rezago social conocidos como índices de marginalidad con el incremento de las aportaciones federales y el factor político, la interpretación de los datos cobra un significado profundamente ético, social y humano, cuyas repercusiones tienen un impacto y efecto directo en la calidad de la democracia y del sistema representativo establecido para acceder y detentar el poder público. Como se ha señalado, en los años noventa era muy marcada la dominación de un solo partido político al frente de la representación de los ayuntamientos del Estado de México, lo que se le denominaría como la hegemonía del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en alrededor de 108 ayuntamientos en 1993 (ANEXO III). Sin embargo, las carencias sociales
20
durante la primera década del siglo XXI se han mantenido presentes en más de un tercio de los municipios mexiquenses a pesar de que ha habido tanto alternancia política como predominancia de un solo partido. Por ejemplo, los municipios con alta marginación como Amatepec en el periodo 2007-2011 los ingresos que recibieron por aportaciones del Ramo 33 crecieron 39%; Donato Guerra 40.96%; Ixtapan del Oro 44.2%, Luvianos 44.6%; San Felipe del Progreso 44.1%; San José del Rincón 44.17%; Tlatlaya 43.61%; Villa de Allende 43.64%; Villa Victoria 45% y Zumpahuacán 44.77% (Cuadro 1). Entre 2005-2010 los municipios como Amatepec, Donato Guerra, Ixtapan del Oro, Luvianos, San José del Rincón, Tlatlaya, Villa de Allende, Villa Victoria y Zumpahuacán, mantuvieron niveles altos de marginación, en contextos tanto de dominación político-electoral como de alternancia democrática. Solamente Villa Victoria y San Felipe del Progreso han sido gobernados por el mismo partido, mientras que en el resto ha habido alternancia en cuando menos una ocasión, como en el caso de Amatepec que en 2003-2006 fue gobernado por el PRI, mientras que en el caso de Donato Guerra, Ixtapan del Oro, Luvianos y Tlatlaya el Partido de la Revolución Democrática (PRD) ha gobernado en más de dos ocasiones. En los casos de Sultepec y Zacualpan donde los niveles de marginación pasaron de un nivel alto a muy alto, en el caso del primero se registró alternancia en 2009 con el Partido Acción Nacional (PAN) y en segundo por el Partido del Trabajo (PT) en el mismo periodo.
21
Colección
No dejan de llamar la atención que algunos municipios como Atlacomulco, Atlautla, Jocotitlán, Polotitlán, Tenancingo y Xalatlaco, en el 2005 sus indicadores de marginación eran bajos y en 2010 pasaran a niveles medios, lo cual advierte que la pobreza aumentó de forma moderada, y subraya la necesidad de que los gobiernos locales instrumenten una acción pública que vaya más allá de la provisión de bienes y servicios.
Hacendaria
De igual manera, entre 2005-2010 en diversos municipios que también han recibido importantes montos de recursos del Ramo 33, los índices de marginación se mantienen en un nivel medio, sin que se registré una mejoría en las condiciones de vida de su población, tal es el caso de los municipios de Almoloya de Juárez, Axapusco, Ecatzingo, El Oro, Isidro Fabela, Ixtapan de la Sal, Ixtlahuaca, Jilotepec, Joquicingo, Malinalco, Ocuilan, Otzolotepec, Santo Tomás, Soyaniquilpan, Tejupilco, Temascalcingo, Timilpan y Zacazonapan.
Asimismo, algunos municipios que pasaron de niveles altos de marginación a niveles medios como Acambay, Aculco, Almoloya de Alquisiras, Amanalco, Chapa de Mota, Coatepec Harinas, Jiquipilco, Morelos, Otzoloapan, San Simón de Guerrero, Temascaltepec, Temoaya y Texcaltitlán, en algunos casos hubo la predominancia de un partido, el PRI en Acambay, Atlacomulco y Temascaltepec, mientras que en los demás municipios al menos hubo alternancia, una vez comandada por el PAN.
Colección
Hacendaria
¿Qué ha significado la alternancia electoral, en un contexto donde los municipios siguen disponiendo de mayores recursos federales vía aportaciones, sin que haya una mayor redistribución de dichos recursos del orden estatal hacia los municipios? Es decir, si la lógica elemental establece que los municipios al disponer de mayores recursos del Fondo de Infraestructura Social Municipal (FISM) y del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal (FORTAMUN) año con año, la pobreza y la marginación van a reducirse, los resultados que se tienen a la vista, indican lo contrario. Y es que este tema transciende muchas de las coordenadas tradicionales bajo las cuales se ha situado el tema del combate a la pobreza. Lo anterior, refiere a que muchas de las manifestaciones de la marginación que no pueden ser remediadas por el Ramo 33 devienen en la necesidad de que existan mecanismos que aseguren una mayor participación ciudadana en la aplicación de políticas sociales más complejas, como pudiera ser la inclusión de un cuarto orden de gobierno que asegure un asiento permanente de las comunidades más representativas en los órganos colegiados de gobierno. Asimismo, se pudiera establecer a manera de conclusión preliminar que los recursos no están siendo empleados en los proyectos de infraestructura y de atención a las necesidades básicas de la población, independientemente si gobierna un determinado partido político. Es decir, que los componentes éticos y de responsabilidad pública se han ido diluyendo a lo largo del tiempo, ya que no se ha instalado una cultura de la rendición de cuentas y de una evaluación de los presupuestos con base en resultados. La administración pública municipal tiene que trabajar a partir de líneas base preestablecidas que a lo largo del tiempo tendrían que sufrir cambios que reflejen fehacientemente el impacto social en indicadores. Resulta contradictorio establecer que a pesar de que haya mayores recursos del gasto federalizado y la posibilidad de que los ayuntamientos puedan obtener financiamiento de la banca comercial, los niveles de marginación en diversos municipios del Estado de México se mantienen o registran retrocesos. Y esto es una llamada de atención a la fiscalización superior de las entidades federativas, para que los criterios de evaluación de los programas consideren estos aspectos.
22
Cuadro 1. Municipios del Estado de México con niveles muy altos, altos y medios de marginación y el desempeño de las aportaciones federales 2007-2011
Aportacio-
de apor-
de apor-
Federales
nes federa-
nes federa-
taciones
taciones
2007
les 2010
les 2011
2007-2010
2007-2011
%
%
Índice de rezago social 2005
Índice de rezago social 2010
1
Acambay
52,169.54
68,206.10
75,879.10
30.73
45.44
Alto
Medio
2
Aculco
34,267.93
45,104
50,043.80
31.62
46.03
Alto
Medio
3
Almoloya de Alquisiras
14,586.40
18,819.70
21,012.90
29.02
44.05
Alto
Medio
4
Almoloya de Juárez
123,641.10
159,095.20
177,926.00
28.67
43.9
Medio
Medio Medio
5
Amanalco
24,537.5
31,627.90
35,400.20
28.89
44.26
Alto
6
Amatepec
28,617.8
36,801.80
39,802.50
28.59
39.08
Alto
Alto
7
Atlacomulco
45,910.70
60,830
67,135.70
32.42
46.23
Bajo
Medio
8
Atlautla
17,856.80
23,626.80
26,141.90
32.31
46.39
Bajo
Medio
9
Axapusco
12,092.70
18,138.84
17,671.30
49.99
46.13
Medio
Medio
10
Chapa de Mota
19,320.80
25,303.40
28,172.00
30.96
45.81
Alto
Medio
32,855.90
42,262.40
47,281.70
28.62
43.9
Alto
Medio
36,458
46,908.60
51,401.40
28.66
40.98
Alto
Alto
8,282.60
9,556.70
10,627.70
15.38
28.31
Medio
Medio
29,453.30
38,194
40,291.80
29.67
36.79
Medio
Medio
5,930.10
7,793.50
8,309.10
31.42
40.11
Medio
Medio
Medio
Medio
Alto
Alto
11
Coatepec Harinas
12
Donato Guerra
13
Ecatzingo
14
El Oro
15
Isidro Fabela
16
Ixtapan de la Sal
19,628.20
26,984.80
28,661.90
37.47
46.02
17
Ixtapan del Oro
7,280.70
9,382.20
10,499.30
28.86
44.2
18
Ixtlahuaca
107,804.40
140,468.40
156,333.20
30.29
45.01
Medio
Medio
19
Jilotepec
45,792.90
60,738.30
67,066.80
33.63
46.45
Medio
Medio
20
Jiquipilco
55,855.90
72,675.10
80,974.30
30.11
44.97
Alto
Medio
21
Jocotitlán
32,598
43,278.70
47,735.00
32.76
46.43
Bajo
Medio
22
Joquicingo
7,419.50
9,846.20
10,879.00
32.70
46.62
Medio
Medio
23
Luvianos
27,307.90
35,422.90
39,508.30
29.71
44.67
Alto
Alto
24
Malinalco
18,605.50
24,145.30
26,882.70
29.77
44.48
Medio
Medio
25
Morelos
25,951.60
33,921.10
37,759.90
30.70
45.5
Alto
Medio
26
Ocuilan
26,314.10
34,187.70
38,127.50
29.92
44.89
Medio
Medio
27
Otzoloapan
5,382.70
6,927.90
7,754.30
28.70
44.05
Alto
Medio
35,570.60
47,067.70
51,960.40
32.32
46.07
Medio
Medio
6,584
8,744.90
9,632.20
32.82
46.29
Bajo
Medio
28
Otzolotepec
29
Polotitlán
30
San Felipe del Progreso
117,248.10
162,050.20
168,993.20
38.21
44.13
Alto
Alto
31
San José del Rincón
92,508.50
145,666.00
133,374.70
57.46
44.17
Alto
Alto
32
San Simón de Guerrero
6,009.90
6,708
7,370.10
11.61
22.63
Alto
Medio
23
Hacendaria
Municipio
Incremento
Aportacio-
Colección
No.
Incremento Aportaciones
No.
Municipio
33
Santo Tomás
34
Soyaniquilpan
35
Sultepec
Incremento
Incremento
Aportaciones
Aportacio-
Aportacio-
de apor-
de apor-
Federales
nes federa-
nes federa-
taciones
taciones
2007
les 2010
les 2011
2007-2010
2007-2011
%
%
Índice de rezago social 2005
Índice de rezago social 2010
9,337.00
12,042.30
13,464.60
28.97
44.2
Medio
Medio
8,263
10,766.10
11,972.20
30.29
44.88
Medio
Medio
40,898.20
51,775.90
58,357.30
26.59
42.68
Alto
Muy alto
60,703
78,740.30
87,823.70
29.71
44.67
Medio
Medio
54,844.60
71,570
79,674.10
30.49
45.27
Medio
Medio
36
Tejupilco
37
Temascalcingo
38
Temascaltepec
36,164.30
48,568.80
52,007.90
34.30
43.81
Alto
Medio
39
Temoaya
64,729.40
85,043.40
94,411.30
31.38
45.85
Alto
Medio
40
Tenancingo
43,925.20
56,992.70
63,929.40
29.74
45.54
Bajo
Medio
41
Texcaltitlán
17,115.80
31,208.60
24,705.90
82.33
44.34
Alto
Medio
42
Timilpan
11,726.10
15,372.00
17,071.70
31.09
45.58
Medio
Medio
43
Tlatlaya
40,861.70
51,475.90
58,685.50
25.97
43.61
Alto
Alto
44
Villa de Allende
52,028.30
66,615.20
74,735.10
28.03
43.64
Alto
Alto Medio
45
Villa Guerrero
37,132.90
49,272.00
54,445.80
32.69
46.62
Medio
46
Villa Victoria
74,936.10
97,644.20
108,726.90
30.30
45.09
Alto
Alto
47
Xalatlaco
11,610
15,386.60
16,973.90
32.52
46.2
Bajo
Medio
48
Zacazonapan
2,549.50
3,354.90
3,714.70
31.59
45.7
Medio
Medio
49
Zacualpan
16,550.30
21,298.40
23,847.10
28.68
44.08
Alto
Muy alto
50
Zumpahuacán
17,099.50
22,177.50
24,755.30
29.69
44.77
Alto
Alto
Fuentes: Índices de Marginación de CONAPO 2005, INEGI; Índices de Marginación de CONAPO 2010, INEGI, y OSFEM, Informe de resultados de la Cuenta Pública Municipal 2011.
Colección
Hacendaria
Cada cinco años, el Consejo Nacional de Población (CONAPO) da a conocer los índices de marginación para cada municipio del país, por lo que el sentido de relacionar los recursos del FISM con dicho índice es evaluar objetivamente los resultados relacionados con el combate a la marginación y la pobreza. Para determinar si los datos de los ejercicios 2012 y 2013 han generado efectos e impactos en cada municipio se estima necesario esperar la publicación del índice de marginalidad por municipio del año 2015. Llama la atención que en los municipios con altos niveles de rezago social, la deuda municipal se haya incrementado vertiginosamente en los últimos años, sin que registren efectos o impactos directos encaminados a resolver y aliviar las condiciones de pobreza y marginación. La Auditoría Superior de la Federación ha instrumentado en los últimos años auditorías de desempeño relacionadas con el crecimiento acelerado del saldo de la deuda pública de las entidades federativas y municipios,
24
situación que –a juicio de la Auditoría Superior de la Federación- puede poner en riesgo la sostenibilidad de las finanzas locales. En la Auditoría Especial 10-0-06100-06-0989 Deuda Estatal y Municipal practicada a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dentro del Informe de Revisión de la Cuenta Pública Federal 2010, y a efecto de identificar el crecimiento de la deuda pública estatal del periodo 2005-2010 ha tenido un impacto positivo en la población, se recurrió al “Índice de Rezago Social 2010” del Consejo Nacional de Evaluación de las Políticas de Desarrollo Social. (CONEVAL) (ASF: 2010: 19-24). Las auditorías de desempeño que tendrían que realizar las entidades de fiscalización local, quienes son los órganos técnicos dotados de capacidad y autonomía técnica para las tareas de fiscalización, tendrían que considerar los indicadores aludidos, ya que las nuevas modalidades de evaluación gubernamental están dirigidas a determinar en qué medida tanto los recursos federales del Ramo 33 como los ingresos corrientes que se obtienen a través de financiamientos y que finalmente se convierten en deuda pública, deben contribuir al mejoramiento de las condiciones de vida de la población. En este sentido, el artículo 117 fracción VIII párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que:
25
Colección
Los municipios tienen la obligación de presentar a la Legislatura del Estado de México los proyectos de autorización de empréstitos para que les sean autorizados. Si bien el artículo 61 fracción XXXVIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, faculta a la Legislatura “aprobar los montos y conceptos de endeudamiento anual del Estado y de los municipios, de conformidad con las bases establecidas en las leyes de la materia y dentro de las limitaciones previstas en la Constitución Federal”, la restricción que impone claramente alude a lo previsto en la fracción VIII del artículo 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con relación a que la deuda que les sea aprobada deberá destinarse a inversiones públicas productivas, porque de lo contrario se estaría incurriendo en daño al patrimonio y a la hacienda pública.
Hacendaria
“Los Estados y los Municipios no podrán contraer obligaciones o empréstitos sino cuando se destinen a inversiones públicas productivas, inclusive los que contraigan organismos descentralizados y empresas públicas, conforme a las bases que establezcan las legislaturas en una ley y por los conceptos y hasta por los montos que las mismas fijen anualmente en los respectivos presupuestos. Los Ejecutivos informarán de su ejercicio al rendir la cuenta pública”.
Por los municipios del Estado de México, se tiene en el caso de Ixtapan del Oro en el periodo 2005-2010, que la deuda municipal se incrementó 384% y los niveles altos de pobreza y marginación se mantuvieron en los mismos parámetros. La deuda del municipio de Luvianos creció 17.4% y la marginación fue alta. En el caso de Malinalco, cuya deuda creció 337% pero manteniendo niveles medios de rezago social. Es decir, no registró una mejora en el combate a la pobreza (Anexo 4). De igual modo en San Felipe del Progreso la deuda creció 112% y los niveles de marginación siguieron siendo altos. Asimismo, la deuda municipal de Sultepec se incrementó 413% y los índices de marginación registraron un retroceso, ya que pasaron de un nivel alto a muy alto. La deuda de Tlatlaya se incrementó 532% y sus indicadores de rezago siguieron siendo altos, por lo que en este municipio tampoco hubo mejoría. (Idem)
Colección
Hacendaria
En municipios como Villa Victoria, la deuda subió 293% y los niveles de marginación siguieron siendo altos. La deuda de Zacualpan se incrementó en un 34.32% y el rezago social creció de un nivel alto a muy alto. Otros municipios que vieron crecer su deuda pública como Valle de Bravo en 1,118%, sus niveles de marginación se mantuvieron bajos, sin que se registrara una mejoría. Asimismo, en el municipio de Zinacantepec, su deuda aumentó 52.44% y la marginación se mantuvo baja, sin presentar una reducción al respecto.
26
2. La evaluación de la Fiscalización en el Estado de México 2.1. El entorno socioeconómico nacional y estatal 1996-2006 La descentralización fiscal se ha asociado con el mejoramiento del desempeño de los sectores públicos y la devolución de significativas atribuciones de la autoridad federal hacia los gobiernos estatales en materias vinculadas al bienestar social, servicios legales, vivienda y capacitación para el trabajo (Oates:1999:1120).
Por lo que el gasto federalizado ha tenido un impacto sumamente pequeño o casi nulo en lo que respecta a la reducción de la pobreza y distribución del ingreso. De ahí que durante 1996-2003, las entidades federativas hayan obtenido importantes fuentes de recursos económicos a través de las transferencias federales, pero sin que eso haya contribuido a mejorar la calidad de la aplicación del gasto.
27
Colección
Los efectos de la crisis económica de 1994-1995, generaron una caída del PIB del orden del -7% y un aumento de las tasas de interés internas, de la inflación y del desempleo. La respuesta del gobierno federal no se hizo esperar, ya que el incremento del gasto público en desarrollo social pasó del 7.1% del PIB en el periodo 19988-1994 al 8.9% entre 1995-2000 y al 10.1% entre 2001-2006 (Moreno y Ros:2009:208).
Hacendaria
La participación del Estado de México en el PIB nacional fue del 10.38% en 1996, llegando a representar en 2001 un 10.84% (Cuadro 2), lo cual representa que en cinco años solamente su aportación fue de 0.5%. Esto nos advierte que dentro del proceso de crecimiento económico de las entidades federativas, no necesariamente puede asociársele al incremento de las transferencias federales. Es decir que las principales entidades federativas ya han logrado proyectar y perfilar cierto dinamismo de la actividad comercial y manufacturera que no está asociado propiamente al crecimiento del gasto público y muchos menos del gasto federalizado.
Cuadro 2. Distribución porcentual del PIB de 6 entidades federativas a precios de 1993 del periodo 1996-2001 Distribución porcentual del PIB a precios de 1993 1996 Distrito Federal
1997
1998
1999
2000
2001
22.98
23
22.56
22.5
22.66
22.37
10.38
10.58
10.6
10.6
10.73
10.84
Nuevo León
6.44
6.58
6.7
6.82
6.88
6.87
Jalisco
6.35
6.31
6.46
6.5
6.42
6.44
Puebla
3.27
3.34
3.38
3.47
3.42
3.45
Veracruz
1.32
1.3
1.31
1.32
1.34
1.37
Estado de México
Fuente: INEGI, Sistema de Cuentas Nacionales de México. Producto Interno Bruto por Entidad Federativa 1996-2001, 2003, p.18.
Las transferencias federales (Ramo 28 y Ramo 33) que fueron canalizadas a los gobiernos locales revelaron que en 2006, representaron 9.3% del PIB, por lo que los gobiernos estatales recibieron el 7.9% y los gobiernos municipales el 1.4% del PIB. Esto significó que las transferencias federales destinadas a los estados y municipios representaran el 38.6% y 6.8% de sus ingresos tributarios totales, respectivamente. De ahí que el gobierno central proporcione a los estados el 100% de las transferencias y a los municipios el 52.7% del total. (Blöchliger y Rabesona: 2011:132).
La aplicación de los recursos federales destinados al combate a la pobreza no esta consiguiendo del todo revertir los procesos de marginalidad y exclusión, toda vez que en 2005 los municipios metropolitanos y urbanos del Estado de México ubicados dentro de los índices más bajos de marginación mantenían niveles muy similares de recaudación propia per cápita con relación a los municipios rurales que mantienen niveles medios y altos de pobreza (Cuadro 3).
Colección
Hacendaria
2.2. Evidencia empírica de los ayuntamientos metropolitanos
28
Acambay Acolman Aculco Almoloya de Alquisiras Almoloya de Juárez
Recaudación
Población 2005
propia 2006
Índice de
RecPropia/Percap
marginación 2005
2006
5,323,125
56,849
0.24845
93.63
13,708,084
77,035
-1.39083
177.94
2,407,411
40,492
0.12149
59.45
1,786,533
14,196
0.09620
125.84
15,349,751
126,163
-0.12014
121.66
Almoloya del Río
1,961,839
8,939
-1.28829
219.46
Amanalco
1,228,321
20,343
0.34982
60.38
Amatepec
0
27,026
0.48219
0
9,149,433
48,363
-1.17085
189.18
Amecameca Apaxco
8,731,750
25,738
-1.18795
339.25
Atenco
2,647,772
42,739
-1.02357
61.95
2,801,951
8,909
-1.11123
314.5
281,693,352
472,526
-1.79075
596.14 299.55
Atizapán Atizapán de Zaragoza Atlacomulco
23,314,634
77,831
-0.74031
Atlautla
4,073,551
24,110
-0.65228
168.55
Axapusco
4,949,441
21,915
-0.64423
225.84
Ayapango
1,395,538
6,361
-0.77297
219.38
Calimaya
16,914,591
38,770
-1.01136
436.28
Capulhuac Chalco Chapa de Mota Chapultepec Chiautla Chicoloapan Chiconcuac
0
30,838
-1.32456
0
60,358,495
257,403
-1.19512
234.49
1,680,771
21,746
-0.00872
77.29
4,784,010
6,581
-1.41086
726.94
5,942,000
22,664
-1.15809
262.17
28,450,380
170,035
-1.2897
167.32
1,556,901
19,656
-1.51881
79.2
Chimalhuacán
53,563,691
525,389
-1.16146
101.95
Coacalco
92,917,758
285,943
-2.09787
324.95
7,384,273
31,860
-0.05116
85.34
2,719,198
12,120
-1.33535
224.35 79.31
Coatepec Harinas Cocotitlán Coyotepec
3,120,230
39,341
-1.30885
Cuautitlán
132,194,016
110,345
-1.88118
1198
Cuautitlán Izcalli
291,357,391
498,021
-1.98107
585.03
Donato Guerra Ecatepec Ecatzingo El Oro Huehuetoca Hueypoxtla
1,329,836
29,621
0.70056
44.89
268,710,640
1,688,258
-1.60628
159.16 92.68
764,346
8,247
-0.37231
2,491,029
31,847
-0.25999
78.21
72,883,590
59,721
-1.45161
1,220.40
4,334,621
36,512
-0.82572
118.71
29
Colección
Municipio
Hacendaria
Cuadro 3. Municipios del Estado de México: Índice de marginación 2005 y recaudación propia per capita 2006 (pesos)
Municipio
Índice de
RecPropia/Percap
marginación 2005
2006
472,359,685
224,042
-1.62181
2,108.35
Isidro Fabela
2,024,291
8,788
-0.55209
230.34
Ixtapaluca
79,019,717
429,033
-1.58981
184.18
Ixtapan de la Sal
23,784,715
30,073
-0.56617
790.89
862,295
6,349
0.28610
135.81
18,666,035
126,505
-0.19367
147.55
Jaltenco
3,500,162
26,359
-1.89825
132.78
Jilotepec
12,089,461
71,624
-0.37177
168.79
Jilotzingo
5,393,426
13,825
-0.83133
390.12
Jiquipilco
2,126,625
59,969
-0.02777
35.46
Jocotitlán
5,797,854
55,403
-0.71177
104.64
Joquicingo
2,859,764
11,042
-0.49497
258.98
Juchitepec
4,164,877
21,017
-0.947
198.16
La Paz
42,021,192
232,546
-1.37835
180.7
Lerma
73,426,244
105,578
-1.24656
695.46
Ixtlahuaca
Luvianos
1,444,262
28,213
0.37083
51.19
Malinalco
7,554,845
22,970
-0.19127
328.9
Melchor Ocampo Metepec
1,331,233
37,706
-1.42138
35.3
178,251,852
206,005
-2.0003
865.27 351.79
Mexicaltzingo
3,574,582
10,161
-1.32846
Morelos
2,567,353
26,430
0.47977
97.13
284,296,682
821,442
-1.68821
346.09
Naucalpan Nextlalpan Nezahualcóyotl Nicolás Romero
0
22,507
-1.064
0
140,274,518
1,140,528
-1.7208
122.99
41,111,835
306,516
-1.42571
134.12
Nopaltepec
3,237,763
8,182
-0.7455
395.71
Ocoyoacac
15,331,931
54,224
-1.3173
282.75
748,950
26,332
-0.08239
28.44
4,965,004
29,873
-0.76538
166.2
336,445
4,748
0.2555
70.86
Ocuilan Otumba Otzoloapan
Hacendaria
Población 2005
propia 2006
Huixquilucan
Ixtapan del Oro
Colección
Recaudación
Otzolotepec
4,024,030
67,611
-0.55134
59.51
Ozumba
4,420,425
24,055
-1.05674
183.76
Papalotla
1,640,995
3,766
-1.15871
435.73
Polotitlán
3,608,111
12,319
-0.71441
292.88
Rayón
3,377,131
10,953
-1.26721
308.32
San Antonio la Isla
9,577,850
11,313
-1.31011
846.62
San Felipe del Progreso
7,826,079
100,201
0.60343
78.1
738,048
79,945
0.95542
9.23
3,826,666
21,511
-1.06693
177.89
14,866,844
66,740
-1.32269
222.75
485,660
5,408
0.0438
89.8
San José del Rincón San Martín de las Pirámides San Mateo Atenco San Simón de Guerrero
30
Población 2005
propia 2006
Índice de
RecPropia/Percap
marginación 2005
2006
897,207
8,888
-0.32555
100.94
Soyaniquilpan
2,080,193
10,719
-0.49398
194.06
Sultepec
2,140,708
24,986
0.7868
85.67
Tecámac
156,518,767
270,574
-1.67574
578.46
Tejupilco
11,920,981
62,547
-0.10132
190.59
Temamatla
3,776,968
10,135
-1.17239
372.66
Temascalapa
6,084,871
33,063
-0.88204
184.03
Temascalcingo
4,224,805
58,169
-0.09131
72.62
Temascaltepec
1,410,317
30,336
0.3447
46.48
Temoaya Tenancingo
9,895,314
77,714
0.06146
127.32
17,447,502
80,183
-0.81984
217.59 166.33
Tenango del Aire
1,568,853
9,432
-1.07973
Tenango del Valle
8,045,607
68,669
-0.90145
117.16
9,501,595
73,696
-1.45537
128.92
Teotihuacán
0
46,779
-1.25037
0
Tepetlaoxtoc
0
25,523
-1.00454
0
3,749,932
16,912
-0.8771
221.73
Tepotzotlan
85,703,036
67,724
-1.47801
1,265.47
Tequixquiac
3,887,808
31,080
-1.32053
125.09
Texcaltitlán
2,808,258
15,824
0.15367
177.46
Texcalyacac
1,238,974
4,514
-1.03478
274.47
79,354,604
209,308
-1.53521
379.12
3,112,685
25,372
-1.17346
122.68
22,184,505
64,365
-0.99221
344.66
0
14,335
-0.24083
0
Tlalmanalco
9,249,601
43,930
-1.49196
210.55
Tlalnepantla
540,863,852
683,808
-1.78496
790.95
1,476,491
33,308
0.58984
44.32
Teoloyucan
Tepetlixpa
Texcoco Tezoyuca Tianguistenco Timilpan
Tlatlaya Toluca
362,239,858
747,512
-1.64084
484.59
Tonanitla
798,236
8,081
-1.31061
98.77
Tonatico
8,121,320
10,901
-0.89093
745
Tultepec
92,228,068
110,145
-1.64216
837.33
Tultitlán
377.04
178,290,373
472,867
-1.75913
Valle de Bravo
9,959,902
52,902
-0.80669
188.27
Valle de Chalco
33,573,495
332,279
-1.23846
101.04
Villa de Allende
1,558,411
41,938
0.59297
37.15
Villa del Carbón
6,729,357
39,587
-0.05026
169.98
Villa Guerrero
5,844,332
52,090
-0.2127
112.19
Villa Victoria
1,048,279
77,819
0.83888
13.47
0
20,002
-0.87162
0
5,536,320
45,274
-1.04415
122.28
0
3,836
-0.39638
0
1,473,548
13,800
0.5889
106.77
Xalatlaco Xonacatlán Zacazonapan Zacualpan
31
Hacendaria
Santo Tomás
Recaudación
Colección
Municipio
Recaudación
Municipio
propia 2006
Población 2005
Índice de
RecPropia/Percap
marginación 2005
2006
Zinacantepec
24,267,580
136,167
-1.0045
178.21
Zumpahuacán
3,704,035
16,149
0.46475
229.36
52,507,743
127,988
-1.30069
410.25
Zumpango
Fuente: Elaboración propia con datos de: Índices de Marginación de CONAPO 2005, INEGI, II Conteo de Población y Vivienda 2005 y OSFEM, Informe de resultados de la Cuenta Pública Municipal 2007.
Esto indica que los gobiernos locales poco pueden hacer para enfrentar los procesos de depauperización que están generando las políticas económicas restrictivas, que no fomentan el incremento de los salarios y la ampliación del mercado interno. El panorama en 2010 siguió siendo desalentador para los municipios rurales o que se encuentran dentro de los niveles medios y altos de marginación, ya que la recaudación del predial per cápita no se incrementó, lo cual advierte retrocesos en la aplicación de los recursos destinados a la pobreza (Cuadro 4). Sin embargo, los municipios metropolitanos y urbanos pudieron incrementar sus niveles de recaudación del predial, lo cual tampoco resuelve la problemática hacendaria, ya que se ha podido apreciar en los informes de la revisión de la cuenta pública del Órgano Superior de Fiscalización que los niveles de deuda se han incrementado al mismo tiempo.
Cuadro 4. Municipios del Estado de México: Índice de marginación 2010 vs Recaudación Predial/Per cápita 2011 (pesos)
Colección
Hacendaria
Municipio
Índice de marginación 2010
Recaudación Predial/Per cápita 2011
Acambay
0.303
28.43
Acolman
-1.323
43.50
Aculco
0.238
54.88
Almoloya de Alquisiras
0.209
34.23
Almoloya de Juárez
-0.352
47.69
Almoloya del Río
-1.142
85.54
Amanalco
0.197
17.52
Amatepec
0.597
28.70
Amecameca
-1.161
109.24
Apaxco
-1.162
224.94
Atenco Atizapán Atizapán de Zaragoza
-1.110
41.72
-0.907
90.19
-1.798
351.09
Atlacomulco
-0.657
142.05
Atlautla
-0.504
77.68
-0.621
70.45
Axapusco
32
Ayapango
Recaudación Predial/Per cápita 2011
-0.792
49.93
Calimaya
-1.173
135.21
Capulhuac
-1.272
87.53
Chalco
-1.241
89.90
Chapa de Mota
-0.009
50.23
-1.39025
222.25
Chiautla
-1.194
107.36
Chicoloapan
-1.576
76.91
Chiconcuac
-1.358
94.39
Chapultepec
Chimalhuacán Coacalco Coatepec Harinas
-1.103
82.52
-2.050
179.49
0.00587
76.78
Cocotitlán
-1.328
90.31
Coyotepec
-1.173
54.53
Cuautitlán
-1.88
319.83
-1.941
372.02
0.9
15.11
Ecatepec
-1.618
185.92
Ecatzingo
-0.311
26.97
El Oro
-0.124
37.29
-1.45
235.36
Cuautitlán Izcalli Donato Guerra
Huehuetoca
-0.834
54.72
Huixquilucan
Hueypoxtla
-1.67
929.78
Isidro Fabela
-0.595
82.77
-1.519
65.73
Ixtapan de la Sal
-0.539
226.56
Ixtapan del Oro
0.529
34.11
-0.18
35.93
-1.84
89.36
Ixtapaluca
Ixtlahuaca Jaltenco Jilotepec
-0.332
89.25
Jilotzingo
-0.917
174.90
Jiquipilco
-0.082
0.02
Jocotitlán
-0.592
72.92
Joquicingo
-0.285
44.94
Juchitepec
-0.866
31.76
La Paz
-1.221
113.26
Lerma
-1.281
405.46
Luvianos
0.913
20.19
Malinalco
-0.155
152.92
Melchor Ocampo
-1.356
75.44
Metepec
-1.965
438.22
Mexicaltzingo
-1.423
98.05
Morelos
0.382
24.82
33
Hacendaria
Índice de marginación 2010
Colección
Municipio
Municipio
Índice de marginación 2010 -1.665
Nextlalpan
-1.117
92.34
-1.661
197.64
Nicolás Romero
427.11
-1.418
78.23
Nopaltepec
-0.706
145.35
Ocoyoacac
-1.334
103.94
Ocuilan
0.026
49.22
Otumba
-0.813
78.36
0.351
43.42
Otzolotepec
-0.538
34.92
Ozumba
-0.748
77.61
Papalotla
-1.13
188.26
Polotitlán
Otzoloapan
-0.609
138.49
Rayón
-1.252
84.22
San Antonio la Isla
-1.513
72.81
San Felipe del Progreso
0.532
14.79
San José del Rincón
0.885
12.15
San Martín de las Pirámides
-1.15
65.09
San Mateo Atenco
-1.336
108.50
San Simón de Guerrero
0.147
29.67
Santo Tomás Soyaniquilpan
-0.2
57.72
-0.314
97.90
Sultepec
1.019
37.98
Tecámac
-1.767
131.43
Tejupilco
0.107
72.26
Temamatla
-1.154
93.08
Temascalapa
-0.87
84.89
Temascalcingo
0.102
23.33
Temascaltepec
0.234
18.90
-0.111
33.68
Temoaya Tenancingo Tenango del Aire
Hacendaria
cápita 2011
Naucalpan
Nezahualcóyotl
Colección
Recaudación Predial/Per
-0.695
78.64
-1.116
84.59
Tenango del Valle
-0.753
42.61
Teoloyucan
-1.456
124.48
Teotihuacán
-1.298
110.89
Tepetlaoxtoc
-1.08
83.60
Tepetlixpa
-0.740
86.14
Tepotzotlan
-1.381
542.26
Tequixquiac
-1.305
48.71
Texcaltitlán
0.206
71.25
Texcalyacac
-0.882
40.56
Texcoco
-1.476
180.92
Tezoyuca
-1.005
91.96
34
Municipio
Índice de marginación 2010
Recaudación Predial/Per cápita 2011
Tianguistenco
-0.886
Timilpan
-0.255
66.00
Tlalmanalco
-1.429
100.20
Tlalnepantla
-1.788
502.29
Tlatlaya Toluca
126.92
0.72
11.57
-1.604
350.27
Tonanitla
-1.159
74.16
Tonatico
-0.766
146.74 186.22
Tultepec
-1.577
Tultitlán
-1.720
161.62
Valle de Bravo
-0.779
654.77
Valle de Chalco
-1.225
55.96
Villa de Allende
0.543
12.81
Villa del Carbón
-0.061
44.69
Villa Guerrero
-0.152
77.37
Villa Victoria
0.792
20.93
-0.683
41.68
Xalatlaco Xonacatlán Zacazonapan
-1.147
42.53
-0.365
142.24
Zacualpan
0.972
39.31
Zinacantepec
-1.044
70.27
Zumpahuacán
0.509
42.56
Zumpango
-1.277
169.66
35
Colección
La evidencia nos señala que los municipios metropolitanos están endeudándose vertiginosamente. De los 66 municipios que tienen registrada su deuda ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público no hay restricciones para acceder al financiamiento público o privado. Para 2010, los municipios con menores niveles de marginación han apostado por la contratación de empréstitos, lo cual podría comprometer su salud financiera en el mediano y largo plazo (Cuadro 5). Llama la atención que algunos municipios que presentan altos rangos de marginación cuenten con elevados niveles de deuda per cápita y esto advierte que se estarían comprometiendo los recursos del Ramo 28. Dicho sea el caso, amerita una revisión, ya que tendrían que destinarse a actividades productivas que generen su revolvencia y pronto pago con los acreedores.
Hacendaria
Fuente: Elaboración propia con datos de: Índices de Marginación de CONAPO 2010, INEGI, Censo de Población y Vivienda 2010 y OSFEM, Informe de resultados de la Cuenta Pública Municipal 2011.
Cuadro 5. Relación Índice de marginación 2010 y la deuda per cápita de los municipios del Estado de México Municipio
Deuda per cápita
58.5
Cocotitlán
65.8
-1.328
Mexicaltzingo
68.3
-1.423
-1.429
-1.252
Rayón de Santa María
70.5
Apaxco
72.6
-1.162
Tenango del Valle
83.3
-0.753
Tenancingo
91.2
-0.695
93
-1.661
102
-1.519
111
0.147
Ixtapaluca San Simón de Guerrero Valle de Chalco
114
-1.225
Acolman
115
-1.323
San Felipe del Progreso
117
0.532
Juchitepec
119
-0.866
Chimalhuacán
120.4
-1.103
Ozumba
128.6
-0.748
San José del Rincón Villa del Carbón
130.27
0.885
131.4
-0.061
Huehuetoca
132
-1.45
San Mateo Atenco
132
-1.336
Tultepec
150
-1.577
Joquicingo
187
-0.285
Xonacatlán
207
-1.147
Teoloyucan
210
-1.456
Villa Guerrero
210
-0.152
Jilotepec
228
-0.332
259.3
-1.044
Zinacantepec Tultitlán
Hacendaria
2010
Tlalmanalco
Nezahualcóyotl
Colección
Índice de marginación
municipal 2010
266
-1.720
Chapa de Mota
272.2
-0.009
Tepetlixpa
272.8
-0.740
Tenango del Aire
283
-1.116
Teotihuacán
309
-1.298
317
-1.604 -1.005
Toluca Tezoyuca
318
Cuautitlán México
352
-1.88
Coyotepec
356
-1.173
Lerma Chiautla Chalco Atlacomulco
36
357
-1.281
362.7
-1.194
379
-1.241
380.93
-0.657
Municipio
Deuda per cápita
Índice de marginación
municipal 2010
Valle de Bravo
2010 402
-0.779
Acambay
421.9
0.303
Ecatepec de Morelos
425.5
-1.618
427
-0.706
Nopaltepec
433
0.72
Texcaltitlán
Tlatlaya
448.5
0.206
Cuautitlán Izcalli
462.5
-1.941
469
-1.965
El Oro
484.8
-0.124
Chicoloapan
498.7
-1.576
Metepec
Amatepec
516
0.597
Coatepec Harinas
541
0.00587 -1.665
Naucalpan
582.5
Capulhuac
595
-1.272
Tianguistenco
670
-0.886
Nicolás Romero Ocuilán
704.5
-1.418
770
0.026 -1.788
Tlalnepantla
778
Tepozotlán
884
-1.381
Atizapán de Zaragoza
902
-1.798
1,002.0
-1.277
Zumpango Sultepec
1,115
1.019
Zacualpan
1,137
0.972
Coacalco
1,169.80
-2.050
Melchor Ocampo
1,305
-1.356
Huixquilucan
2,079
-1.67
Colección
Hacendaria
Fuente: Elaboración propia con datos de: Índices de Marginación de CONAPO 2010, INEGI, Censo de Población y Vivienda 2010 y SHCP-Unidad de Coordinación con Entidades Federativas, Deuda Contratada por los Municipios con la Banca Comercial, de Desarrollo y Emisiones Bursátiles. Saldos al 31 de Diciembre de 2010 por Entidad Federativa y Municipio.
37
2.3. Evidencia empírica de los ayuntamientos rurales La aplicación de los recursos del Ramo 33 y su impacto en el combate a la pobreza y marginalidad nos indica la generación de resultados poco efectivos que se han producido a lo largo del tiempo, toda vez que han sido distribuidos a los 125 municipios del Estado de México en un lapso de 10 años montos muy considerables. Entre 2000-2010, la reducción de los grados de marginación en los 125 ayuntamientos ha sido lenta en la mayor parte de los casos, pero no deja de llamar la atención que en ocho municipios se mantengan niveles altos de marginación en las mediciones que ha hecho la CONAPO en 2000, 2005 y 2010 (Amatepec, Donato Guerra, Ixtapan del Oro, Villa de Allende, Villa Victoria, Luvianos, San Felipe del Progreso y San José del Rincón), asimismo en dos municipios se ha incrementado la marginalidad de alta a muy alta (Sultepec y Zacualpan) y dos municipios donde ha habido efectos rebote, donde la marginalidad en algún periodo se encuentra en niveles bajos pero se incrementa a niveles medios de marginación (Jocotitlán y Polotitlán) (ANEXO I).
2.4. La brecha de capacidades institucionales en materia hacendaria y control en el Estado de México
Colección
Hacendaria
Hasta antes de la entrada en vigor de la Ley General de Contabilidad Gubernamental el 31 de diciembre de 2008, la publicación de las cuentas públicas municipales en el Estado de México entre 1998-2005 se habían manejado dentro de importantes márgenes de opacidad que dificultaba su escrutinio público y sobre todo que los resultados de la hacienda pública local eran prácticamente desconocidos por la sociedad. El manejo de la deuda pública municipal, la aplicación de los recursos del Ramo 28 y 33, así como la aplicación del gasto corriente hacía muy complicado realizar una evaluación del desempeño hacendario dada la falta de transparencia y acceso a la información pública local. A decir de un analista, los problemas que enfrentan los ayuntamientos del país para homologar la contabilidad gubernamental tiene que ver con la constante entrada y salida de funcionarios municipales cuyas actividades se encuentran relacionadas con el proceso de armonización contable, toda vez que los cambios en los ayuntamientos provocadas con el proceso de alternancia política provoca que “la curva de aprendizaje e implementación de las nuevas medidas contables se atrasen todavía más”5. 5. En la opinión de Marco Cancino, Director General de Inteligencia Pública, el reemplazo de plazas administrativas dificulta que los ayuntamientos puedan cumplir con los plazos establecidos en la Ley General de Contabilidad Gubernamental que estableció como fecha límite el 1 de enero de 2013. Véase la nota “Inician 875 alcaldías contabilidad desde cero”, Diario Reforma, Sección Negocios, 28 de septiembre de 2012, plana principal.
38
Lo anterior advierte la importancia de que cada entidad federativa cuente con leyes de servicio profesional de los servidores, que fortalezca las capacidades institucionales de los ayuntamientos en las áreas administrativas más importantes. Uno de los obstáculos técnicos del proceso de descentralización que inicio en 1983 en México ha sido las asimetrías de capacidades institucionales que existen en los ayuntamientos de México, en lo que refiere a la actualización de los registros públicos locales y de los catastros de los municipios. Al revisar la reforma constitucional de fecha 27 de diciembre de 2013 donde se adiciona una fracción XXIX-R al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con relación a la facultad que tiene el Congreso de la Unión para expedir la ley general de los registros públicos inmobiliarios de las entidades federativas y de los catastros municipales se observan las siguientes cuestiones: 1. Esta decisión puede promover reglas uniformes para la organización y funcionamiento de los registros públicos inmobiliarios de las entidades federativas y de los catastros municipales, que enfrentan mayores dificultades para atender su modernización y actualización;
Dado que la organización y funcionamiento de los registros públicos inmobiliarios y, particularmente, de los catastros municipales, se encuentran dentro de la organización de la administración pública municipal, pudiera considerarse que hay una invasión de facultades dentro de la propia Constitución, razón por la cual pudiera devenir que algún gobierno estatal o municipal interpongan alguna controversia constitucional, ya que el inciso a) fracción IV del artículo 115 Constitucional dispone que:
39
Colección
“Los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley. Los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal”.
Hacendaria
2. Se aprecia un fortalecimiento del centralismo administrativo, ya que los gobiernos municipales pierden autonomía para definir sus propias reglas de operación de los catastros municipales, toda vez que el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala en su fracción II lo siguiente:
“Los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor, y en todo caso: a) Percibirán las contribuciones, incluyendo tasas adicionales, que establezcan los Estados sobre la propiedad inmobiliaria, de su fraccionamiento, división, consolidación, traslación y mejora así como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles”. Dado que los ayuntamientos tienen la facultad de determinar las contribuciones que las legislaturas establezcan sobre la propiedad inmobiliaria, destaca que la imposición de las tasas y valores está estrechamente vinculada con las actividades de índole técnico del catastro municipal, por lo que el regularlas desde una disposición de carácter general, tendría que considerar toda una serie de particularidades jurídicas, técnicas y administrativas que ya se observan en cada entidad federativa.
Colección
Hacendaria
Por ello, esta reforma constitucional busca entre otras cosas, modificar la manera de operar de los registros públicos de las entidades federativas, por medio de la homologación de sus operaciones, procesos y sistemas, cuya opinión de algunos especialistas, es “el establecer procedimientos únicos entre los registros públicos de propiedad en todo el país y reducir los tiempos y los trámites para la inscripción de propiedades”6, lo cual podría incrementar la recaudación del impuesto predial, al hacer más eficiente el cobro del mismo, el cual ronda en el 0.3% del PIB dentro de los países que integran la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Por último, el artículo Segundo Transitorio de la Reforma Constitucional al artículo 73 en donde se adiciona una fracción XXIX-R, establece que el Congreso de la Unión expedirá la Ley General en un plazo no mayor a 180 días (6 meses) a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, por lo que se solicitará previamente la opinión a las entidades federativas. Habría que esperar de acuerdo al Tercero Transitorio que las legislaturas locales adecuen sus legislaciones correspondientes, una vez que el apruebe el Congreso de la Unión en un plazo no mayor a 60 días a partir de la entrada en vigor de dicha ley.
6. De acuerdo a Oscar de los Reyes, “la tendencia a nivel internacional es establecer cambios para establecer registros públicos de comercio y propiedad únicos, que fomenten la confianza, la inversión y la competitividad”. Véase la nota “Recaudarían más por predial”, Diario Reforma, Sección Negocios, 20 de septiembre del 2013, p. 7.
40
2.5. El papel de las agencias federales y estatales en el fortalecimiento hacendario municipal Como se recordará, el sistema tributario mexicano enfrenta una debilidad estructural para acrecentar los ingresos fiscales en los tres órdenes de gobierno dado que la economía mexicana ha sido incapaz de generar el crecimiento sostenido y por ende el incremento de la capacidad adquisitiva de la población. La política fiscal adoptada desde 1983 ha conseguido retraer la expansión de la inversión y ahorro del aparato productivo en su conjunto, lo cual ha dejado sentir sus efectos negativos en el ámbito local, ya que los gobiernos municipales ante la debilidad de sus haciendas se han visto presionadas para incrementar el tamaño de sus deudas a lo largo de los últimos años. A finales del 2010, los 52 municipios del Estado de México inscritos en las estadísticas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, generaron una deuda de 4,784 millones de pesos, lo cual representó el 15% del total de ese año, superando a los ayuntamientos de Jalisco, cuya deuda ascendió a 4,701 millones de pesos.7 Poco han podido hacer las agencias federales y estatales encargadas de apoyar las capacidades hacendarias de todos los municipios del país, como el Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas (INDETEC), toda vez que la preocupación se ha centrado en robustecer a los ayuntamientos con mayores fortalezas institucionales, pero sin que exista un proyecto descentralizador innovador que posibilite la redistribución de competencias hacendarias. No deja de haber recomiendaciones sobre una mayor regulación y supervisión de la deuda pública local, lo cual sin duda tiene que atender lo dispuesto por el artículo 117 fracción VIII segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que señala claramente:
VIII. Contraer directa o indirectamente obligaciones o empréstitos con gobiernos de otras naciones, con sociedades o particulares extranjeros, o cuando deban pagarse en moneda extranjera o fuera del territorio nacional.
Hacendaria
Los Estados y los Municipios no podrán contraer obligaciones o empréstitos sino cuando se destinen a inversiones públicas productivas, inclusive los que contraigan organismos
Colección
Artículo 117.- Los Estados no pueden, en ningún caso: […]
7. Véase la nota “Alcaldías deben en total $31,788 millones”, El Economista, 3 de febrero del 2011, p. 27.
41
descentralizados y empresas públicas, conforme a las bases que establezcan las legislaturas en una ley y por los conceptos y hasta por los montos que las mismas fijen anualmente en los respectivos presupuestos. Los Ejecutivos informarán de su ejercicio al rendir la cuenta pública;
Colección
Hacendaria
El Consejo de Estabilidad del Sistema Financiero creado en julio de 2009 por recomendación del G20 a raíz de la crisis financiera internacional, en su primer informe de actividades “estableció que, a pesar de que el endeudamiento de los gobiernos locales no representa un problema importante, por el momento, para el sistema financiero del país, es necesario generar los incentivos adecuados para mejorar la transparencia y propiciar políticas fiscales prudentes por parte de las entidades y alcaldías”.8
8 . “Deuda de estados preocupa al Consejo de Estabilidad”, El Economista”, 5 abril de 2011, p. 6.
42
3. Áreas y acciones de mejora 3.1. Propuestas de reforma a la Ley Orgánica Municipal, a la Ley de Planeación del Estado de México y su Reglamento, y a la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de México Una de las principales acciones que en su momento fue motivo de participación comunitaria fue la que se desplegó dentro de los Comités de Desarrollo Municipal (CODEMUN), a los cuales acudían representantes de las localidades y pueblos con mayores niveles de rezago social.
En ese sentido, los ciudadanos al no contar con información sobre el impacto del los recursos del Ramo 33, difícilmente pueden tener certeza de los efectos diferenciados de la aplicación de los mismos, en el combate a la pobreza y la marginación. De ahí que se requiere modificar la forma en cómo se evalúa, fiscaliza y monitorea los indicadores de cumplimiento de la Cartera de Proyectos de Alto Impacto.
43
Colección
Es difícil determinar el cumplimiento o no de las obras y acciones que dentro de la cartera de proyectos de alto impacto y compromisos gubernamentales se hayan comprometido recursos del Ramo 33 o de los fondos estatales y municipales. Si bien en la cuenta pública municipal se tendría que visualizar a detalle la revisión del cumplimiento de las obras y acciones del Ramo, no se ha precisado en leyes y reglamentos en materia de control y evaluaciones de que las auditorías a los programas deben estar enfocadas al cumplimiento de los resultados mediante indicadores verificables y reales.
Hacendaria
Cabe apuntar que en el Plan de Desarrollo Municipal no se ha logrado establecer mecanismos de evaluación y rendición de cuentas que verdaderamente confirmen los impactos sociales obtenidos, en razón de que los indicadores de pobreza reflejen los efectos de la aplicación de los recursos federales y estatales a los cuales fueron asignados.
No es común el que constantemente se diga que los presidentes municipales proceden con criterios políticos y personales para llevar a cabo la aplicación de los recursos del Ramo 33 sobre todo aquellos que les son transferidos para obra pública, haciendo a un lado lo previsto en el artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal que establece que los recursos del Fondo de Aportaciones para Infraestructura Social tienen que aplicarse a las localidades con alto o muy alto nivel de rezago social. Esto no es nuevo, ya que en la opinión de la Secretaria de Desarrollo Social, “los recursos que se les transfieren a los estados y a los municipios, el Fondo de Aportaciones a la Infraestructura Social queda a juicio de los presidentes municipales, y muchas veces no se destinan a atender las necesidades básicas de los propios municipios”.9 La Ley Orgánica Municipal del Estado de México, establece en el artículo 31 fracción XXI, que los ayuntamientos tiene como atribución la de formular, aprobar y ejecutar los planes de desarrollo municipal y los programas correspondientes. Se destaca que dentro del proceso de formulación del Plan de Desarrollo Municipal existe como obligación de ley, realizar una consulta ciudadana, en donde los ayuntamientos proveerán lo necesario para su realización.
Colección
Hacendaria
Como lo señala el artículo 122 de la Ley Orgánica Municipal, el Plan de Desarrollo y los programas que de éste se deriven serán obligatorios para las entidades públicas de carácter municipal, por lo que los planes y programas podrán ser modificados o suspendidos siguiendo el mismo procedimiento para su elaboración, aprobación y publicación cuando lo demande el interés social o lo requieran las circunstancias de tipo técnico o económico. Resulta destacable que sería fundamental dejar claro en la Ley Orgánica Municipal que sólo se tendrán como válidos los dictámenes de reconducción y actualización del Plan de Desarrollo Municipal siempre y cuando se haya realizado una consulta popular, previa la aprobación y publicación de la convocatoria por parte del ayuntamiento en su carácter de cuerpo colegiado, así como su difusión en la Gaceta Municipal. En la actualidad, los dictámenes de reconducción y actualización cuando se realizan suelen ser trabajos de gabinete, los cuales no pasan por la discusión pública ni mucho menos se conocen sus alcances y repercusiones sociales. Por ello es importante que el propio Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México pudiera establecer el formato de dictamen de Reconducción y actualización del Plan de Desarrollo Municipal. 9. Así quedó consignada la opinión de la Secretaria de Desarrollo Social, en la Revista México Social, Enero de 2014, Año 3, No. 42, p.58.
44
Por ende sería necesaria la modificación del artículo 48 fracción XVII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México para que los ayuntamientos tuvieran como atribución la implantación de indicadores de desempeño para la cartera de proyectos de alto impacto, así como su transparencia y publicitación. Para ampliar el número de actores dentro de las tareas para coadyuvar en el cumplimiento eficaz de los planes y programas municipales, se estima necesario ampliar las atribuciones de la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal a efecto de que en la fracción I del artículo 83 de la Ley Orgánica Municipal, no solamente proponga al ayuntamiento los mecanismos, instrumentos o acciones para la formulación, control y evaluación del Plan de Desarrollo Municipal, donde se incluya la Cartera de Proyecto de Alto Impacto. De igual manera en las funciones del Director de Obras establecidas en el artículo 96 Bis fracción VIII, que son las de vigilar la construcción en las obras por contrato y por administración que hayan sido adjudicadas a los contratistas, además de las establecidas en el Cartera de Proyectos de Alto Impacto. Asimismo, el artículo 118 de la Ley Orgánica Municipal deberá dejar establecido que el Plan de Desarrollo Municipal, contendrá la Cartera de Proyectos de Alto Impacto, velando en todo momento se le dé el debido cumplimiento.
45
Colección
Tendría que establecerse en el artículo 19 fracciones I y IX de la Ley de Planeación del Estado de México que las autoridades locales tienen como competencia elaborar, aprobar, ejecutar, dar seguimiento, evaluar y controlar el Plan de Desarrollo Municipal, sus programas y la Cartera de Proyectos de Alto Impacto, así como cumplir con el Plan Nacional de Desarrollo, el Plan de Desarrollo del Estado de México, el Plan de Desarrollo Municipal, los programas que de éstos se deriven y la Cartera de Proyectos de Alto Impacto y acciones sociales relevantes.
Hacendaria
Precisamente, los municipios tanto urbanos como rurales que tengan escasas capacidades institucionales para conformar su Cartera de Proyectos de Alto Impacto y un catálogo con las acciones sociales relevantes, se recomienda que sea el Instituto Hacendario del Estado de México quién provea de la asistencia técnica a los servidores públicos municipales, ya que es el órgano técnico que opera, desarrolla y actualiza el Sistema de Coordinación Hacendaria del Estado de México.
Para empatar los preceptos establecidos en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el artículo 20 fracción III de la Ley de Planeación menciona que compete a las Unidades de Información, Planeación y Presupuestación de las dependencias, organismos y entidades estatales y a las unidades administrativas o de los servidores públicos de los municipios, por lo que también tienen que coadyuvar en la elaboración del presupuesto por programas, del presupuesto con base en resultados (PbR), en concordancia con la estrategia contenida en el plan de desarrollo en la materia de su competencia. En el pasado reciente, se ha podido visualizar en los informes de revisión de la cuenta pública municipal del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, que existen subejercicios en la aplicación del Ramo 33, lo cual no abona al cumplimiento de los PbR´s, e imposibilita atender los problemas de marginación y pobreza. Asimismo, en la fracción VII de dicho artículo las Unidades de Información les compete no solamente cumplir con el Plan Nacional de Desarrollo, el Plan de Desarrollo del Estado de México, el Plan de Desarrollo Municipal y los programas que de éstos deriven, sino también con la Cartera de Proyectos de Alto Impacto y acciones sociales relevantes. Además se propone recorrer una fracción IX para que quede establecido que corresponde a la Unidad de Información, Planeación y Programación y Evaluación la elaboración y presentación al ayuntamiento de los dictámenes de reconducción y actualización para su aprobación.
Hacendaria
El Registro Estatal de Planes y Programas administrado por la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México tendría que publicitar el cumplimiento de la Cartera de Proyectos de Alto Impacto y los compromisos gubernamentales que cada ayuntamiento asume desde el inicio de la administración local.
Colección
Por otro lado, para que pueda iniciarse el procedimiento administrativo que motive la suspensión de un ayuntamiento o de alguno de los miembros por incurrir en la ejecución de planes y programas distintos a los aprobados, tal como lo prevé la fracción I del artículo 44 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, se requiere que cualquier ciudadano pudiera acreditar el incumplimiento de las acciones, documentándolo mediante los medios que prevé el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Es importante que esto se realice ya que se tendría una base de certeza con relación al avance físico y financiero de cada obra financiada con recursos federales y estatales.
46
En este aspecto, tendría que iniciarse, previa auditoria de desempeño, el procedimiento de responsabilidades disciplinarias y resarcitorias a los servidores públicos municipales tanto de elección popular como de designación por parte del Poder Legislativo del Estado de México y de la Auditoría Superior de la Federación.
3.2. Definición de acciones en materia de transparencia, rendición de cuentas y combate a la corrupción en los gobiernos estatales y municipales La conformación de Órganos Internos de Control con mayor margen autonomía y sin una injerencia directa del Presidente Municipal, sin duda fortalecerá una de las áreas administrativas más importantes de la Administración Pública Municipal, ya que ante los requisitos de designación del Contralor Municipal cuya obligación es tener la certificación de competencias laborales por parte del Instituto Hacendario del Estado de México, al final de cuentas la remoción del mismo compete al Presidente Municipal, lo cual puede nulificar el trabajo de los contralores municipales que quieran efectivamente sancionar las conductas o hechos ilegales de los miembros de la administración municipal.
47
Colección
Cabe recordar que tanto el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (INFOEM) como las contralorías municipales tienen un papel importante en temas relacionados con la transparencia y el acceso a la información, ya que el INFOEM recibe los recursos de inconformidad de los peticionarios, y los contralores municipales participan en los comités de información, lo cual torna complicado que ante las negativas de información en que pudieran incurrir los sujetos habilitados o por parte de los propios titulares de los ayuntamientos, el INFOEM no le queda más
Hacendaria
En la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios no aparecen como órganos competentes para su aplicación tanto el Instituto de Información del Estado de México como las contralorías municipales, lo cual abre una serie de incentivos para que las autoridades estatales y municipales sigan moviéndose en las sombras de la impunidad y opacidad. En el artículo 3 fracción V de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, únicamente está reservada dicha competencia a los ayuntamientos y a los Presidentes Municipales, por lo que la imposición de sanciones por parte de las contralorías municipales formalmente no existe en la Ley.
injerencia que turnar los asuntos para la posible la aplicación de sanciones por responsabilidad administrativa a los servidores públicos municipales de elección popular a la Junta de Coordinación Política de la Legislatura, cuyos proyectos de resolución son elaborados por la Contraloría del Poder Legislativo del Estado de México. La imposición de sanciones al resto de los servidores públicos por designación corresponde a la Contraloría Interna Municipal cuando se le asigna esa facultad por el Ayuntamiento de su adscripción, a través de un reglamento o acuerdo que esté publicado en la Gaceta Oficial de la Localidad.10 Ni siquiera el artículo 112 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México otorga a las contralorías municipales la posibilidad de instaurar y emitir resoluciones de sanciones, por lo que se requiere de acuerdo a un criterio jurisprudencial del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de México que dicha facultad le sea legalmente al Contralor Municipal ya sea a través de la Ley Orgánica Municipal y que haya sido debidamente aprobado por el ayuntamiento y publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado o en la Gaceta Municipal. Por tanto se requiere un andamiaje jurídico institucional acorde con las mejores prácticas internacionales que vaya en sintonía con el perfeccionamiento del Estado democrático, social y de derecho al que aspiramos todos. En la actualidad, el marco normativo que se tiene va en contra de la lógica de la rendición de cuentas y el respeto al Estado de Derecho. Como la rendición de cuentas no es un principio jurídico plasmado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no hay manera que los servidores públicos sientan la presión de la ciudadanía.
Colección
Hacendaria
En materia de control y evaluación se estima que se les asigne la competencia de aplicar de manera directa en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios y se les asigne dicha función en la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, además de las siguientes facultades, como son: I.- Presentar un programa anual de auditoría al Ayuntamiento reunido en sesión de Cabildo; II.- Participar en los comités de obra y de adquisiciones de bienes y servicios; 10. La denominada Jurisprudencia 155 emitida por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de México establece lo siguiente: “CONTRALORES MUNICIPALES. SÓLO PUEDEN APLICAR SANCIONES POR RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA, SI SE LES ASIGNA LEGALMENTE ESTA FACULTAD.- Los Órganos de Control Interno o Contralorías de los Ayuntamientos son competentes para identificar y determinar las responsabilidades administrativas en que incurran los servidores públicos municipales, con excepción de los que sean de elección popular, por lo que están facultados para instaurar y tramitar el procedimiento administrativo correspondiente, a efecto de que el Ayuntamiento o el Presidente Municipal aplique las sanciones que procedan, conforme a los artículos 44, 47, 52, 53, 59 y 60 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios y 112 de la Ley Orgánica Municipal de la Entidad. […]”.
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III.- Solicitar auditorías externas a los órganos de fiscalización de carácter estatal y federal; IV.-
Proponer sistemas de control y evaluación a la administración pública municipal que ayuden a combatir la corrupción;
V.-
Los informes de las auditorías de obras públicas, las evaluaciones administrativas y financieras elaborados por el contralor municipal, deberán ser presentados a los miembros del cabildo, para que se instrumenten las medidas para implementar acciones de control y disciplinarias.
En la estructura organizacional del ayuntamiento, en lo que se refiere a la contraloría municipal es fundamental que su ubicación sea al más alto nivel, por lo que debe gozar de autonomía, incluyendo también a las Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación (UIPPE). Cada año, el contralor debe presentar ante las autoridades municipales el programa anual de auditoría y dar a conocer sus resultados y hacer el seguimiento de los mismos.
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Colección
La visión normativa en boga, señala que el mejor desempeño que debe una contraloría municipal es trabajar “a favor de un mejor sistema gubernamental y que lleve a cabo una rendición de cuentas con transparencia, al diseño de parámetros administrativos y operativos, y a una mejor interacción y vinculación con la ciudadanía” (Secretaría de la Función PúblicaICMA:2003:11). Las mejores prácticas de control municipal deben ser instrumentadas a la brevedad posible, ya que los titulares de estas dependencias tienen una responsabilidad social y administrativa crucial en el manejo de los recursos públicos. Por eso, es necesario que sean designados por concurso a los miembros de las contralorías municipales, a fin de que la administración pública conquiste la credibilidad y legitimidad perdidas durante las últimas décadas.
Hacendaria
El control de la gestión municipal consiste “no sólo en vigilar la ejecución de las acciones sino también hacer coincidente el plan originalmente trazado con el desempeño general de la administración municipal, así como evaluar los resultados cuantitativos y cualitativos alcanzados”. (BANOBRAS-INAP: 1997:51) Al participar en el proceso de evaluación del Plan de Desarrollo Municipal (PDM), se tienen que verificar los resultados alcanzados realizados al interior de las dependencias municipales y de la Cartera de Proyectos de Alto Impacto.
En el objetivo 2: Fortalecer el presupuesto basado en resultados de la APF, incluyendo el gasto federalizado del Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018 que es de carácter transversal, el cual se deriva del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, se establece la facultad que tiene la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de ejecutar para coordinar la estrategia 2.4 Mejorar la calidad del gasto federalizado con base en los preceptos del Sistema de Evaluación del Desempeño, particularmente en la línea de acción 4.3 Coadyuvar en la implementación y consolidación del modelo PbR-SED en las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal (Cuadro 6), cuyas líneas de acción se detallan a continuación:
Cuadro 6. Estrategia 2.4 Mejorar la calidad del gasto federalizado con base en los preceptos del SED Lineas de acción
Tipos de linea de acción
Dependencia encargada del seguimiento
2.4.1 Mejorar la calidad y transparencia de la información reportada sobre el ejercicio, destino y resultados de los recursos federales transferidos.
Coordinación de la estrategia
SHCP
2.4.2 Identificar y transparentar ASM en la aplicación del gasto federalizado.
General
SHCP
2.4.3 Coadyuvar en la implementación y consolidación del modelo PbRSED en las entidades federativas, m u n i c i p i o s y d e m a rc a c i o n e s territoriales del Distrito Federal.
Coordinación de la estrategia
SHCP
2.4.4 Promover la complementariedad de programas presupuestarios federales, a partir del análisis de los padrones de beneficiarios de los diferentes órdenes de gobierno integrados en el SIIPP-G.
Coordinación de la estrategia
SFP
Colección
Hacendaria
Fuente: Decreto por el que se aprueba el Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 20132018, publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 30 de agosto de 2013.
Por ende los gobiernos municipales tienen que estar muy atentos en fortalecer en la planeación, programación, presupuesto, ejercicio y control, seguimiento, evaluación y rendición de cuentas, a través del uso de la información de desempeño para la toma de decisiones, a fin de contribuir a la consolidación de un gobierno productivo y eficaz en el logro de sus objetivos, sobre todo en la instrumentación de los programas basados en resultados y en el Sistema de Evaluación del Desempeño.
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Como se recordará el Sistema de Evaluación de Desempeño permite la valoración objetiva del desempeño de los programas y las políticas públicas a través de la verificación del cumplimiento de metas y objetivos con base en indicadores estratégicos y de gestión para: Conocer los resultados del ejercicio de los recursos y el impacto social de los programas; identificar la eficacia, eficiencia, economía y calidad del gasto; y mejorar la calidad del gasto mediante una mayor productividad y eficiencia de los procesos gubernamentales. Por tanto, si los ayuntamientos no instrumentan el Sistema de Evaluación del Desempeño del Gasto Federalizado, difícilmente podrán instrumentar políticas y acciones eficaces y eficientes para la atención de los problemas de marginación y exclusión social. Los recursos del Ramo 33, al estar enmarcados dentro de un Presupuesto basado en Resultados permitirán que los recursos públicos se asignen prioritariamente a los programas que generan más beneficios a la población y que se corrija el diseño de aquéllos que no están funcionando correctamente. Un presupuesto con enfoque en el logro de resultados consiste en que los órganos públicos establezcan de manera puntual los objetivos que se alcanzarán con los recursos que se asignen a sus respectivos programas y que el grado de consecución de dichos objetivos pueda ser efectivamente confirmado. Presupuestar con base en resultados promueve la eficiencia, eficacia y economía en la asignación de recursos. De esta manera se busca que el presupuesto no sea manejado como un vehículo de asignación de recursos y control de gasto exclusivamente, sino como una herramienta para aumentar la eficiencia operativa y la efectividad del gasto público, con el propósito de conseguir mayor impacto en la aplicación del gasto público en beneficio del país, y como una respuesta a la demanda de impulsar el desarrollo nacional, en un contexto de escasez de recursos y de condiciones adversas de la economía mundial.
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Colección
Las reformas constitucionales del 10 de junio de 2011 en materia de derechos humanos, obligan al estado mexicano en sus tres órdenes de gobierno, a dar cumplimiento a los tratados internacionales vinculados a esta materia, y que por su transcendencia deben observarse en la instrumentación de los planes y programas de gobierno. En este sentido, es fundamental que los gobiernos estatales y los ayuntamientos, por ejemplo, atiendan con eficacia y eficiencia el cumplimiento de la agenda urbana establecida en la fracción III del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Hacendaria
3.3. Hacia una nueva agenda social
Mexicanos, así como verificar el cumplimiento de tratados internacionales ratificados por el Senado, susceptibles de ser exigidos e invocados por las personas mediante la aplicación de medios de control de convencionalidad difuso por parte de jueces y magistrados federales. La instrumentación de una política social compleja sin duda va más allá de las acciones asistencialistas y focalizadas que se instrumentan en el marco del combate a la pobreza alimentaria. El reconocimiento y cumplimiento de los derechos y garantías sociales por parte de las autoridades estatales y municipales, ya no admite demora, dado que la precariedad del empleo y el avance de la urbanización de la pobreza, requiere de políticas de estado de corto, mediano y largo alcance.
Colección
Hacendaria
Los derechos sociales están comprendidos dentro de los derechos humanos, por lo que las políticas sociales deben tener un carácter universal. Por ejemplo, en los artículos 3 y 4 de la Constitución de la República están comprendidos alrededor de derechos humanos, entre los que encontramos el derecho universal a la educación, el derecho a la alimentación, el derecho a la salud, el derecho a un medio ambiente adecuado, el derecho a la vivienda, el derecho de los menores, el derecho a la cultura y el derecho a la cultura física. En cada uno de estos apartados, México ha ratificado tratados y convenciones internacionales que garantizan el goce de estos derechos. Hacerlos valer, constituiría la posibilidad de construir un verdadero estado de bienestar, pero si es necesario que las políticas económicas, fiscales y monetarias, así como de competencia económica, estén orientadas al fortalecimiento del aparato productivo y del empleo, para que de esta manera, las personas que se encuentran en situación de pobreza y marginalidad, salgan de su condición de vulnerabilidad en el menor tiempo posible. Las estrategias y acciones encaminadas a enfrentar la pobreza, la marginación y la exclusión social, deben centrarse en el desarrollo de las capacidades de las personas, pues de ello depende lo que puedan hacer y la calidad de vida que puedan tener (Di Castro: 2012: 48) considerando los aspectos señalados.
3.4. Condiciones para construir ciudadanía desde lo local Un gobierno socialmente responsable y solidario debe colocar como objetivo central, elevar la calidad de vida de las personas. En este sentido, debe existir una coordinación multinivel entre el gobierno estatal y los ayuntamientos, dado que la pobreza, la marginación y la exclusión son fenómenos multifactoriales y multidimensionales.
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No hay que perder de vista que la calidad de la democracia, a su vez está relacionada con “las distintas dimensiones del criterio de igualdad o de la justicia social” (Puhle: 2002:24), y la eficacia del régimen político, en cuanto a su capacidad para modelar una institucionalidad democrática. Todo proceso de consolidación democrática entraña irremediablemente la transformación de los viejos equilibrios políticos e institucionales por nuevas reglas del juego democrático. Los actores y los protagonistas del cambio político deben respetar y comprometerse con el cumplimiento de una agenda mínima para el estado de derecho democrático, la cual si bien no es definitiva, pasa por los siguientes aspectos (Puhle: 2002:24): 1. El derecho de ciudadanía con alto grado de inclusión; 2. Elecciones libres, honestas (free and fair), efectivas, competitivas; 3. La libertad de asociación y de información; 4. El gobierno exclusivo por representantes electos, responsables y controlables; 5. El reconocimiento de los derechos humanos y cívicos; 6. Las garantías del estado de derecho en el interés (y como protección) de los ciudadanos. La construcción de políticas sociales locales requiere el reconocimiento de esta agenda, pero además, de un arreglo político institucional para que los presupuestos puedan incorporar criterios universales, de transversalidad y de género. Y en este sentido, la administración pública debe estar preparada para atender en tiempo real fenómenos como la exclusión social y la pobreza, ya que es de carácter estructural, de naturaleza multifactorial, local, dinámico y politizable (Véase Cuadro I).
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Los gobiernos locales para ser eficaces tienen que identificar con claridad y puntualidad la problemática social que afecta la calidad de vida de las personas. Las prioridades sociales tienen que ser atendidas con los recursos humanos y económicos disponibles. Un gobierno eficaz es aquel que no incurre en subejercicios o sobreejercicios del gasto. Por ende, las capacidades humanas y técnicas han de concretarse mediante la contratación de buenos planeadores y ejecutores de obras y de excelentes prestadores de servicios públicos, donde los rendimientos sociales puedan medirse en función de programas basados en resultados. De ahí que un gobierno eficaz garantiza el cumplimiento de los planes y programas e informa a la gente cómo son invertidos sus impuestos.
Hacendaria
3.5. Agenda de Acciones para un Gobierno Solidario
Un gobierno eficaz busca potencializar las vocaciones productivas de las ciudades, buscando la sustentabilidad medioambiental con una equilibrada planeación urbana y del territorio, en coordinación con los gobiernos municipales quienes de acuerdo de conformidad con la fracción V del artículo 115 Constitucional tienen facultades para la formulación y administración de los planes de desarrollo urbano, intervienen en la formulación de planes de desarrollo regional, en autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, intervención en la regularización de la tenencia de la tierra urbana, otorgar licencias y permisos para construcciones y la creación y administración de zonas de reserva ecológica. Un gobierno capaz es aquel que destina más de la mitad de su presupuesto en obras públicas, en la habilitación de servicios públicos de calidad como sanidad y espacios deportivos, construcción de escuelas y bibliotecas, rescate de espacios recreativos, programas contra el desempleo de los jóvenes y grupos vulnerables, transporte público para discapacitados y personas de la tercera edad. Es aquel que construye esquemas simples para la elaboración de presupuestos participativos. Rinde cuentas, se somete al escrutinio público, fomenta la participación ciudadana, es transparente y no es opaco. En el ámbito local se ocupa por mejorar la calidad de los servicios públicos, a través de un benchmarking público que busque alcanzar objetivos sociales verdaderamente relevantes a lo largo del tiempo. Un gobierno eficaz por definición no es corrupto, ya que entienden que deben compartir responsabilidades con otros municipios, por lo que deben crear instancias de coordinación y acción metropolitana.
Colección
Hacendaria
Ceden parcelas de poder cuando está en juego el interés general. Reconocen que es mejor la unión de esfuerzos que el aplauso fácil. Se esfuerza por resolver en tiempo real el problema de la recolección de basura, la inseguridad en las calles, el equipamiento urbano. Un gobierno eficaz procura garantizar los derechos sociales de las personas. Un gobierno apto se ocupa por construir agendas sociales complejas para una sociedad compleja y en constante cambio. No es rehén de los grupos de interés local. Se construye con la mayoría de las personas. Por eso, los recursos del Ramo 33 que reciben los municipios año tras año no logran revertir las condiciones permanentes de marginación y pobreza de las comunidades y demarcaciones, ya que no se va más allá de la simple provisión de bienes y servicios públicos.
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Un gobierno eficiente no necesita recurrir a mecanismos corporativos ni clientelares. Se ocupa por afianzar los valores colectivos como la responsabilidad, la honradez y la solidaridad con los más vulnerables. Un gobierno local tiene que promover dentro de su demarcación esquemas de descentralización de decisiones en favor de los pueblos, barrios, colonias. Los gobiernos municipales pueden dar lugar a la creación de un cuarto orden de gobierno en las comunidades y demarcaciones donde la población tiene mayor conocimiento de los problemas que la aquejan. En síntesis, es menester señalar que la construcción de un gobierno solidario precisa de cuando menos tres componentes sustanciales. En primer lugar, es fundamental el cumplimiento de los derechos de las personas establecidas en la Constitución Federal y en el conjunto de convenciones y tratados internacionales ratificados por México en materia de derechos humanos, medio ambiente, asuntos laborales, alimentación, educación y salud. En segundo lugar, es valioso apuntar que los derechos sociales de las personas consagrados como derechos humanos son susceptibles de ser exigibles mediante los mecanismos de control de convencionalidad, de ahí que sea necesario instrumentar políticas sociales de mediano y largo plazo.
Colección
Por último, pero no menos importante, será reconfigurar el papel de las ciudades como generadoras de crecimiento económico, creación de empleos y democratización de la productividad. Sin duda, será fundamental que las políticas económicas, fiscales y monetarias, junto con las de competencia económica, generen las condiciones de crecimiento endógeno, para que en el menor tiempo posible las personas en situación de pobreza y exclusión puedan salir de ellas más rápidamente.
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En tercer lugar, la reducción de la pobreza y la exclusión, deben ser enfrentadas con políticas sociales complejas que trasciendan la agenda urbana establecida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para el caso de los municipios, donde se involucre a las autoridades estatales en los asuntos relacionados con las políticas sociales urbanas, en donde no se apliquen de manera aislada y descoordinada los recursos del Ramo 33.
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Cuadro 7. Componentes de la exclusión social en el ámbito local Fenómeno estructural
-Aumento de las desigualdades sociales; -La aparición de una nueva escisión social en términos de dentro/fuera; -Fractura del tejido social; -Ruptura de coordenadas básicas de integración;
Fenómeno dinámico
-Afectan de forma cambiante a personas y colectivos; -Es un proceso –o conjunto de procesos- de una situación estable; -El riesgo de ruptura familiar en un contexto de cambio en las relaciones de género; -El riesgo de descalificación en un marco de cambio tecnológico acelerado; -El riesgo de precariedad e infrasalarización en un contexto de cambio en la naturaleza del vínculo laboral; -Las fronteras de exclusión son móviles y fluidas; -Los factores de riesgo que aumentan la vulnerabilidad de grupos o personas son cambiantes;
-La exclusión difícilmente admite definiciones segmentadas. Señalan los autores, una sencilla explotación de las estadísticas nos muestra las altísimas correlaciones entre, por ejemplo: -Fracaso escolar; -Precariedad laboral; -Desprotección social; Fenómeno multifactorial y -Monoparentalidad; multidimensional -Género, menor participación de las mujeres en la vida pública; -Barrios guetizados, infravivienda, segregación étnica, pobreza y sobreincidencia de enfermedades; -La marginación, como temática de agenda pública, requiere abordajes integrales en su definición, y horizontales o transversales en sus procesos de gestión;
Fenómeno politizable
-La exclusión no está inscrita de forma fatalista en el destino de ninguna sociedad, como no lo está ningún tipo de desigualdad o marginación; -Al contrario, la exclusión es susceptible de ser abordada desde los valores, la acción colectiva, la práctica institucional y las políticas públicas; -Los colectivos marginados no conforman ningún sujeto homologo y articulado de cambio histórico, visible y con capacidad de superación de la exclusión. De ahí que sea mucho más complicado generar procesos de movilización y definir una praxis superadora de la exclusión.
Colección
Hacendaria
Fuente: Elaborado con base en: Brugué, Quim, Ricard Goma y Joan Subirats, “De la pobreza a la exclusión social. Nuevos retos para las políticas públicas” en Revista Internacional de Sociología, Tercera Época, No. 33, septiembre-diciembre, 2002.
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Conclusiones La alternancia política cuya aparición data desde finales de los años noventa en el Estado de México, no ha producido un incremento de la capacidad de respuesta de las autoridades locales para enfrentar y atender la delicada y compleja agenda social de los últimos tiempos. Podría afirmarse que la calidad de la democracia representativa se encuentra severamente cuestionada por la sociedad en su conjunto, dado que las instituciones encargadas de controlar, vigilar y evaluar la aplicación de los recursos públicos, no han logrado reducir las áreas de opacidad y de riesgo en la administración municipal.
En los últimos años, la sociedad ha visto cómo aquellos aspectos más reprobables de diversas manifestaciones de corrupción, falta de responsabilidad pública, se han apoderado de los espacios de representación pública, lo cual no abona al fortalecimiento de la democracia representativa, ya que la alternancia electoral no ha significado la materialización de mejores resultados sociales.
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Colección
En la actualidad, las instituciones federales, estatales y municipales tienen como obligación vigilar que los recursos públicos se utilicen con honradez, eficacia y eficiencia, sin embargo, diversos actores políticos que en su momento han sido sancionados por haber cometido daños al patrimonio público, siguen ostentando cargos de representación popular, lo cual ha generado una institucionalización de abusos y omisiones de los gobernantes locales, siendo este asunto un elemento que favorece la impunidad y la corrupción política.
Hacendaria
Durante el comienzo del segundo decenio del siglo XXI, en el Estado de México no hay un conjunto coherente de reglas que posibiliten que los sistemas de fiscalización y los mecanismos bajo los cuales opera el acceso a la información pública gubernamental, estén entrelazados con los mecanismos efectivos de rendición de cuentas, tan básicos en una democracia funcional, lo cual vuelve, por decir lo menos, inoperante el sistema de rendición de cuentas y de responsabilidades administrativas, lo cual a su vez desincentiva el uso correcto del gasto de inversión, generando elevados costos sociales en detrimento del crecimiento y desarrollo económicos regionales.
Por esto se tiene la percepción de que las necesidades más sentidas e inmediatas de la población son relegadas a un segundo término, creando condiciones de anomía y apatía de amplios sectores de la población, dando paso a una ciudadanía de nula intensidad. La ausencia de una activa sociedad civil que sea capaz de monitorear, de evaluar y exigir resultados producto del ejercicio del poder público, ha extendido un cheque en blanco a la clase gobernante para obtener grandes rentas, utilizando el erario como fuente de acumulación privada. Vivimos dentro de un sistema político que administra la alternancia electoral solamente para repartir espacios de poder, en vez de abocarse a construir los incentivos institucionales que posibiliten crear espacios de vida digna y así reactivar el desarrollo económico y el bienestar colectivo. Debe darse paso a una efectiva y eficaz fiscalización de los recursos públicos y hacer a un lado la fiscalización “a la carta” o “de pantalla,” ya que está condenada al fracaso y de paso obstaculizará la construcción de una nueva fiscalidad que posibilite romper con la debilidad hacendaria, si dentro del sistema político se sigan manteniendo intactos los incentivos negativos que favorecen la exacción de recursos y la expoliación de la riqueza social.
Colección
Hacendaria
Los sistemas de rendición de cuentas, la fiscalización y la transparencia caminan cada uno por su lado, lo cual debilita la institucionalidad y la aplicación del Estado de Derecho. Los pactos de no agresión que existen entre las clases gobernantes de los tres órdenes de gobierno, no ha permitido cambios de fondo en el andamiaje jurídico-institucional que posibilite que los servidores públicos de elección popular puedan imponérseles sanciones administrativas por daño al patrimonio y hacienda pública sin posibilidad de que vuelvan a ocupar otros cargos y puestos en la administración pública del país. Por esta y otras razones, la fiscalización superior federal y estatal tienen enormes desafíos y retos que atender, ya que ante el retroceso que México registra en una década en el Índice de Percepción de la Corrupción de Transparencia Internacional, tienen que transformarse radicalmente la forma y alcances sobre las cuales se evalúa, controla y fiscaliza el gasto público local. De ahí que sea fundamental construir pesos y contrapesos al interior del ayuntamiento para que las autoridades municipales encargadas de fiscalizar y vigilar los recursos del Ramo 33 como es el caso del contralor interno, sean personas designadas mediante concurso abierto y ratificadas por el cabildo. De ahí que podamos entender cómo las decisiones de los actores
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políticos que administran los asuntos hacendarios, afectan el desarrollo económico y social local. La descentralización fiscal de México de los años noventa del siglo XX, que impulsara la conformación del Ramo 33 en 1997, junto con el ascenso de nuevas fuerzas políticas a los gobiernos locales, no posibilitó una transformación estructural de las condiciones materiales de vida, dadas las restricciones de las políticas fiscales y monetarias, así como la falta de capacidad instalada en los ayuntamientos para eficientar y transparentar el manejo los recursos federales. Detrás de lo anterior se encuentran los subejercicios de los recursos federales y la no aplicación correcta de los mismos, lo cual sigue siendo una problemática con implicaciones verdaderamente sociales que ameritan una revisión profunda de las capacidades humanas y técnicas así como una decisión política compartida por todos los actores gubernamentales y políticos a efecto de garantizar el pleno fortalecimiento del orden municipal de gobierno.
Colección
Hacendaria
La ausencia de políticas y acciones administrativas y de estado vinculadas y dirigidas hacia el orden local de gobierno, ha debilitando el tamaño e impacto de la inversión pública de los ayuntamientos, por lo que es fundamental que las herramientas como los presupuestos basados en resultados, las auditorías de desempeño y la evaluación ciudadana, así como una nueva institucionalidad tienen que conducir la política general de desarrollo regional y de bienestar colectivo.
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Fuentes de información ASF (2013), Diagnóstico sobre la opacidad en el gasto federalizado, México ASF (2010) Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública Federal 2010 con relación a la Auditoría de desempeño practicada a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el rubro Deuda estatal y municipal dentro de la Auditoría Especial: 10-0-06100-06-0989 www.asf.gob.mx/Trans/IR2010i/Grupos/Gobierno/2010_0989.pdf Consultada el 20 de junio de 2014. BANOBRAS-INAP Control de Gestión Municipal, serie Manuales de Administración y Organización Municipal, No.9, México, Mexico, 1997. BLÖCHLIGER, Hansjörg y Josette Rabesona, “La Autonomía Fiscal de los Gobiernos Subcentrales: Una Actualización”, en Trimestre Fiscal, No. 97, Abril-Junio de 2011, pp.115-140. BRUGUÉ, Quim, Ricard Goma y Joan Subirats, “De la pobreza a la exclusión social. Nuevos retos para las políticas públicas” en Revista Internacional de Sociología, Tercera Época, no. 33, septiembre-diciembre, 2002, pp.7-45. CONAPO, Índices de Marginación 2000. Índices de Marginación, 2005. Índices de Marginación, 2010. Control de Gestión Municipal, serie Manuales de Administración y Organización Municipal, No. 9, México, Banobras-INAP, 1997.
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Hacendaria
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Colección
Legislación
Hacendaria
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Anexo 1 Grados de marginación de los municipios del Estado de México 2000, 2005 y 2010.
Colección
Hacendaria
No.
Municipio
Grado de
Grado de
Grado de marginación
Marginación 2000
Marginación 2005
2010
1
Acambay
Alto
Alto
Medio
2
Acolman
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
3
Aculco
Alto
Alto
Medio
4
Almoloya de Alquisiras
Alto
Alto
Medio
5
Almoloya de Juárez
Alto
Medio
Medio
6
Almoloya del Río
Bajo
Muy bajo
Bajo
7
Amanalco
Alto
Alto
Medio
8
Amatepec
Alto
Alto
Alto
9
Amecameca
Bajo
Bajo
Bajo
10
Apaxco
Bajo
Bajo
Bajo
11
Atenco
Alto
Bajo
Bajo
12
Atizapán
Alto
Bajo
Bajo
13
Atizapán de Zaragoza
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
14
Atlacomulco
Medio
Bajo
Medio
15
Atlautla
Medio
Bajo
Medio
16
Axapusco
Medio
Medio
Medio Bajo
17
Ayapango
Bajo
Bajo
18
Calimaya
Bajo
Bajo
Bajo
19
Capulhuac
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
20
Chalco
Bajo
Bajo
Bajo
21
Chapa de Mota
Alto
Alto
Medio
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
Bajo
Bajo
Bajo
22
Chapultepec
23
Chiautla
24
Chicoloapan
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
Bajo
Bajo
Bajo
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
Alto
Alto
Medio
25
Chiconcuac
26
Chimalhuacán
27
Coacalco
28
Coatepec Harinas
29
Cocotitlán
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
30
Coyotepec
Bajo
Muy bajo
Bajo
62
Grado de
Grado de
Grado de marginación
Marginación 2000
Marginación 2005
2010
31
Cuautitlán
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
32
Cuautitlán Izcalli
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
33
Donato Guerra
Alto
Alto
Alto
34
Ecatepec
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
35
Ecatzingo
Medio
Medio
Medio
36
El Oro
Medio
Medio
Medio Muy bajo
37
Huehuetoca
Muy bajo
Muy bajo
38
Hueypoxtla
Bajo
Bajo
Bajo
39
Huixquilucan
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
40
Isidro Fabela
41
Ixtapaluca
Medio
Medio
Medio
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo Medio
42
Ixtapan de la Sal
Medio
Medio
43
Ixtapan del Oro
Alto
Alto
Alto
44
Ixtlahuaca
Alto
Medio
Medio
45
Jaltenco
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
46
Jilotepec
Medio
Medio
Medio
47
Jilotzingo
Bajo
Bajo
Bajo
48
Jiquipilco
Alto
Alto
Medio
49
Jocotitlán
Medio
Bajo
Medio
50
Joquicingo
Medio
Medio
Medio
51
Juchitepec
Bajo
Bajo
Bajo
52
La Paz
Muy bajo
Muy bajo
Bajo Muy bajo
53
Lerma
Bajo
Muy bajo
54
Luvianos
ND
Alto
Alto
55
Malinalco
Medio
Medio
Medio
56
Melchor Ocampo
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
57
Metepec
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
58
Mexicaltzingo
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
59
Morelos
Alto
Alto
Medio
60
Naucalpan
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
61
Nezahualcóyotl
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
62
Nextlalpan
63
Nicolás Romero
Bajo
Bajo
Bajo
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
64
Nopaltepec
Medio
Bajo
Bajo
65
Ocoyoacac
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo Medio
66
Ocuilan
Alto
Medio
67
Otumba
Medio
Bajo
Bajo
68
Otzoloapan
Alto
Alto
Medio
69
Otzolotepec
Medio
Medio
Medio
70
Ozumba
Bajo
Bajo
Bajo
71
Papalotla
Bajo
Bajo
Bajo
72
Polotitlán
73
Rayón
Bajo
Bajo
Medio
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
63
Hacendaria
Municipio
Colección
No.
No.
Colección
Hacendaria
74
Municipio San Antonio la Isla
Grado de
Grado de
Marginación 2000
Marginación 2005
Grado de marginación 2010
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
75
San Felipe del Progreso
Alto
Alto
Alto
76
San José del Rincón
ND
Alto
Alto
77
San Martín de las Pirámides
Bajo
Bajo
Bajo
78
San Mateo Atenco
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
79
San Simón de Guerrero
Alto
Alto
Medio
80
Santo Tomás
Alto
Medio
Medio
81
Soyaniquilpan
Medio
Medio
Medio
82
Sultepec
Alto
Alto
Muy alto
83
Tecámac
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
84
Tejupilco
Alto
Medio
Medio
85
Temamatla
Bajo
Bajo
Bajo
86
Temascalapa
Bajo
Bajo
Bajo
87
Temascalcingo
Alto
Medio
Medio
88
Temascaltepec
Alto
Alto
Medio
89
Temoaya
Alto
Alto
Medio
90
Tenancingo
Bajo
Bajo
Medio
91
Tenango del Aire
Bajo
Bajo
Bajo
92
Tenango del Valle
Bajo
Bajo
Bajo
93
Teoloyucan
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
94
Teotihuacán
Bajo
Muy bajo
Muy bajo
95
Tepetlaoxtoc
Bajo
Bajo
Bajo
96
Tepetlixpa
Bajo
Bajo
Bajo
97
Tepotzotlan
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
98
Tequixquiac
Bajo
Muy bajo
Muy bajo
99
Texcaltitlán
Alto
Alto
Medio
100
Texcalyacac
Bajo
Bajo
Bajo
101
Texcoco
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
Bajo
Bajo
Bajo
Bajo
Bajo
Medio
Medio
Medio
102
Tezoyuca
103
Tianguistenco
104
Timilpan
105
Tlalmanalco
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
106
Tlalnepantla
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
107
Tlatlaya
Alto
Alto
Alto
108
Toluca
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
109
Tonanitla
ND
ND
Bajo
110
Tonatico
Bajo
Bajo
Bajo
111
Tultepec
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
112
Tultitlán
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
113
Valle de Bravo
Bajo
Bajo
Bajo
114
Valle de Chalco
Bajo
Muy bajo
Bajo
64
No.
Municipio
Grado de
Grado de
Grado de marginación
Marginación 2000
Marginación 2005
2010
115
Villa de Allende
Alto
Alto
Alto
116
Villa del Carbón
Alto
Medio
Medio
117
Villa Guerrero
Medio
Medio
Medio
118
Villa Victoria
Muy alto
Alto
Alto
119
Xalatlaco
Bajo
Bajo
Medio
120
Xonacatlán
121
Zacazonapan
Bajo
Bajo
Bajo
Medio
Medio
Medio
122
Zacualpan
Alto
Alto
Muy alto
123
Zinacantepec
Bajo
Bajo
Bajo
124
Zumpahuacán
Alto
Alto
Alto
125
Zumpango
Muy bajo
Muy bajo
Muy bajo
Fuentes: CONAPO, Índices de Marginación 2000, 2005 y 2010.
Anexo 2
2
Acolman
3
68,206.10
75,879.10
30.73
45.44
Alto
2010
Índice de rezago social
2005
Índice de rezago social
%
Incremento de
aportaciones 2007-2011
%
Incremento de
aportaciones 2007-2010
2011
Aportaciones federales
2010
Aportaciones federales
2007
52,169.54
Medio
Muy
Muy
bajo
bajo
31,134.79
41,555.60
45,528.30
33.46
46.22
Aculco
34,267.93
45,104
50,043.80
31.62
46.03
Alto
Medio
4
Almoloya de Alquisiras
14,586.40
18,819.70
21,012.90
29.02
44.05
Alto
Medio
5
Almoloya de Juárez
123,641.10
159,095.20
177,926.00
28.67
43.9
Medio
Medio
6
Almoloya del Río
4,159.3
5,568.60
6,106.00
33.88
46.8
Muy bajo
Bajo
7
Amanalco
24,537.5
31,627.90
35,400.20
28.89
44.26
Alto
8
Amatepec
28,617.8
36,801.80
39,802.50
28.59
39.08
Alto
Alto
9
Amecameca
24,113
32,265.80
35,439.10
33.81
46.96
Bajo
Bajo
10
Apaxco
11,287
15,007
16,481.60
32.95
46.02
Bajo
Bajo
11
Atenco
18,234
24,391.60
26,729.60
33.76
46.59
Bajo
Bajo
12
Atizapán
4,094.70
5,436.20
5,976.90
32.76
45.96
Bajo
Bajo
13
Atizapán de Zaragoza
186,656.10
247,265.20
271,392.50
65
32.47
45.39
Medio
Muy
Muy
bajo
bajo
Hacendaria
Acambay
Colección
1
Aportaciones federales
No.
Municipio
Incremento de aportaciones federales 2007-2011 y grados de marginación de los municipios del Estado de México 2005 y 2010.
2010
Índice de rezago social
2005
Índice de rezago social
%
Incremento de
aportaciones 2007-2011
%
Incremento de
aportaciones 2007-2010
2011
Aportaciones federales
2010
Aportaciones federales
45,910.70
60,830
67,135.70
32.42
46.23
Bajo
Medio
Atlautla
17,856.80
23,626.80
26,141.90
32.31
46.39
Bajo
Medio
16
Axapusco
12,092.70
18,138.84
17,671.30
49.99
46.13
Medio
Medio
17
Ayapango
3,476.60
4,608.40
5,080.60
32.55
46.13
Bajo
Bajo
18
Calimaya
23,193.20
30,435.50
33,662.30
31.22
45.13
Bajo
Bajo
19
Capulhuac
14,930.80
13,455.80
21,736.10
20
Chalco
119,367.30
159,336.50
21
Chapa de Mota
19,320.80
25,303.40
22
Chapultepec
3,124.20
23
Chiautla
9,309.60
24
Chicoloapan
25
Chiconcuac
26
Chimalhuacán
28
Coacalco Coatepec Harinas
33.48
43.88
Bajo
Bajo
28,172.00
30.96
45.81
Alto
Medio
4,085.70
4,392.60
30.77
40.59
12,413.90
13,606.50
33.34
46.15
60,529.70
80,588.40
88,174.70
33.13
45.67
8,754.10
11,655.30
12,798.00
33.14
46.19
239,520.90
320,956.60
351,854.30
33.99
46.89
99,407.10
226,570.40
144,022.60
127.92
44.88
32,855.90
42,262.40
47,281.70
28.62
43.9
6,826.10
7,488.70
33.20
46.13
30
Coyotepec
18,362.30
20,883.50
26,803.20
13.73
45.96
31
Cuautitlán
39,321
52,047.90
57,043.80
32.36
45.07
183,925.70
243,012
266,646.80
32.12
44.97
36,458
46,908.60
51,401.40
28.66
40.98
33
Donato Guerra
34
Ecatepec
35
Ecatzingo
36
El Oro
37
bajo
171,745.90
5,124.40
Izcalli
Muy
bajo
45.57
Cocotitlán
Cuautitlán
Muy
-9.87
29
32
Hacendaria
2007
Atlacomulco
15
27
Colección
Aportaciones federales
Municipio
No. 14
663,653.30
882,424.30
967,393.40
32.96
45.76
Muy
Muy
bajo
bajo
Bajo
Bajo
Muy
Muy
bajo
bajo
Muy
Muy
bajo
bajo
Bajo
Bajo
Muy
Muy
bajo
bajo
Alto
Medio
Muy
Muy
bajo
bajo
Muy bajo
Bajo
Muy
Muy
bajo
bajo
Muy
Muy
bajo
bajo
Alto
Alto
Muy
Muy
bajo
bajo
8,282.60
9,556.70
10,627.70
15.38
28.31
Medio
Medio
29,453.30
38,194
40,291.80
29.67
36.79
Medio
Medio
Huehuetoca
23,415.20
30,933
33,975.80
32.10
45.1
38
Hueypoxtla
21,955.66
29,007.40
32,049.60
32.11
45.97
39
Huixquilucan
89,484.80
118,259.10
129,918.10
32.15
45.18
40
Isidro Fabela
5,930.10
7,793.50
8,309.10
31.42
40.11
66
Muy
Muy
bajo
bajo
Bajo
Bajo
Muy
Muy
bajo
bajo
Medio
Medio
la Sal
43
Ixtapan del Oro
44
Ixtlahuaca
45
Jaltenco
46 47 48
241,036.90
40.44
45.67
19,628.20
26,984.80
28,661.90
37.47
46.02
2010
Índice de rezago social
2005
Índice de rezago social
%
Incremento de
aportaciones 2007-2011
%
Incremento de
aportaciones 2007-2010
2011
Aportaciones federales
2010
Aportaciones federales
2007
232,375.90
Muy
Muy
bajo
bajo
Medio
Medio
7,280.70
9,382.20
10,499.30
28.86
44.2
Alto
Alto
107,804.40
140,468.40
156,333.20
30.29
45.01
Medio
Medio
9,966
7,932.70
15,023.30
-20.40
50.74
Jilotepec
45,792.90
60,738.30
67,066.80
33.63
Jilotzingo
6,620.50
8,889.70
9,743.10
34.27
Jiquipilco
55,855.90
72,675.10
80,974.30
Muy
Muy
bajo
bajo
46.45
Medio
Medio
47.16
Bajo
Bajo
30.11
44.97
Alto
Medio
49
Jocotitlán
32,598
43,278.70
47,735.00
32.76
46.43
Bajo
Medio
50
Joquicingo
7,419.50
9,846.20
10,879.00
32.70
46.62
Medio
Medio
51
Juchitepec
11,150.90
14,805
16,308.20
32.76
46.25
Bajo
Bajo
Muy
52
La Paz
98,132.40
130,838.40
143,487.20
33.32
46.21
53
Lerma
52,888.30
69,757.40
76,977.30
45.54
45.54
54
Luvianos
27,307.90
35,422.90
39,508.30
29.71
44.67
Alto
Alto
55
Malinalco
18,605.50
24,145.30
26,882.70
29.77
44.48
Medio
Medio
15,920.80
20,883.80
23,278.80
31.17
46.21
78,088.70
103,218.60
113,299.70
32.18
45.09
4,571.60
6,072.40
6,286.40
32.82
37.5
25,951.60
33,921.10
37,759.90
30.70
45.5
56
Melchor Ocampo
57
Metepec
58
Mexicaltzingo
59
Morelos
60
Naucalpan
327,162.90
436,441
460,666.80
33.40
40.8
61
Nezahualcóyotl
441,748.80
586,901.60
643,403.50
32.85
45.64
62
Nextlalpan
10,304.60
13,714.50
15,068.40
33.09
46.22
63
Nicolás Romero
64
Nopaltepec
65
Ocoyoacac
130,354.40
173,030.00
189,024.00
32.73
45
4,380.10
5,782.10
6,400.70
32.00
46.13
24,428.90
29,920
35,576.90
22.47
45.63
bajo
Bajo
Muy
Muy
bajo
bajo
Muy
Muy
bajo
bajo
Muy
Muy
bajo
bajo
Muy
Muy
bajo
bajo
Alto
Medio
Muy
Muy
bajo
bajo
Muy
Muy
bajo
bajo
Bajo
Bajo
Muy
Muy
bajo
bajo
Bajo
Bajo
Muy
Muy
bajo
bajo Medio
66
Ocuilan
26,314.10
34,187.70
38,127.50
29.92
44.89
Medio
67
Otumba
18,896.90
25,222.10
27,774.40
33.47
46.97
Bajo
Bajo
68
Otzoloapan
5,382.70
6,927.90
7,754.30
28.70
44.05
Alto
Medio
69
Otzolotepec
35,570.60
47,067.70
51,960.40
32.32
46.07
Medio
Medio
67
Hacendaria
Ixtapan de
165,459.20
Colección
42
Ixtapaluca
Aportaciones federales
Municipio
No. 41
2010
Índice de rezago social
2005
Índice de rezago social
%
Incremento de
aportaciones 2007-2011
%
Incremento de
aportaciones 2007-2010
2011
Aportaciones federales
2010
Aportaciones federales
13,142.00
17,594.50
19,342.70
33.87
47.18
Bajo
Papalotla
1,612.80
2,382.20
4,054.00
47.70
151.36
Bajo
Bajo
72
Polotitlán
6,584
8,744.90
9,632.20
32.82
46.29
Bajo
Medio
73
Rayón
4,978.60
6,606.10
7,263.20
32.68
45.88
5,575.70
7,432.30
8,169.10
33.29
46.51
117,248.10
162,050.20
168,993.20
38.21
92,508.50
145,666.00
133,374.70
10,074.70
13,396.60
29,642.70
75
76
77
78
79
Hacendaria
2007
Ozumba
71
74
Colección
Aportaciones federales
Municipio
No. 70
San Antonio la Isla San Felipe del Progreso San José del Rincón San Martín de las Pirámides San Mateo Atenco San Simón de Guerrero
80
Santo Tomás
81
Soyaniquilpan
82
Sultepec
Bajo
Muy
Muy
bajo
bajo
Muy
Muy
bajo
bajo
44.13
Alto
Alto
57.46
44.17
Alto
Alto
14,724.90
32.97
46.15
Bajo
Bajo
39,236
43,395.40
32.36
46.39
6,009.90
6,708
7,370.10
11.61
9,337.00
12,042.30
13,464.60
8,263
10,766.10
11,972.20
40,898.20
51,775.90
58,357.30
26.59
Muy
Muy
bajo
bajo
22.63
Alto
Medio
28.97
44.2
Medio
Medio
30.29
44.88
Medio
Medio
42.68
Alto Muy
Muy alto Muy
83
Tecámac
105,359.90
139,670.30
153,222.60
32.56
45.42
bajo
bajo
84
Tejupilco
60,703
78,740.30
87,823.70
29.71
44.67
Medio
Medio Bajo
85
Temamatla
86
Temascalapa
87
Temascalcingo
4,220.10
5,616.50
6,160.90
33.08
45.98
Bajo
17,728.90
23,428.10
25,846.70
32.14
45.78
Bajo
Bajo
54,844.60
71,570
79,674.10
30.49
45.27
Medio
Medio
88
Temascaltepec
36,164.30
48,568.80
52,007.90
34.30
43.81
Alto
Medio
89
Temoaya
64,729.40
85,043.40
94,411.30
31.38
45.85
Alto
Medio
90
Tenancingo
43,925.20
56,992.70
63,929.40
29.74
45.54
Bajo
Medio
4,160
5,556.60
6,094.40
33.57
46.5
Bajo
Bajo
38,582.70
51,559.20
53,945.20
33.63
39.81
Bajo
Bajo
91
92
Tenango del Aire Tenango del Valle
Muy
Muy
bajo
bajo
93
Teoloyucan
31,843.60
42,161.30
46,598.10
32.40
46.33
94
Teotihuacán
19,863.60
26,392.60
28,973.10
32.86
45.86
95
Tepetlaoxtoc
12,838.70
16,976.90
18,713.20
32.23
45.75
Bajo
Bajo
96
Tepetlixpa
13,936.50
18,200.40
20,236.20
30.59
45.2
Bajo
Bajo
68
Muy
Muy
bajo
bajo
39,539.00
43,208.90
33.13
45.49
98
Tequixquiac
15,030.10
19,865.40
21,884.40
32.17
45.6
2010
Índice de rezago social
2005
Muy
Muy
bajo
bajo
Muy
Muy
bajo
bajo
99
Texcaltitlán
17,115.80
31,208.60
24,705.90
82.33
44.34
Alto
Medio
100
Texcalyacac
2,436.50
3,208.80
3,544.20
31.69
45.46
Bajo
Bajo
101
Texcoco
93,634.60
124,419.20
134,458.30
32.87
43.59
Muy
Muy
bajo
bajo Bajo
102
Tezoyuca
10,717.90
14,219.60
15,618.10
32.67
45.71
Bajo
103
Tianguistenco
31,553.30
42,040.20
46,220.10
33.23
46.48
Bajo
Bajo
104
Timilpan
11,726.10
15,372.00
17,071.70
31.09
45.58
Medio
Medio
105
Tlalmanalco
19,238.80
25,560.30
28,077.40
32.85
45.94
106
Tlalnepantla
269,836.80
409,465.00
391,466.10
51.74
45.07
107
Tlatlaya
40,861.70
51,475.90
58,685.50
25.97
43.61
108
Toluca
109 110
86.57
45.68
Muy
Muy
bajo
bajo
Muy
Muy
bajo
bajo
Alto
Alto
Muy
Muy
bajo
bajo
328,343.00
612,613.80
478,349.90
Tonanitla
3,306.40
4,375.20
4,806.90
32.32
45.38
ND
Bajo
Tonatico
6,993.70
9,136.90
10,133.20
30.64
44.89
Bajo
Bajo
111
Tultepec
44,339.70
41,331.60
49,299.40
-6.78
11.18
112
Tultitlán
178,691.50
163,562.00
170,540.80
-8.46
-4.56
113
Valle de Bravo
37,308.30
47,894.00
54,070.70
28.37
44.92
Muy
Muy
bajo
bajo
Muy
Muy
bajo
bajo
Bajo
Bajo
Muy
114
Valle de Chalco
148,561.80
198,513.00
217,726.60
33.62
46.55
115
Villa de Allende
52,028.30
66,615.20
74,735.10
28.03
43.64
Alto
Alto
116
Villa del Carbón
31,494.70
41,125.50
45,722.10
30.57
45.17
Medio
Medio
117
Villa Guerrero
37,132.90
49,272.00
54,445.80
32.69
46.62
Medio
Medio
118
Villa Victoria
74,936.10
97,644.20
108,726.90
30.30
45.09
Alto
Alto
119
Xalatlaco
11,610
15,386.60
16,973.90
32.52
46.2
Bajo
Medio
120
Xonacatlán
22,716.60
30,089.10
33,144.30
32.45
45.9
Bajo
Bajo
121
Zacazonapan
2,549.50
3,354.90
3,714.70
31.59
45.7
Medio
Medio
122
Zacualpan
16,550.30
21,298.40
23,847.10
28.68
44.08
Alto
123
Zinacantepec
77,630.40
129,213.10
113,045.00
66.44
45.61
Bajo
69
bajo
Bajo
Muy alto Bajo
Hacendaria
29,697.40
Colección
Tepotzotlan
Índice de rezago social
%
Incremento de
aportaciones 2007-2011
%
Incremento de
aportaciones 2007-2010
2011
Aportaciones federales
2010
Aportaciones federales
2007
Aportaciones federales
Municipio
No. 97
Zumpahuacán
17,099.50
22,177.50
24,755.30
29.69
44.77
125
Zumpango
52,388.90
69,506.90
76,307.30
32.67
45.65
6,748,409.52
9,188,198.04
9,683,678.30
36.15
43.49
Total
Alto
2010
Índice de rezago social
2005
Índice de rezago social
%
Incremento de
aportaciones 2007-2011
%
Incremento de
aportaciones 2007-2010
2011
Aportaciones federales
2010
Aportaciones federales
2007
Aportaciones federales
Municipio
No. 124
Alto
Muy
Muy
bajo
bajo
Fuentes: OSFEM, Informe de resultados de la Cuenta Pública Municipal 2007; OSFEM, Informe de resultados de la Cuenta Pública Municipal 2011; Índices de Marginación de CONAPO 2010, INEGI; : Índices de Marginación de CONAPO 2005, INEGI.
Anexo 3 Composición política de los ayuntamientos del Estado de México 1993-2012 y grados de marginación 2000-2010.
2012
PRI
PRI
PRI
Acolman
PRI
PRD
PRD
PRD
PRI
PRI
PRI
Aculco
PAN
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PAN
PRI
PRI
PRI
PRD
Amanalco
PRI
PRI
Amatepec
PRI
Amecameca
Medio
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
PRI
Alto
Alto
Medio
PAN
PRI
Alto
Alto
Medio
PRI
PRI
PRI
Alto
Medio
Medio
PRI
PRI
PT
PRI
Bajo
PRI
PRI
PRD
PRI
PRI
Alto
Alto
Medio
PRI
PRI
PRD
PRI
PRI
PRI
Alto
Alto
Alto
PRI
PRI
PRD
PAN
PRD
PRI
PRI
Bajo
Bajo
Bajo
Apaxco
PRI
PAN
PAN
PRI
PAN
PAN
PAN
Bajo
Bajo
Bajo
Atenco
PAN
PRI
PRI
PRI
PRD
PRI
PRI
Alto
Bajo
Bajo
Alquisiras Almoloya de
Hacendaria
Alto
bajo
Almoloya de
Colección
Alto
Grado de
2009
PRI
marginación 2010
2006
PRI
Grado de
2003
PRI
Marginación 2005
2000
PRI
Marginación 2000
1996
Acambay
Grado de
1993
Municipio
Composición política 1995-2012
Juárez Almoloya del Río
70
Muy bajo
Bajo
PRI
PAN
PAN
PAN
PAN
PRI
PAN
Alto
Bajo
Bajo
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
Atlacomulco
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
Medio
Bajo
Medio
Atlautla
PRI
PRD
PRI
PRI
PAN
PRI
PAN
Medio
Bajo
Medio
Axapusco
PRI
PRI
PAN
PRI
PRI
PAN
PRI
Medio
Medio
Medio
Ayapango
PRI
PRI
PRI
PRI
PRD
PRI
PRI
Bajo
Bajo
Bajo
Calimaya
PRI
PRD
PRI
PRI
PT
PRI
PT
Bajo
Bajo
Bajo
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
Capulhuac
PRI
PRD
PRD
PRI
PRD
PT
PRI
Chalco
PRI
PRI
PRI
PRD
PRD
PRI
PRI
Bajo
Bajo
Bajo
PRI
PRI
PRI
PAN
PAN
PRI
PAN
Alto
Alto
Medio
PFCRN
PRI
PRI
PAN
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PCD
PRI
PRI
PRI
PRI
Chapa de Mota Chapultepec Chiautla
PRD-
Chicoloapan
PRI
PRI
PRD
PRD
PRD
Chiconcuac
PRI
PRD
PRI
PT
CONV
PRI
PAN
Chimalhuacán
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
Coacalco
PT
PRI
PRI
PAN
PAN
PAN
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PAN
PT
PRI
PRI
PAN
Cocotitlán
PRI
PVEM
PRD
CD
PRI
PAN
PRI
Coyotepec
PRD
PAN
PRI
CD
PRD
PRI
PRI
Cuautitlán
PAN
PAN
PAN
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PAN
PAN
PAN
PAN
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRD
PRD
PRI
PRI
Coatepec Harinas
Cuautitlán Izcalli Donato Guerra Ecatepec
PRI
Ecatzingo El Oro Huehuetoca
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
Bajo
Bajo
Bajo
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
Bajo
Bajo
Bajo
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
Alto
Alto
Medio
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
Bajo
Muy bajo
Bajo
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
Alto
Alto
Alto
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
PRI
PAN
PRI
PRD
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PAN
PRI
PRI
Medio
Medio
Medio
PRI
PAN
PRI
PRI
PAN
PRI
PRI
Medio
Medio
Medio
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
PARM
PAN
PRI
PAN
PRI
71
PRI
PAN
Hacendaria
PRI
Colección
PRI
Grado de
PRI
marginación 2010
PT
Grado de
2012
PRI
Marginación 2005
2009
PRI
Grado de
2006
PRI
Marginación 2000
2003
Zaragoza
2000
Atizapán de
1996
Atizapán
1993
Municipio
Composición política 1995-2012
PRI
PAN
Huixquilucan
PRI
PRI
PAN
PRI
PRI
PRI
PRI
Isidro Fabela
PRI
PRD
PRD
PSN
PRI
CONV
PRI
Ixtapaluca Ixtapan de la Sal Ixtapan del Oro Ixtlahuaca
Grado de
2012
PRI
marginación 2010
2009
PRD
Grado de
2006
PRD
Marginación 2005
2003
PRD
Grado de
2000
PRI
Marginación 2000
1996
Hueypoxtla
1993
Municipio
Composición política 1995-2012
Bajo
Bajo
Muy
Muy
Bajo Muy
bajo
bajo
bajo
Medio
Medio
Medio
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
PRI
PRI
PRI
PRI
PRD
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRD
Medio
Medio
Medio
PRI
PRI
PRD
PRD
PRD
PRI
PRI
Alto
Alto
Alto
PRI
PRI
PRI
CD
PRI
PRI
PRI
Alto
Medio
Medio
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
Jaltenco
PRI
PRI
PRI
PRI
PRD
PRI
PRI
Jilotepec
PRI
PRI
PRI
PRI
PRD
PRI
PRI
Medio
Medio
Medio
Jilotzingo
PRI
PRI
PRI
PRI
PRD
PRI
PRI
Bajo
Bajo
Bajo
Jiquipilco
PRD
PRI
PRI
PRI
PRD
PRI
PRI
Alto
Alto
Medio
Jocotitlán
PRI
PRI
PRI
PAN
PRI
PRI
PRI
Medio
Bajo
Medio
Joquicingo
PRI
PRI
PRD
PAN
PRI
PRI
PAN
Medio
Medio
Medio
Juchitepec
PRD
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
Bajo
Bajo
Bajo
Muy
Muy
bajo
bajo
La Paz
PRI
PRD
PRD
PRI
Lerma
PRI
PAN
PAN
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PAN
PAN
PRI
Metepec
PRI
PRI
PAN
PAN
PRI
PRI
PT
PRI
PRI
Morelos
PRI
PRI
PRI
PRI
PRD
Luvianos Malinalco Melchor
PRI
PRI
PRI
PRI
PRD
PRI
PRD
PRD
nd
Alto
Alto
PAN
PRI
PRI
PRI
Medio
Medio
Medio
CONV
PRI
PRI
PRI
PRI
PT-
PAN-
Hacendaria
PRD
Mexicaltzingo
Naucalpan
PRI
PRI
PAN
PAN
PAN
PRI
PRI
Colección
Ocampo
PRI
Nezahualcóyotl
PRI
PRD
PRD
PRD
PRD
PRI
PRD
Nextlalpan
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PT-C
PAN
Nicolás Romero Nopaltepec
CONV PRI
PRI PRI
PRI
PAN
PAN
PAN
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PAN
PAN
PAN
PRI
72
Bajo
Bajo
Muy
Muy
bajo
bajo
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
Alto
Alto
Medio
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
Bajo
Bajo
Bajo
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
Medio
Bajo
Bajo
PRI
PRDPT
Muy
Muy
bajo
bajo
PRI
Alto
Medio
Medio
Otumba
PRI
PRI
PRD
PRI
PRI
PRI
PAN
Medio
Bajo
Bajo
Otzoloapan
PRI
PRD
PRI
PRI
PRD
PRI
PRI
Alto
Alto
Medio
Otzolotepec
PRI
PRD
PRD
PRI
PAN
PRI
PRI
Medio
Medio
Medio
Ozumba
PRI
PRD
PRI
PAS
PT
PRI
PRI
Bajo
Bajo
Bajo
Papalotla
PRI
PAN
PRI
PRI
PAN
PRI
PRI
Bajo
Bajo
Bajo
Polotitlán
PRI
PRI
PRI
PAN
PRI
PRI
PRI
Bajo
Bajo
Medio
Rayón
PRI
PRI
PRI
PRI
CONV
PRI
PRI
PAN
PRI
PRI
PRD
PAN
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PAN
San Antonio la Isla San Felipe del Progreso San José del Rincón San Martín de
Muy
Muy
bajo
bajo
PRI
Alto
Alto
Alto
PRI
PRI
ND
Alto
Alto
Bajo
Bajo
Bajo
PAN
PRI
PRD
PRI
PRI
PRI
PRD
PRI
PRD
PRI
PAN
PRI
PRI
PRI
PRI
PT
PRI
Santo Tomás
PRI
PRI
PAN
PRI
PRD
PRI
Soyaniquilpan
PRI
PRI
PRI
PAN
PAN
PAN
Sultepec
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PAN
Atenco San Simón de Guerrero
Muy bajo
Muy
PAN
San Mateo
Muy bajo
bajo
PAN
las Pirámides
Muy bajo
PRDPT
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
Alto
Alto
Medio
PRD
Alto
Medio
Medio
PRI
Medio
Medio
Medio
PRI
Alto
Alto
Muy
Muy
PRD
Tecámac
PRI
PRI
PAN
PRI
PAN
PRI
PRI
Tejupilco
PRI
PRI
PRI
PRD
PRI
PRI
PRI
Muy alto Muy
bajo
bajo
bajo
Alto
Medio
Medio
Temamatla
PRI
PRI
PRI
PRD
PRI
PRI
Convergencia
Bajo
Bajo
Bajo
Temascalapa
PRI
PAN
PAN
PAN
PAN
PRI
PRI
Bajo
Bajo
Bajo
Temascalcingo
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
Alto
Medio
Medio
Temascaltepec
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
Alto
Alto
Medio
PRI
PRI
Alto
Alto
Medio
PRDPAN PRI PAN-
Temoaya
PRI
PRI
PRI
PRI
Tenancingo
PRI
PAN
PRI
PRI
PRD
PRI
PRI
Bajo
Bajo
Medio
PRI
PRD
PRI
PRD
PRI
PRI
PRI
Bajo
Bajo
Bajo
Tenango del Aire
PRD
73
Hacendaria
PRI
Muy bajo
Colección
PRI
Grado de
PRI
PRI
marginación 2010
PRI
PRD
Grado de
Ocuilan
PRI
Marginación 2005
PRI
Grado de
PAN
Marginación 2000
2003
PRI
2012
2000
PRI
2009
1996
Ocoyoacac
2006
1993
Municipio
Composición política 1995-2012
2009
2012
Grado de
PRD
PRI
PRI
Bajo
Teoloyucan
PRI
PRD
PAN
PAN
PAN
PRI
PRI
Teotihuacán
PRI
PRD
PRD
PRD
PRI
PRI
PRD
Bajo
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
Bajo
Muy
Muy
bajo
bajo
Tepetlaoxtoc
PRD
PRD
PRD
PRI
PRI
PRD
PRI
Bajo
Bajo
Bajo
Tepetlixpa
PRI
PRI
PRI
PRI
PRD
PRI
PRI
Bajo
Bajo
Bajo
Tepotzotlan
PAN
PAN
PAN
PAN
PRI
PRI
PRI
Tequixquiac
PRI
PRI
PAN
PRI
PAN
PRI
PAN
Texcaltitlán
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PAN
PAN
Texcalyacac
PRI
PRD
PRD
PRI
PRD
PRI
PRI
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
Bajo
Bajo
Texcoco
PRI
PRD
PRD
PRD
PRD
PRI
Convergencia
Tezoyuca
PRI
PRI
PRD
PRI
PT
PRI
PRI
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
Muy
Muy
bajo
bajo
Alto
Alto
Medio
Bajo
Bajo
Bajo
Bajo
Muy bajo
Tianguistenco
PRI
PRI
PRI
PAN
PAN
PRI
PRI
Bajo
Bajo
Bajo
Timilpan
PRI
PRI
PAN
PRI
PAN
PRI
PRI
Medio
Medio
Medio
Tlalmanalco
PRI
PRD
PRI
PRI
PRD
PRI
PRI
Tlalnepantla
PRI
PAN
PAN
PAN
PAN
PRI
PRI
Tlatlaya
PRI
PRI
PRD
PRD
PRD
PRD
PRD
Toluca
Muy
Muy
bajo
bajo
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
Alto
Alto
Alto
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
PRI
PAN
PAN
PAN
PRI
PT
CONV
PRI
ND
ND
Bajo
Tonatico
PRI
PRD
PRI
PRD
PRI
PAN
PRD
Bajo
Bajo
Bajo
Tultepec
PRI
PRD
PRI
PRD
PRD
PRD
PRD
Tultitlán
PRI
PRI
PAN
PRD
PRD
PRI
PRI
Valle de Bravo
PRI
PAN
PRI
PAN
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRD
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PAN
PAN
PAN
Valle de Chalco Villa de Allende Villa del Carbón
PANPT PRI
74
PRI
Muy bajo
PRI
Tonanitla
Hacendaria
Bajo
Grado de
2006
PRD
marginación 2010
2003
PRI
Grado de
2000
PAN
Valle
Marginación 2005
1996
PRI
Tenango del
Colección
Marginación 2000
1993
Municipio
Composición política 1995-2012
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
PAN
Bajo
Bajo
Bajo
PRI
PRD
Bajo
PRI
PRD
Alto
Alto
Alto
PRI
PRI
Alto
Medio
Medio
Muy bajo
Bajo
2012
Grado de
PRD
PRI
PRD
PRI
Medio
Villa Victoria
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
Grado de
2009
PRD
marginación 2010
2006
PRI
Grado de
2003
PFCRN
Marginación 2005
2000
Marginación 2000
1996
Villa Guerrero
1993
Municipio
Composición política 1995-2012
Medio
Medio
Alto
Alto Medio
Muy alto
Xalatlaco
PRI
PRI
PRI
PRI
PT
PRI
PRI
Bajo
Bajo
Xonacatlán
PRI
PRD
PRI
PRD
PRD
PRI
PT
Bajo
Bajo
Bajo
Zacazonapan
PRI
PRI
PRD
PAN
PAN
PRD
PRI
Medio
Medio
Medio
Zacualpan
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PT
PAN
Alto
Alto
Muy alto
Zinacantepec
PRI
PRI
PAN
PRI
PAN
PAN
PRI
Bajo
Bajo
Bajo
Zumpahuacán
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PRI
PAN
Alto
Alto
Alto
Muy
Muy
Muy
bajo
bajo
bajo
Zumpango
PRI
PRD
PRI
PRI
PRI
PAN
PRI
Fuente: http://www.ieem.org.mx/numeralia/result_elect.html.
Anexo 4
Municipio
1
Acambay
2
Acolman
3 4
Aculco Almoloya de Alquisiras
Deuda
Deuda
Incremento
Índice de
Índice de
municipal
municipal
% de deuda
razago social
rezago social
2005
2010
2005-2010
2005
2010
Alto
Medio
17,618
49,471.70
180.8
9,231.68
73,493.80
696
Muy bajo
Muy bajo
32,955.54
23,364.70
-29
Alto
Medio
-239,556
8,360.20
-103
Alto
Medio Medio
5
Almoloya de Juárez
40,268.06
40,079.00
-0.46
Medio
6
Almoloya del Río
3,645.76
9,609.80
163.5
Muy bajo
Bajo
7
Amanalco
13,759.71
16,228.80
17.9
Alto
Medio
8
Amatepec
20,183.74
11,170.00
-44.65
Alto
Alto
9
Amecameca
7,779.83
21,251.10
173
Bajo
Bajo
10
Apaxco
9,494.66
12,317.70
29.7
Bajo
Bajo
11
Atenco
3,474.21
24,384.90
601
Bajo
Bajo
12
Atizapán
1,496.61
10,627.00
610
Bajo
Bajo
79,752
1,001,821.70
1,156
Muy bajo
Muy bajo
16,857.85
61,325.80
236
Bajo
Medio
12,238.31
13,137.80
7.34
Bajo
Medio
13
Atizapán de Zaragoza
14
Atlacomulco
15
Atlautla
75
Colección
No.
Hacendaria
Deuda municipal del Estado de México 2005 y 2010 e Índices de rezago social 2005 y 2010
No.
Colección
Hacendaria
16
Municipio
Axapusco
Deuda
Deuda
Incremento
Índice de
Índice de
municipal
municipal
% de deuda
razago social
rezago social
2005
2010
2005-2010
32,729.29
53,925.00
64.76
2005
2010
Medio
Medio
17
Ayapango
5,884.03
2,796.30
-52.67
Bajo
Bajo
18
Calimaya
12,569.38
17,365.00
38.15
Bajo
Bajo
Muy bajo
Muy bajo
19
Capulhuac
20
Chalco
21
Chapa de Mota
22
Chapultepec
23
Chiautla
24
Chicoloapan
0
71,527.00
0
107,881.61
281,375.20
160
Bajo
Bajo
14,226.15
14,952
5.1
Alto
Medio Muy bajo
5,216.29
5,005.80
-4
Muy bajo
13,501.62
23,112.30
71
Bajo
Bajo
28,676.47
149,306.60
420
Muy bajo
Muy bajo Muy bajo
25
Chiconcuac
13,459.19
17,814.30
32.35
Muy bajo
26
Chimalhuacán
138,227.28
213,063
54.13
Bajo
Bajo
27
Coacalco
215,752.46
486,841.50
125.64
Muy bajo
Muy bajo
28,542.70
28,898.30
1.24
Alto
Medio
4,916.02
7,971.90
62.16
Muy bajo
Muy bajo
28
Coatepec Harinas
29
Cocotitlán
30
Coyotepec
11,953.38
117,527.20
883.21
Muy bajo
Bajo
31
Cuautitlán
84,093.46
335,776.80
299
Muy bajo
Muy bajo
218,956.86
795,048.20
263
Muy bajo
Muy bajo
17,102.81
6,417.30
-62.47
1,158,078.90
30
32
Cuautitlán Izcalli
33
Donato Guerra
34
Ecatepec
889,471.53 12,642.46
6,401
-49
Medio
Medio
17,139.83
46,020.10
168
Medio
Medio
58,844.85
60,383.20
2.61
Muy bajo
Muy bajo
35
Ecatzingo
36
El Oro
37
Huehuetoca
38
Hueypoxtla
39
Huixquilucan
40
Isidro Fabela
41
Ixtapaluca
11,483.49 1,703.12
21,701.50
Alto
Alto
Muy bajo
Muy bajo
7,011.38
20,009.70
185
Bajo
Bajo
424,410.00
1,136,184.30
167
Muy bajo
Muy bajo
1,404.30
5,683.20
304
Medio
Medio
67,138.66
310,358.10
362
Muy bajo
Muy bajo
35,721
211
Medio
Medio
8,248.90
384
Alto
Alto
-4.7
Medio
Medio
42
Ixtapan de la Sal
43
Ixtapan del Oro
44
Ixtlahuaca
22,771.87
45
Jaltenco
13,967.74
55,491
297
Muy bajo
Muy bajo
46
Jilotepec
8,502.49
54,444.70
540
Medio
Medio
47
Jilotzingo
4,719.07
13,485.90
185
Bajo
Bajo
48
Jiquipilco
21,219.86
49,930.40
135
Alto
Medio
49
Jocotitlán
10,795.57
2,988.90
-72.3
50
Joquicingo
6,620.87
21,093.50
218
Bajo
Medio
Medio
Medio Bajo
51
Juchitepec
5,914.49
13,190.40
123
Bajo
52
La Paz
106,742.98
187,559.80
75
Muy bajo
Bajo
53
Lerma
109,941.13
234,853.50
113
Muy bajo
Muy bajo
54
Luvianos
22,805.77
26,777
17.41
Alto
Alto
55
Malinalco
6,720.69
29,425.10
337
Medio
Medio
56
Melchor Ocampo
0
153,183.20
0
Muy bajo
Muy bajo
57
Metepec
53,615.74
250,059.60
366
Muy bajo
Muy bajo
58
Mexicaltzingo
14,603.45
13,735.80
-5.94
Muy bajo
Muy bajo
76
Morelos
Deuda
Deuda
Incremento
Índice de
Índice de
municipal
municipal
% de deuda
razago social
rezago social
2005
2010
2005-2010
2005
2010
15,824.80
13,885.10
-12
Alto
Medio
60
Naucalpan
252,914.90
1,125,171.40
344
Muy bajo
Muy bajo
61
Nextlalpan
5,034.67
2,143.30
-57
Muy bajo
Muy bajo
62
Nezahualcóyotl
172,200.68
362,765.20
110
Bajo
Bajo
63
Nicolás Romero
94,807.11
324,961
242.7
Muy bajo
Muy bajo
64
Nopaltepec
10,112.58
18,777.50
85.6
Bajo
Bajo
65
Ocoyoacac
36,492.81
56,133.90
53.8
Muy bajo
Muy bajo
66
Ocuilan
Medio
Medio
67
Otumba
68
Otzoloapan
69
Otzolotepec
70
Ozumba
10,197.71
57,555.10
464
40,679.57
93,998.10
131
Bajo
Bajo
5,255.57
11,963.80
127.6
Alto
Medio
7,123.67
21,442.10
200.9
Medio
Medio
4,489.52
19,849
342.1
Bajo
Bajo
71
Papalotla
921.73
12,812.40
1290
Bajo
Bajo
72
Polotitlán
10,253.03
13,365.30
30
Bajo
Medio
73
Rayón
3,455.62
7,615
120
Muy bajo
Muy bajo
74
San Antonio la Isla
6,518.97
11,142.40
70.9
Muy bajo
Muy bajo
20,520.98
43,618.80
112
Alto
Alto
62,397.68
57,060.40
-8.5
Alto
Alto
18,717.31
33,116
76.9
Bajo
Bajo
47,943.98
60,242.90
25.6
Muy bajo
Muy bajo
20,835.18
15,626.90
-24.9
Alto
Medio
75
San Felipe del Progreso
76
San José del Rincón
77
San Martín de las Pirámides
78
San Mateo Atenco
79
San Simón de Guerrero
80
Santo Tomás
81
Soyaniquilpan
8,019
14,157.80
76.5
Medio
Medio
6,426.93
3,608.70
-43.8
Medio
Medio
82
Sultepec
15,598.75
80,095.70
413
Alto
Muy alto
83
Tecámac
24,059.32
67,155
179
Muy bajo
Muy bajo
84
Tejupilco
17,252.01
65,438.50
279
Medio
Medio
85
Temamatla
0
7,767.80
0
Bajo
Bajo
86
Temascalapa
22,660.69
26,196.40
15.6
Bajo
Bajo
87
Temascalcingo
28,388.05
36,415
28.7
Medio
Medio
88
Temascaltepec
6,746.99
39,152.90
480
Alto
Medio
89
Temoaya
19,893.33
31,165
56.6
Alto
Medio
90
Tenancingo
60,817.32
47,833.20
-21.3
Bajo
Medio
91
Tenango del Aire
6,878.73
18,766.50
172.8
Bajo
Bajo
92
Tenango del Valle
13,850.08
50,959
267
Bajo
Bajo
93
Teoloyucan
29,198.64
65,609.50
124.7
Muy bajo
Muy bajo
94
Teotihuacán
48,306.84
76,472.30
58.3
Muy bajo
Muy bajo
3,486.76
26,362.20
656
Bajo
Bajo
7,149.21
12,316.50
72.2
Bajo
Bajo
95
Tepetlaoxtoc
96
Tepetlixpa
97
Tepotzotlan
22,934.42
67,907
196
Muy bajo
Muy bajo
98
Tequixquiac
9,671.91
5,628.10
-41
Muy bajo
Muy bajo
77
Hacendaria
59
Municipio
Colección
No.
No.
99
Municipio
Texcaltitlán
100
Texcalyacac
101
Texcoco
Deuda
Deuda
Incremento
Índice de
Índice de
municipal
municipal
% de deuda
razago social
rezago social
2005
2010
2005-2010
2005
2010
Alto
Medio
21,179.62
24,418.60
15.2
4,501.67
8,373.80
86
Bajo
Bajo
165,027.43
242,351.30
46
Muy bajo
Muy bajo
11,605.12
34,872.30
200.4
Bajo
Bajo
28,152.78
150,802.30
435
Bajo
Bajo
102
Tezoyuca
103
Tianguistenco
104
Timilpan
11,067.45
18,068.70
63.2
Medio
Medio
105
Tlalmanalco
15,242.03
40,085.90
162.9
Muy bajo
Muy bajo
106
Tlalnepantla
655,030.29
930,827.60
42.1
Muy bajo
Muy bajo
107
Tlatlaya
6,288.34
39,770.80
532
Alto
Alto
108
Toluca
208,372.12
535,839.50
157
Muy bajo
Muy bajo
109
Tonanitla
0
1,965.20
0
ND
Bajo
110
Tonatico
20,559.56
11,501.40
-44
Bajo
Bajo
111
Tultepec
10,431.27
46,796.50
348
Muy bajo
Muy bajo
112
Tultitlán
408,074.56
381,114.10
-6.6
Muy bajo
Muy bajo
113
Valle de Bravo
7,957.51
96,985.20
1118
Bajo
Bajo
114
Valle de Chalco
88,386.59
135,424.30
53
Muy bajo
Bajo
115
Villa de Allende
10,819.48
6,454.80
-40
Alto
Alto
116
Villa del Carbón
7,358.23
31,441.60
327
Medio
Medio Medio
117
Villa Guerrero
20,138.28
44,465.30
120
Medio
118
Villa Victoria
9,567.99
37,643.90
293
Alto
Alto
119
Xalatlaco
0
5,861.30
0
Bajo
Medio
120
Xonacatlán
15,381.90
39,114.20
154
Bajo
Bajo
121
Zacazonapan
2,726.46
7,621.40
179.5
Medio
Medio
122
Zacualpan
19,096.74
25,651
34.32
Alto
Muy alto Bajo
123
Zinacantepec
66,760.79
101,771.10
52.44
Bajo
124
Zumpahuacán
20,899.51
14,214.80
-31
Alto
Alto
125
Zumpango
124,127.07
238,731.70
92
Muy bajo
Muy bajo
6,039,870
14,278,797.70
136.4
Colección
Hacendaria
Fuentes: OSFEM, Informe de resultados de la Cuenta Pública Municipal 2007; OSFEM, Informe de resultados de la Cuenta Pública Municipal 2011; Índices de Marginación de CONAPO 2005; INEGI Índices de Marginación de CONAPO 2010, INEGI.
78
PROPUESTAS DE MEJORA Y ÁREAS DE OPORTUNIDAD
DR. Alfredo Carlos Victoria Marín Investigador
DR. Alfredo Carlos Victoria Marín
DIAGNÓSTICO SOBRE EL EJERCICIO, CONTROL, EVALUACIÓN Y TRANSPARENCIA DEL GASTO PÚBLICO FEDERALIZADO DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE MÉXICO: