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Turno de Actuación Profesional

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Servicio a los Colegiados

Turno de actuación profesional

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El año 2020 fue el tercero en el que se aplicaron las normas del Turno de Actuación Profesional, aprobadas en 2016.

En el listado del Turno de Actuación Profesional correspondiente a 2020 figuraron 25 profesionales inscritos, siendo el número de trabajos asignados con intervención del Instituto de 8, cifra a la que hay que añadir los trabajos encargados directamente por los órganos judiciales por medio de la insaculación profesional de peritos provenientes de las listas proporcionadas a los Tribunales de Justicia.

Todos los encargos profesionales se asignaron siguiendo el orden establecido en la lista clasificada por áreas de experiencia y ámbitos geográficos de actuación.

El Turno de Actuación Profesional es un servicio de carácter gratuito para los Actuarios Colegiados, cuya inscripción debe renovarse anualmente, y que tiene como finalidad proveer a los Tribunales y a las empresas, abogados o particulares, de un Miembro Titular del Instituto para la emisión de informes o dictámenes actuariales.

La aprobación de la Ley 35/2015, conocida como Ley del Baremo de Autos, en la que ha colaborado el Instituto de Actuarios Españoles, ha supuesto un hito importante para las víctimas de accidentes, el sector asegurador, y los actuarios. Y ello exige un mayor nivel de compromiso con la sociedad por parte de los Actuarios Colegiados, a través de su trabajo como expertos en el campo actuarial en los cálculos de las indemnizaciones. Máxime cuando la Comisión de Seguimiento del Baremo ha aprobado la recomendación de que dichos cálculos sólo puedan ser realizados por un actuario. Asimismo, se ha dado este año cumplimiento a lo previsto en la Ley de Enjuiciamiento Civil, que encomienda a los Colegios Profesionales remitir anualmente una lista de sus colegiados dispuestos a actuar como peritos judiciales, contribuyendo así a evitar el intrusismo profesional.

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