El trabajo decente en el nexo entre cambio climático y migración

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DOCUMENTO NORMATIVO DE LA CSI

PRÓLOGO

La migración siempre ha formado parte de la historia de la humanidad. Tanto si está motivada por oportunidades económicas, por cambios sociales o por factores medioambientales, lo cierto es que representa nuestra respuesta natural a la evolución de las circunstancias. Hoy en día, el cambio climático es un vector innegable que potencia la migración en la medida en que el aumento del nivel del mar, los fenómenos meteorológicos extremos y los cambios en los patrones agrícolas hacen que ciertas zonas se vuelvan inhabitables. Por eso es nuestra responsabilidad colectiva proporcionar a las personas desplazadas por el cambio climático unas vías para reubicarse basadas en los derechos.

La migración puede conllevar importantes retos, tanto para los propios migrantes como para las comunidades de los países de origen y destino. Los migrantes tienen que emprender a menudo duros trayectos y afrontar incertidumbres jurídicas y obstáculos para acceder a derechos y servicios básicos.

Su integración en las nuevas comunidades puede estar plagada de dificultades, como es la discriminación, la explotación y una protección laboral inadecuada o inexistente. Al mismo tiempo, las comunidades de los países de origen sufren las consecuencias de la pérdida de mano de obra, de experiencia y de conocimientos, así como dificultades derivadas de las modificaciones en el tejido social y cultural.

La Confederación Sindical Internacional (CSI) reconoce estas complejidades y reitera su compromiso de abordar la naturaleza polifacética de la migración, en particular la migración provocada por el cambio climático, que es el tema central de esta publicación.

Para las personas que se ven obligadas a desplazarse debido a los efectos adversos del cambio climático, es preciso que existan vías humanitarias que les permitan buscar refugio y reconstruir su vida con dignidad. Estas vías no solo deben garantizar que las personas desplazadas debido al cambio climático puedan satisfacer necesidades básicas como el acceso a la vivienda, a la atención sanitaria y a la educación en sus nuevos entornos, sino también que puedan acceder al mercado de trabajo con todas las protecciones laborales, en particular la capacidad de ejercer de forma efectiva su derecho a organizarse y a la negociación colectiva.

Abordar las causas de la migración por motivos climáticos es igualmente fundamental. Esto significa invertir en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), desarrollar comunidades resilientes que puedan soportar los cambios medioambientales, y crear empleo decente y respetuoso con el clima para los trabajadores, las trabajadoras y sus familias. Abordar las causas profundas de la migración por motivos climáticos mediante inversión en una transición justa permitirá atenuar la presión que sufren las

personas que se ven obligadas a abandonar sus hogares, y defender su derecho a permanecer en entornos familiares donde han establecido su red de relaciones sociales.

Nuestro llamamiento global en favor de un Nuevo Contrato Social es clave para lograr estos objetivos, cuyo núcleo es el trabajo decente y el diálogo social. A través del diálogo social podemos elaborar políticas exhaustivas que aborden las necesidades y los derechos de los migrantes, promuevan la cohesión social y desarrollen comunidades resilientes capaces de adaptarse al cambio.

La CSI está comprometida a promover estos principios y a trabajar en colaboración con todas las partes interesadas para crear un mundo en el que la migración sea una opción, no una necesidad; en el que los derechos de todos los trabajadores y las trabajadoras, independientemente de su estatus migratorio, se respeten; y en el que las personas desplazadas por el cambio climático puedan encontrar refugio de forma digna. Al tiempo que sorteamos las complejidades de la migración en el siglo XXI, resulta crucial que centremos nuestros esfuerzos en los principios de la justicia, la igualdad y la dignidad humana. De esta manera, podremos construir un futuro más inclusivo y sostenible para todos.

Luc Triangle Secretario general Confederación Sindical Internacional

GLOSARIO

Adaptación: Amoldarse a la vida en un clima cambiante, adecuándose a las condiciones climáticas actuales o previstas en el futuro, con objeto de reducir los riesgos de los efectos negativos del cambio climático. Esto incluye modificar el comportamiento humano y aplicar medidas como la construcción de sistemas de defensa contra las inundaciones, el desarrollo de cultivos resistentes a la sequía, y la mejora de la gestión del agua para proteger a las personas y el medio ambiente.

Solicitantes de asilo: Personas que están tratando de conseguir el estatuto de refugiado pero que aún no han sido legalmente reconocidas como tales. Para que se les conceda el estatuto de refugiado deben solicitar asilo y demostrar que tienen temores fundados a ser perseguidos en su país de origen.

Refugiados climáticos: Aunque el concepto de “refugiado climático” no existe en el derecho internacional, el término se refiere a las personas que se han visto desplazadas tras la pérdida de sus medios de vida o de su hogar a causa del cambio climático, como, por ejemplo, debido a la subida del nivel del mar, a fenómenos meteorológicos extremos o a sequías prolongadas. Existe un debate en curso acerca de la necesidad de reconocer formalmente a los refugiados climáticos y proporcionarles protección jurídica.

Negociación colectiva: Las negociaciones que tienen lugar entre empleadores y trabajadores u organizaciones de trabajadores,

en particular sindicatos, para discutir las condiciones de trabajo y los términos de empleo.

Trabajo decente: Acceso a un trabajo seguro, relevante y digno, que ofrezca un salario justo, igualdad de trato, acceso a la protección social y derechos para todos los trabajadores. Los derechos a la libertad sindical y a la negociación colectiva son componentes clave del trabajo decente. Según la OIT, los cuatro pilares del trabajo decente son la creación de empleo, la protección social, los derechos en el trabajo y el diálogo social.

Desplazamiento: El desplazamiento forzoso de personas que se han visto obligadas a abandonar sus hogares a causa de conflictos armados, situaciones de violencia generalizada, violaciones de derechos humanos o catástrofes naturales o provocadas por el hombre.

Emigrante: Desde la perspectiva del país de origen, toda persona que se traslada del país del que es nacional o en el que reside habitualmente, a otro país.

Migración forzada: Movimiento migratorio en el que existe un elemento de coacción, como pueden ser amenazas a la vida y a los medios de subsistencia, ya sea por causas naturales o provocadas por el hombre. Esto incluye situaciones en las que las personas huyen debido a conflictos, persecución, catástrofes naturales o degradación medioambiental, así como situaciones en las que las personas son expulsadas por la fuerza de sus hogares.

Libertad sindical: El derecho de los trabajadores y empleadores a establecer y afiliarse a organizaciones de su elección. La libertad sindical o de asociación es uno de los principios fundamentales de la OIT.

Movilidad humana: Este término se utiliza cada vez más para englobar la multitud de formas en que las personas se trasladan de un lugar a otro, en particular la migración (tanto interna como internacional), el desplazamiento y la reubicación.

Vías humanitarias: Las vías humanitarias se refieren a los sistemas que ofrecen una vía de admisión y estancia a personas que huyen de su país o que no pueden regresar a él debido a una causa humanitaria, como catástrofes naturales, terremotos, motivos sanitarios u otros.

OIT: La Organización Internacional del Trabajo es una agencia tripartita de la ONU que reúne a gobiernos, empleadores y trabajadores de 187 estados miembros para establecer normas laborales, desarrollar políticas y elaborar programas que promuevan el trabajo decente para todos.

Inmigrante: Desde la perspectiva del país de llegada, toda persona que se traslada del país del que es nacional o en el que reside habitualmente, a otro país.

Transición justa: Una transición justa asegura el futuro y los medios de vida de los trabajadores y sus comunidades durante la transición a una economía con bajas emisiones de carbono. Se basa en el diálogo social entre los trabajadores y sus sindicatos, los empleadores y el gobierno, y se lleva a cabo en consulta con las comunidades y la sociedad civil. Un plan para una transición justa proporciona y garantiza empleos mejores y decentes, protección social, más oportunidades de formación y una mayor seguridad laboral para todos los trabajadores afectados por el calentamiento global y las políticas sobre cambio climático. Algunos ejemplos son los programas de reciclaje para trabajadores de industrias de combustibles fósiles, la inversión en agricultura sostenible y

las medidas para proteger del calor extremo a los trabajadores de la construcción.

Pérdidas y daños: Pérdidas y daños se refiere a los efectos negativos del cambio climático que se producen a pesar de la labor de mitigación y adaptación. Esto incluye pérdida de vidas, biodiversidad y patrimonio cultural, así como pérdidas económicas derivadas de infraestructuras dañadas y de la reducción de la productividad agrícola.

Migrante: Término genérico que hace referencia a toda persona que se traslada o se ha trasladado fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea a través de una frontera internacional o en el interior de un país. Esto incluye tanto desplazamientos voluntarios como involuntarios, independientemente de la condición jurídica de la persona. El presente informe se centra en los migrantes que se han desplazado a través de fronteras internacionales.

Mitigación: Medidas adoptadas para limitar o prevenir el aumento de la temperatura global y el cambio climático mediante la reducción en la atmósfera del flujo de los gases de efecto invernadero que atrapan el calor. Esto incluye medidas como el cambio a fuentes de energía renovables, la mejora de la eficiencia energética, la reforestación y la promoción de prácticas agrícolas sostenibles.

Reubicación planificada: Proceso planificado en el marco del cual se ayuda a personas o grupos de personas a alejarse de lugares que se han vuelto o se están volviendo inhabitables debido a catástrofes o a la degradación medioambiental, y a establecerse en un nuevo lugar.

Refugiados: Personas que, debido a fundados temores de ser perseguidas por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a

determinados grupos sociales u opiniones políticas, se encuentran fuera del país del que son nacionales o en el que residen habitualmente (en el caso de los apátridas) y no pueden regresar a él debido a dichos temores.

Migración regular/irregular: La migración regular se da cuando las personas se desplazan a través de pasos fronterizos regulares, con la documentación necesaria para entrar o salir del país de origen, tránsito o destino. La migración irregular se produce cuando las personas cruzan las fronteras internacionales sin la documentación necesaria.

Programas/mecanismos de regularización: Los procedimientos que deben seguir los migrantes en situación irregular para obtener un permiso de residencia en el país en el que ya están viviendo (véase PICUM).

INTRODUCCIÓN

El cambio climático es uno de los problemas más acuciantes de nuestros tiempos. Afecta a los ecosistemas, las economías, las comunidades y los trabajadores y las trabajadoras de todo el planeta. Los efectos adversos del cambio climático, como la subida del nivel del mar, los fenómenos meteorológicos extremos, las inundaciones, las sequías prolongadas y otros problemas medioambientales, están obligando cada vez más a las personas a abandonar sus hogares y comunidades en busca de un entorno estable para reconstruir su vida. Estos desplazamientos, ya sean internos

Reasentamiento: El reasentamiento es el traslado de refugiados de un país de asilo a otro que haya aceptado admitirlos de manera regular, garantizándoles protección internacional y, en última instancia, otorgándoles un permiso de residencia permanente (véase ACNUR).

Resiliencia: La capacidad de anticiparse, hacer frente y recuperarse de las repercusiones del cambio climático o de los fenómenos climáticos adversos.

Diálogo social: Todo tipo de negociación, consulta o simple intercambio de información entre representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores sobre cuestiones de interés común relacionadas con la política económica y social.

o transfronterizos, suelen denominarse migraciones o desplazamientos por motivos climáticos.

La magnitud de la migración por motivos climáticos es considerable, y lo más seguro es que aumente en las próximas décadas. La mayoría de estos desplazamientos se producirán en el interior de los países, más que a través de fronteras internacionales.

Según el Banco Mundial, de aquí a 2050 el cambio climático podría obligar a más de 216 millones de personas de seis regiones del mundo a migrar en el interior de sus países1. Únicamente en 2023, el Centro de Monitoreo

de Desplazamientos Internos (IDMC) informó de que más de 20 millones de personas se habían tenido que desplazar debido a catástrofes relacionadas con el clima2

Estas estimaciones ponen de relieve la urgente necesidad de desarrollar políticas que puedan responder adecuadamente a las necesidades de las personas que, o bien no tienen más remedio que emigrar, o bien lo consideran una opción debido a las repercusiones del clima en su región. Las políticas han de garantizar que las personas puedan optar por quedarse en condiciones seguras y dignas, y que sus

UNAS PALABRAS SOBRE TERMINOLOGÍA

derechos estén protegidos si deciden o se ven obligadas a desplazarse.

Este documento presenta una serie de soluciones ofrecidas por los sindicatos en repuesta a estos retos, situando los derechos humanos y laborales en el eje de todas las políticas relativas al clima, la migración y el trabajo. Las soluciones propuestas pretenden eliminar las barreras entre estos ámbitos políticos y subrayan la importancia del diálogo social entre gobiernos, empleadores y trabajadores para lograr unos resultados duraderos que no dejen a nadie atrás.

Según la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (FICR) la expresión “migración climática suele utilizarse sobre todo para describir los movimientos voluntarios a través de fronteras internacionales en respuesta a las repercusiones previsibles del cambio climático”:

Sin embargo, este término también ha sido utilizado por algunas organizaciones para incluir el movimiento involuntario (o “desplazamiento relacionado con el clima”) y también se ha aplicado a situaciones de movimiento interno. Como tal, podría considerarse un término genérico que describe el movimiento de personas como consecuencia del cambio climático.3

Reconociendo que las personas se desplazan por diversas razones, y que rara vez es posible aislar una de ellas como el motivo principal, en el presente documento normativo la CSI utiliza el término migración por motivos climáticos4 para referirse a situaciones en las que las personas abandonan lugares en los que el cambio climático está repercutiendo negativamente en su vida. Al utilizar el término “migración”, la CSI también reconoce que estos movimientos se producen dentro de un espectro que abarca desde la migración voluntaria hasta el desplazamiento involuntario/forzado. En uno de los extremos del espectro existe un mayor grado de control y elección por parte de las personas que emigran, mientras que en el otro extremo la elección y el control se ven gravemente limitados por las realidades medioambientales y económicas.

2 IDMC (2024), Informe Mundial sobre Desplazamiento Interno 2024. IDMC señala que, si bien ‘no todas las catástrofes relacionadas con el clima son resultado del cambio climático, se ha demostrado que el cambio climático está haciendo que algunas amenazas sean más frecuentes e intensas”.

3 FICR, Danish Red Cross and Climate Centre, Ficha técnica 2 – Desplazamiento y clima: términos clave

4 La expresión “movilidad climática” se utiliza cada vez más para describir todo tipo de movimiento de personas

1:

MIGRACIÓN / VOLUNTARIA

Mayor control

Mayor posibilidad de elección

DESPLAZAMIENTO / INVOLUNTARIO

Obligados a desplazarse Sin posibilidad de quedarse

¿CÓMO

LLEGA EL CAMBIO CLIMÁTICO A SER MOTIVO DE MIGRACIÓN?

El cambio climático provoca peligros y fenómenos meteorológicos extremos, la acidificación de los océanos y la subida del nivel del mar, pérdida de biodiversidad, inseguridad alimentaria y escasez de agua, riesgos para la salud, trastornos económicos e incluso

conflictos violentos. Más de 3.000 millones de personas viven en lugares sumamente vulnerables a las crisis climáticas, siendo los países de renta baja los más afectados5, y 130 millones de personas podrían caer en la pobreza extrema de aquí a 2030 debido a los efectos del cambio climático.6

Reunificación familiar

Educación

Turismo

Los migrantes pueden pasar de una categoría a otra en cualquier momento

Tipos de migración

Involuntaria

Indocumentada

Trabajo

Desplazados internos

Migración laboral

Residencia permanente

Retorno (migración cualificada)

Temporal

Circular

Migración (laboral) a largo plazo

Asentamiento permanente

Víctimas de trata/secuestro

Solicitantes de asilo/refugiados

Clandestinos

Víctimas de la trata

Víctimas del trabajo forzoso

Trabajadores migrantes indocumentados/en situación irregular

Adopciones ilegales

Los migrantes con visado de turista o programas de migración laboral pueden quedarse más tiempo de la cuenta y convertirse en migrantes indocumentados

Deportados

Retornos voluntarios asistidos

5 Organización Mundial de la Salud (2023), Cambio climático: Datos y cifras

6 Banco Mundial (2023), Artículo: En los países más pobres, adoptar medidas climáticas significa adoptar medidas en favor del desarrollo

7 Wolf Scott, consultor, George Tarkhan-Mourave (Caucasian Institute for Peace), Nicholas Kavalashvili (2009) Movilidad y migración: Nota de orientación temática

FIGURA
FIGURA 2: Tipos de migración 7

Estas consecuencias del cambio climático, o bien refuerzan las razones para emigrar, o bien impiden directamente a las personas quedarse. En algunos casos, cuando, por ejemplo, los fenómenos meteorológicos no les permiten trabajar en sus granjas durante una parte del año, las personas pueden marcharse por temporadas sin tener que abandonar totalmente sus hogares. En otros casos, el retorno podría dejar de ser una posibilidad debido a la destrucción total de la zona.

Los fenómenos de evolución lenta, que hacen referencia a “procesos de degradación medioambiental como sequías y desertificación, el aumento de la salinización, la subida del nivel del mar o el deshielo del permafrost”8, pueden dejar margen a las personas para planificar y prepararse para emigrar definitivamente o para emigrar temporalmente y acceder a medios que les permitan permanecer en entornos cambiantes. Como último recurso, cuando todo apunta a que determinados lugares van a acabar siendo inhabitables, algunos gobiernos llevan a cabo reubicaciones planificadas de grupos de personas9

Por otra parte, los fenómenos de aparición repentina, como ciclones e inundaciones, si no están adecuadamente previstos y planificados, pueden obligar a la gente a marcharse sin

ninguna posibilidad de preparación. Y también se dan casos en que las personas que necesitan huir, o que pudieran beneficiarse de la migración, se ven atrapadas debido a roles de género discriminatorios o a que carecen de recursos para poder desplazarse.

Los trabajadores y sus familias se ven afectados de múltiples maneras, tanto en sus empleos, donde trabajan a temperaturas extremas y en entornos que no están adaptados a los cambios meteorológicos, como respecto a sus medios de vida, por el hecho de ser vulnerables al cierre de empresas debido a las perturbaciones relacionadas con el clima. Muchos trabajadores emigran cuando se ven desplazados de sus medios de vida tradicionales o cuando las oportunidades de trabajo decente en su lugar de origen desaparecen a causa de las perturbaciones climáticas.

Cuando los trabajadores emigran a otro país, se enfrentan a importantes obstáculos para conseguir un trabajo decente que les garantice unos ingresos justos, seguridad en el lugar de trabajo y protección social. Sin políticas e intervenciones adecuadas, las personas que emigran por motivos climáticos corren un elevado riesgo de verse explotadas, de caer en la pobreza y de sufrir exclusión social.

RESPUESTA DE LOS SINDIATOS: UN MARCO CENTRADO

EN EL TRABAJO

DECENTE PARA LA MIGRACIÓN POR MOTIVOS CLIMÁTICOS

Las políticas relativas a la migración por motivos climáticos deberían girar en torno a tres premisas clave, a saber:

• Abordar las causas de la migración por motivos climáticos: Crear en los países de origen las condiciones para garantizar que la migración obedezca a una elección y no a la presión por sobrevivir

FIGURA 3: Un marco centrado en el trabajo decente para la migración por motivos climáticos

• Garantizar que las personas dispongan de vías basadas en los derechos en caso de que necesiten buscar refugio en otro país debido a los efectos adversos del cambio climático.

• Garantizar en los países de destino los derechos laborales y la inclusión social de las personas que emigran por motivos climáticos.

UNNUEVO CON TRATOSOCIAL

ABORDAR LAS CAUSAS DE LA MIGRACIÓN POR MOTIVOS CLIMÁTICOS

TRABAJO DECENTE

DERECHOS EN DESTINO PARA LAS PERSONAS QUE EMIGRAN POR MOTIVOS CLIMÁTICOS

El trabajo decente debería ser el pilar central, puesto que aborda los factores adversos de la migración, brindando a las personas la opción de quedarse, al tiempo que les permite llevar una vida digna independientemente de su estatus migratorio y de dónde se encuentren.

El trabajo decente para todos es también la característica clave del “Marco de políticas de migración climática favorable a los trabajadores”, elaborado por AFL-CIO en cooperación con la CSI, que pone de relieve la necesidad de eliminar las barreras entre las políticas relativas al clima, los trabajadores y la migración.10

Todas las políticas y planes deben basarse en los derechos fundamentales del trabajo a la libertad sindical y la negociación colectiva y facilitarse a través del diálogo social tripartito entre los trabajadores y sus sindicatos, los empleadores y los gobiernos, tal y como establece la OIT para salvaguardar los derechos e intereses de todos los trabajadores, al tiempo que se promueve la resiliencia y la adaptación.

CLIMA TRABAJADORES

TRABAJO DECENTE PARA TODOS

MIGRACIÓN

FIGURA 4: Marco político sobre migración climática favorable a los trabajadores, de AFL-CIO

Las políticas deben ajustarse plenamente al marco del derecho internacional en materia de derechos humanos y a las normas internacionales del trabajo, en particular a las Directrices de política para una transición justa, de la OIT11

El Nuevo Contrato Social, basado en seis reivindicaciones de los trabajadores –(1) empleos respetuosos con el clima; (2) derechos para todos los trabajadores y trabajadoras; (3) salario vital; (4) protección social universal; (5) igualdad; e (6) inclusión12– proporciona el marco para dichas políticas.

EL NUEVO CONTRATO SOCIAL

1. Creación de empleos decentes y respetuosos con el clima, con una transición justa: esto implica una transformación industrial para lograr cero emisiones netas de carbono, junto con inversiones en sectores económicos estratégicos como la economía de los cuidados, la economía verde e infraestructuras sostenibles, y la formalización del sector de la economía informal.

2. Derechos para todos los trabajadores y las trabajadoras: independientemente de sus modalidades de empleo o de su estatus migratorio, los derechos deben extenderse a todos los trabajadores y trabajadoras para cumplir la promesa de la Declaración del Centenario de la OIT con su nivel mínimo de protección laboral que incluye derechos, una jornada laboral máxima, salarios dignos y salud y seguridad en el trabajo.

3. Salarios dignos: salarios vitales, establecidos o negociados, que garanticen la dignidad de todos los trabajadores y sus familias.

4. Protección social universal: la protección universal debe incluir la creación de un Fondo de Protección Social para los países menos ricos.

5. Igualdad: igual salario por un trabajo de igual valor y eliminación de todo tipo de discriminación, ya sea por motivos de género, identidad de género u orientación sexual, etnia, estatus migratorio, ideología, religión, condición social o cualquier otro motivo en el lugar de trabajo y en la sociedad.

6. Inclusión: un mundo en paz, un modelo de desarrollo basado en los derechos y un sistema multilateral realmente inclusivo que se ocupe de corregir los desequilibrios de poder y riqueza existentes, utilizando el tripartismo y el diálogo social como medios fundamentales para aplicar la Agenda 2030.

ABORDAR LAS CAUSAS DE LA MIGRACIÓN POR MOTIVOS CLIMÁTICOS

Hay muchos factores, incluidos los efectos adversos del cambio climático, que empujan a las personas a abandonar sus hogares y familias en búsqueda de estabilidad. Los estudios demuestran que, a pesar de las numerosas adversidades, la mayoría de las personas no se plantean la posibilidad de marcharse, mientras que otras simplemente no conciben la migración como una opción13. Para muchas, la migración significa separarse de la familia y romper los vínculos sociales, e impone riesgos y cargas de distinto grado (en función de la edad y el sexo de la persona), tanto para quienes emigran como para quienes se quedan. Además, la migración puede provocar la pérdida de tradiciones

y conocimientos autóctonos y una fuga de cerebros de la mano de obra joven que agrava los obstáculos a los que se enfrentan las comunidades para hacer frente al cambio climático. Por ello, los esfuerzos para consolidar y apoyar la resiliencia individual y comunitaria y la “capacidad de adaptación al lugar tienen que ver fundamentalmente con el respeto y la protección de los derechos humanos, en particular los derechos colectivos”14.

Algunos de los factores cruciales que permiten a las personas quedarse son la seguridad de la comunidad, la capacidad de recuperarse de los desastres climáticos, unos sistemas más resilientes, el Estado de derecho, la protección social y el trabajo decente que proporciona empleos estables que permitan mantener a las familias.

Los sindicatos reclaman estrategias significativas para abordar las causas profundas que obligan a las personas a emigrar para sobrevivir, y una planificación y aplicación de medidas de adaptación al clima que se centren en el trabajo decente para promover una mayor resiliencia de las comunidades.

Las estrategias significativas requieren que los gobiernos, las empresas privadas y las instituciones financieras internacionales eviten la degradación medioambiental y apoyen las inversiones sostenibles.

TRANSICIÓN JUSTA15

El aumento de las inversiones en infraestructuras verdes, en agricultura sostenible y en energías renovables, por ejemplo, son respuestas cruciales a las repercusiones del cambio climático. Un programa de transición justa es la base para afianzar las transformaciones industriales determinadas mediante la vinculación de las políticas sobre cambio climático al empleo y al trabajo decente. La transición justa asegura el futuro y los medios de vida de los trabajadores y sus comunidades durante la transición hacia una economía con bajas emisiones de carbono, puesto que se basa en el diálogo social entre los trabajadores y sus sindicatos, los empleadores y el gobierno, y en la consulta con las comunidades. Un plan de transición justa proporciona y garantiza empleo decente, protección social y servicios de formación y recolocación para una mayor seguridad laboral de todos los trabajadores afectados por el calentamiento global y las políticas sobre cambio climático.

La CSI reivindica la creación de 575 millones de puestos de trabajo y la formalización, de aquí a 2030, de por lo menos la mitad de los 2.000 millones de empleos del sector de la economía informal16. Los responsables políticos deben trabajar con los sindicatos para garantizar la creación de empleos decentes y respetuosos con el clima que permitan sustituir los empleos que se han perdido, y que los trabajadores dispongan de vías efectivas para acceder a nuevas carreras profesionales, al tiempo que reciben apoyo durante la transición. La transición justa debe negociarse con los trabajadores, sus sindicatos y las comunidades afectadas, para garantizar que puedan recabar el apoyo público necesario para su aplicación. Además, el cambio climático afecta a muchos sectores del mercado laboral en los que las mujeres son especialmente activas. Como tal, una transición justa implica la participación y representación equitativas de las trabajadoras en la toma de decisiones a todos los niveles17.

Hay dos motivos por los que la igualdad de acceso a oportunidades de formación profesional y al aprendizaje permanente es crucial para las personas que perderán sus medios de vida y subsistencia tradicionales debido al cambio climático: en primer lugar, garantizará que puedan permanecer en sus comunidades de origen; y, en segundo lugar, garantizará que puedan acceder a empleos decentes cuando se desplacen tanto en el interior del país como a través de fronteras.

La protección social, clave de los planes de transición justa, resulta crucial para proteger a las personas de los problemas económicos y sociales provocados por la grave reducción de

15 CSI (2023) #COP28 Informe Nuevos Frentes: COP28: Los sindicatos reclaman en la COP28 un Programa de Trabajo sobre la Transición Justa con inclusión laboral

16 CSI (2022), Declaración del Congreso: Un nuevo contrato social, párrafo 50(iii). Además, la economía de los cuidados, donde las mujeres, en particular las trabajadoras migrantes, están sobrerrepresentadas, constituye un sector clave que requiere inversiones públicas sólidas. Según las proyecciones de la OIT, el aumento de las inversiones en la economía de los cuidados permitiría crear 280 millones de puestos de trabajo de aquí a 2030, impulsaría la tasa de empleo de las mujeres en un 78%, y un 84% de los empleos serían formales. Véase OIT (2022), Una mayor inversión en los cuidados podría crear casi 300 millones de empleos

17 CSI (2022), Documento de resultados de la 4ª CMM en 2022

los ingresos laborales derivada de los efectos adversos del cambio climático18. Sin embargo, más de 4.000 millones de personas en el mundo no tienen ningún tipo de protección social. El Acelerador mundial del empleo y la protección social para transiciones justas, presentado en septiembre de 2021 por el secretario general de la ONU y la OIT con el objetivo de crear 400 millones de puestos de trabajo y ampliar la protección social a 4.000 millones de personas que actualmente carecen de cobertura, es una iniciativa de gran alcance que debe ser respaldada19.

Además, los estados deben intensificar sustancialmente sus compromisos de financiación climática, y cumplirlos mediante el suministro de subvenciones o préstamos a bajo interés a los países de renta baja para apoyar sus procesos de descarbonización. A tal fin, el Fondo de Pérdidas y Daños creado en la COP28 debe financiarse adecuadamente con vistas a apoyar a los países menos pudientes a invertir en proyectos de mitigación para reducir las repercusiones del calentamiento global y hacer frente a los daños causados a la vida, los medios de subsistencia, las infraestructuras y la biosfera.

VÍAS BASADAS EN LOS DERECHOS

PARA LAS PERSONAS QUE EMIGRAN

POR MOTIVOS CLIMÁTICOS:

En el contexto del creciente desplazamiento humano, el imperativo de crear vías para las personas que necesitan huir de los efectos adversos del cambio climático es real. Las rutas actualmente disponibles para las personas desplazadas por el clima son limitadas en número y no dan prioridad a los derechos ni a las necesidades humanitarias de las personas afectadas.

No es posible que las personas desplazadas por los efectos adversos del clima se beneficien de los programas de reasentamiento de refugiados a menos que puedan demostrar que las razones por las que abandonaron su país de origen,

18 OIT, Protección social: portal temático

o por las que no pueden regresar a él, están relacionadas con la persecución, el conflicto o la guerra. En cualquier caso, los lugares de reasentamiento disponibles son insuficientes. Según ACNUR, menos del 5% de los 2 millones de refugiados que se calculan necesitan reasentarse pudieron beneficiarse de esta solución en 2023.20

Asimismo, también hay un número limitado de visados humanitarios o permisos de residencia humanitarios, que tienen en cuenta las catástrofes medioambientales como:21

• El “Estatus de Protección Temporal” en Estados Unidos, que protege a las personas del retorno forzoso a países afectados por catástrofes medioambientales22.

19 OIT, Noticias (2021), El Secretario General de la ONU pide que se acelere la acción en materia de empleo y protección social

20 ACNUR (2023) Hoja informativa sobre reasentamiento 2023

21 Amnistía Internacional (2023), Américas: Amicus curiae presentado por Amnistía Internacional ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre emergencia climática y derechos humanos

22 Amnistía Internacional EEUU (2021), Recomendaciones políticas sobre el desplazamiento climático

• “El visado humanitario temporal” que Brasil concede a los nacionales de países en situación de calamidad o catástrofe medioambiental23

• La legislación italiana24, que contempla la expedición de “un permiso de residencia por situación de calamidad” “cuando un país al que deba regresar un extranjero se encuentre en una situación de calamidad grave y circunstancial que no permita el regreso y la estancia en condiciones de seguridad” 25 .

• En Argentina, el “Programa especial de visado humanitario para personas nacionales y residentes en México, Centroamérica y el Caribe desplazadas por desastres socio-naturales” 26 , que permite un permiso de entrada y un visado humanitario ambiental para personas desplazadas debido a fenómenos hidrometeorológicos y geofísicos repentinos, como huracanes, tornados, lluvias e inundaciones extremas, terremotos, tsunamis, deslizamientos de tierra o rocas, y erupciones volcánicas27.

También existen iniciativas regionales, como el Marco Regional del Pacífico sobre Movilidad Climática, aprobado por los líderes del Foro de las Islas del Pacífico en noviembre de 2023. El objetivo de dicho marco es “orientar a los gobiernos, las comunidades, los agentes no estatales y los socios del Foro de las Islas del Pacífico para garantizar un movimiento basado

en los derechos y centrado en las personas, en el contexto del cambio climático, en particular la permanencia en un lugar, la reubicación planificada, la migración y el desplazamiento a través de un enfoque regional proactivo, inclusivo y colaborativo que refleje los intereses comunes del Pacífico de una manera culturalmente apropiada, respetando al mismo tiempo la soberanía y la diversidad”28. Del mismo modo, el Protocolo sobre la libre circulación de personas en la región de IGAD “para la consecución progresiva de la libre circulación de personas y de los derechos de establecimiento y residencia en los estados miembros de la IGAD”29, contempla la entrada en el territorio de un estado miembro de ciudadanos de otro estado miembro “en previsión de una catástrofe, durante la misma o después de ella”, así como la prórroga de su estancia y de otros derechos en el caso de que su país se vea afectado por una catástrofe30

El reciente acuerdo bilateral entre Australia y Tuvalu, reconocido internacionalmente como uno de los estados más vulnerables al clima, ya que se prevé que muchas de sus islas de baja altitud se vuelvan inhabitables a lo largo de este siglo31, compromete a Australia a “organizar una vía especial de movilidad humana para que los ciudadanos de Tuvalu puedan acceder a Australia, algo que, a su llegada, permitirá a los ciudadanos de Tuvalu […] vivir, estudiar y trabajar en Australia y acceder a los sistemas australianos de educación, sanidad, ingresos clave y apoyo familiar”32.

23 Lei n. 13.445, 24 de mayo de 2017 “sobre os direitos e os deveres do migrante e do visitante”, (Brasil), disponible en: https://www.refworld.org.es/ pdfid/592c6f744.pdf

24 Artículo 20 bis del Decreto Legislativo 286/1998

25 Red Europea de Migración (2023), Desplazamiento y migración relacionadas con los desastres, el cambio climático y la degradación medioambiental

26 Argentina, Dirección Nacional de Migraciones, Disposición 891/2022

27 Anexo I, Artículo 2 de Argentina, Dirección Nacional de Migraciones, Disposición 891/2022

28 Marco Regional del Pacífico sobre Movilidad Climática (forumsec.org) (párr. 9)

29 Artículo 2, Protocolo sobre la libre circulación de personas en la región de IGAD, 26 de febrero de 2020

30 Artículo 16, Protocolo sobre la libre circulación de personas en la región de IGAD, 26 de febrero de 2020

31 Banco Mundial, Perfiles de países sobre riesgos climáticos, Tuvalu

32 Artículo 3, Australia-Tuvalu Falepili Union treaty | Departamento de Asuntos Exteriores y Comercio del Gobierno australiano (dfat.gov.au)

Además de las iniciativas específicas en relación con el clima o las catástrofes naturales mencionadas anteriormente, también se están proponiendo vías de migración laboral, nuevas o ya existentes, en respuesta a las necesidades de las comunidades afectadas por el cambio climático. No obstante, muchas de las vías de migración laboral existentes son temporales y están vinculadas a los empleadores, lo que hace que los trabajadores migrantes que participan en ellas sean vulnerables a posibles abusos y explotación, en particular al trabajo forzoso33. Algunas de las violaciones de los derechos laborales que sufren los trabajadores migrantes en estos sistemas, como el robo de salarios y el cobro de honorarios de contratación, también impiden que los trabajadores migrantes y sus comunidades en sus países de origen puedan obtener los supuestos beneficios derivados de estos sistemas, en forma de remesas. Algunos acaban en peores condiciones, expuestos a repercusiones aún más peligrosas del cambio climático, al verse obligados a vivir en zonas de los países de destino propensas a desastres climáticos.

La migración laboral no puede ser una solución adecuada a situaciones de crisis humanitaria, como catástrofes relacionadas con el clima, conflictos, guerras o persecuciones que obligan a la gente a huir. Las crisis humanitarias requieren respuestas humanitarias, en el marco de las cuales las vías se diseñen en función de las necesidades humanitarias de las personas desplazadas, no de la supuesta “escasez de

mano de obra cualificada” en los países de destino. Sin embargo, incluso cuando se basan en motivos humanitarios, todos los itinerarios deben garantizar el acceso al mercado de trabajo con todas las medidas de protección laboral.

Debido a los roles de género, las responsabilidades de los cuidados que recaen sobre las mujeres limitan sus posibilidades de migración, y las que se quedan atrás deben cuidar de ancianos, niños y otras personas con necesidades de cuidados, en unos entornos cada vez más hostiles. Las vías también deben ser sensibles a las cuestiones de género, teniendo en cuenta la dinámica de género de la mano de obra y las repercusiones del cambio climático en función del género.

Dado que el cambio climático afecta de manera distinta a las diferentes comunidades, no existe una solución única. Por lo tanto, las vías deben diseñarse en colaboración con las comunidades afectadas, así como con los trabajadores y sus sindicatos, tanto en los países de origen como en los de destino, para garantizar que respondan a las necesidades reales de las personas afectadas y que los derechos humanos y de los trabajadores no se socaven. Al igual que en otros ámbitos, el diálogo social debe ser la base para desarrollar y aplicar unas vías basadas en los derechos y sensibles a las cuestiones de género, que proporcionen trabajo decente con plena protección de los derechos humanos y laborales.

33 Sobre las violaciones de los derechos humanos y los déficits de trabajo decente derivados de los programas de migración laboral temporal, véase ACNUDH (2023), Queríamos trabajadores pero vinieron personas, 2023. Véase también, OIT (2022) Programas de trabajadores temporeros en el Pacífico desde el punto de vista de los derechos humanos y las normas laborales internacionales: Informe técnico, en particular la sección 6.2. sobre las condiciones de trabajo

DERECHOS EN EL PAÍS DE DESTINO PARA LAS PERSONAS QUE EMIGRAN POR MOTIVOS CLIMÁTICOS

Los gobiernos deben trabajar activamente con los sindicatos para diseñar y aplicar estrategias de inserción laboral para las personas que emigran por motivos climáticos. Si la inserción laboral de los migrantes recién llegados no se planifica eficazmente, puede producirse una expansión del sector de la economía informal y otras consecuencias profundas, como la posibilidad de avivar una reacción populista por parte de la derecha.

Todos los trabajadores, independientemente de su estatus migratorio, necesitan disfrutar de la aplicación y la igualdad de derechos en el trabajo, en particular el derecho a crear o afiliarse a sindicatos y a participar en la negociación colectiva y en acciones colectivas en unos lugares de trabajo donde no exista discriminación. La afiliación a un sindicato proporciona representación laboral, la protección añadida de los convenios colectivos, mayores oportunidades de formación y una manera de promover la cohesión social con la mano de obra existente. Los sindicatos también disponen de mecanismos de aprendizaje y otros mecanismos de formación para ayudar a preparar a los trabajadores y las trabajadoras a ocupar puestos de trabajo en el sector de las energías limpias.

La libertad sindical es un derecho habilitante que modifica la dinámica de poder, permitiendo a los trabajadores proteger y promover sus intereses a través de la acción colectiva y la negociación con los empleadores. La eliminación de los obstáculos a la sindicalización es fundamental no solo para reducir los factores que obligan a las personas a emigrar, sino también para proteger los derechos de los trabajadores migrantes y su integración socioeconómica. Los sindicatos proporcionan mecanismos concretos para velar por el cumplimiento de las normas del trabajo, solucionar conflictos y defender las necesidades de todos los trabajadores.

Los derechos de negociación colectiva contribuyen a promover la salud y la seguridad en el trabajo34, un aspecto cada vez más importante en el contexto del cambio climático35. Los trabajadores migrantes están sobrerrepresentados en trabajos “sucios, difíciles y peligrosos” que, sin una protección adecuada, van a ser cada vez más mortíferos a medida que el planeta se calienta.

El acceso a la protección social también es crucial para los trabajadores migrantes, que están desproporcionadamente excluidos de los correspondientes regímenes. La ampliación de los regímenes contributivos de protección social, de manera que incluyan a los inmigrantes, también puede “contribuir a incrementar la base de financiación de estos regímenes, así como a ampliar el conjunto de contribuyentes y beneficiarios para un mayor reparto colectivo del riesgo” 36 .

Los trabajadores migrantes deben tener un acceso efectivo a los mecanismos de justicia. Si no pueden denunciar las violaciones sin temor a represalias (como el riesgo a perder su estatus migratorio, a ser detenidos o a ser deportados), no será posible exigir a los empleadores abusivos que rindan cuentas. Los mecanismos de control para el cumplimiento de las normas del trabajo deben contar con la financiación adecuada y han de dar prioridad a la protección de los derechos de los trabajadores independientemente de su situación migratoria, en lugar de identificar a los migrantes en situación irregular y castigarlos.

Los gobiernos deben prescindir de los sistemas de migración laboral vinculados a los empleadores, en virtud de los cuales estos últimos controlan el empleo, la remuneración, las condiciones de trabajo y el estatus migratorio. Dichos sistemas disuaden a los trabajadores migrantes de denunciar la explotación laboral y otros abusos, así como de afiliarse a un sindicato y abogar por mejores condiciones. Por el contrario, los gobiernos deben ampliar la protección concreta del estatus de los trabajadores migrantes cuando

estos tomen medidas para denunciar y buscar justicia contra las violaciones de la legislación laboral. Ello incluye establecer cortafuegos entre la aplicación de la legislación laboral y los mecanismos de aplicación de la justicia y las leyes de inmigración.

Los planes de transición justa también deben tener en cuenta las contribuciones que los trabajadores migrantes realizan y pueden realizar, garantizando que aquellos que corren el riesgo de perder su empleo tengan acceso a otro, en particular mediante el reconocimiento de sus capacidades y el acceso a oportunidades de desarrollo profesional. Las reivindicaciones de los trabajadores en materia de creación de empleo y formalización coinciden con el llamamiento de los gobiernos para que prioricen los planes de regularización de los migrantes en situación irregular37 Regularizar la situación de los migrantes indocumentados38 ayudaría a sacar a millones de personas del sector de la economía informal y eliminaría las barreras a su incorporación a empleos decentes y procesos de formación, en particular mediante crecientes oportunidades en las industrias de energías limpias.

REIVINDICACIONES

SINDICALES

▶ Garantizar la coherencia entre las políticas climáticas, laborales y migratorias manteniendo un diálogo social auténtico con los trabajadores y sus sindicatos como herramienta fundamental de gobernanza para el diseño y la aplicación de las políticas.

▶ Reforzar el papel de la OIT en el diseño y la aplicación de políticas climáticas y migratorias, y promover la ratificación y aplicación de las normas de la OIT.

▶ Aplicar un Nuevo Contrato Social en todos los ámbitos, desde los países de origen

37 Si bien es difícil medir el número de migrantes en situación irregular, según la OIT “una estimación prudente indica que unos 58 millones de personas migrantes se encuentran en situación irregular”. OIT (2022), Proteger los derechos de las personas trabajadoras migrantes en situación irregular y afrontar la migración laboral irregular: Compendio de la OIT

38 PICUM (2022), Mecanismos y programas de regularización: motivos de su importancia y cómo diseñarlos

hasta los de destino, en particular unas vías de migración que protejan y promuevan las normas internacionales del trabajo para todos los trabajadores y trabajadoras.

▶ Abordar las causas de la migración por motivos climáticos: crear condiciones para que las personas se queden, en particular planes de transición justa para unas sociedades sostenibles con inversiones sostenibles para la creación de empleo respetuoso con el clima; protección de los derechos laborales, en particular la libertad sindical y la negociación colectiva para todos los trabajadores; igualdad de género; salarios mínimos vitales para permitir a los trabajadores un nivel mínimo de dignidad; y sistemas de protección social universal basados en los derechos y sensibles a la dimensión de género, con una financiación reforzada a escala nacional e internacional.

▶ Garantizar unas vías basadas en los derechos para las personas que emigran por motivos climáticos:

» Ampliar las vías humanitarias para quienes huyen de los efectos adversos del cambio climático, que garanticen el acceso al mercado de trabajo gozando de plenos derechos laborales y sin discriminación, así como oportunidades significativas para adquirir un estatus permanente.

» Abandonar los regímenes de migración laboral temporal y vinculada a los empleadores para suplir la escasez de mano de obra, y, en su lugar, optar por estrategias inclusivas del mercado laboral que incluyan y apoyen intencionadamente a los trabajadores migrantes; por ejemplo, mediante regímenes de regularización accesibles para los migrantes que se encuentran en situación irregular.

▶ Garantizar en los países de destino los derechos laborales y la inclusión social de las personas que emigran por motivos climáticos:39

» Colaborar activamente con los sindicatos para elaborar y aplicar estrategias de integración de los migrantes en el mercado laboral.

» Proteger eficazmente el derecho a la libertad sindical, a organizarse y a negociar colectivamente para todos los trabajadores.

» Garantizar el acceso efectivo de los trabajadores migrantes a la justicia, y la exigencia de responsabilidades a los empleadores abusivos.

NORMAS Y MARCOS PERTINENTES:

» Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (P029), OIT

» Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños (Protocolo de Palermo)

» Convenio sobre el servicio del empleo (C088) y Convenio sobre los trabajadores migrantes (revisado) (C097), OIT

» Convenio sobre la igualdad de trato (seguridad social), 1962 (C118), OIT

» Convenio sobre los trabajadores migrantes (disposiciones complementarias), (C143), OIT

» Convenio sobre las agencias de empleo privadas (C181) OIT

» Convenio sobre el trabajo marítimo (MLC) (C186), OIT

» Convenio sobre las trabajadoras y los trabajadores del hogar (C189), OIT

» Convenio sobre la violencia y el acoso (C190), OIT

» Recomendación general sobre las trabajadoras migrantes (R026), CEDAW

» Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migrantes y de sus familiares (1990) (Asamblea General de la ONU)

» Recomendación sobre el empleo y el trabajo decente para la paz y la resiliencia, 2017 (R205), OIT

» Principios generales y directrices operativas de la OIT para la contratación equitativa y Definición de las comisiones de contratación y los gastos conexos (2018)

» Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo (adoptada en 1998, enmendada en 2022)

» Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular (2018)

» Directrices de la OIT para una transición justa hacia economías y sociedades ambientalmente sostenibles para todos (2015)

CSI Confederación Sindical Internacional

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