SIMULACIÓN DEL PROCESO DE CREACIÓN DE LA EMPRESA DISTRIBUIDORA DE POLLOS DE LA FINCA Ltda.
Fabián Amaya Reyes Maricel Caicedo Oliveros Víctor Manuel Ramos Jann Rodríguez Jiménez Mario Alexander Vela Grupo 210105_26
Universidad Nacional Abierta y A Distancia Escuela de Ciencias Administrativas, Contables, Económicas y de Negocios 2013
SIMULACIÓN DEL PROCESO DE CREACIÓN DE LA EMPRESA DISTRIBUIDORA DE POLLOS DE LA FINCA Ltda.
Fabián Amaya Reyes Maricel Caicedo Oliveros Víctor Manuel Ramos Jann Rodríguez Jiménez Mario Alexander Vela Grupo 210105_26
Desarrollo del trabajo final del curso de Fundamentos Legales
Tutor: Rafael Antonio Atehortua Correa
Universidad Nacional Abierta y A Distancia Escuela de Ciencias Administrativas, Contables, Económicas y de Negocios 2013
INTRODUCCIÓN
Durante el desarrollo de este curso, se ha podido comprobar que el proceso de concepción, formulación, ejecución, control y evaluación de cualquier tipo de empresa, demanda en primer lugar una ampliación de nuestra visión más allá de nuestro propio campo de acción profesional y que de la misma manera, el conocimiento y la comprensión del marco legal y más específicamente de la normatividad jurídica y legal, en todos sus niveles (local, regional, nacional e internacional) tanto en lo que se refiera a las normas sustanciales como procedimentales, representa un ejercicio crucial en el análisis del alcance e impactos de cualquier propuesta empresarial, lo que conlleva evidentemente a la necesidad de comprender, de manera general los “fundamentos legales”, y lo que es aún más importante, su efecto en los proceso de toma de decisiones de inversión.
Así pues, puede confirmarse entonces que el marco legal representa a través de múltiples restricciones e incluso estímulos, un factor fundamental en la planeación y ejecución de cualquier propuesta de inversión y que por lo tanto su análisis riguroso debe considerarse como un componente fundamental en la gestión de proyectos; Y es precisamente por esta razón que la actividad final dentro del curso de Fundamentos Legales, consiste en la simulación de la constitución y puesta en marcha de una empresa, ejercicio a través del cual será posible hacer un estudio detenido de cada una de las etapas y consideraciones que se deben hacer dentro de este proceso.
De esta forma, a continuación se presenta el resultado de la investigación realizada para simular el proceso de constitución de una empresa dedicada a la producción y distribución de carne de pollo, bajo la figura de una sociedad limitada.
1. REALIZACIÓN DE CONSULTAS PRELIMINARES
Luego de haber decidido que se constituirá una sociedad limitada, debe tenerse en cuenta que este tipo de figura, se constituye mediante escritura pública entre mínimo dos socios y máximo veinticinco, quienes responden con sus respectivos aportes, y que su proceso de constitución y funcionamiento se rige principalmente por lo consagrado en los artículos 353 al 372 del Código de Comercio y las demás disposiciones establecidas en este.
Vale la pena tener en cuenta que, en este tipo de sociedades, los socios son quienes definen el tiempo de duración de la empresa a través de la correspondiente escritura pública, en la cual también se puede establecer la delegación de la representación legal y administración en un gerente, quien debe guiarse por las funciones establecidas en los estatutos y la cual precisamente corresponden a la decisión que se ha tomado para el caso de la empresa para la cual se está adelantando el proceso de constitución.
Adicionalmente, en cuanto al capital en este tipo de sociedades, este debe estar representado en cuotas de igual valor que para su cesión, se pueden vender o transferir en las condiciones previstas en la ley o en los respectivos estatutos.
No obstante antes de proceder a registrar en el acta de constitución todas estas consideraciones derivadas del tipo de sociedad elegida, es necesario adelantar una etapa previa de consultas para poder adelantar el proceso de registro; Esta es precisamente la información que se presenta a continuación:
1.1 Consulta del nombre.
Antes de comenzar los trámites de constitución de una empresa, debe tenerse en cuenta que en nuestro país todos los comerciantes y los asuntos mercantiles, están regidos de manera general por las disposiciones consagradas en el Código de Comercio (Decreto 410 de Marzo 27 de 1971) y en este sentido deben tenerse en cuenta las siguientes consideraciones: El artículo 35 del Código de Comercio establece que “las cámaras de comercio se abstendrán de matricular a un comerciante o establecimiento de comercio con el mismo nombre de otro ya inscrito, mientras éste no sea cancelado por orden de autoridad competente o a solicitud de quién haya obtenido la matrícula”...
De la misma forma, el artículo 607 de este Código, establece que “Se prohíbe a terceros el empleo de un nombre comercial o de una marca de productos o de servicios, que sea igual o similar a un nombre comercial ya usado para el mismo ramo de negocios, salvo cuando se trata de un nombre que por ley le corresponda a una persona, caso en el cual deberán hacerse las modificaciones que eviten toda confusión que a primera vista pudiera presentarse”
En consecuencia, una vez que se haya tomado la decisión de constituir una empresa, el primer paso que debe hacerse es la consulta a la disponibilidad del nombre bajo el cual se identificará la empresa, que para este caso corresponde a “Distribuidora de Pollo de la Finca”.
Vale la pena resaltar que, para facilitar este tipo de trámites, en cumplimiento del artículo 11 de la ley 590 de 2000, la Red de Cámaras de Comercio de Colombia – Confecamaras- ha puesto a disposición de las cámaras de comercio y del público en general, un servicio denominado Registro Único Empresarial y Social–RUES-, el cual integra y centraliza los procesos de Registro Mercantil y de Registro Único de Proponentes, a través de un sistema de información a nivel nacional que permite verificar de forma fácil y rápida, si el nombre elegido para la futura empresa, cumple con el principio de homonimia o no.
Ahora bien, una vez hecha esta primera consulta, -la cual permitió establecer que aunque se encontró en el registro dos empresas con nombres similares, sus matrículas fueron canceladas y por lo tanto el nombre seleccionado, podría considerarse disponible -, el RUES, ofrece enlace directo a los servicios que brinda el Centro de Atención Empresarial CAE, a través del Portal Nacional de Creación de Empresas, - El Portal, de ahora en adelante-, el cual permite conocer, gestionar y completar en línea las actividades relacionadas con los trámites que se deben adelantar dentro el proceso de creación de una empresa y por lo tanto, este sitio web, se convirtió en la principal fuente de información para esta investigación.
El primer paso para acceder a los servicios del portal, es registrar el ingreso a la plataforma, mediante el diligenciamiento de un formulario que exige determinar como información básica la Cámara de Comercio ante la cual se realizará el trámite, el tipo de presa que se desea constituir y los datos de la persona que adelanta la consulta; Luego de completar esta etapa, el portal confirma el registro a través de la asignación de un nombre usuario y una contraseña, con los cuales se debe reingresar al Portal, para dar inicio al trámite.
La primera etapa sugerida, dentro del Portal, -tal cual como ya se había mencionado-, corresponde a las consultas previas, en este caso, se pide al usuario seleccionar tipo empresa constituir e igualmente se exige hacer una nueva consulta en nombre.
De esta forma, se procedió a realizar una segunda consulta sobre la disponibilidad del nombre, la cual, tal como se puede apreciar en la imagen 1, ratificó los resultados obtenidos a través del RUES, confirmando que el nombre elegido se encuentra disponible, lo que implica que la razón social para la empresa a constituir será: “Distribuidora de Pollo de la Finca”
Imagen 1. Confirmación de los resultados de la consulta de nombre
Fuente: Portal Nacional de Creación de Empresas. 2013
Es importante anotar, que si el Sistema comprueba la existencia de empresas con nombres similares, no se le permite al usuario continuar adelante con el trámite, hasta tanto no logre identificar un nombre que no exista en el registro nacional.
1.2 Consulta de la marca.
El siguiente paso a realizar, tiene que ver con la consulta de marca, es decir a la verificación de que los signos distintivos que se utilizarán para identificar los productos de la Distribuidora de Pollo de la Finca, -que corresponderían a las palabras “De la Finca”-, no están siendo utilizados por otras empresas.
Para este caso, el Portal direcciona a los usuarios a la base de datos electrónica de la Superintendencia de Industria y Comercio. El resultado, como se muestra en la imagen 2, es que no hay registros similares y por lo tanto, la marca "De la Finca” puede ser utilizada.
Imagen 2. Resultado de la consulta de signos distintivos
Fuente: Superintendencia de Industria y Comercio 2013
Vale la pena anotar, que si la información no fuera suficiente o resultara confusa, sería necesario solicitar los antecedentes marcarios o figurativos a la Superintendencia de Industria y Comercio, el cual es un trámite que se realiza a través de cualquier Cama de Comercio del País; No obstante, en este caso, dado que los resultados también son negativos al buscar coincidencias con marcas similares, no se considera necesario hacer una búsqueda más avanzada.
1.3 Consulta de actividad económica
La resolución número 000139 del 21 de noviembre de 2012, expedida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN-, ha determinado que “para mantener y garantizar la comparabilidad, calidad e integración de la información estadística, es imperativo que el gobierno nacional establezca la clasificación industrial uniforme de todas las actividades económicas adaptaba para Colombia CIIU Revisión 4, a la cual deben sujetarse tanto los entes privados como públicos” y en este orden de ideas, se ha establecido que tanto las personas naturales como jurídicas, deben adoptar esta clasificación al momento de definir su actividad económica para efectos tributarios, razón por la cual, el Portal, exige hacer la consulta de la actividad económica, para
determinar el código CIIU, que la identifica. Para el caso de la Distribuidora de Pollo de la Finca, la consulta ha determinado que los códigos que se debe suministrar en el formulario de registro mercantil, deben ser:
Código 1011: Procesamiento y conservación de carne y productos cárnicos
Código 0145: Cría de aves de corral.
Es importante anotar, que al seleccionar el código 1011, la empresa estaría autorizada para desarrollar las siguientes actividades: El funcionamiento de plantas de beneficio que realizan actividades de sacrificio de animales, tales como: res, cerdo, aves, oveja, cabra, conejo, especies de caza u otros animales; La producción de carne fresca, refrigerada o congelada, la producción de carne seca, salada o ahumada; La producción de productos cárnicos: salchichas, salchichón, morcillas, mortadela, longaniza, butifarra y otros embutidos; patés, jamón, tocineta, la producción de pieles y cueros en verde, procedentes de las plantas de beneficio animal, incluidas pieles depiladas; La producción de harinas y sémolas a base de carne o despojos de carne; La extracción de manteca de cerdo y otras grasas comestibles de origen animal, derivadas de estas actividades; La obtención de despojos animales, tales como: vísceras y menudencias, lana de matadero, plumas y plumones, dientes, huesos y cuernos de animales; La obtención de grasa de lana, como subproducto de la producción de lana de matadero; La elaboración de comidas y platos preparados; La elaboración de sopas y caldos en estado sólido o en polvo (instantáneas), que contengan carne, pescado, crustáceos, moluscos, pastas, legumbres, hortalizas, cereales; La clase 1089: elaboración de otros productos alimenticios; El comercio al por mayor de carne; La clase 4631, Comercio al por mayor de productos alimenticios; El empacado de carne a cambio de una retribución o por contrata, Y la clase 8292, Actividades de envase y empaque.
1.4 Consulta del uso del suelo
En cuanto a este tema, el Portal establece en primer lugar que el decreto 1879 de 2008, ha especificado que el certificado de usos del suelo no es requisito para la apertura de un establecimiento de comercio y que este trámite sólo es exigible una vez dicho establecimiento esté en funcionamiento
De esta forma, se tiene que, antes de iniciar operaciones, es necesario determinar, si de acuerdo con el Plan de Ordenamiento Territorial y la reglamentación que en cuanto esta materia exista en el municipio de Palmira, es posible desarrollar la actividades económicas descritas anteriormente, en la ubicación que se ha seleccionado para el establecimiento de la planta de producción de la empresa.
Más sin embargo, pese a que el Portal, ofrece al usuario la posibilidad de hacer una consulta en línea sobre los usos del suelo aprobados para el municipio en el cual se desea ubicar el establecimiento de comercio, para el caso el municipio de Palmira en el departamento del Valle del Cauca, no hay información disponible, razón por la cual fue necesario
Lastimosamente, al momento de la consulta, no se disponía de información dentro del sistema, para esta localidad, sólo ha sido posible establecer que el predio seleccionado para ubicar la planta de producción de esta empresa, está localizado dentro de la llamada parcelación industrial La Dolores, que según la consulta hecha al Plan de Ordenamiento Territorial del municipio de Palmira (Acuerdo 109 de 2001), corresponde a suelo de uso industrial, lo cual es compatible con la actividad que se realizaría por parte de la empresa.
Asimismo, se estableció que es necesario solicitar la expedición de un certificado de uso de suelo, el cual es un trámite que se realiza de manera gratuita ante la alcaldía municipal de Palmira, a través de un formulario de solicitud que es respondido por esta institución en un plazo máximo de 15 días hábiles.
La imagen 3 muestra el formato diligenciado con la información correspondiente a la empresa que se desea constituir a través de este ejercicio.
Imagen 3. Formato para solicitud de certificaci贸n de uso de suelo
Fuente: Alcald铆a municipal de Palmira. 2013
1.5 Consulta de pagos
Dado que se va constituir una sociedad limitada, con un capital de $75.000.000 con un único establecimiento comercial y que se cumplen las condiciones para acogerse a la Ley 1429 de 2010, "Por la cual se expide la ley de formalización y generación de empleo" e inicialmente no se hará la inscripción en el Registro Nacional de Proponentes, los costos de los tramites en la Cámara de Comercio de Palmira (Valle del Cauca), según la consulta en el Portal Nacional de Creación de Empresas, serian:
Impuesto de registro:
$5.250.000
Matricula Mercantil:
$130.000
Alcaldía de Palmira:
$0.0
Estampillas y formularios:
$ 183.800
Total:
$5.563.800
2. REALIZACIÓN DE TRÁMITES DE REGISTRO
2.1 Inscripción en el Registro Único Tributario -RUT-
De acuerdo con la investigación realizada, toda empresa debe realizar la inscripción en el RUT, en forma previa al inicio de la actividad económica, al cumplimiento de obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN- y en general, a la realización de operaciones en calidad de importador, exportador o usuario aduanero (DIAN, 2013).
Este trámite debe realizarse ante la DIAN; Inicialmente debe hacerse un registro preliminar, dado que todavía no se cuenta con un número de identificación tributaria – NIT-; Para hacerlo el representante legal de la empresa a constituirse puede dirigirse personalmente a una oficina territorial de la DIAN, en donde un funcionario le orientará durante el trámite, o si se prefiere, esta solicitud puede presentarse de manera virtual, dirigiéndose a la dirección de Internet: https://muisca.dian.gov.co/WebRutMuisca/DefInscripcionRutPortal.faces. En el caso particular de Distripollo de la Finca, se ha optado por adelantar el tramite vía electrónica, pues además de las ventajas que ofrece la virtualidad, este mecanismo brinda la posibilidad de construir un borrador que puede ser modificado antes de presentar la solicitud formal; Como resultado del trámite adelantado se obtuvo un borrador al que le fue asignado el código 14266570845, el cual se presenta en la Imagen 4.
Ahora bien, una vez que se haya confirmado la información a consignar dentro del formulario, el servicio en línea ofrecido por la DIAN, permite hacer de manera directa, el envío virtual del formulario para la correspondiente aprobación por parte de la Cámara de Comercio* ante la cual se está adelantando el trámite.
Se ha podido establecer que luego de que se haya hecho el envío oficial, el funcionario competente de la Cámara de Comercio, revisará y validará la información, confrontando los datos que figuran en el documento de identificación con los incorporados en el formulario, con el objeto de verificar la calidad de la información incorporada en el Registro Único Tributario - RUT. Una vez verificada la información, el funcionario competente procederá a formalizar la inscripción en el registro, para lo cual imprimirá el formulario con leyenda “CERTIFICADO” que deberá ser firmado por el representante *
Este trámite también puede adelantarse directamente ante la DIAN, pero en este caso buscando aprovechar los servicios en línea, se ha decidió hacer el trámite a través de la Cámara de Comercio de Palmira.
legal de Distripollo de la Finca, y por el funcionario facultado. Una copia del documento será entregada al interesado y otra reposará en la DIAN. (DIAN, 2013). Adicionalmente, el funcionario competente de Cámara de Comercio procederá a enviar la información requerida a la DIAN para la asignación del Número de Identificación Tributaria NIT, que deberá ser solicitado a más tardar dentro los dos (2) días calendario siguientes a la asignación de la matrícula mercantil (DIAN, 2013). Imagen 4. Borrador del Registro Único Tributario –RUT-
Fuente: Sistema Muisca de la DIAN. 2013
2.1 Diligenciamiento del Acta de constitución
Aunque el artículo 22 de la Ley 1014 de 2006, establece que toda empresa con una planta de personal no superior a diez (10) trabajadores y/o activos totales con valor inferior a quinientos (500) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes -el cual es el caso de la empresa a constituir en esta simulación-, pueden constituirse mediante documento privado, se ha decidido que para efectos del ejercicio académico, se hará el proceso a través de una minuta.
De esta manera, se tiene que, una vez que los socios han tomado las decisiones correspondientes y han celebrado la asamblea de constitución de la sociedad, debe procederse a redactar la correspondiente acta de constitución, la cual debe ser presentada ante la Cámara de Comercio para su revisión, aprobación y formalización.
En este caso, gracias a que este proceso se apoyó en los servicios que ofrece el Portal Nacional de Creación de Empresas, fue posible disponer de un modelo para la construcción del documento y hacer el correspondiente envío para dar inicio al proceso de revisión y aprobación, el cual es requisito indispensable para dar continuidad al trámite.
A continuación se presenta, el documento de acta de constitución que se construyó para este ejercicio:
DISTRIBUIDORA DE POLLOS DE LA FINCA Ltda: ACTA DE CONSTITUCIÓN
En la ciudad de Palmira, Departamento de Valle del Cauca, República de Colombia, el 2 de Diciembre del año 2013, ante mí: Comparecieron: Maricel Caicedo , mayor de edad, identificada con Cedula de Ciudadanía número 29659972 expedida en Palmira, de estado civil Casada, domiciliada en la ciudad de Palmira en la dirección Calle 45 B Nro 25 - 13; Víctor Manuel Ramos , mayor de edad, identificado con Cedula de Ciudadanía número 94330240 expedida en Palmira, de estado civil Casado, domiciliado en la ciudad de Palmira en la dirección Calle 45 B Nro 25 - 13; Jann Rodríguez Jiménez, mayor de edad, identificado con Cedula de Ciudadanía número 93298336 expedida en Líbano, de estado civil Casado, domiciliado en la ciudad de Líbano en la dirección Manzana 31 Casa 18 Barrio Marsella; Fabián Amaya , mayor de edad, identificado con Cedula de Ciudadanía número 8763453 expedida en Bogotá, de estado civil Casado, domiciliado en la ciudad de Bogotá en la dirección Calle 143 Nro 23 - 12; Y Mario Alexander Vela , mayor de edad, identificado con Cedula de Ciudadanía número 43456784 expedida en Leticia, de estado civil Casado domiciliado en la ciudad de
Leticia en la dirección Calle 23 Nro 45 - 5, quienes MANIFESTARON: Que obrando en las condiciones antes mencionadas han celebrado un contrato de sociedad comercial de Responsabilidad Limitada, que se regirá por los siguientes estatutos, y en lo no previsto en ellos, por las normas aplicables a este tipo de sociedad.
-. ARTICULO No. PRIMERO - DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL : La sociedad se denominará: Distribuidora de Pollo de la Finca Ltda., con Sigla Distripollo de la Finca Ltda., razón social bajo la cual regirá en adelante.
-. ARTICULO No. SEGUNDO - DOMICILIO : La sociedad es de nacionalidad colombiana y tendrá como domicilio principal la ciudad de Palmira, departamento del Valle del Cauca, pudiendo no obstante, establecer oficinas, sucursales o agencias en cualquier lugar del territorio nacional y del extranjero.
-. ARTICULO No. TERCERO - DURACIÓN : La sociedad tendrá un término de duración de 10 Años, contados a partir de la fecha de otorgamiento de este instrumento público, pero podrá disolverse antes por alguna de las causales establecidas en este Estatuto Social o en la Ley.
-. ARTICULO No. CUARTO - OBJETO SOCIAL : El Objeto social de la sociedad será la explotación de la industria avícola, lo que podrá incluir las actividades de cría de aves de corral, procesamiento y conservación de carne y productos cárnicos, el funcionamiento de plantas de beneficio para el sacrificio de aves, la producción de carne fresca, refrigerada o congelada, la producción de carne seca, salada o ahumada, la producción de productos cárnicos: salchichas, salchichón, morcillas, mortadela, longaniza, butifarra y otros embutidos; patés, jamón, tocineta, la producción de harinas y sémolas a base de carne o despojos de carne; la obtención de despojos animales, tales como: vísceras y menudencias, plumas y plumones, la elaboración de comidas y platos preparados, la elaboración de sopas y caldos en estado sólido o en polvo (instantáneas), que contengan carne, pescado, crustáceos, moluscos, pastas, legumbres, hortalizas, cereales, la elaboración de otros productos alimenticios, el comercio al por mayor de carne, el comercio al por mayor de productos alimenticios, el empacado de carne a cambio de una retribución o por contrata y actividades de envase y empaque. En desarrollo de su objeto social, la sociedad podrá ser asociada de sociedades comerciales ya sea como asociada fundadora o que luego de su constitución, ingrese a ellas por adquirir interés social en las mismas, comercializar los bienes y productos que adquiera a cualquier título, abrir establecimientos de comercio con tal fin; adquirir, enajenar, gravar, administrar, tomar y dar en arrendamiento toda clase de bienes muebles e inmuebles y en especial hipotecar los bienes inmuebles que adquiera y dar en prenda los bienes muebles que sean de su propiedad; intervenir ante terceros, sean
ellos personas naturales o jurídicas, y en especial ante entidades bancarias y crediticias como deudora de toda clase de operaciones de crédito, otorgando las garantías del caso cuando a ello hubiere lugar; dar y recibir dinero en mutuo, con interés o sin él, exigir u otorgar las garantías reales o personales que se requieran en cada caso; celebrar con establecimientos bancarios, financieros y aseguradoras, toda clase de operaciones y contratos relacionados con los negocios y bienes sociales que tengan como fin acrecer su patrimonio; girar, aceptar, endosar, asegurar, cobrar y negociar toda clase de títulos valores; administrar bienes de sus asociados o de terceros; celebrar todos los actos y contratos necesarios para el cabal cumplimiento de su objeto social, dentro de los límites y en las condiciones previstas por la Ley y estos Estatutos.
-. ARTICULO No. QUINTO - CAPITAL : El capital social está expresado en PESOS y corresponde a la suma de SETENTA Y CINCO MILLONES ( 75,000,000.00 ), el cual se encuentra dividido en SETENTA Y CINCO MIL ( 75000 ) cuotas de interés social de un valor nominal de MIL ( 1,000.00 ) cada una, el cual fue aportado por los socios en las siguientes proporciones:
SOCIO Maricel Caicedo Víctor Manuel Ramos Jann Rodríguez Jiménez Fabián Amaya Mario Alexander Vela TOTAL
CUOTAS 15.000 15.000 15.000 15.000 15.000 75.000
CAPITAL $ 15.000.000 $ 15.000.000 $ 15.000.000 $ 15.000.000 $ 15.000.000 $ 75.000.000
% 20% 20% 20% 20% 20% 100%
-. ARTICULO No. SEXTO - RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS : La responsabilidad de cada uno de los socios queda limitada a su respectivo aporte.
-. ARTICULO No. SÉPTIMO - CESIÓN DE CUOTAS : Cuando un socio quiera enajenar parcial o totalmente sus cuotas se dará aplicación a los trámites establecidos en los artículos 362 y siguientes del Código de Comercio.
-. ARTICULO No. OCTAVO - ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN : La sociedad tendrá los siguientes órganos directivos: LA JUNTA GENERAL DE SOCIOS, GERENTE, y SUB-GERENTE; la sociedad también podrá tener un Revisor Fiscal, cuando así lo disponga cualquier número de socios excluidos de la administración, que representen no menos del 20 % del capital social. Cada uno de éstos órganos ejerce las funciones y atribuciones que se determinen en los presentes estatutos, con arreglo a las normas especiales aquí expresadas y a las disposiciones legales vigentes. La representación legal, convienen los socios en delegarla a el Gerente de la sociedad, quien tendrá un Sub-gerente que lo remplazará en sus faltas absolutas o temporales con las mismas atribuciones de éste.
-. ARTICULO No. NOVENO - JUNTA GENERAL DE SOCIOS : La Junta General de Socios la integran todos los socios reunidos con el quórum y en las condiciones que en estos estatutos se exigen. - La Junta de Socios se reunirá ordinariamente dentro los tres (3) primeros meses del año, en las oficinas del domicilio de la sociedad. La convocatoria se hará cuando menos con quince (15) días hábiles de anticipación. Si no fuere convocada, o si habiéndolo sido, esta no se reuniera, lo hará por derecho propio el primer día hábil del mes de abril, a las 10:00 A.M., en las Oficinas del domicilio donde funcione la administración de la sociedad.
-. ARTICULO No. DECIMO - REUNIONES DE LA JUNTA DE SOCIOS : Las reuniones de la junta podrán ser ordinarias o extraordinarias y se llevarán a cabo en el domicilio principal de la sociedad, en el lugar, fecha y hora indicados en la convocatoria, la cual se hará por escrito enviando a la dirección domiciliaria de cada socio. No obstante, podrán reunirse sin previa citación y en cualquier sitio cuando estuviere representada la totalidad de las cuotas en que se divide el capital. Las reuniones ordinarias se efectuarán una vez al año dentro de los tres (3) primeros meses de cada año, ordinarias tendrán por objeto examinar la situación de la sociedad, designar los administradores y demás funcionarios de su elección , determinará las directrices económicas de la compañía, considerar las cuentas y balances del último ejercicio, resolver sobre la distribución de utilidades y acordar todas las providencias necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto social. Si no fuere convocada la Junta de Socios con este objeto, se reunirá por derecho propio el primer día hábil del mes de abril a las diez de la mañana (10 A.M.) en las oficinas del domicilio de la compañía. Podrá también reunirse extraordinariamente en cualquier tiempo, previa convocatoria del Gerente, mediante cartas dirigidas a la dirección registrada de cada socio, con una antelación no inferior a cinco ( 5 ) días comunes a la fecha de la reunión, o con la asistencia de todos los socios, caso en el cual no se requerirá convocatoria previa. PARÁGRAFO: REUNIONES NO PRESENCIALES; Las reuniones no presenciales podrán darse tanto en la reunión ordinaria como en la extraordinaria de conformidad con lo establecido en los artículos 19 y 20 de la ley 222 de 1.995.
-. ARTICULO No. DECIMO PRIMERO - CONVOCATORIA : La convocatoria para las reuniones de la Junta de Socios se hará por medio de notificaciones personales enviadas a la dirección de los socios. En el acta de la reunión se dejará constancia de la convocatoria.
-. ARTICULO No. DECIMO SEGUNDO - MAYORÍAS DECISORIAS : Habrá quórum para deliberar tanto en las sesiones ordinarias como en las extraordinarias con un número plural de socios que represente el cincuenta y uno ( 51 %) de las cuotas en que se encuentre dividido el capital social, salvo que la Ley o los estatutos establezcan otra cosa. --- Con la misma salvedad, las reformas estatutarias se adoptarán con el voto favorable de un número plural de socios que represente el 70 % de las cuotas correspondientes al capital social. - - Para estos efectos, cada cuota dará derecho a un voto , sin restricción alguna. Todo socio podrá hacerse representar en las reuniones de
la Junta General, mediante poder otorgado por escrito, en el cual se indique el nombre del apoderado, la persona en quien éste puede sustituirlo y la fecha de la reunión para la cual se confiere. Así como los demás requisitos señalados en los estatutos. El poder otorgado por escritura pública, o por documento legalmente reconocido, podrá comprender dos o más reuniones de la Junta General de Socios. Ningún socio podrá tomar la representación de otro .
-. ARTICULO No. DECIMO TERCERO - FUNCIONES DE LA JUNTA GENERAL DE SOCIOS : La Junta General de Socios tendrá las siguientes funciones: a) Estudiar y aprobar las reformas de los estatutos; b) Examinar, aprobar e improbar, modificar y fenecer los balances de fin de ejercicio y las cuentas que deba rendir el Gerente, anualmente o cuando lo exija la misma junta, así como las cuentas, que deban rendir los demás administradores; c) Elegir y remover los miembros y fijar la remuneración que corresponda a los demás funcionarios de su elección; d) Acordar la forma en que hayan de distribuirse y pagarse las utilidades sociales, lo mismo que la formación y de las reservas especiales que sean necesarias y Convenientes para la empresa y decretar la cancelación de las pérdidas, en su caso; e) Considerar los informes que debe presentar el Gerente en las reuniones ordinarias sobre el estado de los negocios sociales cuando la misma Junta General de socios se lo solicite; f) Resolver todo lo relativo a la cesión de cuotas y a la admisión de nuevos socios así como decidir sobre el retiro y exclusión de éstos; g) Ordenar las acciones que correspondan contra los administradores, el representante legal o cualesquiera otra persona que hubiera incumplido sus obligaciones u ocasionado daños o perjuicios a la sociedad; h) Impartir al liquidador o liquidadores las órdenes e instrucciones que reclamen la buena marcha de la liquidación llegado el caso, y aprobar las cuentas periódicas y la final de la misma; i) Aprobar la solicitud de trámite de Concordato preventivo Potestativo; j) Cumplir las demás atribuciones que le están expresamente adscritas por las leyes vigentes y los estatutos y tomar en general las medidas que exijan el cumplimiento del contrato social, del interés común de los socios conforme a éstas mismas normas.
-. ARTICULO No. DECIMO CUARTO - REPRESENTACIÓN DE LA SOCIEDAD : La representación legal de la sociedad y la administración inmediata de sus bienes y negocios se delegan por los socios en un Gerente y en un Sub-Gerente, quien será su asesor permanente y lo reemplazará en sus faltas accidentales, temporales o definitivas y en los casos de impedimento o incapacidad, quien en el ejercicio de sus funciones tendrá las mismas facultades del Gerente. Tanto el Gerente, como su Sub-Gerente, serán elegidos por la Junta General de Socios para períodos de dos (2) años y podrán ser reelegidos sucesivamente, sin perjuicio de ser removido en cualquier tiempo. Si no se hace la elección, el Gerente y el Sub-Gerente continuarán en sus cargos aunque el período esté vencido. El Gerente quien podrá ser socio o extraño es el representante legal de la sociedad, con facultades, por lo tanto, para ejecutar con sujeción a los presentes estatutos, todos los actos y contratos acordes con la naturaleza de su cargo y que se relacionen directamente con el giro ordinario de los negocios sociales.
-. ARTICULO No. DECIMO QUINTO - FACULTADES REPRESENTANTE LEGAL : El representante legal ejercerá en especial las siguientes funciones: a) Representar ante la sociedad y los asociados, ante terceros y ante toda clase de autoridades del orden administrativos o Jurisdiccional. b) Ejecutar todos los actos u operaciones comprendidas dentro del objeto social o que se relacionen con la existencia y el funcionamiento de la sociedad. c) Autorizar con su firma todos los documentos, públicos o privados, que deben otorgarse en desarrollo de las actividades sociales o en interés de la compañía. d) Presentar a la Junta General de Socios, en su primera reunión ordinaria del año, un balance general de fin de ejercicio, con un inventario general, un informe escrito sobre la situación de la sociedad, un detalle completo de la cuenta de pérdidas y ganancias y un proyecto de distribución de utilidades. e) Presentar a la Junta General de Socios, cada mes, el Balance de prueba del mes anterior y suministrarle los informes que esta le solicite en relación con la compañía y las actividades sociales. f) Nombrar y remover los empleados de la sociedad cuyo nombramiento y remoción no correspondan a la Junta de Socios. Todos los empleados de la compañía, con excepción de los designados por la Junta General de Socios, estarán sometidos al Gerente en el desempeño de sus cargos. g) Tomar las medidas que reclame la conservación de los bienes sociales, vigilar la actividad de los empleados de la sociedad e impartir las órdenes e instrucciones que exija la buena marcha de la compañía. h) Convocar la Junta General de Socios a sus reuniones ordinarias y extraordinarias cuando lo juzgue necesario o cuando se lo solicite un número de socios que represente no menos del 70% del capital social. i) Cumplir oportunamente los requisitos y exigencias legales que se relacionen con el funcionamiento y las actividades de la sociedad. j) Manejar los fondos sociales, girar, cancelar, recibir, firmar letras, pagarés, cheques, giros, libranzas y cualesquiera otros títulos valores, así como negociarlos, tomarlos, pagarlos, descontarlos etc. k) El Gerente en ejercicio de sus funciones podrá celebrar todos los actos y contratos para el normal desarrollo de la sociedad, sin límite de cuantía. l) Cumplir las demás funciones que le señalen la Junta General de socios y aquellas que le sean propias de acuerdo con la Ley y los estatutos, como órganos ejecutivos de la sociedad. (Si al gerente lo limitan para ciertos actos esta limitación se fija en salarios mínimos legales).
-. ARTICULO No. DECIMO SEXTO - BALANCE : Cada año el treinta y uno (31) de Diciembre, se cortarán las cuentas, se hará inventario y el balance general de fin de ejercicio que, junto con el respectivo estado de pérdidas y ganancias, el informe del Gerente y el proyecto de distribución de utilidades se presentará por éste a la Junta de Socios, previa la aprobación de las partidas necesarias conforme a la Ley y a la técnica contable, para afianzamiento de los derechos y el patrimonio social. -. ARTICULO No. DECIMO SÉPTIMO - LIQUIDACIÓN DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS : Al liquidar la cuenta de pérdidas y ganancias de cada ejercicio y establecer el saldo de unas y otras, deberá previamente haberse asentado en los libros de contabilidad las siguientes apropiaciones: Para la depreciación y amortización de los activos susceptibles de desastres, o demérito, las cantidades que se consideren necesarias al efecto, habida cuenta de la naturaleza, duración probable de cada bien y el uso a que
esté designado. Para atender el pago de cesantías y demás prestaciones sociales a cargo de la compañía y a favor de sus trabajadores, causadas durante el periodo y desde la fecha del balance anterior, las sumas que legal y contractualmente sean necesarias para cubrir todo su valor. Para impuestos sobre la renta y complementarios, adicionales o especiales, las sumas que, conforme a las leyes tributarias correspondan a este pasivo. Para amparo y protección de la cartera y demás activos sociales las sumas indispensables para que el balance general sea exacto y refleje la verdadera situación económica y financiera de la empresa.
-. ARTICULO No. DECIMO OCTAVO - RESERVA : Aprobados que sean el balance y demás documentos de cuentas, de las utilidades líquidas que resulten se destinará un diez por ciento (10%) para constituir una reserva legal que ascenderá por lo menos al cincuenta por ciento (50 %) del capital, después de lo cual la sociedad no tendrá la obligación de continuar llevando a esta cuenta el diez por ciento (10 %) de las utilidades líquidas. Pero si disminuyera, volverá a apropiarse el mismo diez por ciento (10 %) de tales utilidades, hasta cuando la reserva llegue nuevamente al límite fijado. PARÁGRAFO PRIMERO. Además de la anterior reserva, la Junta de Socios podrá hacer las que considere necesarias o convenientes, siempre y cuando tengan una destinación especial y se aprueben con la mayoría prevista en estos estatutos. PARÁGRAFO SEGUNDO. Una vez deducidas las anteriores reservas, el saldo restante de las utilidades líquidas se distribuirá entre los socios a prorrata de sus respectivos aportes.
-. ARTICULO No. DECIMO NOVENO - CAUSALES DE DISOLUCIÓN : La sociedad se disolverá: a) - Por la expiración del plazo señalado para su duración, si no fuere prorrogado válidamente antes de su expiración; b) - Por la pérdida de un cincuenta por ciento (50 %) del capital aportado; c) - Por acuerdo unánime de los socios; d) - Por la ocurrencia de algunos de los eventos de que trata el artículo 218 del Código de Comercio y e) Por cualesquiera otras causales legales.
-. ARTICULO No. VIGÉSIMO - DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN : Disuelta la sociedad el Gerente de la sociedad procederá a otorgar la escritura pública correspondiente y cumplir con las demás formalidades de la Ley. Los socios de común acuerdo designarán al liquidador o liquidadores de la sociedad quienes la representarán activa y pasivamente para todos los efectos legales, no pudiendo ejecutar otros actos o contratos que las que tiendan directamente al cumplimiento de su encargo. La existencia de la sociedad se entenderá prorrogada para los fines de la liquidación por el tiempo que éste dure. La liquidación se efectuará de conformidad a las disposiciones legales vigentes. El liquidador podrá distribuir en especie los bienes que sean susceptibles de ello, de acuerdo con avalúos actualizados a la fecha de la liquidación, a menos que, de común acuerdo, los socios soliciten que para la liquidación se realicen todos los activos. Una vez disuelta la sociedad, se adicionará a la razón social con la expresión "EN LIQUIDACIÓN". Su omisión hará incurrir a los encargados de adelantar
el proceso liquidatario en las responsabilidades establecidas de la Ley (Artículo 110 ordinal 10 y 222).
-. ARTICULO No. VIGÉSIMO PRIMERO - CLÁUSULA COMPROMISORIA : Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, a su ejecución, a su liquidación, al cumplimiento de cualquiera de las obligaciones señaladas en el mismo y las que surgieren entre los socios y la sociedad o entre aquellos por razón de tal contrato social, se resolverán por un Tribunal de Arbitramento que funcionará en el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio del domicilio de la sociedad y que se sujetará a lo dispuesto en el Decreto 2279 de 1989, ley 23 de 1991, Decreto 2651 de 1991, ley 377 de 1997, ley 446 de 1998 y a las demás disposiciones legales que los reglamenten, adicionen o modifiquen y de acuerdo con las siguientes reglas: a. El Tribunal estará integrado por uno o tres árbitros según sea de menor o mayor cuantía, respectivamente. b. El Tribunal decidirá en derecho. c. El Tribunal funcionará en el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio del domicilio de la sociedad.
-. ARTICULO No. VIGÉSIMO SEGUNDO - PROHIBICIONES : La sociedad no podrá constituirse garante de obligaciones ajenas ni caucionar o gravar sus bienes por obligaciones distintas a las suyas propias.
-. ARTICULO No. VIGÉSIMO TERCERO - NOMBRAMIENTOS : Se realizan los siguientes nombramientos: como Vice Presidente a Maricel Caicedo , con Cedula de Ciudadanía número 29659972 de PALMIRA; como Miembro Junta Directiva - Principal a Fabián Amaya , con Cedula de Ciudadanía número 8763453 de Bogotá; como Miembro Junta Directiva - Principal a Mario Alexander Vela , con Cedula de Ciudadanía número 43456784 de Leticia; como Gerente a Víctor Manuel Ramos , con Cedula de Ciudadanía número 94330240 de Palmira; como Representante legal a Víctor Manuel Ramos , con Cedula de Ciudadanía número 94330240 de Palmira; como Presidente a Jann Rodríguez Jiménez, con Cedula de Ciudadanía número 93298336 de Líbano; como Revisor Fiscal - Principal a Juan Gómez, con Cedula de Ciudadanía número 126678908 de Bogotá; como Revisor Fiscal - Suplente a Pedro Rojas , con Cedula de Ciudadanía número 3344561 de Bogotá.
-. ARTICULO No. VIGÉSIMO CUARTO - -. : En todo lo no previsto en este contrato, la sociedad se regirá por las disposiciones legales que para su naturaleza le son aplicables según el Código de Comercio.
ADVERTIDOS Los otorgantes de la formalidad del registro se les leyó este instrumento y lo aprobaron por estar de acuerdo con lo pactado por ellos. Firman por ante mí el Notario que doy fe.-Derechos Notariales según Resolución 4.470 de fecha 17 de
Diciembre de 2.003. - Por valor de $ 32.500* moneda corriente. NOTA: ESTA ESCRITURA FUE EXTENDIDA EN HOJAS DE PAPEL NOTARIAL NÚMEROS: 7 HOJAS.
Maricel Caicedo C.C. 29659972 expedida en Palmira
Víctor Manuel Ramos C.C. 94330240 expedida en Palmira
Jann Rodríguez Jiménez C.C. 93298336 expedida en Líbano
Fabián Amaya C.C. 8763453 expedida en Bogotá
Mario Alexander Vela C.C. 43456784 expedida en Leticia
El Notario
*
Dato calculado según la información consignada en la Resolución 026 del 09 de Enero de 2013 en la cual se establecen las tarifas notariales vigentes.
2.3 Diligenciamiento de formularios de solicitud de registro mercantil
Este trámite puede hacerse de dos formas: de manera personal, para lo cual, el representante legal de la sociedad debe presentarse ante la correspondiente oficina de la cámara de comercio para solicitar y diligenciar personalmente los formularios; O por otro lado, a través del Portal Nacional de Creación de Empresas, que ofrece la posibilidad de hacer ese trámite en línea, la cual fue la opción seleccionada para el ejercicio que se está desarrollando.
De esta forma, una vez que se ha hecho el proceso de diligenciamiento de la solicitud de registro en el RUT y la presentación del acta de constitución, el Portal le pide al usuario, digitar el código asignado para el borrador del RUT y posteriormente, le permite al usuario acceder al Formato de solicitud de registro único empresarial y social RUES (antes denominada Caratula Única Empresarial), que automáticamente es diligenciado con la misma información que fue consignada previamente en el Portal, a la vez que se solicita el diligenciamiento de ciertos campos para adelantar los tramites de Matricula del Registro Mercantil, Registro de Establecimientos de Comercio y Registro Único de Proponentes (no requerido en este caso). El resultado de este trámite puede observarse en las siguientes imágenes.
Imagen 5. Formato de solicitud de registro Ăşnico empresarial y social. PĂĄgina 1 de 2
Fuente: Portal Nacional de CreaciĂłn de Empresas. 2013
Imagen 6. Formato de solicitud de registro Ăşnico empresarial y social. PĂĄgina 2 de 2
Fuente: Portal Nacional de CreaciĂłn de Empresas. 2013
Imagen 7. Formato de solicitud de registro de establecimiento de comercio. P谩gina 1 de 1
Fuente: Portal Nacional de Creaci贸n de Empresas. 2013
Una vez se han diligenciado y enviado estos formularios, el Centro de Atención Empresarial, informará y notificará a las entidades competentes para que verifiquen el cumplimiento de las disposiciones técnica de seguridad, ambiental, higiene locativa, intensidad auditiva, uso del suelo, impuesto de industria y comercio y administración de impuestos, para regular las situaciones descritas de conformidad con la Ley 232 de 1995 y demás normas concordantes, (Confecamaras, 2013), de manera tal que la realización de este tipo de trámites por esta vía, permitirá verificar si se está dando cumplimiento a todos los requerimientos y exigencias de Ley y en caso de presentarse algún tipo de omisión, será posible identificar de forma rápida, la entidad y el tipo de trámite que debe completarse y/o ajustarse. Asimismo, otra de las ventajas que representa la realización de este proceso de forma virtual, radica en la posibilidad de realizar el seguimiento al proceso de creación, verificando si la Cámara de Comercio y la DIAN, ya han hecho la revisión y la aprobación de los formularios o si han señalado la necesidad de hacer algún tipo de ajuste. De manera tal que una vez se haya obtenido la correspondiente aprobación, se podrá proceder a imprimir los formularios o ir personalmente a la Cámara de Comercio en la que se ha radicado el proceso, para solicitar la impresión correspondiente por parte de un funcionario del CAE para hacer el registro del Acta de Constitución ante la correspondiente Notaria.
2.4 Formalización de la Empresa ante la Cámara de Comercio.
Para completar el proceso de formalización de la constitución de la empresa, deberán radicarse de manera personal ante la Cámara de Comercio -de Palmira, para este casoel Acta de Constitución notariada, el formulario de Registro Único Empresarial y Social, el Registro Único Tributario Certificado, la solicitud de los libros obligatorios (de Actas; Diario; Inventario y Balances; Y Mayor y Balances) y hacerse el pago correspondiente, con lo que se obtendrá el Certificado de Existencia y Representación Legal, el cual es un documento exigido para la realización de tramites como el que se describe a continuación. 2.4 Formalización de la Empresa ante la DIAN
Este proceso debe adelantarse de manera personal ante la oficina seccional de la DIAN dentro de la jurisdicción territorial en la que se establecerá la empresa -para este caso la seccional de Palmira (Valle del Cauca)- y existen al menos tres alternativas para realizar este proceso: (i) que el representante legal se presente acreditando la calidad correspondiente, para la persona jurídica, (ii) que se presente un tercero autorizado debidamente acreditado (iii)que se presenten terceros con previa autenticación de la firma del interesado o quien ejerza la representación legal, en el cuerpo del formulario, no obstante en todo caso, es obligatoria acreditar el certificado de existencia o
representación legal.
Este proceso permitirá a su vez adelantar el trámite de solicitud de la resolución de facturación, la cual deberá hacerse diligenciando y presentando el formulario 1302. El formato diligenciado para el caso de Distripollo de la Finca, se presenta en la imagen 8. Imagen 8. Formato de solicitud de numeración facturación. Página 1 de 2
Fuente: Sistema MUISCA de la DIAN, 2013.
Imagen 8. Formato de solicitud de numeración facturación. Página 2 de 2
Fuente: Sistema MUISCA de la DIAN, 2013.
3. TRAMITE DEL REGISTRO DE MARCA
Una vez se cuente con el Numero de Identificación Tributaria, podrá darse inicio al trámite del Registro de Marca, dentro de este proceso, en primer lugar debe tenerse en cuenta que además de cumplir con ciertos atributos, tales como fuerza y perdurabilidad, la marca debe incluir diferentes elementos nominativos o gráficos y sobre todo, debe constatarse que la marca sea registrable. (Artículos 134, 135, 136 y 137 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina). Los pasos a seguir se describen a continuación:
3.1 Clasificar los productos o servicios: Deben elegirse los productos o servicios que distinguirá la marca y clasificarlos según la Clasificación Internacional de Niza, la cual, también puede consultarse de forma muy fácil a través de buscadores especializados en Internet. Para el caso de Distripollo de la Finca se ha hecho la consulta a través del sistema de Consulta Clasificación Internacional de NIZA de la Superintendencia de Industria y Comercio, la cual ha definido que los productos que ofrecería Distripollo de la Finca, se clasificará bajo la clase NIZA número 29.
3.2 Realizar la búsqueda de antecedentes marcarios. Esta búsqueda se hace para verificar si existen registradas o solicitadas con anterioridad marcas iguales o parecidas que identifiquen iguales o semejantes productos o servicios que puedan obstaculizar el registro de la marca. Como se había mencionado, la consulta inicial a través del Portal del CAE, señaló que la marca “De la Finca”, se encontraba disponible. Si se considerara necesario hacer una búsqueda a nivel internacional o de forma más exhaustiva, la Superintendencia de Industria y Comercio ofrece este servicio por un costo que está entre los $5000 y $30,000 máximo, dependiendo la cantidad de páginas y el tipo de formación que se requiera (informes sobre marcas figurativas, marcas nominativas o marcas mixtas), pero para este caso, se ha decidido obviar una búsqueda a nivel internacional, dado que el modelo de negocio busca satisfacer necesidades de mercados locales.
3.3 Pago de la tasa oficial. Los trámites ante esta Superintendencia son servicios que exigen el pago de un valor llamado tasa. Esta entidad expide anualmente una resolución en la cual fija las Tasas únicas que regirán durante la vigencia (para el año 2013 corresponde a la Resolución 173 de 2013). Así por ejemplo, se ha logrado establecer que la solicitud de registro de la marca “De la Finca” costaría $750,000, mientras que la trasmisión certificación y envío de solicitudes internacionales ante la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual –OMPI-, sólo
representa un costo adicional de $60,000.
3.4 Diligenciamiento y radicación del formulario de solicitud de registro de marca. Estos formularios se obtienen de manera gratuita a través de Internet -dado que no existe un formato oficial- luego de su radicación la Superintendencia de Industria y Comercio procederá a hacer la respectiva evaluación y cuando así lo decida, esta entidad procederá a expedir el correspondiente certificado de registro de marca, que tiene un costo adicional de $20,000. La imagen 8 muestra un formulario de solicitud diligenciado con la información correspondiente a la empresa para la cual se está adelantando el proceso de constitución.
Imagen 9. Formulario de solicitud de registro de marca Espacio reservado para el adhesivo de radicación
DIRECCIÓN DE SIGNOS DISTINTIVOS REGISTRO DE MARCAS Y LEMAS COMERCIALES Marca de: 1.
Producto
Servicio
Colectiva
De certificación
Lema comercial
DATOS DEL SOLICITANTE: Persona natural Persona Jurídica Apellido(s): (tratándose sólo de persona natural:) Nombre(s): (tratándose sólo de persona natural)
Designación oficial completa de la entidad/nombre social: (diligenciar tratándose de persona jurídica) DISTRIBUIDORA DE POLLO DE LA FINCA Nombre del representante legal VÍCTOR MANUEL RAMOS Documento de identificación: Número de identificación:
C.C.
C.E.
NIT
Otro
14266570845
Nacionalidad del solicitante/País de Constitución
Dirección del solicitante
Colombiano Correo electrónico
País Colombia No. Fax
Ciudad Palmira Número telefónico
pollodelafinca@yahoo.es
2564354
3155326424
Tipo de empresa:
Micro
2. DATOS DEL APODERADO: Apellido(s) y nombre(s) Juan Pérez Dirección para envío de correspondencia
Pequeña
Mediana
Otra:
( Indique que tipo)
No. Doc identidad 98.765.987 Correo electrónico
No.Tarjeta profesional 6539
Calle 45 B Nro 25 - 13
abogadopollodelafinca@yahoo.es
País
No. Telefónico
Colombia
3155326424
Estado – Ciudad
No. Fax
Valle del Cauca - Palmira
8754581
Número de Radicación o Protocolo de poder general
654334
3. SIGNO A REGISTRAR Tipo de marca: Nominativa
Figurativa
Mixta
Sonora
Tridimensional
Olfativa Otras
Denominación del signo a registrar: “De la Finca”
Marca asociada si es lema:
//¿El solicitante desea que la Oficina registre y publique la marca en los caracteres estándar utilizados por ésta? SI NO
¿El solicitante reivindica el color como característica distintiva de la marca? SI NO
En caso negativo indique el tipo de letra
/En caso afirmativo, por favor señálelo (s) en la etiqueta o relaciónelo (s) a continuación:
Transliteración de la marca:
Traducción de la marca:
DE LA FINCA
4.
REIVINDICACIONES
Prioridad por solicitud anterior: No. de la solicitud cuya prioridad se reivindica
Prioridad de exposiciones: No. de la solicitud cuya prioridad se reivindica
País de origen:
Nombre de la exposición:
Fecha de Presentación:
Lugar de Celebración: Fecha de presentación:
Si hay más de una prioridad relaciónela en documento anexo 5. PRODUCTOS Y/O SERVICIOS (En caso de estar comprendidos en diferentes clases, agrupar de acuerdo con la Clasificación Internacional de Niza, precedido del grupo de la clase a la que corresponda, de menor a mayor).
Clase
Productos y/o servicios
Carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos; leche y productos lácteos; aceites y grasas comestible.
29
NOTA: Si el espacio anterior no es suficiente, por favor relacione los productos y/o servicios solicitados en hoja anexa, siguiendo las instrucciones del punto 5 o utilizar un formulario sustancialmente igual a este, teniendo en cuenta que usted puede ampliar la tabla. 1.
ANEXOS Comprobante de pago de la tasa para la presentación de la solicitud No. 98874 Fecha: 01 de Diciembre de 2013 Comprobante de pago de la tasa por concepto de reivindicación de prioridad Poder, si fuere el caso con el que se acredita la representación Artes finales 8 X 8 cm (1 ejemplar adicional al inserto en el formulario) Copia certificada de la solicitud cuya prioridad se reivindica La copia certificada de la solicitud cuya prioridad se reivindica se allegará dentro de los tres meses siguientes a la fecha de la presente solicitud Traducciones simples de la primera solicitud si se reivindica prioridad Certificado de registro en el caso del artículo 6quinquíes del Convenio de París Arte con las dimensiones especificadas de la marca Tridimensional Anexo con clasificación de productos y/o servicios (en caso de necesitar más espacio de conformidad con el num. 5) Formulario de reducción de tasas a solicitud de registro para microempresas Copia de la solicitud y sus anexos en medios magnéticos.
5.
Firma Nombre del Firmante
Firma
Juan Pérez
C.C 98.765.987
Tarjeta Profesional 6539
Fuente: Superintendencia de sociedades. 2013
4. TRAMITE DE LICENCIAS Y PERMISOS SANITARIOS Y AMBIENTALES
En este punto se hace necesario anotar que sectores como el de producción y comercialización de alimentos, y en especial lo relacionado con el subsector avícola, presentan una gran cantidad de reglamentaciones, decretos y resoluciones que deberá ser revisados detenidamente en su momento y aplicados de acuerdo al tamaño de la explotación y el modelo de negocio ; Para el caso particular de la empresa Distripollo de la Finca, sólo aplican parcialmente aquellas normas generales, dado que no se realizarán actividades de importación de material genético y/o animales vivos, no se comercializarán animales vivos y tampoco se adelantará procesos de exportación. No obstante, para efectos de visualizar el contexto normativo que existe en cuanto este tema, al final de este capítulo, se presenta una compilación de las principales normas vigentes para el subsector avícola.
En ese orden de ideas, a continuación se revisará la normatividad sanitaria de tipo general que reglamentaría las actividades de Distripollo de la Finca:
En primer lugar, el Decreto número 1500 de 2007 (Por el cual se establece el reglamento técnico a través del cual se crea el sistema oficial de inspección, vigilancia y control de la carne, productos cárnicos comestibles y derivados cárnicos destinados para el consumo humano y los requisitos sanitarios de inocuidad que se deben cumplir en su producción primaria, beneficio, es postre, exprese, procesamiento, almacenamiento, transporte, comercialización, expendio, importación o exportación), establece entre otras, la obligatoriedad de la inscripción ante la autoridad sanitaria competente y solicitud de la visita de inspección, para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el reglamento técnico contenido en este decreto y las demás normas reglamentarias relacionadas, con el propósito de que la autoridad sanitaria autorice sanitariamente el funcionamiento del establecimiento y lo registre. De acuerdo al documento CONPES 3468 “sobre la Política Nacional de Sanidad e Inocuidad para la Cadena Avícola”, la inspección, vigilancia y control de los establecimientos de desprese, derivados de carne de ave para consumo humano, de clasificación de huevos de mesa, comercialización y establecimientos gastronómicos es responsabilidad de las entidades territoriales de salud - ETS - , es decir que para este caso corresponde a la Secretaria de Salud del Valle del Cauca.
Se ha determinado que de la misma manera, la dinámica en la expedición de este tipo de reglamentaciones es bastante alta, por lo cual se considera que para cualquier empresario de este subsector es indispensable diseñar mecanismos para estar permanentemente actualizado y sus sujeto a las normas y ante esto una de las principales estrategias es la de vincularse a FENAVI.
Sin embargo, existe deficiencia en la cobertura de estas acciones y en la unidad de criterios técnicos en materia de inspección, vigilancia y control, razón por la cual Federación Nacional de Avicultores de Colombia FENAVI con recursos del Fondo Nacional Avícola, ha venido prestando asistencia técnica para la implementación voluntaria del Sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (Hazard Analysis Critical Control Point –HACCP-)en los establecimientos dedicados al beneficio de aves, cuya certificación está a cargo del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos –INVIMA- y representa la adquisición de una de los mayores estándares de calidad del proceso y producto final en empresas de este tipo.
Vale la pena aclarar que además de ser considerado como el método más efectivo en el área de alimentos el HACCP, se ha venido expandiendo rápidamente a nivel mundial, como una herramienta básica para el aseguramiento y la inocuidad de los alimentos o de la protección de los mismos. Su fácil comprensión y la versatilidad en la aplicación en todas las etapas que experimenta el alimento en todo el ciclo de producción, ha hecho que la industria y servicios de alimentación, lo hayan adoptado para garantizar la calidad microbiológica y química de los mismos, sin depender del análisis del producto final (Romero Torres, 1998). Para el caso colombiano, el HACCP, aplicado a la industria avícola, ha establecido estándares de ejecución sanitarias relacionados con el cumplimiento de condiciones de infraestructura y funcionamiento alrededor y dentro de la planta, lo que incluye normas específicas para las instalaciones, equipos y utensilios; la localización y accesos; el diseño y construcción; los sistemas de drenajes; la ventilación e iluminación de la planta; las instalaciones sanitarias; el control integrado de plagas; el manejo residuos líquidos y sólidos; el manejo de emisiones atmosféricas; la calidad del agua; las operaciones sanitarias de limpieza y desinfección; el personal manipulador y el establecimiento de programas complementarios.
Adicionalmente, la resolución número 003642 del 21 de agosto de 2013 del ICA y, establece que empresas como Distripollo de la Finca, tiene la obligación de inscribirse en el registro nacional de productores avícolas.
Para cumplir con este requisito es necesario presentar la solicitud firmada por el representante legal ante la subgerencia de protección animal del ICA seccional Valle del Cauca. La imagen 10, muestra un modelo de la solicitud que debería radicarse.
Imagen 10. Solicitud de vinculación al registro nacional de productores avícolas Palmira, valle del Cauda, 02 de diciembre de 2013
Señores: Subgerencia de Protección Animal Instituto Colombiano Agropecuario –ICASeccional Valle del Cauca
REF.: solicitud de inscripción en el registro nacional de productores avícolas Razón social:
Distribuidora de Pollo de la Finca
Domicilio principal de la explotación avícola:
Diagonal A 63 A 35-29 Barrio Obrero (Palmira, Valle del Cauca)
Tipo de explotación:
producción y comercialización de pollos tipo criollo a través de un sistema de pastoreo
Documentos anexos:
Certificado de existencia y representación legal
Atentamente,
Víctor Manuel Ramos C.C. 94330240 expedida en Palmira Representante legal Fuente: elaboración propia
Ahora bien, continuando con las exigencias establecidas en el decreto número 1500 de 2007, Distripollo de la Finca, también estaría obligada a: - Garantizar la temperatura de refrigeración o congelación en las etapas del proceso de la carne a partir de la planta de beneficio, en el que es postre, exprese, empaque, procesamiento, almacenamiento, transporte, distribución, comercialización y expendio, de tal forma que se asegure su adecuada conservación hasta el destino final.
-Someter a aprobación del INVIMA los estudios de estabilidad de sus productos (criterios para la definición de la vida útil del producto y de las condiciones de conservación requeridas).
- Realizar la inscripción del predio donde se ubica la producción primaria, ante el ICA y obtener la correspondiente certificación ante el INVIMA.
- Garantizar que en las instalaciones y las áreas de producción primaria, el diseño, la ubicación el mantenimiento de estas, garanticen el mínimo riesgo para la producción y bienestar de los animales, que se cumplen con las normas de bioseguridad establecidas por el ICA, para cada especie en explotación, que se cuenten con áreas independientes para el almacenamiento de medicamentos, alimentos, y demás insumos y en general que se cumplan con toda la disposiciones de acuerdo con los riesgos sanitarios en la producción primaria, incluyendo la obtención de la correspondiente licencia ambiental.
- Minimizar y controlar los riesgos asociados a la producción, a través de la implementación de programas de saneamiento que incluyan como mínimo aspectos tales como, la disponibilidad de agua con calidad y cantidad suficiente, de manera que satisfagan la necesidad de los animales y se eviten riesgos sanitarios y a la inocuidad; diseño y aplicación de un programa documentado de limpieza y desinfección de las instalaciones, equipos y utensilios; diseño e implementación de un plan de manejo de residuos de acuerdo a las normas ambientales vigentes; diseño y aplicación de un programa de manejo integrado de plagas el cual deberá ser adoptado bajo el concepto de control integral, incluyendo la aplicación armónica de diferentes medidas preventivas y de control.
- Implementar acciones para la prevención y control de las enfermedades declaradas de control oficial.
- Implementar programas para la prevención, control y vigilancia de los agentes zoonóticos, endémicos y exóticos que afectan a las poblaciones de aves.
- Implementar un sistema detrás habilidad con propósitos sanitarios y de inocuidad.
- Garantizar que el personal cuente con un buen estado de salud, para lo cual deberá evidenciarse la realización de un examen médico, mínimo una vez al año.
- Garantizar que el personal ha recibido por parte del empleador capacitación continua y entrenamiento en el manejo sanitario de las aves.
- Garantizar el cumplimiento de la implementación de las acciones establecidas por el ICA, para cumplir con:
- Buenas prácticas en el uso de medicamentos veterinarios (BPMV) - Buenas prácticas en la alimentación animal (BPAA) - Bienestar animal - Bioseguridad
- Someter a todos los animales o lotes de animales que ingresen a la planta de beneficio a una inspección ante-morten y post morten, para verificar las condiciones de todos los animales sólo desde animales según la especie de manera tal que se garantice la calidad del producto final.
- Garantizar que los animales son sometidos a métodos son humanitarios de sacrificio, evitando riesgos innecesarios para el operador y sufrimiento del animal a través de un método que deberá ser autorizado por el INVIMA.
- Realizar las actividades de empaque y etiquetado bajo condiciones higiénicas y garantizando que el material de empaque es inocuo.
- Obtener autorización sanitaria y registro para el trasporte de la carne y/o productos cárnicos, la cual deberá ser emitida por la entidad territorial de salud, en este caso la Secretaría departamental de salud del Valle del Cauca.
Sumado a todo esto, es requisito indispensable, la realización de los trámites ante el INVIMA, los cuales pueden ser adelantados a través del sistema de solicitud de Trámites en línea del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA.
En lo relacionado con esta entidad, según la Ley 9 de 1979 (código sanitario nacional) y el decreto 3075 de 1997, se hace necesario diligenciar el formato único de registros sanitarios de alimentos. Los formularios correspondientes se presentan a continuación:
Imagen 11. Formato único de registro sanitario de alimentos. Información Básica. Página 1 de 2 Código: F03-PM01-RS
FORMATO ÚNICO DE ALIMENTOS REGISTROS Versión: 11 Página 1 de 2 SANITARIOS (Decreto 3075 de 1997) Fecha de Emisión: 13/08/2013 FORMULARIO DE INFORMACION BASICA (Obligatoria para todos los trámites) No diligencie los espacios som breados Presente su docum entación sin tachaduras ni enm endaduras, legajada y foliada (num erada). en carpeta blanca. Diligencie los form ularios con letra clara y legible con tinta de color negro, en com putador o m áquina de escribir. Verifique la norm atividad sanitaria aplicable a su producto. ALLEGAR INFORMACIÓN TECNICA EN FISICO Y EN MEDIO MAGNETICO FORMATO WORD (CD )
RECUERDE: Antes de diligenciar el formulario verificar el Instructivo de trámites, aclarando que si no estan diligenciados los formularios en su totalidad no es posible radicar el trámite
1. DATOS GENERALES DEL TITULAR Nombre o razón social: Distripollo de la Finca
14266570845
Nit: Diagonal 63 A No 25 - 39
Dirección: Departamento:
Valle del Cauca
Propietario:
Palmira
Ciudad: Pais:
Colombia
Representante Legal: X
Nombre
VÍCTOR MANUEL RAMOS
Dirección para notificación:
Email (26):
Cédula de Ciudadanía: (1)
Calle 45 B No 25-13
Ciudad:
pollodelafinca@yahoo.es
Palmira
Teléfono(s):
3155326424
2. DATOS DEL RESPONSABLE DE LA TRANSACCION BANCARIA Nombre o razón social: Dirección:
94330240
(2)
VÍCTOR MANUEL RAMOS Calle 45 B No 25-13
Ciudad:
Palmira
Código de tarifa (3)
Documento de identidad (1) Teléfono(s):
94330240 3155326424
Valor ($):
Recibo de pago original o soporte de pago:
SI X
NO
Si existe cesión por derechos de uso de una tasa (tarifa) que no figure a nombre del titular declarado, adjunte el documento soporte que lo sustente:
SI
NO
Folios
Autorización de uso de la tasa (tarifa) de un tercero al titular:
EL FORMATO IMPRESO DE ESTE DOCUMENTO ES UNA COPIA NO CONTROLADA Carrera 68D Nro . 17-11/21 P B X: 2948700 P ágina Web http:// www.invima.go v.co B o go tá - Co lo mbia
Fuente: sistema de solicitud de Trámites en línea del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA. 2013 Imagen 12. Formato único de registro sanitario de alimentos. Información Básica. Página 2 de 2 Código: F03-PM01-RS
FORMATO ÚNICO DE ALIMENTOS REGISTROS Versión: 11 Página 2 de 2 SANITARIOS (Decreto 3075 de 1997) Fecha de Emisión: 13/08/2013
3. TIPO DE TRAMITE: A
Registro Sanitario nuevo
a Autorización!A1
R
Renovación del Registro Sanitario
d
Desglose de documentos
m
Modificación
p
Pérdida de fuerza ejecutoria
c
Certificaciones
a
Anexo Formato Ficha Técnica
Autorización
Si requiere presentar información mediante anexos, indique el número correspondiente del folio.
4. DATOS APODERADO (opcional) Nombre:
Tarjeta profesional No.:
Cedula de ciudadania No.:
Ubicación: Email:
Teléfono(s):
Poder (4):
ALLEGO CD: SI
SI X NO
NO
EL FORMATO IMPRESO DE ESTE DOCUMENTO ES UNA COPIA NO CONTROLADA Carrera 68D Nro . 17-11/21 P B X: 2948700 P ágina Web http:// www.invima.go v.co B o go tá – Co lo mbia
Fuente: sistema de solicitud de Trámites en línea del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA. 2013
Imagen 13. Formulario de expedición de registro sanitario. Página 1 de 2 Código: F03-PM01-RS
FORMATO ÚNICO DE ALIMENTOS REGISTROS SANITARIOS (Decreto 3075 de 1997)
Versión: 11 Página 1 de 2 Fecha de Emisión: 13/08/2013
FORMULARIO DE EXPEDICIÓN DE REGISTRO SANITARIO NUEVO Y RENOVACION
No diligencie los espacios sombreados, Presente su documentación sin tachaduras ni enmendaduras, legajada y foliada (numerada), en carpeta blanca. Diligencie los formularios con letra clara y legible, con tinta de color negro, en computador o máquina de escribir. Verifique la normatividad sanitaria aplicable a su producto y Decreto 3075 de 1997. RECUERDE: Antes de diligenciar el formulario verificar el Instructivo de trámites, para que pueda diligenciar completamente el formulario exigido por disposición legal (Decreto 3075 de 1997 Artículo 45) SEÑOR USUARIO: TENGA EN CUENTA QUE DENTRO DE LA INFORMACIÓN SOPORTE DEL REGISTRO SANITARIO NO SE CONTEMPLA LO RELATIVO A TABLAS NUTRICIONALES, RAZON POR LA CUAL, SI DADO EL CASO SE ADJUNTA, LA ADMINISTRACION NO EMITIRA PRONUNCIAMIENTO AL RESPECTO.
1. DATOS DEL PRODUCTO Modalidad del registro sanitario (5): Nombre del producto (6) : Pollo campesiono fresco entero y en presas
(Nota: si el nombre es muy extenso, indicarlo en una hoja anexa al f ormulario y debe ser igual al declarado en la f icha técnica)
De la Finca
Marca(s)(25): No. de Registro Sanitario: (aplica solo para renovación) Vigencia del registro sanitario: (aplica solo para renovación)
No. de expediente: (aplica solo para renovación) Si requiere presentar información mediante anexos, indique el número correspondiente del folio.
2. INFORMACION GENERAL Titular (es)
Nit
( 14 )
Fabricante_X__
Envasador____
Empacador____ (15)
Nit
Telefono
14266570845 3155326424
Distribuidora de pollo de la Finca
Importador (es)
Telefono
14266570845 3155326424
Distribuidora de pollo de la Finca
( 14 )
Nit
Telefono
ubicación (dirección y ciudad) Diagonal 63 A No 25 -39
ubicación (dirección y ciudad) Diagonal 63 A No 25 -39
ubicación (dirección y ciudad)
SI SU PRODUCTO ES UN CÁRNICO IMPORTADO, VERIFIQUE QUE SU ESTABLECIMIENTO ESTE AUTORIZADO POR EL INVIMA PARA IMPORTAR Y VENDER PRODUCTOS CÁRNICOS A COLOMBIA, MARQUE X SEGÚN CORRESPONDA SI ___ NO__X___ EN CASO AFIRMATIVO DECLARE EL CODIGO DE LA PLANTA AUTORIZADA. CODIGO:___________________
3. DOCUMENTACION SOPORTE(orden de foliado)
NACIONAL: Recibo de pago (consignación original) o constancia de la consignación (2)(3) Formulario de información básica y formulario de expedición de registro sanitario debidamente diligenciado Ficha técnica (por variedad)(ver anexo)(6-13),(27-29) ** Certificado de existencia y representación legal del titular y fabricante o matricula mercantil (14)(15)** IMPORTADOS: Los documentos mencionados anteriormente, más el certificado de venta libre del país de orígen (16)*/**
Carta de autorización del fabricante al importador (17) ver numeral 17 del instructivo de trámites Poder para actuar, si actúa mediante apoderado (4)** *Estos documentos deben venir consularizados y avalados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.**Si los documentos provienen del exterior en idioma diferente al castellano, adjuntar para documentos legales traducción oficial, para documentación técnica traducción al castellano.“Allegar ficha técnica de origen con su respectiva traducción al castellano" Allegar documentación debidamente foliada (enumerada) tomando como primer folio la consignación (conforme al numeral 3), foliado en la parte superior derecha de la hoja, legajada (gancho legajador plástico) y en carpeta blanca oficio.
EL FORMATO IMPRESO DE ESTE DOCUMENTO ES UNA COPIA NO CONTROLADA Carrera 68D Nro . 17-11/21 P B X: 2948700 P ágina Web http:// www.invima.go v.co B o go tá – Co lo mbia
Fuente: sistema de solicitud de Trámites en línea del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA. 2013
Imagen 14. Formulario de expedición de registro sanitario. Página 2 de 2 Código: F03-PM01-RS
FORMATO ÚNICO DE ALIMENTOS REGISTROS SANITARIOS (Decreto 3075 de 1997)
Versión: 11 Página 2 de 2 Fecha de Emisión: 13/08/2013
Declaro que conozco y acato los reglamentos sanitarios vigentes que regulan las condiciones sanitarias de las fábricas de alimentos y del producto para el cual se solicito el registro sanitario.
Firma: (18)
______________________C.C.____________________ Representante legal
Nombre:
Apoderado
______________________C.C.____________________ Representante legal
Revisó documentos:
_____________________C.C._________________
______________________C.C._________________
Apoderado VISTO TECNICO
VISTO LEGAL
Código Fecha Observaciones:
EL FORMATO IMPRESO DE ESTE DOCUMENTO ES UNA COPIA NO CONTROLADA Carrera 68D Nro . 17-11/21 P B X: 2948700 P ágina Web http:// www.invima.go v.co B o go tá – Co lo mbia
Fuente: sistema de solicitud de Trámites en línea del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA. 2013
4.1 Obtención de la Licencia Ambiental
De acuerdo estipulado en la Ley 99 de 1993 y más específicamente el artículo 3 del Decreto 1220 de abril 21 de 2005, determina que: “La licencia ambiental, es la autorización que otorga la autoridad ambiental competente para la ejecución de un proyecto, obra o actividad, que de acuerdo con la ley y los reglamentos pueda producir deterioro grave a los recursos naturales renovables o al medio ambiente o introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje; la cual sujeta al beneficiario de esta, al cumplimiento de los requisitos, términos, condiciones y obligaciones que la misma establezca en relación con la prevención, mitigación, corrección, compensación y manejo de los efectos ambientales del proyecto, obra o actividad autorizada.
La licencia ambiental llevará implícitos todos los permisos, autorizaciones y/o concesiones para el uso, aprovechamiento y/o afectación de los recursos naturales renovables, que sean necesarios para el desarrollo y operación del proyecto, obra o actividad. La licencia ambiental deberá obtenerse previamente a la iniciación del proyecto, obra o actividad. Ningún proyecto, obra o actividad requerirá más de una licencia ambiental. La obtención de la licencia ambiental, es condición previa para el ejercicio de los derechos que surjan de los permisos, autorizaciones, concesiones y licencias que expidan otras autoridades diferentes a las ambientales.” Para el caso específico de Distripollo de la Finca, este trámite debe realizarse ante la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca –CVC-, siguiendo los siguientes pasos:
4.1.1. Descargar el Formato Único Nacional de solicitud de licencia ambiental y diligenciarlo, tal como se muestra en la imagen 15.
4.1.2. Radicar la carta de solicitud, con el formato único Nacional y los documentos requeridos en la oficina correspondiente de la CVC.
4.1.3. Cancelar la factura por pago por concepto de evaluación
4.1.4. Notificarse del auto de inicio de trámite de licencia ambiental en la Oficina de Notificaciones de la Secretaria General de la CVC.
4.1.5. Notificarse del auto de solicitud de información adicional si esta se requiere
4.1.6. Notificarse del auto de trámite que declare reunida toda la información, en la Oficina de Notificaciones de la Secretaria de la CVC.
4.1.7. Notificarse de la resolución de aprobación o negación de la licencia ambiental, , en la Oficina de Notificaciones de la Secretaria de la CVC.
Imagen 15. Formato único nacional de solicitud de licencia ambiental
DATOS DEL SOLICITANTE 1.
Nombre o Razón Social: DISTRIBUIDORA DE POLLO DE LA FINCA LTDA
C.C. _ NIT: X No.94330240-56 2. Representante Legal: VÍCTOR MANUEL RAMOS VERGARA C.C. No.94330240 Dirección Calle 45 B No 25-13 Ciudad: Palmira Teléfono (s) 3155326424 fax: (2) 2742871 E-mail: victorramos22@hotmail.com 3. Apoderado (Si tiene):________________________________________T.P.:___________________________________________ C.C. No. _______________ Dirección_________________________________________________ Ciudad______________________ Teléfono (s) __________________Fax______________________________Email__________________________________________ DATOS DEL PROYECTO Proyecto: LEVANTE Y DISTRIBUCIÓN DE POLLO CAMPESINO Sector: COMERCIAL Valor del Proyecto (o modificación) $ 26.000.000 Valor en letras: VEINTISÉIS MILLONES DE PESOS Moneda Corriente
Tipo de licencia Implícitos
Comunidades Étnicas global Con permisos
Modificación Global
Indígenas
Negritudes
Impactos Sobre Áreas De Manejo Especial con permisos implícitos
Áreas sistemas parques Nacionales Áreas de Reserva
Ordinaria
Otra categoría Cuál________
LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO 1. Departamento (s) VALLE DEL CAUCA
2. Municipio (s) PALMIRA 3. Región (es): Andina X Caribe _____ Orinoquía ____ Amazonía ______ Pacífica X RELACIÓN DE PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES REQUERIDOS
Concesión de Aguas: Superficial ___ Subterránea___
Emisión atmosférica Sustracción de Área de Reserva Forestal Levantamiento de veda
Exploración aguas subterráneas ____
Explotación de materiales de construcción Otro: Cuál______
Vertimiento ____ Aprovechamiento Forestal ____ Ocupación de cauce ____
DOCUMENTACIÓN QUE DEBE ANEXAR A LA SOLICITUD 1. Concepto previo Diagnóstico Ambiental de Alternativas 2. Plano IGAC de localización del proyecto, obra o actividad. 3. Poder debidamente otorgado cuando se actúe por medio de apoderado. 4. Certificado de existencia y representación legal para el caso de persona jurídica, el cual debe haber sido expedido dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. 5. Descripción explicativa del proyecto, obra o actividad que incluya por lo menos su localización, dimensión y costo estimado de inversión y operación. 6. Descripción de las características ambientales generales del área de localización del proyecto, obra o actividad. 7. Información sobre la presencia de comunidades localizadas en el área de influencia directa del proyecto, obra o actividad propuesta. 8. Certificado del Ministerio del Interior y Justicia donde manifiesta la presencia o no de comunidades indígenas y/o negras 9. Autoliquidación y dos (2) copias de la constancia de pago por los servicios de la evaluación de los Estudios Ambientales del proyecto, obra o actividad, para las solicitudes radicadas ante el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. 10. El estudio de impacto ambiental en original y medio magnético. FIRMA DEL SOLICITANTE O APODERADO DEBIDAMENTE CONSTITUIDO ___VÍCTOR MANUEL RAMOS__________________________________________FECHA: 03 DE DICIEMBRE DE 2013
Fuente: Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. 2013
4.2 Medidas Sanitarias Registro, Prevención y Control aplicables al subsector.
Resolución 3642 del 21 de Agosto de 2013. Por medio de la cual se establecen los requisitos para el registro de productores de granjas avícolas bioseguras, plantas de incubación, licencia de venta de material genético aviar y se dictan otras disposiciones.
Ley 1659 de 2013. Por la cual se crea el Sistema Nacional de Identificación, Información y Trazabilidad Animal y se establece la obligatoriedad de la inscripción en este por parte de los productores y demás agentes del sistema. B Resolución 000219 – 2 de Febrero de 2012-04-26. Por medio de la cual se establecen los requisitos para la certificación de compartimientos libres de Newcastle de Alta Patogenicidad en el territorio nacional.
Guía Para La Prevención, Control y Erradicación De La Enfermedad De Newcastle expedida por el ICA.
Decreto 0735 de abril de 2012. Por medio del cual se fijan las condiciones para la prohibición de ingreso a Colombia de aves vivas y productos aviar es de riesgo, procedentes de países o zonas de las cuales haya registrado influenza había y/o enfermedad de Newcastle.
Ley 101 - Ley General de Desarrollo Agropecuario y Pesquero.
Resolución 1167. Por medio de la cual se establecen los requisitos para el registro y el control de personas que se dediquen a la comercialización de insumos agropecuarios y/o semillas
Resolución 003655. Se adopta el Programa de Prevención y Vigilancia de la influenza Aviar en Colombia
Resolución 003654. Se adopta el programa para el control y erradicación de la enfermedad de Newscastle.
Resolución 00189. Medidas sanitarias para la prevención y control de la Enfermedad de Newcastle en la zona piloto de la Mesa de Los Santos (Santander).
Resolución 00354: Medidas de carácter sanitario para prevenir la introducción a Colombia de la Influenza Aviar.
Resolución 00375. Disposiciones sobre Registro y Control de los Bioinsumos y Extractos Vegetales de uso agrícola en Colombia.
Resolución 2651. Medidas sanitarias para el control de movilización de gallinas vivas en los departamentos de norte de Santander, Arauca, Cesar y Guajira
5. OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
5.1 Obligaciones tributarias de orden nacional.
Es necesario comenzar anotando, las obligaciones tributarias del orden nacional, han sido definidas en el proceso de inscripción del RUT; No obstante, para efectos del ejercicio académico, a continuación se hace una reseña de los impuestos que presa Distripollo de la Finca, estaría obligada a declarar:
- Impuesto sobre la renta y complementarios régimen ordinario: El impuesto sobre la renta y complementarios es un solo tributo y comprende el impuesto de renta, ganancias ocasionales y remesas, que grava todos los ingresos realizados en el año, que puedan producir un incremento (neto) en el patrimonio en el momento de su percepción y que no hayan sido expresamente exceptuados.
- Retención en la fuente en el impuesto sobre las ventas: Tienen esta responsabilidad, quienes adquieran bienes o servicios gravados y estén expresamente señalados como agentes de retención en ventas, y en este caso eventualmente Distripollo de la Finca, podría requerir la contratación de con personas o entidades sin domicilio o residencia en el país la prestación de servicios gravados en el territorio nacional, en relación con los mismos y en este caso los responsables del régimen común y aun del régimen simplificado, deben efectuar la retención; Asimismo cuando se adquieran bienes o servicios gravados de personas que pertenezcan al régimen simplificado, era necesario aplicar la retención.
- Ventas régimen común: Quienes venden bienes gravados, prestan servicios gravados e importan bienes gravados, son las personas obligadas a responder por este impuesto, y dado que la exoneración del Impuesto al Valor Agregado a las enajenaciones de carne de ave dispuesta en el artículo 1º del Decreto Nº 21/013 de 21 de enero de 2013, vence el 31 de Marzo de 2014, se consideró pertinente incluir este impuesto.
- Facturar por ingresos de bienes y/o servicios excluidos. Ahora bien, al ser productor y/o exportador de bienes exentos, Distrippllo de la Finca, tendrá derecho a descuento del IVA pagado en la adquisición de bienes y servicios incorporados o vinculados directamente a los bienes exentos, que constituyan costo o gasto para producirlos o para exportarlos, además tienen derecho a la devolución del IVA.
5.1 Obligaciones tributarias de orden regional /local.
Distripollo de la Finca, está obligada a hacer el pago del impuesto industria y comercio y su complementario de avisos y tableros ICA, de acuerdo a lo estipulado en el Estatuto Tributario Municipal de Palmira, Valle del Cauca (Acuerdo 071 de noviembre 22 de 2010) y las reformas establecidas en el acuerdo 020 de 2012; Por esta razón, una vez de inicio a sus operaciones, esta empresa, estaría obligada a diligenciar los formularios correspondientes (ver anexo X!) y a hacer los pagos de acuerdo a las tarifas que defina el concejo municipal para el periodo en el que se deba hacer la declaración y el pago. Como información de referencia, pudo establecerse que en 2013, la tarifa correspondió al 6,5 x 1000 sobre la base gravable.
Ahora bien, se ha podido establecer que de acuerdo a la resolución vigente (139 del 21 de noviembre de 2012), el plazo para la presentación física de la declaración tributaria del impuesto industria comercio su complementario de avisos y tableros, se cumple el 27 de marzo de 2014 y su pago (que puede ser total o dividido en cuatro cuotas) debe realizarse ante las entidades financieras autorizadas por la administración municipal para recaudar dicho impuesto. Vale la pena aclarar, que al haberse determinado que el establecimiento de comercio, se ubicaría un inmueble arrendado, no recae sobre la empresa la responsabilidad del pago de impuesto predial, ni de la sobretasa ambiental con destino a la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca C.V.C.
No obstante, dado que para dar cumplimiento a los requisitos sanitarios, será necesario hacer adecuaciones dentro de la planta de producción, de acuerdo a la consulta realizada en el Estatuto Tributario Municipal, será obligatorio hacer el pago del denominado impuesto de delineación urbana, cuya tarifa corresponde al 1% sobre el presupuesto de la obra. La declaración y el pago de este impuesto, deberá hacerse dentro de los cinco días siguientes a la terminación de la obra, la empresa deberá liquidar y pagar el impuesto definitivo presentando una declaración ante la oficina municipal de tesorería, con liquidación privada que contenga el 100% el impuesto a cargo, la imputación del impuesto pagado como anticipo y las sanciones de interés a que haya lugar, de hecho se ha podido establecer que la presentación de esta declaración, es requisito exigible para que las empresas de servicios públicos puedan realizar las acometidas definitivas en las instalaciones de la planta de producción de la empresa.
6. IMPLICACIONES DE LOS ACUERDOS COMERCIALES INTERNACIONALES
En la actualidad además del publicitado TLC con los Estados Unidos, nuestro país se encuentra vinculado a otros acuerdos comerciales de integración, entre los que se encuentran acuerdos vigentes como los firmados con la Comunidad Andina de Naciones, México, Chile, Cuba, Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay), el triángulo norte de Centroamérica (El Salvador, Guatemala y Honduras), Suiza (EFTA), Canadá y un acuerdo de alcance parcial con Venezuela; A los que suman los acuerdos suscritos con la Unión Europea, con Corea y con Costa Rica y los que se encuentran en proceso de negociación con países como Israel, Turquía, Japón, Panamá y la llamada Alianza del pacifico y en el marco de este proceso, uno de los sectores que ha venido siendo afectado por el ingreso masivo de productos importados, es el sector avícola y más específicamente el subsector de venta de carne en fresco.
En este sentido, podría decirse que las implicaciones de los acuerdos comerciales internacionales, están directamente relacionadas con la necesidad de implementar estrategias y acciones que incrementen directamente los niveles de competitividad y productividad de la empresa, pues esta sería la única estrategia viable que permitiría que Distripollo de la Finca, se sostenga frente a los altos niveles de competencia extranjera que caracterizan a este sector hoy en día. Precisamente, otra de las imposiciones generadas tras la vigencia de los tratados de libre comercio firmados por Colombia, se relaciona con la rigurosidad de las exigencias de tipo fitosanitario que deben cumplir este tipo de empresas, las cuales a su vez, incrementan considerablemente los costos de producción, más sin embargo, tal como se acaba de anotar, esas imposiciones obligan a que aquellos productores nacionales que quieran ingresar y permanecer en el mercado, opten por estrategias diferenciadoras del producto, con las cuales se puedan acceder a nichos de mercado especializados, que permitan obtener ingresos por encima del punto de equilibrio del negocio.
De esta manera, el anterior argumento, se convierte en la base sobre la cual, estaría diseñada la estrategia, según la cual Distripollo de la Finca, debería concentrarse en la producción de pollo tipo campesino, buscando así satisfacer el mercado de consumidores que prefieren productos naturales.
7. INSCRIPCIÓN A APORTES DE SEGURIDAD SOCIAL
Inicialmente se ha establecido que Distripollo de la Finca contaría con un total de diez empleados, los cuales serían vinculados a través del sistema de contratación directa y por lo tanto, de acuerdo a la legislación laboral vigente, esta empresa tendría la responsabilidad de pagar prestaciones sociales a un total de diez trabajadores
Ahora bien, vale la pena aclarar, que de acuerdo a la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de julio 18 de 1985, las prestaciones sociales (incluyen conceptos como prima de servicios, cesantías y dotación), no forman parte de la base sobre la cual se paga la seguridad social, los aportes para fiscales y las mismas prestaciones sociales y por lo tanto constituyen un aporte que tendrá que ser asumido en su totalidad por parte de Distripollo de la Finca.
Por otro lado, en cuanto al pago de seguridad social, se estaría en la obligación de asegurar que la totalidad de los empleados vinculados de forma tengan acceso a los servicios de salud, pensión de vejez, pensión de invalidez por riesgo común, pensión de sobrevivientes y prestaciones adicionales, para lo cual se debe cumplir con la responsabilidad de vincularlos al sistema General de salud mediante su afiliación y el pago de los aportes correspondientes a una entidad prestadora de salud -EPS- y a un fondo de pensiones.
Específicamente, en cuanto al servicio de salud, Distripollo de la Finca, sería responsable de hacer una cotización del 12% sobre el salario mensual de cada empleado (dentro de este porcentaje el 8% le correspondería a la empresa. y el 4% a cada trabajador) y en cuanto a la contribución al sistema general de pensiones, la sociedad tendría que asumir la responsabilidad de hacer un aporte de 15.5% sobre la base de salario mensual del empleado y dicho aporte debería ser liquidado en un 75% a cargo de la empresa y el 25% restante a cargo del trabajador .
En cuanto a los aportes parafiscales, se ha logrado determinar, que al tener trabajadores vinculados mediante contrato de trabajo, Distripolllo de la Finca, también estaría obligada a hacer un aporte equivalente al 9% del total de su nómina por concepto de los llamados aportes para fiscales, los cuales se distribuirían de la siguiente manera 4% para el subsidio familiar a través de las cajas de compensación familiar, 3% que se destina al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar –ICBF- y 12% que se destina al servicio nacional de aprendizaje –SENA-.
Las tablas 1 y 2, que se presentan a continuación, presentan una simulación de la
liquidaciรณn de estos aportes:
Tabla 1. Liquidaciรณn de aportes a seguridad social DEVENGADOS CODIGO
NOMBRE
CARGO
SUELDO BASICO MES
CEDULA
DIAS LABORADOS
SUELDO
DEDUCCIONES
AUXILIO DE TRANSPORTE
HORAS EXTRAS, REC Y DOM.
TOTAL DEVENGADO
APORTES SALUD
APORTES PENSION
TOTAL DEDUCIDO
NETO A PAGAR
001
X-1
OPERTATIVO
33.368.250
589.500
30
589.500
70.500
0
660.000
23.580
23.580
47.160
612.840
002
X-2
OPERTATIVO
53.099.147
589.500
30
1.500.000
0
0
1.500.000
60.000
60.000
120.000
1.380.000
003
X-3
OPERTATIVO
41.060.091
589.500
30
1.600.000
0
0
1.600.000
64.000
64.000
128.000
1.472.000
004
X-4
OPERTATIVO
1.121.209.812
589.500
30
800.000
70.500
0
870.500
32.000
32.000
64.000
806.500
005
X-5
OPERTATIVO
1.012.346.772
589.500
30
1.800.000
0
1.800.000
72.000
72.000
144.000
1.656.000
006
X-6
OPERTATIVO
1.022.326.361
589.500
30
1.900.000
0
0
1.900.000
76.000
76.000
152.000
1.748.000
007
X-7
OPERTATIVO
1.121.200.563
589.500
30
589.500
70.500
0
660.000
23.580
23.580
47.160
612.840
008
X-8
OPERTATIVO
15.878.471
589.500
30
2.000.000
0
0
2.000.000
80.000
80.000
160.000
1.840.000
009
X-9
OPERTATIVO
94.423.220
589.500
30
589.500
35.250
0
624.750
23.580
23.580
47.160
577.590
010
X-10
OPERTATIVO
1.121.200.263
589.500
30
589.500
70.500
0
660.000
23.580
23.580
47.160
612.840
11.958.000
317.250
0
12.275.250
478.320
478.320
956.640
11.318.610
5.895.000
Fuente: elaboraciรณn propia
Tabla 2. Liquidaciรณn de aportes parafiscales CONCEPTO
%
CESANTIAS
8.33%
INTERESES DE CESANTIAS
APROPIACIONES Y APORTES DE NOMINA CONCEPTO VALOR 1.022.528 ICBF
%
VALOR
0.00%
0
1.00%
122.753 CAFAMAZ
4.0%
491.010
VACACIONES
4.17%
511.878 APORTES SALUD
8.5%
1.016.430
PRIMA DE SERVICIOS
8.33%
1.022.528 APORTES PENSION
12.0%
1.434.960
SENA
0.0%
4.350%
520.173
0 APORTES ARP
TOTAL APORTES Y APROPIACIONES DE
6.142.260
Fuente: elaboraciรณn propia
8. ÉTICA EN LOS NEGOCIOS
Para abordar este tema de una manera formal, se ha estipulado que sería necesario diseñar un documento que registre un “Código del buen Gobierno”, el cual, según lo determinado en los estatutos de la sociedad, debe ser aprobado por la Junta Directiva.
Dentro de este documento se definirían, todas las reglas y principios éticos que todas las personas que se encuentren vinculadas a Distripollo de la Finca, estarían obligadas a poner en práctica, entre las cuales se destacarían por ejemplo, el deber que de los empleados de actuar en el ejercicio de sus cargos con sujeción a la ley y a los estatutos sociales y de abstenerse de llevar a cabo actuaciones que puedan significar para la sociedad el desconocimiento de las normas que regulan la competencia en el país.
9. RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL
Tal como se había mencionado en el producto presentado en el segundo trabajo colaborativo desarrollado para este curso, la Responsabilidad Social Empresarial encuentra su fundamento primario en el derecho Internacional, más específicamente en el Libro Verde de Responsabilidad Social de la Comisión Europea, publicado en el 2001 (Sánchez, 2013) y específicamente, Colombia ha integrado a su ordenamiento jurídico una gran variedad de normas de carácter internacional _ como lo es el caso de su compromiso en el cumplimiento de los llamados Objetivos del Milenio- y la firma del Pacto Mundial Empresarial en 2000, entre otros, que permiten a los empresarios contar con un marco de referencia sobre cual basar sus políticas de responsabilidad social empresarial, de hecho, el Instituto Colombiano de la Norma Técnica – ICONTEC-, ha iniciado el proceso de creación del documento guía técnica de responsabilidad social. GTC-180, en el cual se define que la RSE “Es el compromiso voluntario que las organizaciones asumen frente a las expectativas concertadas que en materia de desarrollo humano integral se generan con las partes interesadas y que, partiendo del cumplimiento de las disposiciones legales, le permite a las organizaciones asegurar el crecimiento económico, el desarrollo social y el equilibrio ecológico.” (Icontec, 2013).
Paralelamente, Colombia se ha aprobado la norma ISO 2600, cuya aplicación es de carácter voluntario, aunque sin eximir a las organizaciones del cumplimiento de las disposiciones legales vigentes aplicables, entre las cuales se destacan algunos temas puntuales como lo son el apoyo y el respeto a la protección de los derechos humanos, el respeto a la libertad de asociación y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva, el apoyo a métodos preventivos con respecto a problemas ambientales y el trabajo en contra de la corrupción en todas sus formas, incluyendo la extorsión y el soborno.
En este sentido, para el caso de Distripollo de la Finca, se considera conveniente y pertinente establecer la aplicación de políticas de RSE a través de las siguientes acciones:
- Vinculación de personal femenino especialmente de mujeres que detenga la condición de ser cabeza de hogar.
- Cualificación del talento humano vinculado a la empresa, a través del patrocinio de procesos de capacitación técnica y profesional.
- Desarrollo de procesos de extensión a la comunidad vecina de la planta de beneficio, a través de la implementación de acciones encaminadas a promover la preservación del medio ambiente.
10. CONCLUSIONES
Tal como se había concluido en los ejercicios desarrollados anteriormente, toda actividad empresarial lícita que pretenda desarrollarse en la actualidad se encuentran inevitablemente condicionada a un determinado y complejo ordenamiento legal y jurídico y por lo tanto, puede afirmarse que en el proceso de determinación de la viabilidad de cualquier proyecto empresarial, se hace indispensable identificar y analizar todo el cuerpo normativo vigente que regirá la acción de este, tanto en su etapa de identificación y planeación como en la de su implementación y posterior operación.
Por esta razón, se estima que el aporte más relevante de esta última actividad, es el de habernos brindado la oportunidad de reconocer la influencia del marco legal y jurídico en la gerencia de proyectos, pues más allá del análisis aislado de leyes, decretos y similares, así como de formularios y formatos, la realización de este ejercicio ha permitido identificar y comprender paso a paso, todas las implicaciones del proceso de constitución legal de una empresa, el cual sin duda alguna exige una clara comprensión de los conceptos y principios legales, so pena de cometer equivocaciones en los trámites a desarrollar y lo que podría ser aún peor, en la definición del modelo de negocio a ejecutar, pues este trabajo en particular, ha hecho más que evidente la estrecha relación que existe entre la actividad empresarial y las restricciones y exigencias de tipo legal y jurídico, las cuales normalmente se traduce en incrementos de los costos de producción y por lo tanto reducción en los niveles de competitividad, como es el caso por ejemplo, de las considerables inversiones que deben hacerse para dar cumplimiento a la normatividad sanitaria y ambiental que reglamenta el establecimiento de empresas como la constituida a través de este ejercicio académico.
Finalmente, otro de los aspectos que vale la pena resaltar, es el hecho de que se hace necesario complementar los conocimientos en cuanto a los fundamentos legales, con el manejo de los sistemas de información y de servicios de trámites en línea que ofrecen las instituciones en la actualidad, pues de hecho, pese a que el objetivo principal de este tipo de herramientas es facilitar la realización de trámites ante entidades del estado, si no se dispone de competencias básicas en el manejo de este tipo de recursos, el proceso puede resultar aún más complejo.
11. REFERENCIAS
Concejo Municipal de Palmira. (2001). Plan de Ordenamiento Territorial. Obtenido de acuerdo 109 de 2001: http://www.palmira.gov.co/attachments/article/721/1.%20ACUERDO%20109%20 de%202001.pdf
Concejo Municipal de Palmira. (22 de Noviembre de 2010). Estatuto Tributario Municipal. Obtenido de acuerdo 0 71 del 22 de noviembre de 2010: http://www.palmira.gov.co/attachments/article/707/Acuerdo%20071Estaturo%20T ributario%20Municipal%20Palmira%20DIC-2010.pdf
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. (2013). Servicios en línea del sistema Muisca. Obtenido de inscripción RUT: https://muisca.dian.gov.co/WebRutMuisca/DefInscripcionRutPortal.faces
Federación nacional de avicultores de Colombia. (2013). Buscador de normatividad del sector. Obtenido de consulta de resoluciones, decretos y circulares: http://www.fenavi.org/index.php?option=com_content&view=article&id=1781&Ite mid=565
Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos . (2013). Sistema de solicitud de Trámites en línea. Obtenido de Alimentos: www.invima.gov.co/index.php?option=com_content&view=article&id=795&Itemid= 253
Garcia Giraldo, G. (2009). Campus Virtual. Obtenido de Universidad Nacional Abierta y a Distancia: http://66.165.175.235/campus18_20132/mod/resource/view.php?id=48701
Ministerio de la Protección Social. (4 de Mayo de 2007). Decreto 15 00 de 2007. Obtenido de http://www.minambiente.gov.co/documentos/dec_1500_040507.pdf Presidencia de la Republica de Colombia. (s.f.). Sistema Juridico Colombiano. Recuperado el 28 de Noviembre de 2013, de Decreto 410 de 1971 por el cual se expide el Codigo de Comercio: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41102
Presidencia de la República de Colombia. (23 de Diciembre de 1997). Decreto 3075 de 1997. Obtenido de http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3337
Red de Camaras de Comercio de Colombia. (Noviembre de 2013). Portal Nacional de Creacion de Empresas. Obtenido de Crearempresa.com: http://www.crearempresa.com.co/General/Home.aspx
Red de Camaras de Comercio de Colombia. (s.f.). Registro Ùnico Empresarial y Social. Obtenido de RUES: http://www.rues.org.co/RUES_Web/Consultas
Romero Torres, J. E. (1998). Mundo HACCP. IV Congreso Colombiano de Ciencia y Tecnologia de Alimentos. Bogotá.
RUES. (2013). Red Colombiana de Cámaras de Comercio. Obtenido de Registro Unico Empresarial y Social: http://www.rues.org.co/RUES_WEB/consultas/DetalleRM?codigo_camara=21&m atricula=0000255704
Supersociedades. (2013). sistema de registro de propiedad industrial. Obtenido de Sistema de información general de sociedades: http://portal.supersociedades.gov.co/Paginas/default.aspx
ANEXOS EVIDENCIAS DE LOS APORTES INDIVIDUALES Dando cumplimiento a la exigencia de la guía para eta actividad, según la cual “En el producto final debe aparecer el aporte INDIVIDUAL, como anexo”, a continuación se presenta de manera detallada, los aportes presentados por cada uno de los integrantes del grupo colaborativo, los cuales fueron utilizados dentro de la construcción del documento final. (Se ha respetado el formato en el cual fueron presentados por sus autores)
Vale la pena aclara que la presentación de estos aportes en su mayoría, obedeció a la distribución de temas, que fue propuesta por el estudiante Jann Rodríguez Jiménez y la cual se describe a continuación:
1. Descripción del proceso inicial, identificación de costos asociados a este, diseño del Acta de constitución y del registro mercantil y descripción de las implicaciones relacionadas con los acuerdos de comercio internacional, asignado a Jann Rodríguez Jiménez 2. Descripción del proceso y costos de los trámites de registro de marca y del proceso descripción de los empleados a la seguridad social y aportes parafiscales, asignado Mario Vela.
3. Descripción del proceso de obtención del registro único tributario y de la legislación ambiental aplicable, asignado a Fabián Amaya.
4. Descripción de los tramites de permiso sanitarios, licencia ambiental, uso del suelo y demás y de los programas de Responsabilidad Social empresarial, asignado a Maricel Caicedo y Víctor Manuel Ramos.
De la misma manera, es importante anotar que se propuso que los aportes debían ser presentados a más tardar el día martes 03 de diciembre en las horas de la noche y se estipuló, que sería responsabilidad del relator (Jann Rodríguez Jiménez) completar los temas para los cuales no existieran aportes o que en su defecto los aportes pudieran resultar incompletos.
ANEXO A. EVIDENCIAS DEL APORTE INDIVIDUAL DE FABIÁN AMAYA REYES
Contenido del Documento subido el miércoles, 4 de diciembre de 2013, 14:23
MARCO JURÍDICO AMBIENTAL
A continuación se presentan los aspectos más importantes del ordenamiento legal ambiental del país, en relación con el uso, aprovechamiento o afectación de los recursos naturales. Esta reglamentación cobija a los avicultores del país y la explotación de la industria avícola llegando a la comercialización de sus productos, en todos los sistemas productivos. Inicialmente todos los funcionarios del área operativa deberán obtener su CERTIFICADO DE MANIPULACION DE ALIMENTOS que lo expiden los Hospitales o la Secretaria de Salud de la Ciudad. Al inicio de las actividades de producción y comercialización se debe Solicitar la visita de la Secretaria de Salud a las instalaciones de la procesadora y distribuidora de pollo, para tramitar los respectivos permisos (Para transporte de alimentos perecederos, y si más adelante se van a instalar granjas avícolas se solicitaran las respectivas licencias, ambiental y Registro del ICA, que son requeridas para la explotación de estas granjas avícolas. Las Buenas Practicas Avícolas (BPAV) son un conjunto de medidas a implementar, con el objeto de cumplir con el sector productivo primario y las leyes nacionales aplicables al mismo de tal forma que las BPAV se constituyen en un requisito que paulatinamente se empiezan a consolidar como exigencia de los mercados internacionales, particularmente, en los mercados de países desarrollados, trascendiendo el ámbito de la inocuidad alimentaria, la sanidad animal, la bioseguridad y se extienden aspectos como la salud, seguridad y bienestar de los trabajadores cuidando, del medio ambiente y manejo de los animales.
http://www.fenavi.org/images/stories/contenidos/tecnico/libro/bpav/files/bpav.pdf
Registro ICA Es la autorización que mediante documento otorga el ICA, para producir, importar y comercializar aves y huevos fértiles destinados a la reproducción, incubación sus insumos y otros. NORMATIVIDAD AMBIENTAL VIGENTE 1 Marco Legislativo Decreto Ley 2811/74 Código Recursos Naturales Ley 99 de 1993 Ley del Medio Ambiente Ley 388 de 1997 Ordenamiento Territorial Ley 633 de 2000 Tarifas de servicios Ambientales Ley 9 de 1979 Código Sanitario 2 Recurso Hídrico Decreto 1541 de 1978 Concesión de aguas Ley 373 de 1997 Uso eficiente y ahorro de agua Decreto 475 de 1998 Agua para consumo humano Decreto 901 de 1997 Tasas Retributivas
3 Recursos Sólidos Resolución 2309/86 Residuos especiales y peligrosos Decreto 605 de 1996 Residuos domésticos Ley 430 de 1998 Desechos peligrosos y otros Decreto 2676 de 2000 Residuos hospitalarios y similares 4 Aire Decreto 002/82 Normas de calidad de aire Resolución 08321 /83 Ruido Resolución 5 de 1996 Fuentes móviles Decreto 948 de 1995 Emisiones Atmosféricas Resolución 619 de 1996 Emisiones Atmosféricas 5 Ocupación de Cauces Decreto 1541 de 1978 Ocupación de cauces Decreto 1608 de 1978 Fauna Silvestre Decreto 2256 de 1991 Recursos hidrobiológicos Decreto 1791 de 1996 Aprovechamiento Forestal 6 Otros
Decreto 1843 de 1991 Uso de plaguicidas Decreto 2278 de 1982 Consumo de agua en Plantas de Beneficio y otros Decreto 1728 de 2002 Licencias Ambientales Decreto 2150 de 1995 Supresión de trámites 7 Normas de Aplicación REGIONAL
MEDIDAS SANITARIAS REGISTRO, PREVENCIÓN Y CONTROL
Cantidad Título del artículo
Veces visto
1
Resolución 3642 del 21 de Agosto de 2013
1944
2
Ley 1659 de 2013: Sistema Nacional de Identificación, Información y Trazabilidad Animal
516
3
Resolución 000219 – 2 de Febrero de 2012-04-26
1145
4
Resolución 1425 – 14 de Julio de 2011
1093
5
Decisión 737 – 4 de Junio de 2010
367
6
Resolución 001610 – 7 de Abril de 2011
975
7
Guia Para La Prevención, Control y Erradicación De La Enfermedad De Newcastle
720
8
Resolución 1102 – 09 de Junio de 2004
974
9
Decreto 0735 de abril de 2012
1655
10
Ley 101 - Ley General de Desarrollo Agropecuario y Pesquero
1499
11
Resolución 1167: Se establecen los requisitos para el registro y el control de personas que se dediquen a la comercialización de insumos agropecuarios y/o semillas
510
12
Resolución 003655: Se adopta el Programa de Prevención 345 y Vigilancia de la influenza Aviar en Colombia
13
Resolución 003654: Se adopta el programa para el control y erradicación de la enfermedad de Newscastle
14
Resolución 00189: Medidas sanitarias para la prevención y control de la Enfermedad de Newcastle en la zona piloto 452 de la Mesa de Los Santos (Santander)
15
Resolución 00354: Medidas de carácter sanitario para prevenir la introducción a Colombia de la Influenza Aviar
399
420
Cantidad Título del artículo
Veces visto
16
Resolución 00375: Disposiciones sobre Registro y Control de los Bioinsumos y Extractos Vegetales de uso agrícola en Colombia
480
17
Resolución 2651: Medidas sanitarias para el control de movilización de gallinas vivas en los departamentos de norte de Santander, Arauca, Cesar y Guajira
445
18
Resolución 1698 - Disposiciones sobre productores de alimentos para animales con destino al autoconsumo
583
19
Resolución 1173 - Derogan Resoluciones 1423, 957, 578 y 263 374
20
Resolución 1840 - Se reglamenta el Artículo 65 de la Ley 101 de 1993
1502
La licencia ambiental se tramita cuando se van a implementar granjas avícolas, y este es el formato a diligenciar anexando los requisitos que solicita el formato al final.
El RUT El Registro Único Tributario -RUT- constituye el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes declarantes del impuesto de renta y no contribuyentes declarantes de ingresos y patrimonio, los responsables del régimen común, los pertenecientes al régimen simplificado, los agentes retenedores, los importadores, exportadores y demás usuarios aduaneros; y los demás sujetos de obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN. Y para nuestro caso lo debemos realizar por medio electrónico en la página de la Dian. https://muisca.dian.gov.co/WebRutMuisca/DefInscripRutCamNatPortal.faces
ANEXO B. EVIDENCIAS DEL APORTE INDIVIDUAL MARICEL CAICEDO OLIVEROS Contenido del Documento subido el lunes, 2 de diciembre de 2013 a las 17:47
FORMULARIO DE EXPEDICIÓN DE PERMISO SANITARIO No diligencie los espacios sombreados, Presente su documentación sin tachaduras ni enmendaduras, legajada, foliada (numerada) y encarpetada. Diligencie los formularios con letra clara y legible, con tinta de color negro, en computador o máquina de escribir. Verifique la normatividad sanitaria aplicable a su producto y Dec. 4444 de 2005. RECUERDE: Antes de diligenciar el formulario verificar el Instructivo de trámites para que pueda diligenciar completamente el formulario exigido por disposición legal (Decreto 4444 de 2005 Artículo 4º) SEÑOR USUARIO: TENGA EN CUENTA QUE DENTRO DE LA INFORMACIÓN SOPORTE DEL PERMISO SANITARIO NO SE CONTEMPLA LO RELATIVO A LAS ETIQUETAS O TABLAS NUTRICIONALES, RAZÓN POR LA CUAL, SI DADO EL CASO SE ADJUNTA, LA ADMINISTRACIÓN NO EMITIRÁ PRONUNCIAMIENTIO AL RESPECTO.
1. DATOS DEL PRODUCTO Modalidad del registro sanitario (5): FABRICAR Y VENDER Nombre del producto (6A): POLLOS DE LA FINCA (Nota: si el nombre es muy extenso, indicarlo en una hoja anexa al formulario y debe ser igual al declarado en la ficha técnica
Marca(s)(17):
Si requiere presentar información mediante anexos, indique el número correspondiente del folio.
2. INFORMACIÓN GENERAL Titular (es) (8) JANN RODRIGUEZ MARIO VELA MARICEL CAICEDO
Fabricante(s) (9)
3. DOCUMENTACIÓN SOPORTE (orden de foliado) Recibo de pago (consignación original) o constancia de la consignación (2)(3) Formulario de información básica y formulario de expedición de permiso sanitario debidamente diligenciado firmado por representante legal o apoderado
Ficha técnica (por variedad)(ver anexo ficha técnica en formulario de información básica)(6A6J)
Certificado de existencia y representación legal del titular y fabricante o matricula mercantil (8)(9)
Fecha de la última visita para concepto sanitario favorable y/o favorable condicionado y Grupo de Trabajo territorial del INVIMA que realizó la visita
Poder para actuar, si actúa a través de apoderado(4) Al llegar documentación debidamente foliada (enumerada) tomando como primer folio la consignación (conforme al numeral 3), foliado en la parte superior derecha de la hoja, legajada (gancho legajador plástico) y en carpeta blanca oficio. EL FORMATO IMPRESO DE ESTE DOCUMENTO ES UNA COPIA NO CONTROLADA Carrera 68D Nro. 17-11/21 PBX: 2948700 Página Web http:// www.invima.gov.co Bogotá – Colombia
Firma:(10)
VICTOR RAMOS Representante legal Apoderado
Nombre:
VICTOR RAMOS Representante legal Apoderado
Contenido del Documento subido el lunes, 2 de diciembre de 2013 a las 22:28 LICENCIA AMBIENTAL DATOS DEL SOLICITANTE 1. Nombre o Razón Social: DISTRIBUIDORA DE POLLO DE LA FINCA LTDA C.C. _ NIT: X No.94330240-56 2. Representante Legal: VICTOR MANUEL RAMOS VERGARA C.C. No.94330240 Dirección Calle 45 B No 25-13 Ciudad: Palmira Teléfono (s) 3155326424 fax: (2) 2742871 E-mail: victorramos22@hotmail.com 3. Apoderado (Si tiene):________________________________________T.P.:_________________ __________________________ C.C. No. _______________ Dirección_________________________________________________ Ciudad______________________ Teléfono (s) __________________Fax______________________________Email__________________________________________ DATOS DEL PROYECTO Proyecto: LEVANTE Y DISTRIBUCIÓN DE POLLO CAMPESINO Sector: COMERCIAL Valor del Proyecto (o modificación) $ 26.000.000 Valor en letras: VEINTISEIS MILLONES DE PESOS Moneda Corriente
Tipo de licencia Implícitos Con permisos
Comunidades Étnicas global
Modificación Global con permisos implícitos
Indígenas Negritudes
Impactos Sobre Áreas De Manejo Especial Áreas sistemas parques
Nacionales Áreas de Reserva Otra categoría Cuál________
Ordinaria
LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO 1. Departamento (s) VALLE DEL CAUCA 2. Municipio (s) PALMIRA 3. Región (es): Andina X Caribe _____ Orinoquía ____ Amazonía ______ Pacífica X RELACIÓN DE PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES REQUERIDOS
Concesión de Aguas: Superficial ___ Subterránea___ Exploración aguas subterráneas ____
Emisión atmosférica Sustracción de Área de Reserva Forestal Levantamiento de veda Explotación de materiales de construcción Otro: Cuál______
Vertimiento ____ Aprovechamient o Forestal ____ Ocupación de cauce ____
DOCUMENTACIÓN QUE DEBE ANEXAR A LA SOLICITUD 1. Concepto previo Diagnóstico Ambiental de Alternativas 2. Plano IGAC de localización del proyecto, obra o actividad. 3. Poder debidamente otorgado cuando se actúe por medio de apoderado. 4. Certificado de existencia y representación legal para el caso de persona jurídica, el cual debe haber sido expedido dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. 5. Descripción explicativa del proyecto, obra o actividad que incluya por lo menos su localización, dimensión y costo estimado de inversión y operación.
6. Descripción de las características ambientales generales del área de localización del proyecto, obra o actividad. 7. Información sobre la presencia de comunidades localizadas en el área de influencia directa del proyecto, obra o actividad propuesta. 8. Certificado del Ministerio del Interior y Justicia donde manifiesta la presencia o no de comunidades indígenas y/o negras 9. Autoliquidación y dos (2) copias de la constancia de pago por los servicios de la evaluación de los Estudios Ambientales del proyecto, obra o actividad, para las solicitudes radicadas ante el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. 10. El estudio de impacto ambiental en original y medio magnético. FIRMA DEL SOLICITANTE O APODERADO DEBIDAMENTE CONSTITUIDO _____________________________________________________________FECH A: __________________________
Contenido del documento subido el miércoles, 4 de diciembre de 2013, 19:34 Programas de Responsabilidad Social Dentro de la responsabilidad social con la que debe cumplir toda organización, empresa o institución para contribuir con un desarrollo humano y sostenible a continuación realizamos la descripción de los programas de responsabilidad social, con enfoque de género, cuidado del medio ambiente y gobierno corporativo, que implementaremos en nuestra empresa. MUJERES CABEZA DE FAMILIA EMPRENDEDORAS En la actualidad se presentan múltiples casos de mujeres cabeza de familia, con uno o más hijos a cargo, lo que conlleva a incrementar la tasa de desempleo, de pobreza y de desequilibrio social. En su mayoría son de escasos recursos económicos, son víctimas del desempleo, desplazamiento, mal trato, Por su condición de pobreza y de contar con escasos recursos económicos, buscan un apoyo que les permita generar ingresos para sus familias. El abatir la pobreza y la desigualdad social que genera la discriminación entre géneros, y edades, es construido socialmente como un reto multi-institucional, que pone a prueba las capacidades gubernamentales de los sistemas políticos de los países en desarrollo, además nos encontramos en una era donde todas las personas y organizaciones debe tener responsabilidad social, y donde todo gira en propósito del desarrollo humano, mas que de cualquier clase de desarrollo, es por todo esto que los gobiernos implementan políticas públicas que garantizan la satisfacción las necesidades de su población. Dentro de la responsabilidad que tiene el gobierno con la población, el gobierno de santos ha creado el Departamento para la Prosperidad Social, en el cual se desarrolla un programa generación de ingresos y empleabilidad en este programa se ha implementado un proyecto
llamado mujeres ahorradoras, hago mención de esto ya que existen herramientas y recursos que podríamos aprovechar para sacar adelante la propuesta. Es por todo esto que realizo esta propuesta con la convicción de que es una excelente propuesta porque garantizaría no solo el bienestar propio sino que sería una causa en la cual estaríamos apoyando a muchas familias y personas directa e indirectamente. OBJETIVOS GENERAL Realizar una fundación con enfoque de empoderamiento como estrategia de desarrollo humano para las mujeres cabeza de familia. ESPECÍFICOS Plantear estrategias de empoderamiento a las mujeres cabeza de familia, para que alcancen sus metas, transformando su vida, familia y el ámbito donde se encuentran. Realizar talleres de capacitación para que esta población de mujeres, desarrolle sus potencialidades, aptitudes para aprovechar estos y convertirlos en incentivos monetarios
Contenido del documento subido el miércoles, 4 de diciembre de 2013, 21:15 RESPONSABILIDAD AMBIENTAL Dentro del marco de la responsabilidad que deben tener las empresas con el medio ambiente, nuestro compromiso es aportar al desarrollo sostenible de nuestro entorno y por ende mitigar el acabose del medio ambiente, y con base en los objetivos del milenio la cual es una iniciativa planteada por la ONU, y específicamente en el objetivo 7, que es garantizar la sostenibilidad del medio ambiente.
Es por todo esto que hemos elaborado un esquema ambiental de alimentación y abono orgánico en unión con fincas plataneras, y haciendas ganaderas, con el fin de aprovechar los desechos orgánicos (pollinaza) generados por los animales.
GALPON PRODUCCION DE POLLINAZA
SECADO DE POLLINAZA RECOLECCION DE POLLINAZA POR CULTIVADORES ABONO PARA CULTIVOS
ALIMENTO PARA GANADO
ANEXO C. EVIDENCIAS DEL APORTE INDIVIDUAL VÍCTOR MANUEL RAMOS Contenido del Documento subido el lunes, 2 de diciembre de 2013 a las 20:15
-
-
Plano general Topográfico (rural) Concepto técnico.
Contenido del Documento subido el martes, 3 de diciembre de 2013, 12:11:
Espacio reservado para el adhesivo de radicació
DIRECCIÓN DE SIGNOS DISTINTIVOS REGISTRO DE MARCAS Y LEMAS COMERCIALES Marca de:
Producto
Servicio
Colectiva
De certificación
Lema
comercial 1.
DATOS DEL SOLICITANTE: Apellido(s): (tratándose sólo de persona natural:)
Persona natural Persona Jurídica Nombre(s): (tratándose sólo de persona natural) VICTOR MANUEL
Designación oficial completa de la entidad/nombre social: (diligenciar tratándose de persona jurídica) Nombre del representante legal
Documento de identificación:
C.C.
C.E.
NIT
Otro
Número de identificación: 94330240
Nacionalidad del solicitante/País de Constitución COLOMBIANO
Dirección del solicitante
Correo electrónico
No. Fax
País COLOMBIA
Ciudad PALMIRA Número telefónico 315/5326424
Victorramos22@hotmail.com
Tipo de empresa:
Micro
Pequeña
Mediana
Otra: ( Indique que
tipo)
2.
DATOS DEL APODERADO: Apellido(s) y nombre(s) JANN RODRIGUEZ
No. Documento identidad profesional
Dirección para envío de correspondencia
Correo electrónico
País
No. Telefónico
Estado - Ciudad
No. Fax
No. Tarjeta
Número de Radicación o Protocolo de poder general 3.
SIGNO A REGISTRAR Tipo de marca: Nominativa
Figurativa
Mixta
Sonora
Tridimensional
Olfativa Otras
Denominación del signo a registrar:
Marca asociada si es lema:
¿El solicitante desea que la Oficina registre y publique la marca en los caracteres estándar utilizados por ésta? SI NO
¿El solicitante reivindica el color como característica distintiva de la marca? SI NO
En caso negativo indique el tipo de letra
En caso afirmativo, por favor señálelo (s) en la etiqueta o relaciónelo (s) a continuación:
Transliteración de la marca:
Traducción de la marca:
DE LA FINCA
4.
REIVINDICACIONES Prioridad por solicitud anterior:
Prioridad de exposiciones:
No. de la solicitud cuya prioridad se reivindica
No. de la solicitud cuya prioridad se reivindica
País de origen:
Nombre de la exposición:
Fecha de Presentación:
Lugar de Celebración: Fecha de presentación:
Si hay más de una prioridad relaciónela en documento anexo 5. PRODUCTOS Y/O SERVICIOS (En caso de estar comprendidos en diferentes clases, agrupar de acuerdo con la Clasificación Internacional de Niza, precedido del grupo de la clase a la que corresponda, de menor a mayor). Clase
Productos y/o servicios
NOTA: Si el espacio anterior no es suficiente, por favor relacione los productos y/o servicios solicitados en hoja anexa, siguiendo las instrucciones del punto 5 o utilizar un formulario sustancialmente igual a este, teniendo en cuenta que usted puede ampliar la tabla. 6.
ANEXOS
Comprobante de pago de la tasa para la presentación de la solicitud No . _______________ Fecha: _______
Comprobante de pago de la tasa por concepto de reivindicación de prioridad No . ____________ Poder, si fuere el caso con el que se acredita la representación __________________________________
Artes finales 8 X 8 cm (1 ejemplar adicional al inserto en el formulario) Copia certificada de la solicitud cuya prioridad se reivindica ___________________________ La copia certificada de la solicitud cuya prioridad se reivindica se allegará dentro de los tres meses siguientes a la fecha de la presente solicitud Traducciones simples de la primera solicitud si se reivindica prioridad Certificado de registro en el caso del artículo 6quinquíes del Convenio de París Arte con las dimensiones especificadas de la marca Tridimensional Anexo con clasificación de productos y/o servicios (en caso de necesitar más espacio de conformidad con el num. 5) Formulario de reducción de tasas a solicitud de registro para microempresas
Copia de la solicitud y sus anexos en medios magnéticos.
7.
Firma
Nombre del Firmante
Firma
C.C
Tarjeta Profesional
Contenido del documento subido el miércoles, 4 de diciembre de 2013, 18:18 REPUBLICA DE COLOMBIA
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Plano general Topográfico (rural) Concepto técnico.
ANEXO D. EVIDENCIAS DEL APORTE INDIVIDUAL JANN RODRÍGUEZ JIMÉNEZ Contenido del documento subido el martes, 3 de diciembre de 2013, 10:22
INTRODUCCIÓN Durante el desarrollo de este curso, se ha podido comprobar que proceso de concepción, formulación, ejecución, control y evaluación de cualquier tipo de empresa, demanda en primer lugar una ampliación de nuestra visión más allá de nuestro propio campo de acción profesional y que de la misma manera, el conocimiento y la comprensión del marco legal y más específicamente de la normatividad jurídica y legal, en todos sus niveles (local, regional, nacional e internacional) tanto en lo que se refiera a las normas sustanciales como procedimentales, representa un ejercicio crucial en el análisis del alcance e impactos de cualquier propuesta empresarial, lo que conlleva evidentemente a la necesidad de comprender, de manera general los “fundamentos legales”, y lo que es aún más importante, su efecto en los proceso de toma de decisiones de inversión.
Así pues, puede decirse entonces que el marco legal representa a través de múltiples restricciones e incluso estímulos, un factor fundamental en la planeación y ejecución de cualquier propuesta de inversión y que por lo tanto su análisis riguroso debe considerarse como un componente fundamental en la gestión de proyectos; Y es precisamente por esta razón que la actividad final dentro del curso de Fundamentos Legales, consiste en la simulación de la constitución y puesta en marcha de una empresa, ejercicio a través del cual será posible hacer un estudio detenido de cada una de las etapas y consideraciones que se deben hacer dentro de este proceso.
De esta forma y como una primera parte dentro de esta actividad, a continuación se presentan los aportes individuales construidos hasta el momento para aportar en la construcción del documento o final.
PROCESO DE CONSTITUCIÓN
Luego de haber decidido que se constituirá una sociedad limitada, debe tenerse en cuenta que este tipo de figura, se constituye mediante escritura pública entre mínimo dos socios y máximo veinticinco, quienes responden con sus respectivos aportes, y que solo en algunos casos según el Código de Comercio artículos 354, 355 y 357, se podría autorizar la responsabilidad ilimitada y solidaria, para alguno de los socios.
En este tipo de sociedades, los socios definen en la escritura pública el tiempo de duración de la empresa y pueden delegar la representación legal y administración en un gerente, quien se guiará por las funciones establecidas en los estatutos.
El capital se representa en cuotas de igual valor que para su cesión, se pueden vender o transferir en las condiciones previstas en la ley o en los respectivos estatutos. Cualquiera que sea el nombre de la sociedad deberá estar seguido de la palabra "Limitada" o su abreviatura "Ltda" que de no aclararse en los estatutos hará responsable a los asociados solidaria e ilimitadamente.
Antes de proceder a la redacción del acta de constitución es necesario realizar los siguientes pasos:
1. Consulta del nombre.
La consulta realizada en el Portal Nacional de Creación de Empresas ha permitido definir que el nombre elegido se encuentra disponible y puede ser utilizado.
Imagen 1. Resultados de la consulta de nombre 2. Consulta de la marca.
En esta etapa el primer paso a realizar es la consulta de signos distintivos en la base de datos electrónica de la Superintendencia de Industria y Comercio. El resultado, como se muestra en la imagen 2, es que no hay registros similares y por lo tanto, la marca "de la fiinca” puede ser utilizada.
Imagen 2. Resultado de la consulta de signos distintivos
Vale la pena anotar, que si la información no fuera suficiente o resultara confusa, sería necesario solicitar los antecedentes marcarios o figurativos a la Superintendencia de Industria y Comercio, el cual es un trámite que se realiza a través de cualquier Cama de Comercio del País; No obstante, en este caso, dado que los resultados también son Imágenes original omitidas por coincidir con las incluidas dentro del producto final.
negativos al buscar coincidencias con marcas similares, no se considera necesario hacer una búsqueda más avanzada.
3. Registro de marca. (Pendiente aporte Víctor Ramos)
4. Consulta del código correspondiente a la actividad económica principal.
En esta caso la consulta en el Portal Nacional de Creación de Empresas -PNCE-ha permitido definir que la actividad principal de la empresa debe registrase bajo el código CIIU No 0145, el cual corresponde a la cría de aves de corral.
5. Consulta del uso del suelo (se anexa al final la solicitud diligenciada por Víctor)
La empresa se constituirá en el municipio de Palmira (Valle del Cauca), de acuerdo a la consulta realizada en la página oficial de este municipio, todo empresario que desee constituir una empresa en este territorio, debe consultar antes de iniciar su operación si es posible desarrollar la actividad económica en una dirección determinada de la ciudad, de acuerdo con el Plan de ordenamiento territorial P.O.T y la reglamentación especifica del esta localidad.
6. Costo de trámite Dado que se va constituir una sociedad limitada, con un capital de $75.000.000 con un único establecimiento comercial y que se cumplen las condiciones para acogerse a la Ley 1429 de 2010, "Por la cual se expide la ley de formalización y generación de empleo" e inicialmente no se hará la inscripción en el Registro Nacional de Proponentes, los costos de los tramites en la Cámara de Comercio de Palmira (valle del Cauca) serian: Impuesto de registro: Matricula Mercantil: Alcaldía de Palmira: Estampillas y formularios: Total:
$5.250.000 $130.000 $0.0 $ 183.800 $5.563.800
7. Acta de constitución
Aunque el artículo 22 de la Ley 1014 de 2006, establece que toda empresa con una planta de personal no superior a diez (10) trabajadores y/o activos totales con valor
inferior a quinientos (500) SMLMV -el cual es el caso de la empresa a constituir en esta simulación-, pueden constituirse mediante documento privado, se ha decidido que para efectos del ejercicio académico, se hará el proceso a través de una minuta.
Vale la pena anotar que la construcción del acta de constitución, se apoyó en el sistema de apoyo del Portal Nacional de Creación de Empresas.
DISTRIBUIDORA DE POLLOS DE LA FINCA Ltda: ACTA DE CONSTITUCIÓN
En la ciudad de PALMIRA, Departamento de VALLE DEL CAUCA, República de Colombia, el 3 de Diciembre del año 2013, ante mí: Comparecieron: Maricel Caicedo , mayor de edad, identificada con Cedula de Ciudadanía número 29659972 expedida en PALMIRA, de estado civil Casada domiciliada en la ciudad de PALMIRA en la dirección Calle 45 B Nro 25 - 13; Víctor Manuel Ramos , mayor de edad, identificado con Cedula de Ciudadanía número 94330240 expedida en PALMIRA, de estado civil Casado domiciliado en la ciudad de PALMIRA en la dirección Calle 45 B Nro 25 - 13; Jann Rodríguez Jiménez, mayor de edad, identificado con Cedula de Ciudadanía número 93298336 expedida en LÍBANO, de estado civil Casado domiciliado en la ciudad de LÍBANO en la dirección Manzana 31 Casa 18 Barrio Marsella; Fabián Amaya , mayor de edad, identificado con Cedula de Ciudadanía número 8763453 expedida en BOGOTÁ, de estado civil Casado domiciliado en la ciudad de BOGOTÁ en la dirección Calle 143 Nro 23 - 12; Y Mario Alexander Vela , mayor de edad, identificado con Cedula de Ciudadanía número 43456784 expedida en LETICIA, de estado civil Casado domiciliado en la ciudad de LETICIA en la dirección Calle 23 Nro 45 - 5, quienes MANIFESTARON: Que obrando en las condiciones antes mencionadas han celebrado un contrato de sociedad comercial de Responsabilidad Limitada, que se regirá por los siguientes estatutos, y en lo no previsto en ellos, por las normas aplicables a este tipo de sociedad.
-. ARTICULO No. PRIMERO - DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL : La sociedad se denominará: Pollos de la Finca Ltda., con Sigla Distripollo de la Finca Ltda., razón social bajo la cual regirá en adelante. -. ARTICULO No. SEGUNDO - DOMICILIO : La sociedad es de nacionalidad colombiana y tendrá como domicilio principal la ciudad de PALMIRA, pudiendo no obstante establecer oficinas, sucursales o agencias en cualquier lugar del territorio nacional y del extranjero.
-. ARTICULO No. TERCERO - DURACIÓN : La sociedad tendrá un término de duración de 10 Años, contados a partir de la fecha de otorgamiento de este instrumento
público, pero podrá disolverse antes por alguna de las causales establecidas en este Estatuto Social o en la Ley.
-. ARTICULO No. CUARTO - OBJETO SOCIAL : El Objeto social de la sociedad será la explotación de la industria avícola llegando a la comercialización de sus productos, incluyendo específicamente incubación, reproducción, engorde y comercialización de pollo ; En desarrollo de su objeto social, la sociedad podrá ser asociada de sociedades comerciales ya sea como asociada fundadora o que luego de su constitución, ingrese a ellas por adquirir interés social en las mismas, comercializar los bienes y productos que adquiera a cualquier título, abrir establecimientos de comercio con tal fin; adquirir, enajenar, gravar, administrar, tomar y dar en arrendamiento toda clase de bienes muebles e inmuebles y en especial hipotecar los bienes inmuebles que adquiera y dar en prenda los bienes muebles que sean de su propiedad; intervenir ante terceros, sean ellos personas naturales o jurídicas, y en especial ante entidades bancarias y crediticias como deudora de toda clase de operaciones de crédito, otorgando las garantías del caso cuando a ello hubiere lugar; dar y recibir dinero en mutuo, con interés o sin él, exigir u otorgar las garantías reales o personales que se requieran en cada caso; celebrar con establecimientos bancarios, financieros y aseguradoras, toda clase de operaciones y contratos relacionados con los negocios y bienes sociales que tengan como fin acrecer su patrimonio; girar, aceptar, endosar, asegurar, cobrar y negociar toda clase de títulos valores; administrar bienes de sus asociados o de terceros; celebrar todos los actos y contratos necesarios para el cabal cumplimiento de su objeto social, dentro de los límites y en las condiciones previstas por la Ley y estos Estatutos: Cría de aves de corral.
-. ARTICULO No. QUINTO - CAPITAL : El capital social está expresado en PESOS y es la suma de SETENTA Y CINCO MILLONES ( 75,000,000.00 ), el cual se encuentra dividido en SETENTA Y CINCO MIL ( 75000 ) cuotas de interés social de un valor nominal de MIL ( 1,000.00 ) cada una, el cual fue aportado por los socios en las siguientes proporciones: SOCIO
CUOTAS
CAPITAL
%
Maricel Caicedo
15000
$15,000,000.00
20.00%
Víctor Manuel Ramos
15000
$15,000,000.00
20.00%
Jann Rodríguez Jiménez
15000
$15,000,000.00
20.00%
Fabián Amaya
15000
$15,000,000.00
20.00%
Mario Alexander Vela
15000
$15,000,000.00
20.00%
75000
75,000,000.00
100.00 %
TOTAL
-. ARTICULO No. SEXTO - RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS : La responsabilidad de cada uno de los socios queda limitada a su respectivo aporte.
-. ARTICULO No. SÉPTIMO - CESIÓN DE CUOTAS : Cuando un socio quiera enajenar parcial o totalmente sus cuotas se dará aplicación a los trámites establecidos en los artículos 362 y siguientes del Código de Comercio.
-. ARTICULO No. OCTAVO - ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN : La sociedad tendrá los siguientes órganos directivos: LA JUNTA GENERAL DE SOCIOS, GERENTE, y SUB-GERENTE; la sociedad también podrá tener un Revisor Fiscal, cuando así lo disponga cualquier número de socios excluidos de la administración, que representen no menos del 20 % del capital social. Cada uno de éstos órganos ejerce las funciones y atribuciones que se determinen en los presentes estatutos, con arreglo a las normas especiales aquí expresadas y a las disposiciones legales vigentes. La representación legal, convienen los socios en delegarla a el Gerente de la sociedad, quien tendrá un Sub-gerente que lo remplazará en sus faltas absolutas o temporales con las mismas atribuciones de éste.
-. ARTICULO No. NOVENO - JUNTA GENERAL DE SOCIOS : La Junta General de Socios la integran todos los socios reunidos con el quórum y en las condiciones que en estos estatutos se exigen. - - La Junta de Socios se reunirá ordinariamente dentro los tres (3) primeros meses del año, en las oficinas del domicilio de la sociedad. La convocatoria se hará cuando menos con quince (15) días hábiles de anticipación. Si no fuere convocada, o si habiéndolo sido, esta no se reuniera, lo hará por derecho propio el primer día hábil del mes de abril, a las 10:00 A.M., en las Oficinas del domicilio donde funcione la administración de la sociedad.
-. ARTICULO No. DECIMO - REUNIONES DE LA JUNTA DE SOCIOS : Las reuniones de la junta podrán ser ordinarias o extraordinarias y se llevarán a cabo en el domicilio principal de la sociedad, en el lugar, fecha y hora indicados en la convocatoria, la cual se hará por escrito enviando a la dirección domiciliaria de cada socio. No obstante, podrán reunirse sin previa citación y en cualquier sitio cuando estuviere representada la totalidad de las cuotas en que se divide el capital. Las reuniones ordinarias se efectuarán una vez al año dentro de los tres (3) primeros meses de cada año, ordinarias tendrán por objeto examinar la situación de la sociedad, designar los administradores y demás funcionarios de su elección , determinará las directrices económicas de la compañía, considerar las cuentas y balances del último ejercicio, resolver sobre la distribución de utilidades y acordar todas las providencias necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto social. Si no fuere convocada la Junta de Socios con este objeto, se reunirá por derecho propio el primer día hábil del mes de abril a las diez de la
mañana (10 A.M.) en las oficinas del domicilio de la compañía. Podrá también reunirse extraordinariamente en cualquier tiempo, previa convocatoria del Gerente, mediante cartas dirigidas a la dirección registrada de cada socio, con una antelación no inferior a cinco ( 5 ) días comunes a la fecha de la reunión, o con la asistencia de todos los socios, caso en el cual no se requerirá convocatoria previa. PARÁGRAFO: REUNIONES NO PRESENCIALES; Las reuniones no presenciales podrán darse tanto en la reunión ordinaria como en la extraordinaria de conformidad con lo establecido en los artículos 19 y 20 de la ley 222 de 1.995.
-. ARTICULO No. DECIMO PRIMERO - CONVOCATORIA : La convocatoria para las reuniones de la Junta de Socios se hará por medio de notificaciones personales enviadas a la dirección de los socios. En el acta de la reunión se dejará constancia de la convocatoria.
-. ARTICULO No. DECIMO SEGUNDO - MAYORÍAS DECISORIAS : Habrá quórum para deliberar tanto en las sesiones ordinarias como en las extraordinarias con un número plural de socios que represente el cincuenta y uno ( 51 %) de las cuotas en que se encuentre dividido el capital social, salvo que la Ley o los estatutos establezcan otra cosa. --- Con la misma salvedad, las reformas estatutarias se adoptarán con el voto favorable de un número plural de socios que represente el 70 % de las cuotas correspondientes al capital social. - - Para estos efectos, cada cuota dará derecho a un voto , sin restricción alguna. Todo socio podrá hacerse representar en las reuniones de la Junta General, mediante poder otorgado por escrito, en el cual se indique el nombre del apoderado, la persona en quien éste puede sustituirlo y la fecha de la reunión para la cual se confiere. Así como los demás requisitos señalados en los estatutos. El poder otorgado por escritura pública, o por documento legalmente reconocido, podrá comprender dos o más reuniones de la Junta General de Socios. Ningún socio podrá tomar la representación de otro .
-. ARTICULO No. DECIMO TERCERO - FUNCIONES DE LA JUNTA GENERAL DE SOCIOS : La Junta General de Socios tendrá las siguientes funciones: a) Estudiar y aprobar las reformas de los estatutos; b) Examinar, aprobar e improbar, modificar y fenecer los balances de fin de ejercicio y las cuentas que deba rendir el Gerente, anualmente o cuando lo exija la misma junta, así como las cuentas, que deban rendir los demás administradores; c) Elegir y remover los miembros y fijar la remuneración que corresponda a los demás funcionarios de su elección; d) Acordar la forma en que hayan de distribuirse y pagarse las utilidades sociales, lo mismo que la formación y de las reservas especiales que sean necesarias y Convenientes para la empresa y decretar la cancelación de las pérdidas, en su caso; e) Considerar los informes que debe presentar el Gerente en las reuniones ordinarias sobre el estado de los negocios sociales cuando la misma Junta General de socios se lo solicite; f) Resolver todo lo relativo a la cesión de cuotas y a la admisión de nuevos socios así como decidir sobre el retiro y exclusión de éstos; g) Ordenar las acciones que correspondan contra los administradores, el
representante legal o cualesquiera otra persona que hubiera incumplido sus obligaciones u ocasionado daños o perjuicios a la sociedad; h) Impartir al liquidador o liquidadores las órdenes e instrucciones que reclamen la buena marcha de la liquidación llegado el caso, y aprobar las cuentas periódicas y la final de la misma; i) Aprobar la solicitud de trámite de Concordato preventivo Potestativo; j) Cumplir las demás atribuciones que le están expresamente adscritas por las leyes vigentes y los estatutos y tomar en general las medidas que exijan el cumplimiento del contrato social, del interés común de los socios conforme a éstas mismas normas.
-. ARTICULO No. DECIMO CUARTO - REPRESENTACIÓN DE LA SOCIEDAD : La representación legal de la sociedad y la administración inmediata de sus bienes y negocios se delegan por los socios en un Gerente y en un Sub-Gerente, quien será su asesor permanente y lo reemplazará en sus faltas accidentales, temporales o definitivas y en los casos de impedimento o incapacidad, quien en el ejercicio de sus funciones tendrá las mismas facultades del Gerente. Tanto el Gerente, como su Sub-Gerente, serán elegidos por la Junta General de Socios para períodos de dos (2) años y podrán ser reelegidos sucesivamente, sin perjuicio de ser removido en cualquier tiempo. Si no se hace la elección, el Gerente y el Sub-Gerente continuarán en sus cargos aunque el período esté vencido. El Gerente quien podrá ser socio o extraño es el representante legal de la sociedad, con facultades, por lo tanto, para ejecutar con sujeción a los presentes estatutos, todos los actos y contratos acordes con la naturaleza de su cargo y que se relacionen directamente con el giro ordinario de los negocios sociales.
-. ARTICULO No. DECIMO QUINTO - FACULTADES REPRESENTANTE LEGAL : El representante legal ejercerá en especial las siguientes funciones: a) Representar ante la sociedad y los asociados, ante terceros y ante toda clase de autoridades del orden administrativos o Jurisdiccional. b) Ejecutar todos los actos u operaciones comprendidas dentro del objeto social o que se relacionen con la existencia y el funcionamiento de la sociedad. c) Autorizar con su firma todos los documentos, públicos o privados, que deben otorgarse en desarrollo de las actividades sociales o en interés de la compañía. d) Presentar a la Junta General de Socios, en su primera reunión ordinaria del año, un balance general de fin de ejercicio, con un inventario general, un informe escrito sobre la situación de la sociedad, un detalle completo de la cuenta de pérdidas y ganancias y un proyecto de distribución de utilidades. e) Presentar a la Junta General de Socios, cada mes, el Balance de prueba del mes anterior y suministrarle los informes que esta le solicite en relación con la compañía y las actividades sociales. f) Nombrar y remover los empleados de la sociedad cuyo nombramiento y remoción no correspondan a la Junta de Socios. Todos los empleados de la compañía, con excepción de los designados por la Junta General de Socios, estarán sometidos al Gerente en el desempeño de sus cargos. g) Tomar las medidas que reclame la conservación de los bienes sociales, vigilar la actividad de los empleados de la sociedad e impartir las órdenes e instrucciones que exija la buena marcha de la compañía. h) Convocar la Junta General de Socios a sus reuniones ordinarias y extraordinarias cuando lo juzgue necesario o cuando se lo solicite un número de socios que represente no menos del 70% del capital social. i) Cumplir oportunamente los
requisitos y exigencias legales que se relacionen con el funcionamiento y las actividades de la sociedad. j) Manejar los fondos sociales, girar, cancelar, recibir, firmar letras, pagarés, cheques, giros, libranzas y cualesquiera otros títulos valores, así como negociarlos, tomarlos, pagarlos, descontarlos etc. k) El Gerente en ejercicio de sus funciones podrá celebrar todos los actos y contratos para el normal desarrollo de la sociedad, sin límite de cuantía. l) Cumplir las demás funciones que le señalen la Junta General de socios y aquellas que le sean propias de acuerdo con la Ley y los estatutos, como órganos ejecutivos de la sociedad. (Si al gerente lo limitan para ciertos actos esta limitación se fija en salarios mínimos legales).
-. ARTICULO No. DECIMO SEXTO - BALANCE : Cada año el treinta y uno (31) de Diciembre, se cortarán las cuentas, se hará inventario y el balance general de fin de ejercicio que, junto con el respectivo estado de pérdidas y ganancias, el informe del Gerente y el proyecto de distribución de utilidades se presentará por éste a la Junta de Socios, previa la aprobación de las partidas necesarias conforme a la Ley y a la técnica contable, para afianzamiento de los derechos y el patrimonio social.
-. ARTICULO No. DECIMO SÉPTIMO - LIQUIDACIÓN DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS : Al liquidar la cuenta de pérdidas y ganancias de cada ejercicio y establecer el saldo de unas y otras, deberá previamente haberse asentado en los libros de contabilidad las siguientes apropiaciones: Para la depreciación y amortización de los activos susceptibles de desastres, o demérito, las cantidades que se consideren necesarias al efecto, habida cuenta de la naturaleza, duración probable de cada bien y el uso a que esté designado. Para atender el pago de cesantías y demás prestaciones sociales a cargo de la compañía y a favor de sus trabajadores, causadas durante el periodo y desde la fecha del balance anterior, las sumas que legal y contractualmente sean necesarias para cubrir todo su valor. Para impuestos sobre la renta y complementarios, adicionales o especiales, las sumas que, conforme a las leyes tributarias correspondan a este pasivo. Para amparo y protección de la cartera y demás activos sociales las sumas indispensables para que el balance general sea exacto y refleje la verdadera situación económica y financiera de la empresa.
-. ARTICULO No. DECIMO OCTAVO - RESERVA : Aprobados que sean el balance y demás documentos de cuentas, de las utilidades líquidas que resulten se destinará un diez por ciento (10%) para constituir una reserva legal que ascenderá por lo menos al cincuenta por ciento (50 %) del capital, después de lo cual la sociedad no tendrá la obligación de continuar llevando a esta cuenta el diez por ciento (10 %) de las utilidades líquidas. Pero si disminuyera, volverá a apropiarse el mismo diez por ciento (10 %) de tales utilidades, hasta cuando la reserva llegue nuevamente al límite fijado. PARÁGRAFO PRIMERO. Además de la anterior reserva, la Junta de Socios podrá hacer las que considere necesarias o convenientes, siempre y cuando tengan una destinación especial y se aprueben con la mayoría prevista en estos estatutos. PARÁGRAFO SEGUNDO. Una vez deducidas las anteriores reservas, el saldo restante
de las utilidades líquidas se distribuirá entre los socios a prorrata de sus respectivos aportes.
-. ARTICULO No. DECIMO NOVENO - CAUSALES DE DISOLUCIÓN : La sociedad se disolverá: a) - Por la expiración del plazo señalado para su duración, si no fuere prorrogado válidamente antes de su expiración; b) - Por la pérdida de un cincuenta por ciento (50 %) del capital aportado; c) - Por acuerdo unánime de los socios; d) - Por la ocurrencia de algunos de los eventos de que trata el artículo 218 del Código de Comercio y e) Por cualesquiera otras causales legales.
-. ARTICULO No. VIGÉSIMO - DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN : Disuelta la sociedad el Gerente de la sociedad procederá a otorgar la escritura pública correspondiente y cumplir con las demás formalidades de la Ley. Los socios de común acuerdo designarán al liquidador o liquidadores de la sociedad quienes la representarán activa y pasivamente para todos los efectos legales, no pudiendo ejecutar otros actos o contratos que las que tiendan directamente al cumplimiento de su encargo. La existencia de la sociedad se entenderá prorrogada para los fines de la liquidación por el tiempo que éste dure. La liquidación se efectuará de conformidad a las disposiciones legales vigentes. El liquidador podrá distribuir en especie los bienes que sean susceptibles de ello, de acuerdo con avalúos actualizados a la fecha de la liquidación, a menos que, de común acuerdo, los socios soliciten que para la liquidación se realicen todos los activos. Una vez disuelta la sociedad, se adicionará a la razón social con la expresión "EN LIQUIDACIÓN". Su omisión hará incurrir a los encargados de adelantar el proceso liquidatario en las responsabilidades establecidas de la Ley (Artículo 110 ordinal 10 y 222).
-. ARTICULO No. VIGÉSIMO PRIMERO - CLÁUSULA COMPROMISORIA : Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, a su ejecución, a su liquidación, al cumplimiento de cualquiera de las obligaciones señaladas en el mismo y las que surgieren entre los socios y la sociedad o entre aquellos por razón de tal contrato social, se resolverán por un Tribunal de Arbitramento que funcionará en el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio del domicilio de la sociedad y que se sujetará a lo dispuesto en el Decreto 2279 de 1989, ley 23 de 1991, Decreto 2651 de 1991, ley 377 de 1997, ley 446 de 1998 y a las demás disposiciones legales que los reglamenten, adicionen o modifiquen y de acuerdo con las siguientes reglas: a. El Tribunal estará integrado por uno o tres árbitros según sea de menor o mayor cuantía, respectivamente. b. El Tribunal decidirá en derecho. c. El Tribunal funcionará en el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio del domicilio de la sociedad.
-. ARTICULO No. VIGÉSIMO SEGUNDO - PROHIBICIONES : La sociedad no podrá
constituirse garante de obligaciones ajenas ni caucionar o gravar sus bienes por obligaciones distintas a las suyas propias.
-. ARTICULO No. VIGÉSIMO TERCERO - NOMBRAMIENTOS : Se realizan los siguientes nombramientos: como Vice Presidente a Maricel Caicedo , con Cedula de Ciudadanía número 29659972 de PALMIRA; como Miembro Junta Directiva - Principal a Fabián Amaya , con Cedula de Ciudadanía número 8763453 de BOGOTÁ; como Miembro Junta Directiva - Principal a Mario Alexander Vela , con Cedula de Ciudadanía número 43456784 de LETICIA; como Gerente a Víctor Manuel Ramos , con Cedula de Ciudadanía número 94330240 de PALMIRA; como Representante legal a Víctor Manuel Ramos , con Cedula de Ciudadanía número 94330240 de PALMIRA; como Presidente a Jann Rodríguez Jiménez, con Cedula de Ciudadanía número 93298336 de LÍBANO; como Revisor Fiscal - Principal a Juan Gómez , con Cedula de Ciudadanía número 126678908 de BOGOTÁ; como Revisor Fiscal - Suplente a Pedro Rojas , con Cedula de Ciudadanía número 3344561 de BOGOTÁ;.
-. ARTICULO No. VIGÉSIMO CUARTO - -. : En todo lo no previsto en este contrato, la sociedad se regirá por las disposiciones legales que para su naturaleza le son aplicables según el Código de Comercio.
ADVERTIDOS Los otorgantes de la formalidad del registro se les leyó este instrumento y lo aprobaron por estar de acuerdo con lo pactado por ellos. Firman por ante mí el Notario que doy fe.-Derechos Notariales según Resolución 4.470 de fecha 17 de Diciembre de 2.003. - Por valor de $ 32.500* moneda corriente. NOTA: ESTA ESCRITURA FUE EXTENDIDA EN HOJAS DE PAPEL NOTARIAL NÚMEROS: 7 HOJAS Maricel Caicedo C.C. 29659972 expedida en Palmira
Víctor Manuel Ramos C.C. 94330240 expedida en Palmira
Jann Rodríguez Jiménez C.C. 93298336 expedida en Líbano
Dato calculado según la información consignada en la Resolución 026 del 09 de Enero de 2013 en la cual se establecen las tarifas notariales vigentes.
Fabián Amaya C.C. 8763453 expedida en Bogotá
Mario Alexander Vela C.C. 43456784 expedida en Leticia
EL NOTARIO:
Es importante anotar que gracias a la utilización del sistema de apoyo del PNCE, se ha generado automáticamente un código de autorización bajo el número 324436, radicado en la Notaria Tercera de Palmira(Valle del Cauca) para solicitar al revisión del Acta de Constitución, lo cual es indispensable para poder formalizar la constitución de la empresa.
De esta forma para continuar el proceso de constitución de la empresa por minuta, sería necesario dirigirnos personalmente a esta entidad para firmar el documento y hacer presentación personal por parte de los socios ante el notario. Dado que el PNCE ha generado una solicitud automática, dispondríamos de cinco (5) días hábiles para completar este trámite, tiempo después del cual, la solitud seria borrada del sistema y se requeriría presentar una nueva solicitud.
Contenido del documento subido el miércoles, 4 de diciembre de 2013, 22:56: Borrador en el que se ajustan y complementan los temas faltantes Realización de ajuste de contenido y de forma y construcción de la versión final presentada.
ANEXO E. EVIDENCIAS DEL APORTE INDIVIDUAL MARIO ALEXANDER VELA
Contenido del documento subido el martes, 3 de diciembre de 2013, 19:23: 1. De acuerdo a la capacidad de la empresa se tiene un tamaño de 10 empleados los cuales se encuentran afiliados a seguridad social, de acuerdo a sus deducciones de ley como se muestra a continuación. DEVENGADOS CODIGO
NOMBRE
CARGO
SUELDO BASICO MES
CEDULA
DIAS LABORADOS
SUELDO
DEDUCCIONES
AUXILIO DE TRANSPORTE
HORAS EXTRAS, REC Y DOM.
TOTAL DEVENGADO
APORTES SALUD
APORTES PENSION
TOTAL DEDUCIDO
NETO A PAGAR
001
X-1
OPERTATIVO
33.368.250
589.500
30
589.500
70.500
0
660.000
23.580
23.580
47.160
612.840
002
X-2
OPERTATIVO
53.099.147
589.500
30
1.500.000
0
0
1.500.000
60.000
60.000
120.000
1.380.000
003
X-3
OPERTATIVO
41.060.091
589.500
30
1.600.000
0
0
1.600.000
64.000
64.000
128.000
1.472.000
004
X-4
OPERTATIVO
1.121.209.812
589.500
30
800.000
70.500
0
870.500
32.000
32.000
64.000
806.500
005
X-5
OPERTATIVO
1.012.346.772
589.500
30
1.800.000
0
1.800.000
72.000
72.000
144.000
1.656.000
006
X-6
OPERTATIVO
1.022.326.361
589.500
30
1.900.000
0
0
1.900.000
76.000
76.000
152.000
1.748.000
007
X-7
OPERTATIVO
1.121.200.563
589.500
30
589.500
70.500
0
660.000
23.580
23.580
47.160
612.840
008
X-8
OPERTATIVO
15.878.471
589.500
30
2.000.000
0
0
2.000.000
80.000
80.000
160.000
1.840.000
009
X-9
OPERTATIVO
94.423.220
589.500
30
589.500
35.250
0
624.750
23.580
23.580
47.160
577.590
010
X-10
OPERTATIVO
1.121.200.263
589.500
30
589.500
70.500
0
660.000
23.580
23.580
47.160
612.840
11.958.000
317.250
0
12.275.250
478.320
478.320
956.640
11.318.610
5.895.000
Cuadro No. 1 Como se muestra a continuación para las personas que tienen menos de dos salarios mínimos les aplica un subsidio de transporte de $ 70.500. En resumen nos da un valor total de liquidación de $ 11.318.610. Para generar los aportes a salud y pensión un porcentaje del 4%, donde posteriormente sale el total a cancelar (NETO A PAGAR). CONCEPTO
%
CESANTIAS
8.33%
INTERESES DE CESANTIAS
1.00%
VACACIONES
APROPIACIONES Y APORTES DE NOMINA CONCEPTO VALOR 1.022.528 ICBF
%
VALOR
0.00%
0
122.753 CAFAMAZ
4.0%
491.010
4.17%
511.878 APORTES SALUD
8.5%
1.016.430
PRIMA DE SERVICIOS
8.33%
1.022.528 APORTES PENSION
12.0%
1.434.960
SENA
0.0%
4.350%
520.173
0 APORTES ARP
TOTAL APORTES Y APROPIACIONES DE
6.142.260
Cuadro No. 2
Para las apropiaciones y aportes nominales, para las cesantĂas un valor del se cuenta con un valor de $ 6.142.260, los porcentajes se encuentran discriminados segĂşn lo de ley.