Conei sofia

Page 1

Concejo Educativo Institucional CONEI

El CONEI es un ร rgano de participaciรณn, concertaciรณn y vigilancia ciudadana ( Ley Nยบ 28044 - Art. 69ยบ ).


LA COMUNIDAD EDUCATIVA

DIRECTOR

PP. FF. PROFESORES

Estudiantes: Centro del proceso y del sistema Educativo (Ley 28044)

Miembros de la Comunidad

ADMINISTRATIVOS ALUMNOS

Exalumnos


FUNCIONES DEL CONEI • Participar en la formulación y evaluación del PEI.

Participar en Comité de Evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia de personal docente y administrativo de la institución de acuerdo con la normatividad específica que emita el MED. •

• Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de los estudiantes en la II.EE .

Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad y calidad en las Instituciones Educativas. •

Vigilar el adecuado destino de los recursos de la II.EE, y aquellos que, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de la APAFA estén comprometidos con las actividades previstas en el PAT. •

Colaborar con el Director en garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de aprendizaje, número de semanas lectivas y la jornada del personal docente y administrativo para alcanzar el tiempo de aprendizaje requerido para los diferentes niveles y modalidades.

Cooperar con el Consejo Participativo Local de Educación - COPALE de su circunscripción

Propiciar la solución de conflictos que se susciten en la II.EE., priorizando soluciones concertadas frente a quejas o denuncias que no impliquen delito.

Opinar sobre los criterios de autoevaluación de la Institución Educativa y los indicadores de desempeño laboral.

(D.S. Nº 009-2005-ED – Art. 25º )


Elección de Representantes • Es un deber de cada actor de la comunidad educativa participar en el proceso Electoral con responsabilidad, transparencia y ética, para elegir libremente a sus representantes ante el CONEI por voto: UNIVERSAL, SECRETO Y DIRECTO. •

Cada Estamento elige su Comité Electoral, que a su vez elabora su Cronograma y Reglamento.

El comité electoral esta conformado por tres miembros : Presidente, Secretario y Vocal.

Representante de estudiantes: no deben tener conducta desaprobatoria y no ser repitente del año lectivo inmediato anterior.

Representante de docentes y administrativos: no estar sometidos a procesos administrativos.

Director (a) reconoce a los integrantes del CONEI, mediante R.D. en un plazo no mayor de cinco días calendarios, contados a partir de la conclusión de las elecciones de todos sus representantes. •


ETAPA DEL REGISTRO

- UGEL 03

1.- Informe final del proceso electoral adjuntando el acta de escrutinio de cada estamento, en lo que se evidencia voto universal, secreto y directo. 2.- Copia de la R.D. de la II.EE. De reconocimiento, indicando la fecha de vigencia del consejo. 3.- Copia del Acta de INSTALACIÓN 4.- Relación de integrantes, consignando nombres y apellidos, estamento que representan, copia de DNI y código de educando para el caso de los estudiantes. La UGEL mediante R.D. autoriza la inscripción en el Libro de Registro de Consejos Educativos Institucionales.


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.