1 minute read

3.4 La organización del Poder Popular: los colectivos

3.4 L a organización del Poder Popular: Los colectivos

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela reconoce el derecho de todos y todas a participar directamente en los asuntos públicos, indicando que la participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión publica es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Asimismo, la Constitución consagra y protege el derecho de asociarse con fines lícitos, de conformidad con ley (Art. 52), en total sintonía con los tratados internacionales de derechos humanos.

Advertisement

En este contexto, los colectivos son formas de organización popular para fines lícitos de diversa naturaleza, incluyendo culturales, deportivos, sociales y políticos, entre otros. Es la expresión del modelo de la democracia participativa y protagónica consagrada en la Constitución que promueve y estimula la organización del pueblo para participar activamente en todas las áreas de la vida social. Igualmente, es un medio de ejercicio del derecho a la libertad de asociación.

En Venezuela existen más de 48.093 Consejos Comunales y 3.173 Comunas. A esto se suman miles de movimientos, organizaciones y colectivos que se desenvuelven activamente, sin mayor formalidad jurídica, en todo el territorio nacional.

En ningún caso y bajo ninguna circunstancia, los colectivos u organizaciones sociales son utilizados por las instituciones del Estado para ejercer control social o desempeñar funciones de seguridad ciudadana. De conformidad con la

Constitución y la ley, el ejercicio de las labores de protección y seguridad de la ciudadanía están reservadas exclusivamente a los órganos del Estado.

Es lamentable que desde la Misión de Determinación de Hechos se estigmatice de esa manera a todo un pueblo organizado bajo la figura de colectivos y que simplemente ejerce sus derechos a la asociación y participación, reconocidos en los instrumentos internacionales de derechos humanos.

This article is from: