Propiedad Intelectual y Pirateria en Internet

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UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA FACULTAD DE INGENIERIA Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas

TRABAJO “PROPIEDAD INTELECTUAL Y PIRATERIA EN INTERNET” Curso: Derecho Informático Docente: Abog. Carlos Pajuelo Beltrán Romero Ramos, Jesús Javier (2011040668)

Tacna – Perú 2015


PROPIEDAD INTELECTUAL Y PIRATERIA EN INTERNET

El jueves 19 de enero del 2012, el mundo de la internet se vio impactado cuando el FBI intervino el sitio web conocido como MegaUpload, clausurándola definitivamente. Además, se detuvo a los responsables de la administración del sitio web en cuestión. Desde entonces el sitio fue clausurado así como otras páginas hermanas como MegaVideo, MegaPix y MegaBox. Pero ¿cuál fue la razón para que se produzca esto? ¿Cuáles eran los cargos que se les imputaba?

Aviso del Departamento de Justicia de los Estados Unidos en el sitio www.megaupload.org

La denuncia se produjo el 5 de enero de ese año en un jurado del estado de Virginia, Estados Unidos. La acusación responde a que Megaupload era “responsable de alojar material de diferente tipos de obras protegidas por derechos de propiedad intelectual”, lo cual genero una ganancia de 175 millones de dólares en actividades delictivas y 500 millones de dólares en daños a propietarios de obras protegidas. En resumidas cuentas, los responsables de la administración y funcionamiento del sitio fueron acusados principalmente de “cometer infracciones contra los derechos de autor” y “violación de la propiedad intelectual”. Entre ellos se encuentra su fundador, el alemán Kim Schmitz o más conocido como Kim “Dotcom”, con residencia en Nueva Zelanda.

Megaupload


Fundado el 21 de marzo de 2005 por Megaupload Limited en Hong Kong. La compañía tenía varias páginas que ofrecían servicios específicos. Así pues se tienen los siguientes: Sitio web

Descripción Servicio de streaming de video. Los usuarios que no poseían una

Megavideo.com

cuenta en el sitio, solo podían observar un video por tiempo limitado

Megapix.com Megalive.com Megabox.com

Megaporn.com

Servicio de subida de imágenes, que competía con otros servicios como ImageShack, TinyPic y otros Servicio de streaming en vivo Servicio de alojamiento de pistas musicales y creación de listas de reproducción Servicio similar a Megavideo.com con la salvedad de que Megaporn está enfocado al alojamiento de contenido pornográfico

A pesar de todos estos servicios mencionados, el más popular era sin dudas Megaupload, el cual permitía subir y descargar archivos o grandes volúmenes de archivos de una forma sencilla. Cualquier usuario tenía la posibilidad de subir y descargar archivos a Megaupload, pero había diferentes opciones para cada tipo usuario. Por ejemplo, los usuarios no registrados debían esperar un tiempo de aproximadamente 30 segundos para obtener el enlace de descarga, asimismo la velocidad de descarga era muy reducida. Si el usuario se registraba en la página podía subir archivos de forma permanente. Al hacer un pago mensual, se obtenía una cuenta Premium el cual permitía a los usuarios descargar simultáneamente, sin esperas y a una velocidad de descarga mucho mayor que la versión gratuita.


Imagen del sitio web de Megaupload

Con todas esta condiciones, Megaupload era el sitio preferido de los usuarios para subir archivos de todo tipo con el fin de compartirlo con quienes lo deseaban. Normalmente estos usuarios publicaban en foros los links respectivos para que el resto pudiera acceder a ellos y descargarlos. Así pues, uno podía obtener series de anime, películas, imágenes, software, etc., a través de este servicio. Es precisamente por esto último, que se le acuso a Megaupload de permitir que usuarios suban material, el cual prohíbe la reproducción o distribución de su contenido, sumando además el hecho de que se puede obtener este contenido de forma gratuita. Y todo se da en medio de una semana donde el congreso de los Estados Unidos ha propuesto una forma de combatir la piratería en Internet mediante la iniciativa SOPA.

SOPA y PIPA Stop Online Piracy Act, o en español Acta para detener la piratería online, es la controversial medida que el gobierno norteamericano ha decidido someter a debate en el congreso. Esta ley busca en resumidas cuentas frenar la piratería en Internet. Permite al Departamento de Justicia y a los


propietarios de derechos intelectuales, obtener órdenes judiciales contra aquellas webs o servicios que permitan o faciliten supuesto el infringimiento de los derechos de autor, que incluyen:

• Bloqueo por parte de los proveedores de internet a la web o servicio en cuestión, incluyendo hosting, e inclusive a nivel DNS (aunque esto ha sido puesto a discusión). • Empresas facilitadoras de cobro en internet (como PayPal) deben congelar fondos y restringir el uso del servicio. • Servicios de publicidad deben bloquear la web o servicio. Por ejemplo Google Adsense no puede ofrecer servicio en webs denunciadas si esta ley llegara a aprobarse. • Se deben de eliminar enlaces a la web o servicio denunciado Mientras que PIPA, o también llamada PROTECT IP Act, esto es Acta para la Prevención de Intentos de Robo de Propiedad Intelectual y Creatividad Económica en la red, es otro proyecto de ley similar a SOPA, el cual tiene el mismo objetivo. La diferencia es que la ley SOPA surgió en el Congreso de los Estados Unidos, mientras que la PIPA en el Senado. La intervención a Megaupload representa precisamente todo lo que la ley SOPA comprende. Esta medida ha sido aplaudida por los sellos discográficos, empresas

cinematográficas,

empresas

de

software

licenciado, e incluso por gobiernos de otros países que han visto como un paso importante para frenar la piratería en Internet. Pero también tiene sus detractores y no son necesariamente simples usuarios comunes y corrientes. Compañías como Google, Yahoo, Twitter o Wikipedia han manifestado su rechazo a esta medida por considerar que atenta contra la libertad de expresión y difusión del conocimiento. Incluso, el grupo colectivo Anonymous realizo ataques de denegación de servicio a las páginas web del gobierno estadounidense en señal de rechazo a la medida.

La piratería en internet Antes de entrar en este tema es necesario definir algunos conceptos previos.


Según el diccionario de la Real Academia Española, Derecho de Autor es “el que la ley reconoce al autor de una obra para participar en los beneficios que produzca su publicación, ejecución o reproducción, y que alcanza, en algunos casos, a los ejecutantes e intérpretes.” Asimismo, el derecho de autor es considerado como uno de los derechos fundamentales como lo manifiesta la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Por otra parte tenemos el copyright, palabra anglosajona que suele ser a menudo confundida con los derechos de autor. Mientras el derecho de autor reconoce al creador como tal y protege la autoría, el copyright permite la distribución, reproducción y transformación de la obra. Para nadie es un secreto que cualquier obra literaria, artística o de cualquier otra índole se le debe otorgar el reconocimiento a quien lo ha hecho posible. Los gobiernos de cada país deben velar porque se respeten los derechos de autor, mediante la aplicación de leyes que lo permitan y sancionen a quienes violan estos derechos. Sin embargo, hoy vivimos una realidad diferente de la que se vivía antes. Hoy vivimos en una Era de la Información y Conocimiento, una era donde podemos acceder a cualquier contenido literario, de investigación, y/o audiovisual de forma libre y gratuita en algunos casos. Hablar de la piratería en Internet es algo muy complejo y que puede entrar en contradicciones e ideas que benefician a unos y perjudican a muchos. Si decimos que vivimos en un mundo donde la información lo es todo, cuesta creer que debemos pagar una cierta cantidad de dinero o contactar al autor de una obra o producto para poder acceder a ella y hacer uso de él. Decir que el autor debe recibir una “contribución económica” por elaborar un producto o bien que sirva de utilidad para la sociedad o una parte de ella no es una idea descabellada. Una persona decide adquirir el último álbum de su artista favorito y tiene dos opciones: comprarlo en una tienda de discos o por Internet, pero en este último caso existe la posibilidad de conseguirlo a través de una tienda como iTunes, Google Play, Amazon, etc., o de forma gratuita a través de programas o sitios de intercambio de archivos. Lo más ético seria comprarlo, es verdad, porque retribuimos nuestra admiración a quien lo hizo, a nuestro artista. Pero hay quienes no pueden hacerlo y optan por la segunda opción. Este es el caso de los países en vías de desarrollo donde aún no existe una cultura de pagar por este tipo de productos en Internet y donde se opta siempre por “el camino más fácil” para poder acceder a este contenido. Y aquí el beneficio para quien creo alguna obra no suele ser económico pero si de otra forma: el hecho de que su creación sea conocida por muchos.


Como se puede ver, es una cuestión muy complicada que reside tanto en lo ético como en el contexto de la realidad actual. Pero si hay algo que se le puede criticar a leyes como SOPA, PIPA, Sinde, y otras más, es el hecho de intervenir y clausurar sitios web donde se almacenan material con propiedad intelectual. A simple vista, no más parece un intento de censurar el contenido de Internet, es decir, vivir en un mundo donde los gobiernos controlan el contenido de lo que aparece en la red, lo cual viola el derecho a la libertad de expresión. Además, Internet nos pertenece a todos y la misma ONU reconoce el acceso a la internet como un derecho fundamental. OPEN resulta ser un proyecto de ley interesante que es totalmente opuesto a SOPA y PIPA, puesto que no se reduce a bloquear sitios web que violen los derechos de autor, sino que busca cortar los ingresos obtenidos para financiamiento solicitando a servicios de transacciones o de publicidad online que interrumpan toda relación con la página investigada. En cuanto a la proporción de aceptación de esta ley, se da a la inversa que en la ley SOPA, es decir, los que dicen NO a SOPA están de acuerdo con OPEN, mientras que los que dicen SI a SOPA dicen NO a OPEN. Como se puede apreciar, aún hace falta un largo camino para encontrar soluciones efectivas y reales a la lucha contra la piratería en Internet y la protección del copyright y derechos de autor. Hoy por hoy, tanto SOPA y PIPA han sido archivadas, mientras que en países como Reino Unido, España, Francia y otros países industrializados, aún faltan madurar sus legislaciones en cuanto a este tema, puesto que las propuestas actuales suelen dejar unos vacíos legales que no se sabe aún como rellenarlos.


REFERENCIAS Claves sobre el cierre de Megaupload por parte del FBI http://www.20minutos.es/noticia/1282749/0/claves/cierre/megaupload/ El FBI cierra Megaupload, una de las mayores webs de intercambio de archivos http://www.elmundo.es/elmundo/2012/01/19/navegante/1327002605.html ¿Qué es y cómo funciona la Ley SOPA?, en términos simples y sencillos http://hipertextual.com/2012/01/que-es-y-como-funciona-la-ley-sopa-en-terminos-simples-ysencillos Propiedad intelectual, derechos de autor y copyright http://legalidad.aomatos.com/propiedad_intelectual_derechos_de_autor_y_copyright.html OPEN, el proyecto de ley que podría reemplazar a SOPA y PIPA http://www.infobae.com/2012/01/24/628382-open-el-proyecto-ley-que-podria-reemplazar-sopa-ypipa


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