#BICI REGLAMENTO DE LA LEY 30936 - LEY QUE PROMUEVE Y REGULA EL USO DE LA BICICLETA COMO MEDIO DE TRANSPORTE SOSTENIBLE PERÚ 2020
01
Este fanzine está pensado para ti. Conoce el reglamento de la Ley de la Bicicleta 30936 que permite mirar a la bicicleta, como un medio de transporte en la constitución peruana.
Esto permitirá: Impulsar el uso de la bicicleta a partir de la creación de infraestructura, fomento de la promoción y educación en instituciones de educación básica y superior y también designar responsabilidades a los gobiernos locales para crear ciudades para las personas y no para los carros. 02
¿QUÉ ACCESORIOS SON OBLIGATORIOS PARA TI Y PARA TU BICI?
Para ti, el ciclista urbano: -Casco (pese a que es obligatorio, no hay multa si no lo usas). -Prenda reflectante (chaleco o cualquier otra prenda que sea reflectante): Este solo para la noche o en condiciones de poca luz.
Para la bicicleta: -Frenos. -Timbre. -Reflectantes en la bicicleta que permita la visualización de manera lateral. -Luces delanteras y posteriores: estas úsalas para la noche o en condiciones de poca luz. 03
04
Tenemos derecho a un libre desplazamiento dentro y fuera de la ciudad. Por ello, debemos ejercer una movilización responsable, respetando las señales de tránsito, portando nuestros implementos de seguridad, revisar la bici antes de salir y evitar conductas temerarias.
A falta de ciclovías, la circulación en ciclos (diversos tipos de bici) puede ser por el lado derecho de la calle.
05
Desde ahora tiene que haber una línea de parada especial antes del cruce peatonal en la calzada (pista).
Los vehículos para pasarte deben cambiarse de carril y adelantarte, por lo tanto, por el lado izquierdo. Si alguien te cuestiona, debes indicar que esto se encuentra en la Ley 30936 y que puedes tomar foto de la placa y reportarlo con el policía de tránsito.
¿QUÉ CONDUCTAS SON TEMERARIAS O PROHIBIDAS? Recuerda que si incurres en alguno de estos puntos, pueden aplicarte una multa. Ten cuidado y generemos una movilidad sostenible responsable. -Adelantar a los vehículos por el lado derecho mientras estos se encuentren avanzando. -Manejar sin ambas manos a menos que estés haciendo una señal. -Llevar a más pasajeros para lo que está acondicionada la bicicleta. -Manejar agarrándote de otro vehículo (mototaxi, automóvil, bus, etc). -Manejar en contra del tráfico. -Cruzar o girar una calle, estando el semáforo en rojo. 06
¿PUEDO USAR LAS VEREDAS PARA MANEJAR BICICLETA? Usualmente no puedes ir por la vereda. Sin embargo, hay excepciones como: -Las ciclistas embarazadas, o ciclistas con alguna discapacidad, o personas menores de 14 años y adultos mayores, SÍ pueden usar la vereda para su desplazamiento. -Los padres pueden acompañar en bicicleta, sobre la acera, a los menores de 7 años. -Puedes usar la vereda si en esa zona no está permitido la circulación por la calle y no hay ciclovía. 07
RECUERDA
En todos estos escenarios al transcurrir por la vereda debes hacerlo a una velocidad moderada, que no ponga en peligro a los peatones. Si observamos una gran cantidad de personas transitando, es mejor bajarse y caminar.
08
s, a,
e s
¿Te contamos que está prohibido usar el timbre mientras manejas por la vereda? Sí, evita hacerlo porque también hay multa por eso.
¿CICLISTAS EBRIOS O CON SIGNOS DE HABER INGERIDO DROGAS ILEGALES?
Esta práctica está totalmente prohibida. Te multarán. Evita hacerlo. 09
¿QUÉ SEÑALES DEBEMOS APRENDER
?
Cuando vayas a girar a la derecho a la izquierda o cuando vayas a detenerte, recuerda que es importante usar estas señales de manera específica con la mano izquierda.
Giro a la derecha (usando el brazo izquierdo). 1o
Giro a la izquierda.
Detener o reducir velocidad.
Siga (cuando los peatones tienen preferencia). 11
TAMBIÉN QUE:
RECUERDA
No más portazos, si abren la puerta o el capó de un carro sin estar detenido y sin cerciorarse que no se acerca nadie, el automovilista recibirá una multa de 8% de UIT. Algo no tan nuevo es que las bicicletas tienen preferencia sobre los automóviles en los cruces no semaforizados. Si vas en grupo, todos los ciclistas tienen la preferencia al mismo tiempo.
Los ciclistas que cometen una infracción tienen que llevar un “Curso de Educación Vial” por su primera sanción. 12
-MULTASSi cometes estas faltas, el policía de tránsito, procederá a elaborarte una papeleta que podrás pagar o compensar con servicio comunitario previa coordinación con la municipalidad de tu ciudad. A continuación, te detallamos los montos de las multas. MUY GRAVES -Por manejar bicicleta en estado de ebriedad. Te retendrán la bicicleta y te impondrán una multa del 8% de una UIT, o sea, S/ 344 soles. 13
LEVES
-Si tu bici no lleva frenos, ni timbre, ni reflectantes o si tampoco no cuentas con la prenda reflectante. Por esto, no retendrán tu bicicleta, pero sí te multarán con 4% de una UIT, o sea, S/ 172 soles.
14
-Si realizas alguna maniobra temeraria o peligrosa (revisa los puntos especificados aquí). Por esto, no retendrán tu bicicleta, pero sí te multarán con 2% de una UIT, o sea, S/ 86 soles. -Si conduces por la vereda sin considerar los puntos solo por los cuales se puede utilizar este espacio. Esto incluye el utilizar el timbre para abrirse paso entre los peatones. Por esto, no retendrán tu bicicleta, pero sí te multarán con 0.5% de una UIT, o sea, S/21.50 soles.
15
Elaborado por:
Miembros de:
La información vertida en este fanzine, corresponde a Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30936, Ley que promueve y regula el uso de la bicicleta como medio de transporte sostenible, modifica el Reglamento Nacional de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo N° 033-2001-MTC y el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, aprobado por Decreto Supremo N° 034-2008-MTC. Fuentes consultadas Diario oficial El Peruano: https://cutt.ly/0uEoz7c Resumen de La Bicicletería: https://cutt.ly/FuEoNru Colectivo Círculo Ciclista Protector de las huacas: https://cutt.ly/UuEppLR
16