Revista feminicidio en el peru

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REVISTA

“FEMINICIDIO O FEMICIDIO EN EL CODIGO PENAL PERUANO”

Jhon Sandro Colonio Mesias

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UNIVERSIDAD PERUANA LOS ANDES


FEMICIDIO EN EL PERÚ SUMARIO: I. ¿QUE ES EL FEMINICIDIO?. II. CLASES DE FEMINICIDIO. 2.1. El feminicidio íntimo. 2.2. El feminicidio no íntimo. 2.3. El feminicidio por conexión. III. EL FEMINIDICIO EN AMERICA LATINA. 3.1. Guatemala. 3.2. México: el caso de Ciudad Juárez. 3.3. Colombia. 3.4. El Salvador. 3.5. Puerto Rico. 3.6. Uruguay. 3.7. Chile. IV. ANALIZANDO EL FEMINICIDIO EN EL PERU. 4.1. Feminicidio en el año 2010. 4.2. Característica de la Victima. 4.2.1. Edad. 4.2.2. Relación con el Presunto Victimario. 4.2.3. Feminicidios de Niñas y Adolescentes. 4.2.4. Hijos de la Victima. 4.3. Característica del Presunto Victimario. 4.3.1. Edad. 4.4. Características del Feminicidio. 4.4.1. Lugar de ocurrencia. 4.4.2. Presunto motivo del feminicidio. A. Feminicidio Íntimo. B. Feminicidio no íntimo. 4.4.3. Forma o medio utilizado para el feminicidio. 4.5. Tentativa del Feminicidio. V. CRITICA A LA NUEVA LEY DE FEMINICIDIO LEY N° 29819.VI. CONCLUSIONES. VII REFERENCIA BIBLIOGRAFICA.

I. ¿QUE ES EL FEMINICIDIO? Existen muchas concepciones respecto a la idea de Feminicidio; no obstante considero que el Feminicidio es un crimen que afecta únicamente la vida de las mujeres de todo el mundo; nuevo término que está buscando un lugar en el discurso criminalistico y busca a su vez visualizar una situación de violencia sistemática y silenciada por muchos siglos por la indiferencia y tolerancia social. El feminicidio, es una categoría que debe abordarse como una modalidad de violencia directa hacia las mujeres, como una alternativa a la neutralidad del término homicidio visibilizando un trasfondo no reconocido: la misoginia en la muerte diaria de mujeres. Es un problema social, político, cultural y es un problema de Estadoi; asimismo, La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha señalado que el Feminicidio es el homicidio de mujeres por razones de géneroii. No obstante, para Tristaniii lo conceptualiza de la siguiente manera:


El feminicidio es el genocidio contra mujeres y sucede cuando las condiciones históricas generan prácticas sociales que permiten atentados contra la integridad, la salud, las libertades y la vida de las mujeres. En el feminicidio concurren en tiempo y espacio, daños contra mujeres realizados por conocidos y desconocidos, por violentos, violadores y asesinos individuales y grupales, ocasionales o profesionales, que conducen a la muerte cruel de algunas de las víctimas. No todos los crímenes son concertados o realizados por asesinos seriales: los hay seriales e individuales, algunos son cometidos por conocidos: parejas, parientes, novios, esposos, acompañantes, familiares, visitas, colegas y compañeros de trabajo; también son perpetrados por desconocidos y anónimos, y por grupos mafiosos de delincuentes ligados a modos de vida violentos y criminales. Sin embargo, todos tienen en común que las mujeres son usables, prescindibles, maltratables y deshechables. Y, desde luego, todos coinciden en su infinita crueldad y son, de hecho, crímenes de odio contra las mujeres. El Feminicidio en el Perú se caracteriza por presentar un antecedente de violencia familiar o violencia entre la pareja. Muchas de ellas acudieron en busca de apoyo a diferentes instituciones del Estado, pero no recibieron respuesta adecuada, rápida y eficaz a pesar de tener las potestades para actuar. Esto nos confirma que el Estado aún no es capaz de proteger apropiadamente a las mujeres, ya que el sistema judicial no responde con eficacia a sus demandas, exponiéndolas a las represalias de sus agresores quienes luego provocan su muerte. Ello evidencia también que el hogar (identificado por muchas mujeres como seguro) en realidad no lo es, dado que éste es uno de los principales espacios donde las mujeres son victimadas por sus agresoresiv.


II. CLASES DE FEMINICIDIO Los datos recogidos por el Ministerio Público permiten afirmar que se trata de un tipo de homicidio que: a) se dirige a las mujeres o las afecta en mayor proporción que a los hombres, b) presenta elementos comunes; y, c) se explica por la relación de histórica desigualdad entre hombres y mujeres. La vinculación entre el feminicidio y la discriminación contra la mujer ha sido especialmente resaltada por la Corte IDH. Jurídicamente estas conductas pueden ser calificadas como formas agravadas del delito de homicidio, es decir, como parricidios y asesinatos. Es importante tener en cuenta que no todo homicidio de mujeres es un feminicidio pues las mujeres pueden morir en circunstancias semejantes que los hombres (por ejemplo en el contexto de un asalto). Asimismo, conviene tener presente que no hay una única forma de clasificar los feminicidiov. En el presente reporte nos referiremos a tres tipos de feminicidio: íntimo, no íntimo y por conexión, los que se definen de la siguiente manera: 2.1. El feminicidio íntimo. Se presenta en aquellos casos en los que la víctima tenía (o había tenido) una relación de pareja con el homicida, que no se limita a las relaciones en las que existía un vínculo matrimonial sino que se extiende a los convivientes, novios,


enamorados y parejas sentimentales. En el feminicidio íntimo también se incluyen los casos de muerte de mujeres a manos de un miembro de la familia, como el padre, el padrastro, el hermano o el primo. 2.2. El feminicidio no íntimo. Ocurre cuando el homicida no tenía una relación de pareja o familiar con la víctima. En esta categoría se incluye la muerte perpetrada por un cliente (tratándose de las trabajadoras sexuales), por amigos o vecinos, por desconocidos cuando se ataca sexualmente a la víctima antes de matarla así como la muerte de mujeres ocurrida en el contexto de la trata de personas. 2.3. El feminicidio por conexión. Se da en aquellos casos en los que las mujeres fueron muertas en la “línea de fuego” de un hombre que pretendía matar o herir a otra mujer. Por lo general, se trata de mujeres parientes (por ejemplo hija, madre o hermana) que intentaron intervenir para evitar el homicidio o la agresión, o que simplemente se encontraban en el lugar de los hechos.

III. EL FEMINIDICIO EN AMERICA LATINA La violencia contra la mujer es un tema de preocupación global y actualmente es una pandemia mundial que restringe a las mujeres, vulnera su salud y atenta contra sus vidas medrando el desarrollo de una sociedad inclusiva y democrática. Son las Naciones Unidas quienes afirman que esta situación debe considerarse como una epidemia mundial y, por lo tanto, debe atenderse como una emergencia de salud


pública pues es la mayor causa de muerte y discapacidad de las mujeres, especialmente de aquellas que tienen entre 16 y 44 años. Una de cada tres mujeres en el mundo ha sufrido algún tipo de violencia sexual o algún otro tipo de abuso, perpetrado generalmente por una persona allegada a ella. Según la OMS, América Latina es la segunda región con los índices más altos de muertes de mujeres por violencia mientras que alrededor de la mitad de las muertes de las mujeres en el mundo es responsabilidad de sus esposos, cónyuges, novios, convivientes, ex convivientes y enamorados. América Latina aún mantiene un alto índice de violencia contra la mujer. Existe un gran número de casos de feminicidio en la región, por lo que la situación en Perú no es un ejemplo aislado. Hay naciones donde el incremento de los crímenes de mujeres por razones de género alcanza cifras impactantes, pero no por ello el tema en nuestro país es menos grave. Se requiere dar una mirada a la situación del feminicidio en la región para observar la ubicación de Perú así como los riesgos de no atender adecuadamente y menos de manera integral esta situaciónvi.


3.1. Guatemala Guatemala es uno de los países con los más altos índices de violencia contra la mujer, expresados en continuos asesinatos a mujeres, especialmente a aquellas que tienen entre los 15 y 44 años; los que además vienen incrementándose en los últimos años. Estos crímenes perpetrados contra mujeres poseen características específicas que evidencian una sociedad donde las relaciones entre los géneros de desarrollan de manera conflictiva. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) confirmó que entre el año 2001 y 2004 se cometieron 1.118 asesinatos a mujeres; mientras que sólo entre enero y septiembre de 2004 se presentaron 352 casos de mujeres asesinadas. El 28% de ellas sufrió previamente violencia sexual mientras que el 31% fue víctima de violencia o amenazas previas. Según Amnistía Internacional (en su informe “Guatemala. Ni protección ni justicia: Homicidios de mujeres en Guatemala”, 2005), la dimensión de la violencia contra la mujer tiene origen en valores históricos y culturales que han mantenido la subordinación de las mujeres y que fueron especialmente evidentes durante el conflicto armado interno, el cual se prolongó por 36 años. La impunidad que se desarrolló durante esta etapa se ha seguido reproduciendo incrementando el clima de violencia. Dicha impunidad es el distintivo de las investigaciones sobre los casos de mujeres asesinadas en Guatemala. La ausencia de pruebas físicas o científicas, la falta de recursos en términos del personal y el material necesarios para investigar estos crímenes, la carencia de infraestructura y la falta de voluntad política hacen que la gran mayoría de las investigaciones no lleguen nunca más allá de la etapa inicial. Asimismo, debido a la inexistencia de información oficial fidedigna, es sumamente difícil hacerse una idea general de la magnitud de la violencia perpetrada contra las mujeres en Guatemala. En particular, la ausencia casi absoluta de datos desglosados por géneros en los documentos oficiales hace que la violencia de género habitualmente se registre en menor proporción de la que representa realmente; e incluso que a menudo apenas quede reflejada. 3.2. México: el caso de Ciudad Juárez El caso de Ciudad Juárez es emblemático por ser una de las ciudades en la que el incremento de los asesinatos a mujeres se ha dado de


manera sistemática a lo largo de la última década debido a la particularidad social, cultural y económica que ha generado una dinámica de conflicto en las relaciones tradicionales entre los sexos; la cual no ha sido acompañada de un cambio en la mentalidad de la sociedad. Desde el año 1999, la comunidad internacional ha llamado la atención sobre la magnitud y gravedad de los hechos acontecidos en Ciudad Juárez, cuya recomendación está centrada en impulsar los procesos de justicia para las víctimas. En noviembre del año 2003, expertos de la agencia de las Naciones Unidas contra la droga y el delito presentaron un informe sobre la misión en Ciudad Juárez y Chihuahua, México; allí se subraya la responsabilidad del Estado en la omisión de estas investigaciones y en los procesos de justicia. En el año 2004, el informe del Comité de la CEDAW sobre México manifestó gran preocupación por la permanencia de más de 10 años de estas sistemáticas y graves violaciones a los derechos humanos de las mujeres que aún no se han erradicado ni sancionado. Ciudad Juárez es un caso emblemático de las consecuencias de la globalización económica y el modelo neoliberal, que generan una lógica de ganancia entendida como una racionalidad consumista y utilitarista; la cual implica riesgos para la vida de las mujeres, percibidas como objetos dentro de una lógica de mercado. La impunidad imperante en esta sociedad, la discriminación por género y una racionalidad que tiende a devaluar a la mujer y quitarle su categoría de “sujeta de derechos” son factores que determinan la violencia extrema contra la mujer, lo que es evidenciado a través de la lectura de los asesinatos, perpetrados con extrema crueldad a las mujeres en esta ciudad. Durante 10 años más de 320 mujeres fueron asesinadas en Ciudad Juárez; sin embargo, las organizaciones de sociedad civil afirman que el número asciende a 359. Las víctimas fueron muertas previo rapto, violación y tortura. Los cuerpos de las mujeres han sido encontrados con signos de extrema violencia sexual e incluso mutilaciones. 3.3. Colombia El Informe 2004 de Amnistía Internacional sostiene que: “En Colombia, la mujeres que reivindican sus derechos están expuestas a sufrir intimidaciones y violencia, e incluso a morir, a manos de grupos armados de los dos bandos enfrentados en el conflicto interno del país”. La situación es tan grave que cada dos días muere una mujer a


consecuencia del conflicto armado. En Colombia se conjuga un clima de violencia y discriminación contra la mujer, en un contexto de conflicto armado que la acentúa. Según la Encuesta Nacional de Demografía y Salud, el 47% de mujeres en esa nación ha sido violentada físicamente por su compañero.

3.4. El Salvador Durante 2003, en la prensa se han registrado 77 casos de asesinatos a mujeres. Para el año 2004 se registró un total de 171 Feminicidio. Hasta mayo de 2005 hubo 137 casos de Feminicidio; por lo tanto, entre enero de 2004 y mayo de 2005 se ha cometido un total de 308 crímenes contra mujeres; la edad de la mayoría de las víctimas tuvo entre 15 y 30 años de edad. 3.5. Puerto Rico Durante 2004 se sucedieron 31 asesinatos de mujeres, víctimas de violencia doméstica. Desde 2000 hasta 2004, los homicidios a mujeres dentro de sus hogares crecieron en un 34,8%. El 44% de las víctimas oscilan entre los 20 y 34 años de edad. El 32,3% de los agresores era cónyuge de la víctima. El 25,8% era pareja de la víctima.


3.6. Uruguay Durante el año 2002 se han registrado 18 muertes de mujeres, víctimas de violencia doméstica. Según la Dirección Nacional de Prevención Social del Delito de Uruguay, cada cinco días muere una persona a causa de la violencia familiar; durante el periodo comprendido entre enero y noviembre de 2004, han fallecido 13 mujeres debido a esta violencia. 3.7. Chile Entre el año 2001 y 2002, en la región Metropolitana de Santiago se han registrado 84 casos de Feminicidio; los autores de estos crímenes fueron parejas o ex parejas sentimentales de las víctimas y familiares. También se han presentado casos de mujeres en prostitución asesinadas por sus “clientes”. Según el diario “La Cuarta” de Chile; entre 1990 y 2000 se registraron 581 casos de homicidios de mujeres; en 345 de los casos los autores fueron hombres con quienes la víctima mantenía una relación de pareja. Los datos reseñados nos muestran que la violencia contra la mujer, expresada en su forma más extrema en el Feminicidio, es un problema que se desarrolla en un contexto general de discriminación contra la mujer; nuestro país forma parte de esta realidad.


IV. ANALIZANDO EL FEMINICIDIO EN EL PERU. En los diarios de circulación local y nacional podemos observar noticias relacionadas al aumento de la violencia en nuestra sociedad, reportándose también casos de crímenes a mujeresvii. 4.1. Feminicidio en el año 2010 Se han registrado 125 casos de feminicidio con un total de 130 víctimas. La diferencia entre el número de casos y de víctimas se debe a que en cinco casos se registraron diez víctimas, a razón de dos víctimas por caso. El 83.8% de las víctimas lo fue de un feminicidio íntimo (109) y el 16.2% de uno no íntimo (21). Asimismo, se registró un caso de feminicidio por conexión y, como se ha señalado anteriormente, 49 casos adicionales de posible feminicidio. En los meses de abril (15), enero (14), julio (14) y febrero (13) se registró el mayor número de feminicidios. (Ministerio Publico, 2011, p. 5 y ss.) 4.2. Característica de la Victima 4.2.1. Edad El 28.5% de las víctimas tenía entre 18 y 24 años (37), el 26.9% entre 25 y 34 años (35), el 14.6% entre 35 y 44 años (19), el 5.4% entre 45 y 54 años (7) y el 3.8% era mayor de 55 años (5). Se han reportado 27 (20.8%) víctimas menores de 18 años 4.2.2. Relación con el Presunto Victimario El 68.3% de los feminicidios fue presuntamente cometido por la pareja o ex pareja (89), el 15.4% por algún familiar (20), el 7.8% por un conocido (10), el 2.3% por el cliente de una trabajadora sexual (3) y el 6.2% restante (8) por un desconocido que atacó sexualmente a la víctima. En el caso de los familiares y conocidos, el móvil sexual o los motivos de odio o venganza son tomados en cuenta para registrar los homicidios como feminicidios.


4.2.3. Feminicidios de Niñas y Adolescentes Como se ha señalado anteriormente, se han registrado 27 víctimas menores de 18 años. El 40.7% de los feminicidios (11) fue presuntamente cometido por un familiar (siendo el padre y el padrastro los mayores victimarios), el 33.3% (9) por la pareja (siendo los enamorados los mayores victimarios), el 14.8% (4) por un vecino y el 11.1% (3) restante por un desconocido que atacó sexualmente a la víctima. 4.2.4. Hijos de la Victima El 48.4% de las víctimas tenía hijos (63) mientras que el 43.8% no los tenía (57). El 92.1% de las víctimas tenía entre 1 y 3 hijos (58) y el 7.9% tenía más de 4 hijos (5). Hay un 7.8% (10) de víctimas respecto de las cuales no se sabe si tenía hijos o no. 4.3. Característica del Presunto Victimario Las 130 víctimas de feminicidio fueron presuntamente asesinadas por 143 victimariosviii. 4.3.1. Edad El 38.4% de los presuntos victimarios tiene entre 25 y 34 años (55), el 18.9% entre 35 y 44 años (27), el 18.2% entre 18 y 24 años (26), el 5.6% entre 45 y 54 años (8) y el 3.5% es mayor de 55 años (5). Asimismo, hay 6 presuntos victimarios que son menores de 18 años. No se conoce la edad del 11.2% (16) de los presuntos victimarios. De los 6 presuntos victimarios menores de 18 años, tres adolescentes (dos de 16 años y uno de 17 años) presuntamente asesinaron, cada uno, a su enamorada; otros dos adolescentes (de 16 y 17 años) presuntamente asesinaron, cada uno, a una amiga y uno de 15 años presuntamente asesinó a una prima. 4.4. Características del Feminicidio. 4.4.1. Lugar de ocurrencia


El 62.3% de los feminicidios (81) ocurrió dentro de la casa, mientras que el 37.7% (49) se produjo fuera de ella 4.4.2. Presunto motivo del feminicidio A. Feminicidio Íntimo El 40.5% de las víctimas (36) presuntamente fue asesinada por celos, el 30.3% (27) por resistirse a continuar o a regresar con la pareja o ex pareja, el 4.5% (4) por la supuesta infidelidad de la víctima y el 10.2% (9) comprende aquellos casos en los cuales la víctima fue presuntamente asesinada porque inició una nueva relación de pareja (3), porque se resistió a tener relaciones sexuales con el victimario (3) y porque el victimario pretendió ocultar el delito de violación sexual (3). En dos casos no se cuenta con la información sobre el presunto motivo del homicidio. El 40% (8) de los presuntos victimarios integrantes de la familia mató a la mujer por odio hacia ella o hacia su familia. El 10% (2) asesinó a su víctima para ocultar el delito de violación sexual y el 10% (2) la mató por la duda sobre la paternidad de sus hijas. B. Feminicidio no íntimo En relación a los feminicidios no íntimos, el 61.9% de los presuntos victimarios (13) asesinó a la víctima después de violarla sexualmente, mientras que el 23.8% (5) la mató por resistirse a tener relaciones sexuales. 4.4.3. Forma o medio utilizado para el feminicidio. El 33.9% de las víctimas fue asfixiada o estrangulada (44), el 26.9% fue acuchillada (35), el 18.5% fue golpeada (24), el 10.8% fue baleada (14), el 3.1% fue degollada (4), el 2.3% fue envenenada (3) y el 4.5%restante fue desbarrancada (2), quemada (2) o ahogada (2). 4.5. Tentativa del Feminicidio. Se han registrado 17 casos de tentativa de feminicidio con un total de 18 víctimas, pues en un caso hubo dos víctimas. El 94.4% de las


víctimas (17) lo fue de una tentativa de feminicidio íntimo y el 5.6% (1) de uno no íntimo. Cabe mencionar que, en algunas ocasiones, los medios de comunicación informaron sobre los ataques sufridos contra mujeres como si hubieran sido tentativas de feminicidio. Sin embargo, las investigaciones fiscales han determinado que se trataba de casos de lesiones. Ello pone de relieve la importancia de realizar un seguimiento de los casos, estableciendo un contacto directo con los fiscales encargados de las investigaciones. Es importante señalar que la diferencia entre el delito de homicidio en grado de tentativa y el delito de lesiones graves radica en el elemento subjetivo. En el primer caso, el autor tiene la intención de acabar con la vida de la víctima (animus necandi), por lo cual realiza una sucesión de actos encaminados a lograr este resultado, pero éste no se produce por causas ajenas a su voluntad. En el segundo caso, existe la intención de afectar la integridad de la víctima, pero no de matarla. Para el Registro de Feminicidio, los casos de lesiones graves no constituyen feminicidios. La intención del agente se determina mediante los indicios que son revelados por las diligencias realizadas en cada caso concreto, tales como pericias balísticas o reconocimientos médico legales. Estos indicios incluyen el tipo de medio empleado, la intensidad y el número de ataques infligidos con el arma o el lugar del cuerpo al cual se dirigieron dichos ataquesix.


V. CRITICA A LA NUEVA LEY DE FEMINICIDIO LEY N° 29819. El Congreso de la República aprobó, la Ley 29819 que modifica el artículo 107 del Código Penal que tipifica el delito de feminicidio que fue elaborado y presentado por el ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES). Pues bien, mediante la publicación en el diario Oficial El Peruano, la Ley 29819 modifica el artículo 107 del Código Penal que incluye la figura del feminicidio, el mismo que establece como castigo una pena no menor de 15 años de cárcel; eso significa que el delito de Feminicidio, no cuenta con una figura propia en el Código Penal, por cuanto está dentro del delito de parricidio, y lo que se busca es que el Delito de Feminicidio sea un delito autónomo con mayor rigurosidad, y no como que este inmerso dentro del segundo párrafo del art. 107, que estipula el parricidio. Como se recuerda, la ley que crea la figura penal del feminicidio - muerte de una mujer a manos de su pareja- fue aprobada por el pleno del Congreso el jueves 01 de diciembre por 90 votos a favor, dos en contra y 14 abstenciones. De acuerdo a la modificación aprobada, el artículo 107 del Código Penal (parricidio) señala que “quien a sabiendas, mata a su ascendiente, descendiente, natural o adoptivo, o a quien es o ha sido su cónyuge, su conviviente, o con quien esté sosteniendo o haya sostenido una relación análoga, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 15 años”. Agrega que la pena privativa de libertad será no menor de 25 años, cuando concurra cualquiera de las circunstancias agravantes previstas en el artículo 108, referido al homicidio. Señalando además, que si la víctima del delito descrito es o ha sido la cónyuge o la conviviente del autor, o estuvo ligada a él por una relación análoga el delito tendrá el nombre de feminicidio; eso significa que el delito de Feminicidio no es un delito independiente, al no contar con una figura propia dentro del código penal. En el Perú se registraron 405 mujeres víctimas de un homicidio entre los años 2009 y 2011 (enero-setiembre), según cifras del Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público. De ese total, el 34.8% lo fue a manos de sus parejas o ex parejas (245). Este año se han registrado en el Perú 73 casos de feminicidio y 6 tentativas de feminicidio entre enero y noviembre, de acuerdo con los casos registrados por el citado


Observatorio de Criminalidad. Si bien muchos de esos casos son calificados como parricidios u homicidios agravados, el 14.2% de homicidios de mujeres a manos de sus parejas o ex parejas fueron calificados como homicidios simples (35), los cuales eran sancionados con una pena no menor de seis años, según denunciaron las autoridades. Por ello, es legítimo que el delito de Feminicidio cuente con una figura autónoma e independiente dentro del código penal vigente, así como la severidad de las penas, esto permitirá reducir eficazmente la violencia contra la mujer.

VI. CONCLUSIONES El feminicidio puede desarrollarse en los tres ámbitos; tanto dentro del ámbito familiar, como en el de la comunidad, y el perpetrado por el Estado o tolerado mediante la poca atención a políticas que erradiquen la discriminación contra la mujer y los obstáculos que permanecen en las legislaciones nacionales (atenuante de homicidio: crimen por emoción violenta) que dificultan la debida diligencia del Estado y mantiene estereotipos que tienden a devaluar los comportamientos femeninos.


Las afirmaciones vertidas por los agresores muestran claramente que existe una pretensión de autoridad y dominio sobre las decisiones de las mujeres y sobre sus vidas; dicha autoridad, al verse contravenida, genera una reacción violenta en su intención de autoafirmarse. El Feminicidio muestra el real contexto de violencia y discriminación hacia la mujer; convirtiéndose en uno de los principales problemas sociales que tenemos que enfrentar, pues es evidente que las construcciones sociales de nuestra sociedad toleran la violencia basada en la discriminación de género. Es fundamental señalar que las organizaciones del Estado y de la sociedad civil deben promover estrategias para prevenir y resolver casos de feminicidio en el país, pues son crímenes perpetrados cotidianamente contra las mujeres. El Estado debe actuar con la debida diligencia, es decir que se debe exigir a las autoridades la investigación exhaustiva de los hechos y la aplicación de justicia a los responsables; como parte de sus compromisos internacionales con la defensa de los derechos humanos de todas las personas.


VII. REFERENCIA BIBLIOGRAFICA FRANCO, Carlos. Informe Feminicidio en el Perú. EN, Revista PUNTOEDU - PUCP, N° 239. Publicado, abril 2012. Lima. PP, 2-3. MINISTERIO PÚBLICO. El Registro de Feminicidio del Ministerio Publico. EN, Observatorio de la Criminalidad del Ministerio Publico. Periodo Enero-Diciembre 2010. Lima. 2011. Organización Mundial de la Salud –OMS. Informe Mundial sobre la Violencia y la Salud. Editado por Etienne G. Krug, Linda L. Dahlberg, James A. Mercy, Anthony B. Zwi y Rafael Lozano. Publicación Científica y Técnica No. 588. Ginebra. 2003. ISBN 92 75 31588 4 TRISTAN, Flora. La Violencia contra la Mujer: Feminicidio en el Perú. Coord. Macassi León Ivonne. Centro de Mujer Peruana - Flora Tristan; colaboración de Amnistía Internacional Sección Peruana. Publicado, octubre 2005. Lima. TRISTAN, Flora. (2004). Reporte Feminicidio en el Perú [en línea]. EN, Centro de Mujer Peruana - Flora Tristan. Publicado, 2004. Lima. Disponible en: www.flora.org.pe/investigaciones/feminicidio.pdf TUESTA, Diego. El Feminicidio no está desconectado de los ejercicios de violencia regulares contra las mujeres. EN, Revista PUNTOEDU - PUCP. Publicado, abril 2012. Lima. PP, 4. VILLANUEVA FLORES, Rocío. El Registro de Feminicidio del Ministerio Publico. EN, Observatorio de la Criminalidad del Ministerio Publico. Periodo, EneroDiciembre 2009. Lima. 2010.

Notas I TRISTAN, Flora. Reporte Feminicidio en el Perú [en línea]. EN, Centro de Mujer Peruana - Flora Tristan. Publicado, 2004. Lima., p. 12. IiVILLANUEVA FLORES, Rocío. El Registro de Feminicidio del Ministerio Publico. EN, Observatorio de la Criminalidad del Ministerio Publico. Periodo, EneroDiciembre 2009. Lima. 2010., ob., p. 3 Iii TRISTAN, Flora. Reporte Feminicidio en el Perú [en línea]. EN, Centro de Mujer Peruana - Flora Tristan. Publicado, 2004. Lima., p. 14.


Iv TRISTAN, Flora. La Violencia contra la Mujer: Feminicidio en el Perú. Coord. Macassi León Ivonne. Centro de Mujer Peruana - Flora Tristan; colaboración de Amnistía Internacional Sección Peruana. Publicado, octubre 2005. Lima., p. 7. VVILLANUEVA FLORES, Rocío. El Registro de Feminicidio del Ministerio Publico. EN, Observatorio de la Criminalidad del Ministerio Publico. Periodo, EneroDiciembre 2009. Lima. 2010., p. 4. Vi TRISTAN, Flora. La Violencia contra la Mujer: Feminicidio en el Perú. Coord. Macassi León Ivonne. Centro de Mujer Peruana - Flora Tristan; colaboración de Amnistía Internacional Sección Peruana. Publicado, octubre 2005. Lima., ob., p. 15 y ss. Vii TRISTAN, Flora. La Violencia contra la Mujer: Feminicidio en el Perú. Coord. Macassi León Ivonne. Centro de Mujer Peruana - Flora Tristan; colaboración de Amnistía Internacional Sección Peruana. Publicado, octubre 2005. Lima., p. 19. ViiiMINISTERIO PÚBLICO. El Registro de Feminicidio del Ministerio Publico. EN, Observatorio de la Criminalidad del Ministerio Publico. Periodo Enero-Diciembre 2010. Lima. 2011., p. 7. IxMINISTERIO PÚBLICO. El Registro de Feminicidio del Ministerio Publico. EN, Observatorio de la Criminalidad del Ministerio Publico. Periodo Enero-Diciembre 2010. Lima. 2011., p. 19.


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