Folleto transito

Page 1

REGLAMENTO NACIONAL DE TRANSPORTES

D.S. 016-2009 MTC Modificatoria

TOLEDO PRESIDENTE Sin贸nimo de buen gobierno

CHOLO FANO

Al congreso


2

CORDIALMENTE TU AMIGO EL CHOLO FANO.

Puntos

Medida Preventiva

20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20

Remoción del vehículo

Sanción Multa Multa Multa Multa Multa Multa Multa Multa Multa Multa

Multa

53.72 53.72 53.72 53.72 53.72 53.72 53.72 53.72 53.72 53.72

53.72

Grav.

S/. * Con descuento 316

Grave Grave

316 316

Grave Grave

316 316

Grave Grave

316 316

Grave Grave

316 316

PRESENTACIÓN

HERMANO TRANSPORTISTA PONGO A TU DISPOSICIÓN EL REGLAMENTO NACIONAL DE TRANSITO D.S. 016-2009 MTC MODIFICATORIA Y D.S. N.º 0300-32014 PARA SU CONOCIMIENTO Y CONOZCAN SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES PARA QUE ESTÉS BIEN INFORMADO Y SE RESPETEN TUS DERECHOS Y OBLIGACIONES, PORQUE EL DERECHO DE LOS DEMÁS COMIENZAN CUANDO TERMINAN LOS TUYOS, ESPERANDO QUE TE SIRVA ESTE PEQUEÑO PRESENTE ME DESPIDO NO SIN ANTES COMUNICANTE QUE EN ESTAS JUSTAS ELECTORALES PARA EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, POSTULO CON EL NÚMERO 3 DEL PARTIDO POLÍTICO PERÚ POSIBLE LIDERADO POR EL DOCTOR ALEJANDRO TOLEDO QUE ES SINÓNIMO DE BUEN GOBIERNO, DAME LA OPORTUNIDAD DE SER TU REPRESENTANTE Y LA VOZ DEL PUEBLO EN EL PARLAMENTO, JUNTOS PRESENTAREMOS PROYECTOS DE LEY QUE FAVORECERÁN PARA EL ENGRANDECIMIENTO Y DESARROLLO DE NUESTRA GRAN REGIÓN HUÁNUCO, EL FUTURO DE LOS TUYOS DEPENDEN DE TI HOY O NUNCA SALDREMOS ADELANTE, BASTA DE EMPÍRICOS Y MENTIROSOS QUE SOLO BUSCAN ENRIQUECERSE CON EL HAMBRE DEL PUEBLO, HUÁNUCO ES MÁS GRANDE QUE SUS PROBLEMAS Y TODO DEPENDE DE NOSOTROS. HUANUQUEÑOS UNIDOS JUNTOS CONSTRUIREMOS UNA MEJOR REGIÓN.

No detenerse antes de la línea de parada o antes de las áreas G04 de intersección de calzadas o no respetar el derecho de paso del peatón. No mantener una distancia suficiente, razonable y prudente, G05 de acuerdo al tipo de vehículo y la vía por la que se conduce, mientras se desplaza o al detenerse detrás de otro. No ubicar el vehículo con la debida anticipación en el carril G06 donde va efectuar el giro o volteo. No conducir por el carril de extremo derecho de la calzada un vehículo del servicio de transporte público de pasajeros o de G07 carga o de desplazamiento lento o un vehículo automotor menor. No utilizar el carril derecho para recoger o dejar pasajeros o G08 carga. Retroceder, salvo casos indispensables para mantener libre G09 la circulación, para incorporarse a ella o para estacionar el vehículo. Incumplir las disposiciones sobre el uso de las vías de tránsito G10 rápido y/o de acceso restringido. Circular, estacionar o detenerse sobre una isla de encauzamiento, canalizadora, de refugio o divisoria del tránsito, marcas G11 delimitadoras de carriles, separadores centrales, bermas, aceras, áreas verdes, pasos peatonales, jardines o rampas para minusválidos.

Grave

G03 Detener el vehículo bruscamente sin motivo.

316

No hacer señales, ni tomar las precauciones para girar, voltG02 ear en U, pasar de un carril de la calzada a otro o detener el vehículo.

Grave

G01 Adelantar o sobrepasar en forma indebida a otro vehículo.

316

Infracción

Grave

Cod

3


4

20 20 20 20 20

Retención del Retención del vehículo vehículo

20 20 20 20

20

Multa Multa Multa Multa Multa Multa Multa Multa Multa

Multa

53.72 53.72 53.72 53.72 53.72 53.72 53.72 53.72

Grave

316 316

Grave Grave

316 316

Grave Grave

316 316

Grave Grave

316 316

53.72

G31

53.72

G30

Grave

Retención del vehículo

20 20

G29

316

G28

Grave

20 20 20 20 20 Retención del vehículo

G27

20

20

G26

316

Multa Multa Multa Multa Multa Multa Multa Multa

G25

Conducir un vehículo sin portar el certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito o Certificado Contra Accidentes de Tránsito, o que éstos no correspondan al uso del vehículo. Conducir un vehículo de la categoría M o N con la salida del tubo de escape en la parte lateral derecha, de modo tal que las emisiones o gases sean expulsados hacia la acera por donde circulan los peatones. Conducir un vehículo cuya carga o pasajeros obstruya la visibilidad de los espejos laterales. En vehículos de las categorías M y N, no llevar puesto el cinturón de seguridad y/o permitir que los ocupantes del vehículo no lo utilicen en los casos en que, de acuerdo a las normas vigentes, exista tal obligación. En vehículos automotores de la categoría L5 no contar con cinturones de seguridad para los asientos de los pasajeros o no tener uno o más soportes fijados a su estructura que permitan a los pasajeros asirse de ellos mientras son transportados. Circular en forma desordenada o haciendo maniobras peligrosas. Circular transportando personas en la parte exterior de la carrocería o permitir que sobresalga parte del cuerpo de la(s) persona(s) transportada(s) en el vehículo. En las vías públicas urbanas, circular en la noche o cuando la luz natural sea insuficiente o cuando las condiciones de visibilidad sean escasas, sin tener encendido el sistema de luces reglamentarias; o en la red vial nacional y departamental o regional, circular sin tener las luces bajas encendidas durante las veinticuatro (24) horas.

Grave

316

53.72 53.72 53.72 53.72 53.72 53.72 53.72

53.72

Grave

316 316 316 316 316

Grave Grave Grave Grave Grave

20

G21 Conducir un vehículo sin espejos retrovisores.

Multa Multa

G20

53.72 53.72

G19

Conducir un vehículo cuando llueve, llovizne o garúa, sin tener operativo el sistema de limpiaparabrisas. Conducir un vehículo del servicio de transporte público urbano G23 de pasajeros con personas de pie, si la altura interior del vehículo no supera a 1,80 metros. G22

G24 Conducir un vehículo con el motor en punto neutro o apagado.

316

G18

Grave

G17

316

G16

Grave

G15

316

G14

316

G13

Girar estando el semáforo con luz roja y flecha verde, sin respetar el derecho preferente de paso de los peatones. Conducir un vehículo con mayor número de personas al número de asientos señalado en la Tarjeta de Identificación Vehicular, con excepción de niños en brazos en los asientos posteriores; y, llevar pasajeros de pie en vehículos del servicio público de transporte urbano de pasajeros si la altura interior del vehículo es menor a 1.80 metros. Tener la puerta, capot o maletera del vehículo abierta, cuando el vehículo está en marcha. No utilizar las luces intermitentes de emergencia de un vehículo cuando se detiene por razones de fuerza mayor, obstaculizando el tránsito, o no colocar los dispositivos de seguridad reglamentarios cuando el vehículo queda inmovilizado en la vía pública. Conducir un vehículo por una vía en la cual no está permitida la circulación o sobre mangueras contra incendio. Conducir vehículos que tengan lunas o vidrios polarizados o acondicionados de modo tal que impidan la visibilidad del interior del vehículo, sin la autorización correspondiente. Conducir un vehículo haciendo uso de teléfono celular, radio portátil o similar o cualquier otro objeto que impida tener ambas manos sobre el volante de dirección. Conducir un vehículo de la categoría M o N que carezca de vidrios de seguridad reglamentarios o que su parabrisas se encuentre deteriorado, trizado o con objetos impresos, calcomanías, carteles u otros elementos en el área de barrido del limpiaparabrisas y que impidan la visibilidad del conductor o un vehículo de la categoría L5 que contando con parabrisas, micas o similares, tengan objetos impresos, calcomanías, carteles u otros elementos que impidan la visibilidad del conductor. Conducir un vehículo que no cuenta con las luces y dispositivos retrorreflectivos previstos en los reglamentos pertinentes.

Grave Grave

G12

5


Remoción del vehículo

20 20

Remoción del vehículo

20 20 20 20

Remoción del Remoción del Remoción del vehículo vehículo vehículo

20 20 20 20

Remoción del vehículo

Multa Multa Multa Multa Multa Multa Multa Multa Multa

Multa

53.72 53.72 53.72 53.72 53.72 53.72 53.72 53.72

53.72

Grave

316 316

Grave Grave

316 316

Grave Grave

316 316

Grave Grave

316 316

53.72

G52

Grave

Remoción del vehículo

20

G51

316

20 20 20

20

Multa Multa Multa Multa Multa

G50

Grave

20 20 20

Multa

53.72 53.72 53.72 53.72 53.72 53.72

G49

316

Multa Multa

20 20

53.72 53.72

Retención del vehículo

Multa

316 316 316

Grave

316

316

Grave Grave

316

G42

Grave

G41

316

G40

Grave

G39

G48

316

G38

G47

Grave

G37

Multa

53.72

Grave

G46

Compartir el asiento de conducir con otra persona, animal o cosa. No reducir la velocidad al ingresar a un túnel o cruzar un puente, intersecciones o calles congestionadas, cuando transite por cuestas, cuando se aproxime y tome una curva o cambie de dirección, cuando circule por una vía estrecha o sinuosa, cuando se encuentre con un vehículo que circula en sentido contrario o cuando existan peligros especiales con respecto a los peatones u otros vehículos o por razones del clima o condiciones especiales de la vía. Transitar lentamente por el carril de la izquierda, causando congestión o riesgo o rápidamente por el carril de la derecha. Aumentar la velocidad cuando es alcanzado por otro vehículo que tiene la intención de sobrepasarlo o adelantarlo. Estacionar el vehículo en zonas prohibidas o rígidas señalizadas o sin las señales de seguridad reglamentarias en caso de emergencia. Estacionar o detener el vehículo sobre la línea demarcatoria de intersección, dentro de éstas o en el crucero peatonal (paso peatonal). Estacionar frente a la entrada o salida de garajes, estacionamientos públicos, vías privadas o en las salidas de salas, espectáculos, centros deportivos en funcionamiento.

53.72

316

G35 Usar luces altas en vías urbanas o hacer mal uso de las luces.

G44

Estacionar a una distancia menor de cinco (5) metros de una bocacalle, de las entradas de hospitales o centros de asistencia médica, cuerpos de bomberos o de hidrantes de servicio contra incendios, salvo los vehículos relacionados a la función del local. Estacionar a menos de tres (3) metros de las puertas de establecimientos educacionales, teatros, iglesias y hoteles, salvo los vehículos relacionados a la función del local. Estacionar a menos de veinte (20) metros de un cruce ferroviario a nivel. Estacionar en zonas no permitidas por la autoridad competente, a menos de diez (10) metros de un cruce peatonal o de un paradero de buses, así como en el propio sitio determinado para la parada del bus. Estacionar en lugar que afecte la operatividad del servicio de transporte público de pasajeros o carga o que afecte la seguridad, visibilidad o fluidez del tránsito o impida observar la señalización. Estacionar un ómnibus, microbús, casa rodante, camión, remolque, semirremolque, plataforma, tanque, tracto camión, tráiler, volquete o furgón, en en víaspúblicasdezonaurbana,exceptoenloslugaresquehabiliteparatalfinla autoridad competente, mediante la señalización pertinente. Estacionar un vehículo de categoría M, N u O a una distancia menor a un metro de la parte delantera o posterior de otro ya estacionado, salvo cuando se estacione en diagonal o perpendicular a la vía. Estacionar en los terminales o estaciones de ruta, fuera de los estacionamientos externos determinados por la Autoridad competente. Estacionar un vehículo automotor por la noche en lugares donde, por la falta de alumbrado público, se impide su visibilidad, o en el día, cuando, por lluvia, llovizna o neblina u otro factor, la visibilidad es escasa, sin mantener encendidas las luces de estacionamiento. Estacionar un vehículo en vías con pendientes pronunciadas sin asegurar su inmovilización.

Grave

20

Multa

316

53.72

Grave Grave

G45

316

Grave

G34 Remolcar vehículos sin las medidas de seguridad.

G36

6

G43

Circular transportando cargas que sobrepasen las dimensiones de la carrocería o que se encuentren ubicadas fuera G33 de la misma; o transportar materiales sueltos, fluidos u otros sin adoptar las medidas de seguridad que impidan su caída a la vía.

Grave

G32 Circular por vías o pistas exclusivas para bicicletas.

7


PERÚ POSIBLE Experiencia de buen gobierno Marca así

PERÚ POSIBLE

CHOLO FANO AL CONGRESO

Escribe así

3

Huanuqueños unidos; juntos construiremos una mejor Región.


10

20 20 20 5 5

Remoción del vehículo

5 5 5 5 5 0 0

5

Multa Multa Multa Multa Multa Multa Multa

26.86 26.86 3950 1975

26.86 26.86 26.86 26.86 26.86

158

Leve Leve

158 158 158 158

Leve Leve Leve Leve

158 158

Leve

3950

Hacer uso de bocinas de descarga de aire comprimido en el ámbito urbano. Conducir con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor a lo previsto en el Código Penal, o bajo los efectos de M01 estupefacientes, narcóticos y/o alucinógenos comprobado con el examen respectivo o por negarse al mismo y que haya participado en un accidente de tránsito. Conducir con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor a lo previsto en el Código Penal, bajo los efectos de esM02 tupefacientes, narcóticos y/o alucinógenos comprobada con el examen respectivo o por negarse al mismo.

Muy Grave

L07 Utilizar la bocina para llamar la atención en forma innecesaria.

1975

Retención del vehículo

Utilizar el Permiso Especial de Parqueo para Personas con L03 Discapacidad por parte de una persona a la cual no le corresponde. Abrir o dejar abierta la puerta de un vehículo estacionado, L04 dificultando la circulación vehicular. Utilizar el carril de giro a la izquierda para continuar la marcha L05 en cualquier dirección que no sea la específicamente señalada. Arrojar, depositar o abandonar objetos o sustancias en la vía L06 pública que dificulten la circulación.

Muy Grave

20 Retención del vehículo

20 20 20 20 20 20 20

Estacionar un vehículo en zonas de parqueo destinadas a L02 vehículos que transportan a personas con discapacidad o conducidos por éstos.

Internamiento del Vehículo y Retención de la Licencia

Multa Multa Multa Multa

26.86 53.72 53.72 53.72

316 316

Grave Grave Grave

316 158

L01 Dejar mal estacionado el vehículo en lugares permitidos.

Leve

Internamiento del vehículo

20 20

Seguir a los vehículos de emergencia y vehículos oficiales para avanzar más rápidamente. Detener el vehículo sobre la demarcación en el pavimento de G70 la señal “No bloquear cruce” G66

20

20

G65 No ceder el paso a otros vehículos que tienen preferencia.

L08

Retención del vehículo

Multa Multa Multa Multa Multa Multa Multa

Multa

Multa

Multa

Multa Multa

316

53.72 53.72 53.72 53.72 53.72 53.72 53.72 53.72 53.72

53.72

53.72

53.72

316 316

Grave Grave Grave

316 316 316

316

Grave Grave Grave

316 316

Incumplir con devolver las placas de exhibición, rotativa o G62 transitoria dentro de los plazos establecidos en el Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje. Utilizar señales audibles o visibles iguales o similares a las que G63 utilizan los vehículos de emergencia o vehículos oficiales. Conducir un vehículo cuyas características registrables o condiciones técnicas han sido modificadas, alteradas o agreG64 gadas, atentando contra la seguridad de los usuarios o por no corresponder los datos consignados en la Tarjeta de Identificación Vehicular con los del vehículo.

Grave

G61 No llevar las placas de rodaje en el lugar que corresponde.

316

Conducir un vehículo de categoría L, con excepción de la categoría L5, sin tener puesto el casco de seguridad o anteojos protectores, en caso de no tener parabrisas; o permitir que los demás ocupantes no tengan puesto el casco de seguridad. Circular con placas ilegibles o sin iluminación o que tengan adherido algún material, que impida su lectura a través de G60 medios electrónicos, computarizados u otro tipo de mecanismos tecnológicos que permitan verificar la comisión de las infracciones de tránsito. G59

Grave

No presentar la Tarjeta de Identificación Vehicular, la Licencia G58 de Conducir o el Documento Nacional de Identidad o documento de identidad, según corresponda.

316

G56

Grave

G55

316

Recoger o dejar pasajeros fuera de los paraderos de ruta autorizados, cuando existan. No respetar las señales que rigen el tránsito, cuyo incumplimiento G57 no se encuentre tipificado en otra infracción.

G54 Abandonar el vehículo en la vía pública.

Grave

Utilizar la vía pública para efectuar reparaciones, salvo casos de emergencia.

Grave Grave

Desplazar o empujar un vehículo bien estacionado, con el G53 propósito de ampliar un espacio o tratar de estacionar otro vehículo.

11


12

50 50 50 50 50 50 50 50 50

Remoción del vehículo

50 50 50 50 50

Internamiento del vehículo

Multa Multa Multa Multa Multa Multa Multa Multa Multa Multa Multa Multa Multa

Multa

80.58 80.58 474 474 80.58 711 80.58 474 80.58 80.58 80.58 80.58 1975

474

474 474 474 474 711 474 474 474

No dar preferencia de paso a los vehículos de emergencia y M25 vehículos oficiales cuando hagan uso de sus señales audibles y visibles. Conducir un vehículo especial que no se ajuste a las exigencias M26 reglamentarias sin la autorización correspondiente. Conducir un vehículo que no cuente con el certificado de aproM27 bación de inspección técnica vehicular.

474

M24 Circular sin placas de rodaje o sin el permiso correspondiente.

1975

Muy Grave

474

474

M21 Estacionar interrumpiendo totalmente el tránsito. Detenerse para cargar o descargar mercancías en la calzada M22 y/o en los lugares que puedan constituir un peligro u obstáculo o interrumpan la circulación. Estacionar o detener el vehículo en el carril de circulación, en M23 carreteras o caminos donde existe berma lateral.

474

Muy Grave Muy Grave Muy Grave

Cruzar una intersección o girar, estando el semáforo con luz roja y no existiendo la indicación en contrario. Desobedecer las indicaciones sobre el tránsito que ordene el M18 efectivo de la Policía Nacional del Perú asignado al control del tránsito. Conducir vehículos sin cumplir con las restricciones que conM19 signa la Licencia de Conducir. No respetar los límites máximo o mínimo de velocidad estaM20 blecidos. M17

474

M16 Circular en sentido contrario al tránsito autorizado.

Muy Grave

No detenerse al llegar a un cruce ferroviario a nivel o reiniciar la marcha sin haber comprobado que no se aproxima tren o vehículo ferroviario, o cruzar la vía férrea por lugares distintos a los cruces a nivel establecidos. Circular produciendo contaminación en un índice superior M15 a los límites máximos permisibles de emisión de gases contaminantes. M14

Muy Grave

Remoción del vehículo Remoción del vehículo

0 0 70 60 60 60 50 50

50

50

60

Multa Multa Multa Multa Multa Multa

Internamiento del Vehículo y Retención de la Licencia

1975 3950 Multa

Retención del vehículo

1975 3950

1975

1975

948.00 948.00 948.00 948.00

Multa

Muy Grave Muy Grave Muy Grave

80.58

Muy Grave

Conducir vehículos de las categorías M o N sin parachoques o dispositivo anti empotramiento cuando corresponda; o un vehículo de la categoría L5 sin parachoques posterior, conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Vehículos. No detenerse al aproximarse a un vehículo de transporte escoM12 lar debidamente identificado que está recogiendo o dejando escolares. Conducir un vehículo con neumático(s), cuya banda de rodaM13 dura presente desgaste inferior al establecido en el Reglamento Nacional de Vehículos. M11

80.58

Muy Grave Muy Grave Muy Grave

Abastecer de combustible un vehículo del servicio de transporte público de pasajeros con personas a bordo del vehículo.

M10

474

Permitir a un menor de edad la conducción de un vehículo automotor, sin autorización o permiso provisional. Conducir un vehículo con cualquiera de sus sistemas de diM09 rección, frenos, suspensión, luces o eléctrico en mal estado, previa inspección técnica vehicular. M08

80.58

Participar en competencias de velocidad en eventos no autorizados.

948.00

M07

Muy Grave

Estacionar en las curvas, puentes, túneles, zonas estrechas de M06 la vía, pasos a nivel, pasos a desnivel en cambios de rasante, pendientes y cruces de ferrocarril.

948.00 948.00 948.00

Conducir un vehículo con Licencia de Conducir cuya clase o categoría no corresponde al vehículo que conduce.

474

M05

474

Conducir vehículos estando la licencia de conducir retenida, M04 suspendida o estando inhabilitado para obtener licencia de conducir.

474

Conducir un vehículo automotor sin tener licencia de conducir o permiso provisional.

474

M03

13


14

50

Internamiento del Internamiento del Vehículo Vehículo y Retención de y Retención de la Licencia la Licencia

0 0

Internamiento del Vehículo y Retención de la Licencia

Susp. de la licencia de conducir por un (1) año

.00 .00 .00

Cancelación e inhabilitación definitiva del conductor para obtener una licencia de conducir

.00 .00 .00

Muy Grave Muy Grave

Conducir y ocasionar un accidente de tránsito con lesiones M39 graves o muerte inobservando las normas de tránsito dispuestas en el presente reglamento.

Muy Grave

Retención del vehículo Retención de la licencia

50

Retención del vehículo

50 50 50 50 50 50 50

Conducir un vehículo para el servicio de transporte público y ocasionar un accidente de tránsito con daños personales inobservando las normas de tránsito dispuestas por el presente Reglamento.

M38

* Se considera 5 días hábiles contados a partir del día siguiente de

Remoción del vehículo

Multa Multa Multa

50

80.58 80.58

Conducir y ocasionar un accidente de tránsito con daños perM37 sonales inobservando las normas de tránsito dispuestas en el presente Reglamento.

su imposición o notificación de la infracción. Durante el periodo comprendido entre el sexto día hábil hasta el último día hábil previo a la notificación de la Resolución de Sanción, el descuento será del 67 % sobre el importe de la multa prevista para la infracción cometida. Luego de la citada notificación, el importe será el 100% de la multa. El descuento no será aplicable cuando es transporte público (D.S. N° 003-2014).

Retención del vehículo

Multa Multa Multa Multa

474

Multa y Suspe. de la licencia de conducir por el doble del tiempo que se encontraba suspendida; o multa y la inhabilitación definitiva del conductor, si la licencia de conducir se encontraba cancelada o el conductor estaba inhabilitado

474

474 474

474 474

80.58

474 Muy Grave 474

Multa

Transportar carga sin los dispositivos de sujeción o seguridad establecidos.

80.58

M36

80.58

Voltear en U sobre la misma calzada, en las curvas, puentes, M35 pasos a desnivel, vías expresas, túneles, estructuras elevadas, cima de cuesta, cruce ferroviario a nivel.

474

Circular produciendo ruidos que superen los límites máximos permisibles.

474

M34

474

M33 Operar maquinaria especial por la vía pública.

Muy Grave Muy Grave Muy Grave Muy Grave

Tramitar u obtener duplicado, re categorización, revalidación, canje o nueva licencia de conducir de cualquier clase, por el M32 infractor cuya licencia de conducir se encuentre retenida, suspendida o cancelada o se encuentre inhabilitado para obtenerla.

474

Deteriorar intencionalmente, adulterar, destruir o sustraer las Placas de exhibición, rotativa o transitoria . Usar las placas de exhibición, rotativa o transitoria fuera del M30 plazo, horario o ruta establecida o cuando esta ha caducado o ha sido invalidada. Utilizar las placas de exhibición, rotativa o transitoria en veM31 hículos a los que no se encuentren asignadas. M29

474

Conducir un vehículo sin contar con la póliza del Seguro ObligM28 atorio de Accidentes de Tránsito, o Certificado de Accidentes de Tránsito, cuando corresponda, o éstos no se encuentre vigente.

15


MI PROPUESTA COMO CANDIDATO AL CONGRESO Propuesta Congresal relacionado al transporte en el Perú:  Proponer la modificación del D.S. 021-2010, Ley que crea la SUTRAN en el país en el marco de la aplicación de multas y sanciones que se vienen aplicando en el país toda vez que esta atenta contra la propiedad de las personas volviendo confiscatorio los vehículos por ser estas onerosa y no acordes con la realidad.  Todo taxista, transportista de transporte urbano y de carga se vé afectado con las multas que llegan hasta las 10 UIT= S/.39,500.00 soles y en la acumulación de las multas muchas personas pierden su herramienta de trabajo y sustento familiar en todo el país.  En esencia, esta ley tiene nombre y apellido, eliminar al pequeño y mediano empresario del sector transportes en el país. Cada vez mas controlado, sancionado y confiscando los vehículos de las personas.  Promover la creación de un organismo regulador del sector transportes involucrando al MTC, justicia, interior, del ambiente y el ministerio del Trabajo para no caer en la confiscación de vehículos y atentar contra la herramienta de trabajo de muchos peruanos.  Toda vez que la SUTRAN en el país ha tomado un papel de consficación de los vehículos por las multas y sanciones que aplica de manera abusiva ante el sector transportes a nivel nacional.


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.