Sexología y Obstetricia - Jorge Leonardo Salazar Rangel

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República Bolivariana de Venezuela Universidad Dr. José Gregorio Hernández Diplomado en Investigación Criminal y Ciencias Forenses Módulo 4: Ciencias Forenses Semana 1 Trabajo 1 SEXOLOGÍA Y OBSTETRICIA FORENSE

12-oct-2016

Participante: Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


SEXOLOGÍA FORENSE La sexología forense es la aplicación del conocimiento médico en el campo de la sexología con el objetivo de esclarecer un hecho punible. Para Vargas (2008), la sexología es el estudio de los problemas relacionados con la sexualidad, haciendo énfasis que la sexualidad es el conjunto de elementos anatómicos, fisiológicos y psicológicos que caracterizan a cada sexo. La sexología forense se entiende como la aplicación de los conocimientos médicos para resolver cuestiones jurídicas originadas por el sexo o la conducta sexual. Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


SEXOLOGÍA FORENSE (II) Los derechos sexuales son derechos humanos universales basados en la libertad, dignidad e igualdad inherentes a todos los seres humanos. Y dado que la salud es un derecho humano fundamental, la salud sexual debe ser un derecho humano básico, pues es esencial para el bienestar individual, interpersonal y social: 1. Derecho a la libertad sexual. ¿Libertad sexual? Es el derecho de todo individuo de disponer de su propio cuerpo para fines sexuales, con quien se quiera, cuando se quiera, como se quiera, donde se quiera. 2. Derecho a la autonomía, a la integridad y a la seguridad sexual del cuerpo. 3. Derecho a la privacidad sexual. Cuando se vulnera algunos de estos derechos comienza el proceso de investigación criminal para su resolución mediante el conjunto de experticias, aportadas por los expertos; como puede ser el examen médico legal realizado por el médico forense, odontológico, psiquiátrico, estudios de ADN, apéndices pilosos, entre otros.

Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


OBSTETRICIA FORENSE Es la rama de la medicina que trata de la gestación, parto y puerperio en situaciones de implicancia legal. También es conocida como TOCOLOGÍA FORENSE. El embarazo, es el estado fisiológico o patológico de la mujer en el que se desarrolla un óvulo fecundado, es decir, abarca el período comprendido desde la fecundación del óvulo hasta el parto. Dicho estado se caracteriza por signos que se han distinguido en signos de probabilidad y certeza. Se ocupa de cuestiones médico legales que se relacionan con el embarazo. Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


¿QUÉ ES UNA EXPERTICIA? “Experticia es la denominación que se le da a un informe técnico o científico, revestido de legalidad, en cuyo contexto se encuentra reflejado o registrado un dictamen pericial que le proporciona valor a un elemento de convicción emanado de uno de los expertos denominados peritos titulares o no, reglamentados o experimentados, en un área de una ciencia, arte, técnica u oficio” (Del Giudice, 2011)

Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


IMPORTANCIA DE LA EXPERTICIA Su importancia viene dada por ser este medio de prueba la columna central del sistema probatorio, es una prueba que se basa en el análisis razonado de las evidencias que por su naturaleza requieren conocimiento o habilidades especiales, sometidas en tal virtud al examen de personas denominadas expertos o peritos, quienes por su profesión tienen la idoneidad específica requerida a este fin. Dicha experticia sirve para fundamentar los argumentos y alegatos de las partes igualmente necesaria para llevar al juez el conocimiento de una ciencia, arte u oficio (Popoli, 2011)

Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


EXPERTICIA: 223 COPP El artículo 223 del Código Orgánico Procesal Penal establece que: “El Ministerio Público realizará u ordenará la práctica de experticias cuando para el examen de una persona u objeto, o para descubrir o valorar un elemento de convicción, se requieran conocimiento o habilidades especiales en una ciencia, arte u oficio. El o la Fiscal del Ministerio Público, podrá señalarle al perito asignado, los aspectos más relevantes que deben ser objeto de la peritación, sin que esto sea limitativo, y el plazo dentro del cual presentarán su dictamen” Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


EXPERTICIA: 225 COPP El artículo 225 del Código Orgánico Procesal Penal expresa que: “El dictamen pericial deberá contener; de manera clara y precisa, el motivo por el cual se práctica, la descripción de la persona o cosa que sea objeto del mismo, en el estado o del modo en que se halle, la relación detallada de los exámenes practicados, los resultados obtenidos y las conclusiones que se formulen respecto del peritaje realizado, conforme a lo principios de su regla o arte.

El dictamen se presentará por escrito, firmado y sellado, sin perjuicio del informe oral en la audiencia” Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


ESTRUCTURA DE LA EXPERTICIA Sobre la estructura de la experticia, el artículo 225 del Código Orgánico Procesal Penal señala que el informe de experticia debe contener de manera clara y precisa, las siguientes partes:

Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


ESTRUCTURA DE LA EXPERTICIA (II) * Parte Motiva: Es donde se dejará constancia, el motivo por el cual se práctica la experticia. * Parte Descriptiva: Aquí se establece la descripción de la persona o cosa que sea objeto de la misma, en el estado en que se encuentre o en el modo. * Parte Expositiva: Constituye la relación detallada de los exámenes practicados, de las operaciones, técnicas, procedimientos, métodos, verificaciones y contrastaciones realizadas. * Parte Concluyente: En esta parte se señalan los resultados obtenidos y las conclusiones que se formulen respecto del peritaje realizado, conforme a los principios o reglas de su ciencia o arte; se deben explicar los razonamientos motivados en función de las consideraciones y fundamentos que soportan sus conclusiones. Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


EXPERTICIAS QUE INTEGRAN EL CAMPO DE LA SEXOLOGÍA FORENSE La inspección externa del cuerpo se realiza siempre en estrecha relación con el relato del hecho referido por la víctima; sirve para establecer la presencia (o ausencia) de lesiones e identificar lesiones patrón, así como para recuperar evidencia biológica (vellos, fluidos y células) que el agresor pudiera haber dejado sobre la víctima o las prendas.

Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


EXPERTICIAS QUE INTEGRAN EL CAMPO DE LA SEXOLOGÍA FORENSE (II) Interrogatorio de la víctima ante el médico forense Dentro de las preguntas realizadas se pueden encontrar: 1. ¿Qué ocurrió? Narración de la víctima.

2. ¿Cuándo ocurrió? Se conocerá el día, la hora que se cometió el delito 3. ¿Dónde te ocurrió? Lugar físico donde se culminó el iter criminis. Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


EXPERTICIAS QUE INTEGRAN EL CAMPO DE LA SEXOLOGÍA FORENSE (III) 4. ¿Quién o quiénes fueron los autores? Conocidos o desconocidos 5. ¿Cómo ocurrió? Características del acceso carnal 6. ¿Qué sintió? Dolor o no, intensidad

Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


EXPERTICIAS QUE INTEGRAN EL CAMPO DE LA SEXOLOGÍA FORENSE (IV) Dentro de esta serie de preguntas y actos, no se debe olvidar: nombre de la peritada, edad, sexo, estado civil, documento de identidad y dirección.

Durante la anamnesis (información proporcionada por la peritada al médico forense durante la entrevista), antecedentes médicoquirúrgicos y ginecológicos, uso de métodos anticonceptivos, paridad, embarazo actual, abuso o violencia sexual anteriores, entre otras preguntas. Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


EXPERTICIAS QUE INTEGRAN EL CAMPO DE LA SEXOLOGÍA FORENSE (V) Examen médico legal del área genital Inicialmente se realiza una inspección del área genital con sus estructuras en reposo para establecer la presencia (o ausencia) de lesiones, recuperar evidencia traza a este nivel, evaluar caracteres sexuales secundarios para determinar edad y valorar signos clínicos de embarazo o infección de transmisión sexual. Tanto en las víctimas femeninas como en las masculinas a nivel de genitales externos se pueden observar traumas leves secundarios o inherentes a maniobras sexuales, tales como eritema, edema, equimosis, excoriaciones, ulceraciones, fisuras o desgarros leves a nivel de piel, así como en la mucosa vaginal y la horquilla vulvar (en víctimas de sexo femenino), los cuales hay que identificar adecuadamente. Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


EXPERTICIAS QUE INTEGRAN EL CAMPO DE LA SEXOLOGÍA FORENSE (VI) Examen médico legal del área genital (II) Sin embargo, es preciso recordar que en algunos casos, tales actos no dejan evidencia física observable en la víctima y esto no descarta su ocurrencia. Examinar muy bien la zona púbica y cara interna de los muslos en busca de secreciones secas, pelos sueltos o cualquier otro elemento que pueda relacionarse con el hecho, en cuyo caso se tomarán las respectivas muestras.

Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


EXPERTICIAS QUE INTEGRAN EL CAMPO DE LA SEXOLOGÍA FORENSE (VII) Experticia ginecológica Experticia en la cual se describen las características de la agresión o abuso, sin clasificarla jurídicamente; día y hora en que ocurrió, consignando circunstancias relevantes.

Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


EXPERTICIAS QUE INTEGRAN EL CAMPO DE LA SEXOLOGÍA FORENSE (VIII) Examen del himen Una vez expuesto adecuadamente el himen (maniobra de las riendas de Simonin, 1980), evaluar su forma, integridad y elasticidad. Teniendo en cuenta las características del borde libre y del orificio, se debe registrar en el informe pericial la forma y tipo de himen, así como su estado. Si se trata de un hecho reciente y según el relato de la víctima, se deben tomar muestras de introito y fondo vaginal, para buscar semen, espermatozoides u otro tipo de evidencia.

Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


EXPERTICIAS QUE INTEGRAN EL CAMPO DE LA SEXOLOGÍA FORENSE (IX) Examen médico legal del ano El ano es un simple orificio que se halla en el extremo terminal del tubo digestivo y se trata de una abertura a través de la cual los materiales de desecho de las heces salen del cuerpo. Su importancia médico legal consiste en la determinación de signos de coitos recientes.

Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


EXPERTICIAS QUE INTEGRAN EL CAMPO DE LA SEXOLOGÍA FORENSE (X) Examen médico legal del ano (II) Para evaluar el ano y la región perianal, se pide al paciente colocarse en posición genupectoral. El examen incluye los siguientes procedimientos: 1. Evaluar la presencia de evidencias como secreciones secas, pelos sueltos o cualquier otro elemento que pueda relacionarse con el hecho, en cuyo caso se colectaran las respectivas muestras.

Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


EXPERTICIAS QUE INTEGRAN EL CAMPO DE LA SEXOLOGÍA FORENSE (XI) Examen médico legal del ano (III) 2. Buscar y registrar en el dictamen la presencia (o ausencia) de signos clínicos de infección de transmisión sexual tales como chancros o condilomas. 3. Inspección del ano, se debe evaluar y registrar en el informe: - Forma. - Tono. - Pliegues. - Presencias o ausencias de lesiones. - Colectas de muestras de hisopado anal. Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


EXPERTICIAS QUE INTEGRAN EL CAMPO DE LA SEXOLOGÍA FORENSE (XII) Examen médico legal del acusado En primer lugar hay que considerar dos elementos: 1) orden judicial y 2) el consentimiento informado por parte del acusado. Partiendo de esto, el examen tiene como función determinar presencia o ausencia de signos recientes de coito efectuados con violencia o no. Dentro de este examen, el médico forense determina: - Capacidad de erección. - Forma y tamaño del pene. - Fuerza física para vencer a la víctima. Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


EXPERTICIAS QUE INTEGRAN EL CAMPO DE LA SEXOLOGÍA FORENSE (XIII) Experticia reconocimiento legal del pene del acusado Informe de reconocimiento médico. Medición del pene: PENEMETRÍA.

Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


EXPERTICIAS QUE INTEGRAN EL CAMPO DE LA OBSTETRICIA FORENSE Reconocimiento médico legal. Examen médico forense Es un examen médico que realiza un profesional de la medicina aplicando sus conocimientos obtenidos por parte de la ciencia médica.

Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


EXPERTICIAS QUE INTEGRAN EL CAMPO DE LA OBSTETRICIA FORENSE (II) Docimasias o Pruebas de Vida Las docimasias se distinguen según su naturaleza, es decir, de acuerdo con las distintas manifestaciones vitales que pueden acreditarse a posteriori en el cadáver. Pueden clasificarse en dos grandes categorías: docimasias respiratorias y docimasias no respiratorias.

Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


EXPERTICIAS QUE INTEGRAN EL CAMPO DE LA OBSTETRICIA FORENSE (III) Docimasias Respiratorias Son las dirigidas a comprobar el complejo de fenómenos mecánicos toráxicopulmonares que permiten la utilización del oxígeno atmosférico a través de los pulmones, a los fines de la hematosis. Se pueden dividir en dos categorías: 1.- Docimasias directas sobre el pulmón (macroscópicas y microscópicas). 2.- Docimasias extrapulmonares (intestinal, auricular) ligadas también a la prueba de la respiración. Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


EXPERTICIAS QUE INTEGRAN EL CAMPO DE LA OBSTETRICIA FORENSE (IV) Docimasias directas sobre el pulmón a) Docimasia pulmonar hidrostática (docimasia galénica): se basa en el fenómeno físico de disminución de la densidad o peso específico del pulmón en cuyo interior ha penetrado aire. Se realiza en cuatro tiempos:

Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


EXPERTICIAS QUE INTEGRAN EL CAMPO DE LA OBSTETRICIA FORENSE (V) 1)Se toma en bloque el árbol traqueobronquial y pulmonar y se coloca en un recipiente que contenga agua (15 a 20 grados) y se observa si flota o se hunde. 2) Se toma un pulmón entero y luego partes o fragmentos de él, y se ve si flotan o se hunden (fijándose igualmente si sólo algunos de los fragmentos flotan y otros en cambio se hunden).

Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


EXPERTICIAS QUE INTEGRAN EL CAMPO DE LA OBSTETRICIA FORENSE (VI) 3) Se toma un trozo de pulmón que haya flotado, dejando hacia arriba la superficie de sección y se comprime fuertemente bajo el agua. Puede ser que se desprendan de ese pulmón burbujas de aire que se depositan en forma de espuma en la superficie.

4) Se toma un pedazo de pulmón que haya flotado, esta vez comprimiéndolo violenta y repetidamente dentro de la mano o contra las paredes del recipiente y al soltarlo en el agua, apreciar si sigue flotando o se hunde después de la compresión. Cuando hay flotación en los tiempos primero, segundo y cuarto, y burbujas en el tercero, se puede considerar, en principio, que el pulmón ha respirado. Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


EXPERTICIAS QUE INTEGRAN EL CAMPO DE LA OBSTETRICIA FORENSE (VII) Causas de posibles errores en la prueba de docimasia pulmonar hidrostática: - Putrefacción gaseosa del pulmón: flotación franca en el primer tiempo; flotación de algunos trozos solamente en el segundo tiempo; formación de burbujas más grandes y desiguales y menos abundantes, sin formación de espuma superficial franca, en el tercer tiempo; y hundimiento del trozo pulmonar en el cuarto tiempo.

Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


EXPERTICIAS QUE INTEGRAN EL CAMPO DE LA OBSTETRICIA FORENSE (VIII) En el caso de insuflación: 1.- La distensión pasiva por insuflación se hace por islotes, que se destacan sobre el resto de la superficie y es mayor cuando la muerte es más reciente. 2.- Cuando la insuflación es violenta y repetida puede obtenerse distensión total.

3.- El dato complementario de mayor importancia lo da el estómago y a veces el duodeno, ampliamente distendidos en la insuflación. Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


EXPERTICIAS QUE INTEGRAN EL CAMPO DE LA OBSTETRICIA FORENSE (IX) Docimasia óptica o visual. Propuesto por Bouchut en 1862, se basa en la apreciación de las características microscópicas y físicas del pulmón, para diferenciar el que ha respirado del fetal. Docimasia histológica del pulmón. Consiste en el estudio histológico y microscópico del tejido pulmonar para diferenciar el pulmón ectásico del anectásico, así como apreciar la putrefacción y la insuflación como causas de posibles errores. Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


EXPERTICIAS QUE INTEGRAN EL CAMPO DE LA OBSTETRICIA FORENSE (X) DOCIMASIAS EXTRAPULMONARES: Docimasia gastrointestinal de Breslau. Se funda en el principio de que el recién nacido, cuando inicia los movimientos respiratorios, deglute simultáneamente aire que se acumula en el estómago y que puede pasar al intestino delgado y grueso. Se liga previamente a la disección, el esófago a nivel del cardias y el duodeno en la proximidad del píloro. Desprendido el estómago, se observa si flota en el agua y si después de practicársele una incisión bajo el agua, salen burbujas de él. Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


EXPERTICIAS QUE INTEGRAN EL CAMPO DE LA OBSTETRICIA FORENSE (XI) Docimasia auricular de Mendt-Wreden. Se basa en un principio análogo al precedente, es decir, en la posibilidad de penetración de aire, con los primeros movimientos deglutivos, en la trompa de Eustaquio y en la cavidad auricular. Se coloca la cabeza del cadáver bajo el agua, y eventualmente, seccionando por su base el pabellón auricular para una visualización más clara, se punza con una aguja un poco gruesa, la membrana timpánica. Si el niño había respirado, se ven salir por el conducto auditivo, una o dos pequeñas burbujas de aire.

Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


IMPORTANCIA LEGAL DE LAS EXPERTICIAS QUE INTEGRAN EL CAMPO DE LA SEXOLOGÍA FORENSE Y DE LA OBSTETRICIA FORENSE Su importancia radica en el esclarecimientos de los hechos delictivos, para así, hacer justicia, teniendo esto último como la finalidad de todo proceso penal, de acuerdo al artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal: Finalidad del Proceso. Artículo 13. El proceso debe establecer la verdad de los hechos por las vías jurídicas, y la justicia en la aplicación del derecho, y a esta finalidad deberá atenerse el juez o jueza al adoptar su decisión. Las experticias que integran el campo de la sexología forense y la de obstetricia forense, le permiten al Juez adoptar una decisión apegada a estricto Derecho, ya que se debe tener en consideración que el Juez no tiene conocimientos en tales ciencias, razón por la cual, se auxilia a la administración de justicia con la ayuda de los expertos. Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


ESTADOS INTERSEXUALES Y SUS CROMOSOMOPATÍAS Los estados intersexuales son aquellos en que, principalmente la presencia de genitales externos ambiguos, origina la duda acerca del sexo de las personas. Se clasifican en 4 grandes grupos: 1. Seudohermafroditismo masculino.- Pacientes con cariotipo XY, testículos (inmaduros) y genitales externos incompleta o erróneamente diferenciados. 2. Seudohermafroditismo femenino.- Pacientes con cariotipo XX, ovarios, genitales internos femeninos y genitales externos ambiguos (masculinizados). Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


ESTADOS INTERSEXUALES Y SUS CROMOSOMOPATÍAS (II) 3. Hermafroditismo verdadero.- Sexo cromosómico XX en el 75% de los casos y XY o con mosaicismo en el 25% restante. En forma característica presentan tanto tejido testicular como ovárico. Genitales externos ambiguos. Grados variables de desarrollo de los conductos Wolfianos y/o Mullerianos.

Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


ESTADOS INTERSEXUALES Y SUS CROMOSOMOPATÍAS (III) 4. Disgenesia gonadal.- Incluyen las anomalías cromosómicas, tales como monosomías (XO o Síndrome de Turner). Aneuploidias como la XXY o Síndrome de Klinefelter, Mosaicismos (2 o más estirpes celulares en un mismo individuo), y alteraciones de la morfología cromosómica (deleciones, isocromosomas, cromosomas anulares). Generalmente las personas no presentan ambigüedad sexual, sino desarrollo sexual incompleto.

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ESTADOS INTERSEXUALES Y SUS CROMOSOMOPATÍAS (IV) Mutación cromosómica. Las mutaciones cromosómicas o cromosomopatías son alteraciones en el número de genes o en el orden de estos dentro de los cromosomas. Las mutaciones cromosómicas o cromosomopatías son alteraciones en el número de genes o en el orden de estos dentro de los cromosomas. Se deben a errores durante la gametogénesis (formación de los gametos por meiosis) o de las primeras divisiones del cigoto. En el primer caso la anomalía estará presente en todas las líneas celulares del individuo, mientras que cuando la anomalía se produce en el cigoto puede dar lugar a mosaicismo, coexistiendo por tanto poblaciones de células normales con otras que presentan mutaciones cromosómicas. Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


ACTUACIÓN DE LOS MÉDICOS Hay ciertos principios para la actuación de los médicos legistas que hay que tener siempre presente, y son: 1º El médico legista (forense) debe actuar siempre con la ciencia del médico, la veracidad del testigo y la ecuanimidad del juez. 2º Debe actuar con perspicacia e independencia en sus actos, lo que se traduce en que "debe abrir bien los ojos y cerrar los oídos". 3º Debe tener presente el valor de la excepción. Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


ACTUACIÓN DE LOS MÉDICOS (II) 4º Debe tener una sana desconfianza en los signos.

5º El médico forense debe actuar con procedimiento metódico: no admitir, sino aquello que se manifiesta como real y evidente, dividir dificultades y resolver primero lo más sencillo. 6º No debe confiarse en su memoria. 7º Debe tener presente la característica de la irreversibilidad de un peritaje. 8º Debe pensar con claridad para escribir con precisión. 9º Debe hacer una valoración de palabras.

Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS: • Diplomado en Investigación Criminal y Ciencias Forenses. Universidad Dr. José Gregorio Hernández. Módulo 4: Ciencias Forense: Semana 1. Material de estudio: obstetricia forense.

• Código Orgánico Procesal Penal: 2012. • Medicina Legal 6ta Edición. José Félix Martín Corona. Ediciones Librería Destino, 2008. Caracas, Venezuela

Abg. JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL


REFERENCIAS ELECTRÓNICAS: • https://espaciopenal.blogspot.com/ • https://espaciopenal.wordpress.com/ • https://es.wikipedia.org/wiki/Estados_intersexuales • https://es.wikipedia.org/wiki/Mutaci%C3%B3n_cromos%C3%B3mica

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