FETE-UGT y la Negociación Colectiva en la Enseñanza Privada
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Secretaría Enseñanza Privada. Avda. América 25-4ª planta ; 28002 Madrid 91/589.71.92 e-mail: privada@fete.ugt.org
En la Enseñanza Privada, FETE-UGT. Si algún sindicato de la enseñanza ha contribuido de manera especial al desarrollo sectorial de las Enseñanzas Concertada y Privada así como del reconocimiento de sus trabajadores, ese ha sido FETE-UGT. Ya no existe ninguna duda de que la Enseñanza Concertada concebida como servicio público tal y como hoy la conocemos, sin la presencia de la Federación de Trabajadores de la Enseñanza de UGT, sería diferente. Y no es una opinión gratuita sino que pretendemos constatar de manera empírica cuál es la organización que más ha contribuido al estatus actual del sector privado de la Enseñanza, de las condiciones de trabajo y de los salarios de sus trabajadores así como de las características especiales que le confieren la identidad propia de sector incluido en el Sistema Público Educativo configurado por las dos redes educativas sostenidas con fondos públicos (total o parcialmente), las Enseñanzas Pública y Concertada. Una vez que tenemos todos los datos y los argumentos es fácil formarse una opinión de la historia. Hoy es fácil encontrar elementos de crítica a los convenios colectivos de la Enseñanza Privada y al régimen jurídico existente en la regulación educativo-laboral en la Enseñanza Concertada; es posible encontrar lagunas jurídicas que aún estén por mejorar y es necesario encontrar espacios por donde avanzar sabiendo que (y hay que ser conscientes de que así es la realidad) no es tan asequible la solución que todos hubiésemos deseado para conseguir implantarlo adecuadamente. Cualquiera puede ahora, en el curso escolar 2014-2015, ver las deficiencias y los puntos fuertes de los convenios colectivos. Pero ante tal hecho hay que explicar cómo hemos llegado hasta aquí, qué es lo que queremos hacer y cuál es el horizonte que se le ve al sector.
_____________________________ Es fácil encontrar lagunas jurídicas y dificultades negociales a los convenios colectivos y a los acuerdos. Conocemos las necesidades de los trabajadores: mejorar su marco regulador de condiciones de trabajo; lo asumimos como reto y objetivo de las futuras mesas negociadoras.
__________________________________ Sin embargo conviene recordar la idea esencial que podría ser olvidada si no se explica adecuadamente: que sin FETE-UGT no se entenderían los Convenios Colectivos, las tablas salariales, los Acuerdos de Centros en Crisis y/o Mantenimiento del Empleo estatales y autonómicos, los Acuerdos de Homologación, ni el Pago Delegado ni numerosos acuerdos de plantillas, de acumulación de horas de lactancia, de reducción de jornada en algunas CCAA ni otros muchos avances que han situado a la Enseñanza Concertada y en menor medida a otros convenios de la Enseñanza Privada donde hoy están. Por supuesto, aún estamos lejos de donde merecemos estar los trabajadores, pero mucho más cerca de lo que nuestros predecesores en el sector (verdaderos impulsores de la evolución de los trabajadores de la Enseñanza Privada) hubiesen soñado a finales de los años 70 o a comienzos de la década de los 80 porque los avances siempre han sido un trabajo colectivo intergeneracional.
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Dicho de otro modo: o
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No se habrían desarrollado la normativa general de los trabajadores, las relaciones laborales ni los salarios en el sector sin la existencia de Federación de Enseñanza de UGT; No existiría el pago delegado (pago directo como se conoció en origen) si FETEUGT no hubiese tenido claro que esa evolución se tendría que hacer mejorando exponencialmente las condiciones de trabajo y salariales de los trabajadores de aquella antigua Enseñanza Privada Subvencionada, que fue la previa a la Concertada, por el hecho de haber regularizado la normativa del sostenimiento de los centros por los fondos públicos; FETE-UGT apoyó desde el principio la LODE y el modelo de Enseñanza Concertada que garantizaría la universalización de la Educación en España. Modelo que no existía en aquel momento y que aparecería integrado dentro de en un Sistema Público, por tanto con compromisos en derechos y obligaciones para los centros y para los trabajadores, e incorporando elementos inherentes de servicio público. Al mismo tiempo que FETE-UGT tuvo una posición crítica y firme pero respetuosa con el objetivo social que se perseguía, hubo posiciones diversas en las organizaciones sindicales. Unos en lo idílico de su modelo de escuela y otros en contra del incipiente modelo concertado aunque posteriormente lo abrazaran y defendieron como suyo.
Pero aún queda margen de mejora. Por eso es una obligación y una autoexigencia, de quienes siendo trabajadores de la Enseñanza Privada y nos dedicamos voluntaria y coyunturalmente a la negociación colectiva de nuestros sectores de referencia, el seguir buscando el mayor beneficio para los trabajadores del Sistema Público Educativo (y la Enseñanza Concertada forma parte de él) así como las mejores condiciones laborales y salariales para la totalidad de los trabajadores del sector privado de la Enseñanza sea cual sea su convenio colectivo de referencia. Ponemos a tu disposición este riguroso documento elaborado por la Federación de Trabajadores de la Enseñanza de UGT con la voluntad de informar, acercar al conjunto del sector la historia de la negociación colectiva del sector privado de la Enseñanza y sobre todo de recordar que lo poco o mucho que hoy tenemos los trabajadores no siempre fue así. Que los convenios colectivos y los acuerdos que mejoran salario, permiten acumular horas de lactancia, encontrar nuevo centro de trabajo mediante Acuerdos de centros en crisis cuando cierra uno, la consecución del pago delegado y otras muchas cuestiones son la consecuencia de la negociación colectiva y el fruto de las relaciones laborales entre las organizaciones sindicales y patronales legitimadas para ello y, en ocasiones, de la traslación de la misma negociación con la Administración. Y FETE-UGT ha sido, es y quiere seguir siendo el actor protagonista de la evolución del sector. Secretaría de Enseñanza Privada de FETE-UGT
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¿Quiénes somos? UGT es una confederación sindical constituida en 1888. Uno de los dos sindicatos mayoritarios, dentro de los más representativos, y por ello es un necesario interlocutor social. La Unión General de Trabajadores es una organización progresista, comprometida, reivindicativa, democrática e independiente con presencia en todos los sectores de actividad y en todo el territorio español. ¿Qué defendemos? Los sindicatos constituimos uno de los engranajes del sistema democrático. Su papel y relevancia está reconocido en el Título Preliminar, artículo 7 de la Constitución Española de 1978, al igual que lo están los partidos políticos, en el artículo 6, y otras instituciones del Estado en el mismo título. La Constitución nos encomienda los intereses generales de los trabajadores. Nuestra legitimidad procede de las elecciones que celebramos con carácter periódico en las empresas. Esto otorga nuestra representatividad. Defendemos condiciones, trabajadores trabajen, sea
los intereses del conjunto de los trabajadores en cualquiera de sus trabajen o no, sean fijos o temporales. Defendemos a todos los con carácter integral y no a un colectivo concreto, trabajen donde en el sector público o en el sector privado. A todos sin distinción.
¿Cuántos afiliados tenemos?, ¿y cuántos delegados? UGT cuenta con 1.100.000 afiliados. El número de delegados lo determinan las elecciones sindicales que se celebran en las empresas cada cuatro años y que no se circunscriben a un determinado periodo de tiempo. Se trata de un proceso dinámico que se va reproduciendo paulatinamente en las empresas, y que se renueva cada cuatro años. Se celebran cerca de 100.000 procesos electorales que nos otorgan una representación de cerca del 40% de los trabajadores de la totalidad de los distintos sectores profesionales del país, incluida la Enseñanza. ¿Qué hacemos y cómo lo hacemos? Lo que nos mueve es la defensa de los intereses de los trabajadores. Y lo hacemos de diversas maneras:
Combinando la acción y la negociación y siempre a la búsqueda del consenso, de acuerdos. Ese ha sido un objetivo de la acción sindical en los últimos treinta años. En la empresa. A través de la negociación Colectiva. Nuestro primer campo de acción son los centros de trabajo. En este ámbito se concitan dos realidades: la fuerza y capacidad de resolver problemas, por un lado, y la capacidad de superar conflictos junto con una situación laboral precaria, por otro. Esto hace necesaria la presencia y la acción del sindicato en la empresa. Negociamos más de 4.500 convenios colectivos. De ello se benefician cerca de 11.000.000 de trabajadores, estén o no estén afiliados al sindicato.
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Desarrollamos nuestra acción sindical a través de la negociación colectiva en aproximadamente 1.100.000 empresas estando aquí incluidas las empresas del sector educativo.
Otras acciones UGT es miembro fundador de la Confederación Europea de Sindicatos (CES) y de la Confederación Sindical Internacional (CSI), antigua CIOSL. Asimismo, formamos parte de los Comités Ejecutivos europeo y mundial de ambas confederaciones sindicales. Desarrollamos labores de cooperación sindical en América Latina y África, y apoyamos y trabajamos por la formación de trabajadores, formación sindical, investigación, etc. ¿Qué es FETE-UGT? FETE-UGT es la Federación de Trabajadores de la Enseñanza de UGT -FETE-UGT-. Se constituye con sus actuales siglas en Abril de 1931, teniendo como antecedentes la Asociación de Profesores Racionalistas (1909) y la Asociación General de Maestros (1912). Nuestra organización sindical está implantada en todos los niveles educativos, en todas las Comunidades autónomas y provincias, tanto en el sector público como privado, lo que permite una acción sindical coherente y solidaria: una acción sindical total y en ningún caso parcial o localizada en un colectivo determinado. FETE-UGT es un sindicato que, a lo largo de su historia, ha trabajado siempre por la mejora del sistema educativo y las condiciones laborales y salariales de todos los trabajadores y trabajadoras de la enseñanza.
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Todo empezó con la Negociación Colectiva. No es ninguna novedad decir que UGT y su Federación de Enseñanza en el ámbito de la Educación han mostrado desde siempre una especial preocupación por la Negociación Colectiva sectorial. Es decir, la Negociación Colectiva que regula las condiciones de trabajo y los salarios de las empresas de un sector profesional que se dedican a lo mismo. En el ámbito de la Enseñanza Privada serían los centros de trabajo y empresas que, porque tienen un mismo ámbito funcional y se dedican a lo mismo, tienen un mismo marco regulador de sus condiciones de trabajo. Preocupa especialmente la atomización de los convenios, es decir, la ruptura de Convenios Colectivos fuertes y sólidos de los que emanen convenios para colectivos más pequeños y con menos capacidad de control sindical en los que el empresario o empleador pueda ejercer una mayor presión sobre las condiciones pactadas de sus trabajadores. ______________________________ FETE-UGT defiende la Negociación Colectiva sectorial en la que los sindicatos y patronales negocian para todo un sector profesional frente a la Negociación Colectiva fragmentada para colectivos pequeños o la Negociación Individual en la que se resuelve el conflicto en relación individual entre empleador y trabajador.
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Como trabajador de la Enseñanza Privada has de saber que existen numerosos Convenios Colectivos sectoriales estatales, autonómicos y provinciales diferentes dependiendo del ámbito funcional y de la actividad de cada empresa: Enseñanza Concertada, Enseñanza Privada no Concertada, Educación Especial y Atención a la Discapacidad, Enseñanza No Reglada, Educación Infantil, Universidades Privadas e Investigación, Universidades Privadas y Centros de Postgraduados, Autoescuelas, Colegios Mayores Universitarios Privados y Enseñanzas Especiales como Escuelas de Peluquería o Musicales. Lógicamente cada uno con su denominación exacta y su espacio propio de aplicación. Pero todos ellos tienen reguladas sus condiciones de trabajo y sus salarios por estos convenios colectivos. Y cuanto más pequeño es el convenio colectivo menor es la capacidad de acción de los sindicatos frente a las patronales.
_____________________________ Sin sindicatos de la Enseñanza dispuestos a negociar para acordar no habrían existido los Convenios Colectivos y, el día a día de los trabajadores de la Enseñanza Concertada, del sector privado de la Enseñanza o Discapacidad, habría sido el fruto de la negociación Individual con cada empresario o Titular del centro.
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Pero, ¿qué es un Convenio Colectivo?, ¿cómo se llega a conseguirlo? Los Convenios Colectivos son acuerdos vinculantes entre los representantes de los trabajadores y los empresarios, que regulan las condiciones laborales de un determinado colectivo. En los Convenios Colectivos sectoriales (vinculan a un sector profesional como en nuestro caso el de Concertada, Educación Infantil,…) los acuerdos se tienen que producir entre las organizaciones sindicales como legítimas representantes de los trabajadores y las organizaciones patronales como legítimas representantes de las empresas de un determinado sector. ______________________________ Para FETE-UGT la Negociación Colectiva es el instrumento fundamental para mejorar poniendo en práctica los planteamientos y reivindicaciones de los trabajadores, favoreciendo la defensa colectiva de sus derechos y evitando la individualización de las relaciones laborales entre trabajador y empresario.
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Obviamente, la Negociación Colectiva para la Federación de Trabajadores de la Enseñanza (FETE-UGT) es la máxima expresión y el instrumento fundamental de la acción sindical porque permite poner en práctica los planteamientos y reivindicaciones como sindicato, favorece la defensa colectiva de los derechos de los trabajadores, mejora y amplía los derechos reconocidos en las leyes laborales como por ejemplo el Estatuto de los Trabajadores. Se evita también la individualización de las relaciones laborales, contrarresta el poder organizativo del empresario, favorece el diálogo y demuestra la fuerza que tienen los trabajadores si actúan de forma conjunta y solidaria y debilita la imposición como por ejemplo como se facilita con la reforma laboral (Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral). Pero lo que los trabajadores de la Enseñanza Privada hoy conocemos en nuestra realidad laboral no siempre fue así. Y lo que en apariencia hoy planteamos como verdades absolutas y realidades diversas ha tenido su propia evolución. Dicho de otro modo, sin sindicatos de la Enseñanza dispuestos a negociar para acordar no habrían existido los Convenios Colectivos y el día a día de los trabajadores de las Enseñanzas Concertada, Privadas o Discapacidad habría sido el fruto de la negociación individual con cada empresario o Titular del centro con referencias básicas como las de la legislación general. Y no todas las organizaciones han influido de igual manera en los Convenios Colectivos o en el asentamiento de los trabajadores del sector privado de la Enseñanza en la sociedad. Podemos avanzar en unas primeras conclusiones que desarrollaremos a lo largo del texto que: FETE-UGT fue el sindicato que apostó por la LODE en 1.985 (Ley de la que emana la actual regulación con la garantía salarial del pago delegado para el personal docente y los consejos escolares) en unos momentos en que unos se manifestaban contra ella.
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FETE-UGT ha vertebrado la Negociación Colectiva del sector privado de la Enseñanza. Quien lideró la defensa del Pago Delegado fue FETE-UGT. Que la lucha en términos absolutos por la homologación total ha sido iniciativa de FETE-UGT en base a la idea-fuerza de la integración e inserción de la Enseñanza Concertada por ofrecer un servicio público y por tanto por pertenecer al sistema público educativo en igualdad de derechos y obligaciones. Sin la asunción de este criterio la homologación no se entiende. Que desde el momento que ofrecemos un servicio público es defendible nuestra fórmula de “A igual trabajo, igual salario”. La idea de mantenimiento de todos los puestos de trabajo mediante los acuerdos de centros en crisis y/o mantenimiento del empleo fue en todo momento por la organización sindical FETE-UGT pues fue un elemento esencial del desarrollo de la LODE en el que nuestra organización fue especialmente incisiva. Que la gran mayoría de los acuerdos autonómicos de homologación, que se han producido desde 1.985, han tenido como actor protagonista a las Federaciones Autonómicas de FETE-UGT y su gran capacidad negociadora. FETE-UGT siempre apoyó los conceptos comunes al cooperativismo y al asociacionismo como modelo cooperación, modelo social y progreso de la economía social.
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Y llegó el I Convenio de la Enseñanza Concertada Con fecha 13 de abril de 1994 (BOE del 29), se publica el I Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos. Con este I Convenio Colectivo de Enseñanza Concertada (vital para que la Concertada hoy tenga el cuerpo y estructura que tiene), FETE-UGT estuvo a la altura para reordenar el organigrama de la Negociación Colectiva en la Enseñanza Privada. Acompañó en el compromiso por el sector por la parte sindical FSIE, USO y ELA-STV quedándose fuera de la firma CCOO. Entre tanto y a lo largo de la década de los 80, se habían publicado diversos convenios colectivos que confirman la ruptura de la unidad negociadora entre organizaciones al tiempo que se atomizaban los convenios colectivos. Por Resolución de 5 de mayo de 1980 (BOE del 28), se publica el Primer Convenio Colectivo de ámbito estatal para las Autoescuelas, ya citado. Con anterioridad ya se había publicado el Primer Convenio Colectivo para Centros de asistencia y atención a deficientes mentales y minusválidos físicos. Mediante Resolución de 22 de abril de 1982 (BOE de 19 de junio) se publica el Primer Convenio Colectivo para Centros de Educación Universitaria e Investigación. El 13 de julio de 1984 se publica la Resolución (BOE del 27 de agosto), por la que se publica e inscribe el I Convenio Colectivo de Centros Infantiles, estableciendo las categorías de maternales (0 a 24 meses), Jardines de Infancia ( 2 y 3 años) y Parvulario ( 4 y 5 años).
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Por Resolución de 21 de abril de 1986 (BOE de 6 de mayo), se publica el I Convenio Colectivo Nacional de Enseñanza Privada sin ningún nivel concertado o subvencionado. La atomización fue mayor pero, con este breve recorrido, hemos pretendido señalar el marco histórico cercano de la Negociación Colectiva en la Enseñanza Privada. Cada uno deberá asociar esta situación a la evolución y avatares socio-políticos de la época y en la que podemos destacar una muy grave inflación y una situación política de transición inestable, junto con un sindicalismo incipiente que se iba introduciendo en los modelos democráticos de negociación y en las elecciones sindicales como modo de representación y legitimación negocial. Posteriormente al punto histórico en el que dejamos este breve resumen de la Negociación Colectiva del sector hay que señalar que las organizaciones hemos seguido avanzando unas con más compromiso que otras en las relaciones laborales del sector. Tan sólo unas puntualizaciones clarificadoras respecto de los 6 Convenios Colectivos de la Enseñanza Concertada que han de ayudar a conocer mejor la realidad del sector FETE-UGT ha firmado y ha sido clave en los seis convenios de la Enseñanza Concertada. En el I, II, V y VI (el vigente) negociando duramente y firmando. FETE-UGT consideró a todas luces insuficiente el III y el IV, por lo que no participó en la firma de los mismos. Se consuma en el IV el profundo error histórico que fue la supresión del Premio de Jubilación por la actual Paga de Antigüedad que, ni por asomo, se parecen y que ha sido causa de tantos problemas desde su creación. LODE En julio de 1.985 entró en vigor la Ley Orgánica del Derecho a la Educación. Fue una Ley que vino a modernizar el Sistema Educativo Español en base a unos conceptos que poco tenían de indiferentes: universalizar la enseñanza obligatoria y promover la participación en los centros. Sin duda, son unos saltos cualitativos. La LODE no vino a suprimir el esquema de doble red tradicional en las enseñanzas primarias y medias conocidas entonces como red de centros estatales y red de centros no estatales. Lo que sí vino fue a clarificar y distinguir dentro de los no estatales la situación de los centros privados no subvencionados y la de los centros no estatales sostenidos con fondos públicos. Por tanto, la primera conclusión es que para conseguir el proyecto general y fin último de universalizar la educación se crearon los conciertos educativos. En ese momento la Ley aceptó el principio de que personas o instituciones con preocupación por la enseñanza crearan establecimientos docentes y se ofrecían a cooperar en la prestación del servicio público gratuito de la enseñanza, comprometiéndose mediante concierto con la Administración bajo ciertas condiciones en cuanto a calidad y modo de gestión de la prestación de ese servicio. La LODE reconoce en origen a los centros concertados el valor de esas iniciativas y prevé en aquellos momentos un sistema en el que los centros no estatales pudieran establecer su carácter propio, aportar el cuerpo de profesores que ya tenía o en el que reuniesen los de nueva creación, así como las comunidades escolares que lo integrasen con el objetivo de hacerlos más participativos mediante los consejos escolares
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democratizando los centros educativos. Confluían ahí los dos ejes de servicio público educativo: Conciertos Educativos y Consejos Escolares de Centro. Hay que añadir que la LODE y sobre todo del RD 2377/85 de 18 de diciembre, de Normas Básicas de Conciertos Educativos, tuvo alguna carencia que, pasados los años y los distintos gobiernos aún queda pendiente de resolver. Por ejemplo sigue pendiente la incorporación del PAS a la partida personal en pago delegado, una financiación adecuada de la partida de otros gastos que garantice la gratuidad total de la enseñanza, la correcta homologación en todos los conceptos: salarios, sexenios, plantillas (tanto cuantitativamente como por titulaciones), formación inicial, etc. Lo que la Ley en ese momento no pudo afrontar por favorecer el objetivo fundamental de universalizar la Educación sí que se ha debido ir paulatinamente alcanzando y ya tenía que estar plenamente conseguido, más aún con las transferencias educativas a las Comunidades Autónomas. El aspecto referente a los Consejos Escolares y al control democrático de los centros escolares es un elemento que progresivamente ha ido perdiendo esencia desde la aprobación de la LODE y que objetivamente habría que recuperar con el fin de establecer posiciones garantistas con sus trabajadores. Primer Acuerdo de centros en crisis Tras la publicación de la LODE (1985) que supuso entre otros grandes logros, la aplicación del Pago Delegado a los profesores de los centros concertados, se suprimieron 2.000 unidades escolares en los centros que no tenían la clasificación definitiva pero que dependían parcial o totalmente de financiación pública. Conviene recordar que dichas unidades se repartían en lo que denominábamos territorio MEC, es decir, las comunidades que aún no contaban con transferencias en educación. La reticencia a recolocar a los profesores por parte de los titulares de los centros era muy grande. Sin embargo, La presión de los sindicatos, especialmente de FETE-UGT, logró que se convocara la primera mesa de negociación para los ya denominados Centros en Crisis que culminó con el Acuerdo para los centros en crisis. Dicho acuerdo se firmó el 8 de Julio de 1986. Dado que la aplicación de la LODE comenzaría en el curso 1986/87, la mesa de seguimiento para la recolocación del profesorado empezó sus trabajos a primeros de Septiembre del citado curso. Así, tras una larga tarea de casi dos años, se recolocaron todos los afectados, llegando incluso a permutar entre distintas comunidades. Poco tiempo después, las comunidades históricas o transferidas negociaron sus propios acuerdos de centros en crisis, inicialmente similares al del Territorio MEC. Este fue uno de los grandes logros del que nuestro sindicato puede sentirse satisfecho. Lo que demuestra que la negociación, unida a la presión y la acción sindical da grandes frutos y que el sindicalismo, hoy más que nunca, sigue siendo necesario.
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Pacto por la Educación La IX Legislatura de España, entre los años 2008 y 2011 fue considerada en términos educativos como la Legislatura del Pacto por la Educación de Ángel Gabilondo. Sin duda fue la oportunidad única que hasta ahora hemos vivido por estabilizar el sistema educativo con un gran Pacto Social y Político por la educación que afianzase los ejes básicos de consenso para el conjunto de la sociedad. Tras una década de culminación de las transferencias educativas a las Comunidades Autónomas se aproximaba un doble pacto en el parecía que, por fin, se podrían haber sentado las bases de las cesiones compartidas de todos y por el bien de todos. Sin embargo el Pacto no se consiguió. Con respecto al Pacto Político por la Educación hay poco que añadir pues se cumplió el guión marcado. El principal partido de la oposición (el PP en aquella Legislatura) impidió la culminación de ese gran acuerdo de estabilidad. Aunque el texto final recogía una parte de sus reivindicaciones en aras a la corresponsabilidad de hacer un documento final de consenso, el PP confirmó la máxima de “no dar oxígeno al rival político” no suscribiendo el proyecto de Pacto. __________________________ El Objetivo 7 del Pacto por la Educación incluía algo importante para la Enseñanza Concertada, servicio público de calidad, sin discriminación alguna, con autonomía de funcionamiento, con los medios necesarios para atender a todo el alumnado.
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Al tratarse de un texto de carácter sindical vamos a hacer especial hincapié explicando por qué no se pudo culminar el Pacto Social. El proyecto de Pacto incluía una serie de objetivos de la Educación para la década 20102020. Alguno de ellos, no exento de polémica como el Objetivo 7, “La Educación como bien de interés público y derecho de toda la sociedad”. En dicho objetivo 7 aparecía algo muy importante para la Enseñanza Concertada, que todos los centros sostenidos con fondos públicos , los públicos y los concertados, garantizarían un servicio público de calidad, sin discriminación alguna, con autonomía de funcionamiento, con los medios necesarios para atender a todo el alumnado y con equipos de dirección con la máxima profesionalización. Aparecían aspectos igualmente importantes que conllevaban equilibrios importantes y cesiones de todos por el bien del sistema: escolarización equitativa con NEE de distinto tipo, disponer en todos los centros de profesionales y programas específicos adecuados, trasladar medidas compensatorias específicas a ambas redes, el estudio de una mesa de estudio de la cuantía de los módulos de concierto y, entre otras, la creación de una calendario temporal para la equiparación de la remuneración del profesorado de la concertada con el de la red pública en las respectivas etapas. Queda manifestar que la posición de FETE-UGT fue crítica y exigente en la totalidad de los aspectos del Pacto pero leal con lo negociado y por ello comprometió su firma si se daban las circunstancias.
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Pago Delegado El pago directo desde la Administración fue uno de los requisitos fundamentales en los que FETE-UGT estableció las líneas rojas. Habría nuevo modelo de triple red, habría un nuevo modelo de Enseñanza Privada Sostenida Total o Parcialmente con Fondos Públicos, habría una idea de democratizar los centros y se valoraría la participación. Pero sobre todo tendría que haber unas condiciones mínimas con respecto al profesorado que iba a sacar adelante el día a día de los centros. Y el pago delegado fue algo esencial. El pago delegado estuvo siempre en el proyecto de Ley y formaba parte de la idea de socializar los centros educativos privados que se acogían al modelo de conciertos. Era un requisito necesario si se pretendía ayudar en el concepto de Libertad de cátedra por la especial situación que se creaba al ser asalariados por cuenta ajena en empresas privadas pero sabedores de que el pagador era la Administración. Servía igualmente de garantía para recibir las retribuciones mensuales en tiempo y forma y como elemento de control en los despidos discrecionales. En el plano sindical, fue FETE-UGT quien luchó en solitario desde el comienzo por conseguir el pago delegado, después llegaron otros. Porque mientras algunos se manifestaban contra la LODE como si de una enmienda a la totalidad se tratase, otros, los que tenían un modelo de escuela única haciendo prevalecer su propia utopía frente a los fines últimos. Respecto a lo que no se consiguió en aquel momento fue el pago delegado para el PAS, el personal complementario de educación especial como el resto de trabajadores con carácter docente pero que son considerados como personal complementario titulado. Para entender las causas, habría que remontarse a aquellos comienzos del sector y hacer una simple comparativa con la Enseñanza Concertada de hoy. Por otro lado, es cierto que el coste de implantación del sistema necesitaría de una progresividad en la incorporación al pago delegado, progresividad que, una vez contrastado con el paso del tiempo, no se ha materializado y que, por tanto, sigue siendo una prioridad para FETEUGT. Homologación Como hemos explicado anteriormente, la homologación salarial y laboral de los trabajadores de la Enseñanza Concertada es una de las reivindicaciones históricas de FETE-UGT en base al concepto de ofrecimiento de servicio público. La LODE, Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio de 1985, Reguladora del derecho a la Educación establece en su Artº 49.4. que "Las cantidades correspondientes a los salarios del personal docente tenderán a hacer posible gradualmente que la remuneración de aquel sea análoga a la del profesorado estatal de los respectivos niveles". Estos tres conceptos de "tendencia", "gradualidad" y "analogía" los vuelve a recoger el R.D 2377/85 de 18 de diciembre, de Normas Básicas de Conciertos Educativos en su Artº 13.1.a. de la siguiente manera: "Las cantidades correspondientes a salarios del personal docente…, tenderán a hacer posible gradualmente que la remuneración de personal docente sea análoga a la del profesorado estatal de los respectivos niveles de enseñanza objeto del concierto".
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Desde entonces, alcanzar la analogía retributiva en estos términos deja de ser un deseo y reivindicación para pasar a ser un mandato de la Ley y del Real Decreto, que se concretó en el llamado "Acuerdo Básico de Analogía Retributiva del Personal Docente de los Centros Privados Concertados." firmado por el MEC y los Sindicatos más representativos en el sector de la Enseñanza Privada el 11 de marzo de 1988. A lo largo de los años FETE-UGT ha defendido con firmeza la consideración de que hay razones más que suficientes para seguir reivindicando el derecho a la homologación en retribuciones y condiciones de trabajo de todos los trabajadores de los centros sostenidos con fondos públicos que forman parte del servicio público de educación. La situación actual. 1. - VI Convenio Colectivo de empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos. (Código: 99008725011994) Firmado el 19-06-13. Suscrito por las organizaciones empresariales: (EyG), (CECE), (FED-ACES) y (APSEC) y por las centrales sindicales FETE-UGT, FSIE y USO. Publicación en el BOE nº 197 de 17 de agosto de 2013. Ámbito temporal: 01-01-09 al 31–12–19 2.- IX Convenio Colectivo Nacional de centros de Enseñanza Privada de régimen general o Enseñanza Reglada sin ningún nivel concertado o subvencionado. (Código: 99001925011986) Firmado el 18-03-11. Suscrito por las organizaciones empresariales ACADE y CECE y por las centrales sindicales FETE-UGT, CC.OO y FSIE. Publicación en el BOE nº 125 de 26 de mayo de 2011 Ámbito temporal: 1 de enero de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2.013 Se encuentra prorrogado de año en año al no haber sido denunciado según consta en el art. 6 del convenio. 3º.- XIV Convenio Colectivo General de centros y servicios de atención a personas con discapacidad. (Código: 99000985011981) Firmado el 12-07-12. Suscrito por las organizaciones empresariales FEACEM Y AEDIS y por las centrales sindicales FETE-UGT y CC.OO. Publicación en el BOE nº 243 de 9 de octubre de 2012 Ámbito temporal: 1-01-12 hasta 31-12-16
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4º.- VII Convenio 99008825011994)
de
Enseñanza
y
Formación
no
reglada
(Código:
Firmado el 24-02-11 Suscrito por las organizaciones empresariales CECAP, CECE, ACADE-FECEI y ANCED y por las organizaciones sindicales FETE-UGT y CC.OO. Publicación en el BOE nº 102 de 29 de abril de 2011 Ámbito temporal: 01-01-2010 a 31-12-2013 5.- XI Convenio Colectivo de ámbito estatal de centros de asistencia y Educación Infantil. (Código: 99005615011990) Firmado el 10-02-10. Suscrito por las asociaciones empresariales: ACADE, CECEI, EyG, CECE y FEIC y por las centrales sindicales: FETE-UGT, CC.OO, USO y FSIE. Publicación en el BOE nº 70 del lunes 22-03-10 Ámbito temporal: 01-01-10 al 31-12-2013. Prorrogado de año en año al no haber sido denunciado según consta en la Disposición Adicional Primera del convenio. 6º.- XIII Convenio de ámbito estatal para los centros Universitaria e Investigación. (Código: 99000995011982)
de
Educación
Firmado el 24-04-12. Suscrito por las asociaciones empresariales CECE y EyG; y por las centrales sindicales FETE-UGT y CC.OO. Publicación en el BOE nº 295 del lunes 812-08 Ámbito temporal: Desde su publicación en el BOE hasta el 31-12-15 7º.XXII Convenio 99000435011982)
Colectivo
Nacional
de
Autoescuelas.
(Código:
Firmado el 15-07-13. Suscrito por la asociación empresarial CNAE y por las organizaciones sindicales FETE-UGT, CCOO y USO. Publicación en el BOE nº 242 de 9 de octubre de 2013 Ámbito temporal: 01-01-10 al 31-12-14. 8º.- VII Convenio Colectivo Nacional de Colegios Mayores Universitarios Privados. (Código: 99009355011995) Firmado el 19 de julio de 2012. Suscrito por las asociaciones empresariales: CECE, EyG, y ACADE y por las centrales sindicales: FETE-UGT, USO, CCOO y FSIE. Publicado en el BOE nº 240 de 5 de octubre de 2012 Ámbito temporal: Desde su publicación en el BOE y hasta el 31-12-2.014
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9º.- VI Convenio Colectivo estatal para los Centros de Peluquería y Estética, de Enseñanzas Musicales y de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos. (Código: 99009675011995) Firmado el 08-07-13. Suscrito por las asociaciones empresariales: CECE y ACADE, y por las centrales sindicales FETE-UGT, USO y CC.OO. Publicación en el BOE nº 238 de 4 de octubre de 2013 Ámbito temporal: 1-01-11 al 31-12-2017 10º.- VI Convenio de Universidades Privadas, Centros Universitarios Privados y Centros de Formación de Postgraduados. (Código: 99010715011997) Firmado el 3-2-10 Suscrito por las asociaciones empresariales: ACADE y CECE, y por las centrales sindicales: FETE-UGT, USO y CC.OO. Publicación en el B.O.E. nº 97 de 22-04-10. Ámbito Temporal: 01-01-09 al 31-12-2.011 Nadie lo ha denunciado, por lo tanto mientras que no se haga, queda automáticamente prorrogado, según consta en el art. 5 del convenio. 11º.- II Convenio de ámbito estatal para las Escuelas de Turismo. (Código: 99009295011996) Firmado el 3-7-02 Suscrito por las asociación empresarial: ANESTUR, y por las centrales sindicales: FETE-UGT, USO y CC.OO. Publicación en el B.O.E. nº 229 de 24-09-02. Ámbito Temporal: 01-01-01 al 31-12-2.004
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NEGOCIACIÓN COLECTIVA DE ÁMBITO ESTATAL ENSEÑANZA PRIVADA CONVENIO I Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos II Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos III Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos IV Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos V Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos VI Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos I Convenio Colectivo Nacional de Centros de Enseñanza Privada de régimen general o Enseñanza Reglada sin ningún nivel concertado subvencionado II Convenio Colectivo Nacional de Centros de Enseñanza Privada de régimen general o Enseñanza Reglada sin ningún nivel concertado subvencionado III Convenio Colectivo Nacional de Centros de Enseñanza Privada de régimen general o Enseñanza Reglada sin ningún nivel concertado subvencionado IV Convenio Colectivo Nacional de Centros de Enseñanza Privada de régimen general o Enseñanza Reglada sin ningún nivel concertado subvencionado V Convenio Colectivo Nacional de Centros de Enseñanza Privada de régimen general o Enseñanza Reglada sin ningún nivel concertado subvencionado VI Convenio Colectivo Nacional de Centros de Enseñanza Privada de régimen general o Enseñanza Reglada sin ningún nivel concertado subvencionado VII Convenio Colectivo Nacional de Centros de Enseñanza Privada de régimen general o Enseñanza Reglada sin ningún nivel concertado subvencionado VIII Convenio Colectivo Nacional de Centros de Enseñanza Privada de régimen general o Enseñanza Reglada sin ningún nivel concertado subvencionado IX Convenio Colectivo Nacional de Centros de Enseñanza Privada de régimen general o Enseñanza Reglada sin ningún nivel concertado subvencionado I Convenio Colectivo estatal de centros de asistencia y atención a deficientes mentales y minusválidos físicos II Convenio Colectivo estatal de centros de asistencia y atención a deficientes mentales y minusválidos físicos Primera prórroga II Convenio Colectivo estatal de centros de asistencia y atención a deficientes mentales y minusválidos físicos Segunda prórroga II Convenio Colectivo estatal de centros de asistencia y atención a deficientes mentales y minusválidos físicos Tercera prórroga II Convenio Colectivo estatal de centros de asistencia y atención a deficientes mentales y minusválidos físicos III Convenio Colectivo estatal de centros de asistencia y atención a deficientes mentales y minusválidos físicos IV Convenio Colectivo de Centros de asistencia, atención, diagnóstico, rehabilitación y promoción de minusválidos V Convenio Colectivo de Centros de asistencia, atención, diagnóstico, rehabilitación y promoción de minusválidos VI Convenio Colectivo de Centros de asistencia, atención, diagnóstico, rehabilitación y promoción de minusválidos VII Convenio Colectivo de Centros de asistencia, atención, diagnóstico, rehabilitación y promoción de minusválidos VIII Convenio Colectivo de Centros de asistencia, atención, diagnóstico, rehabilitación y promoción de minusválidos IX Convenio Colectivo de Centros de asistencia, atención, diagnóstico, rehabilitación y promoción de minusválidos
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FECHA FIRMA 23/03/1994 21/03/1996
FIRMANTES EyG, CECE APSEC, FETE-UGT, FSIE, USO, ELA-STV EyG, APSEC, FETE-UGT, FSIE, USO, CIG
08/07/1997
CECE, APSEC, USO, FSIE
18/09/2000
EyG, CECE, APSEC, FSIE, USO
20/11/2006 19/06/2013
EyG, CECE, APSEC, FSIE, FETE-UGT, CCOO EyG, CECE, FED-ACES, APSEC, FSIE, USO, FETE-UGT
16/01/1986
ACADE, FETE-UGT, FESITE-USO
21/03/1988
ACADE, FETE-UGT, USO
22/12/1989
ACADE, FETE-UGT
13/09/1994
ACADE, CECE, USO, FSIE, FETE-UGT
18/12/1996
ACADE, CECE, FETE-UGT, USO, CCOO, CIG
23/06/1999
ACADE, CECE, FETE-UGT, USO
21/02/2002
ACADE, CECE, FETE-UGT, USO, CCOO
15/02/2006
ACADE, CECE, FETE-UGT, USO, CCOO
18/03/2011
ACADE, CECE, FETE-UGT, FSIE, CCOO
20/06/1979
CECE, ACEE, FESITE-CGDT, FSIE
08/06/1981 15/04/1982 24/08/1984 27/06/1985
CECE, ANCEE, UGT, CCOO CECE, ANCEE, UGT, CCOO CECE, ANCEE, UGT, CCOO CECE, ANCEE, UGT
FESITE-USO, FETEFESITE-USO, FETEFESITE-USO, FETEFESITE-USO, FETE-
13/05/1986
ANCEE, FETE-UGT, CCOO, ELA-STU
16/06/1988
ANCEE, FETE-UGT, CCOO
06/04/1990
ANCEE, FETE-UGT
03/12/1992
ANCEE, FETE-UGT, CCOO
31/10/1994
ANCEE, CECE, FETE-UGT, CIG
27/02/1997 12/05/1999
ANCEE, CECE, EyG, CCOO, FETEUGT, CIG ANCEE, CECE, EyG, CCOO, FETEUGT
CONVENIO X Convenio Colectivo de Centros de asistencia, atención, diagnóstico, rehabilitación y promoción de personas con discapacidad XI Convenio Colectivo de Centros de asistencia, atención, diagnóstico, rehabilitación y promoción de personas con discapacidad XII Convenio Colectivo General de centros y servicios de atención a personas con discapacidad XIII Convenio Colectivo General de centros y servicios de atención a personas con discapacidad XIV Convenio Colectivo General de centros y servicios de atención a personas con discapacidad
FECHA FIRMA 20/11/2002 17/12/2004 16/05/2006
AEDIS, FEACEM, CCOO
08/03/2011
AEDIS, FEACEM, CONACEE, EyG, CECE, CCOO
12/07/2012
AEDIS, FEACEM, CCOO, FETE-UGT
I Convenio Colectivo estatal de Enseñanza y Formación no Reglada
31/05/1994
II Convenio Colectivo estatal de Enseñanza y Formación no Reglada
02/10/1996
III Convenio Colectivo estatal de Enseñanza y Formación no Reglada
12/11/1998
IV Convenio Colectivo estatal de Enseñanza y Formación no Reglada
01/01/2001
V Convenio Colectivo estatal de Enseñanza y Formación no Reglada
20/11/2003
VI Convenio Colectivo estatal de Enseñanza y Formación no Reglada
21/05/2007
VII Convenio Colectivo estatal de Enseñanza y Formación no Reglada
02/03/2011
I Convenio Colectivo del centros infantiles
25/06/1984
II Convenio Colectivo de centros infantiles III Convenio Colectivo de centros infantiles Convenio Colectivo eficacia limitada para Guarderías, Jardines de Infancia y Centros de Preescolar no integrados I Convenio Colectivo ámbito estatal centros asistencia y educación infantil II Convenio Colectivo ámbito estatal centros asistencia y educación infantil III Convenio Colectivo ámbito estatal centros asistencia y educación infantil IV Convenio Colectivo ámbito estatal centros asistencia y educación infantil V Convenio Colectivo ámbito estatal centros asistencia y educación infantil VI Convenio Colectivo ámbito estatal centros asistencia y educación infantil VII Convenio Colectivo ámbito estatal centros asistencia y educación infantil VIII Convenio Colectivo ámbito estatal centros asistencia y educación infantil IX Convenio Colectivo ámbito estatal centros asistencia y educación infantil X Convenio Colectivo ámbito estatal centros asistencia y educación infantil XI Convenio Colectivo ámbito estatal centros asistencia y educación infantil I Convenio Colectivo ámbito estatal para centros de educación universitaria e investigación II Convenio Colectivo ámbito estatal para centros de educación universitaria e investigación III Convenio Colectivo ámbito estatal para centros de educación universitaria e investigación IV Convenio Colectivo ámbito estatal para centros de educación universitaria e investigación V Convenio Colectivo ámbito estatal para centros de educación universitaria e investigación
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FIRMANTES AEDIS, FEACEM, CECE, CCOO, FETEUGT AEDIS, FEACEM, CECE, CCOO, FETEUGT
19/12/1986 01/03/1988 05/02/1987 03/02/1989 10/01/1990 22/06/1992 08/06/1994 05/06/1997 15/11/1999 25/10/2002 08/07/2003 21/02/2005 09/02/2007 10/02/2010
FEAP-CECE, ACADE-FECEI, FETEUGT, USO, FSIE CECAP-CECE, ACADE-FECEI, ANCED, FETE-UGT, CCOO, USO, CIG CECAP-CECE, ACADE-FECEI, ANCED, FETE-UGT, USO (ratificado por CCOO el día 26-11) CECAP-CECE, ACADE-FECEI, ANCED, FETE-UGT, CCOO CECAP-CECE, ACADE-FECEI, ANCED, FETE-UGT CECAP-CECE, ACADE-FECEI, ANCED, FETE-UGT, CCOO CECAP, ACADE, FECEI, CECE, ANCED, FETE-UGT, CCOO ASGANIN, CECE, Asociación Empresarios Comunidad Autónoma de Madrid, FETE-UGT, FSITE-USO, FSIE, AIDECAM, ASNAGUIN, CECE, FSIE, FETE-UGT, USO, UTEP CECE, AIDECAM, FETE-UGT, FSIE, USO, CCOO FEDEI, CSI ACADE, CECE, FEDEI, FETE-UGT, Después se ha adherido APSEC ACADE, CECE, FEDEI, FETE-UGT, CCOO ACADE, CECEI, FETE-UGT, USO, CCOO CECEI, ACADE, EyG, FETE-UGT, CCOO, USO CECEI, ACADE, EyG, CECE, FETEUGT, CCOO, USO, FSIE, CIG CECEI, ACADE, EyG, CECE, FCIC, FETE-UGT, CCOO, USO, FSIE ACADE, CECE, EyG, CECEI, FCIC, CCOO, FSIE, USO ACADE, CECE, EyG, CECEI, FCIC, FETE-UGT, CCOO, FSIE, USO ACADE, CECE, EyG, CECEI, FCIC, FETE-UGT, CCOO, FSIE, USO,CIG ACADE, CECE, EyG, CECEI, FCIC, FETE-UGT, CCOO, FSIE, USO ACADE, CECE, EyG, CECEI, FCIC, FETE-UGT, CCOO, FSIE, USO
25/03/1982
CECE, FSITE-USO, FSIE
23/06/1983
02/11/1987
CECE, FSITE-USO, FSIE, FETE-UGT CECE, FETE-UGT, FSIE, CCOO, ELASTV CECE, FETE-UGT, FSIE, CCOO, ELASTV
14/06/1989
CECE, FETE-UGT, FSIE, CCOO, USO
14/10/1986
CONVENIO VI Convenio Colectivo ámbito estatal para centros de educación universitaria e investigación VII Convenio Colectivo ámbito estatal para centros de educación universitaria e investigación VIII Convenio Colectivo ámbito estatal para centros de educación universitaria e investigación IX Convenio Colectivo ámbito estatal para centros de educación universitaria e investigación X Convenio Colectivo ámbito estatal para centros de educación universitaria e investigación XI Convenio Colectivo ámbito estatal para centros de educación universitaria e investigación XII Convenio Colectivo ámbito estatal para centros de educación universitaria e investigación XIII Convenio Colectivo ámbito estatal para centros de educación universitaria e investigación
FECHA FIRMA
FIRMANTES
20/06/1991
CECE, FETE-UGT, FSIE, CCOO, USO
31/03/1993
CECE, FETE-UGT, FSIE, CCOO, USO CECE, EyG, FETE-UGT, FSIE, CCOO, USO CECE, EyG, FETE-UGT, FSIE, CCOO, USO
22/06/1995 27/06/1997 13/01/2000 09/03/2005
CECE, EyG, CCOO, USO CECE, EyG, FETE-UGT, FSIE, CCOO, USO
06/11/2006
CECE, EyG, FETE-UGT, FSIE, USO
24/04/2012
CECE, EyG, FETE-UGT, CCOO
I Convenio Colectivo estatal para las autoescuelas
19/04/1980
II Convenio Colectivo estatal para las autoescuelas
19/05/1981
III Convenio Colectivo estatal para las autoescuelas
25/02/1982
IV Convenio Colectivo estatal para las autoescuelas
29/04/1983
V Convenio Colectivo estatal para las autoescuelas
20/07/1984
FNAE, FNAE, USO FNAE, FNAE, USO FNAE,
FETE-UGT, CCOO FETE-UGT, CCOO, APTAE-
VI Convenio Colectivo estatal para las autoescuelas
20/03/1985
FNAE, FETE-UGT, CCOO, FSITE-USO
VII Convenio Colectivo estatal para las autoescuelas
18/04/1986
FNAE, FETE-UGT, CCOO, USO
VIII Convenio Colectivo estatal para las autoescuelas
05/05/1987
FNAE, FETE-UGT, USO
IX Convenio Colectivo estatal para las autoescuelas
10/05/1988
FNAE, FETE-UGT, CCOO, USO
X Convenio Colectivo estatal para las autoescuelas
14/02/1989
FNAE, FETE-UGT, CCOO, USO
FETE-UGT, CCOO, FSITE-USO FETE-UGT, CCOO, APTAEFETE-UGT, CCOO, FSITE-USO
XI Convenio Colectivo estatal para las autoescuelas
06/07/1990
CNAE, FETE-UGT, CCOO, USO
XII Convenio Colectivo estatal para las autoescuelas
11/01/1992
CNAE, FETE-UGT, CCOO, USO
XIII Convenio Colectivo estatal para las autoescuelas
03/02/1993
CNAE, FETE-UGT, CCOO, USO
XIV Convenio Colectivo estatal para las autoescuelas
20/07/1993
CNAE, FETE-UGT, CCOO, USO
XV Convenio Colectivo estatal para las autoescuelas
04/03/1995
CNAE, FETE-UGT, CCOO, USO
XVI Convenio Colectivo estatal para las autoescuelas
23/07/1997
CNAE, FETE-UGT, CCOO, USO
XVII Convenio Colectivo estatal para las autoescuelas
06/11/1999
CNAE, FETE-UGT, CCOO, USO
XVIII Convenio Colectivo estatal para las autoescuelas
17/06/2002
CNAE, FETE-UGT, USO
IXX Convenio Colectivo estatal para las autoescuelas
18/09/2004
CNAE, FETE-UGT, CCOO, USO
XX Convenio Colectivo estatal para las autoescuelas
18/11/2005
CNAE, FETE-UGT, USO
XXI Convenio Colectivo estatal para las autoescuelas
17/12/2008
CNAE, FETE-UGT, USO
XXII Convenio Colectivo estatal para las autoescuelas
15/07/2013
I Convenio Colectivo estatal de Colegios Mayores Universitarios
21/12/1994
CNAE, FETE-UGT, CCOO, USO ACADE, CECE, EyG, FETE-UGT, USO
II Convenio Colectivo estatal de Colegios Mayores Universitarios
10/07/1997
III Convenio Colectivo estatal de Colegios Mayores Universitarios
23/06/1999
IV Convenio Colectivo estatal de Colegios Mayores Universitarios
20/07/2001
V Convenio Colectivo estatal de Colegios Mayores Universitarios
16/06/2004
VI Convenio Colectivo estatal de Colegios Mayores Universitarios
10/07/2007
VII Convenio Colectivo estatal de Colegios Mayores Universitarios
19/07/2012
I Convenio Colectivo estatal para los Centros de Enseñanza de Peluquería y Estética, de Enseñanzas Musicales y de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos II Convenio Colectivo estatal para los Centros de Enseñanza de Peluquería y Estética, de Enseñanzas Musicales y de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos
22/05/1995
17
Secretaría Enseñanza Privada. Avda. América 25-4ª planta ; 28002 Madrid 91/589.71.92 e-mail: privada@fete.ugt.org
10/07/1997
ACADE, CECE, EyG, FETE-UGT, USO, FSIE ACADE, CECE, EyG, FETE-UGT, USO, FSIE ACADE, CECE, EyG, FETE-UGT, USO, FSIE, CCOO ACADE, CECE, EyG, USO, CCOO, FSIE ACADE, CECE, EyG, USO, FSIE ACADE, CECE, EyG, FETE-UGT, USO, FSIE, CCOO CECE, FETE-UGT, USO, FSIE
CECE, ACADE, FETE-UGT, USO, CCOO, CIG
CONVENIO III Convenio Colectivo estatal para los Centros de Enseñanza de Peluquería y Estética, de Enseñanzas Musicales y de Artes Aplicadas Oficios Artísticos IV Convenio Colectivo estatal para los Centros de Enseñanza de Peluquería y Estética, de Enseñanzas Musicales y de Artes Aplicadas Oficios Artísticos V Convenio Colectivo estatal para los Centros de Enseñanza de Peluquería y Estética, de Enseñanzas Musicales y de Artes Aplicadas Oficios Artísticos VI Convenio Colectivo estatal para los Centros de Enseñanza de Peluquería y Estética, de Enseñanzas Musicales y de Artes Aplicadas Oficios Artísticos I Convenio Colectivo de Universidades Privadas, Centros Universitarios Privados y Centros de Formación de Postgraduados II Convenio Colectivo de Universidades Privadas, Centros Universitarios Privados y Centros de Formación de Postgraduados III Convenio de Universidades Privadas, Centros Universitarios Privados y Centros de Formación de Postgraduados IV Convenio de Universidades Privadas, Centros Universitarios Privados y Centros de Formación de Postgraduados V Convenio de Universidades Privadas, Centros Universitarios Privados y Centros de Formación de Postgraduados VI Convenio de Universidades Privadas, Centros Universitarios Privados y Centros de Formación de Postgraduados
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FECHA FIRMA y
FIRMANTES
12/04/2000
CECE, ACADE, FETE-UGT, USO
20/03/2002
CECE, ACADE, FETE-UGT, USO, FSIE
26/04/2007
CECE, ACADE, FETE-UGT, USO, CCOO
08/07/2013
CECE, ACADE, FETE-UGT, USO, CCOO
02/12/1996
ACADE, CECE, FETE-UGT, CCOO
24/06/1999
ACADE, CECE, FETE-UGT, CCOO
y
y
y
Secretaría Enseñanza Privada. Avda. América 25-4ª planta ; 28002 Madrid 91/589.71.92 e-mail: privada@fete.ugt.org
12/07/2001 22/04/2004 07/10/2005 03/02/2010
ACADE, USO ACADE, USO ACADE, USO ACADE, USO
CECE, FETE-UGT, CCOO, CECE, FETE-UGT, CCOO, CECE, FETE-UGT, CCOO, CECE, FETE-UGT, CCOO,
o
FETE-UGT ha sido el sindicato que ha vertebrado la Negociación Colectiva en la Enseñanza Privada y Concertada.
o
FETE-UGT apoyó la LODE (Ley Orgánica del Derecho a la Educación) por considerarla socializadora.
o
FETE-UGT defiende un Sistema Público Educativo integrado por las redes sostenidas con fondos públicos.
o
FETE-UGT participó muy activamente y lideró la lucha por el Pago Delegado.
o
FETE-UGT ha sido fundamental en los principales Acuerdos de centros en crisis y mantenimiento del empleo.
o
FETE-UGT, desde antiguo, siempre ha defendido la homologación salarial, en condiciones de trabajo, en plantillas de docentes y no docentes y en todos los demás conceptos.
o
FETE-UGT sigue siendo la referencia esencial sin la cual la Concertada hoy no sería lo que es.
o
FETE-UGT ha sido clave en las mejoras de los Acuerdos Autonómicos allá donde se hayan producido.
o
FETE-UGT ha seguido participando muy activamente hasta hoy mismo con negociación de los convenios vigentes.
Elecciones Sindicales 2014-2015
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20
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21
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8 Preguntas
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