RESUMEN MESA SECTORIAL 26 / 5 / 2016 INSTRUCCIONES DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS Las Organizaciones sindicales protestamos porque los borradores nos fueron entregados ayer al finalizar la mesa técnica, con la pretensión de tratarlas hoy en la mesa sectorial. Argumentan la urgencia por los cupos y su afección (bendita afección) al bajar la carga lectiva de 21 a 20 horas en Secundaria, pero finalmente aceptan posponer las que nos dieron ayer (Secundaria, Artes, Idiomas, Conservatorios y Adultos) hasta el día 1. Tratamos únicamente las Instrucciones de Organización y Funcionamiento de los Centros de Infantil y Primaria, que ya están en trámite en el Consejo Escolar de Aragón (ya fue el informe el martes pasado a la permanente y falta pasar el pleno) Insistimos en nuestras demandas (que ya hicimos en la negociación del proyecto de tiempos escolares y nos remitieron a hacerlo en la del currículo y las instrucciones) de ampliar el tiempo total de recreo cuando se hagan dos en jornada continuada de mañana (20’+20’ en Primaria y 30’+20’ en Infantil). Igualmente, nos oponemos a la incompatibilidad de solicitar la reducción del periodo intersesiones, con la de solicitar el proyecto de tiempos escolares.
ORDEN DE PROVISIÓN DE INTERINOS Como sabéis es la segunda y última orden de desarrollo del nuevo Decreto de Interinos acordado en febrero. La primera fue la del Baremo. La Administración ha recogido todas las mejoras y cuestiones que habíamos planteado en las mesas técnicas, pero se resistía a retirar el polémico Art. 17, el de la posibilidad de que para garantizar la estabilidad, los directores pudieran solicitar la continuidad por 4 años o no del interino en equipo directivo, equipo de orientación o coordinador o jefe de departamento de innovación y formación. Finalmente, ante el total rechazo sindical, ha accedido y hemos apoyado la orden todas las organizaciones sindicales.
COBRO DEL VERANO Y NOMBRAMIENTO A 1º DE SEPTIEMBRE El Departamento dice que mantiene su compromiso de pagar (tiempo de experiencia y salario) el verano a los interinos, no despedirlos antes de vacaciones, mejorando las condiciones de igualdad de derechos con funcionarios de carrera y con respecto a los interinos de otras CCAA, con los que compiten en desventaja en listas y oposiciones. No admite, de ningún modo, por su inviabilidad jurídica y ética los 5 meses y medio de requisito de antes del 2012. Además, todo interino que finaliza su nombramiento percibe ahora, como finiquito de vacaciones, 2,5 días por mes trabajado y en aquellos momentos, al de menos de 5 meses y medio no se le pagaba nada. Como han empezado con la propuesta de la Mesa técnica de ayer: 9 meses ininterrumpidos hasta el 30 de junio en este 2016 y en el 2017 y hasta el 2018 no bajaban a 8, UGT también ha empezado manteniendo el partir de 8 y llegar en 2019 a 6 meses y medio. Igualmente demandábamos flexibilizar el requisito del 30 de junio, porque justo antes del final de curso hay reincorporaciones en bajas y excedencias.
A la par insistíamos en la fecha de inicio de contratación, reclamando ya para este año el día 1 de septiembre para los restantes cuerpos y enseñanzas distintos al de Maestros de Infantil y Primaria para los que la Administración ya lo estableció el verano pasado, en el adelanto general. Tras sucesivos recesos para estudiar propuestas y contrapropuestas (hasta cuatro), en las que CGT y STEA no han entrado, UGT, CCOO y CSIF, hemos seguido, con propuestas conjuntas, tirando de la negociación, hasta llegar a un acuerdo que entendemos es satisfactorio: 2016: VERANO: 240 días= 8 meses. NOMBRMTO: 5 sept. ESO, Bach. y FP. Resto EEMM. el 12 2017: “ 240 días= 8 meses “ 4 sept. ESO, Bach. y FP. Resto 1 semana + 2018: “ 210 días= 7 meses “ 1º sept. ESO, Bach. y FP. Resto “
Requisitos en todos los casos: Contrato ininterrumpido, por los días mínimos fijados y activo a 30 de junio (con independencia de que hubiera contratos anteriores de corta duración y finiquitados)
Se establecerá una claúsula de excepcionalidad para los interinos que no estén en activo el 30 de junio cuando el cese sea por causas ajenas al interino y ya haya terminado el curso lectivo.
El tercio de jornada seguirá siendo la contratación mínima.
Habrá una Comisión de Seguimiento para velar por su cumplimiento, resolver las cuestiones que surjan y estudiar la posibilidad de mejora.
Resumiendo:
En 2016, ya en este final de curso, todos aquellos docentes interinos que hayan trabajado, al menos, desde el 1 de noviembre hasta el 30 de junio, ininterrumpidamente, cobrarán en julio y agosto. Estos dos meses puntuarán como experiencia. A partir de 2018, puntuarán y los cobrarán, los que hayan trabajado, al menos, desde el 1 de diciembre, de manera ininterrumpida, hasta el 30 de junio. Este Acuerdo va a beneficiar, ya este verano, a más del 80% del profesorado interino y a más del 90% a partir del de 2018. El adelanto en la contratación, para UGT es muy importante, y lo seguiremos reivindicando hasta conseguirlo para todas las enseñanzas, no sólo como derecho laboral de los interinos, que también, sino sobre todo porque posibilitará que los centros cuenten con todo el profesorado para organizar el inicio de curso y porque el alumnado podrá ser evaluado en las pruebas extraordinarias de septiembre con el profesorado que lo llevó. Todo ello redundará, sin duda, en beneficio de la calidad educativa. UGT agradece la buena disposición del Departamento y nos congratulamos de haber conseguido la unidad sindical necesaria para alcanzar este buen acuerdo que beneficia a la inmensa mayoría del profesorado interino y de los centros.