Instrumentos financieros para internacionalizacion

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Instrumentos financieros para la internacionalización MANUALES PRÁCTICOS DE GESTIÓN


AUTORES: C.E.E.I GALICIA, S.A Ana Núñez González Roberto Vieites Rodríguez EDITA: CEEI GALICIA, S.A (c) DE LA EDICIÓN C.E.E.I GALICIA, S.,A DEPÓSITO LEGAL: DISEÑO Y MAQUETACIÓN: Producciones Khartum S.L. IMPRIME: Santiago de Compostela, CEEI GALICIA, S.A. 2009 Quedan rigurosamente prohibidas, sin la autorización escrita de los titulares del "Copyright", bajo las sanciones establecidas en las leyes, la reproducción total o parcial de esta obra por cualquier medio o procedimiento, incluidas la reprografía y el tratamiento informático y la distribución de ejemplares de ella mediante alquiler o préstamos públicos.



ÍNDICE 1. Introducción 1.1. Objetivos del cadern- 1.2. Los instrumentos financieros en la internacionalización

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2. Instrumentos financieros para la internacionalización 2.1. Financiación de exportaciones

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2.1.1 Forfaiting 2.1.2 Factoring

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2.2. Financiación das importaciones

2.2.1 Confirming

2.3. Crédito documentari- 2.4. Instrumentos financieros públicos de apoio a la internacionalización

2.4.1 Préstamos ICO-Internacionalización 2.4.2 Préstamos ICO-ICEX 2.4.3 Financiación de la Compañía Española de Financiación del Desarrollo - Cofides 2.4.4 Seguro de crédito a la exportación por cuenta del Estado ICEX-CESCE 2.4.5 Póliza de Seguro de Inversiones en el Exterior de CESCE

2.5. Otros instrumentos financieros vinculados con la internacionalización

2.5.1 SWAP 2.5.2 FORWARD

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1. Introducci贸n



1. Introducción

1.1. Objetivos del cuaderno En todo proceso de internacionalización, entendido como la realización de importaciones, exportaciones o de inversiones en el exterior, surgen modalidades de financiación especialmente diseñadas para cubrir los riesgos y requerimientos propios de este tipo de operaciones. El objetivo que persigue este cuaderno es explicar, de una manera sencilla y estructurada, aquellos instrumentos financieros más utilizados en operaciones internacionales, de manera que se facilite su comprensión, explicando su operativa, ventajas, desventajas, e indicando en que tipo de operaciones procede su utilización. Se presentan además otros instrumentos afines a la internacionalización de las empresas, desarrollados con la intención de limitar los efectos de la volatilidad de los tipos de interés y de los tipos de cambio de las divisas. Este cuaderno se complementa con otras publicaciones editadas por BIC GALICIA, dentro de su colección de Manuales Prácticos de Gestión, disponibles en la web http://www.bicgalicia.es. Concretamente: - Guía Básica de Financiación: información sobre otros instrumentos financieros. - Cuaderno de Ayudas y Subvenciones para empresas: recoge, entre otras, las principales líneas de ayudas públicas para la internacionalización. - Como convertir mi empresa en exportadora: informa sobre las pautas a seguir para iniciarse en la exportación.

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1.2. Los instrumentos financieros en la internacionalización En las últimas décadas hemos asistido, y estamos asistiendo, a un proceso intenso de sofisticación del mercado financiero, en un intento por parte de los bancos de ofrecer a sus clientes productos cada vez más ajustados a sus necesidades. Esta situación es todavía más evidente en el mercado de productos financieros orientados a la financiación de exportaciones, importaciones o inversiones en países extranjeros, dada la cada vez mayor vocación internacional que presentan las empresas. En relación con las operaciones internacionales, las empresas buscan instrumentos financieros que, presentando una relación razonable entre su coste y el riesgo que cubren, les sirvan para lograr objetivos de doble naturaleza: - Los vinculados al ciclo productivo: es decir, que permitan cubrir desfases entre cobros y pagos. - Los vinculados a la estrategia comercial: orientados a ofrecer facilidades de pago a los clientes, acceder a nuevos mercados o a aumentar márgenes comerciales. La utilización de unos u otros instrumentos va a depender de factores específicos de la operación en cuestión, como el grado de confianza entre las partes, países de origen, solvencia profesional y económica de la otra parte, mercancías a intercambiar, sector de actividad, costes del medio de pago, agilidad en el cobro, etc. Pero también dependerá de factores económicos y políticos globales. En relación con estos últimos, la incertidumbre generada por la crisis financiera internacional en la que estamos inmersos, conlleva un incremento en la demanda de medios de pago más seguros, aunque sean más caros, a la vez que incrementa las primas de riesgo y los costes operativos. Los pagos de las operaciones comerciales internacionales suelen instrumentalizarse en los medios de pago que se indican a continuación:

- Transferencias. - Cheques personales o bancarios. - Remesas simples o documentarias. - Créditos al comprador. - Créditos documentarios. En base a estos medios de pago, se desarrollan una serie de productos financieros, que pueden diferir en sus características de una entidad financiera a otra. En este documento tratamos de desarrollar los más comúnmente utilizados, clasificados en función de su utilización para importaciones o exportaciones. Se incluyen además los principales instrumentos públicos de apoyo a la internacionalización de las empresas gallegas y españolas.

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2. Instrumentos financieros para la internacionalizaci贸n



2. Instrumentos financieros para la internacionalización

2.1. Financiación de exportaciones Una empresa que se decida a exportar, observará como la complejidad de su gestión aumenta. Esto se debe a cuestiones tales como: los plazos de pago son más dilatados, las reglamentaciones son variables de un país a otro, los trámites administrativos son complejos, aumentan los riesgos financieros, puede existir un insuficiente conocimiento del mercado, etc. Los productos financieros destinados a favorecer las exportaciones de una empresa, deben responder a un doble objetivo: • Evitar tensiones de tesorería, derivadas de amplios plazos de pago que los exportadores suelen ofrecer a sus clientes para ser más competitivos. • Limitan su riesgo de impago, derivados de la mayor incertidumbre en la que suelen desarrollarse estas operaciones. El mercado financiero ofrece soluciones a ambas situaciones, que se concretan en los siguientes instrumentos: • Créditos al exportador: que pueden ser a su vez de prefinanciación y postfinanciación. - Créditos de prefinanciación: destinados al aprovisionamiento de materias primas, fabricación, y proceso de envase, embalaje y preparación para el envío. Pueden ser créditos singulares, para una única operación, o abiertos para la actividad normal de la empresa. - Créditos de postfinanciación: tienen lugar una vez hecha la exportación, y su finalidad es adelantar el cobro de la operación. • Descuento de remesas: es un instrumento de pago por el que el exportador remite a su banco (remitente), determinados documentos comerciales acompañados o no, de documentos financieros, para que los entregue al importador contra pago o aceptación, según sea el caso concreto, a través del banco del importador (banco cobrador). Se trata de uno de los medios de pago más utilizados por las empresas españolas en sus operaciones de comercio exterior. Hay dos modalidades: - Contra pago: el pago se produce a la vista, contra entrega de los documentos. - Contra aceptación: la entrega de los documentos está condicionada a la aceptación del efecto adjunto, por lo que el importador sólo puede retirar la documentación, y en consecuencia realizar el despacho de la mercancía, si acepta el efecto.

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• Forfaiting. • Factoring. • Créditos documentarios. Las recomendaciones de los expertos se inclinan en al actualidad por la utilización del Forfaiting y el Factoring, motivo por el cual se describen a continuación en mayor detalle. En este mismo documento se profundiza también sobre el Crédito Documentario, susceptible de uso tanto en operaciones de exportación como de importación, y que vuelve a tomar peso como medio de pago seguro en el arriesgado contexto actual.

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2.1.1 Forfaiting Descripción Se puede definir como la “compra por parte de una entidad financiera de una serie de documentos de crédito, generalmente letras de cambio, pagarés u otro documento de promesa de pago libremente negociable, sobre una base sin recurso”. Se trata de un contrato de financiación de exportaciones sin recurso. Esto supone que el banco que financia la operación (forfaiter) compra al exportador/vendedor sus derechos de cobro, y asume cualquier incumplimiento en el pago por parte del obligado al mismo (el importador). El forfaiter no podrá ejercer ninguna acción contra el exportador para recuperar el importe no satisfecho; a cambio, el exportador recibe la totalidad del importe de la venta, deducidos unos intereses.

Características Las principales características del forfaiting, son: • Implica la existencia de un crédito contra un tercero aún no vencido. • El plazo admitido suele ser de entre 1 y 7 años. • Operación de circulante: financia el crédito concedido a los clientes. • La operación no es gratuita. El servicio prestado por la entidad financiera se realiza a cambio de una contraprestación económica consistente en comisiones e intereses. • Al igual que en el factoring, el empresario cede sus créditos a cambio de una contraprestación al forfaiter. Su diferencia, por el contrario, radica en que el forfaiting anticipa unos recursos líquidos contra la cesión de un papel comercial avalado por el librado (importador) y por un banco. • El forfaiting trata créditos individuales a medio plazo, a diferencia del factoring, que abarca toda una cartera de créditos generalmente a corto plazo. • Los gastos por el descuento de los efectos derivados de la operación de forfaiting, concepto que incluye tanto las comisiones como los intereses que suponen la operación, tienen la consideración de gastos fiscalmente deducibles. La operativa de una operación de forfaiting es la siguiente: • Formalización de un contrato comercial, en el que se indica el instrumento de pago acordado entre las partes. • Suministro de bienes o servicios; generalmente se utiliza en la compra de bienes de equipo. • Recepción por el exportador de los documentos de pago derivados de las operaciones de exportación, por el importe de la operación. Los documentos de pago más habituales son letras de cambio, giradas por el exportador y aceptadas por el importador, o pagarés emitidos por el importador.

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• El banco financiador (forfaiter) adquiere al contado estos medios de pago, convirtiéndose en el tenedor legítimo de los mismos. A cambio anticipa al vendedor (exportador) el importe reflejado en los documentos de pago, deduciendo la tasa de descuento y las comisiones pactadas. • Una vez el exportador ha satisfecho los trámites jurídicos oportunos, el importador debe reembolsar el importe de la operación al forfaiter, en los plazos indicados en las letras. Las operaciones de forfaiter se analizan caso por caso, ya que el forfaiter necesita saber quién es el comprador y su nacionalidad, qué mercancía vende, valor y moneda del contrato, fecha y duración del contrato, cantidad y momento de los pagos. Además necesita saber el medio de pago acordado (pagarés, letras de cambio, etc.) y la identidad del garante del pago. Las garantías: • En la gran mayoría de las operaciones descontadas en el mercado de forfaiting está presente alguna forma de afianzamiento bancario. Eso permite por un lado reducir el riesgo de crédito y agilizar el proceso de análisis de riesgo del forfaiter y, por otro, aumentar el grado de liquidez del activo en el mercado secundario. • No obstante, un creciente número de empresas, grandes corporaciones, muy conocidas en los mercados internacionales, son hoy en día nombres ampliamente aceptados que no necesitan ningún tipo de garantía adicional. Costes del forfaiting: • Tasa de descuento: se fija en función del tipo de interés vigente en el mercado, más un margen comercial a favor del forfaiter, que oscila entre el 0,5 y el 3,5%. En este margen comercial se incluyen las primas de riesgo - que dependerán del plazo que transcurre entre el momento del cobro y el vencimiento de la deuda, y de la divisa en que se denomina la deuda - y los gastos derivados de la administración. Cabe destacar que en la mayoría de casos el tipo de interés es fijo.

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• Comisiones: - Comisión de compromiso: se liquida desde el momento en que la entidad financiera asume la compra del documento financiero sin recurso, hasta que tiene lugar el descuento efectivo. - Comisión de opción: cuando el exportador solicita ofertas de forfaiting en firme desconociendo, si va a hacer uso de ella. - Comisión de penalización: cubre los quebrantos y gastos que pudieran producirse, con motivo de que el librado/exportador no presente los documentos a descontar dentro del plazo previsto.

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¿Cuando conviene? El forfaiting se ajusta a los siguientes casos: • Contratos que tengan que ser firmados urgentemente o estén ya en fase de ejecución. • Exportaciones de maquinaria u otros bienes de equipo, que prevén un pago a medio plazo, donde se pueda evidenciar el crédito con pagarés u otros instrumentos transferibles. • Empresas que tenga limitado acceso al mercado bancario. • Puede ser una solución sencilla y barata frente a otras alternativas, para penetrar en mercados como los de Europa del Este, África del Norte, Asia, y en general cualquier mercado considerado altamente arriesgado. No interesará cuando: • Las operaciones sean de importe reducido - menores a los 500.000 euros - y con un número elevado de vencimientos. • Se opere en mercado seguros.

Ventajas • El exportador mejora su liquidez al cobrar al contado, no alterando su capacidad de endeudamiento. • El riesgo de la operación es asumido en su totalidad por la entidad financiera, por lo que el exportador elimina los riesgos políticos, administrativos, comerciales y de tipos de cambio futuros. • Ahorra costes de administración y gestión de cobros. • Permite financiar el 100% del importe de la operación. • Evita el pago de primas de seguros. • No se precisa pago inicial. • Permite ofrecer a los clientes un plazo de pago más dilatado que, comercialmente, es una gran ventaja. • El exportador puede repercutir el coste del descuento al comprador de los bienes.

Inconvenientes • Los altos tipos de interés que se aplican. • Poca predisposición de los importadores a facilitar una garantía o aval. • Posibles controles de cambio y administrativos que podrían aplicar ciertos países.

Puntos de información Para realizar a operación de forfaiting, o exportador pode recorrir a la súa entidade financeira habitual.

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2.1.2 Factoring Descripción El factoring es una fórmula de financiación y administración, basada en la cesión de facturas: la empresa cede el crédito comercial de sus clientes a una Compañía de Factoring, que se encarga de gestionar su cobro a cambio de una contraprestación, consistente en una comisión por los servicios administrativos y unos intereses por la financiación (anticipo del vencimiento de pago de las facturas de sus clientes). Permite a las empresas reducir la carga de trabajo del departamento administrativo, así como obtener anticipos sobre el vencimiento de pago de las facturas. Es por tanto una herramienta que mejora la rentabilidad, la capacidad crediticia y la solvencia financiera de la empresa. Suele utilizarse en operaciones de exportación en su modalidad sin recurso.

Características En el contrato de factoring intervienen tres partes, el cedente (exportador), el factor y el deudor: • Cedente (exportador): es el que contrata los servicios de una entidad de factoring, cediéndole las cuentas derivadas de su actividad comercial. Se compromete a: - Ceder toda su facturación a la empresa de factoring (si hay pacto de exclusividad). - Comunicar a sus clientes que el pago se hará al factor. - Informar al factor sobre sus clientes. • Deudores: son los que responden a la obligación del pago.

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• Factor: es la entidad que adquiere las cuentas del cedente. Asume: - La investigación de la solvencia del deudor, atribuyéndole un grado de riesgo. - La gestión del cobro. - La gestión de un posible impago. - La contabilización del cobro del cedente. - La cobertura del riesgo de insolvencia. El contrato de factoring se caracteriza por que debe comprender toda la facturación del cedente. Esto se justifica para evitar comportamientos oportunistas del cedente, que podría ceder únicamente aquellos créditos con riesgo de insolvencia, reservándose para sí aquellos en que no exista riesgo. Pero, en la práctica es el factor quien impone limitaciones en el ámbito del contrato, limitaciones que serán: - Temporales: excluyendo, por ejemplo, operaciones excepcionales. - Sectoriales: limitaciones según el tipo de deudor (sólo sector mayorista, sólo distribuidores,...). - Territoriales: según el riesgo. - Cuantitativas: limitaciones referentes a las operaciones con un importe mínimo, períodos de vencimientos máximo, etc.,

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El contrato de factoring puede contemplar la oferta de distintos servicios, a contratar por separado: • Servicios administrativos: - Investigación de la clientela: el factor dispone de personal y medios muy especializados, accediendo a una información rápida y veraz sobre la solvencia de los compradores. - Administración de cuentas: la sociedad de factoring facilitará al cliente toda la información relativa a la situación de los créditos y facturas cedidos. - Gestión de cobro de clientes: el factor gestionará el cobro de las facturas; en casos de morosidad o impago, se compromete a agotar la vía amistosa antes de acudir a la vía judicial. • Servicios financieros: - Garantía de cobro: en caso de morosidad o insolvencia, el factor asumirá el pago de los créditos a la empresa. Únicamente, cuando los impagos sean por motivos comerciales (retrasos en la entrega, mercancía no de acuerdo con pedido, errores, etc... ) será la empresa cedente quien los asuma. - Concesión de financiación: que se realiza mediante anticipos sobre el importe de las facturas cedidas por el cliente, por lo que el factor percibe un interés. En la práctica el importe de esta financiación suele abarcar el 80-90% de los créditos, quedando la diferencia como margen de garantía por posibles impagos. Se pueden clasificar los tipos de factoring según diferentes criterios: • Por la residencia de las partes: podemos distinguir entre: - Nacional: cuando ambas partes (cedente y deudor) se encuentren en un mismo país - Internacional: en el caso de que el cedente (exportador) y el deudor (importador) se encuentren en diferentes países. En este caso, caben a su vez: • Factoring internacional directo: cuando es el factor del vendedor quien asume la realización de los servicios. • Factoring internacional dos factores: el factor del vendedor subcontrata los servicios a una empresa de factoring del país del comprador. • Por la cesión del riesgo: según quien asuma el riesgo de impago, se habla de: - Con recurso: el riesgo del impagado lo mantiene el cedente, por lo que es muy similar al descuento comercial. - Sin recurso: el factor asume el riesgo de insolvencia, adquiriendo la obligación de pagar al cedente el importe de los créditos cedidos. Es el tipo de factoring más común, principalmente en exportaciones, pues ofrece al cedente la garantía de cobro. • Por los servicios contratados: - Convencional: solo se solicita financiación. - Al vencimiento: incluye gestión de cobro y de impagado. • Por el momento del cobro: - Por pago al cobro: la empresa de factoring paga al cedente cuando cobra del deudor. - Con pago al vencimiento: la empresa de factoring paga al vencimiento, independientemente de que haya cobrado o no.

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- Con pago a fecha límite: la empresa de factoring paga a una fecha fija posterior al vencimiento, independientemente de que haya cobrado o no. El procedimiento de una operación de factoring es el siguiente: • Contratar al factoring: el cedente (exportador) ha de escoger aquella compañía de factoring que más se adecue a sus necesidades, teniendo en cuenta empresas con las que comercia, tipo de cliente y cuantía de las facturas. • Comunicación de la operación: el cedente comunica cada una de las operaciones que realiza, indicando la cuantía de la deuda, el vencimiento y la empresa. • Estudio del deudor: el factor averigua si el comprador aparece en algún registro de aceptaciones impagadas. • Aprobación: después de haber analizado la información sobre el deudor, la empresa de factoring decidirá si aprueba o no la operación. En caso de aceptarla, decidirá el límite de crédito que otorga a la operación, y si acepta o no un factoring sin recurso. Normalmente en aquellas operaciones en las que pueda existir un riesgo de insolvencia, la entidad de factoring aceptará únicamente ceder la deuda si se trata de un factoring con recurso. • Comprador y vendedor firman un contrato de compra-venta. • Envío de la mercancía o prestación del servicio. • Comunicación de la cesión del crédito. • Cesión del crédito: el cedente (exportador) cede al factor el crédito a cobrar. • Abono del crédito: si así se lo requiere el cedente, el factor descontará la cuantía de la deuda y la abonará.

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• Pago: el deudor hace efectiva la deuda del factor. De lo contrario, si el factoring es sin recurso, el factor iniciará la reclamación del cobro. Si el factoring es con recurso, el cedente es quien ha de hacerse cargo del cobro. El coste del factoring dependerá de los servicios contratados, y viene determinado por: • La comisión por prestación de servicios o gastos de estudio. • La comisión por cobertura de riesgos. • El tipo de interés sobre los anticipos. • La tarifa de factoring, que es un porcentaje sobre las facturas cedidas, y que dependerá de: el volumen de negocio del cedente, el número e importe de las facturas cedidas, el sector en el que se opera, el nivel de riesgo de los deudores, la asunción o no de la cobertura del riesgo de insolvencia por parte de la compañía de factoring, etc.

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¿Cuando conviene? Es una de las soluciones más rentables, ágiles y eficaces a los problemas derivados de las ventas a crédito. Cuenta con gran aceptación en los mercados internacionales. El 80% de las empresas usuarias del factoring son Pymes. Es útil para aquellas personas físicas o jurídicas que presentan el siguiente perfil: • Que trabajen habitualmente para la Administración Pública, ya que demoran sus pagos. • Que los productos que suministren sean de venta repetitiva. • Que exporten a mercados consolidados. • Que pretendan reducir los costes de estructura relativos a la gestión y administración del cobro a los clientes. • Que tienen dificultades para soportar una línea de crédito. • Que, por encontrarse en un proceso de expansión con rápido desarrollo, necesitan liberar recursos de su circulante para mantener sus niveles de crecimiento. • Que, por su dimensión, no tienen un departamento de gestión de créditos.

Ventajas • Administrativas: - Se simplifica la tarea de cobro, ya que la sociedad de factoring se encarga su gestión, incluidas las reclamaciones por impagados. - Se simplifica la contabilidad. • Financieras: los beneficios financieros del factoring son consecuencia de la cobertura del riesgo y la financiación: - Respecto a la cobertura del riesgo, el factoring permite: - En el factoring sin recurso, permite sanear la cuenta de resultados, al eliminar los riesgos de insolvencia. - Elimina los costes originados por la reclamación del cobro al deudor (reclamación por vía ejecutiva, servicios jurídicos,...). - Permite elaborar presupuestos de tesorería más ajustados. - La financiación de los créditos cedidos permite a la empresa: - Mejorar su flujo de caja, al pasar cuentas de realizable a disponible. - Mejorar la liquidez de la empresa, lo que permite conceder mejores condiciones de pago de sus clientes. - Evitar el riesgo de déficit, que debería cubrir con deuda a corto; el factoring reduce las necesidades de financiación ajena. - Aumentar su capacidad de endeudamiento, dado que las líneas de crédito del factoring se basan en las garantías del deudor. - Aumentar la capacidad de obtener financiación bancaria, puesto que, en el factoring sin recurso, el factor no informa al CIRBE de la existencia de esta deuda.

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Desvantaxes • Falta de confidencialidad de quienes son los clientes de una empresa, pues la lista se entrega al factor. • El coste es inicialmente alto, en comparación con otros instrumentos financieros o de gestión de cobro. • La empresa cedente (exportador) depende de las clasificaciones de riesgo del factor. • El factor puede impugnar la cobertura de riesgo si existen reclamaciones de tipo comercial.

Puntos de información

Asociación Española de Factoring R/ Velázquez, 64-66 – 2.ª planta, 28001 Madrid Teléfono: 91 781 45 50 www.factoringasociacion.com

Las operaciones de factoring pueden ser realizadas por entidades de financiación o por entidades de crédito: bancos, cajas de ahorros y cooperativas de crédito.

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2.2. Financiación de las importaciones Los instrumentos financieros desarrollados en torno a la importación, buscan además de financiar compras, principalmente de bienes de equipo, facilitar la gestión del pago de las operaciones de compra al extranjero. Actualmente los instrumentos más utilizados en este ámbito son: • Confirming internacional. • Forfaiting para importación. • Leasing. Se desarrolla a continuación en detalle el confirming. Para obtener información sobre el forfaiting, se podrá consultar el apartado 2.1.1. de este documento, y el leasing es ampliamente abordado en la Guía Básica de Financiación, perteneciente a esta misma colección, y disponible en http://www.bicgalicia.es.

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2.2.1 Confirming Descripción Mediante este sistema se subcontrata la gestión de pago a proveedores. El servicio es ofrecido por entidades financieras y consiste en gestionar los pagos de una empresa a sus proveedores, ofreciéndole a éstos la posibilidad de cobrar las facturas con anterioridad a la fecha de vencimiento. Pueden llevar acompañados garantías o avales.

Características Las figuras que aparecen en un contrato de confirming son: • Pagador u ordenante: empresa que ha de atender el pago de facturas de sus proveedores en los plazos previamente acordados. Es el cliente de la entidad financiera. • La entidad financiera: entidad que intermedia en la operación de pago. Recibe del clientepagador la información de las facturas a pagar - ya conformadas - y realiza las gestiones oportunas para saldar las mismas en las fechas acordadas. • Cobrador o beneficiario: empresa que tiene el derecho de cobro como consecuencia de la prestación de un servicio o el suministro de un bien. El procedimiento de contratación de un servicio de confirming es el siguiente: • Elección de la entidad que se quiere para la prestación del servicio. • Firma del contrato, donde se hará constar el volumen de pagos cedidos a dicho servicio. • A la recepción de las facturas de los proveedores la empresa confirmadora procede a su verificación y confirmación.

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• Una vez confirmadas las facturas, se comunica a la entidad financiera los datos de dicha factura así como la fecha e importe de los pagos que se liquidarán. • La entidad financiera se pone en contacto con el proveedor, informándole de que su factura está confirmada y que, si lo desea, puede anticipar su cobro. • El proveedor decide si acepta o no las condiciones del anticipo ofertado por la entidad financiera. En caso de aceptarlas, el proveedor dispone de dos opciones: cobrar mediante transferencia bancaria a una cuenta de su elección, o bien abrir una cuenta en el banco pagador. En caso de que el proveedor no esté interesado en anticipar dicho cobro, recibirá un pagaré con el vencimiento establecido en la factura. Los costes que pueden surgir en una operación de confirming son los siguientes: • Importador: soportará el coste del afianzamiento de los pagos cedidos a la entidad, así como los intereses que se devenguen, derivados de la financiación de los pagos realizados al vencimiento. • Proveedor: asume los costes financieros por el anticipo del cobro, que suelen ser inferiores al coste de un anticipo o descuento tradicional.

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¿Cuando conviene? El confirming es atractivo para empresas que reúnan una o más de las siguientes características: • Empresas que tengan diversificados a sus proveedores. • Empresas que tengan un sistema de pagos complejo. • Empresas que deseen alargar el plazo de pago a proveedores, o mejorar sus condiciones de compra.

Ventajas para el comprador • Reducción de costes, por la reducción de la gestión en administración interna de pagos. • Evita costes de emisión de pagarés y cheques o manipulación de letras de cambio. • Evita las incidencias que se producen en las domiciliaciones de recibos. • Prestigio ante los proveedores, ya que les garantiza el cobro de sus facturas. • Mayor poder de negociación con la entidad financiera al generar más volumen de negocio. • Concentra la gestión de la tesorería. • Puede solicitar la financiación de estos pagos. • Remuneración de excedentes de tesorería (opcional): sistema flexible y fácil para invertir temporalmente excedentes de tesorería, obteniendo una remuneración a tipos preferenciales.

Inconvenientes para el comprador • Dependencia a las propias directrices señaladas por la entidad financiera en materia de soportes documentales predeterminados, sistemas operativos en uso, etc.

Ventajas para el proveedor • Se asegura el cobro, ya que una vez confirmada la factura es prácticamente imposible que no se produzca el cobro. • Obtiene una línea de financiación que le permite adelantar el cobro de las facturas sin consumir su capacidad de crédito bancario. • Evitan el pago de timbres, al gestionar los cobros a través de traspasos o transferencias.

Inconvenientes para el proveedor • Pierde la iniciativa en el cobro, cediéndosela a sus clientes.

Puntos de información Las operaciones de confirming pueden ser realizadas por entidades de financiación o por entidades de crédito: bancos, cajas de ahorros y cooperativas de crédito.

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2.3. Crédito documentario El aumento de incertidumbre asociado a la situación económica internacional, ha provocado una vuelta al uso de medios de pago más seguros. En este contexto toma de nuevo fuerza el uso del crédito documentario, considerado el medio de pago más seguro en el ámbito internacional. Es un instrumento que puede ser utilizado tanto en importación como en la exportación: • El importador se garantiza que no pagará al exportador hasta tener la certeza documental que éste ha cumplido, en fecha y forma, con sus obligaciones, explícitas en el condicionado del crédito. • El exportador se garantiza el cobro de la venta, siempre que los documentos enviados al importador estén conformes.

Descripción Se puede definir como un “medio de pago de importaciones por el cual un banco, a petición del importador, se obliga, directamente o a través de su corresponsal en el país exportador, a pagarle a éste, o bien a aceptar y pagar letras de cambio que libre el exportador, o a autorizar su pago por otro banco contra entrega de los documentos comerciales que el importador le haya indicado, documentos que deben poner de manifiesto que la operación comercial ha tenido lugar (prueba de embarque, de prestación de servicios ...).”

Características La financiación de las importaciones, generalmente, se acomoda a alguna de las siguientes fórmulas:

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• Financiación concedida por el propio vendedor extranjero: se instrumenta a través de un aplazamiento de pago concedido por el proveedor extranjero al importador mediante una remesa documentaria a plazo con letra avalada por un banco, un crédito documentario de pago diferido con aceptación, etc. • Financiación concedida por una entidad financiera del país importador: se instrumenta a través de líneas de crédito o créditos documentarios que permitan al importador atender a sus obligaciones de pago en el corto plazo sin tensionar su tesorería. • Financiación mixta, concedida por el exportador extranjero y una entidad financiera nacional: En algunos casos los aplazamientos concedidos por el exportador son parciales y pueden resultar insuficientes para el importador, por lo que en casos en que la operación deba ser pagada total o parcialmente al contado se precisa tomar un crédito con una entidad financiera por la parte no financiada. Los sujetos que intervienen en un crédito documentario son: • El ordenante o importador: es quien solicita la apertura del crédito a favor del exportador o beneficiario. Debe proporcionar a su banco la información relativa a las condiciones del crédito, respecto a divisa, plazos de entrega, de pago, documentos requeridos, etc.

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• El Banco emisor: es el banco que abre el crédito siguiendo las instrucciones del ordenante, y que añade su propia garantía al medio de pago, ya que se compromete frente al banco avisador o confirmador al pago contra la presentación de los documentos conformes. • El Banco intermediario, que a su vez, puede actuar como: - Banco avisador: cuando el banco emisor utiliza a este otro banco para avisar de la apertura del crédito. - Banco confirmador: cuando añade su confirmación al crédito, asumiendo así las mismas obligaciones que el emisor. - Banco pagador: cuando adquiere el compromiso de efectuar el pago. - Banco aceptante: cuando existe un efecto sobre el que tiene el compromiso de realizar su aceptación. - Banco negociador: cuando se le permite descontar o comprar los efectos librados bajo el crédito. • Beneficiario, normalmente el exportador, que es a favor de quien se apertura el crédito documentario. Según el grado de seguridad que proporciona un crédito documentario, es posible hablar de: • Crédito revocable: puede ser modificado o anulado en cualquier momento por el banco emisor, por lo que se aconseja únicamente cuando existe plena confianza entre las partes. Su principal ventaja es la rapidez y comodidad con la que permiten hacer los pagos, además de ser más baratos. • Crédito irrevocable no confirmado: incorpora la figura del banco avisador, quien únicamente asume la tarea de avisar o notificar el crédito al beneficiario previa autenticación del mismo. El compromiso de pago recae únicamente en el banco emisor. • Crédito irrevocable y confirmado: el beneficiario dispone del reconocimiento explícito tanto por parte del banco emisor como del banco confirmador. Para que el banco confirmador asuma el compromiso de pago, se darán las siguientes circunstancias: • El crédito debe ser emitido de forma irrevocable. • El crédito debe mostrar las instrucciones o autorización al banco corresponsal para que confirme el crédito de forma clara que no admita equívocos • El crédito debe ser utilizable y pagadero en las cajas del banco confirmador • El contenido del crédito debe ser concreto y claro Clases de créditos según el sistema de pago en que han sido emitidos: • Créditos a la vista: el beneficiario recibe el importe correspondiente tras la presentación y examen por la entidad financiera, durante un periodo que no excederá a los 7 días, de los documentos contra los que se va a efectuar el pago. • Créditos con pagos anticipados: el beneficiario recibe pagos parciales de forma previa a la recepción total de la mercancía. • Créditos rotativos: se renueva automáticamente en los mismos términos por el plazo que se determine.

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Existen además otras modalidades de créditos documentarios: • Con cláusula roja: son créditos que facultan al beneficiario a percibir un anticipo parcial, en incluso total, sobre el valor del crédito previo a la presentación de los documentos y al envío de la mercancía. Exigen un recibo o declaración de los importes percibidos, con el compromiso de dar cumplimiento al condicionado del crédito, así como de su devolución en caso de incumplimiento. Dado que supone una financiación del ordenante al beneficiario, requiere que la confianza en éste sea máxima. • Con cláusula verde: son una modalidad de los anteriores, pero revisten mayores garantías para el banco, ya que en este supuesto, para que se conceda el anticipo parcial o total, se exige una garantía real, cual es la del almacenamiento de las mercancías a nombre del banco, a medida que estén preparadas para su envío al ordenante. • Transferibles: se trata de un crédito por el que el beneficiario tiene derecho a exigir al banco encargado de efectuar el pago o aceptación, o a cualquier otro banco habilitado para efectuar la negociación, que haga el crédito disponible total o parcialmente a una o varias partes (segundos beneficiarios). Suelen ser utilizados cuando el beneficiario es un agente intermediario del ordenante. • Respaldados o back to back: supone en realidad la existencia de dos créditos, considerándose como tal, a aquel que se apertura a instancia de un ordenante, siendo a su vez, beneficiario de otro crédito documentario. Ambas operaciones son realizadas sobre la misma mercancía. Suele utilizarse de forma subsidiaria al crédito transferible, en aquellos supuestos, en que por alguna circunstancia no es posible su aplicación.

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• Rotativos o revolving: es utilizable por su importe, durante un determinado período de tiempo, de modo que, una vez utilizado, se renueva automáticamente, o en cuanto se reciba aviso de haber recibido los documentos conformes del anterior. Si el crédito revolving es renovable por importe, sólo cabe su utilización por esa cuantía de una sola vez, y posteriormente, el crédito volverá a estar disponible, aunque suelo predeterminarse un número máximo de utilizaciones. Si el crédito revolving es renovable por tiempo, la nueva disponibilidad estará condicionada al transcurso de ese plazo, independientemente de que se haya utilizado en su totalidad o no. Dentro de estos créditos, se pueden distinguir a su vez, los acumulativos (si las cantidades no utilizadas se añaden al importe total) o no acumulativos (en caso contrario). • Stand By: no es propiamente un medio de pago, sino más bien una garantía que el Banco emisor ofrece al exportador, para cubrir un posible riesgo de impago por parte del importador, siempre contra la presentación de los documentos acreditativos del impago. La gran ventaja y diferencia con un aval, es que el crédito stand by, está totalmente desvinculado del contrato de la operación, por lo que basta el mero incumplimiento de pago, para poder hacer efectiva la garantía que éste supone.

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¿Cuando conviene? Es uno de los medios de pago más seguros, por lo que su utilización cree en épocas de incertidumbre y ante mercados inestables o arriesgados. Es el medio de pago que ofrece mayores garantías a las partes exportadora e importadora.

Ventajas • Para el importador: - El banco hará efectivo el pago únicamente contra la presentación de los documentos. - La posibilidad de condicionar los plazos de embarque de la mercancía o los de la presentación de los documentos. • Para el exportador: - No enviará la mercancía hasta que no tenga constancia de la garantía del pago. - Garantía de cobro en la fecha acordada. - Posibilidad de obtener financiación, por descuento o anticipo.

Inconvenientes • Para el importador: - Es el medio de pago de más alto coste. - El banco emisor sólo se lo concederá si la operación no supone riesgo alguno. • Para el exportador: - Su elevado coste. - El riesgo que asume, caso de utilizar un crédito documentario no confirmado.

27 Puntos de información Las operaciones de confirming pueden ser realizadas por entidades de financiación o por entidades de crédito: bancos, cajas de ahorros y cooperativas de crédito.

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2.4. Instrumentos financieros públicos de apoyo a la internacionalización Se recogen a continuación las principales líneas de financiación directa a empresas, bien destinadas facilitar la realización de exportaciones, o bien para la realización de inversiones en el exterior: - Línea ICO- Internacionalización - Línea ICO-ICEX - Líneas COFIDES Dada la mayor incertidumbre asociada a las operaciones con el extranjero, la Administración ha articulado diversas modalidades de seguros, destinados a cubrir los riesgos de impago en las operaciones de internacionalización. Son pólizas instrumentadas a través de la Compañía Española de Seguros y Créditos a la Exportación – CESCE. Se presentan en este documento dos modalidades de póliza: - Seguro de crédito a la exportación por cuenta del Estado. - Póliza de Seguro de Inversiones en el exterior. Existen más ayudas públicas para la internacionalización no recogidas en esta publicación, ya que no tienen por objeto facilitar la financiación directa, centrándose en subvencionar determinados conceptos o en ofrecer otros apoyos. En todo caso, se podrá ampliar información en este sentido en el Cuaderno de Ayudas y Subvenciones para empresas, editado también por BIC GALICIA y disponible en http://www.bicgalicia.es

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2.4.1 Préstamos ICO-Internacionalización Descripción Son préstamos en condiciones preferentes destinados a financiar inversiones en el exterior de empresas españolas. Los ofrecen la mayoría de las entidades financieras, y están financiados por el Instituto de Crédito Oficial-ICO, con el objetivo de impulsar la presencia de las empresas españolas en el exterior.

Características La línea ICO-internacionalización se dirige a empresas españolas bajo la denominación jurídica de sociedad mercantil o sociedad cooperativa. Se incluyen tanto las domiciliadas en España, como aquéllas domiciliadas en el extranjero, pero que cuenten con mayoría de capital español. Las condiciones de la operación dependerán del tramo al que pertenezca la empresa solicitante, según se indica a continuación: • TRAMO I: - Menos de 250 trabajadores. - Volumen de negocio anual no superior a 50 millones de euros, y/o cifra de balance anual no superior a 43 millones de euros. - No estar participada en un 25% o más por empresa o conjunto de empresas que no cumplan los requisitos anteriores, salvo que éstas sean sociedades de participación pública, sociedades de capital riesgo o inversores institucionales, siempre que éstos no ejerzan, directa o indirectamente, control sobre la empresa. • TRAMO II: el resto de las empresas. Podrán ser financiadas por estos préstamos las siguientes inversiones: • Proyectos de inversión en activos nuevos productivos, siempre que cumplan los requisitos siguientes: - Las partidas de inmovilizaciones intangibles no “tecnológicas”, no podrán superar el 50% de la inversión total. - Las inversiones en inmovilizaciones materiales consistentes en terrenos y bienes naturales o construcciones, no podrán superar el 80% de la inversión total. - Los activos circulantes deberán estar ligados al proyecto de inversión y, en ningún caso, podrán superar el 20% del importe total de aquél. - Son financiables los gastos de Primer Establecimiento, hasta un límite del 10% de la inversión total a financiar. - No están sujetas a limitación: • Las partidas de inmovilizaciones intangibles “tecnológicas”, destinadas a la innovación o modernización tecnológica de las empresas. • Las partidas de inmovilizado material diferentes a construcciones y terrenos y bienes naturales.

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• También es financiable la adquisición de empresas, así como la toma de participaciones significativas, al menos del 20%, que conduzcan a la toma del control o la participación en la gestión de la empresa en el exterior. No se financian: reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, inversiones cuya finalidad sea la deslocalización de la empresa española, IVA y otros impuestos ligados a la inversión. Las restantes características de la operación son las siguientes: • Importe máximo de financiación: 80% del proyecto de inversión neto, con los siguientes límites: - TRAMO I: hasta 1,5 millones de euros por cliente y año, en una o varias operaciones. - TRAMO II: hasta 6 millones de euros por cliente y año, en una o varias operaciones. • Tipo de interés: se optará entre: - TRAMO I: - Fijo. Referencia ICO, más hasta 1,54 %. - Variable. Referencia ICO, más hasta 1,54 %. - TRAMO II: - Fijo. Referencia ICO, más hasta 1,89 %. - Variable. Referencia, más hasta 1,89 %. Los tipos de Referencia ICO están permanente actualizados en su web. • Plazos de amortización: el cliente puede elegir entre: - 5 años, sin carencia, o con carencia del principal de 1 año. - 7 años sin carencia, o con carencia del principal de 2 años. - 10 años, sin carencia, o con carencia del principal de 3 años. • Modalidad del contrato: préstamo o leasing.

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• Comisiones: no existen. • Cancelación anticipada voluntaria: son posibles bajo las condiciones siguientes: • Tipo variable: no se imputará penalización. • Tipo fijo: el cliente deberá pagar. - Para operaciones con garantía hipotecaria: - 0,50% flat sobre el importe cancelado, si la cancelación se produce durante los 5 primeros años. - 0,25% flat sobre el importe cancelado, si la cancelación se produce a partir del quinto año. - Resto operaciones a tipo fijo: - 1% flat sobre el importe cancelado. En todos los casos, si la amortización anticipada se produce durante los dos primeros años de la financiación, se aplicará una comisión en función del momento de la cancelación. • Garantías: en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad del proyecto de inversión.

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¿Cuando conviene? Empresas que quieran realizar inversiones en el extranjero y que precisen de financiación para ello.

Puntos de información Instituto de Crédito Oficial – ICO Paseo del Prado, 4 - 28014 Madrid Teléfono.- 900 121 121 http://www.ico.es

La tramitación se realiza en las oficinas en España de Bancos y Cajas de Ahorros adheridas a la Línea, listado que se actualiza cada semana en la página web del ICO.

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2.4.2 Préstamos ICO-ICEX Descripción Enmarcado dentro da Liña de Apoio a la Implantación Comercial, Produtiva e das Marcas no Exterior – 2009, os préstamos ICO-ICEX teñen como finalidade facilitar o apoio financiero para a iniciación da exportación das empresas españolas.

Características Poderán ser beneficiarios desta liña: • As pequenas e medianas empresas pertencentes ao Club PIPE, ou que participen no programa ICEX “Aprendendo a Exportar”. • As empresas españolas que teñan aprobada por parte del ICEX unha axuda para algún dos seguintes programas: - Programas de Implantación Comercial e da Marca no Exterior (actualmente integrados no Plan xeral de promoción exterior e marcas e nas Liñas de Apoio a la Internacionalización). - Programas de Implantación Produtiva no Exterior. Os inversiones financiables por este programa serán: • Para as empresas del Club PIPE ou que participen no programa “Aprendendo a Exportar”: inversiones e gastos necesarios para acometer a saída das empresas, conforme a Guía de investidores e otros gastos elixibles elaborada polo ICEX. • Para restantes beneficiarios: gastos aceptados polo ICEX que supuxeron a concesión dunha axuda por algún dos programas mencionados, e que lles dan dereito a optar por esta liña.

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O importe máximo del financiación será de: • Para as empresas del Club PIPE ou que participen no programa “Aprendendo a Exportar”: 100 % dos gastos e investimento neto que se vai realizar, co límite máximo de 100.000 euros por cliente/ano. • Para beneficiarios de programas de implantación comercial e da marca no exterior: 100 % dos gastos presentados ao programa. O importe máximo financiable por programa será de 500.000 euros. • Para beneficiarios de programas de implantación produtiva no exterior: 50 % dos gastos aceptados neste programa; poderase conceder financiación ata por dous proxectos diferentes de implantación produtiva. O importe máximo financiable por proxecto será de 250.000 euros, polo que o importe máximo que se vai financiar por programa será de 500.000 euros. As principais características da operación son: • Prazo de amortización: - Tres anos sen carencia del principal. - Cinco anos sen carencia del principal. • Tipo de xuro: 1,50 % fixo TAE

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• Comisiones: non poderán aplicarse comisiones. • Amortización anticipada: está permitida e debe coincidir cunha data de liquidación de xuros. Tanto no caso de amortización anticipada facultativa como obrigatoria, implicará penalización, un 1 % ou 2 % respectivamente.

¿Cuando conviene? É interesante para empresas que inicien os seus primeiros pasos na exportación.

Puntos de información Instituto de Crédito Oficial – ICO Paseo del Prado, 4 - 28014 Madrid Teléfono.- 900 121 121 http://www.ico.es

A tramitación realízase nas oficinas de bancos e caixas de aforros adheridas a la liña, listaxe que se actualiza cada semana na páxina web del ICO.

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2.4.3 Financiación de la Compañía Española de Financiación del Desarrollo-Cofides Descripción La Compañía Española de Financiación del Desarrollo - COFIDES, S.A. - es una sociedad pública estatal, cuyo objeto es facilitar financiación, a medio y largo plazo, a proyectos privados de inversión en el exterior. Tiene una doble finalidad: • Contribuir al desarrollo de los países receptores de las inversiones. • Contribuir a la internacionalización de las empresas españolas. En el año 2006 se formalizó un convenio con el Instituto Galego de Promoción Económica –IGAPE– que contempla el apoyo conjunto, a través de la sociedad de capital riesgo Xesgalicia, a proyectos de inversión y cooperación internacional, promovidos por sociedades gallegas.

Características Las actuaciones de COFIDES se caracterizan por: • El volumen de recursos que invierte en un proyecto, bien sea en capital o a través de financiación externa, no superará la aportación que realice el promotor a los fondos propios de la empresa. • Apoya todo tipo proyectos que precisen recursos financieros a medio o largo plazo, bien sea industrial o de servicios. No financia proyectos inmobiliarios, de defensa o los excluidos por su política medioambiental.

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• Sus fondos pueden aplicarse a empresas nuevas o a la adquisición de empresas existentes, con ampliación o no de sus instalaciones. Estas empresas • Pueden obtener financiación tanto las empresas mixtas como las filiales de empresas españolas. • COFIDES puede apoyar proyectos de exportación de plantas industriales y bienes de equipo. • Son elegibles COFIDES proyectos a realizar en cualquier país emergente o en desarrollo, con independencia de que sea o no elegible para otros instrumentos públicos de apoyo a la internacionalización. Además, como entidad gestora de los fondos estatales FIEX y FONPYME, COFIDES puede financiar proyectos de inversión en cualquier país del mundo. • COFIDES no concede subvenciones. • El importe mínimo del apoyo por proyecto no suele ser inferior a los 250.000 Euros, y el máximo se establece en torno a los 25.000.000 Euros. • Los préstamos se instrumentan en Euros o Dólares de EEUU, y no pueden utilizarse para la refinanciación en mejores condiciones de deudas preexistentes. • No son proyectos elegibles para COFIDES, entre otros: - Los que impliquen deslocalización de una instalación existente en España. - Los que supongan un impacto ambiental o social desfavorable para el país receptor.

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Los productos financieros que ofrece son los siguientes: • Participaciones en capital. Son siempre minoritarias, transitorias y con pacto de recompra. No participa en la gestión. • Instrumentos de cuasi-capital. Pueden ser: préstamos de coinversión (con remuneración ligada a los resultados del proyecto) subordinados, participativos o convertibles en acciones. Estos préstamos pueden denominarse en Euros o en otras monedas convertibles. • Préstamos a medio y largo plazo. Destinados tanto a la empresa que se crea en el país de destino, como al inversor español. En estas operaciones se fijan los plazos de amortización en función con el período de retorno previsto para el proyecto, normalmente entre 3 y 10 años. Se suelen establecer períodos de carencia amplios. • Préstamos multiproyecto. Destinados a la puesta en marcha de proyectos de inversión en países diferentes. Los instrumentos que actualmente ofrecen COFIDES son los siguientes: • Fondo para inversiones en el exterior (FIEX): destinado a inversiones temporales en los fondos propios de las empresas situadas fuera de nuestro país. • Fondo para operaciones de inversión en el exterior de la pequeña y mediana empresa (FONPYME): destinado a realizar inversiones en los fondos propios de las pequeñas y medianas empresas situadas fuera de nuestro país. • Línea de financiación de inversiones en el sector servicios (FINSER): ofrece financiación en condiciones especiales para los proyectos del sector servicios. • Línea de financiación de inversiones en el sector turístico (FINTUR): ofrece financiación en condiciones especiales para los proyectos del sector turístico en los que exista algún tipo de interés español. • Línea de financiación de inversiones en el sector medioambiental (FINAM): ofrece financiación en condiciones especiales para los proyectos de inversión en el sector medioambiental en los que exista algún tipo de interés español. • Línea de financiación de inversiones generadoras de derechos de emisión de CO2 (FINCARBONO): ofrece financiación en condiciones especiales para los proyectos que se puedan considerar Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) o Mecanismo de Acción Conjunta (MAC), tal y como los define el Protocolo de Kyoto, para los que sea necesario acometer inversiones a medio y largo plazo. • Línea de financiación de inversiones de empresas españolas con marca (FINBRAND): ofrece financiación en condiciones especiales para proyectos de internacionalización de empresas españolas con marca, en los casos en los que el sistema financiero no ofrezca los mecanismos necesarios para ello. • Línea de financiación de inversiones de empresas españolas franquiciadoras (FINFRANQUICIA): ofrece financiación en condiciones especiales para los proyectos de internacionalización de empresas españolas

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¿Cuando conviene? Será una opción interesante para aquellas empresas que pretendan introducirse en países en vías de desarrollo, vía inversión o exportación, y que precisen financiación para activos a medio y largo plazo. Las ventajas que ofrece son: • Apoyo institucional. • Posibilidad de dotar al proyecto de mayor solidez financiera. • Plazos amplios. • Remuneración consistente con la capacidad de generación de retornos del proyecto. • Posibilidad de aceptación del riesgo-país del proyecto.

Puntos de información

Compañía Española de Financiación del Desarrollo - Cofides R/ Príncipe de Vergara, 132 28002 Madrid Teléfono.- 91 562 60 08 91 745 44 80 Web.- http://www.cofides.es

Instituto Galego de Promoción Económica – Igape

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Complexo Administrativo de San Lázaro s/n 15703 Santiago de Compostela Teléfono.- 902 300 903 Web.- http://www.igape.es

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2.4.4 Seguro de crédito a la exportación por cuenta del Estado ICEX-CESCE Descripción Es un seguro que cubre los riesgos de impago en una operación de crédito a la exportación. En España está gestionado por la Compañía Española de Seguros y Créditos a la Exportación – CESCE – empresa coparticipada por el estado, que ostenta la mayoría, entidades financieras y aseguradoras. Se ha formalizado un convenio entre Cesce y el IGAPE, que permite a empresas exportadoras gallegas acogerse a la Póliza Master Galicia.

Características A la hora de solicitar un seguro crédito a la exportación CESCE, habrá que tener en cuenta: • País destino de la exportación: las coberturas de las pólizas CESCE no están abiertas a todos los países, y las condiciones difieren de unos a otros. Más información sobre la política de cobertura con cada país en www.cesce.es. • Condiciones financieras de los créditos a más de dos años: para que una financiación a más de dos años pueda recibir apoyo oficial en términos comerciales a través del seguro de crédito a la exportación, es preciso que cumpla determinadas condiciones, entre las que destacan: - Se debe pagar anticipadamente al menos un 15% del importe de la operación. - El plazo de amortización del crédito se establecerá en función de los países de destino, según clasificación establecida para la OCDE, y se establece en 5 años para países de categoría I y 10 años para países de categoría II. • El pago de principal del crédito: se realizará en plazos iguales y regulares, normalmente al menos de 6 meses. El primer pago se realizará 6 meses después del punto de arranque del crédito. • Financiación a tipo de interés fijo: el tipo de interés debe ser el fijado por el Consenso (conocido como tipo CIRR). Si no hay apoyo a tipos de interés, se puede usar un tipo de interés variable, siempre que sea en términos de mercado. Tipos de riesgos cubiertos: se establece en la Orden ECO 180/2003, de 22 de enero, sobre cobertura por cuenta del Estado de riesgos derivados del comercio exterior de las inversiones exteriores y de las transacciones económicas con el exterior. Son los siguientes: • Riesgos comerciales a un plazo superior a 24 meses: aquellos que surgen en el ámbito de la actuación mercantil privada y su plazo exceda los 24 meses. Incluye además los riesgos correspondientes al seguro de prospección de mercados, asistencia a ferias, diferencias de tipo de cambio, garantías bancarias, fianzas a exportadores y a fiadores, obras y trabajos en el extranjero así como los estudios de viabilidad de proyectos y programas. • Riesgos debidos a circunstancias extraordinarias: aquellos motivados por: - Guerra civil, internacional, revolución, revuelta, terrorismo, alteraciones sustanciales del orden público o cualquier acontecimiento análogo.

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- Circunstancias o sucesos catastróficos, tales como ciclones, inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas, accidentes nucleares o los ocasionados por sustancias químicas o similares. • Riesgos políticos para determinados países y operaciones: aquellos que tienen su origen en una actuación soberana de un Estado: - Crisis de balanzas de pagos o alteraciones significativas de la paridad monetaria. - Medidas expresas o tácitas adoptadas por un Gobierno extranjero, tales como expropiación, nacionalización, confiscación o incautación, que recaigan sobre el comprador extranjero o sobre la inversión española en el exterior. - Medidas expresas o tácitas adoptadas por las autoridades españolas. - El incumplimiento contractual imputable a una entidad pública extranjera respecto a acuerdos, contratos, concesiones o compromisos suscritos con los financiadores e inversores que den lugar a pérdida, daño o imposibilidad de desarrollar el contrato. No se podrán cubrir los riesgos políticos en operaciones de plazo inferior a dos años dirigidas a los siguientes países: los 15 estados Miembros de la Unión Europea más Australia, Canadá, Islandia, Japón, Nueva Zelanda, Noruega, Suiza y Estados Unidos de América

¿Cuando conviene? Para empresas que operan en ámbitos internacionales, que desarrollen su actividad en sectores y zonas políticamente sensibles.

Puntos de información 38

Compañía Española de Seguros y Créditos a la Exportación – CESCE Velázquez, 74 28001 Madrid Teléfono.- 902 111 010 http://www.cesce.es

Instituto Galego de Promoción Económica – Igape Complexo Administrativo de San Lázaro s/n 15703 Santiago de Compostela Teléfono.- 902 300 903 Web.- http://www.igape.es

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2.4.5 Póliza de Seguro de Inversiones en el exterior de CESCE Descripción Gestionada por CESCE, la Póliza de Seguro de Inversiones en el exterior, tiene como finalidad cubrir los riesgos de carácter político asociados a las inversiones españolas en el exterior. CESCE puede asegurar, a través de esta póliza, aquellas inversiones de empresas españolas que se materialicen en creación de empresa nueva, adquisición parcial o total de empresas ya existentes, participación en ampliaciones de capital o en dotaciones patrimoniales de empresas, préstamos a 5 años o más vinculados a una inversión española en el exterior, reinversión, en la inversión asegurada, de sus rendimientos y créditos a favor del asegurado resultantes de la venta de la empresa extranjera o de su disolución o liquidación.

Características Dependiendo del tipo de inversión que se desee asegurar hay dos modalidades: • Seguro para el inversor en la dotación patrimonial de la empresa extranjera (fondos propios, aportaciones permanentes) • Seguro dirigido a las entidades financieras que realicen un préstamo a la filial extranjera de una empresa española para financiar un proyecto de inversión nuevo. Los avales sobre préstamos también se cubrirían a través de esta modalidad para financiadores. Las principales características de esta póliza son: • No existen limitaciones en los importes a asegurar. • Es necesario un reconocimiento como inversión extranjera, por parte de las autoridades del país receptor. • La cobertura de la póliza tiene será de entre 5 y 20 años, aunque excepcionalmente se admiten plazos de 3 años. • La aportación al patrimonio de la empresa extranjera se realizará una vez aprobada la póliza. • Cubre hasta el 99%, salvo en el caso del riesgo regulatorio, cuya cobertura máxima es del 80%. • Se podrá formalizar únicamente con aquellos países para los que CESCE tenga abierta cobertura en el momento de formalizar la solicitud de la póliza. CESCE puede cubrir las pérdidas derivadas de las siguientes situaciones de riesgo político: • Limitaciones al derecho de la propiedad en el país receptor (riesgo regulatorio). • La falta de convertibilidad o de transferencia de importes relacionados con la inversión, dividendos, amortización de créditos a largo plazo. • La violencia política. • El incumplimiento de acuerdos o la ruptura de compromisos por parte de las autoridades o empresas públicas del país receptor. • La pérdida de beneficios motivada por la paralización de actividades por causa de guerra o violencia política.

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¿Cuando conviene? Para empresas que operan en ámbitos internacionales, que desarrollen su actividad en sectores y zonas políticamente sensibles.

Puntos de información Compañía Española de Seguros y Créditos a la Exportación – CESCE Velázquez, 74 28001 Madrid Teléfono.- 902 111 010 http://www.cesce.es

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2.5. Otros instrumentos financieros vinculados con la internacionalización Además de los riesgos comerciales y políticos que caracterizan las operaciones internacionales, existe otro elemento de incertidumbre asociado a la realización de los pagos en divisas. Una vez más, el mercado financiero ofrece sofisticados instrumentos para tratar de limitar estos riesgos: - Opciones financieras - Forward - Swap - Futuros financieros - Mercado de productos derivados En este documento se presentan los swaps y los forwards.

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2.5.1 SWAP Descripción Los swaps u operaciones de permuta financiera son “acuerdos entre dos partes para el intercambio de flujos monetarios futuros (pagos o ingresos) en la misma o diferente moneda, correspondiente a operaciones de endeudamiento o inversión, sobre el mismo nominal y vencimiento.” El objetivo que se persigue con este instrumento es aliviar el efecto de las oscilaciones de las monedas y de los tipos de interés.

Características Existen las siguientes modalidades de Swap: • Swap de tipos de interés: es la forma más común. Se tratan de operaciones de endeudamiento que buscan asegurar un tipo de interés ante posibles variaciones al alza. Existe un acuerdo entre las partes para intercambiar su riesgo de tipos de interés de tipo fijo a un interés variable o viceversa. Implica que ambas partes tienen una deuda de idéntico principal pero con un coste financiero distinto (una parte lo tiene referenciado a un índice y la otra parte a un tipo fijo); una parte se compromete a pagar a la otra parte un tipo de interés fijado por adelantado sobre un nominal también fijado por adelantado, y la segunda parte se compromete a pagar a la primera un tipo de interés variable sobre el mismo nominal. El único intercambio que se realiza son los pagos de interés del capital, ya que los pagos correspondientes a los capitales no participan en la transacción.

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• Swap de divisas: es un contrato financiero entre dos partes que desean intercambiar su principal en diferentes monedas por un tiempo acordado. No deja de ser una variante del swap de tipo de interés, en que el nominal sobre el que se paga el tipo de interés fijo y el nominal sobre el que se paga el tipo de interés variable son de dos monedas distintas. Durante el tiempo del acuerdo, las partes pagan sus intereses recíprocos y al vencimiento los principales son intercambiados al tipo de cambio original de contado. Una parte paga a la otra intereses en una moneda y recibe los intereses en una segunda divisa. Hay otras modalidades menos utilizadas: • Swaps sobre materias primas: permite separar el riesgo de precio de mercado del riesgo de crédito, limitando el riesgo del productor de materias primas. • Swaps de índices bursátiles: permite intercambiar el rendimiento del mercado de dinero por el rendimiento de un mercado bursátil. Una operación de swap tiene las siguientes características: • En el momento de contratar una operación no se realiza ningún intercambio, sino que se efectúa una promesa de permuta financiera futura, estableciéndose el importe teórico, el calendario de pagos, la duración, etc. • En estas operaciones aparece una entidad financiera como intermediaria para garantizar el buen funcionamiento de la operación y por cuya actuación es muy posible que las partes

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contratantes no lleguen a conocerse, siendo por tanto una relación anónima entre el comprador y el vendedor de un contrato de swap. • Operaciones generalmente de medio y largo plazo (3 a 10 años): se tratan de plazos superiores al de los mercados alternativos de futuros y opciones.

¿Cuando conviene?

Swap de intereses Se recurre al swap de intereses cuando una empresa que tiene una deuda a interés fijo quiere convertirla en deuda a interés variable y al revés ante su expectativa de cambio de los tipos

Ventaja del swap de intereses: • Permiten cubrir posiciones que presentan riesgo de tipo de interés, de forma más económica y por un mayor plazo que otros contratos de cobertura (por ej. Futuros).

Inconveniente del swap de intereses: • Si cambian las condiciones del mercado, aunque es posible cancelar la operación de swap, puede resultar caro finalizar la misma.

Swap de divisas El swap de divisas permite endeudarse en una moneda, euros por ejemplo, y tener, mediante una permuta a dólares, el equivalente a una deuda en dólares.

Vantaxe del swap de divisas • Cada una de las partes obtiene fondos con un coste menor que si los hubiera adquirido directamente.

Inconveniente del swap de divisas: • Puede ser muy caro finalizar el contrato si las condiciones del mercado cambian.

Puntos de información Se tramitan con intermediarios del mercado cambiario, corredores de bolsa de futuros y opciones, además de en entidades financieras.

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2.5.2 FORWARD Descripción Son contratos de compraventa en los que el titular se compromete a comprar un activo (tipos de interés, divisas, etc.) por un precio determinado en una fecha predeterminada. Las transacciones forward son uno de los instrumentos derivados más habituales en todo tipo de actividades financieras.

Características Existen distintas modalidades de contrato de forward. Las principales son: • Forward de tipos de interés: Tratan de asegurar un tipo de interés ante posibles variaciones futuras. • Forward de divisas: Tratan de asegurar un tipo de cambio ante posibles variaciones futuras Se caracterizan por: • Son contratos no estandarizados: no se materializan en títulos normalizados, no hay un mercado que actúe como contrapartida, y no son transmisibles a terceros. • No exige ningún desembolso inicial. • Únicamente al vencimiento del contrato hay un solo flujo de dinero a favor del “ganador”. El valor del contrato se descubre a posteriori.

¿Cuando conviene? 44

Ventajas • Un inversor puede garantizar el tipo de interés de la colocación de una punta de tesorería en el futuro, prestando un depósito forward – forward al plazo e importe deseado. • Permiten cubrir riesgos motivados por fluctuaciones en el tipo de cambio, asegurando un tipo de cambio fijo en el futuro, sea cual sea el tipo de cambio vigente en el momento de liquidar la operación.

Inconvenientes • El contrato es vinculante, es decir, no permite ninguna elección en el futuro, como ocurre en las opciones, debiendo ejecutarlo obligatoriamente. • El perdedor puede ser cualquiera de las dos partes.

Puntos de información Se tramitan con intermediarios del mercado cambiario, corredores de bolsa de futuros y opciones, además de en entidades financieras.

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