LEGISLACION TRIBUTARIA
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LEGISLACION TRIBUTARIA ASPECTOS GENERALES Nuestro actual Sistema Tributario, fue promulgado mediante la LEY 843, del 20 de mayo de l.986, dando inicio de esta manera a un moderno SISTEMA DE TRIBUTACION, que estableció la vigencia de los diferentes Impuestos. CONCEPTO DE TRIBUTO.- Son prestaciones de dinero que el Estado EXIGE mediante LEY, a los contribuyentes para soportar la carga de los gastos públicos. Es decir que el estado con este dinero atiende las múltiples necesidades del los habitantes de un determinado país. CLASES DE TRIBUTOS.-
IMPUESTO.- Son Tributos que el Estado recauda, para ser utilizados en cualquier obra o servicio social. (CAMINOS, EDUCACION, SALUD E INFRAESTRUCTURA) TASA.- Es un TRIBUTO que el estado recauda para ser utilizado en un SERVICIO PUBLICO, que va satisfacer las necesidades de una determinada población, Ejm: Por utilizar la carretera CBBA. Santa Cruz se le cobra un peaje, a esto se le llama TASA. PRACTICO.- El alumno debe traer como tarea otros cinco ejemplos) PATENTES MUNICIPALES.- Es lo que los Gobiernos Municipales recaudan a través de los permisos y autorizaciones anuales que dan a cualquier persona que ejerza una actividad comercial o industrial, también incluyen a los que realizan una actividad independiente, como ser los profesionales y técnicos, este cobro de la PATENTE se realiza dentro de la jurisdicción Municipal. HECHO GENERADOR O IMPONIBLE (es decir en que momento nace la recaudación de dinero para el Estado)
En caso de VENTAS, de mercaderías en general el tributo se genera en el momento de la FACTURACIÓN o en el momento de la entrega de la mercadería al comprador. En el caso de los CONTRATOS DE OBRAS O PRESTACION DE SERVICIOS PERSONALES, se genera el tributo a la conclusión del servicio prestado. En el caso de las IMPORTACIONES el tributo se genera en el momento de retirar la mercadería de los almacenes de la aduana.
Los IMPUESTOS QUE ESTAN VIGENTES en la actualidad, en todo el territorio Boliviano, son Diez (10), creados por la ley 843 y modificados mediante leyes y decretos supremos, reglamentarios los cuales fueron, adecuándose, el Sistema Impositivo, a la etapa de cambios que vive nuestro País. De esta manera se establece la vigencia de los siguientes Impuestos hasta nuestros días, los cuales son: IMPUESTOS NACIONALES I. E. H. D. Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus derivados. I. C. M. - Impuesto complementario a la minería. IMPUESTOS NACIONALES COPARTICIPABLES I. V. A.
Impuesto al Valor Agregado
RC-IVA I.U.E.
Régimen Complementario al IVA. Impuesto Sobre las Utilidades de las Empresas.
I.T.
Impuesto a las Transacciones.
I.T.F.
Impuesto Transacciones Financieras
I.C.E.
Impuesto a los Consumos Específicos.
I.T.G.B.
Impuesto a las Transmisiones Gratuitas de Bienes.
I. S. A. E. Impuestos a las salidas aéreas al Exterior. PROHIBIDA SU REPRODUCCION PARCIAL O TOTAL DERECHOS RESERVADOS DE ACUERDO A LEY
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IMPUESTOS MUNICIPALES I. P. B. I. M. T.
Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles y Vehículos Automotores. Impuesto Municipal a las Transferencias de Inmuebles y Vehículos Automotores.
DISTRIBUCION DE INGRESOS COPARTICIPABLES La distribución de los ingresos COPARTICIPABLES, están divididos en tres:
75% 20% 5%
para el Tesoro General de la Nación para los Gobiernos Municipales para las Universidades públicas
FORMAS DE PAGOS DE ESTOS IMPUESTOS Los Impuestos I.V.A., RC - I.V.A., I.U.E., I.T., I.C.E., se efectúan mediante declaraciones Juradas (formularios) que los contribuyentes presentan directamente en cualquier Banco de la red nacional autorizada por el Servicio de Impuesto Nacional (SIN). El Impuesto a las Transmisiones Gratuitas de Bienes (T. G. B.), se cancela en el Banco Nacional de Bolivia y el Banco Unión. El Impuesto a las Salidas Aéreas al Exterior (I.S.A.E), se paga en el aeropuerto en Bolivia, Migración, Líneas aéreas y agencias de viaje.
EMPADRONAMIENTO AL “N I T” NUMERO DE IDENTIFICACION TRIBUTARIA
QUE ES EL
N.I.T.?
El N.I.T. es el nuevo EMPADRONAMIENTO obligatorio que va ha actualizar los datos de los contribuyentes ya registrados e incorpora a nuevos al padrón nacional, proporcionando un nuevo NUMERO DE IDENTIFICACION TRIBUTARIA (NIT), que reemplazará definitivamente al RUC, entro en vigencia el 01 de enero de 2005. Las personas NATURALES y empresas Unipersonales tendrán el mismo número de su Cédula de Identidad más tres dígitos que le asigna el SIN. Y para las personas JURIDICAS el número es asignado por el SIN. El NIT es UNICO E INTRANSFERIBLE, es decir que cada CONTRIBUYENTE DEBE TENER UN SOLO NÚMERO DE NIT, AUNQUE TENGA VARIAS ACTIVIDADES COMERCIALES O SUCURSALES. EL NIT ES COM0 LA CEDULA DE IDENTIDAD, SOLO DEBE TENERSE UNA. QUIENES DEBEN EMPADRONARSE AL NIT? Al Número de Identificación Tributaria NIT deben empadronarse todas las personas NATURALES, EMPRESAS UNIPERSONALES, Y JURIDICAS, que ejerzan una actividad Comercial con fines de LUCRO. Generalmente deben inscribirse las siguientes contribuyentes: -
Las empresas industriales. Los comerciantes (compra y venta de productos) Los que perciben (ganan) intereses. Profesionales o personas naturales que ejercen, oficios que trabajen por cuenta propia. (independientes) Propietarios de Bienes Inmuebles que perciban rentas por alquileres o anticréticos. Pequeños comerciantes, vivanderos, artesanos. Los transportistas, de corta y larga distancia.
QUIENES SON LAS PERSONAS NATURALES Y JURIDICAS.?
PERSONA NATURAL O EMPRESAS UNIPERSONAL.-
Son todas aquellas Personas ó Contribuyentes que tiene una empresa con un SOLO DUEÑO, la Persona Natural también son aquellos profesionales que ejercen su profesión en forma INDEPENDIENTE como ser los Médicos, Abogados, Auditores, Ingenieros, Albañiles, pintores, ahorristas, anticresistas, vivanderos y otros.
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PERSONAS JURÍDICAS.- Son aquellas Personas ó Contribuyentes que tienen Empresas con grandes capitales de inversión y que generalmente están conformadas en SOCIEDAD, o sea compuesto de dos o más socios, que pueden ser: (S.R.L.) Sociedades de Responsabilidad Limitada, (S.A.) Sociedades Anónimas, etc.
¿DONDE DEBEN INSCRIBIRSE? Los Contribuyentes en general deben inscribirse en las oficinas del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), ubicado en la calle Sucre, (Santa Cruz), o en la colecturías de las provincias antes de iniciar una actividad comercial. ¿QUE ES EL SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES
(S.I.N.)?
El Servicio de Impuestos Nacionales, es una institución que tiene la gran responsabilidad de CENTRALIZAR Y RECAUDAR, todos los Impuestos que pagan los CONTRIBUYENTES, de todo el territorio Boliviano en forma obligatoria y además por que la Ley 843 así lo dispone.
QUE REQUISTOS SE DEBEN PRESENTAR PARA EMPADRONARSE EN EL N.I.T.? PARA PERSONAS NATURALES, EMPRESAS UNIPERSONALES Y PROFESIONALES INDEPENDIENTES
Mostrando Cédula de Identidad y fotocopia Fotocopia de factura de agua o luz REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS PARA EMPRESAS EN SOCIEDADES
Testimonio de constitución de Sociedad Poder notariado, otorgado al representante legal Cédula de Identidad y fotocopia Ultima factura de luz, agua, teléfono u otro documento que de constancia del domicilio del negocio Balance de Apertura con Solvencia Fiscal del Colegio de Auditores.
EXTRAVIO DE CARNET DE CONTRIBUYENTE Si extravía el Carnet o Certificado de Contribuyente, puede solicitar un duplicado en las Oficinas de Impuestos Internos, Además debe cumplir los siguientes requisitos: -
Publicación del extravío en un diario de circulación nacional. Denuncia ante la repartición Policial (FELCC) Memorial dirigido al Administrador Regional. Depósito de Bs. 100 en un Banco autorizado.
CONTRIBUYENTE INACTIVO - BAJA DEL CONTRIBUYENTE Aquel contribuyente que no continuara con sus actividades debe solicitar pasar a la categoría de inactivo, para tal efecto debe dirigirse a la oficinas del Servicio de Impuestos Nacionales de su Jurisdicción (oficina donde obtuvo su NIT), presentando su documento de identidad.
SANCIONES.- Se sanciona a todos aquello Contribuyentes registrados con el NIT (Número de Identificación Tributaria), sean Personas Naturales y Jurídicas DEBERES FORMALES.- Se refiere al cumplimiento correcto y oportuno de el SIN.
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QUE ES EL INCUMPLIMIENTO A LOS DEBERES FORMALES…..? Es aquella acción con conocimiento u omisión (olvido o descuido), que comete el Contribuyente, incumpliendo normas establecidas en el Código Tributario y demás disposiciones en materia Tributaria.
DEBER FORMAL (Los que debe hacer legalmente) REGISTRO DEL CONTRIBUYENTE 1
Inscripción en el Registro de Contribuyentes
2
Proporcionar información veraz al momento de inscribirse. Exponer en un lugar visible el cartel con la leyenda de “EXIJA SU FACTURA” PRESENTACION DE DD. JJ. EN LA FECHA REAL
SANCIONES (Por no hacer legalmente) PERSONAS NATURALES PERSONAS JURIDICAS Y EMPRESAS UNIPERS. Clausura del establecimien- Clausura del establecimiento, hasta que regularice su to, hasta que regularice su inscripción inscripción Multa de 2.500
3
4 5
6 7
8
9 10
UFV
Multa de 250 UFV
Multa de
UFV
1.000 UFV
250 UFV
Multa de 350 UFV
Presentar formularios Originales en el plazo establecido Rectificatorias, que incrementen el impuesto determinado antes del vencimiento. REGISTROS CONTABLES OBLIGATORIOS
Multa de 150 UFV
Multa de 400 UFV
Multa de 150 UFV
Multa de 400 UFV
Habilitación de Libros de Compras y Ventas IVA Elaborar los EE. FF. y/o Memoria Anual FACTURAS, NOTAS FISCALES O DUC. EQUIVALENTES Emisión de facturas por montos iguales o superiores a los cinco 00/100 Bolivianos o también por importes inferiores a los 5 Bs. Cuando el comprador así lo solicite Y se contabilizará con en la cuenta “VENTAS MENORES DEL DIA” Emisión de Facturas dentro de la fecha límite de emisión
Multa de 500 UFV Multa de 1.250 UFV
Multa de 1.500 UFV Multa de 2.500 UFV
Según el Art. 170 del Código Tributario Es la clausura inmediata por 3 días, o Multa equivalente a 10 veces del importe no facturado. (elije) Multa de 50 UFV Por factura Multa de 500 UFV Por dosificación
Según el Artículo 164 del Código Tributario Es la clausura del establecimiento por 6 días y como máximo 48 días.
Activación de la dosificación por parte de la imprenta al momento de entregar las facturas preimpresas
DELITOS
Multa de
Multa de 2.500
Multa de 1.000 UFV Por factura Multa de 500 UFV Por dosificación
(Según el Art. 171 – 179 del nuevo código tributario)
DEFRAUDACION Se castiga con el 100% sobre el monto actualizado del tributo emitido. INSTIGACION PUBLICA A NO PAGAR IMPUESTOS Con multa de 500.- a 5.000.- Bs. (los montos deben ser actualizados de acuerdo al tipo de cambio vigente.)
EXTINCION DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Las obligaciones Tributarias se extinguen por las siguientes causas:
PAGO.- Una vez realizado el pago en cualquier institución financiera es la manera mas sencilla de EXTINGUIR una obligación Tributaria. COMPENSACION.- Los tributos se COMPENSAN de la siguiente manera: El DEBITO FISCAL se compensa con el CREDITO FISCAL. (el Débito Fiscal nace de las ventas y el Crédito fiscal nace de las compras.) CONDONACION.- La condonación tributaria solo se realiza a través de una Ley expresa y solo en casos especiales y determinados, por ejemplo el Perdonaso Tributario. PRESCRIPCION.- La prescripción Tributaria se refiere a la DESAPARICION de los impuestos por el transcurso del tiempo. El débito fiscal, multas, intereses y todos los recargos por Ley desaparecen en el término de los cuatro años, es ampliado hasta los siete años cuando el contribuyente no tiene inscrito sus bienes y derechos registrados en la renta.
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CATEGORÍAS DE INSCRIPCIÓN Existen cuatro categorías en las que se puede inscribir el contribuyente, dependiendo del monto de capital invertido y de la actividad que va ha desarrollar, estas son:
Régimen Tributario General (RTG) Régimen Tributario Simplificado (RTS) Régimen Tributario Integrado (RTI) Régimen Agrario Unificado (RAU)
EMPADRONAMIENTO EN EL REGIMEN GENERAL En este régimen pueden empadronarse las personas naturales, empresas unipersonal, profesionales independientes, (Abogados, Médicos, Ingenieros, Contadores, pintores, albañiles, etc.), que prestan sus servicios en forma independiente), propietario de Inmuebles que tienen ingresos por alquileres, propietarios que dan su casa en anticrético. Que realizan actividades económicas. El trámite del N.I.T, se solicita con la sola presentación de su C.I. y fotocopia de la misma. Los contribuyentes inscritos en este régimen tienen la obligación de emitir
FACTURA, pagan sus impuestos en
forma MENSUAL, en los formularios 200 IVA, 400 I T. La fecha de pago es de acuerdo al número de terminación de su N.I.T. que tiene cada contribuyente y el IUE en el formulario 520 cada año
REGIMEN TRIBUTARIO SIMPLIFICADO El Régimen Tributario Simplificado, (RTS) fue creado para facilitar el pago de impuestos de un determinado sector de contribuyentes. Pertenecen a este régimen las Personas Naturales (Ej. Mario Luna, Beatriz Altamirano, , etc.)
ARTESANOS.- Son las personas que ejercen un arte u oficio manual, trabajando por cuenta propia en sus talleres.(bordador, sastre etc.
COMERCIANTES MINORISTAS.- Son todas aquellas personas que desarrollan actividades de compra/venta de mercaderías o prestación de servicios en mercados públicos,( ferias, kioscos, pequeñas tiendas y puestos ubicados en vía pública.) VIVANDEROS.- Son aquellas personas que expenden comida, bebida, y alimentos en kioscos y pequeños locales. (venta de alimentos en pequeños, snack, kioscos, etc.
Este sector
no emite factura, su capital de trabajo esta
Bs. 37.000.-
comprendido entre los
Bs. 12.001
hasta
de exceder este monto deben inscribirse en el Régimen General.
Se debe considerar los siguientes aspectos:
Capital Precio unitario del producto Total de ingresos anuales
QUE REQUISITOS SE DEBEN PRESENTAR PARA EMPADRONARSE EN EL N.I.T.?
Mostrando Cédula de Identidad y fotocopia Fotocopia de factura de agua o luz
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CAPITAL Y CATEGORIAS
CATEGORIAS 1 2 3 4 5
CAPITAL Bs. DESDE
HASTA
12.001.15.001.18.701.23.501.29.501.-
15.000.18.700.23.500.29.500.37.000.-
PAGO BIMESTRAL Bs. 47.90.147.158.200.-
FECHA DE PAGO
Del primer bimestre ENERO Y FEBRERO, tiene plazo para pagar desde el 1ro. Hasta el 10 de marzo Del segundo bimestre MARZO Y ABRIL, tiene plazo para pagar desde el 1ro. Hasta el 10 de mayo. Del tercer bimestre MAYO Y JUNIO, tiene plazo para pagar desde el 1ro. Hasta el 10 de julio Y así sucesivamente.
PRECIO UNITARIO DEL PRODUCTO.-
El precio unitario de los productos no debe ser mayor a los siguientes montos: POR ACTIVIDAD ARTESANOS COMERCIANTES MINORISTAS VIVANDEROS
NO MAYOR A Bs. 640.480.148.-
INGRESOS ANUALES.La suma de las ventas de todo el año no debe superar los 136.000.- en cualquiera de las tres actividades. QUIENES NO PERTENECEN AL RTS.1. 2. 3. 4. 5. 6.
Los comerciantes de aparatos eléctricos o electrodomésticos. (*) Las personas inscritas en el ICE., STI. Y en el RAU. (*) Los comisionistas. (*) Quienes tengan un capital superior a los 37.000.- Bs. (*) Quienes tengan ventas anuales superiores a 136.000.- Bs.- (*) Quienes tengan un capital inferior a los 12.001.- Bs. Y cumplan los requisitos anteriores.(**)
(*) Deben inscribirse en el Régimen General (**) No necesitan inscribirse al NIT. SANCIONES:
Según la Resolución Normativa de Directorio No. 10-0021-04 se señala que el contribuyente debe cumplir con los deberes formales establecidos. Su incumplimiento originará una multa de acuerdo al siguiente detalle: No.
DEBER FORMAL
1
Inscribirse Correctamente
2
Tener las facturas o documentos. Equivalentes proporcionados por sus proveedores. Exhibir el certificado de inscripción al NIT
3 4
Tener la boleta de pago correspondiente al último bimestre
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SANCION Por incumplir al deber formal Clausura del local Multa de 2.500 UFV 50 UFV (*) 50 UFV (*) 50 UFV (*)
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REGIMEN TRIBUTARIO INTEGRADO “RTI” El Sistema Tributario Integrado STI. Fue creado para facilitar al auto transporte el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. QUIENES PERTENECEN A ESTE REGIMEN Las personas naturales (Ej.: Juan Pérez, Roger Castedo etc.) que sean propietarios de vehículos (máximo dos (2)), que se dediquen al transporte urbano e interprovincial de pasajeros y/o carga.
QUE REQUISITOS SE DEBEN PRESENTAR PARA EMPADRONARSE EN EL N.I.T.?
Mostrando Cédula de Identidad y fotocopia Fotocopia de factura de agua o luz Contrato y/o Minuta de Transferencia a nombre de la persona que se registra. Último Certificado de Registro de Propiedad del o los vehículo(s) en su poder (máximo2) (original y fotocopia) CATEGORIAS Las mismas están en función a:
Tipo de vehículo Servicio de transporte que realiza (urbano e interprovincial) Ciudad en el que se encuentra registrado el vehículo.
La relación de estas categorías es la siguiente: SERVICIO
Taxis, vagonetas, minibuses. Trans. Carga urbano, material construcción. Micros y buses urbanos. Trans. Interprovincial.
CIUDAD LP-CBBA-SC OTROS 1 B 1 B 2 1 2 1
QUIENES NO PERTENECEN AL STI
Personas naturales que posean mas de dos vehículos (*) Empresas de transporte urbano, interprovincial e internacional. (*) Empresas de radio taxis. (*) Contribuyentes inscritos en el RTS (Régimen Tributario Simplificado). Transportistas bajo la modalidad de contrato (con instituciones, empresas).(*) Personas naturales o jurídicas que se dedican a la actividad de Transporte interdepartamental y/o internacional de pasajeros y carga. (*)
(*) Deben inscribirse al Régimen General.
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El importe que Ud. debe pagar esta en función a la categoría a la que esta inscrito.
CATEGORIA
INGRESO TRIMESTRAL
MONTO
B 1 2
1.000.1.500.2.750.-
100.150.275.-
Los contribuyentes inscritos en el STI presentan y pagan la cuota que les corresponde mediante el Formulario 702, en este formulario se presenta en forma consolidada el ingreso trimestral presunto, Ej. El contribuyente tiene un taxi y un micro en la ciudad de Cochabamba, deberá sumar ambos ingresos presuntos (Bs. 1500 + Bs. 2750) y declararlos en el formulario 702 (Bs. 4250) y el detalle de sus compras (relacionadas a la actividad) en el Formulario 110. COMPENSACION: Estos contribuyentes pueden descontar el importe a pagar mediante la presentaron en el formulario 110 de: Facturas por la compra de bienes y / o servicios relacionados a la actividad (Ej.: gasolina, aceite, repuestos, etc.), el 10% del total de estas compras originan un crédito correspondiente al TRIMESTRE. Las mismas se utilizaran considerando el trimestre que se declara (Ej. Si UD. presenta DD.JJ. del trimestre enero, febrero y marzo de 2009, las facturas que le generan crédito deberán corresponder a esos mismos meses).
FECHA DE PAGO Estos contribuyentes deben presentar sus declaraciones juradas (DD.JJ.) en forma trimestral, hasta el 22 del mes siguiente del trimestre vencido. Ej.:
enero, febrero y marzo Abril, mayo y junio Julio, agosto, septiembre Octubre, noviembre y diciembre
hasta el 22de abril hasta el 22de julio hasta el 22 de octubre hasta el 22 de enero
NOTA: Si la fecha de vencimiento fuera un día inhábil, el vencimiento se trasladara al primer día hábil siguiente.
MODIFICACION DE DATOS Si Ud. cambia de: 1. Dirección 2. Distrito 3. Movilidad Debe comunicar esta modificación a la Gerencia Distrital de su jurisdicción, presentando los siguientes documentos: Para el 1° y 2° caso:
Factura o prefactura de energía eléctrica (original y fotocopia). Documento de identidad.
Para el 3° caso:
Contrato y/o Minuta de Transferencia a nombre de la persona que se registra. Último Certificado de registro de Propiedad del o los vehículo(s) en su poder (máximo 2). Documento de Identidad.
Ej.: Cambio del domicilio habitual del contribuyente. PROHIBIDA SU REPRODUCCION PARCIAL O TOTAL DERECHOS RESERVADOS DE ACUERDO A LEY
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SANCIONES Según la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0037-07 se señala que el contribuyente debe cumplir con los deberes formales establecidos para el efecto. Su incumplimiento originara una multa de acuerdo al siguiente detalle:
DEBER FORMAL
SANCION Por incumplir el Deber Formal
1.1 Inscribirse correctamente
Multa de 2.500 UFV
Tener las facturas, o documentos equivalentes proporcionados por sus 1.2 proveedores
100 UFV (*)
1.3 Exhibir el certificado de inscripción al NIT
100 UFV (*)
Presentación de Declaraciones juradas en
1.4 plazo
50 UFV (*)
(*) UFV = Unidad de Fomento a la vivienda, factor de actualización, el mismo que varia de acuerdo al índice de precios al consumidor. CONTRIBUYENTE INACTIVO
Aquel contribuyente que No continuara con sus actividades debe solicitar pasar a la categoría de inactivo, para tal efecto debe dirigirse a las oficinas del Servicio de Impuestos Nacionales de su jurisdicción (oficina donde obtuvo su NIT), presentando su documento de Identidad.
REGIMEN AGRARIO UNIFICADO “RAU” Normativa: D. S. No. 24463 y 24988 del 2 de septiembre de 1996 FORMULARIO 701 El Régimen Agrario Unificado RAU es una categoría especial creado para el pago anual de impuestos de las personas naturales, cooperativas, agropecuarias, sucesiones indivisas (pequeños propietarios) que estén dedicadas parcialmente o totalmente a actividades de avicultura, apicultura, floricultura, cunicultura y piscicultura; cuya extensión este comprendida dentro de los límites establecidos. PROHIBICIONES No pueden estar en este régimen los siguientes:
Cooperativas rurales que no sean agropecuarias o que presten servicios a terceras personas Plantas de beneficio, mataderos, plantas de incubación, molinos, ingenios frigoríficos, silos plantas de tratamiento de leche, talleres de maestranza. Cualquier otra clase de explotación, industrial, comercial o de servicios vinculadas o no a la actividad agropecuaria. Los predios que supere los límites establecidos para este régimen.
CERTIFICADOS DE NO IMPONIBILIDAD (FORM. 280) Son aquellos contribuyentes que se dedican a las actividades agropecuarias y que tengan sus terrenos por debajo de los límites que indica la tabla de la gestión 2007, podrán con carácter gratuito tramitar su CERTIFICADO DE NO IMPONIBILIDAD.
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TABLA DEL REGIMEN AGRARIO UNIFICADO DE LA GESTION 2009
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FORMA DE PAGO Este impuesto se paga anualmente, en función a la superficie de la propiedad utilizada en la actividad agrícola o pecuaria expresada en hectáreas, es decir, que usted debe multiplicar la cantidad de hectáreas por la cuota fija establecida anualmente según Zonas o Sub zonas a la que pertenezca. Así mismo los valores o montos, serán expresados por cada hectárea y actualizados anualmente en función a las UFV. (Unidades de Fomento a la Vivienda) Ejemplo No 1.El Sr. Cuasimodo Vaca de Toro, es propietario de 120 hectáreas en la Zona Altiplano y Puna – Ribereña al Lago Titicaca tiene 70 hectáreas destinadas a la actividad Agrícola (Sembrado de quinua), por lo tanto la cuota que debe cancelar por la gestión 2007, es de: Hectáreas de trabajo: Zona : Cuota Fija Agrícola:
70 Hs. Ribereña al Lago Titicaca 18,21 70 * 18,21 =…………….. Esta es la cantidad de impuesto que debe pagar por sembrar 70 Hs. De quinua.
Ejemplo No. 2.La Sra. Celestina Suárez Arroyo es propietaria de 950 Hs. De terreno en la Zona Tropical – – Sub Zona Beni- de las cuales tiene destinados 460 Hs. A la actividad ganadera o pecuaria. Hectárea de trabajo: Zona : Cuota Fija Pecuaria:
.
460 Hs. Zona Tropical – Sub Zona Beni 0,97 460 * 0.97=……………… Esta es la cantidad de impuesto que debe pagar por uso de terreno
REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN 1.- PERSONA NATURAL
Presentar Carnet de Identidad original y una fotocopia. Título de Propiedad o documento legal que certifique la propiedad o su derecho a la explotación en caso de que no tenga ninguna de estos documentos deberán presentar con carácter alternativo lo Sgte.: - Número de trámite de saneamiento - Número de certificado de la cámara o asociación agropecuaria a la que pertenece.
2.- COOPERATIVAS AGROPECUARIAS
Testimonio de la escritura de constitución de la cooperativa. Título de propiedad o documento legal que certifique la propiedad. Poder que acredite al representante legal o apoderado y documento de identidad. Todos estos documentos presentar en original y copia.
FECHAS DE PAGOS
El RAU se paga en una sola cuota (una vez al año), siendo la fecha legalmente establecida para cada pago durante el mes de octubre (del 1ro. Al 31) de cada gestión en el formulario 701.
SANCIONES Según la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0021-04 se señala que el contribuyente debe cumplir con los deberes formales establecidos para el efecto. Su incumplimiento originara una multa de acuerdo al siguiente detalle:
PERSONAS NATURALES MORA PERSONAS JURIDICAS
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50 UFVs. De la fecha de pago Multa del 10% sobre los intereses. 150 UFVs. De la fecha de pago. Lic. Carlos Canaviri Tapia
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EJERCICIOS PRACTICOS
REGIMEN GENERAL (LLNAR LOS FORMULARIOS 200 Y 400)
PRACTICO No. 1 Empresa Unipersonal - (Natural) Empresa Comercial de repuestos los “PITUFOS”, de origen Nacional, dedicado a la VENTA AL POR MAYOR DE ENSERES DOMESTICOS (textiles, prendas de vestir y calzados.) Propietaria Sra. Zoila Vaca De Toro, con NIT: 2387654019 No. de matrícula FUNDEMPRESA. 11-876476-08 Impuestos que paga son: IVA, IT. Ventas del mes de enero del 20……; es de 34.000.- Bs. Compras del mes de enero del 20……; es de 28.000.- Bs. Contrata los servicios de Ud. Como Auxiliar Contable, para que realice, el pago del IVA Y EL IT correspondiente al mes de enero del 20…….
PRACTICO No. 2 (LLENAR LOS FORMULARIOS 200 Y 400)
Empresa Jurídica (en sociedad)
Empresa Comercial de los “LOS ADIVINOS” S.R.L. de origen Nacional, dedicada a la INFORMATICA Y ACTIVIDADES CONEXA. Con No. De NIT: 8765432010 Representante Legal: Con mandato de Acta de directorio el Sr. Wilson Espinosa Castillo, C.I. 2546869 SCZ. Impuestos que paga son: IVA y el IT. Ventas del mes de enero del 20……; es de 136.000.- Bs. Compras del mes de enero del 20……; es de 178.000.- Bs. Contrata los servicios de Ud. Como Auxiliar Contable, para que realice, el pago del IVA y el IT correspondiente al mes de enero del 20…….
PRACTICO No. 3 (Tarea para que el alumno presente en la próxima clase)
((LLENAR LOS FORMULARIOS 200 Y 400) Empresa Unipersonal - (Natural), de la Sra. Zoila Vaca de Toro; con NIT: 2387654019
Empresa Comercial “LOS PITUFOS” de origen boliviana dedicada a la venta al POR MAYOR Y MENOR DE ENSERES DOMESTICOS, (textiles, prendas de vestir y calzados) Impuestos que paga son: IVA y el IT. Ventas del mes de febrero del 20……; es de 89.000.- Bs. Compras del mes de febrero del 20……; es de 98.000.- Bs. Contrata los servicios de Ud. Como Auxiliar Contable, para que realice, el pago del IVA Y EL IT correspondiente al mes de febrero del 20…….
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PRACTICO No. 4 ((LLENAR LOS FORMULARIOS 200 Y 400) Empresa Unipersonal - (Natural,) de la Sra. Zoila Vaca de Toro; con NIT: 2387654019 Empresa Comercial “LOS PITUFOS” de origen boliviana dedicada a la venta al POR MAYOR Y MENOR DE ENSERES DOMESTICOS, (textiles, prendas de vestir y calzados) Impuestos que paga son: IVA y el IT. Ventas del mes de marzo del 20……; es de 279.000.- Bs. Compras del mes de marzo del 20……; es de 116.000.- Bs. Contrata los servicios de Ud. Como Auxiliar Contable, para que realice, el registro del IVA Y el IT correspondiente al mes de Marzo del 20……. Estos Impuestos se cancelaron el 18 de mayo del 20…… La UFV´s en Marzo estaban en……………….. y en mayo……………………
PRACTICO No. 5 (Tarea para que el alumno presente en la próxima clase)
((LLENAR LOS FORMULARIOS 200 Y 400)
Empresa Comercial “LOS PITUFOS” de origen boliviana dedicada a la venta al POR MAYOR Y MENOR DE ENSERES DOMESTICOS, (textiles, prendas de vestir y calzados) Impuestos que paga son: IVA y el IT. Ventas del mes de Abril del 20……; es de 189.000.- Bs. Compras del mes de Abril del 20……; es de de 176.000.- Bs. Contrata los servicios de Ud. Como Auxiliar Contable, para que realice, el pago del IVA y el IT correspondiente al mes de Abril del 20…….
PRACTICO No. 6 (Tarea para que el alumno presente en la próxima clase)
((LLENAR LOS FORMULARIOS 200 Y 400)
Empresa Comercial “LOS PITUFOS” de origen boliviana dedicada a la venta al POR MAYOR Y MENOR DE ENSERES DOMESTICOS, (textiles, prendas de vestir y calzados) Impuestos que paga son: IVA y el IT. Ventas del mes de Mayo del 20……; es de 76.000.- Bs. Compras del mes de Mayo del 20……; es de 55.000.- Bs. Contrata los servicios de Ud. Como Auxiliar Contable, para que realice, el pago del IVA Y EL IT correspondiente al mes de Mayo del 20…….
PRACTICOS PARA EL PAGO DE IMPUESTOS AL
I.V.A. e I. T. (Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto a la Transacción)
Nota.- Antes de proceder al llenado del formulario 200 y 400, el docente deberá asegurarse de que todos y cada uno de los alumnos entiendan perfectamente que es … y como nace el DEBITO FISCAL, que es.... y como nace el CREDITO FISCAL y finalmente que es y como nace ..... El IMPUESTO A LA TRANSACCION. (Y sus alícuotas correspondientes.) PROHIBIDA SU REPRODUCCION PARCIAL O TOTAL DERECHOS RESERVADOS DE ACUERDO A LEY
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PRACTICO No. 07 (Llenar el formulario 200
y 400)
Llenar los formularios 200 y 400, de la empresa comercial los “TAJIBOS” S.R.L, correspondiente al mes de enero del 20…… con NIT: 3325612019, en base a los siguientes datos:
Total Ventas facturadas en enero del 20…… Bs. 90.800,67 Total compras facturadas en enero del 20…… Bs. 63.576,34 Saldo a favor de período anterior según formulario 200 Bs. 400.Saldo a favor del período anterior según formulario 400 Bs. 380.Ambos formularios fueron pagados en efectivo por Ud, como Auxiliar Contable el 22 - 02 - 20……
PRACTICO No. 08 Llenar los formularios 200 y 400, de la empresa comercial los “TAJIBOS” S.R.L., correspondiente al mes de febrero del 20…… con NIT: 3325612019, en base a los siguientes datos: Total Ventas facturadas en febrero del 20…… Bs. 109.800,45 Total compras facturadas en febrero del 20…… Bs.163.236,89 Ambos formularios fueron pagados en efectivo por Ud, como Auxiliar Contable el 18 - 03- 20…….
PRACTICO No. 09 Llenar los formularios 200 y 400, de la empresa comercial los “TAJIBOS” S.R.L. correspondiente al mes de marzo del 20…… con NIT: 3325612019, en base a los siguientes datos: Total Ventas facturadas en marzo del 20…… Bs. 567.895,91. Total compras facturadas en marzo del 20…… Bs.345.987,02 Ambos formularios fueron pagados en efectivo por Ud, como Auxiliar Contable el 06 - 05 – 20…… (Con mora, es decir utilizar las U.F.V. En Marzo………….. Y en Mayo las UFV. Estaban en…………….
PRACTICO No. 10 Llenar los formularios 200 y 400, de la empresa comercial “LOS OLIVOS” S.R.L. Correspondiente al mes de Abril del 20…… con NIT: 6335055020, en base a los siguientes datos:
Total Ventas facturadas declaradas en el mes de abril del 20…… es de Bs. 130.880.Total compras facturadas en abril del 20…… Bs. 16.790.Saldo el favor de período anterior según formulario 200 Bs. 1.6 00.Saldo a favor del período anterior según formulario 400 Bs. 860.Se paga el formulario 200 y 400 el 13 de junio del 20……. en efectivo. La UFV en Abril del 20…… estaban en………….. y en junio del 20…………………
PRACTICO No. 11 Llenar los formularios 200 y 400, de la empresa comercial “LOS OLIVOS” S.R.L. correspondiente al mes de Mayo del 20…… con NIT: 6335055020, en base a los siguientes datos:
Total Ventas facturadas en mayo del 20…… Bs. 467.978,67 Total compras facturadas en mayo del 20…… Bs. 45.876,67 Se paga el formulario 200 y 400 el 10 de Julio del 20…… en efectivo. La UFV en Mayo del 20…… estaban en………….. y en Julio de 20…………………
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PRACTICO No. 12 Llenar los formularios 200 y 400, de la empresa comercial “LOS OLIVOS” S.R.L. correspondiente al mes de junio 2009 con NIT: 6335055020, en base a los siguientes datos:
Total Ventas facturadas en junio del 20…… Bs. 657.254,12.Total compras facturadas en junio del 20…… Bs. 387.895,95.Se paga el formulario 200 y 400 el 05 de agosto del 20……, en efectivo, La UFV en Junio del 20…… estaban en………….. y en Agosto del 20…………………
EJERCICIOS PRACTICOS PARA EL REGIMEN TRIBUTARIO SIMPLIFICADO “RTS” PRACTICO No. 13
La Sra. Bianca Lisboa Arismendi, dedicada a la elaboración de artesanía, con NIT: 3244452014 Capital es de 13.500 Bs. Período: tercer bimestre, gestión 20…… Inscrito en la categoría: ............... (de acuerdo a su capital determine a que categoría pertenece y ¿cuanto de impuesto tiene que pagar?)
PRACTICO No 14 (Tarea para que el alumno presente en la próxima clase) Formulario 4500 La Sra. Irma Vaca Languidez Mercado (vivandera), con NIT: 4568237892. Su capital estará conformado de la siguiente manera:
Mercaderías valuadas en Bs. 18.500 Muebles y enseres valorados en Bs. 3.590.Un Teléfono-Fax, valorados en Bs. 1800.Efectivo en caja Bs. 4.800.Período: Cuarto bimestre, gestión 20…… Inscrito en la categoría: ............... (de acuerdo a su capital determine a que categoría pertenece y ¿cuanto de impuesto tiene que pagar?).
EJERCICIOS PRACTICOS PARA EL REGIMEN TRIBUTARIO INTEGRADO (Formulario 702)
PRACTICO No. 15
Filemón Naranjal Quispe Tintaya, con NIT: 2114660016 Tiene una vagoneta c/placa No. 345-SKJ, su ingreso trimestral es de Bs. 1.500.- y un micro c/placa No. 768-SRT, con un ingreso trimestral de Bs. 2.750.- para el código ver cuadro inferior y también para el código del lugar donde presta servicios. Periodo: Tercer trimestre, gestión 20…… Presentó 12 facturas por un valor total de 1800 Bs. (hacer que el alumno llene el formulario 110 en cada fila una factura con sus respectivas características de una factura actual, de diferentes fechas y empresas y finalmente con importes de diferente cantidad.)
PRACTICOS No. 16 y 17 (PRACTICO PARA QUE EL ALUMNO PRESENTE EN LA PROXIMA CLASE)
DATOS EL DOCENTE DE LA MATERIA DEBERA DAR LOS DATOS CORRESPONDIENTES PARA ESTE PRACTICO, (REALIZAR EL PAGO DE IMPUESTOS) POSTERIORMENTE PRESENTARLO EN LA DIRECCION). PROHIBIDA SU REPRODUCCION PARCIAL O TOTAL DERECHOS RESERVADOS DE ACUERDO A LEY
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EJERCICIOS PARA EL PAGO DE IMPUESTO EN EL “RAU” (LLENAR EL FORMULARIO 701)
PRACTICO No. 18
El Sr. Luís Adolfo Araúz Justiniano, con C.I. 3456789 SC. Información de la propiedad: Título de la propiedad: SC-3403, código 2, zona 24, código sub. zona 5207 y sitio 345. Extensión total del predio 800 hectáreas. De las cuales 500 para actividades pecuarias. Ubicación del Predio Rural: Santa Cruz, Buena Vista, 3ra. Sección, título de propiedad SC-3403 de fecha 12 – 05- 89, código de la Alcaldía: 7770, denominación del predio “Los Toritos”. Periodo: Gestión 20…… No. de NIT del contribuyente : 3456789026 Nota.- para llenar este formulario basarse en la TABLA DE FACTORES adjunta
PRACTICO No. 19 y 20 (PRACTICO PARA QUE EL ALUMNO PRESENTE EN LA PROXIMA CLASE)
DATOS EL DOCENTE DE LA MATERIA DEBERA DAR LOS DATOS CORRESPONDIENTES PARA ESTE PRACTICO, (REALIZAR EL PAGO DE IMPUESTOS) POSTERIORMENTE PRESENTARLO EN LA DIRECCION)
PRACTICOS No. 21 Llenar el formulario 110 correspondiente al mes de Agosto del 20……, de la Sra. Paola Villegas Paz con C.I. 3245467 S.C, con domicilio en la calle: Cochabamba No. 400, dependiente de la empresa “SOBOCE” con NIT: 4930326105, oficina central en la Av.Banzer No. 234, en base a los siguientes datos:
NIT 9875234528 9865467980 9865465606 7568643236 3259686595 8645658034 7976542698 6865287226 8437565703 9875234558 9865465642 7568643212 8456656334 9875234576 3259686574 8437565785 6865287456 7653943485 8409564563 5653876520 1245806754
No DE FACTURA 8765 8754 4598 5638 7694 568367 5633 8762 56302094 8766 4599 7439038 3218 88767 17695 5631 8763 77562 5422 1231 39213
No. DE AUTORIZACION FECHA 234567890123 980765438796 187645309874 748390219855 356790765413 345623457898 231235676546 567432187950 123456789012 234567890234 345678901230 456789023456 567890123456 234564578912 456783452345 789678902341 982346570812 765987236548 891276549834 230948576109 398576410386
PROHIBIDA SU REPRODUCCION PARCIAL O TOTAL DERECHOS RESERVADOS DE ACUERDO A LEY
02/08/09 12/08/09 15/08/09 18/08/09 19/08/09 21/08/09 22/08/09 25/08/09 30/08/09 02/08/09 16/08/09 18/08/09 20/08/09 22/08/09 14/08/09 21/08/09 22/08/09 25/08/09 21/08/09 24/08/09 30/08/09
CODIGO DE CONTROL D6-G0-83 S7-EE-B8
A0-25-Y5
B0-R2-75
D2-BB-G3 C7-C0-26
K6-H9-CC
Lic. Carlos Canaviri Tapia
IMPORTE Bs.50.Bs. 90.Bs.16.Bs.14.Bs.35.Bs.18.Bs.13.Bs.15.Bs.21.Bs.8.Bs.19.Bs.40.Bs.10.Bs.21.Bs.40.Bs.13.Bs.33.Bs.49.Bs.30.Bs.45.Bs.50.-
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PRACTICOS No. 22
Llenar el formulario 110 correspondiente al mes de Septiembre del 20……, del Sr. Mario Salvatierra con C.I. 3245438 L.P., con domicilio en la calle: Beni No. 9302, dependiente de la empresa “CONDUBOL” con NIT: 4930029816, oficina central Carretera al Norte Km. 4, en base a los siguientes datos:
NIT 9875230129 9865467980 9865465827 7568643236 3259686595 8645658034 7976542698 6865287226 8437565703 9875234558 9865492742 7568643212 8456656334 9875234576 3259686574 8437565785 6865287456 7653943485 8409564563 5653876520 1245806754
No DE FACTURA 875 8754 459578 538 7694 568367 5633 8762 56302 8766 4599 038 3218 88767 17695 5631 8763 734562 5422 131 39213
No. DE AUTORIZACION FECHA 234567890123 980765446796 187645309874 748390219855 356790765413 345623439898 231235676546 567432187950 123456797012 234567890234 345678901230 456789023456 567890123456 234564578912 456783452345 789678902341 982346570812 765987236548 891276549834 230948576109 398576410386
PROHIBIDA SU REPRODUCCION PARCIAL O TOTAL DERECHOS RESERVADOS DE ACUERDO A LEY
19/09/09 12/09/09 04/09/09 09/09/09 19/09/09 21/09/09 17/09/09 25/09/09 07/09/09 02/09/09 16/09/09 18/09/09 20/09/09 22/09/09 14/09/09 21/09/09 11/09/09 25/09/09 21/09/09 24/09/09 30/09/09
CODIGO DE CONTROL H7-E5-N8 A9-E0-89
C8-N3-A3
P0-B4-T2
D2-BB-G3
Ñ8-V3-T9
Lic. Carlos Canaviri Tapia
IMPORTE Bs.28.Bs.64.Bs.16.Bs.14.Bs.35.Bs.23.Bs.86.Bs.15.Bs.21.Bs.8.Bs.59.Bs.40.Bs.10.Bs.38.Bs.40.Bs.13.Bs.73.Bs.49.Bs.30.Bs.29.Bs.50.-
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