Modificación Decreto IMMEX DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO EXTERIOR Ciudad de México, Marzo 2016
ANTECEDENTES • El 29 de agosto y 26 de diciembre de 2014, se publican los Decretos que establecen medidas para la productividad, competitividad y combate de prácticas de subvaluación para el sector calzado y textil-confección, respectivamente. Se aplican instrumentos “aviso, permisos” para seguimiento de importaciones definitivas.
• Para ALINEAR la política pública establecida en los Decretos señalados y fomentar la sana competencia entre las empresas y prevenir prácticas lesivas a través del esquema de importación temporal:
El 6 de enero de 2016 se modificó el Decreto IMMEX.
PRINCIPALES MODIFICACIONES
1.
Establecer requisitos adicionales a la entrada de nuevos programas IMMEX y submanufactureras. Programa de inversión, que contenga: • Planos de instalaciones, ubicación, fotografías. • Montos de inversión en bienes inmuebles, maquinaria y equipo. • Valor estimado de las importaciones. • Valor o volumen estimado de producción Validación en Ventanilla: • Opinión positiva de obligaciones fiscales (art. 32-D del CFF) • No encontrarse en los listados del 69 y 69B del CFF
PRINCIPALES MODIFICACIONES
2.
Solicitar la inscripción al Padrón de Importadores de Sectores Específicos a que se refiere la Ley Aduanera. Las empresas que importen mercancía del sector Textil-Confección y calzado, requieren inscripción a este padrón.
¿ Quiénes deberán realizar la inscripción ?
Empresas con Programa Nuevo, Programa Autorizado, incluyendo las que son Certificadas (inscripción inmediata). Aplicará a partir del 5 de febrero.
PRINCIPALES MODIFICACIONES
3.
Se homologa el plazo de permanencia en el país de mercancías sensibles: a 18 meses. Plazo de Permanencia
Mercancía Azúcar Acero Textil-Confección Actividades de servicioTextil Aluminio Desperdicios Naturales Tabaco
Anterior
Actual
6 meses 9 meses 12 meses
18 meses 18 meses 18 meses
6 meses
18 meses
Nuevas mercancías -
18 meses 18 meses 18 meses
PRINCIPALES MODIFICACIONES
4.
Sujetar el azúcar a un nuevo mecanismo para importaciones temporales, a fin de no contravenir con el Acuerdo firmado con EUA para aplicar controles de exportación de azúcar a EUA: El azúcar podrá ser importada como mercancía sensible, siempre que NO se encuentre beneficiada del programa de Re-exportación de azúcar.
5.
Se adicionan 84 fracciones al sector Acero y se definen nuevas mercancías como sensibles: Aluminio, Desperdicios de Minerales y Tabaco.
PRINCIPALES MODIFICACIONES
6.
Se establece un Esquema de Garantía que ampare el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Programa IMMEX. Únicamente para la importación de mercancías sensibles. No aplica para empresas Certificadas La operación de la garantía se detallará en las Reglas
7.
La mercancía clasificada en la fracción arancelaria 4012.20.01 llantas de vehículos para el transporte, será considerada como prohibida.
8.
Las actividades de servicios de mercancías sensibles, sólo podrán realizarse por empresas certificadas.
ENTRADAS EN VIGOR Las modificaciones entrarán en vigor en las siguientes fechas
Publicación 6 enero
30 días naturales:5 de febrero 2016 - Inscripción padrón de importadores sector específico - Anexo I Mercancías Prohibidas: Azúcar, bebidas alcohólicas, prendería y llantas
- Anexo II sensibles. Solo: azúcar (incluyendo medida del Sugar Reexport Program), textilconfección, acero
SE publicará Reglas, tiene 60 días a partir de la entrada en vigor - Esquema de Garantía: para todos los sensibles - Nuevos Sectores Sensibles: Aluminio, Desperdicios de Minerales, Tabaco.
SIGUIENTES PASOS • En Reglas se establecerá: Esquema de Garantía Operación de las mercancías de: Aluminio, desperdicios de minerales y Tabaco. • El esquema de Garantía se esta trabajando con el SAT, pero el desarrollo de la plataforma informática tardará aprox. 6 meses, por lo tanto se requiere de Reglas Transitorias. • La SE tiene 60 a partir de la entrada en vigor del Decreto IMMEX para publicar Reglas incluyendo nuevo esquema.
REGLAS TRANSITORIAS • Los requisitos específicos se aplicarán para todas las empresas no certificadas que importen sensibles del Anexo II del Decreto IMMEX, independientemente del producto a elaborar. Cumplirán con requisitos específicos: Importaciones
Exportaciones -Retornos
Reglas Vigentes
Mercancías del Anexo 1 ter o III
Mercancías del Anexo 1 ter o III
Propuesta
Mercancías del Anexo 1 ter o III
Cualquier mercancía
• Se fortalecen los requisitos específicos a presentar. Se requiere mayor información de: La capacidad productiva de la empresa La mercancía sensible a incorporar en cada producto a elaborar Empresas con las que se tienen relaciones comerciales.
REGLAS TRANSITORIAS
• Se mantiene el monto máximo para importación • No incluye Garantía • No se implementa las mercancías sensibles nuevas: aluminio, desperdicios de minerales y tabaco • Las empresas de servicios de mercancías sensibles tendrán un plazo de 6 meses para obtener la certificación del SAT, cuando: o Soliciten un programa nuevo a efecto de obtener la certificación
o Son empresas con programa vigente que han venido importando sensibles, a efecto de continuar sus operaciones
REGLAS INCLUYENDO NUEVO ESQUEMA 1. Aplicar la adición de nuevas mercancías sensibles: Aluminio, desperdicios de minerales y tabaco 2. Se establece el nuevo mecanismo de GARANTIAS •
El monto a garantizar se calculará según los montos por unidad de medida de la Tarifa que la SE publique en el DOF. La metodología considerará: Clasificación Partida Sub-Partida Fracción Arancelaria
Precio Estimado* Precio Ponderado Precio Unitario
Cuota Compensatoria dólares / UMT
La SE publicará un listado indicando el monto Partida/ Subpartida/ Fracción Arancelaria
Unidad de Medida de Tarifa
Monto por unidad de medida dls
REGLAS INCLUYENDO NUEVO ESQUEMA •
La empresa realizará el cálculo del monto a garantizar, el cual No excederá la capacidad instalada de la empresa.
•
Se podrá importar cualquier mercancía sensible hasta por el monto de lo garantizado.
•
Existen dos modalidades: Fianza o Carta Crédito
•
Será un esquema de garantías revolvente USUARIO
Calcula monto a garantizar. 1
USUARIO AFIANZADORA
Solicita garantía por monto requerido. 2
USUARIO - VUCEM
Ingresa trámite adjuntando póliza.
Inicia Operaciones
3
SE
Valida la póliza con Afianzadora y emite resolución . 4
EJEMPLO 1. LA EMPRESA IMPORTA UNA SOLA MERCANCÍA Requerimientos de la Empresa:
La empresa requiere importar 100 toneladas de acero para 2016. Unidad de Medida de Tarifa
Kg (7216.61.02 Lamina de acero)
Cantidad requerida
Kg
Monto por unidad de medida
Monto Total a garantizar
(A)
(publicado por SE) (B)
C=AxB
100,000
$3
$300,000
Monto a garantizar = 100,000
X 3
= $ 300,000
El costo de la garantía equivale a 5% (aprox.) del monto a garantizar: Costo de la Garantía = 300,000 X 5% = $ 15,000
EJEMPLO 2. LA EMPRESA IMPORTA DIFERENTES MERCANCÍAS
Requerimientos de la Empresa:
La empresa requiere importar 100 tons. de lámina, 5,000 pzas de envases de aluminio, 50 tons. de lámina, y 50 tons. de tubos para 2016. Unidad de Medida Tarifa
Cantidad requerida en UM (A)
1
Kg acero)
2
Pzas
3 4
(7216.61.02 Lamina de
Monto por unidad de Medida (publicado por SE)
(B)
Monto Total a garantizar C=AxB
100,000
$3
$ 300,000
5,000
$4
$ 20,000
Kg (7210.30.01 lámina cincada)
50,000
$3
$ 150,000
Kg
50,000
$4
$ 200,000
(7612.10.01 Envases)
(7304.23.01 tubos)
Total
$ 670,000
Monto a garantizar = [100,000 X 3] + [5,000 X 4] + [50,000 X 3] + [50,000 X 4] = $670,000 1
2
3
El costo de la garantía equivale a 5% (aprox.) del monto a garantizar:
Costo de la Garantía = 670,000 X 5% = $ 33,500 Nota: El monto garantizado se puede aplicar para agregar o sustituir mercancías
4
EJEMPLO 3. LA EMPRESA REQUIERE NUEVAS MERCANCÍAS
Considerando el Ejemplo anterior, Usuario
Monto Total Garantizado Tiene programado: Lámina acero Envases de aluminio Tubos Lámina cincada
Usuario Inicia operaciones ejerciendo su Monto total garantizado
Surge nuevo requerimiento de mercancía
Puede ser: •Mercancía adicional a las 4 programadas, o •Mercancía que sustituya a alguna de las 4 programadas
Puede importar nueva mercancía, siempre que el Monto total garantizado cubra la operación NO REQUIERE AMPLIACION ANTE SE SE OPERA DIRECTAMENTE EN ADUANAS
GARANTÍA VENTAJAS
Usuario No requiere presentar ampliaciones de montos a importar o de fracciones arancelarias Se facilita las operaciones de importación de mercancías sensibles al existir un solo esquema La ampliación de garantía aplicará únicamente cuando se presenten nuevos proyectos de negocios, demostrando mayor capacidad productiva instalada.
Dependencia Un mejor control de las importaciones de mercancías sensibles. Prevenir el incumplimiento o mal uso del Programa, a través de un monitoreo con factores de riesgo Disminución de solicitudes de trámites