DIPLOMADO EN PERIODISMO TURÍSTICO Karina Alejandra Lucero Argentina
CÓDIGO DE ÉTICA CIRCULO DE PERIODISTAS TURÍSTICOS DE ARGENTINA (CPTA) El periodista de turismo es garante del derecho a la información que tiene toda persona. Su actividad informadora no puede afectar ninguno de los derechos reconocidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos. El señalamiento de críticas a hechos, normas, sitios, empresas, o personas tiene que estar fundamentado en comprobaciones idóneas y que permitan apreciar que dichas situaciones son más estructurales que aisladas y ocasionales. La información es la fuerza del turismo, luego debe contener todos los elementos que la convierten en útil, oportuna, completa y veraz especialmente señalando la causalidad y los efectos. El periodista es el vocero del turista. Es su personero y por lo tanto, hará valer los derechos de éste, utilizando la información como mecanismo de denuncia, aplauso, o sanción social. Deberá el periodista interpretar el interés de su lector, oyente o televidente y ser leal con éste, razón y fin de la actividad periodística. El respeto a las fuentes es un deber profesional. Tanto para ser leal a la información recibida como para guardar la identidad de la fuente cuando así sea solicitada o se considere conveniente. Lealtad y compromiso deben distinguir la vinculación del periodista con su medio. Guardar la unidad editorial y empresarial del medio es principio natural a toda empresa de información. El turismo es universal y los destinos y productos tienen en otros países su demanda, igual sucede en el mercado interno con referencia a destinos y productos regionales. El periodista podrá actuar con sentido regionalista, nacional, continental y universal, pero sin perder la mira de que en turismo no hay destinos ni productos excluyentes, sino que la complementariedad y la alternabilidad son sus características trascendentes. Las facilidades y atenciones de los agentes que participan en el proceso turístico no pueden condicionar la información. El periodismo turístico cubrirá el derecho a la movilización, al disfrute, al descanso y a la recreación de todos los estratos sociales sin discriminación ni preferencias. Fuente: Medio virtual Página web http://www.cptargentina.com.ar/