JUEVES 06 DE MARZO DE
Imbabura - Carchi

JUEVES 06 DE MARZO DE
Imbabura - Carchi
Las cifras de asesinatos de policías, de todos los rangos, aumentan. En lo que va de 2025 se han registrado 6. El año más duro fue 2023, con 86 crímenes. Tres ciudades son las más peligrosas para los agentes: Machala, Guayaquil y Esmeraldas. 7
Daniel Noboa debe refrescar sus alianzas, dicen especialistas 4
ECONOMÍA
Cpccs: Detenidas las designaciones de cuatro altas autoridades 5
“Tanta regulación abre puertas a la corrupción. Entre más trámites más discrecionalidad y falta de transparencia”
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NORTE
Lluvias dejan casas, vías y sembríos afectados en Espejo 3
Trump saca pecho de sus políticas aplicadas en dos meses 9
Argentina: funcionarios protestan por despidos 10
Con Gabriela Vivanco UN
¿El uso del ozempic para bajar de peso es un riesgo?
Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.
SOFÍA CORDERO sofia.cordero@iaen.edu.ec
Qué triste espectáculo nos ofrece la nueva Norteamérica de Donald Trump. Un país que alguna vez se enorgulleció de ser el baluarte de la libertad, la democracia y los derechos individuales, ahora se arrastra con entusiasmo hacia los regímenes autoritarios. Alexander Hamilton, James Madison y Thomas Jefferson deben estar revolviéndose en sus tumbas al ver cómo la nación que ayudaron a fundar les da la espalda a los principios de 1776 para abrazar con fervor la autocracia de Vladimir Putin. Porque, claro, ¿para qué hablar de libertad cuando se pueden hacer negocios?
Trump no entiende de derechos. Ni de los individuales, esos que John Adams y Benjamin Franklin defendieron con tanta vehemencia, ni de los de las naciones que luchan por sobrevivir ante las garras de imperios expansionistas. Para él, la dignidad humana tiene un precio, y Ucrania es un simple negocio. Se burla de su sufrimiento, reduce la tragedia a una cifra de inversión y, con una sonrisa burlona, cree que puede apropiarse de lo que le plazca. Y luego está Gaza, un lugar que Trump y sus aliados reducen a una caricatura de Hamás, como si no existieran allí miles de familias, niños, ancianos, médicos, profesores y gente común que sufre la devastación. En un video hecho con AI, surgen entre las ruinas un niño y su padre, víctimas de la brutalidad, y desaparecen de la escena para dar paso al “gran sueño” de riqueza y poder. Un mundo donde solo importan Trump y su cómplice Elon Musk, ese magnate que juega a ser dueño del futuro. Valores como la justicia, la compasión y la igualdad son meros obstáculos en su cruzada inmoral. Pero si algo deja claro Trump en sus primeros días de Gobierno es su desprecio por los más vulnerables. Migrantes, minorías, la comunidad LGBT+… todos son convertidos en chivos expiatorios, enemigos a los que hay que erradicar para “hacer América grande otra vez”. En su delirio de poder, el mundo libre ha dejado de contar con Estados Unidos. Europa, junto a quienes aún creen en la dignidad humana, deberá tomar la antorcha que la América de Washington y Jefferson ha dejado caer.
RODRIGO CONTERO PEÑAFIEL rcontero@gmail.com
La psicología social enfatiza la capacidad de las personas para transformar el mundo en el que viven. Un triunfo aislado no garantiza el éxito; comprender las necesidades de la sociedad requiere preparación, conoci-
Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador
Editor General: Jean Cano
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El asesinato de un policía o de un militar tiene una connotación distinta para la sociedad. Cuando un agente armado y con capacitación para reprimir, es atacado y pierde la vida se evidencia que la delincuencia tiene ventajas.
Los asesinos pueden estar mejor preparados para un ataque coordinado, pueden tener mejor armamento, tienen compromisos inconfesables que empujan su temeridad. Pero la más grande: la alta posibilidad de impunidad.
Por otro lado, el policía tiene que cumplir procedimientos técnicos y legales para responder a la delincuencia. Sus armas son cortas y menos poderosas ante los fusiles de asalto. A veces sus turnos son interminables y sus recursos limitados para movilizarse.
No obstante, al colocarse el uniforme saben que no solo tienen la obliga-
ción de defender a la población, sino que pueden perder la vida.
Al matar a policías y militares, la delincuencia ñejerce el más alto nivel de violencia en contra del país. El tenebroso mensaje que dan es que nadie está seguro, lo que se transforma en miedo.
Las autoridades han advertido de un incremento de la violencia durante este mes, antes de las elecciones. La intención sería influir en la preferencia de los electores y los policías deben enfrentar la crisis.
Los uniformados requieren de justos homenajes, como el realizado ayer a los agentes caídos, pero también de mejor preparación, más apoyo tecnológico, lugares dignos y seguros para descansar, y apoyo a sus familias.
Hay policías que sí están dispuestos a dar su vida por el Ecuador. Hay que honrarlos.
miento y un profundo sentido de responsabilidad. El último proceso electoral nos deja valiosas lecciones: improvisación, personalismos, desconocimiento, falta de respeto a la sociedad y una audacia sin límites.
La interacción social orientada hacia un cambio planificado permite dimensionar las prácticas sociales y su impacto en la comunidad. Sin este enfoque, los esfuerzos por construir relaciones humanas saludables carecerían de sentido. Es fundamental clarificar conceptos provenien-
tes de diversas disciplinas sin caer en dependencias ideológicas o políticas, Por el contrario, es necesario desarrollar prácticas específicas que fortalezcan a la comunidad, promoviendo la participación activa y el bienestar colectivo. Nuestra conducta está influenciada por tres factores principales: los rasgos genéticos heredados, las circunstancias personales del entorno y el contexto social en el que vivimos. La psicología social nos permite entender los vínculos entre indi-
ROSALÍA ARTEAGA SERRANO rosaliaa@uio.telconet.net
Desde que el médico inglés Edward Jenner, en el siglo XVIII, desarrollara la primera vacuna contra la viruela, ha transcurrido mucho tiempo, y es indudable que millones de vidas se han salvado, no solo por la prevención de la temida enfermedad de la viruela, que ha sido erradicada, sino también por una serie de otras vacunas que permiten la vida libre de ciertas dolencias, la mayor parte mortales, gracias al desarrollo de la ciencia.
Como hija de médico pediatra, estuve muy familiarizada con la importancia que las vacunas tienen para la prevención de enfermedades, vi transitar por el consultorio de mi padre a cientos de madres y padres para que sus hijos fueran inmunizados, así como después he llevado a mis hijos a procesos de inmunización y junto a mi padre hemos llenado la cartilla para completar todas las dosis de vacunas que en ese momento estaban disponibles.
Por supuesto que los procesos de la ciencia no se detienen, ahora es posible vacunarse contra varias enfermedades más y los científicos seguirán trabajando en sus modernos laboratorios para proveernos de las buenas noticias respecto de estos avances.
Con certeza muchos de nosotros no estaríamos vivos o sufriríamos los estragos del virus salvaje de la polio, si nuestros padres no habrían tenido la precaución y asumido la responsabilidad de llevar a sus hijos a vacunarse.
Tampoco esto hubiera sido posible si no se contara con gobiernos y organizaciones que alienten las campañas de vacunación y provean a los centros médicos con las dosis de vacunas necesarias.
Por ello nos preocupa la política actual de los Estados Unidos de Norteamérica, país que ha llevado el liderazgo en la producción de vacunas con una política que pone en duda su eficacia, la investigación y el suministro de fondos para que las investigaciones y la provisión de vacunas se expanda.
viduos y sociedad, así como la manera en que pensamos, opinamos y actuamos en presencia de otros. El respeto es un valor que perdura en la memoria colectiva. La educación y las buenas costumbres facilitan la toma de decisiones base en el conocimiento y la experiencia, permitiendo que la razón actúe con libertad sin caer en la confusión, la deshonra o la traición. Una vida digna no requiere de audacia ni astucia desmedida; más bien, demanda oportunidades, dedicación y hábitos adecuados que nos ayu-
den a organizar nuestro propio destino.
El honor es una cualidad indispensable para el cumplimiento de nuestras obligaciones, asegurando una conducta ética y relaciones sociales armoniosas. La dignidad, por su parte, eleva la moral, facilita el diálogo y permite que la ética optimice nuestro estilo de vida con rectitud y honradez. Construir una sociedad más justa y equitativa requiere que promovamos estos valores en nuestras acciones diarias.
El colapso de acequias y derrumbes afectan al cantón Espejo, en Carchi, por las fuertes lluvias.
CARCHI.- El cantón Espejo, ubicado en la provincia de Carchi, en el norte de Ecuador, enfrenta afectaciones debido al colapso de las acequias que cruzan la ciudad, lo que ha generado daños a viviendas, vías y sembríos.
Desde el Cuerpo de Bomberos de Espejo se informó este 5 de marzo de 2025, que la situación ha empeorado por las intensas lluvias que continúan azotando la región, poniendo en alerta a las
autoridades locales y equipos de emergencia.
Según los bomberos, la continuidad de los aguaceros hace que aumente el riesgo de deslizamientos de tierra e inundaciones.
“El equipo caminero y técnico del GAD Municipal, en conjunto con nuestros recursos, tratan de minimizar las afectaciones. Por favor tome precauciones ”, mencionaron, a través de sus redes sociales.
Se activan los Comités
° Para coordinar la respuesta a las emergencias en Espejo, el 5 de marzo se convocó al Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Cantonal.
Sin embargo, tras una reunión el 25 de febrero de 2025, el COE Provincial se declaró en sesión permanente y tomó varias resoluciones para enfrentar la temporada de lluvias.
Entre las resoluciones, se acordó solicitar a los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) cantonales la entrega de informes técnicos sobre las afectaciones en las zonas de riesgo previamente identificadas. También se requirió que los GAD cantonales
DAÑOS. Tras las últimas lluvias en Espejo se pudo constatar deslaves y afectaciones en las vías.
y los líderes de las mesas técnicas de trabajo presenten sus planes de respuesta y los recursos disponibles para atender las emergencias relacionadas con la época lluviosa en Carchi.
Dentro de esto, se solicitó la activación inmediata de la Mesa Técnica de Trabajo encargada de realizar una evaluación de los medios de vida y la productividad en la provincia, para asegurar el sustento de la población.
A otra Mesa Técnica de Trabajo se le pidió un informe detallado sobre la situación actual y las afectaciones a las fuentes hídricas, para asegurar la continuidad de los servicios básicos esenciales para la población.
El COE Provincial acordó pedir al Ministerio de Transporte y Obras
Públicas (MTOP) presentar su plan de respuesta ante la temporada de lluvias y los recursos que estarán disponibles para su implementación.
Al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) se pidió que proporcione la matriz mapeada, necesaria para evaluar la situación actual de la población afectada en relación con sus fuentes hídricas.
“El COE de Carchi reafirma su compromiso con la seguridad y bienestar de la población, trabajando de manera coordinada para enfrentar los riesgos asociados a la temporada de lluvias.
Se invita a la ciudadanía a mantenerse informada y seguir las recomendaciones de las autoridades”, afirmaron, en un comunicado, desde el COE Provincial.
Entre los sectores más afectados están el barrio Bellavista, vía El Voladero, sector La Esperanza (La Libertad), barrio Las 3 Tolas (El Ángel), río Bobo y barrio Chabayán.
Desde la Prefectura de Carchi se ha indicado que el fuerte temporal invernal ha causado derrumbes en caminos vecinales, particularmente en el sector conocido como Cruz de Mayo.
Mencionaron que el prefecto Julio Robles ha dispuesto el envío inmediato de un equipo técnico para inspeccionar la zona y proveer la maquinaria necesaria para restablecer el tránsito. Las labores, según el anuncio, debían iniciar desde las primeras horas del 5 de marzo de 2025.
“Es importante destacar que los derrumbes en esta vía no son competencia del GAD Provincial; sin embargo, la Prefectura se encuentra en el sector atendiendo lo requerido”, enfatizaron.
Además, refirieron que se ha reportado que dos viviendas han sido afectadas por el ingreso de escombros debido a las lluvias, aunque no se han registrado daños significativos en las mismas.
Agregaron que en relación con las acequias de riego en El Artezon, San Vicente de Pusir y El Tambo , la Prefectura de Carchi se encuentra en la fase de construcción de vertederos de exceso, con el objetivo de mitigar los desbordes de agua en la región. (FV)
Seguridad, generación de empleo e inversión, son algunos de los objetivos comunes por los que se debe buscar alianzas con los diferentes sectores de la sociedad para la segunda vuelta, según expertos.
Daniel Noboa , presidente de la República y candidato presidencial, y Luisa González , candidata de la Revolución Ciudadana, continúan con sus respectivas agendas. El primero como mandatario y la segunda como postulante presidencial.
La campaña electoral será del 24 de marzo al 10 de abril de 2025. Ecuador acaba de pasar el feriado de Carnaval, pero los principales problemas del país siguen allí. Solucionarlos requiere de un Gobierno que escuche e incluso establezca alianzas por un proyecto en común.
Buscar la cohesión social Rodrigo Gómez de la Torre , empresario y analista agropecuario, señala que la sociedad actual es distinta a la de hace 40 años, donde había una estructura ideológica partidaria más sólida. “El votante joven busca causas distintas a las de antaño, de izquierda y derecha (…). La confrontación no nos está llevando a ninguna parte. Más bien, buscar mecanismos de cohesión social porque si bien hay un porcentaje de votantes que podríamos debatir que está en disputa , creo que hay un porcentaje mucho más grande que tiene potencialidad de redefinir su voto por cualquiera de los dos (candidatos)”, evalúa.
A esos votantes “hay que venderles esperanza, unidad, un futuro de progreso donde pueda conseguir empleo real, no vender humo, no solo pensar en el voto de Leonidas Iza o de Andrea González”, expresa.
Hay un electorado que puede repensar su voto, “el antinoboísmo que no quiere más confrontación y que fue lo que a raíz de la prime-
CANDIDATO. Daniel Noboa, presidente y candidato, durante la entrega de títulos de propiedad en Los Ríos, el 4 de marzo de 2025. (Foto: Presidencia de Ecuador).
ra vuelta de 2023 dejó claro, que la fortaleza de Noboa era la no confrontación”, añade. Por eso sugiere retomar principios de positivismo y unidad hacia un Ecuador diferente. “Debemos repensar el tema de llamar a la unidad por un país de desarrollo, que dé estabilidad, que llame a la inversión, eso es fundamental para el proceso electoral. El mensaje al Presidente va por ahí”.
Además, dice que en zonas urbano marginales la única forma de hacer campaña es “quemando suela, acercándose a la gente y escuchando”. Destaca un factor: “Como Presidente tiene la gran oportunidad de acercarse a la gente a título personal”.
Una alianza clave que Noboa puede hacer es con el sector productivo, resalta: “Con el sector productivo, formal e informal. Tenemos un grado de informalidad muy alto en Ecuador. Ahí tenemos que tomar correctivos, cómo formalizar la economía a través de certezas”.
Mónica Heller, presidenta de la Cámara de Comercio
se busque consolidar una democracia serán bienvenidos todos los intentos de diálogo, acercamientos, alianzas políticas o entre organizaciones sociales.
Para el académico, se requieren alianzas para luchar contra la corrupción, el abuso de poder y la manipulación de la justicia. “No queremos en el Ecuador retrocesos que pongan en peligro las bases de un sistema económico que tiene que seguirse fortaleciendo, porque de él dependen la concurrencia en el mercado de productores, emprendedores, empresarios , de creación de trabajo, donde la gente no quiera migrar. Venezuela es el caso más palpable que expulsa a sus propios ciudadanos, que no ven futuro en su país, ese no es el camino para Ecuador”, señala.
nos, recalca.
‘La ventaja de Noboa es hacer’ Lolo Echeverría, analista político, ve que Noboa tiene una fortaleza que podría aprovechar, es presidente en ejercicio. “Significa que el Presidente puede no hacer ofertas sino hechos, por ejemplo, un proyecto grande para el sector indígena con efectividad inmediata”, refiere.
Pero hay un error, según el experto, existiendo solo dos candidaturas, no logran diferenciarse entre sí, se parecen y confunden a los electores. Ejemplifica los discursos de los dos lados sobre tres temas: Ley de Comunicación, dolarización , soldados extranjeros para la lucha contra la violencia.
de Quito, destaca el acercamiento que debe haber con el sector empresarial, indistintamente de quien dirija Ecuador próximamente. “Quien llegue a la Presidencia debe tener las mejores relaciones con el sector productivo. El 90% del trabajo en Ecuador lo genera el sector privado. Por tanto, quien quiera que sea presidente de la República debe tener en mente la importancia de fomentar la productividad y el comercio, de eso depende el empleo y el bienestar del Ecuador”, señala. Se necesita de una buena relación entre el sector público y privado para que se cumplan determinadas metas, expone: generar empleo, contribución impositiva, desarrollo en general. Aclara que el sector productivo ha tenido una buena relación con el Gobierno central, pero también esperan dialogar con la candidata González.
Alianzas enfocadas en la democracia
César Montaño, rector de la Universidad Andina Simón Bolívar, dice que siempre que
El papel de la academia, dice, es generar ideas para solventar los problemas sociales. La Universidad Andina trabaja en generar ideas sobre los temas de seguridad y el cambio constitucional. Montaño menciona otros sectores importantes con los que Noboa podría buscar alianzas. “El sector productivo es vital, los movimientos y organizaciones sociales también, los pueblos y nacionalidades. Decir, estamos en el mismo barco y de todos nosotros, incluido el sector académico, depende crear las condiciones para que la gente quiera profundizar la vida democrática y no al revés. Ecuador necesita la unidad”. Estando en el poder, Noboa debe redimensionar su plan de Gobierno y de acción política porque tendrá información de en qué frentes hacer ajustes, replantear, pero siempre anteponiendo el interés de todos los ecuatoria-
El analista no discrepa con que se busquen diálogos para una unidad, pero aboga por una unidad “en función de un proyecto nacional válido para todos”.
Boris Cornejo, asesor de la Fundación Esquel, habla del rol de la sociedad civil. “La presión ciudadana debe ir en este sentido, ad portas de la segunda vuelta, sobre cuáles son las propuestas concretas, ya no tenemos 16 candidatos, tenemos que ver cuál es la propuesta que hace cada uno de esos dos candidatos”.
Dice que la demanda ciudadana debe ser sobre qué tipo de sociedad propone una candidatura, qué va hacer sobre la inseguridad, desempleo, economía y educación
“A partir de eso los votantes vamos a saber qué es lo que más interesa, lo que más nos conviene. No estoy hablando de que la ciudadanía debe entrar a hacer campaña, no”. (KSQ)
CONVOCATORIA
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Guayaquil, 06 de marzo de 2025
Señores MIEMBROS DE LA ASAMBLEA GENERAL FEDERACIÓN ECUATORIANA DE WUSHU
Por medio del presente, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 14 de Reglamento de la Ley del Deporte Educación Física y Recreación, en concordancia con el estatuto de la FEW., en calidad de Presidente, CONVOCO, a Asamblea General Ordinaria
FECHA: Sábado, 22 marzo de 2025. HORA: 10H00 (diez de la mañana).
LUGAR: Sala Auditórium del COE, Edificio de Las Federaciones
DIRECCION: Sede FEW -Avenida de las Américas Edificio Comité Olímpico Ecuatoriano
Sábado, 22 marzo de 2025; 10:00am – 12:00pm
ORDEN DEL DÍA:
1.Constatación de Quorum.
2.Instalación de la Asamblea General Ordinaria.
3.Lectura y conocimiento del Informe de Presidencia, 4.Lectura y conocimiento de los Estados Financieros; 5.Lectura y Conocimiento de la proforma presupuestaria del ejercicio fiscal 2025; 6.Aprobación del Acta. Atentamente,
Arq. José A. García Vera PRESIDENTE
FEDERACIÓN ECUATORIANA DE WUSHU
• El representante a la Asamblea Ordinaria, deberá presentar el Registro de Directorio Actualizado, de acuerdo a lo señalado en el Art. 18 del reglamento de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación.
Ante la incertidumbre de los resultados de la segunda vuelta electoral presidencial del 13 de abril de 2025, en entidades como el Cpccs se ha dilatado el avance de procesos.
Ante la incertidumbre de los resultados de la segunda vuelta electoral presidencial, prevista para el 13 de abril de 2025, en entidades del Estado como el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) se han dilatado procesos como la renovación de autoridades que están por cumplir el periodo para los que fueron designados. En un mes, la fiscal general del Estado (FGE), Diana Salazar, concluirá su gestión de seis años. Mientras tanto, el Cpccs no pasa de la fase de inducción a más de 500 ciudadanos que vigilarán el concurso. El proceso de elección solo se iniciará cuando se haya designado a la comisión ciudadana de selección (integrada por delegados del Ejecutivo , Asamblea Nacional , Función Electoral ,
Función de Transparencia, y delegados de la ciudadanía ) y el Pleno apruebe la convocatoria al concurso para que los interesados en ser fiscal se inscriban para participar. Según los plazos, todo hace pensar que la fiscal se prorrogará en funciones. El mismo escenario podría darse con el concurso para reemplazar al Defensor del Pueblo, César Córdova, quien fue designado el 18 de septiembre de 2021. En septiembre de 2025 cumplirá cuatros años de gestión y en el Cpccs se intenta avanzar en la redacción y aprobación de un reglamento para la veeduría ciudadana.
Autoridades prorrogadas en funciones
Las prórrogas en funciones que ya estarían en ca-
mino para estas autoridades del Estado se suma rían a la de los vocales del Consejo de la Judicatura (CJ). El 28 de marzo , los vocales de este organismo de administración y disciplina de la Función Judicial cumplirán dos meses en funciones extendidas.
El avance en la designación de los nuevos vocales que deberían ser nombrados para seis años, depende de que el presidente de la República, Daniel Noboa, envíe la terna con sus candidatos para ocupar el cargo.
El envío de la lista de aspirantes de la Función Ejecutiva al Cpccs registra una demora de tres meses. El 16 de diciembre de 2024, el Cpccs pidió a las funciones del Estado que se les remitiera las listas de aspirantes. Hasta el momento, la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Fiscalía, Asamblea Nacional y la Defensoría Pública han entregado al Cpccs las listas con sus candidatos.
Giuseppe Cabrera, máster en Análisis Político e Investigador en Teoría Política y Participación Ciudadana, opina que la pausa que se genera en varias instituciones por la incertidumbre electoral, podría deberse a que en el país, al vivir en un sistema hiperpresidencialista, el Ejecutivo podría condicionar las mayorías en el Cpccs, y por ende los procesos de selección, etc.
Gestión en TCE y CNE
La gestión de seis años de
los jueces del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) concluye en junio de 2025. Para la renovación parcial de los jueces se sigue un procedimiento que incluye la conformación de una veeduría ciudadana, aprobación de reglamentos y una comisión ciudadana de selección. Los jueces son seleccionados por concurso de oposición y méritos, según lo determina el Código de la Democracia.
Fuentes del Cpccs estiman que la renovación parcial para designar a dos nuevos vocales del Consejo Nacional Electoral (CNE) podría concretarse después de mayo de 2025, cuando el organismo concluya el actual periodo electoral para la designación de las nuevas autoridades (binomio presidencial, asambleístas y parlamentarios andinos). Los actuales vocales concluyeron su gestión de seis años el 20 de noviembre de 2024, y están en funciones prorrogadas por una disposición de la Procuraduría General del Estado. Alrededor de 160 postulantes están a la espera del avance del concurso. (SC)
En el Cpccs
° Desde hace casi diez días, la Procuraduría General del Estado no resuelve la incertidumbre sobre quién ocupará la vocalía vacante en el Cpccs, luego de que la Asamblea solicitó su criterio legal para definir si el puesto debe ser asignado a Óscar Ayerve o el exconsejero
David Rosero
Actualmente, el Cpccs opera con solo seis de sus siete vocales, generando un vacío que debe ser cubierto para completar su conformación. Ante la falta de claridad sobre quién debe asumir el cargo, la presidencia de la Asamblea elevó una consulta a la Procuraduría para obtener una respuesta que permita proceder con la posesión del nuevo integrante. La decisión de la Procuraduría será determinante para resolver este impasse, permitiendo que el Cpccs opere con su estructura completa y continúe con sus funciones sin contratiempos.
lahora.com.ec
TELEFONÍA Corte
Constitucional frena cobros indebidos de operadoras móviles
POLÍTICA
Daniel Noboa: cambios del correísmo sobre la dolarización y asistencia internacional son por la campaña electoral
ECONOMÍA Salida récord de dólares: el ISD se dispara un 72% en plena campaña electoral
BOLSILLO Alivio financiero: Claves del decreto de Noboa que condona intereses y facilita el pago de deudas en Ecuador
El exceso de regulaciones injustificadas y la tramitología en Ecuador dificultan la inversión, elevan costos y empujan a más ciudadanos a la informalidad. Existen leyes que pueden ayudar a eliminar trámites y regulaciones innecesarias, pero no se aplican
Ricardo Freire, abogado experto en mejoras regulatorias y consultor, habló con LA HORA sobre el exceso de regulaciones injustificadas, y hasta nocivas para la economía, en Ecuador.
Actualmente, Freire está desarrollando una consultoría con la Fundación Ciudadanía y Desarrollo precisamente sobre las mejoras regulatorias que necesita el país.
P. ¿Es cierto que Ecuador está sobrerregulado y eso impide el desarrollo y el crecimiento económico?
Sí, el país está sobrerregulado. Uno de los indicadores generales que tienen las distintas entidades públicas con capacidad regulatoria es cuántas regulaciones emiten al año. En otras palabras, el desempeño de las instituciones públicas se mide por cuántas disposiciones, requisitos y regulaciones hacen cada año, y no sobre la calidad y la efectividad de esas regulaciones. En vez de generar incentivos para el desarrollo productivo del país y para que el consumidor tenga mejores productos y servicios, lo que se está haciendo es distorsionar a los mercados con regulaciones. No estás arreglando ni mejorando nada, sino estableciendo un círculo vicioso . No tenemos desarrollo productivo, no tenemos buena calidad de vida, no tenemos bienestar general, no tenemos incentivos. Cuando tú no permites que los mercados se desarrollen de buena manera, ¿hacia dónde se va el ciudadano que no tiene ingresos? A la informalidad. La existencia de tanta regu-
lación abre puertas para la corrupción . Entre más requisitos y trámites se tengan que cumplir, existe un espacio de discrecionalidad y falta de transparencia que favorece la corrupción. Lo que le hace falta al país es institucionalidad, transparencia, lucha contra la corrupción, mejora regulatoria y cumplimiento de lo que existe.
P. ¿Es cierto que en Ecuador se regula a ciegas desde el Estado y se generan barreras a la competencia y la libertad económica? Una barrera regulatoria es una normativa secundaria que tiene la facultad de regular económica o técnica-
cultivo de 10 hectáreas de cáñamo para dedicarse a la actividad. La justificación para poner ese mínimo de 10 hectáreas era que no tenían la capacidad para controlar extensiones más pequeñas. Ahí se ve que no existe la adecuada justificación para emitir una regulación que puede restringir los procesos de emprendimiento. Las regulaciones deben tener el enfoque de corregir y equilibrar, pero no restringir las actividades económicas.
P. ¿Qué ejemplos existen de regulaciones sin sustento que perjudican las actividades económicas en Ecuador?
existe una sobrerregulación que impide que más personas y empresas participen. Sin presión competitiva , es imposible que tengamos cada vez mejores productos a mejores precios. Si impones demasiados requisitos, sin justificación, haces que producir sea más caro. Se ha identificado una serie de barreras regulatorias que limitan la participación de nuevos actores en los diferentes mercados.
mente algo, y además puede impedir el acceso a los mercados o la competencia. Por ejemplo, en el sector telecomunicaciones , para tener un título habilitante y prestar servicios tienes que cumplir una serie de condiciones. Esa serie de condiciones en ciertos casos son tan restrictivas que impiden que más ciudadanos y empresas compitan. Todas las restricciones regulatorias deberían tener las suficientes justificaciones, pero en la realidad eso no pasa. En el Ministerio de Agricultura y Ganadería, por ejemplo, hace unos años inició el ‘boom’ del cannabis y se impuso que como mínimo se debía tener un
Un ejemplo clásico de la falta de justificación en las regulaciones es el precio del maíz. Ese precio se establece desde el Estado, pero sin sustentos como información actualizada sobre si hay pocos o muchos productores, si hay mucha intermediación que distorsione el mercado, o si hay pocos compradores que acaparan y luego sacan a la venta. Cómo se puede regular el precio del maíz si ni siquiera se tienen datos actualizados de cuántos productores hay a nivel nacional, de dónde viene el maíz. En muchos casos, se cuenta con información de 2012 o más antigua. El Estado, según la misma Constitución, debe ser el principal impulsor del desarrollo productivo del país; pero cómo incentivas una adecuada producción del maíz si no se sabe exactamente qué está pasando en ese sector. Lo mismo sucede con el precio de la leche. Si se establecen regulaciones inadecuadas, lo que se provoca es informalidad, contrabando, menos ingresos para los productores y hasta menos producción. Desde el Estado se ha visto la regulación de precios como la única solución, pero no se piensa en enseñar a los productores a hacer productos con valor agregado, o incentivar temas comunitarios y cooperativos. En el fondo lo que estamos haciendo es generar política pública y regulaciones a ciegas y eso termina jugando en contra de toda la cadena productiva y del consumidor. En Ecuador
P. ¿ Se puede acabar con este círculo vicioso de regulaciones que ahogan a la economía ecuatoriana? El Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones fue emitido en 2010; pero hace dos años, durante el Gobierno de Guillermo Lasso, se incluyó el libro siete que trata de las mejoras prácticas regulatorias . Lo que dicen los cambios aprobados con Lasso es que se tiene que hacer una evaluación constante de la regulación existente para saber si es que debe ser reducida, eliminada o modificada. El objetivo final es promover el comercio y el desarrollo económico a través de buenas prácticas regulatorias o la eliminación de barreras normativas. En Ecuador tienes una serie de sectores regulados; solo tienes que buscar cuántas agencias de regulación y control hay. Eso aparte de otras instituciones que tienen facultades de emitir regulación, pero no llevan el nombre de agencia de regulación. El Estado debe evaluar la calidad de sus regulaciones en todos los sectores. Este proceso debe ser dirigido por el Ministerio de Producción, Comercio, Inversiones y Pesca, pero no se cumple. Cualquier ciudadano, cualquier empresario, cualquier persona podría solicitar la evaluación de cualquier regulación a nivel nacional; y el Ministerio de Producción debería pedirle información a la entidad que emitió esa la regulación para que la justifique, se haga evaluación y dado el caso se pida su eliminación o modificación. (JS)
La Policía Nacional hizo un homenaje a los policías que han sido asesinados en servicio. Tres ciudades concentran la mayoría de las muertes.
En lo que va de 2025, seis policías han sido asesinados. Las cifras fueron reveladas el 5 de marzo de 2025, durante una ceremonia en la que se rindió homenaje a los uniformados que han perdido la vida cumpliendo su labor. Estas muertes preocupan a quienes forman parte de la Policía Nacional, por lo que han iniciado mesas de trabajo con el ministro del Interior, John Reimberg, quien –durante la ceremonia realizada en Quito– dijo tener una nueva hoja de ruta para trabajar con las fuerzas del orden.
Las ciudades más peligrosas
Las muertes de policías registran un despunte en los últimos años. Entre 2013 y 2020, hubo un total de 43 servidores policiales que murieron en servicio.
Luego de la pandemia, el incremento de la violencia narcocriminal también afectó a las filas policiales. En 2022 hubo 28 policías asesinados y en 2023 – el año más violento de la historia reciente de Ecuador– hubo 86 muertos; mientras que en 2024 fueron 26 los policías asesinados, según datos publicados por la Policía Nacional.
Solo en 2022, el incremento de muertes policiales fue del 203%.
La Policía Nacional detalla que son tres ciudades donde ocurren más ataques y crímenes contra policías:
1 Machala.
2 Guayaquil.
3 Esmeraldas.
Víctimas de un ‘exterminio’ La palabra que define el comportamiento de las bandas de crimen organizado, en Ecuador, es insurgencia. Las bandas han escalado a este nivel en el que, para tomar el control de un territorio, hay un enfrentamiento directo con la autoridad.
“Se terminan las amenazas
ACTO. En Quito, el 5 de marzo de 2025, se realizó un homenaje a los policías que han sido asesinados en cumplimiento de sus funciones.
y empieza una especie de ‘exterminio’ de policías, militares u otros representantes de las fuerzas del orden, para mostrar quién manda”, señala a LA HORA una fuente po-
¿Puede incrementar la violencia criminal?
° “Tenemos información de que los grupos armados organizados estarían reorganizándose y reabasteciéndose para un posible incremento de la violencia en el mes de marzo, previo a las elecciones, igual que lo hicieron en enero”, declaró el ministro de Defensa, Giancarlo Loffredo, el 25 de febrero de 2025. Sobre las elecciones, que serán el 13 de abril de 2025, Loffredo advirtió la información que tienen sobre un posible repunte de violencia y señaló que trabajan con el Bloque de Seguridad. Sin embargo, no adelantó la estrategia que tendrá el Gobierno para actuar ante esta alerta.
licial que prefiere mantener su nombre en reserva.
Esto coincide con el informe ‘ Diagnóstico Situacional de la Crisis de Inseguridad en Ecuador. Periodo: Enero a Septiembre 2024’, del coronel (sp) Mario Pazmiño, y jefe de Inteligencia Militar, quien señala que la insurgencia de los grupos narcodelictivos busca formar ‘ microestados ’ en los que el control y seguridad de un territorio ( barrios o ciudades) recae en las bandas criminales y ya no en las fuerzas del orden.
Es así que las bandas delictivas forman santuarios criminales donde no solo se involucran en actividades ilegales , sino que también proporcionan servicios y regulan aspectos de la vida cotidiana en las comunidades que controlan, estableciendo una especie de orden paralelo. En dichas poblaciones se ganan, ya sea por amenazas o beneficios, la lealtad de la gente.
El abogado y capitán de Policía en servicio pasivo, Stalin Sacoto , señala que los ataques a uniformados representan el más alto nivel
La Policía Nacional tiene establecidas compensaciones económicas para los familiares de los servidores policiales que mueren en el cumplimiento de su deber.
Cuando un policía muere en servicio, el Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional (Isspol) concede un seguro mortuorio, cubre gastos funerarios e indemnización (pensión vitalicia mensual para el cónyuge).
de violencia dentro de una sociedad; el mensaje es claro: “Si eso le hacemos a las fuerzas de refuerzo de la ley, a ti también te puede suceder”.
Algo que causa más miedo y desconfianza en la sociedad Sacoto destaca que la manera de enfrentar este tipo de comportamientos anormales es: “con mano dura al
delito en sus diversas manifestaciones”; la cual se debe manifestar a través de una política clara del Gobierno Central, de las fuerzas de refuerzo de la ley, de la Fiscalía y de los jueces. “No podemos aceptar que los administradores de Justicia se muestran timoratos; si no pueden aplicar la justicia con mano dura que renuncien; ya que comportamientos que debilitan el mantenimiento de la ley y el orden, en este momento, no le hacen ningún bien a la sociedad Ecuatoriana ni al mundo”, señala el también experto en seguridad. (DLH)
CONVOCATORIA PARA LA ASAMBLEA GENERAL DE ELECCI ÓN DEL DIRECTORIO DEL CLUB DEPORTIVO ESPECIALIZADO DE ALTO RENDIMIENTO “RINCÓN ECUESTRE”
De conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley del Deporte, Educaci n F sica y Recreaci n y su Reglamento Sustitutivo del Reglamento General vigente, se convoca a los se ores socios del Club Deportivo Especializado de Alto Rendimiento “Rinc n Ecustre”, a la Asamblea General de Elecciones del Directorio que se celebrar en la sede del Club ubicada en la Av. de lo Shyris 1240 y Av. Portugal, de la ciudad de Quito, provincia de Pichincha el d a lunes 24 de marzo del a o 2025 a partir de las 10am, en la sala de reuniones del Club, con el objeto de conocer y tratar el siguiente orden del d a:
1. Constataci n del qu rum.
2. Elecci n del directorio para el per odo 2024 – 2028
3. Toma de juramento, posesi n y elaboraci n de nombramientos del nuevo directorio.
Quito, 6 de marzo de 2025
Las 12 empresas públicas municipales de Quito recibieron un millonario presupuesto para 2025. Esto a pesar de que algunas empresas no ejecutaron al 100% el presupuesto de 2024.
El 25 de febrero de 2025 el Municipio dio a conocer el presupuesto que se destinó a las 12 empresas municipales de Quito. La Empresa Pública Metropolitana de Movilidad y Obras Públicas (Epmmop) es la que lidera la lista con $231,1 millones. En el otro extremo está la Empresa Pública Metropolitana Mercado Mayorista, que tendrá $3,9 millones.
Aunque varias de estas empresas generan ingresos propios, estos resultan insuficientes para cubrir sus costos operativos, por lo que dependen del presupuesto municipal.
Supervisión y control del gasto
Desde el Concejo Metropolitano se ha anunciado que reforzarán el control sobre el uso del presupuesto para evitar despilfarros.
El concejal Fidel Chamba expresó su preocupación por la asignación y ejecución del presupuesto para 2025. En particular, criticó la baja ejecución de la Empresa Pública Metropolitana de Hábitat y Vivienda, que en 2024 solo utilizó el 29,89% de sus recursos.
“El año pasado tuvo 12 millones para inversión y 4 millones para gasto corriente, pero su ejecución fue mínima. Aún así, para 2025 se
Presupuesto municipal Presupuesto propio
Epmmop
Epmaps
Empresa de Pasajeros
Metro de Quito
Emaseo
Emgirs
Empresa de Hábitat y Vivienda
Seguridad
Aeropuerto
Quito Turismo
Rastro
Mayorista
le están otorgando $26,8 millones sin que exista claridad sobre en qué se utilizarán”, señaló.
Chamba indicó que Hábitat y Vivienda tiene proyectos inconclusos como Ciudad Bicentenario , Pueblo Blanco y La Mena , donde no se han vendido todas las unidades habitacionales o existen procesos judiciales pendientes.
Otro caso preocupante, según el concejal, es la Epmmop. “Si bien tuvo una reducción de $30 millones, en 2024 recibió $174 millones y solo ejecutó el 65% del presupuesto. En noviembre su ejecución estaba en 35% y, de repente, subió al 65%. Eso debe fiscalizarse”.
Chamba recordó que la ejecución presupuestaria global del Municipio en 2024 fue del 74,23% y señaló que ya no se pueden atribuir problemas a la administración anterior.
Mecanismos para fiscalizar
El concejal Emilio Uzcátegui destacó que el Concejo Metropolitano cuenta con mecanismos para fiscalizar a las empresas municipales, como la entrega semestral de informes sobre su situación y la revisión de los Planes Operativos Anuales (POA) en las comisiones.
Uzcátegui explicó que,
$152,6 M
$18,2 M
$50,2 M
$62,2 M
$3,8 M
$13,7 M
$8,7 M
$19,3 M
$13,3 M
$2,2 M
$2,3 M
$ 1 M
$78,5 M
$161,1 M
$44,2 M
$21,5 M
$75,5 M
$21,7 M
$18 M
$5,8 M
$4,4 M
$2,9 M
Total
$231,1 M
$196,2 M
$94,4 M
$83,8 M
$79,93 M
$35,4 M
$26,7 M
$19,3 M
$13,3 M
$8,1 M
$6,7 M
$3,9 M
$798,7 M
además de los informes obligatorios, los concejales pueden solicitar información y discutir públicamente la gestión de las empresas en las comisiones. “Las herramientas de fiscalización están. Existe un respaldo suficiente en la medida en que cada concejal decida ejercerlo”, afirmó.
Sobre los cambios presupuestarios en las empresas, indicó que estos dependen de los proyectos ejecutados. Citó como ejemplo la Epmmop, que en 2024 destinó recursos a la rehabilitación de parques , lo que ya no será una prioridad en 2025. También mencionó al Metro de Quito, cuya asignación se reducirá progresivamente a medida que se finalicen obras de infraestructura. Respecto a la baja ejecución de la Empresa Pública de Hábitat y Vivienda, Uzcátegui reconoció que se requieren ajustes, pero aseguró que la entidad trabaja en proyectos específicos. Destacó que, desde la Comisión de Patrimonio y Áreas Históricas, colabora con la empresa en un plan de vivienda social
sector y promover el uso de medios alternativos de movilidad.
3
La Epmmop planifica construir y mantener una red vial segura, mejorar la señalización y semaforización, y fortalecer la red de parques y corredores verdes en la ciudad.
4
La empresa de Hábitat y Territorio señaló que se enfocará en la planificación urbana, con énfasis en vivienda de interés social y renovación urbana.
5
En la Epmaps se prevé invertir en nueva infraestructura de agua potable y saneamiento, además de ejecutar planes para la recuperación de los ríos Machángara , San Pedro , Monjas y Chiche.
6
En Emaseo se habla de fortalecer la recolección y transporte de residuos sólidos
7
en zonas patrimoniales.
“Siempre se debe evaluar el funcionamiento de las empresas y su justificación. Si una empresa pública no da los resultados esperados, su cierre o unificación debe considerarse”, advirtió.
Proyectos de las empresas Las empresas municipales han definido proyectos del 2025 al 2028, en áreas como movilidad, saneamiento, seguridad y desarrollo urbano.
1El Metro de Quito informó que busca maximizar ingresos y reducir su dependencia del Municipio. Además, trabajará en mejorar la conexión multimodal con otros sistemas de transporte y en atraer inversión privada en las zonas de influencia del metro en superficie, buscando mayores inversiones en estos sectores.
2
La Empresa de Pasajeros anunció que implementará nuevas tecnologías para mejorar la gestión y calidad del servicio de transporte público, con la interconección con el transporte público. También busca reducir las emisiones del
La Emgirs informó que implementará el Complejo Ambiental de Residuos Sólidos y mejorará la gestión de residuos peligrosos y de construcción.
8
En la empresa de Seguridad se anuncia una inversión en la construcción y adecuación de Unidades de Policía Comunitaria (UPC), instalación de alarmas, cámaras de vigilancia y botones de pánico conectados al sistema de seguridad..
9
El Mercado Mayorista planea mejorar su infraestructura y optimizar los procesos de acopio y comercialización de productos agroalimentarios.
10La empresa de Servicios Aeroportuarios informó que impulsará la Zona Especial de Desarrollo Económico de Quito (ZEDEQ) para atraer inversiones y fomentar la exportación.
11
En Quito Turismo se notificó que trabajará en la consolidación de Quito como un destino turístico inteligente. 12 La Empresa de Rastro plantea impulsar el sector comercial, la internacionalización y tecnificación del sector servicios y la productividad del sistema municipal del faenamiento. (EC)
El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, celebró que Estados Unidos “ha dejado de ser woke” y aseguró que, de una u otra forma, controlará Groenlandia y el Canal de Panamá
El jefe de la Casa Blanca, Donald Trump , celebró este 4 de marzo de 2025 ante el Congreso que Estados Unidos “ha dejado de ser ‘woke’”, durante un discurso en el que sacó pecho de sus políticas contra la diversidad y la inclusión , la imigración irregular y en materia de recortes durante
los primeros meses de su segundo mandato.
Trump presumió de haber sacado a “los hombres de las competiciones deportivas de mujeres”, haber convertido en política de Estado que “solo existen dos sexos” y de estar “protegiendo” a los menores al eliminar “el apoyo a la ideología de género
CONVOCATORIA PARA LA ASAMBLEA GENERAL DE ELECCI ÓN DEL DIRECTORIO DEL CLUB DEPORTIVO ESPECIALIZADO DE ALTO RENDIMIENTO “ILSE BRUCKMAN DE ORRANTIA
De conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley del Deporte, Educaci n F sica y Recreaci n y su Reglamento Sustitutivo del Reglamento General vigente, se convoca a los se ores socios del Club Deportivo Especializado de Alto Rendimiento “Ilse Bruckman de Orrantia”, a la Asamblea General de Elecci del Directorio que se celebrar en la sede del Club ubicada en la Av. Sim n Bol var s/n y Av. Jorge Fern ndez s/n y, de la ciudad de Quito, provincia de Pichincha el d a lunes 24 de marzo del a o 2025 a partir de las 10am, en la sala de reuniones del Club, con el objeto de conocer y tratar el siguiente orden del d a:
1. Constataci n del qu rum.
2. Elecci n del directorio para el per odo 2024 – 2028
3. Toma de juramento, posesi n y elaboraci n de nombramientos del nuevo directorio.
y de equidad divisivas y radicales”.
En este sentido, el presidente estadounidense pidió al Congreso que criminalice las operaciones quirúrgicas para el cambio de sexo en menores de edad. “Quiero que el Congreso apruebe un proyecto de ley que prohíba y penalice permanentemente los cambios de sexo en los niños y ponga fin para siempre a la mentira de que todo niño está atrapado en el cuerpo equivocado”, declaró.
Agenda legislativa
En su discurso de una hora y 40 minutos, destacó las órdenes ejecutivas que ha firmado hasta el momento y señaló al Congreso cómo debe implementar su agenda legislativa, aprobando recortes de impuestos para “todos”, por ejemplo, financiando el escudo antimisiles Cúpula Dorada o derogando la ley de su predecesor, Joe Biden, que subvenciona con 52.700 millones de dólares (49.500 millones de euros) los chips semiconductores. Por otra parte, el mandatario elogió el trabajo del
PODER. El presidente de EE.UU., Donald Trump.
multimillonario Elon Musk al frente del Departamento de Eficiencia Gubernamental (DOGE, por sus siglas en inglés), ha subrayado su “ofensiva sin precedentes” contra los extranjeros en situación irregular y ha prometido que “vamos a redescubrir el poder imparable del espíritu estadounidense”.
“Mis compatriotas estadounidenses, prepárense para un futuro increíble porque la era dorada de Estados Unidos recién comienza. Será como nada que se haya visto antes. Gracias, Dios los bendiga y Dios bendiga a Estados Unidos”, ha rematado antes de ser ovacionado por la bancada republicana.
Trump insiste en controlar el Canal de Panamá y Groenlandia
El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, reiteró ante el Congreso su voluntad de controlar el canal de Panamá y el archipiélago de Groenlandia, asegurando que “de una forma u otra lo vamos a conseguir”.
“Necesitamos Groenlan-
dia. Creo que lo vamos a conseguir. De una forma u otra, lo vamos a conseguir”, señaló en el primer discurso ante el Senado y la Cámara de Representantes de su segundo mandato.
Durante su comparecencia, el jefe de la Casa Blanca señaló que apoya el derecho de la isla --un territorio ártico dependiente de Dinamarca-- si bien al mismo tiempo ha dicho que le “daría la bienvenida” por motivos de seguridad nacional y para “hacerlos ricos”. “Estamos trabajando con todos los involucrados para tratar de conseguirlo”, ha reiterado. Una vez más el mandatario estadounidense declaró que quiere “recuperar” el canal de Panamá y celebró que “tenemos a Marco Rubio al mando”. “Buena suerte, Marco”, dijo dirigiéndose al secretario del Departamento de Estado.
Trump elogió al jefe de la diplomacia estaounidense mientras bromeó diciendo que “ahora sabemos a quién echarle la culpa si algo sale mal”. “Va a hacer un trabajo fantástico”, zanjó.
¿El uso del ozempic para bajar de peso es un riesgo?
La Asociación Trabajadores del Estado de Argentina protestó este 5 de marzo de 2025 contra los despidos en la administración del presidente Javier Milei.
La Asociación Trabajadores del Estado (ATE), el mayor sindicato de los trabajadores del sector público en Argentina, protagonizó una protesta a partir de las 09.30 de este 5 de marzo en Buenos Aires contra la nueva ola de despidos en la Administración Pública.
Esta medida busca hacer frente a las políticas del Gobierno de Javier Milei que,
según ha denunciado el secretario general de ATE, Rodolfo Aguiar, “niega la justicia social desde el primer día y nunca consideró que es el Estado el que debe articular el bien común y promover el desarrollo humano”.
“Recortan servicios públicos esenciales sin ninguna justificación o argumento técnico y profesional”, ha argu-
mentado Aguiar. Para ATE, con estas nuevas cesantías y pases a disponibilidad masivos, el Gobierno intenta ponerle fin a políticas sociales medulares y destruir uno de los pilares centrales para la contención y asistencia de las franjas sociales más vulnerables de nuestro pueblo. El sindicato hizo un llamamiento a “multiplicar las pro-
DESCONTENTO. Representantes de
testas” y avanzar con la más amplia unidad en una medida de fuerza general. Por este motivo, también convocó a un nuevo plenario federal el 11 de marzo para definir la continuidad del plan de acción.
“Este Gobierno se sostenía solo por las expectativas de una gran parte de la población que ahora ya no existen. Cada vez es más evidente que hay un relato ficcional sobre la economía y nace en la ciudadanía un fuerte rechazo al autoritarismo creciente del presidente”, expresó Aguiar.
Milei prepara viaje
La protesta de los funcionarios de Argentina se dio en momentos en que el portavoz de la Presidencia, Manuel Adorni, anunció que Milei, tiene en agenda la que sería su tercera visita a España desde que accedió al cargo, con el objetivo de recoger un premio en Madrid el 21 de marzo.
Adorni confirmó que España está entre los países que el mandatario tiene previsto visitar en las próximas semanas, junto a Chile e Israel. La propuesta “tentativa” contempla que Milei parta rumbo a España el día 20, para después
desplazarse a Israel el 23. Entre medias, está ya confirmado un acto en Madrid convocado por el Club de los Viernes, un movimiento que se erige “en defensa de las libertades civiles, el derecho de propiedad y el Estado Limitado” y que ha reconocido a Milei con el premio ‘Escuela de Salamanca’, concedido en 2024 a la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. Ayuso precisamente fue la única dirigente política que se reunió con Milei en su última visita a Madrid, en junio de 2024, e incluso le concedió la medalla de la Comunidad de Madrid. En mayo de 2024, el mandatario argentino había acudido a un acto político convocado por Vox.
Las críticas vertidas durante dicho acto contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y su mujer, Begoña Gómez, desataron una crisis diplomática entre ambos países que sigue sin estar cerrada del todo a día de hoy, ya que Milei mantiene vacante la plaza de embajador en Madrid tras retirar al candidato que propuso tentativamente en diciembre. (EUROPA PRESS)
° La capital de Argentina, Buenos Aires, sufrió este 5 de marzo de 2025 al mediodía (hora local) un nuevo apagón tras el registrado por la noche y que en esta ocasión dejó sin luz a más de 620.000 usuarios (cerca de dos millones de personas), incluida la Casa Rosada. El incidente, confirmado por las empresas responsables del suministro eléctrico, se produce en una jornada de intenso calor en Argentina, con temperaturas que pueden llegar a superar los 40 grados centígrados en algunas zonas de Buenos Aires. “Informamos que se produjo una falla en una línea de alta tensión que afecta a varias de nuestras subestaciones. Nuestros técnicos se encuentran trabajando para restablecer el servicio”, aseguró la empresa distribuidora del servicio en sus redes sociales. Fuentes oficiales confirmaron al diario ‘La Nación’ que estaba previsto que se restablezca el suministro eléctrico en torno a las 16.00 horas. En el caso de la Casa Rosada, la sede del Poder Ejecutivo, se ha registrado un breve apagón que ha sido rápidamente subsanado. Además, el metro de la capital argentina también ha visto afectado su servicio debido a este incidente.
San Francisco de Chipe también sufrió inundación
En el recinto San Francisco de Chipe en el cantón La Maná y colindante con el cantón Valencia, provicnia de Los Ríos, las familias amanecieron en vela sacando el aghua que había ingresado a sus viviendas a causa del fuerte tempora invernal. En el sitio se hizo presente al alcade Polo Crrera, quien manifestó
Familias fueron evacuadas en los sectores que fueron afectados por la creciente del río Quevedo.
QUEVEDO. Tras varias horas de lluvia la creciente del río Quevedo sorprendió a los habitantes de los sectores Cruz María, El Recreo 1 y 2; Puerto Lopez en la parroquia San Camilo y El Desquite en la parroquia Viva Alfaro.
La inundación los tomó por sorpresa Los moradores dormían plácidamente cuando aproximadamente a las 08h00 el agua irrumpiría en sus hogares, esto según lo relatado por Lucy C, habitante de Cruz María quien manifestó que salió como de costumbre a su trabajo pasado las 07h00 de la mañana, hora en la que “se encontraba todo normal”, sin embargo luego fue su sorpresa al enterarse que el agua del río Quevedo habría inundado su vivienda.
“No nos esperábamos esto (la inundación) cuando me enteré ya mis cosas estaban bajo el agua, es difícil sacar todo de golpe, algunos enseres y electrodomésticos se han perdido…esperamos que las autoridades se pronuncien y tomen acciones por nuestro sector”, expresó la moradora.
Familias fueron evacuadas
Al conocer de la emergencia organismos de rescate como el Cuerpo de bomberos de Quevedo acudió
al sector El Recreo, lugar donde se evacuaron aproximadamente a 10 familias con el uso de botes.
¡Ayuda!, era la expresión recurrente en estos sectores donde al medio día las calles seguían anegadas y los habitantes no habían probado bocado, y se encontraban preocupados por dónde iban a pasar la noche.
Intervención sería complicada
Mientras tanto, en la Ciudadela Municipal, el alcalde Alexis Matute se encontraba en un evento del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda (MIDUVI) donde con la presencia del ministro Humberto Plaza, se entregaban seis viviendas.
Acerca de la emergencia por la que atravesaba la ciudad el alcalde Matute dijo se haría el recorrido por los sectores afectados para conocer las necesidades de las familias. Argumentó que las intervenciones en estos sectores serían complicadas por la falta de asignación de recursos y estimó que para la construcción de un muro de escolleras, necesario para la contención del río, se requeriría una inversión de 200 mil dólares.
“Estos sectores siempre tienen este problema…yo entiendo a las familias, pero son riesgos que se corren en
que se intervino en el sector con el dragado y limpieza del estero y refuerzo del muro de contención para evitar que el nivel del agua suba y siga inundando el sector.
El trabajo se lo realizó además en coordinación con el cuerpo de bomberos de la localidad. (KM)
la etapa invernal” dijo Matute, en tanto que expresó se prevé coordinar 7 albergues con el Ministerio de Educación.
En tanto que los moradores de los sectores inundados reprocharon que el Municipio haya invertido el dinero en eventos de Carnaval sin antes priorizar las necesidades de la ciudad. (KM)
En San Ignacio, perteneciente al cantón Mocache, también amanecieron con las calles inundadas, dijeron estar preocupados.
7
serían los albergues que el Municipio de Quevedo coordinaría con MINEDUC para atender la emergencia.
JUEVES 06 DE MARZO DE 2025
Imbabura - Carchi
Arqueólogos han descubierto cinco figurillas de cerámica, datadas en 2.400 años, en la cima de una estructura piramidal en El Salvador, que muestran una “dramática expresión facial” y se asocian a rituales públicos. El estudio de esas piezas está publicado en la revista Antiquity. EUROPA PRESS
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AUTOR: AB. GIOVANI
MAYORGA ANDALUZ
Hecho generador
Por hecho generador o hecho imponible se entiende a aquel o aquellos hechos que son valorados por el legislador como la fuente de la que se derivan consecuencias de carácter tributario, o dicho de otra manera, es el “elemento identificador de un gravamen, hace referencia a la situación de hecho, que es indicadora de una capacidad contributiva, y que la ley establece de manera abstracta como situación susceptible de generar la obliga-
ción tributaria, de suerte que si se realiza concretamente ese presupuesto fáctico, entonces nace al mundo jurídico la correspondiente obligación fiscal1”
Según el artículo 17 (calificación del hecho generador) del Código Tributario, “Cuando el hecho generador consista en un acto jurídico, se calificará conforme a su verdadera esencia y naturaleza jurídica, cualquiera que sea la forma elegida o la denominación utilizada por los interesados. Cuando el hecho generador se delimite atendiendo a conceptos económicos, el criterio para calificarlos tendrá en cuenta las situaciones o rela-
ciones económicas que efectivamente existan o se establezcan por los interesados, con independencia de las formas jurídicas que se utilicen.”
La norma anterior tiene su inspiración en el Proyecto de Modelo de Código de Derecho Tributario para América Latina, de 1967, en cuyo artículo 8 se reconocía que “Cuando la norma relativa al hecho generador se refiera a situaciones definidas por otras ramas jurídicas, sin remitirse ni apartarse expresamente de ellas, el intérprete puede asignarle el significado que más se adapte a la realidad considerada por la ley al crear el tributo. Las formas jurídicas
adoptadas por los contribuyentes no obligan al intérprete, quien podrá atribuir a las situaciones y actos ocurridos una significación acorde con los hechos, cuando de la ley tributaria surja que el hecho generador fue definido atendiendo a la realidad y no a la forma jurídica. Cuando las formas jurídicas sean manifiestamente inapropiadas a la realidad de los hechos gravados y ello se traduzca en una disminución de la cuantía de las obligaciones, la ley tributaria se aplicará prescindiendo de tales formas.”
Ambas normas jurídicas traen consigo la doctrina de la interpretación de la realidad
¿Cómo procede la competencia en las actuaciones fiscales urgentes?
RESPUESTA
En razón del principio de prevención, la jueza o juez que dictó la actuación urgente solicitada por fiscalía, será el competente para continuar con el conocimiento de la causa, si es que la o el fiscal, continúa con la investigación o decide formular cargos en la jurisdicción que corresponde al administrador de justicia. Este criterio ha prevalecido al momento en que el Pleno de la Corte Nacional de Justicia, ha resuelto conflictos de competencia entre juezas y jueces de la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito. Evidentemente si la o el fiscal, solicita la práctica de una actuación urgente, empero está vinculada a alguna investigación por sobre algún ilícito cometido fuera de la jurisdicción de la jueza o juez actuante, los resultados de la misma, de ser el caso, corresponderán ser analizados por el administrador de justicia competente. Formular cargos ante una jueza o juez competente corresponde al Fiscal.
Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la
económica y prescindencia de las formas jurídicas del hecho generador, a la que se denomina como “la verdadera naturaleza de los hechos imponibles se atenderá a los actos o situaciones efectivamente realizadas con prescindencia de las formas o de los contratos del derecho privado en que se exterioricen”.2
Jurisprudencia de la Corte Nacional de Justicia
Al Servicio de Rentas Interna del Ecuador, a propósito de las investigaciones por defraudación tributaria, o las liquidaciones de pago por diferencias en la declaración de impuesto a la renta le ha fascinado mucho citar la Resolución No. 07-2016, publicada en el Suplemento 1 del Registro Oficial 894, de 1 de diciembre del 2016, en la que se establece el denominado PRECEDENTE JURISPRUDENCIAL OBLIGATORIO respecto del GASTO DEDUCIBLE PARA EL CÁLCULO DEL IMPUESTO A LA RENTA.
En dicha resolución se establece como jurisprudencia vinculante el siguiente punto de derecho: “Para que un
gasto sea considerado como deducible a efecto del cálculo del Impuesto a la Renta, se debe tener en cuenta que, además del cumplimiento de los requisitos formales, debe tener una secuencialidad formal - material, demostrándose sustentadamente a través de la emisión de los comprobantes de venta, retención y complementarios, forma de pago, acreditación en cuenta en favor del beneficiario y la verificación de la fuente de la obligación que demuestre que efectivamente se haya realizado la transferencia del bien o que se haya prestado el servicio”, reiterado en las sentencias que se detallan en el numeral anterior.”, por ello se ha declarado como PRECEDENTE OBLIGATORIO.
Jurisprudencia de la Corte Constitucional del Ecuador.
Sobre la jurisprudencia vinculante antes invocada, la Corte Constitucional ha declarado que la misma es APARTADA del texto y espíritu del precepto ut supra, pues su análisis no es congruente con el texto del artículo 17 del Código Tributario, además de ser IRRAZONABLE. En efecto, en la senten-
cia N.o 326-15-SEP-CC, caso N.o 1162-13-E, la Corte Constitucional refiere lo siguiente:
“En efecto, esta Corte procede a examinar si la sentencia contiene el criterio de razonabilidad dentro de los parámetros mencionados ut supra, es decir, no se encuentre afectada por la arbitrariedad o errores u omisiones del juzgador. Al respecto, cabe destacar la ratio decidendi que evidencia la única disposición legal tributaria que menciona como fundamento, relacionado con la acusación formulada por el casacionista, con el cual decide casar la sentencia del tribunal de instancia:
( ... ) CUARTO: El cuestionamiento al fallo formulado al amparo de la causal primera del art. 3 de la Ley de Casación por falta de aplicación del art. 17 del Código Tributario, considera que la Sala A quo no valoró la prueba aportada durante el proceso por la Autoridad demandada; para resolver, esta Sala considera lo siguiente: 4.1. El art. 17 del Código Tributario dispone: ( ... ); 4.2. La norma citada faculta para que se califique un acto jurídico conforme su verdadera esencia y naturaleza
gasto realizado; esta Sala considera que por lo expuesto, el Tribunal de instancia además incurrió en falta de aplicación del precedente jurisprudencia! obligatorio expuesto en el Recurso No. 28-2011. 4.5. En general, al no contar con la especificación de cómo fue cancelada la obligación, esta Sala considera que en efecto hubo falta de aplicación del art. 17 del Código Tributario.”
Análisis de la sentencia
Como se puede observar, la sentencia impugnada habría fundamentado su decisión en el artículo 17 del Código Tributario que regula la “calificación del hecho generador”, en tanto, el principal argumento del recurrente se sustentó en la falta de aplicación de dicho precepto jurídico aplicable a la valoración de la prueba. Sin embargo, la fundamentación de los jueces nacionales describe lo que significan los gastos glosados o desconocidos (Considerando 4.2), apartándose del texto y espíritu del precepto ut supra, pues su análisis no concuerda con los fundamentos de la acusación ni es congruente con el texto del artículo 17 del Código Tributario.
jurídica, de allí la importancia de analizar los gastos desglosados o desconocidos; 4.3. Un gasto, para que sea considerado tal debe tener una secuencialidad material que lo justifique como: la fuente de la obligación, el pago, el desembolso efectivo, la factura y la acreditación de tales valores del beneficiario o de un tercero, autorizado por éste; en el caso, existen las facturas, pero no existe constancia de recepción por parte del beneficiario del pago, ni la fuente que justifique dichos pagos; ello está corroborado en el ejercicio de verificación practicado por la Administración Tributaria y que no ha sido desvirtuado por la Empresa actora como le correspondía, que se limita a justificar la existencia de las facturas y de las compañías que emitieron las mismas, probando en el proceso que estos contribuyentes estaban autorizados para emitir comprobantes válidos, elementos que, como queda dicho, no son suficientes para demostrar la secuencialidad material del gasto, que ha sido advertido por la Administración Tributaria a través del mecanismo de cruce de información. Esto no ha sido considerado por la Sala de instancia, produciéndose el vicio alegado; 4.4. En la especie la compañía para desvirtuar las presunciones de legitimidad y ejecutoriedad debía presentar los sustentos del pago por el
Por otra parte, el razonamiento expuesto en el acápite 4.3 de la sentencia materia de esta acción, señala: “Un gasto, para que sea considerado tal debe tener una secuenciali-
FUNDACIÓN HOGAR DE LA PERSONA ADULTA MAYOR SANTA CATALINA LABOURÉ
CODIGO FI-FHAMSCL-2025-03
SECCIÓN I CONVOCATORIA
La Fundación Hogar de la Persona Adulta Mayor Santa Catalina Laboure convoca a través del Portal Institucional de Servicio Nacional de Contratación Pública, periódico local o radio, a todas las personas naturales o jurídicas, ya sea de manera individual o a través de asociaciones o consorcios o por compromiso de asociación o consorcios, que estén domiciliadas en la provincia de Pichincha en todos los cantones pertenecientes a la provincia para la presentación de ofertas relacionadas para la: “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ENTREGA DE VARIOS MEDICAMENTOS PARA EL CUIDADO DE LOS ADULTOS MAYORES DE LA FUNDACION HOGAR DE LA PERSONA ADULTA MAYOR SANTA CATALINA LABOURE “, que se publicó en el Portal de Compras Públicas en el mes de febrero de 2025.
dad material que lo justifique como: la fuente de la obligación, el pago, el desembolso efectivo, la factura y la acreditación de tales valores en favor del beneficiario o de un tercero, autorizado por éste ( ... )”, consideración que no tiene respaldo legal ni jurisprudencial, constituyéndose en arbitrario; únicamente gira en tomo al sistema de convicción del juez, el cual es contrario al Estado constitucional de Derecho, pues no basta que se diga que tiene convicción sobre un hecho determinado o sobre cualquier circunstancia procesal para decidir, debe basarse en la normativa pertinente.
La Corte Constitucional destaca el parámetro en estudio, proporcionando un importante aporte a la visión de la actividad del juzgador, así:
“( ... ) El juez no puede apartarse de la naturaleza y objetivos fijados por la normativa, ni proporcionar interpretaciones o razonamientos manipulados o imponer determinadas ideologías y concepciones personales, ya que estas particularidades producen fallos arbitrarios,
Habiéndose puesto en nuestro conocimiento el extravío del certificado de depósito a plazo N° 16801DPP000020-4 emitido por el Banco Bolivariano C.A. con vencimiento 02/03/2025”.
Se anula por pérdida el título 695 de tumba doble
T2C/1B/5D/174B
Camposanto
Monteolivo Norte
Queda anulado por pérdida el título número
2056 de
Monteolivo
indebidamente justificados en Derecho. Su justificación debe dirigir u orientar a la acción, el recurso o la cuestión planteada. En tal virtud, no puede imponer criterios erróneos o contrarios al ordenamiento jurídico. El objetivo de razonabilidad como criterio de análisis de la garantía de la motivación es descubrir y/o descartar los argumentos que contengan elementos impertinentes que contraríen las disposiciones aplicables o la omisión de las mismas al caso concreto.
Por tal razón, los juzgadores incurren en un error flagrante de apreciación al establecer un razonamiento distinto del texto del artículo 17 del Código Tributario, que se propusieron analizar, plasmando una auténtica deformación del raciocinio. En tal virtud, la decisión in examine carece de un razonamiento concreto y congruente, incurriendo en un pronunciamiento ligero, razón por lo que incumple el criterio de la razonabilidad.”
¿A quién creer y que jurisprudencia aplicar?
La jurisprudencia es una de las fuentes reales del Derecho y es atribuida, por mandato constitucional, a las más altas cortes del país a los que se denomina órganos de cierre, por eso la Corte Nacional de Justicia es el intérprete final de la ley y la Corte Constitucional es el intérprete final y auténtico de la Constitución.
La Corte Nacional de Justicia debe desarrollar un sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración. Para este efecto, las sentencias emitidas por las salas especializadas de la Corte Nacional de Justicia, deben ser reiterativas, al menos en tres ocasiones, respecto un mismo punto de derecho, luego de lo cual el Pleno de la Corte, con o sin deliberación, establece la jurisprudencia obligatoria que goza de efecto generalmente obligatorio. En la Corte Constitucional es también el
Pleno el que tiene competencia para expedir sentencias que constituyen jurisprudencia vinculante o precedente con carácter erga omnes, en los casos que llegan a su conocimiento a través del proceso de selección.
El precedente constitucional obligatorio, lo ha dicho la Corte Constitucional, no es sino aquella parte de la sentencia que se denomina como la “ratio decidendi -del latín que significa “razón para decidir” la cual se construye a partir de un conjunto de parámetros interpretativos de la Constitución, aplicados a los hechos puestos en conocimiento de la Corte Constitucional. Por tal razón, la jurisprudencia constitucional emitida por esta Corte tiene efectos vinculantes en lo que respecta a los derechos constitucionales, las garantías jurisdiccionales y los demás asuntos que constituyen competencias que le han sido otorgadas por el texto constitucional.”3
Ahora bien, el quid del asunto para establecer cual criterio ha de prevalecer en caso de contradicción entre la jurisprudencia vinculante dictada por la Corte Nacional de Justicia y los precedentes constitucionales obligatorios dictados por la Corte Constitucional, está en función de la interpretación conforme al texto constitucional que realicen los jueces de la jurisdicción ordinaria, pues según lo dispone el artículo 182 del Código Orgánico de la Función Judicial el juez ponente de cada Sala de la Corte Nacional de Justicia para elaborar la sentencia debe “observar la jurisprudencia obligatoria establecida de manera precedente”, es decir ha de revisar no solo la jurisprudencia vinculante dictada en la jurisdicción ordinaria sino también los precedentes constitucionales obligatorios dictados por la Corte Constitucional, de manera que la jurisprudencia obligatoria que no se ha construido en función a una interpretación conforme a la Constitución no
puede prevalecer por sobre el precedente constitucional. A más de ello, otro parámetro que debe tomarse en cuenta es que cuando la jurisprudencia vinculante se ha cons-
truido con respeto irrestricto a la interpretación conforme a la Constitución, prevalece el precedente constitucional.
CONVOCATORIA
A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA
COMPAÑÍA DE TRANSPORTE POR EL CIELO DEL ECUADOR “COTRACIER S.A.”
Sangolquí, a 5 de marzo del 2025
Por la presente se convoca a los accionistas a la Junta General ORDINARIA de nuestra organización dando cumplimiento Art. 234 de la Ley de Compañías la misma a celebrarse el:
Para tratar los asuntos contenidos:
ORDEN DEL DÍA:
1.- Constatación del Quórum
2.- Conocer el Informe del Gerente General
3.- Conocer y aprobar el Informe de Comisario
4.- Conocer y aprobar los balances y estado financieros de la compañía comprendidos entre el 01 de enero al 31 de diciembre del año 2024.
5.- Resolver acerca de la distribución de los beneficios sociales
6.- Aprobación de presupuesto 2025
Se convoca especialmente e individualmente, al Comisario Principal da la Compañía señor Luis Alexander Farinango Tarambis con número de cédula 1722812045
El Balance General, el estado de las cuentas de pérdidas y ganancias con sus respectivos anexos, así como, el informe del Gerente y el informe de Comisario, se encuentra a disposición de los señores Accionistas, para su estudio y conocimiento, en las oficinas de la Compañía, en la dirección antes indicada. La exhibición de los documentos descritos, se llevará a cabo desde la publicación de la presente convocatoria.
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE ASISTENCIA Y PREVISION ASSISPREV S.A.
De conformidad a lo dispuesto en el Estatuto Social de la compañía, convocase a Junta General Ordinaria de Accionistas de ASISTENCIA Y PREVISION ASSISPREV S.A.; que se realizará el día MIERCOLES 02 DE ABRIL DEL 2025, a las 9 AM en el domicilio de la compañìa ubicado en la Av. Shyris N33-134 y Republica del Salvador, Quito, Ecuador ; para conocer y resolver el siguiente orden del día:
1. Conocer el informe del Comisario, correspondiente al ejercicio económico 2024.
2. Conocer el informe de auditoria correspondiente al ejercicio economico 2024.
3. Conocer el informe del Gerente General, correspondiente al ejercicio económico 2024.
4. Conocer y Resolver sobre el Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias, correspondiente al ejercicio económico 2024.
5. Conocer el presupuesto del año 2025.
6. Conocer y Resolver acerca del destino de las utilidades generadas, correspondientes al ejercicio económico 2024.
Los informes del Comisario, Informe de Auditoria, el Balance General, el Estado de Pérdidas y Ganancias se encuentran a disposición de los Accionistas, en el domicilio de la Compañía.
Quito, 28 de febrero del 2025
Ing. Karina Borja Flores GERENTE GENERAL
Asistencia y Previsión
ASSISPREV S.A.
Según la distinguida jurista ecuatoriana Pamela Aguirre Castro: “… la creación judicial del derecho en el ámbito constitucional ecuatoriano no se asemeja a la de las familias de origen en el civil law, puesto que de una interpretación integral del texto constitucional se advierte que los criterios contenidos en las sentencias y dictámenes constitucionales son de obligatoria observancia por parte de los operadores jurídicos, independientemente de que sean reiterados o no”4 . Por ello, continua la autora, “Entonces, si existe una contradicción entre los criterios constantes en la jurisprudencia obligatoria y el precedente constitucional,
este último es el que prevalece, puesto que la actividad de la Corte Constitucional en su calidad de máximo intérprete no se reduce a la interpretación de la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos, sino a todo el ordenamiento jurídico en el marco de sus competencias a la propia Norma Suprema.”5
Este criterio, el de la obligatoriedad de la ratio decidendi de las sentencias dictadas de la Corte Constitucional, es ratificado por la Corte Constitucional pues sobre el asunto ha declarado que: “De igual forma, la norma consagrada en el artículo 436 numeral
6 ibídem, establece que a la Corte Constitucional, entre sus atribuciones, le concierne expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante respecto de las acciones de protección, cumplimiento, hábeas corpus, hábeas data, acceso a la información pública y demás procesos constitucionales, así como los casos seleccionados por la Corte
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARAIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA TRAESINCALDERON S.A.
En virtud de lo establecido en la Ley de Compañías, se convoca a los señores Accionistas de la COMPAÑÍA TRAESINCALDERON S.A., a Junta General ordinaria, la misma que se llevará a cabo el día viernes 14 de marzo del 2025, a las 19:00, en la oficina y domicilio principal de la Compañía (calle Manuel Aguinaga N66-18 y Cesar Endara), con la finalidad de conocer y resolver sobre los siguientes puntos del orden del día;
1. Constatación del Quorum.
2. Conocer y aprobar el informe del Comisario del ejercicio económico 2024.
3. Conocer y aprobar el informe de Gerencia del ejercicio económico 2024.
4. Conocer y aprobar el balance y estado financiero del ejercicio económico del 2024.
5. Asuntos Varios.
Atentamente
Nely Jiménez
GERENTE GENERA
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE CONVENCIONALIMATAXI S.A.
Se convoca a los accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE CONVENCIONALIMATAXI S.A. a la Junta General Extraordinaria que tendrá lugar el día sábado 15 de marzo del 2025 a las 15HOO PM, en las oficinas de la Compañía ubicado en la Provincia de Pichincha, Cantón Quito, Parroquia Chillogallo, Barrio Simón Bolivar, Calle S35B Nº OE12 69, Intersección OE 12H, Diagonal a tienda AZTIRMA, para tratar el siguiente orden del día.
1. Constatación de asistencia.
2. Conocer y resolver a cerca del Balance General y estado de pérdidas y ganancias del ejercicio fiscal del año 2024.
3. Conocer y resolver a cerca de las utilidades del Ejercicio Económico del año 2024.
Se convoca también de manera especial e individual al Señor, Carlos Israel Vallejo Rocha COMISARIO de la Compañía De Transporte Convencionalimataxi S.A.
Se hace conocer que en caso de no haber cuórum reglamentario se procederá a hacer una segunda convocatoria para la aprobación del orden del día descrito en la convocatoria y se aprobará el acta con el número del paquete accionario que esté presente, de acuerdo al estatuto vigente de la Compañía y en concordancia con la Ley de Compañías. Quito, 05 de marzo del 2025
AGUAS TOAPANTA MILTON RODRIGO
CI. 1709436800
TLF. 023036355- 0995049729
PRESIDENTE DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE
CONVENCIONALIMATAXI S.A.
para su revisión. De ello se colige que constituye jurisprudencia vinculante, no únicamente aquella que ha sido emitida a partir del procedimiento de selección y revisión de sentencias en casos de garantías jurisdiccionales conocidos y resueltos por las juezas y jueces constitucionales
de instancia; sino también, las decisiones emitidas en todos los procesos constitucionales que forman la esfera competencial de este Organismo.”
Autor: Ab. Giovani Mayorga Andaluz montecrhisto@gmail.com
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA TRANSPORTES SELECTOS TRANSPORSEL S.A.
En cumplimiento a la ley de compañías y el estatuto social, se convoca a los señores accionistas de la Compañía TRANSPORTES SELECTOS TRANSPORSEL S.A. a la Junta General Ordinaria que se celebrará el día martes 11 de marzo del 2025 a las 10:00 am. en el domicilio principal de la compañía, ubicado en la calle Carlos Mantilla y José Cañizares Centro Comercial LA TOLITA Parroquia Calderón del Distrito Metropolitano de Quito. Con el objeto de conocer y resolver el siguiente orden del día.
ORDEN DEL DIA
1. CONSTATACION DE QUORUM.
2. INFORME DEL SR. PRESIDENTE
3. INFORME DEL SR. GERENTE
4. ELECCIÓN DE ADMINISTRADORES Y DIRECTORIO POR EL PERIODO DE 2 AÑOS.
Se convoca de manera personal e individual al Comisario de la Compañía Sr. Guerra Cucuango Juan Miguel.
Sr. Diego Lafuente A. PRESIDENTE
COMPAÑIA TRIANGULO DE PIEDRA SERVTAXCONV
CONVOCATORIA
1.Corte Constitucional de Colombia. Sentencia C-333/17.
2.Lucy Cruz de Quiñones, Sofía Regueros de Ladrón de Guevara, Germán Alfonso Pardo Carrero, Fabio Londoño Gutiérrez, Lecciones de derecho tributario inspiradas por un maestro: liber amicorum en
homenaje a Eusebio González Garcia, Volumen 1 (Bogotá: Universidad del Rosario, 2010), 331.
3.Corte Constitucional del Ecuador, sentencia N.° 075-16-SIS-CC, caso N.° 0044-14-IS, 12 de diciembre de 2016, p. 8.
4.Pamela Aguirre Castro, La transformación de las fuentes del ordenamiento ecuatoriano: el precedente constitucional (Quito: UASB, 2016), 234.
5.Ibíd. 230.
Convocatoria a Junta General Extraordinaria de socios
De conformidad con las disposiciones legales y estatutarias Vigentes, se Convoca una Junta General Extraordinaria de Socios de la Compañía GOLDEN BEARS STRONG CIA LTDA, Se llevará a cabo el día 15 de marzo de 2025 a las 10am en las instalaciones ubicada en la parroquia turubamba, barrio santo tomas, calle E3F, a fin de tratar el siguiente orden del día
1. Aumento de Capital Social
2. Ratificación de Nombramiento de Gerente
General
3. Cambio de nombramiento Presidente
4. Permiso de Operaciones (Ministerio de Gobierno)
MSC. Bomahibe Figueroa Gerente General GBS CIA LTDA
el día Miércoles 12 de marzo del 2025, a las 16:00 horas, en la oficina principal de la compañía, ubicada en el Barrio la Merced, referencia frente al complejo deportivo Guayllabamba.
Especialmente se convoca al señor José David Tupiza, Comisario Principal.
Se convoca a todos los señores/as Accionistas, a la JUNTA GENERAL EXTRA ORDINARIA DE ACCIONISTAS, de la COMPAÑIA TRIANGULO DE PIEDRA SERVTAXCONV S.A. a efectuarse el día lunes 10 de marzo del 2025, a las 11H00, en la oficina de la compañía, ubicada en la Av. Gran Colombia Nº 12 -120 y Miguel Espinoza, sector Alameda, del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, la junta se instalará con el cincuenta y uno por ciento el capital pagado.
CON EL SIGUIENTE ORDEN DEL DÍA:
1. Constatación de Quórum.
2. Lectura y aprobación del acta anterior.
3. Recaudación de rubros y en general la parte económica de la empresa a cargo de la señora gerente de la Compañía.
4. Cambio de parada sector Alameda.
5. Procesos judiciales para el cobro de deudas por cuotas mensuales de los señores accionistas.
6. Entrega de adhesivos y habilitaciones.
7. Lectura y aprobación del acta.
ATENTAMENTE
GERENTE GENERAL DE LA COMPAÑIA TRIANGULO DE PIEDRA SERVTAXCONVS.A. CARMEN
En esta Junta se conocerá y resolverá el siguiente orden del día:
1. Constatación del Quórum.
2. Informe del Sr. Presidente
3. Informe de la Sra. Gerente
4. Informe del Sr. Comisario.
5. Lectura y aprobación del Balance General, Estado de Pérdidas y Ganancias, del periodo fiscal 2024; y resolución sobre el destino de utilidades.
6. Elección de la directiva 2025-2027
7. Toma de juramento de la Directiva Electa.
Los documentos mencionados en el quinto punto se encuentran a disposición de los señores Accionistas en la oficina de la compañía para su conocimiento.
Atentamente
ING. GABRIELA TOAPANTA TITUAÑA
GERENTE GENERAL
CÍA. TRANSLIDER S.A. 001-004-5269
CITACIÓN A LOS DEMANDADOS SEÑORES
PIAUN CHAVEZ KLEVER ARMANDO y CORREA CRUZ MARICELA DEL ROCIO
PUBLICACIÓN JUDICIAL
JUICIO: 10311-2023-00636
ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “UNIOTAVALO LTDA”,
DEMANDADOS: CARLOS ISARAEL BOADA ARELLANO y ANA MARIA BENAVIDES ECHEVERRIA en calidad de deudores principales. KLEVER ARMANDO PIAUN CHÁVEZ y CORREA CRUZ MARICELA DEL ROCIO en calidad de deudores solidarios y a la señora ECHEVERRÍA YANOUCH BARBARA PATRICIA en calidad de deudora solidaria.
OBJETO DE LA DEMANDA: COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN
TRÁMITE: EJECUTIVO
JUEZ: DRA. VALERIA ELIZABETH VACA HIDALGO
SECRETARIO: DR. MARCO FABRIZIO MUÑOZ LOZA
La COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO UNIOTAVALO LTDA., tiene como objeto realizar las actividades, operaciones actos y contratos permitidos por la ley, de conformidad con la autorización que le otorga la SUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA, según lo establecido por el Código Orgánico Monetario y Financiero.
Los señores BOADA ARELLANO CARLOS ISRAEL, portador de la cédula de ciudadanía No. 1002872420 y la señorita BENAVIDES ECHEVERRIA ANA MARIA portadora de la cédula de ciudadanía No. 1003230255, solicitaron a la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO «UNIOTAVALO» LIMITADA, un préstamo de dinero el cual fue concedido por mi representada, por lo que, con fecha de 04 DE JUNIO DE 2020, firmó el respectivo Pagaré con vencimientos sucesivos, a la Orden de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO «UNIOTAVALO» LIMITADA, Pagaré Nro. 105577, por la cantidad de QUINCE MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 15,500.00), pagaré firmado en conjunto con el señor PIAUN CHAVEZ KLEVER ARMANDO, portador de la cédula de ciudadanía No. 1003686050, en su calidad de deudor solidario; y, a la señora CORREA CRUZ MARICELA DEL ROCIO portadora de la cédula de ciudadanía No. 1003277108, en su calidad de deudora solidaria; además firma el pagaré la señorita ECHEVERRÍA YANOUCH BARBARA PATRICIA portadora de la cédula de ciudadanía No. 1500187024, en su calidad de deudora solidaria
Los suscriptores y hoy demandados del pagaré a la orden N° 105577, con vencimientos sucesivos que adjunto en original, por la suma QUINCE MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 15,500.00); en calidad de deudores se obligaron a cancelarlo mediante el pago de 72 dividendos sucesivos, más los intereses de plazo y de mora fijados en el título ejecutivo indicado y que es materia de la presente demanda
* INTERÉS: Conforme consta en el texto del pagaré que se acompaña, los suscriptores del pagaré, convinieron expresamente que la tasa de interés inicial reajustable fue de 16% anual. Que se reajustará en periodos iguales y sucesivos de 90 días.
* INTERÉS DE MORA: En el texto del pagaré adjunto, consta que se reconocerá hasta la fecha que se produzca el pago total de lo adeudado la tasa de interés de mora que haya dispuesto el Banco Central del Ecuador y que se halle vigente a la fecha de vencimiento, según las normas dictadas para el caso por el correspondiente organismo regulador.
* A pesar de varios requerimientos efectuados al deudor, la obligación demandada por el pagaré N° 105577, se encuentra en mora desde el dividendo número, cuota 29 (correspondiente al vencimiento del 15/11/2022), conforme se justifica de los dividendos mensuales con vencimiento sucesivos, que se determinan en el pagaré adjunto; por tratarse un título que contiene vencimientos sucesivos, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 348 del COGEP, DECLARO DE PLAZO VENCIDO TODA LA OBLIGACIÓN, como consecuencia de la aplicación de la cláusula de aceleración de pagos pactada.
*De conformidad con el Certificado de Deuda que en original me permito adjuntar, correspondiente al PAGARÉ N° 105577, los valores adeudados por el demandado, con corte al 04 DE SEPTIEMBRE 2023, los cuales deberán ser reliquidados a la fecha de la solución o pago efectivo de la obligación, en la que se incluirán los gastos judiciales y honorarios profesionales de mis abogados patrocinadores, son los siguientes:
TOTAL=$12,991.44 (DOCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS.)
Ofrezco reconocer abonos parciales adicionales que se justifiquen legalmente y que correspondan a la obligación demandada, la misma que ha sido cancelada hasta la cuota 28 y se encuentra en mora desde el dividendo, cuota 29.
* El título ejecutivo descrito, contiene una obligación ejecutiva, al ser clara, pura, determinada, actualmente exigible, líquida o liquidable. Es CLARA, pues sus elementos aparecen inequívocamente señalados, tanto su objeto, como sus sujetos, extendido en lenguaje inteligible y de fácil comprensión; PURA, ya que no está condicionada o sujetas a ninguna condición, excepción ni restricción, DETERMINADA, ya que expresa de manera exacta que es lo que se debe: ACTUALMENTE EXIGIBLE, puesto que transcurrió el tiempo señalado para que se produzca el pago estipulado, sin que la suscriptora haya cubierto su obligación; y, LÍQUIDA O LIQUIDABLE, por comprender una cuantía cierta pendientes de pago, liquidable mediante operaciones aritméticas.
PRETENSIÓN
Con estos antecedentes, acudo ante usted, señor Juez; y, en PROCEDIMIENTO EJECUTIVO, DEMANDA al señor BOADA
de la cédula de ciudadanía No. 1002872420 y de la señorita BENAVIDES ECHEVERRIA ANA MARIA, portadora de la cédula de ciudadanía No. 1003230255, en su calidad de deudores principales y, el señor PIAUN CHAVEZ KLEVER ARMANDO portador de la cédula de ciudadanía No. 1003686050 y, a la señora CORREA CRUZ MARICELA DEL ROCIO portadora de la cédula de ciudadanía No. 1003277108, en su calidad de deudores solidarios, además de la señora ECHEVERRÍA YANOUCH BARBARA PATRICIA portadora de la cédula de ciudadanía No. 1500187024 en calidad de deudora solidaria, para que en SENTENCIA se les CONDENE AL PAGO DE LA DEUDA de acuerdo a los siguientes rubros:
1. El saldo capital constante en el pagare N° 105577 a partir de la cuota 29, que conforme la Tabla de amortización adjunta asciende a USD. 11,129.67 ONCE MIL CIENTO VEINTE Y NUEVE 67/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA);
2. El interés corriente del pagaré N° 105577, a partir de la cuota 29 hasta el último vencimiento, a la tasa constante en el título ejecutivo y a la tasa reajustable conforme consta del pagaré a la orden esto es USD 1,463.99 (UN MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES, 99/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA);
3. El Interés de Mora del pagaré N° 105577, a partir de la cuota 29, esto es USD 150.80 (CIENTO CINCUENTA, 80/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA);
4. Otros rubros por la cantidad de USD. 246.98 (DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS, 98/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA);
5. El pago de las costas procesales, en las que se incluirán los honorarios profesionales de los abogados defensores que actuaren en esta causa, que los reclamó expresamente, así como el pago de los peritajes, y demás gastos ocasionados con motivo de esta acción judicial y que usted los sabrá regular.
De conformidad con lo dispuesto en el número 1º del Art. 144 del COGEP, fijó la cuantía en $15,000.00 (QUINCE MIL, 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN OTAVALO, PROVINCIA DE IMBABURA. Otavalo, miércoles 20 de septiembre del 2023, a las 14h22. (006362023) VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Otavalo. UNO.- En lo principal la demanda es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el PAGARÉ A LA ORDEN que antecede, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el artículo 347 del mismo Código por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. DOS.- Atento a lo solicitado por la parte actora, en mérito al certificado conferido por el Registro de la Propiedad del cantón Otavalo y lo que ordena el Art. 351 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos, se dispone como providencia preventiva LA PROHIBICIÓN DE ENAJENAR del bien inmueble de propiedad de la demandada BÁRBARA PATRICIA ECHEVERRIA YANOUCH, cuyas especificaciones y demás características constan en el certificado registral. Para el efecto notifíquese al señor Registrador de la Propiedad del cantón Otavalo para proceder a su inscripción en legal y debida forma, para lo cual la parte interesada brindará las facilidades de caso de manera oportuna a fin de que se dé cumplimiento con lo dispuesto. TRES.Se ordena la citación de los demandados CARLOS ISRAEL BOADA ARELLANO Y ANA MARIA BENAVIDES ECHEVERRIA en calidad de deudores principales y KLEVER ARMANDO PIAUN CHÁVEZ Y MARICELA DEL ROCÍO CORREA CRUZ en calidad de garantes, en los lugares indicados en la petición inicial conforme lo determinan los artículos 54 y 55 supra, para lo cual se adjuntarán copias debidamente certificadas de la demanda, documentos adjuntos, este auto inicial, y remítanse a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial. Cítese a la demandada BÁRBARA PATRICIA ECHEVERRIA YANOUCH en calidad de garante, en el lugar indicado en la petición inicial, conforme lo determinan los artículos 54, 55 y 72 supra, para lo cual se adjuntará copias debidamente certificadas de la demanda, documentos adjuntos, este auto inicial y líbrese atenta COMISIÓN al Señor/a Teniente Político de la Parroquia Eugenio Espejo, del cantón Otavalo, provincia de Imbabura, en virtud de la Resolución de la Corte Nacional de Justicia de fecha 27 de Octubre de 2017. Debiendo la parte actora en el término de 3 días entregar en el archivo de esta Dependencia Judicial las copias necesarias para la gestión de citación, conforme a lo dispuesto en el Art. 4 de la Resolución 061-2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura. Conforme a lo dispuesto en el artículo 53 del Código Orgánico General de Procesos que prescribe: “ Toda citación será publicada en el sistema automático de consultas de la página electrónica del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial en la que constará la forma de citación o los motivos por los cuales no se pudo efectuar dicha diligencia.”; en tal virtud, una vez practicada la correspondiente citación, por Secretaría de esta Unidad Judicial, realícese la publicación referida, para lo cual se sentará la razón que corresponda. CUATRO.- En aplicación del artículo 351 inciso quinto ut supra, se concede el término de quince (15) días para que la parte accionada cumpla con la obligación demandada o propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará sentencia, en cumplimiento al artículo 352 del ut supra. CINCO.- La prueba anunciada se considerará en el momento procesal oportuno de ser procedente. SEIS.- Presentes la cuantía, el domicilio judicial y Defensor Técnico señalados para recibir futuras notificaciones que le correspondan. Actúe en calidad de Secretario de este despacho el Ab. Jairo Narvaez. NOTIFÍQUESE.- f) SANDRA VALENTINA YEPEZ VELASCO, JUEZ(PONENTE)
AUTO DE SUSTANCIACIÓN
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN OTAVALO, PROVINCIA DE IMBABURA. Otavalo, viernes 31 de enero del 2025, a las 09h36. (...) Una vez practicada la diligencia de Declaración juramentada de Desconocimiento de Domicilio y atendiendo la petición de fecha 23 de enero del 2025, las 16H02, se dispone como acto procesal inmediato la CITACIÓN A TRAVÉS DE UNO DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN; a los demandados señores PIAUN CHAVEZ KLEVER ARMANDO con C.C 1003686050 y a la señora CORREA CRUZ MARICELA DEL ROCIO con C.C. 1003277108, a quienes se les citará en la forma prevista en los Arts. 56 del Código Orgánico General de Procesos, esto es, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los diarios de amplia circulación de la capital de la provincia de Imbabura, en razón de que en esta ciudad de Otavalo no se edita uno, la publicación contendrá, un extracto de la demanda, el auto de calificación y esta providencia para el efecto a través de secretaría entréguese el extracto correspondiente. NOTIFÍQUESE.-
Lo que CITO y NOTIFICO a usted para los fines legales consiguientes:
Otavalo, 06 de febrero del 2025
CITACIÓN A LA DEMANDADA SEÑORA
ZAMBRANO ESCOBAR PAULINA VANESA
JUICIO: 10311-2023-00762
ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “UNIOTAVALO LTDA” , DEMANDADA: ZAMBRANO ESCOBAR PAULINA VANESA
TRÁMITE: EJECUTIVO
JUEZ: DRA. VALERIA ELIZABETH VACA HIDALGO
SECRETARIO: DR. MARCO FABRIZIO MUÑOZ LOZA
EXTRACTO DE LA DEMANDA
La COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO UNIOTAVALO LTDA., tiene como objeto realizar las actividades, operaciones actos y contratos permitidos por la ley. de conformidad con la autorización que le otorga là SUPERINTENDENCIA DE ECONOMIA POPULAR Y SOLIDARIA, según lo establecido por el Código Orgánico Monetario y Financiero.
La señora ZAMBRANO ESCOBAR PAULINA VANESA, portadora de la cédula de ciudadanía No. 1002524070, solicitó a la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO «UNIOTAVALO LIMITADA, tres (3) créditos, un primer préstamo de dinero el cual fue concedido por mi representada, por lo que, con fecha de 22 DE SEPTIEMBRE DE 2021, firmó el respectivo Pagaré con vencimiento sucesivos, a la Orden de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO «UNIOTAVALO» LIMITADA, Pagaré Nro. 106546, por la cantidad de CINCO MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 5,500.00).
-De igual forma, la señora ZAMBRANO ESCOBAR PAULINA VANESA, portadora de la cédula de ciudadanía No. 1002524070, solicitó a la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO «UNIOTAVALO LIMITADA, un segundo préstamo de dinero el cual fue concedido por mi representada, por lo que, con fecha de 07 DE OCTUBRE DE 2022, firmó el respectivo Pagaré con vencimiento sucesivos, a la Orden de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO «UNIOTAVALO» LIMITADA, Pagaré Nro. 107406, por la cantidad de DIEZ MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 10,500.00).
-De igual forma, la señora ZAMBRANO ESCOBAR PAULINA VANESA, portadora de la cédula de ciudadanía No. 1002524070, solicitó a la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO «UNIOTAVALO LIMITADA, un segundo préstamo de dinero el cual fue concedido por mi representada, por lo que, con fecha de 31 DE DICIEMBRE DE 2022, firmó el respectivo Pagaré con vencimiento sucesivos, a la Orden de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO «UNIOTAVALO» LIMITADA, Pagaré Nro. 107604, por la cantidad de UN MIL SETECIENTOS SETENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 1,770.00). -Es decir que, la señora ZAMBRANO ESCOBAR PAULINA VANESA, portadora de la cédula de ciudadanía No. 1002524070, obtuvo de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO «UNIOTAVALO» LIMITADA, tres (3) créditos, avalados con los pagarés N° 106546, N° 107406 y N° 107604. -La suscriptora y hoy demandada del pagaré a la orden N° 106546 con vencimientos sucesivos que adjunto en original, por la suma de CINCO MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 5,500.00); en calidad de deudor se obligó a cancelarlo mediante el pago de 36 dividendos sucesivos cada uno, más los intereses de plazo y de mora fijados en el título ejecutivo indicado y que es materia de la presente demanda.
-INTERÉS: Conforme consta en el texto del pagaré que se acompaña, la suscriptora del pagaré, convino expresamente que la tasa de interés inicial reajustable fue de 16 % anual. Que se reajustará en periodos iguales y sucesivos de 90 días.
-Así mismo, la suscriptora y hoy demandada del pagaré a la orden N° 107406 con vencimientos sucesivos que adjunto en original, por la suma de DIEZ MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 10,500.00); en calidad de deudor se obligó a cancelarlo mediante el pago de 60 dividendos sucesivos cada uno, más los intereses de plazo y de mora fijados en el título ejecutivo indicado y que es materia de la presente demanda. -INTERÉS: Conforme consta en el texto del pagaré que se acompaña, la suscriptora del pagaré, convino expresamente que la tasa de interés inicial reajustable fue de 15,50% anual. Que se reajustará en periodos iguales y sucesivos de 90 días.
-Así mismo, la suscriptora y hoy demandada del pagaré a la orden N° 107604 con vencimientos sucesivos que adjunto en original, por la suma de UN MIL SETECIENTOS SETENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 1,770.00); en calidad de deudor se obligó a cancelarlo mediante el pago de 18 dividendos sucesivos cada uno, más los intereses de plazo y de mora fijados en el título ejecutivo indicado y que es materia de la presente demanda. (...)
PRETENSIÓN
Con estos antecedentes, acudo ante usted, señor Juez, y, en PROCEDIMIENTO EJECUTIVO, DEMANDO a la señora ZAMBRANO ESCOBAR PAULINA VANESA, portador de la cédula de ciudadanía No. 1002524070, en su calidad de deudora, para que en SENTENCIA se le CONDENE AL PAGO DE LA DEUDA de acuerdo a los siguientes rubros:
1. El saldo capital constante en el pagaré N° 106546 a partir de la cuota 19, que conforme la Tabla de amortización adjunta asciende a USD. 3.093,83 (TRES MIL NOVENTA Y TRES, 83/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA);
2. El interés corriente, a partir de la cuota 19 hasta el último vencimiento, a la tasa constante en el título ejecutivo y a la tasa reajustable conforme consta del pagaré a la orden esto es USD 218,85 (DOSCIENTOS DIEZ Y OCHO, 85/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA);
3. El Interés de Mora a partir de la cuota 19, esto es USD 35,34 (TREINTA Y CINCO, 34/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA);
4. Otros rubros por la cantidad de USD. 15,20 (QUINCE, 20/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA);
5. El saldo capital constante en el pagaré N° 107406 a partir de la cuota 09, que conforme la Tabla de amortización adjunta asciende a USD. 9.547,57 (NUEVE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE, 57/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).
6. El interés corriente, a partir de la cuota 09 hasta el último vencimiento, a la tasa constante en el título ejecutivo y a la tasa reajustable conforme consta del pagare a la orden esto es USD 479,23 (CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE, 23/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA);
7. El Interés de Mora a partir de la cuota 09, esto es USD 10,44 (DIEZ, 44/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA);
8. Otros rubros por la cantidad de USD. 1.568,62 (UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO, 62/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA); 001-005-2399
9. El saldo capital constante en el pagaré N° 107604 a partir de la cuota 03, que conforme la Tabla de amortización adjunta asciende a USD. 1.601,16 (UN MIL SEISCIENTOS UNO, 16/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).
10. El interés corriente, a partir de la cuota 03 hasta el último vencimiento, a la tasa constante en el título ejecutivo y a la tasa reajustable conforme consta del pagaré a la orden esto es USD 121,12 (CIENTO VEINTE Y UNO, 12/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA);
11. El Interés de Mora a partir de la cuota 03, esto es USD 25,16 (VIENTE Y CINCO, 16/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA);
12. Otros rubros por la cantidad de USD. 35,75 (TREINTA Y CINCO, 75/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA);
13. El pago de las costas procesales, en las que se incluirán los honorarios profesionales de los abogados defensores que actúan en esta causa, que los reclamó expresamente, así como el pago de los peritajes, y demás gastos ocasionados con motivo de esta acción judicial y que usted los sabrá regular.
De conformidad con lo dispuesto en el número 1 del Art. 144 del COGEP, fijo la cuantía em $20.000.00 (VEINTE MIL, 00/00 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN OTAVALO, PROVINCIA DE IMBABURA. Otavalo, miércoles 29 de noviembre del 2023, a las 15h42. VISTOS: Se incorpora a los autos el escrito y anexo que precede presentado por la parte Actora.- En atención al escrito que completa la demanda se dispone como sigue: CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA: En lo principal la demanda presentada por ING. ANITA MERCEDES CATUCUAGO MÉNDEZ en su calidad de gerente general y representante legal de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “UNIOTAVALO LTDA”, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos y se fundamenta en PAGARÉ A LA ORDEN, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 numeral 5 y 348 del mismo Código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. CITACIÓN A LA PARTE DEMANDADA: Se dispone la citación a la parte demandada señorita ZAMBRANO ESCOBAR PAULINA VANESA en calidad de deudora principal, estrictamente en la dirección señalada en el libelo inicial. Para el cumplimiento de la citación a la parte demandada, se contará con uno de los funcionarios de la oficina de citaciones del Complejo Judicial del cantón Otavalo, debiéndose remitir suficiente despacho para lo cual se requiere a la parte accionante proceda a prestar las respectivas facilidades. CONTESTACIÒN A LA DEMANDA.- Se le indica a la parte demandada que a efectos de que ejerza su derecho a la defensa, el expediente se encuentra a disposición y podrá ser revisado en el archivo de la Unidad Judicial Civil. En aplicación de los artículos 351 inciso quinto, 355 y 333 numeral 3 del COGEP, se concede el término de QUINCE 15 DÍAS para que la parte demandada proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código Ibídem y que son propias del procedimiento ejecutivo, acompañadas de la respectiva prueba, que pretendan hacer valer en juicio, bajo prevención legal que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. ANUNCIO DE PRUEBA: Respecto de la admisibilidad de la prueba anunciada por la parte accionante la misma se conocerá en la respectiva audiencia que se convoque y se considerará en la fase correspondiente, siempre y cuando exista oposición pertinente, debidamente fundamentada a la demanda de acuerdo a lo establecido en el Art. 354 del Código Orgánico General de Procesos. Para los fines pertinentes se tiene presentes la cuantía y domicilio judicial señalado por la parte accionante para recibir sus notificaciones. Cuéntese en esta causa con el Dr. Marco Fabrizio Muñoz Loza en su calidad de secretario de acuerdo a la acción de personal No. 0598-DP10-2022-SA de fecha 31 de marzo del 2022. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN OTAVALO, PROVINCIA DE IMBABURA Otavalo, miércoles 5 de febrero del 2025, a las 15h28. Se incorpora a los autos el escrito presentado por la parte Actora. En lo principal por lo peticionado; atento el juramento rendido por la parte accionante que a Fs. 121 de autos, consta la Declaración Juramentada Desconocimiento de Domicilio, siendo legal y procedente procédase con la CITACIÓN A TRAVÉS DE UNO DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN; a la demandada señorita ZAMBRANO ESCOBAR PAULINA VANESA con C.C. 100252407-0 a quien se le citará en la forma prevista en los Arts. 56 del Código Orgánico General de Procesos, esto es, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los diarios de amplia circulación de la capital de la provincia de Imbabura, en razón de que en esta ciudad de Otavalo no se edita uno, la publicación contendrá, el extracto de la demanda, el auto de calificación y esta providencia para el efecto a través de secretaría entréguese el extracto correspondiente. La parte actora incorporará las publicaciones íntegras.- (...) Cuéntase en esta causa con el Dr. Marco Fabrizio Muñoz Loza, en calidad de Secretario conforme se ordena en el Oficio No. 0598-DP10-2022-SA, del 31 de marzo del 2022. NOTIFÍQUESE.- F) VACA HIDALGO VALERIA ELIZABETH, JUEZ(PONENTE)
Lo que CITO y NOTIFICO a usted para los fines legales consiguientes.
Otavalo, 10 de febrero del 2025