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from 11-09-2020
by cronica
Que Muñoz Ledo no aparece en padrón de Morena; “es una vacilada”, revira el diputado
[ Alejandro Páez ]
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La secretaría de Organización de Morena, que encabeza Xóchitl Zagal, advirtió que Porfi rio Muñoz Ledo y Antonio Attolini no forman parte del padrón de militantes, con lo cual estarían impedidos jurídicamente a participar en las tres encuestas que elegirán a la próxima dirigencia nacional y secretaria general del partido a mediados de septiembre.
Dicha instancia envió a la Comisión Nacional de Honor y Justicia (CNHJ) de Morena un documento, donde informa que realizó una búsqueda exhaustiva en el padrón que validó el INE y en la que en la base de datos que tiene Morena, con 3 millones 72 mil 673 militantes y esos personajes, entre otros, no se localizan en ninguno de ellos, por lo cual no están afi liados.
Sin embargo, Muñoz Ledo aseguró que su militancia está plenamente acreditada y poner en duda que es fundador de Morena “es una vacilada y cae en la ignorancia y la mala fe”. Aseguró que cuenta con la credencial 006 como protagonista del cambio verdadero y “quien diga que no estoy en el partido es un absurdo”.
De hecho acusó que desde adentro del partido hay quienes pretenden ponerle “una pe
Porfi rio Muñoz Ledo asegura que su militancia está acreditada. v El fundador de Morena:
queña piedra” en el camino, pero su pertenencia al partido y a la llamada cuarta transformación no está en duda.
Denunció que hay algunos aspirantes de Morena que buscan la dirigencia nacional del partido movidos por “intereses económicos” y exigió que todos transparenten su patrimonio.
No obstante, la CNHJ confi rmó la militancia de Muñoz Ledo, aspirante a la presidencia, y Attolini, a la secretaría general, pues explicó que además de la documentación presentada, es notoria las actividades realizadas en la vida.
UAEM aumentará en 21 mdp recursos para becas; sumarán 151 mdp para este rubro
[ Concepción González en Toluca ]
Para el presente ciclo escolar, la Universidad Autónoma del Estado de México, aumentará en 21 millones de pesos los recursos destinados a becas, con lo que sumarán 151 millones los destinados a ese rubro.
El rector Alfredo Barrera Baca, inauguró el ciclo escolar 2020- 2021, en la máxima casa de estudios de la entidad, con lo que inició actividades una comunidad integrada por casi 92 mil estudiantes.
El rector informó que los 21 millones que se agregan al presupuesto de becas, se usarán para apoyar el pago de inscripciones y la conexión en internet de estudiantes en situación vulnerable.
En el Patio del Centenario del Edificio de Rectoría, acompañado del subsecretario de Educación mexiquense, Guillermo Legorreta Martínez, Barrera Baca entregó las preseas “Ignacio Ramírez Calzada” e “Ignacio Manuel Altamirano Basilio” a académicos y estudiantes destacados.
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, MÉXICO, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO DÉCIMO OCTAVO DE LO CIVIL, SECRETARÍA: “A”, EXP: 123/2017
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO AVENIDA NIÑOS HÉROES #132 COLONIA DOCTORES C.P. 06720 ALCALDÍA CUAUHTEMOC TORRE SUR PISO 9 SECRETARIA “A” JUZGADO 18º CIVIL EXPEDIENTE 123/2017.
EDICTO
PARA EMPLAZAR AL DEMANDADO: BREMEN LOZA CARLOS ARTURO EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO PROMOVIDO POR BANCO SANTANDER (MÉXICO), S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER MÉXICO EN CONTRA DE BREMEN LOZA CARLOS ARTURO EXPEDIENTE 123/2017, EL C. JUEZ DÉCIMO OCTAVO DE LO CIVIL DICTO UN AUTO, QUE EN LO CONDUCENTE DICE: CIUDAD DE MÉXICO, TRES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTE. A SU EXPEDIENTE 123/2017 EL ESCRITO DE LA APODERADA DE LA PARTE ACTORA A QUIEN SE LE TIENE DEVOLVIENDO EL OFICIO Y EXHORTO A QUE HACE REFERENCIA, Y ATENTO A LAS PROPIAS PIEZAS DE AUTOS EN PARTICULAR LA RAZÓN ACTUARIAL QUE OBRA EN EL CITADO EXHORTO, COMO SE SOLICITA DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 122 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA ESTA CIUDAD, SE ORDENA EMPLAZAR AL DEMANDADO BREMEN LOZA CARLOS ARTURO, MEDIANTE EDICTOS QUE SERÁN PUBLICADOS EN EL BOLETÍN JUDICIAL Y EN EL PERIÓDICO “LA CRÓNICA” POR TRES VECES, DE TRES EN TRES DÍAS, DEBIENDO MEDIAR ENTRE CADA PUBLICACIÓN DOS DÍAS HÁBILES, HACIÉNDOSELE SABER QUE SE LE CONCEDE EL TERMINO DE CUARENTA DÍAS PARA QUE SE MANIFIESTE EN RELACIÓN CON LA DEMANDA INCOADA EN SU CONTRA EN EL ENTENDIDO DE QUE LAS COPIAS DE TRASLADO SE ENCUENTRAN A SU DISPOSICIÓN EN LA SECRETARIA “A” DE ESTE JUZGADO. NOTIFÍQUESE. LO PROVEYÓ Y FIRMA EL C. JUEZ DÉCIMO OCTAVO DE LO CIVIL LICENCIADO MARCIAL ENRIQUE TERRÓN PINEDA, ANTE LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A”, LICENCIADA KARLA JACKELINE ÁLVAREZ FIGUEROA, CON QUIEN ACTÚA Y DA FE. DOY FE. CIUDAD DE MÉXICO A 20 DE AGOSTO DE 2020. EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS LIC. JOEL MORENO RIVERA EDICTOS QUE SERÁN PUBLICADOS, EN EL PERIÓDICO “LA CRÓNICA” POR TRES VECES EN TRES DÍAS DEBIENDO MEDIAR ENTRE CADA PUBLICACIÓN DOS DÍAS HÁBILES.
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, MÉXICO, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL, SECRETARÍA: “A”, EXP: 717/2019
E D I C T O NOTIFICACIÓN. A: GEO EDIFICACIONES S.A. DE C.V.
EN LOS AUTOS DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA PROMOVIDA POR ARQUITECTURA DE TECAMAC S.A. DE C.V. PARA NOTIFICAR A GEO EDIFICACIONES S.A. DE C.V., LA C. JUEZ DÉCIMO DE LO CIVIL, DICTÓ AUTOS DONDE ORDENA LO SIGUIENTE:
CIUDAD DE MÉXICO, A TRES DE AGOSTO DEL DOS MIL VEINTE.
AGRÉGUESE A SUS AUTOS EL ESCRITO DE CUENTA DE LA PROMOVENTE, NOTIFÍQUESE A GEO EDIFICACIONES S.A. DE C.V., POR MEDIO DE EDICTOS, QUE SE PUBLICARÁN POR TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS, EN EL BOLETIN JUDICIAL Y EN EL PERIÓDICO LA CRÓNICA, HACIÉNDOSELE SABER QUE EN EL LOCAL DE ESTE JUZGADO, SE ENCUENTRAN A SU DISPOSICIÓN COPIAS DE TRASLADO DEBIDAMENTE COTEJADAS DEL ESCRITO INICIAL Y DOCUMENTOS ACOMPAÑADOS AL MISMO, PARA CORRERLE TRASLADO CON LAS MISMAS, DEBIÉNDOSE COMPLEMENTAR TAL PROVEÍDO PARA QUE EN LOS EDICTOS CONTENGA LA SOLICITUDES QUE SE PRETENDEN NOTIFICAR.
EN ESTE ACTO, SE EXHORTA A LAS PARTES INVOLUCRADAS EN EL PRESENTE PROCEDIMIENTO, QUE ATENTO A LA PANDEMIA QUE NOS AQUEJA, PARA EVITAR POSIBLES CONTAGIOS Y ATENDIENDO A LAS MEDIDAS SEÑALADAS POR LAS AUTORIDADES CORRESPONDIENTES, DEBERÁN SEÑALAR EN LOS OCURSOS CONSECUENTES CORREO ELECTRÓNICO PARA LOS EFECTOS DE LAS NOTIFICACIONES TANTO POR BOLETÍN COMO LAS QUE SE ORDENEN COMO PERSONALES, LO ANTERIOR CON LA FINALIDAD DE EVITAR EN LAS ÁREAS JUDICIALES CONCENTRACION DE PERSONAS QUE FAVOREZCA LOS CONTAGIOS Y CUIDAR LA SALUD DE TODOS. NOTIFIQUESE. LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C. JUEZ DÉCIMO DE LO CIVIL LICENCIADA JUDITH COVA CASTILLO ANTE EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS LICENCIADO EDGAR IVAN RAMIREZ JUAREZ, ANTE QUIEN SE ACTÚA Y DA FE. DOY FE.-
CIUDAD DE MÉXICO, A 03 DE AGOSTO DE 2020. EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A”. DEL JUZGADO DÉCIMO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, MÉXICO, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL, SECRETARÍA: “A”, EXP: 423/2017
EDICTO
PARA NOTIFICAR A: URBANIZADORA MACAY S.A. DE C.V., CIRILA LANDA GONZALEZ Y SANDRA IRASEMA PEREZ HERRERA
EN LOS AUTOS DEL JUICIO ORDINARIO MERCANTIL, PROMOVIDO POR AFIANZADORA SOFIMEX S.A. EN CONTRA DE URBANIZADORA MACAY S.A. DE C.V., CIRILA LANDA GONZALEZ Y SANDRA IRASEMA PEREZ HERRERA EXPEDIENTE 423/2017, LA C. JUEZ VIGESIMO QUINTO CIVIL DE ESTA CIUDAD, LICENCIADA FABIOLA VARGAS VILLANUEVA, MEDIANTE AUTO DE FECHA VEINTIDOS DE ENERO DE DOS MIL VEINTE QUE A LA LETRA DICE “... COMO LO SOLICITA TODA VEZ QUE LOS DEMANDADOS NO CONTESTARON LA DEMANDA, SE TIENE POR ACUSADA LA REBELDÍA Y POR PERDIDO EL DERECHO QUE TUVIERON PARA HACERLO, EN CONSECUENCIA ESTA Y LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES INCLUYENDO LAS DE CARÁCTER PERSONAL LE SURTIRÁN POR BOLETÍN JUDICIAL, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULOS 1069 DEL CÓDIGO DE COMERCIO. CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 1383 DEL CÓDIGO DE COMERCIO SE ABRE EL JUICIO A PRUEBA POR EL TERMINO DE CUARENTA DÍAS DE LOS CUALES LOS DIEZ PRIMEROS SERÁN PARA OFRECIMIENTO Y LOS TREINTA SIGUIENTES PARA DESAHOGO Y TODA VEZ QUE LOS DEMANDADOS FUERON EMPLAZADOS POR EDICTOS SE ORDENA PUBLICAR NUEVAMENTE EDICTOS POR TRES VECES CONSECUTIVAS EN EL PERIÓDICO LA JORNADA DE CIRCULACIÓN AMPLIA Y COBERTURA NACIONAL Y EN EL PERIÓDICO LA CRÓNICA DE COBERTURA LOCAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO ATENTO A LO PREVISTO POR EL ARTICULO 1070 DE LA LEGISLACIÓN MERCANTIL, LO ANTERIOR A FIN DE HACERLE SABER A LOS DEMANDADOS EL TERMINO DE LA DILACIÓN PROBATORIA...”
CIUDAD DE MÉXICO, A 29 DE ENERO DEL 2020. LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A”.
LIC. RAQUEL VELASCO ELIZALDE.
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, MÉXICO, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO TRIGÉSIMO TERCERO DE LO CIVIL, SECRETARÍA: “B”, EXP: 1272/19 JUZGADO 33º. CIVIL SRIA. *B* EXP. NUM. 1272/19
NOTIFICAR A. J. ASCENCION RODRIGUEZ PEÑA
EN LOS AUTOS DE JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO PROMOVIDO POR HSBC MEXICO S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC DIVISION FIDUCIARIA EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIO EN EL FIDEICOMISO IRREVOCABLE NUMERO F/238864 EN CONTRA DE J. ASCENCION RODRIGUEZ PEÑA LA C. JUEZ TRIGÉSIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PROCESO ESCRITO DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO ORDENO NOTIFICAR POR EDICTOS EN AUTO DE FECHA SEIS DE AGOSTO Y DIECIOCHO DE FEBRERO, TRECE DE ENERO DEL DOS MIL VEINTE Y DOS DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECINUEVE A LA PARTE DEMANDADA J. ASCENCION RODRIGUEZ PEÑA EN TÉRMINOS DE FECHA DOS DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECINUEVE Y SE SEÑALAN LAS NUEVE HORAS DEL DIA VEINTIOCHO DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL VEINTE PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA DE LEY DE LA CONFESIONAL QUE OFRECE A CARGO DEL DEMANDADO, PARA QUE COMPAREZCA PERSONALMENTE Y NO POR CONDUCTO DE APODERADO A ABSOLVER POSICIONES, CON EL APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONFESO DE LAS POSICIONES QUE PREVIAMENTE SEAN CALIFICADAS DE LEGALES EN EL CASO DE INASISTENCIA SIN CAUSA JUSTIFICADA..
LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS *B* DEL JUZGADO 33 CIVIL DE PROCESO ESCRITO DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MEXICO.-
MAESTRA LUCIA MARTHA ALEMAN HERNANDEZ CIUDAD DE MÉXICO A 12 DE AGOSTO DEL 2020
NOTA.-. PARA SU PUBLICACIÓN POR DOS VECES DE TRES EN TRES DIAS EN EL PERIODICO LA CRONICA
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, MÉXICO, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO CUADRAGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL, SECRETARÍA: “A”, EXP: 759/2018 JUZGADO CUADRAGÉSIMO CUARTO DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
EDICTO EXP: 759/2018
EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL PROMOVIDO POR BANCO SANTANDER (MÉXICO) S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE GRUPO FINANCIERO SANTANDER MÉXICO ANTES BANCO SANTANDER S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER, EN CONTRA DE MOTO PRODUCTOS LETRAN VALLE S.A. DE C.V. Y SERGIO ADRIAN CRUZ SERVIN, EXPEDIENTE NÚMERO 759/2018, LA C. JUEZ DICTÓ AUTO QUE DICE: CIUDAD DE MÉXICO A VEINTISÉIS DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTE, DEL ANÁLISIS QUE LA SUSCRITA HACE DE LAS PRESENTES ACTUACIONES SE DESPRENDE QUE OBRAN RENDIDOS LOS INFORMES POR LAS INSTITUCIONES CON REGISTRO DE PERSONAS A EFECTO DE LOCALIZAR AL CODEMANDADO SERGIO ADRIÁN CRUZ SERVIN, ASÍ COMO QUE SE HAN AGOTADO LOS DOMICILIOS QUE AL EFECTO SE PROPORCIONARON AL CONSTITUIRSE EN LOS MISMOS EL ACTUARIO ADSCRITO A ESTE JUZGADO A EFECTO DE DAR CUMPLIMIENTO CON EL AUTO DE EXEQUENDO, SIN QUE FUERA POSIBLE POR LOS MOTIVOS QUE SE EXPONEN EN LAS RAZONES SUSCRITAS POR DICHO FEDATARIO, COMO LO SOLICITA EL PROMOVENTE CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 1070 DEL CÓDIGO DE COMERCIO, SE ORDENA EMPLAZAR AL CODEMANDADO SERGIO ADRIÁN CRUZ SERVIN, POR MEDIO DE EDICTOS QUE SE PUBLICARAN POR TRES VECES CONSECUTIVAS EN LOS PERIÓDICOS EL “LA CRÓNICA” Y “DIARIO IMAGEN”, QUEDANDO A SU DISPOSICIÓN EN LA SECRETARIA DEL JUZGADO LAS COPIAS DE TRASLADO, PARA QUE EN EL TÉRMINO DE TREINTA DIAS SIGUIENTES A LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN COMPAREZCA A RECOGERLAS A LA SECRETARIA DE CUERDOS “A”, PARA DAR CONTESTACIÓN A LA DEMANDADA INSTAURADA EN SU CONTRA DENTRO DE LOS OCHO DÍAS SIGUIENTES, Y EN CASO DE NO HACERLO SE TENDRÁ POR CONTESTADA LA DEMANDA EN SENTIDO NEGATIVO; EN CONSIDERACIÓN QUE LA PARTE ACTORA SOLICITA SE REQUIERA DE PAGO AL CODEMANDADO SERGIO ADRIÁN CRUZ SERVIN, DEL MISMO MODO, SE ORDENA QUE DICHA DILIGENCIA SE PRACTIQUE POR MEDIO DE EDICTOS, LO CUALES SE PUBLICARÁN POR TRES DÍAS CONSECUTIVOS EN EL PERIÓDICO “DIARIO DE MÉXICO” Y MEDIANTE CÉDULA DE NOTIFICACIÓN QUE SE FIJARÁ EN EL TABLERO DE AVISOS DE ESTE JUZGADO, PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE OCHO DÍAS, CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN DE LOS EDICTOS, EL CODEMANDAD FÍSICO HAGA PAGO A LA PARTE ACTORA BANCO SANTANDER (MÉXICO), S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER MÉXICO, O A QUIEN SUS DERECHOS REPRESENTE DE LA CANTIDAD DE $1’026,496.38 (UN MILLÓN VEINTISÉIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS 38/100 M.N.) POR CONCEPTO DE SUERTE PRINCIPAL; Y EN CASO DE NO HACERLO SEÑALE BIENES DE SU PROPIEDAD SUSCEPTIBLES DE EMBARGO SUFICIENTES HASTA POR LA CANTIDAD ANTES SEÑALADA, APERCIBIDO QUE EN CASO DE NO HACER USO DE ESE DERECHO, ÉSTE PASARÁ A LA PARTE ACTORA, A FIN DE QUE ÉSTA SEÑALE BIENES PARA SU EMBARGO…” EN LA CIUDAD DE MÉXICO, A VEINTIUNO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO.. POR DESAHOGADA LA PREVENCIÓN QUE ANTECEDE.- CON EL ESCRITO DE CUENTA, FÓRMESE EXPEDIENTE Y REGÍSTRESE EN EL LIBRO DE GOBIERNO BAJO EL NÚMERO 759/2018, GUÁRDENSE LOS DOCUMENTOS QUE EXHIBE, EN EL SEGURO DEL JUZGADO. SE TIENE POR PRESENTADO A BANCO SANTANDER (MÉXICO) S. A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER MÉXICO ANTES BANCO SANTANDER, S. A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE GRUPO FINANCIERO SANTANDER, POR CONDUCTO DE SUS APODERADOS; DEMANDANDO EN LA VÍA EJECUTIVA MERCANTIL DE MOTO PRODUCTOS LETRAN VALLE, S. A. DE C. V., POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL Y CRUZ SERVIN SERGIO ADRÍAN, EL PAGO DE LA CANTIDAD DE $1’026,496.38 (UN MILLÓN VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS 38/100 M. N.) POR CONCEPTO DE SUERTE PRINCIPAL, Y DEMÁS ACCESORIOS LEGALES, SE LES PREVIENE PARA QUE SEÑALEN DOMICILIO DE SU PARTE DENTRO DE LA JURISDICCIÓN DE ESTE JUZGADO, BAJO EL APERCIBIMIENTO QUE EN CASO DE NO HACERLO, LAS NOTIFICACIONES DECRETADAS EN AUTOS, AUN LAS DE CARÁCTER PERSONAL LES SURTIRÁN EFECTOS POR MEDIO DE SU PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN JUDICIAL.
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS
LIC. JOSÉ MANUEL PÉREZ LEÓN Sección de Edictos, Avisos Notariales y Convocatorias Judiciales
v Publicaciones a los Tels.: 10 84 58 39, 10 84 58 50 y 10 84 58 48
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, MÉXICO, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, JUZGADO TRIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL, SECRETARIA: “B”, EXP: 493/2018
EDICTO PARA EMPLAZAR A ERICK URIEL SALCEDO PÉREZ EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO, PROMOVIDO POR BANCO SANTANDER MÉXICO, S. A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER MÉXICO EN CONTRA DE ERICK URIEL SALCEDO PÉREZ, EXPEDIENTE NUMERO 493/2018, LA C. JUEZ TRIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, LICENCIADA MARTHA ROSELIA GARIBAY PÉREZ, DICTÓ UN PROVEÍDO DE FECHA CATORCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTE, DEL QUE SE DESPRENDE LO SIGUIENTE: “...CIUDAD DE MÉXICO A CATORCE DE ENERO DE DOS MIL VEINTE. A SUS AUTOS EL ESCRITO DE CUENTA QUE SUSCRIBE JUAN CARLOS MORALES TAPIA, EN SU CARÁCTER DE APODERADO DE LA PARTE ACTORA, COMO LO SOLICITA ATENTO AL ESTADO DE LOS AUTOS CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 122 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO, EMPLÁCESE AL DEMANDADO ERICK URIEL SALCEDO PÉREZ POR MEDIO DE EDICTOS QUE SE PUBLIQUEN POR TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS, EN EL PERIÓDICO “LA CRÓNICA DE HOY”, Y EN EL BOLETÍN JUDICIAL DE CONFORMIDAD CON LO ORDENADO EN PROVEÍDO DE FECHA VEINTIOCHO DE MAYO DE DOS MIL DIECIOCHO, HACIENDO SABER AL DEMANDADO QUE DISPONE DE UN TERMINO DE TREINTA DÍAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ULTIMA PUBLICACIÓN PARA DAR CONTESTACIÓN ALA DEMANDA, QUEDANDO A SU DISPOSICIÓN EN LA SECRETARÍA DEL JUZGADO LAS COPIAS DE TRASLADO CORRESPONDIENTES, AL EFECTO ELABÓRENSE LOS EDICTOS ORDENADOS Y PÓNGASE A DISPOSICIÓN DE LA PARTE ACTORA PARA SU DEBIDA DILIGENCIACIÓN.- NOTIFÍQUESE.- LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C. JUEZ TRIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL, LICENCIADA MARTHA ROSELIA GARIBAY PÉREZ, QUE ACTÚA CON EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS LICENCIADO ÁNGEL MORENO CONTRERAS, QUE AUTORIZA Y DA FE. DOY FE. - - - - - - - - - - - - - - - - - -“. “ ..CIUDAD DE MÉXICO A VEINTIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO. CON EL ESCRITO DE CUENTA, DOCUMENTOS Y COPIAS SIMPLES QUE ACOMPAÑA, FÓRMESE EL EXPEDIENTE NÚMERO B-493/2018; REGÍSTRESE EN EL LIBRO DE GOBIERNO COMO CORRESPONDE SE TIENE POR PRESENTADO A BANCO SANTANDER (MÉXICO), SOCIEDAD ANÓNIMA INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER MÉXICO, POR CONDUCTO DE SUS APODERADOS MIGUEL ÁNGEL RIVAS SALGADO Y JUAN CARLOS MORALES TAPIA, PERSONALIDAD QUE ACREDITAN Y SE LES RECONOCE EN TÉRMINOS DE LA COPIA CERTIFICADA DEL INSTRUMENTO NOTARIAL NÚMERO OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES, QUE ACOMPAÑA, MISMA QUE SE MANDA AGREGAR A LOS PRESENTES AUTOS PARA FORMAR PARTE INTEGRANTE DE LAS ACTUACIONES, DEMANDANDO EN LA VÍA ESPECIAL HIPOTECARIA DE ERICK URIEL SALCEDO PÉREZ, LAS PRESTACIONES QUE SE INDICAN, Y CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 468, 470, 471 Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES CON REFORMAS PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN DE FECHA DIEZ DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL NUEVE, SE ADMITE A TRÁMITE LA DEMANDA, EN LA VÍA Y FORMA PROPUESTA. TODA VEZ QUE EL CRÉDITO QUE SE RECLAMA CONSTA EN ESCRITURA PÚBLICA Y ES EXIGIBLE EN TÉRMINOS DE LA MISMA, INSCRÍBASE LA PRESENTE DEMANDA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 479 Y DEMÁS RELATIVOS DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, CON LOS INSERTOS NECESARIOS GÍRESE ATENTO EXHORTO AL C. JUEZ COMPETENTE EN TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO, PARA QUE SE SIRVA GIRAR ATENTO OFICIO CON LOS INSERTOS NECESARIOS AL INSTITUTO DELA FUNCIÓN REGISTRAL DE DICHA ENTIDAD, CON LA FINALIDAD DE QUE SE INSCRIBA LA PRESENTE DEMANDA. DEBIENDO ACOMPAÑAR COPIA CERTIFICADA DE LAS CONSTANCIAS NECESARIAS PARA DICHO TRÁMITE DE INSCRIPCIÓN, PREVIO PAGO DE LOS DERECHOS CORRESPONDIENTES PARA LA EXPEDICIÓN DE DICHAS COPIAS CERTIFICADAS. CON LAS COPIAS SIMPLES EXHIBIDAS SELLADAS, Y COTEJADAS, CÓRRASE TRASLADO AL DEMANDADO EMPLAZÁNDOLO, PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE QUINCE DÍAS MÁS UN DÍA ADICIONAL EN RAZÓN DE LA DISTANCIA, PRODUZCA SU CONTESTACIÓN A LA DEMANDA, APERCIBIDO, QUE DE NO HACERLO SE PRESUMIRÁN CONFESADOS LOS HECHOS DE LA MISMA, CON APOYO EN EL ARTÍCULO 271 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES. TODA VEZ QUE EL DOMICILIO DEL DEMANDADO SE ENCUENTRA FUERA DE LA JURISDICCIÓN DE LA SUSCRITA CON LOS INSERTOS NECESARIOS, LÍBRESE ATENTO EXHORTO AL C. JUEZ COMPETENTE EN TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO, PARA QUE EN AUXILIO DE LAS LABORES DE ESTE JUZGADO SE SIRVA DILIGENCIAR EN SUS TÉRMINOS EL PRESENTE PROVEÍDO, ASIMISMO SE PREVIENE A DICHO DEMANDADO PARA QUE SEÑALE DOMICILIO DENTRO DE LA JURISDICCIÓN DE LA SUSCRITA, APERCIBIDO QUE DE NO HACERLO LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES AÚN LAS DE CARÁCTER PERSONAL SE LE HARÁN EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 112 TERCER PÁRRAFO DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, FACULTÁNDOSE AL C. JUEZ EXHORTADO CON PLENITUD DE JURISDICCIÓN, PARA HABILITAR DÍAS Y HORAS INHÁBILES EXPEDIR COPIAS CERTIFICADAS, TENER POR SEÑALADOS NUEVOS DOMICILIOS, AUTORIZAR PERSONAS ASÍ COMO PARA LA CELEBRACIÓN DE CONVENIOS, RESERVÁNDOSE LA APROBACIÓN DEL MISMO EN VIRTUD DE QUE LAS PARTES SE SOMETIERON A LA JURISDICCIÓN DE LA SUSCRITA Y EN GENERAL ACORDAR TODO TIPO DE PROMOCIONES TENDIENTES A LA DILIGENCIACIÓN DEL EXHORTO, CONCEDIÉNDOLE EL TÉRMINO DE TREINTA DÍAS PARA SU DILIGENCIACIÓN, AUTORIZÁNDOSE EXPRESAMENTE A LOS APODERADOS SEÑALADOS SUPRALÍNEAS, ASÍ COMO A LAS PERSONAS QUE INDICA EN SU ESCRITO DE DEMANDA PARA EFECTO DE DILIGENCIAR Y DEVOLVER LOS EXHORTOS EN TÉRMINOS DEL NUMERAL 109 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, EL CUAL EN TÉRMINOS DEL ACUERDO PLENARIO NÚMERO 71-67/2009 DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EMITIDO EN LA SESIÓN CELEBRADA EL DÍA TRES DE DICIEMBRE DE DOS MIL NUEVE, DEBERÁ DEVOLVER EL C. JUEZ EXHORTADO, EN EL LOCAL DE ESTE JUZGADO, UBICADO EN AVENIDA NIÑOS HÉROES, NÚMERO 132, SÉPTIMO PISO, TORRE NORTE, COLONIA DOCTORES, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, EN LA CIUDAD DE MÉXICO, CÓDIGO POSTAL 06720. CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 109 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, ELABÓRESE EL EXHORTO CORRESPONDIENTE CON LAS INSERCIONES RESPECTIVAS Y HECHO QUE SEA PÓNGASE A DISPOSICIÓN DEL SOLICITANTE, PARA QUE A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE QUE SURTA SUS EFECTOS, SE INICIE EL TÉRMINO QUE SE CONCEDE PARA LA DILIGENCIACIÓN. EN EL CASO DE QUE EL EXHORTO TENGA ALGÚN DEFECTO, LA PARTE SOLICITANTE DEBERÁ HACERLO SABER AL TRIBUNAL Y REGRESARLO DENTRO DE LOS SEIS DÍAS SIGUIENTES PARA QUE SEA CORREGIDO, DE NO HACER LA DEVOLUCIÓN DEL EXHORTO DEFECTUOSO, EL PLAZO PARA SU DILIGENCIACIÓN NO SE INTERRUMPIRÁ. LA PARTE A CUYA INSTANCIA SE LIBRE EL EXHORTO, QUEDA OBLIGADA A SATISFACER LOS GASTOS QUE SE ORIGINEN PARA SU CUMPLIMIENTO. EN EL CASO QUE NO SE DEVUELVA EL EXHORTO EN EL TÉRMINO DE LA DILIGENCIACIÓN CADUCARÁ EL MISMO, ASIMISMO CADUCARÁ SI NO SE RECOGE DENTRO DEL TÉRMINO CONCEDIDO. ASIMISMO SE LE CONCEDE UN TÉRMINO DE TRES DIAS PARA RECOGER EL EXHORTO E IGUAL TERMINO PARA DEVOLVERLO UNA VEZ QUE VENZA EL PLAZO PARA DILIGENCIARLO, APERCIBIDO QUE DE NO HACERLO SE LE IMPONDRÁ UNA MULTA POR LA CANTIDAD DE SIETE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS 91/100 MONEDA NACIONAL CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 62 Y 73 FRACCIÓN I DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, CONFORME A LA ACTUALIZACIÓN DE SANCIONES PUBLICADA EN EL BOLETÍN JUDICIAL NÚMERO 1 DE FECHA OCHO DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO. SE TIENE POR SEÑALADO DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR TODA CLASE DE NOTIFICACIONES. POR AUTORIZADAS A LAS PERSONAS QUE SEÑALA, PARA OÍR Y RECIBIR TODA CLASE DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTOS. SE TIENEN POR ANUNCIADAS LAS PRUEBAS, MISMAS QUE SE RESERVAN PARA SU ADMISIÓN O INADMISIÓN EN EL MOMENTO PROCESAL OPORTUNO. GUÁRDENSE EN EL SEGURO DE ESTE H. JUZGADO, LOS DOCUMENTOS EXHIBIDOS COMO BASE DE LA ACCIÓN. TODA VEZ QUE DE LOS DOCUMENTOS EXHIBIDOS CONSTA DIVERSO ACREEDOR, COMO LO SOLICITA, MEDIANTE NOTIFICACIÓN PERSONAL, HÁGASE DEL CONOCIMIENTO A INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, LA INICIACIÓN DEL PRESENTE JUICIO PARA QUE PROMUEVA LO QUE A SU DERECHO CONVENGA. EN CONSECUENCIA ELABÓRESE LA CÉDULA DE NOTIFICACIÓN CORRESPONDIENTE, Y HECHA QUE SEA TÚRNESE AL C. ACTUARIO PARA SU DEBIDA DILIGENCIACIÓN. POR OTRO LADO, SE LES HACE DEL CONOCIMIENTO QUE EN TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 27, 28, 29 Y DEMÁS RELATIVOS DEL “REGLAMENTO DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE ARCHIVOS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO”, UNA VEZ QUE CONCLUYA EL PRESENTE ASUNTO, SE PROCEDERÁ A LA DESTRUCCIÓN DEL MISMO, EN EL TÉRMINO DE LEY; ESTO CON LA FINALIDAD DE QUE LAS PARTES INTERESADAS QUE HAYAN PRESENTADO PRUEBAS, MUESTRAS Y DOCUMENTOS, ACUDAN DENTRO DEL TÉRMINO DE SEIS MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE NOTIFIQUE LA CONCLUSIÓN DEL MENCIONADO ASUNTO A RECIBIR LOS CITADOS DOCUMENTOS. CON BASE A LA CIRCULAR 06/12. SE HACE DEL CONOCIMIENTO DE LAS PARTES QUE EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, MOTIVADO POR EL INTERÉS DE QUE LAS PERSONAS QUE TIENEN ALGÚN LITIGIO, CUENTEN CON OTRA OPCIÓN PARA SOLUCIONAR SU CONFLICTO, PROPORCIONA LOS SERVICIOS DE MEDIACIÓN A TRAVÉS DE SU CENTRO DE JUSTICIA ALTERNATIVA, DONDE SE LES ATENDERÁ EN FORMA GRATUITA, LA MEDIACIÓN NO ES ASESORÍA JURÍDICA. EL CENTRO SE ENCUENTRA UBICADO EN AVENIDA NIÑOS HÉROES 133, COLONIA DOCTORES, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, EN LA CIUDAD DE MÉXICO, CÓDIGO POSTAL 06500, CON EL TELÉFONO 5134-11- 00 EXTS. 1460 Y 2362. SERVICIO DE MEDIACIÓN CIVIL MERCANTIL: 5207-25-84 Y 5208-33-49. MEDIACIÓN.CIVIL@ MERCANTIL@TSJDF.GOB.MX.- NOTIFÍQUESE Y PERSONALMENTE A LA PARTE ACTORA EN TÉRMINOS DEL FORMATO QUE CORRE AGREGADO AL PRESENTE AUTO.- LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C. JUEZ TRIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DRA. RAQUEL MARGARITA GARCÍA INCLÁN, QUIÉN ACTÚA CON LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B”, LICENCIADA MARÍA DE LOURDES RIVERA TRUJANO, QUIEN AUTORIZA Y DA FE. DOY FE. - - - - - - - - -“.
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS LIC. ANGEL MORENO CONTRERAS PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS EN EL PERIÓDICO “LA CRÓNICA DE HOY” Y EN EL BOLETIN JUDICIAL.
crónica 11
METRÓPOLI
VIERNES, 11 SEPTIEMBRE 2020 metropoli@cronica.com.mx CUÉNTALE A CRÓNICA | DENUNCIAS Tel.: 1084-5851 Correo electrónico: lacronicaciudad@gmail.com
Bares no podrán abrir en octubre
[ Adriana Rodríguez ]
Apesar de que los dueños de centros nocturnos y bares han pedido insistentemente en adelantar la reapertura de sus negocios, la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, reiteró que esto no será posible.
“Los bares son lugares cerrados de plática, música, etcétera y se ha visto incluso las ciudades europeas que en el momento que los abrieron prácticamente a los 15 días los volvieron a cerrar porque representaban alto contagio”, explicó en conferencia de prensa virtual.
“No es un asunto de querer o no querer sino de los análisis que hacemos de los de las zonas de contagio o los espacios de contagio y como en algunas actividades es mucho más complejo abrirlas dado que todavía estamos en una situación en donde la pandemia está presente”, agregó.
La mandataria local ejemplifi - có el caso de los padres de familia, quienes han vivido una situación complicada por tener que apoyar a sus hijos con las clases en línea y a la par seguir con sus actividades.
“Si las escuelas aún no se han abierto, pues difícilmente se pueden abrir los bares y centros nocturnos, sabemos que es una situación muy difícil económicamente y por eso les estamos dando la oportunidad de que abran más temprano con los espacios abiertos como restaurantes”, comentó.
La Asociación de Bares, Discotecas y Centros Nocturnos pidió tanto a los gobiernos de la Ciudad de México como de otras entidades darles la posibilidad de abrir en octubre con un aforo del 40 por ciento.
Además piden que se les permita operar hasta las dos de la mañana con el propósito de recuperarse de las pérdidas registradas ante el cierre como medida preventiva ante el Covid-19.
Este viernes el gobierno local informará sobre la condición en la entidad con respecto a la pandemia y se y se dará a conocer si existen cambios en el semáforo.
Este miércoles, en conferencia de prensa, los empresarios pertenecientes a la Asociación Mexicana de Bares, Discotecas y Centros Nocturnos indicaron que de continuar sin seguir operando se podrían perder 560 mil empleos directos y 300 mil indirectos en estos seis meses de confi namiento.
“Está claro que para nosotros igualmente la prioridad es nuestra salud, la de nuestra familia, empleados y clientes pero también está claro si no volvemos a la actividad pronto perderemos los negocios y muchos no lograremos sobrevivir para volver a operar”, dijo el empresario Helking Aguilar Cárdenas.
A ESCONDIDAS. Crónica recorrió en días pasados distintas zonas turísticas y encontró que muchos bares y cantinas ya ofrecen servicio desde hace poco más de un mes. En la Zona Roza, por ejemplo, hay negocios que desde hace años operan como bares y cuando empezó la pandemia, se vieron obligados a cerrar sus puertas por tiempo indefi nido.
Sin embrago, comenzaron a operar en plena pandemia bajo medidas sanitarias impuestas en muchos casos por ellos mismos; bastó un bote de gel antibacterial y la petición de consumir alimentos para ofrecer las bebidas alcohólicas.
v “No es un asunto de querer o no querer, sino de los análisis que hacemos de las zonas de contagio o los espacios de contagio y como en algunas actividades es mucho más complejo abrirlas dado que todavía estamos en una situación en donde la pandemia está presente”, señala. Claudia Sheinbaum
En plena Zona Rosa es posible hallar lugares que cierran sus puertas a las 4 de la mañana; sólo se necesita paciencia y 50 pesos por persona. Eso es lo que una mujer dice a un grupo de jóvenes que pasan por la calle de Génova al cruce con Hamburgo.
“¿Buscan un bar? 50 pesos la entrada. Cerramos hasta las 4 o 5, dependiendo de cómo se ponga la fi esta”, dice mientras saca su teléfono y comienza a escribir.
“Déjenme ver si hay lugar”, añade y hace una llamada.
Después de unos minutos da el aviso: “Sí tengo lugar chicos, pero
CUARTOSCURO les tocará de pie porque hay mucha gente”.
Los jóvenes aceptan la oferta y se encaminan sobre la misma calle de Génova hacia Londres; es casi la una de la madrugada y en ese momento un grupo de policías comienza a “barrer” la calle desde Liverpool —donde se ubica la sede de la Policía capitalina— hacia Paseo de la Reforma.
“¡Muévanse, muévanse! Hagan como que están comprando hot dogs, ahorita que pasen los policías los meto”.
En la calle sólo hay un par de vendedores de comida rápida y unas 10 personas que se dedican a ofertar bares que se ubican en esta calle; es de noche y no se aprecia ruido de fi esta, parece que no hay movimiento nocturno. Pero 30 minutos después los jóvenes regresan para continuar el proceso de admisión al lugar.
Tras una llamada la mujer tiene una mala noticia, el bar se llenó y ya no hay cupo, ni de pie. Pero hay otros tres sitios en la misma calle que podrían tener espacio para los fi esteros. Pregunta a algunos de los que camina por ahí y que parecían simples transeúntes; “¿tienes lugar?”, le pregunta a un hombre y éste responde: “hace rato ya no había, pero márcale al Jhony, tal vez ya se liberó un poco”.
Hace otra llamada telefónica y la negativa persiste; “ya no tengo lugares chicos, si andan por aquí les aviso en cuanto tenga espacio, se pone bueno, vale la pena esperar”.