Ministerio de Hacienda Despacho de la Ministra San José, Costa Rica 26 de junio 2019 DM-1034-2019 Doctor Román Macaya Hayes Presidente Ejecutivo Caja Costarricense de Seguro Social Asunto:
Respuesta al oficio PE-0803-2019, sobre la aplicación de la regla fiscal a la Caja Costarricense de Seguro Social
Estimado señor: Me refiero al oficio PE-0803-2019, en el cual manifiesta que la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) se encuentra excluida de la aplicación de la regla fiscal en la formulación del presupuesto ordinario para el 2020, fundamentando lo anterior en la excepción establecida en el inciso a) del artículo 6 del Título IV de la Ley No. 9635, Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, así como en la Resolución de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia No. 2018019511, en lo que concierne al “Seguro de Enfermedad y Maternidad”. Al respecto, corresponde señalar que este Ministerio no desconoce los alcances del artículo y la resolución referidos. No obstante, debe tenerse presente que de la lectura del inciso a) del citado artículo 6, a la luz de la jurisprudencia de la Sala Constitucional, se concluye que la CCSS está exceptuada del ámbito de cobertura del Título IV únicamente en lo que se refiere a los recursos del “Régimen de Invalidez, vejez y muerte (IVM)”, los del “Régimen No Contributivo” y los del “Seguro de Enfermedad y Maternidad”. De lo anterior, se desprende que la excepción establecida y extendida por vía jurisprudencial, no se refiere a la CCSS en su totalidad. A este Ministerio, en cumplimiento a la correcta aplicación de la regla fiscal, le resulta imperativo examinar el presupuesto de la CCSS cada año, para poder diferenciar los recursos incorporados a los regímenes mencionados y al “Seguro de Enfermedad y Maternidad”, de aquellos recursos que no pertenecen a las excepciones establecidas en el artículo 6) del Título IV de cita y al que hace referencia la resolución de la Sala Constitucional.
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Ministerio de Hacienda Despacho de la Ministra San José, Costa Rica En virtud de lo anterior, es necesario que la CCSS remita a la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria (STAP) la información solicitada en el oficio STAP-Circular-0754-2019, para el análisis correspondiente en cumplimiento a lo establecido en el Título IV de la Ley No. 9635. Cordialmente, MARIA DEL ROCIO AGUILAR MONTOYA (FIRMA)
Firmado digitalmente por MARIA DEL ROCIO AGUILAR MONTOYA (FIRMA) Fecha: 2019.07.02 22:26:02 -06'00'
Rocio Aguilar M. Ministra de Hacienda
CC. Archivo. Jose Luis Araya Alpizar, Director General de Presupuesto Nacional, Ministerio de Hacienda. Contraloría General de la República.
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MICHAEL CONTRERAS SOLERA (FIRMA)
Firmado digitalmente por MICHAEL CONTRERAS SOLERA (FIRMA) Fecha: 2019.07.01 10:10:06 -06'00'
Elaborado por: Equipo de Trabajo Regla Fiscal
ANA MIRIAM ARAYA PORRAS (FIRMA)
Firmado digitalmente por ANA MIRIAM ARAYA PORRAS (FIRMA) Fecha: 2019.07.01 12:15:48 -06'00'
V°B° Ana Miriam Araya Porras Directora Ejecutiva STAP
RODOLFO CORDERO VARGAS (FIRMA)
Firmado digitalmente por RODOLFO CORDERO VARGAS (FIRMA) Fecha: 2019.07.01 20:13:30 -06'00'
VB° Rodolfo Cordero Vargas Viceministro de Egresos