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Cooperativas Eléctricas analizan desafíos en reunión nacional

LEY DE SERVICIOS BÁSICOS, NORMAS TÉCNICAS Y FIJACIONES TARIFARIAS

En reunión de tipo nacional Cooperativas Eléctricas analizan desafíos de cara al 2022

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Presente y futuro. Encuentro se desarrolló en Paillaco, Región de los Ríos, en que participaron Los representantes de las cooperativas integrantes de Fenacopel.

PAILLACO. En la ciudad de Paillaco se realizó recientemente el último Consejo de Administración de la Federación Nacional de Cooperativas Eléctricas (Fenacopel), instancia en que fueron abordados las materias que se constituirán en desafíos en los cuales avanzar, como la ley de servicios básicos, normas técnicas y fijaciones tarifarias para el sector. En el encuentro participaron los representantes, gerentes y directores de las cooperativas de distribución eléctrica, CEC de Curicó, Coopelan, Copelec, Coelcha, Cooprel, Crell y Socoepa, siendo esta ultima la anfitriona de la reunión, la cual fue encabezada por el presidente de la organización Eric Ebner, quien destacó los logros alcanzados durante el año 2021, el actual estado de las cooperativas y el futuro que se avecina. Sobre esto último, el escenario futuro que se debe enfrentar, fueron analizados, especialmente, materias como la prórroga de la Ley de Servicios Básicos, el establecimiento de nuevas normas técnicas y la fijación de tarifas, temas claves para lo que será el funcionamiento del sector eléctrico en este 2022, coincidieron. En lo que respecta a la prórroga de la Ley de Servicios básicos, el presidente de Fenacopel sostuvo que dicha normativa puede afectar el flujo (financiero) de las cooperativas eléctricas de manera grave, situación que debe ser tratada de otra manera. “La gente que tiene que pagar, que pague. Se está haciendo un aprovechamiento de esta ley en que algunos teniendo recursos para costear su consumo, no lo hacen. Hay que definir de mejor manera a quién se debe ayudar y quienes no califican. Las Cooperativas necesitamos de recursos para entregar un mejor servicio, y por lo mismo esta Ley tiene que ser revisada, ya sea en su impacto y en todos aquellos aspectos que se deben mejorar”, explicó Ebner. Por su parte el gerente de Fenacopel, Patricio Molina, destacó el intercambio de visiones e ideas en torno a estos importantes temas debatidos, demostrando que de forma conjunta es posible velar por el bienestar de las

Representantes de las cooperativas eléctricas del país se reunieron en Paillaco para analizar los desafíos del 2022.

Cooperativas y especialmente de sus clientes. “Hemos podido compartir nuestros conocimientos, apoyarnos mutuamente y dando fuerza a todo el movimiento cooperativo, demostrando una vez más que todo esto nos fortalece y sirve”, puntualizó el ejecutivo.

Horóscopo

Aries [21 de marzo al 20 de abril].

AMOR: Busque en su corazón si aún hay amor por esa persona. De lo contrario, simplemente solo es cariño. SALUD: Aleje los síntomas de la depresión. De usted depende animarse. DINERO: No desconozca su talento. De lo contrario son solo excusas para no intentarlo. COLOR: Rojo. NÚMERO: 12.

AMOR: Analice lo que está haciendo mal, ya que debe tener claro que los problemas de pareja tienen dos responsables. SALUD: Evite sufrir accidentes de cualquier tipo. DINERO: Nunca es tarde para tratar de controlar el presupuesto. COLOR: Verde. NÚMERO: 10.

AMOR: Háblele de amor a esa persona. Si las cosas no resultan, no perderá nada. SALUD: Debe evitar los problemas a los riñones. Por lo mismo, consuma más agua. DINERO: Cuidado con los malos negocios por culpa de personas sin escrúpulos. COLOR: Negro. NÚMERO: 22.

AMOR: Con los sentimientos no se debe jugar. Por lo mismo, analice si son reales o no. SALUD: Calme sus nervios, trate de realizar actividades que le distraigan y alejen del estrés. DINERO: No desaproveche sus oportunidades en lo laboral. COLOR: Lila. NÚMERO: 3.

AMOR: Sin comunicación lo más probable es que su relación “naufrague”. Por ello, le invito a hacer las cosas de un modo muy diferente. SALUD: Ojo con su nivel de colesterol. DINERO: Tenga cuidado con que una buena oferta termine siendo algo desagradable para usted. COLOR: Gris. NÚMERO: 4.

AMOR: Ponga su máximo empeño en la relación actual. Así demostrará que usted está hablando en serio. SALUD: Una actitud positiva puede ser un excelente aliado para mejorar la salud. DINERO: Cuidado con las compras impulsivas. Solo perjudicarán su presupuesto. COLOR: Morado. NÚMERO: 21.

AMOR: Usted merece ser feliz, pero para esto debe ser un poquito más jugado/a. SALUD: Tome las cosas de una mejor manera, para así no afectar tanto su sistema nervioso. DINERO: No debe postergar tanto las tareas que le asignen sus superiores. COLOR: Amarillo. NÚMERO: 1.

AMOR: El enojo no conduce a nada positivo para su vida afectiva. En estos momentos es cuando más necesita de los demás. SALUD: Cuidado con las molestias a la espalda por no tener cuidado al hacer fuerzas. DINERO: No es bueno que aplace tanto los compromisos monetarios. COLOR: Granate. NÚMERO: 11.

AMOR: Muestre a su pareja el real compromiso que tiene con esa relación. SALUD: Sea prudente y no corra riesgos innecesarios, ya que no es bueno exponerse a contagios. DINERO: Lo laboral también se puede ver afectado por las energías negativas. COLOR: Naranjo. NÚMERO: 9.

AMOR: La inseguridad no es un buen ingrediente en las relaciones de pareja. SALUD: Preocúpese por la salud de su mente. De ser necesario, pida ayuda. DINERO: Por el momento es mejor que reserve esos proyectos para más adelante, cuando se den mejores condiciones. COLOR: Blanco. NÚMERO: 5.

AMOR: Tenga más cuidado, muchas veces esas palabras lindas ocultan un corazón sin escrúpulos. SALUD: Saque fuerzas de su interior para su organismo continúe recuperándose. DINERO: Un tropiezo no es sinónimo de fracaso. Levántese y supere este mal paso. COLOR: Celeste. NÚMERO: 8.

AMOR: Todo puede mejorar en la medida que la otra persona sienta que su afecto es real y que hará lo posible por consolidar la relación. SALUD: Si es que se lo propone, todo puede andar excelente en lo anímico. DINERO: Cuidado con el trabajo que ha postergado. COLOR: Café. NÚMERO: 7.

Tauro [21 de Abril al 20 de Mayo].

Géminis [21 de Mayo al 21 de Junio].

Cáncer [22 de Junio al 22 Julio].

Leo [23 Julio al 22 de Agosto].

Virgo [23 de Agosto al 22 de Septiembre].

Libra [23 de Septiembre al 22 de octubre].

Escorpión [23 de Octubre al 22 de Noviembre].

Sagitario [23 de Noviembre al 20 de Diciembre].

Capricornio [21 de Diciembre al 20 de Enero].

Acuario [21 de Enero al 19 de Febrero].

Piscis [20 de Febrero al 20 de Marzo].

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JUDICIALES

EXTRACTO INTERDICCIÓN 1° JUZGADO DE LETRAS DE CURICÓ, ubicado en avenida Camilo Henríquez s/n, Curicó, en causa ROL V-106-2021, caratulada “VILLA”, por sentencia definitiva de fecha 19 de octubre de 2021, se declaró la interdicción definitiva por demencia de doña ADRIANA JULIA AZOCAR CANDIA, cédula de identidad número 2.472.571-5, quedando privada de la administración de sus bienes, otorgándole a su hija doña ADRIANA DEL ROSARIO VILLA AZOCAR, cédula de identidad número 8.356.350- 8, la administración total de sus bienes como curadora general legítima definitiva de su madre, con declaración que se le releva de la obligación de prestar fianza y practicar inventario, previa aceptación del cargo. Autoriza secretario Subrogante don Cristián Olguín Olavarría.

18-19-20 -83025

EXTRACTO NOTIFICACIÓN POR AVISOS Cuarto Juzgado de Letras de Talca, ROL N° C-1890-2019 sobre indemnización de perjuicios, caratulado “VERDUGO/GUIMAY”, se ordenó con fecha 23 de abril de 2021 notificar por aviso extractado la demanda y su proveído a doña SOLEDAD FERNANDA GUIMAY QUEZADA cédula de identidad N° 17.321.979-2 ultimo domicilio conocido 6 Oriente N° 820 Depto. N° 203 de la Ciudad de Talca y con fecha 07 de Septiembre de 2021 demandada Subsidiaria doña MÓNICA EMELINDA QUEZADA GARRIDO cédula de identidad N° 7.395.664-1, demandada subsidiaria ultimo domicilio conocido Santa Julia S/N comuna de Pelarco. EN LO PRINCIPAL: ANA MARÍA CAMPOS ENCINA, chilena, vendedora, cédula de identidad N° 8.390.963-3 domiciliada en Ramadilla de Lircay s/n camino a las rastras, comuna de Talca y HÉCTOR FLORENCIO VERDUGO BRAVO, Chileno, vigilante privado cédula de identidad N° 9.413.196-0, domiciliado en calle 27 Sur pasaje 5 Poniente C, comuna de Talca, solicitando tener por interpuesta demanda de indemnización de perjuicios en juicio sumario en contra SOLEDAD FERNANDA GUIMAY QUEZADA cédula de identidad N° 17.321.9792 último domicilio conocido 6 Oriente N° 820 Depto. N° 203 de la Ciudad de Talca y Doña MÓNICA EMELINDA QUEZADA GARRIDO, cédula de identidad N° 7.395.664-1, demandada subsidiaria último domicilio conocido Santa Julia S/N comuna de Pelarco. Para que se acoja a tramitación la demanda, se le condene al pago de $2.776.221.- por daño emergente a la dueña del vehículo; $250.000.- por daño moral a la dueña del vehículo y; $250.000.- por daño moral al conductor del vehículo, con los reajustes e intereses o el monto que su S.S se sirva fijar, así como las costas personales y procesales que se fijen. PRIMER OTROSÍ: acompaña copia de la sentencia dictada por el 2° juzgado de policía local de Talca, copia autorizada del certificado de ejecutoriedad de la sentencia, certificado de inscripción y anotaciones vigentes del vehículo KIA MOTORS CERATO patente DGJV 67-5, presupuesto realizado por Baladrón e Hijos privilegio de pobreza N° 33 y 31 2019 conferido por la Clínica jurídica Universidad Santo Tomas. SEGUNDO OTROSÍ: tener presente patrocinio por Clínica Jurídica Santo Tomás sede Tala. TERCER OTROSÍ: patrocinio y poder. Con fecha 10 de junio de 2019, el Tribunal resuelve: Por cumplido lo ordenado y proveyendo la demanda de fojas 1 y siguientes: A LO PRINCIPAL: Téngase por interpuesta demanda de Indemnización de Perjuicios en juicio sumario. Vengan las partes a comparendo de contestación y conciliación a la audiencia del quinto día hábil siguiente a la última notificación, a las 09.00 horas.- Si recayere en día sábado, se llevar a efecto el primer día hábil siguiente en la hora señalada.- AL PRIMER OTROSÍ: Téngase por acompañado copia simple de los documentos, con citación. AL SEGUNDO Y TERCER OTROSÍ: Téngase presente. Con fecha 23 de abril del 2021 el tribunal y con fecha 07 de Septiembre del 2021 resuelve VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes allegados a la causa se desprende que la residencia de la demandada, doña SOLEDAD FERNANDA GUIMAY QUEZADA, y la demandada subsidiaria Doña MÓNICA EMELINDA QUEZADA GARRIDO es difícil de determinar, toda vez que registra varios domicilios conocidos en los cuales no ha sido habido, por lo que de conformidad a lo previsto en el artículo 54 del Código de Procedimiento civil, se accede a la notificación por avisos solicitada y, en consecuencia, notifíquese la demanda por medio de tres publicaciones extractadas que deberán efectuarse en un diario de esta ciudad, como además una publicación en el Diario Oficial.

16-20-22 – 83010

NOTIFICACIÓN Primer Juzgado Letras Talca, causa Rol C-1429-2021 caratulada Banco del Estado de Chile con Constructora Cantera Sociedad Anónima, Juicio Ejecutivo, conformidad previsto artículo 54 Código Procedimiento Civil, ordenó notificar por avisos la demanda y requerir de pago a demandado conforme siguientes antecedentes: Ante 1° Juzgado de Letras de Talca comparece don MAXIMILIANO SANCHEZ DERIO, abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, Santiago, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 19 de Noviembre de 2020, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Álvaro González Salinas, que acompaño en un otrosí de esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins Nº 1111, piso 8º, Comuna de Santiago, y expone: “ Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito en calidad de deudor principal por CONSTRUCTORA CANTERA SOCIEDAD ANONIMA, ignoro giro, representada legalmente por don(ña) CRISTOBAL MALLEGAS RETAMAL, ignoro profesión u oficio, domiciliados en DOS NORTE 263, TALCA y/o CERRO DE LA VIRGEN KM 13, PENCAHUE, y en calidad de avalista y codeudor(a) solidario(a), por don(ña) SANTOS PATRICIO MALLEGAS CAMPUSANO, ignoro profesión u oficio, con domicilio en DOS NORTE 263, TALCA y/o CERRO DE LA VIRGEN KM 13, PENCAHUE y en calidad de avalista y codeudor(a) solidario(a), por don(ña) ROSA ESTER RETAMAL BURGOS, ignoro profesión u oficio, con domicilio en DOS NORTE 263, TALCA y/o CERRO DE LA VIRGEN KM 13, PENCAHUE. El pagaré fue suscrito por la suma de $80.000.000.-, por concepto de capital, más un interés del 0,2916% MENSUAL, que el deudor se obligó a pagar en 42 cuotas MENSUALES y sucesivas de $2.064.135.- cada una, salvo la última cuota de $2.064.127.- todas con vencimiento los días 01 de cada mes, venciendo la primera de ellas el día 04 DE ENERO DE 2021. Se estableció en el pagaré que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación. El deudor se obligó a pagar la comisión legal del 0,00% anual sobre el capital garantizado que el Banco del Estado de Chile recauda para el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), el cual cauciona el crédito con una tasa de garantía de 80% del saldo capital. Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al día 01 DE FEBRERO DE 2021, inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $79.615.481.-, más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda más la comisión legal del 0,00% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), más las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, el (los) suscriptor(es) relevaron al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la(s) firma(s) de este(os) se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de CONSTRUCTORA CANTERA SOCIEDAD ANONIMA, representada legalmente por CRISTOBAL MALLEGAS RETAMAL, y de don(ña) SANTOS PATRICIO MALLEGAS CAMPUSANO, ROSA ESTER RETAMAL BURGOS, ya individualizado(s), en la(s) calidad(es) ya indicada(s), admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $79.615.481.-, más la comisión legal del 0,00% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), más intereses pactados y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas.- PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Se tenga presente. CUARTO OTROSÍ: Solicitud que indica. QUINTO OTROSÍ: Patrocinio y poder.” Providencia de folio 06: Talca, veinticinco de Agosto de dos mil veintiuno Proveyendo a folio 6 A lo principal y otrosí, por cumplido con lo ordenado en el folio 5, téngase por acompañado el documento fundante de la demanda en la forma solicitada que la parte demandante ha acompañado materialmente al Tribunal, téngase presente y por señalada la dirección de correo electrónico e incorpórese al Sistema SITCI, y se decreta lo siguiente: A lo principal; por interpuesta la demanda, despáchese mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $ 79.615.481, más la comisión legal del 0,00% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), 13.000.000, más intereses y costas, al primer otrosí; téngase por acompañado bajo el apercibimiento del artículo 346 N°3 del Código de Procedimiento Civil y guárdese en la custodia del Tribunal; al segundo otrosí; téngase por señalado el bien para embargar; al tercer y quinto otrosí; téngase presente, y por acompañado con citación, al cuarto otrosí; solicítese en su oportunidad procesal. En Talca, a veinticinco de Agosto de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Certifico: Que el documento fue guardado en custodia el pagaré acompañado a la demanda de autos, bajo el N°1061-2021. Talca, 25 de agosto de 2021.-. Rosario Aída de las Mercedes Yáñez Schafer. Fecha 25/08/2021. 14:31:28. Hay firma electrónica. – MANDAMIENTO. Talca, veinticinco de Agosto de dos mil veintiuno.- Requiérase a don (a) CONSTRUCTORA CANTERA SOCIEDAD ANONIMA, ignoro giro, representada legalmente por don(ña) CRISTOBAL MALLEGAS RETAMAL, ignoro profesión u oficio, domiciliados en DOS NORTE 263, TALCA y/o CERRO DE LA VIRGEN KM 13, PENCAHUE, y en calidad de avalista y codeudor(a) solidario(a), por don(a) SANTOS PATRICIO MALLEGAS CAMPUSANO, ignoro profesión u oficio, con domicilio en DOS NORTE 263, TALCA y/o CERRO DE LA VIRGEN KM 13, PENCAHUE y en calidad de avalista y codeudor(a) solidario(a), por don(ña) ROSA ESTER RETAMAL BURGOS, ignoro profesión u oficio, con domicilio en DOS NORTE 263, TALCA y/o CERRO DE LA VIRGEN KM 13, PENCAHUE. Ordena despachar mandamiento, par a que pague a BANCO DE ESTADO DE CHILE, la suma de $ 79.615.481, más la comisión legal del 0,00% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), más intereses y costas. No verificado el pago, trábese embargo sobre los bienes suficientes de la á propiedad del deudor, los que quedar n en su poder en calidad de depositario á provisional y bajo su responsabilidad legal Dicha especie quedar en poder del ejecutado, en calidad de depositario á provisional, bajo su responsabilidad legal. -Rosario Aída de las Mercedes Yáñez Schafer. Fecha 25/08/2021. 14:31:28. Hay firma electrónica. - A folio 50, el ejecutante solicitó notificar y requerir de pago al demandado por medio de avisos extractados, señalando diarios que deberán hacerse publicaciones y número ellas, sin perjuicio correspondiente en Diario Oficial. Resolución a folio 52, Talca, diez de Diciembre de dos mil veintiuno Proveyendo escrito presentado a folio 50; A lo principal, atendido el mérito de autos, ha lugar a la notificación por avisos, la que deber hacerse por tres veces en el diario de la ciudad donde se encuentra á señalado el domicilio en la presentación de la demanda y por 1 vez en el Diario Oficial de la República, los días primero o quince de cualquier mes o al día siguiente, si no se ha publicado en las fechas indicadas, mediante extracto redactado por el señor Secretario del Tribunal y se fija el requerimiento de pago que debe ser realizado por el Receptor que corresponda, para el segundo d a hábil, de practicada la última notificación a las 8,30 horas en el recinto del Tribunal ; al otrosí, no ha lugar a lo solicitado.- En Talca, a diez de Diciembre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. - Rosario Aída de las Mercedes Yáñez Schafer. Fecha 10/12/2021. 11:55:26. Hay firma electrónica. Lo que notifico y requiero de pago a CONSTRUCTORA CANTERA SOCIEDAD ANONIMA, y representada legalmente por don CRISTOBAL MALLEGAS RETAMAL y a don SANTOS PATRICIO MALLEGAS CAMPUSANO y doña ROSA ESTER RETAMAL BURGOS en su calidad de avalistas y codeudores solidarios. SECRETARIO

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