14 minute read
MINVU Y LA MUNICIPALIDAD DE TALCA INICIAN MEJORAMIENTO DE TRES BARRIOS DE LA COMUNA
from 07-10-2020
Advertisement
TALCA. En una serie de encuentros con dirigentes sociales y vecinos, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), marcó el hito inaugural de sus intervenciones en los barrios Faustino González Etapa 1, Faustino González Etapa 2 y Sargento Segundo Daniel Rebolledo de Talca, sectores que forman parte del Programa “Quiero Mi Barrio”, que ejecuta el Minvu en conjunto con la Municipalidad de Talca. Cabe señalar que en cada uno de estos barrios de la capital regional, se desarrollará un plan de gestión social y plan maestro de obras por espacio de 42 meses, invirtiendo en cada territorio 808 millones de pesos. Los barrios beneficiados forman parte de la selección 2019 y actualmente se encuentran en fase inicial, que considera talleres de diagnóstico, recorridos barriales y encuestas, recibiendo como producto final la definición por parte de los propios vecinos de las obras que se van a ejecutar durante su intervención, entre las cuales figuran Autoridades, dirigentes sociales y vecinos, participaron en el hito inaugural de las intervenciones que se realizan en tres barrios de Talca.
espacios públicos, equipamiento comunitario, iluminación, entre otras. Resulta importante consignar que a los tres barrios mencionados anteriormente, se suma el barrio Abate Molina- Costanera, el cual forma parte del programa de intervención en el casco histórico que llevan adelante el Minvu y el municipio talquino.
BARRIOS EMBLEMÁTICOS
El gobernador de la Provincia de Talca y en la actualidad el intendente subrogante, Felipe Donoso, valoró la iniciativa. “Es un programa muy importante y de mucho beneficio para la gente, ya que les permite fortalecer los lazos de convivencia y al mismo tiempo mejorar sus barrios y el entorno, pudiendo elevar su calidad de vida”, precisó la autoridad provincial. El seremi Minvu, Gonzalo Montero, destacó la llegada del programa a barrios emblemáticos de Talca. “Se trata de un programa que tiene un alto impacto en la comunidad, ya que son los propios dirigentes y vecinos quienes con el apoyo de un equipo de profesionales instalados en el barrio los que deciden cuales son las principales necesidades y que obras se van a ejecutar. Eso genera una mayor identidad con el territorio y la apropiación y el cuidado de los espacios públicos”, sostuvo. En tanto el alcalde de Talca, Juan Carlos Díaz, dijo que “estamos muy contentos y agradecidos por los recursos que nos asigna el Minvu para mejorar nuestros barrios y destacar que actualmente son cuatro los sectores que están con este programa, que tiene a los vecinos y vecinas como los protagonistas más importantes”. Finalmente, Claudio Daneck, director regional(s) de Serviu, resaltó que “sin duda alguna mejorar los entornos y el equipamiento comunitario es un complemento muy potente para la construcción de viviendas en distintos sectores de Talca. El programa de mejoramiento de los barrios es una de las líneas de mayor impacto en el ministerio”, puntualizó.
SAN CLEMENTE. Un intenso trabajo está desarrollando la patrulla de integración comunitaria, perteneciente a la Primera Comisaría de Carabineros de San Clemente, en los diferentes sectores de la citada comuna. Esta instancia policial se encuentra al servicio de las personas cuya función es la de identificar y gestionar en conjunto con vecinos, municipio y otras organizaciones, la solución de determinados problemas que tiendan a mejorar la seguridad de los barrios. Este es el trabajo a diario que realiza la Patrulla de Integración Comunitaria de la Primera Comisaría de Carabineros, cuya presencia permanente en los sectores habitacionales de San Clemente, les permite realizar un levantamiento con las principales preocupaciones que dan a conocer los vecinos en materia de seguridad y también, aquellas falencias que se detectan en terreno y que podrían significar un riesgo para la comunidad. Esta acción fue desplegada en terreno por personal policial comunitario con dirigentes vecinales del cuadrante 2, pertenecientes a los sectores de Flor del Llano, San Agustín, Casas Viejas, Villa Los Robles, 16 de Julio y Villa Esperanza.
CUMPLIENDO ASÍ “EL SUEÑO DE LA CASA PROPIA”
Diez familias de Longaví recibieron certificados de subsidio habitacional
LONGAVÍ. En el salón de sesiones del municipio se realizó una ceremonia simbólica de entrega de subsidios a diez familias de Longaví, que de manos del alcalde y del delegado Serviu, cumplieron el sueño de la vivienda propia. El alcalde de Longaví, Cristian Menchaca, señaló estar muy contento, “porque el Estado les está entregando recursos para obtener casa propia. Es un muy buen subsidio, especialmente para las personas que viven en el mundo rural, así que muy contentos por estas familias, que algunos de ellos llevan mucho tiempo postulando, así que feliz de que estas familias tengan su casa definitiva”. “Hoy día el municipio cuenta con una encargada de la oficina de vivienda, para que nuestros vecinas y vecinas, puedan realizar consultas de postulaciones, subsidios, y beneficios que entrega el Estado, así que hemos reforzado esta línea que es muy importante para todos”, enfatizó el jefe comunal. Finalmente, Claudia Macnamara, encargada del programa de viviendas, señaló que las personas pueden visitar la página Minvu.cl para postular a los nuevos subsidios de vivienda, y ante cualquier duda, las personas pueden llamar al teléfono 964860810 (dispone además de WhatsApp). “El alcalde de Longaví realizó la entrega de 10 subsidios DS1, por un monto hasta 15 millones de pesos, para aquellas familias que habían postulado su subsidio para construir en vivienda propia, así que muy feliz por todas las familias que se adjudicaron este subsidio”, puntualizó Macnamara.
JUDICIALES
Tercer Juzgado Letras Talca, concedió posesión efectiva herencia testada ROGELIO MUÑOZ MUÑOZ, a su conyuge MARIA DEL CARMEN LOPEZ ASCENCIO, y sus hijos MARIA CRISTINA MUÑOZ LOPEZ, ALBERTO ROGELIO MUÑOZ LOPEZ, MARIA ANGELICA MUÑOZ LOPEZ, y LINDA CATERINE MUÑOZ LOPEZ, en calidad de herederos testamentarios y a JOSE EMILIANO RODRIGUEZ MUÑOZ, HUGO BECERRA MUÑOZ, ALBERTO SEBASTIAN EDUARDO MUÑOZ FARIAS, y KRISTINA CAROLINA RODRIGUEZ MUÑOZ, en calidad de herederos testamentarios a título singular. Rol n° V-234-2019.
06-07-08 -79035
NOTIFICACIÓN Por resolución de 17/09/2019, 2º Juzgado Civil Talca causa Rol C- 817-2019 caratulada “BANCO SANTANDER CON CHILE CON NORAMBUENA”, ordenó notificar por 3 avisos en Diario de la ciudad donde tenga domicilio el demandado y 1 en Diario Oficial, lo siguiente: EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSI: Acompaña documentos, con citación y solicita custodia. SEGUNDO OTROSI: Señala bienes para la traba del embargo y señala depositario. TERCER OTROSÍ: Se tenga acompañado con citación. CUARTO OTROSÍ: Se tenga presente: PEDRO MOYA BONOMI, abogado, domiciliado en Calle 6 Norte N° 823, comuna y ciudad de Talca, en calidad de mandatario judicial del Banco Santander Chile, persona jurídica de su giro, representada legalmente por su gerente general don Miguel Mata Huerta, ingeniero comercial, con domicilio en Calle Bandera N° 140, de la ciudad de Santiago, según mandato judicial, vengo a interponer demanda ejecutiva en contra LUIS ALEJANDRO NORAMBUENA VEGA, cedula nacional de identidad Nº 15.156.529-8, domiciliado en Calle 2 Norte N° 496, de la comuna de Longaví, de acuerdo siguientes antecedentes: Con fecha 28/09/2016 don LUIS ALEJANDRO NORAMBUENA VEGA, suscribió Pagaré Corfo Inversión Capital de Trabajo Nº 420017272089, por $ 25.000.000.- El crédito estaba destinado a Inversion. Se pacto una comisión anticipada de 1,40% por año o fracción calculada sobre el saldo capital que el Banco recauda para el Fondo, el que garantiza con tasa del 60%. El capital devengara intereses desde esta fecha y hasta el vencimiento con tasa fija de interés de 1,48% mensual vencido. Capital e intereses se pagarían en dos cuotas anuales por $11.504.655, con vencimiento el 02/10/2018, y una por $11.504.657, con vencimiento al 30/09/2019. Deudor en mora del pago desde cuota con vencimiento al 02/10/2018, por lo que se ha hecho exigible el total de lo adeudado, ascendente en capital a la suma de $ 18.021.678.- más reajustes e intereses pactados. Por haber sido suscrito este documento ante Notario Público tiene mérito ejecutivo, la obligación es líquida, actualmente exigible y su acción no está prescrita.- POR TANTO. PIDO A US. Tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don LUIS ALEJANDRO NORAMBUENA VEGA, ya individualizado, ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la
DEFUNCIÓN
Con profundo pesar comunicamos el sensible fallecimiento de la madre de nuestra amiga y compañera Tere Tabach Barrios, señora
ROSA BARRIOS DE TABACH (Q.E.P.D.)
Sus funerales se realizarán hoy 7 de Octubre, después de un responso en una ceremonia familiar privada, en el Cementerio Parque Curicó a las 14:00 horas.
TUS COMPAÑERAS 1969 INMACULADA CONCEPCIÓN
RESOLUCIÓN O Nº 0513
SANTIAGO, 05 DE OCTUBRE DE 2020 VISTO: LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 57, 74, 105, 107, 108, 110 Y 111 DE LA LEY Nº 18.695, ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES ARTÍCULOS 6, 11, 12, 14, 15, 17, 19, 20 Y 21 DE LA LEY Nº 20.640, SOBRE ELECCIONES PRIMARIAS, LEY Nº 21.221, REFORMA CONSTITUCIONAL QUE ESTABLECE EL NUEVO ITINERARIO ELECTORAL, Y LA LEY Nº 21.238, REFORMA CONSTITUCIONAL PARA LIMITAR LA REELECCIÓN DE LAS AUTORIDADES.
CONSIDERANDO: LAS DECLARACIONES EFECTUADAS DENTRO DEL PLAZO LEGAL PARA LA NOMINACIÓN DE CANDIDATOS AL CARGO DE ALCALDE EN LAS ELECCIONES PRIMARIAS 2020.
RESUELVO:
1.- ACÉPTANSE LAS CANDIDATURAS, EN LAS COMUNAS QUE SE MENCIONAN EN EL ANEXO Nº1.
2.- RECHÁZANSE, POR LAS CAUSALES QUE EN CADA CASO SE SEÑALAN, LAS CANDIDATURAS EN LAS COMUNAS QUE SE INDICAN EN EL ANEXO Nº2.
3.- LOS ANEXOS Nº1 Y Nº2, MENCIONADOS EN LOS RESUELVOS ANTERIORES, FIRMADOS Y TIMBRADOS EN CADA UNA DE SUS FOJAS, FORMAN PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN.
4.- PUBLÍQUESE ESTA RESOLUCIÓN Y LOS ANEXOS Nº1 Y Nº2 CORRESPONDIENTES A CADA REGIÓN, EN UN DIARIO DE LOS DE MAYOR CIRCULACIÓN EN LA REGIÓN RESPECTIVA, PARA EFECTOS DE LO SEÑALADO EN EL INCISO 2º DEL ARTÍCULO 115 DE LA LEY Nº 18.695.
5.- INSCRÍBANSE LAS CANDIDATURAS ACEPTADAS EN EL “REGISTRO ESPECIAL DE CANDIDATURAS DE PRIMARIAS”, EN LA OPORTUNIDAD LEGAL CORRESPONDIENTE.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE RAÚL GARCÍA ASPILLAGA DIRECTOR
ANEXO N º 1: ACEPTA CANDIDATURAS QUE INDICA REGIÓN DEL MAULE COMUNA: CURICÓ ELECCIÓN PRIMARIA DE ALCALDE
CHILE VAMOS
INDEPENDIENTES: MACARENA PONS PORCILE ISABEL MARGARITA GARCES URETA
COMUNA: SAN JAVIER ELECCIÓN PRIMARIA DE ALCALDE
CHILE VAMOS
RENOVACIÓN NACIONAL : YOLANDA LOPEZ BALDUZZI EVOLUCIÓN POLITICA: WILLIAMS VALENZUELA VILLALOBOS UNIÓN DEMOCRATA INDEPENDIENTE: CRISTOBAL PATRICIO CLEMENTE CANCINO ALBORNOZ
RESOLUCIÓN O Nº 0514
SANTIAGO, 05 DE OCTUBRE DE 2020 VISTO: LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 23, 23 BIS, 23 TER, 23 QUÁTER, 82, 84, 84 BIS, 87 Y 88 DE LA LEY Nº 19.175, ORGÁNICA CONSTITUCIONAL SOBRE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN REGIONAL; ARTÍCULOS 6, 11, 12, 14, 15, 17, 19, 20 Y 21 DE LA LEY Nº 20.640, SOBRE ELECCIONES PRIMARIAS, Y LA LEY Nº 21.221, REFORMA CONSTITUCIONAL QUE ESTABLECE EL NUEVO ITINERARIO ELECTORAL.
CONSIDERANDO: LAS DECLARACIONES EFECTUADAS DENTRO DEL PLAZO LEGAL PARA LA NOMINACIÓN DE CANDIDATOS AL CARGO DE GOBERNADOR REGIONAL EN LAS PRIMARIAS 2020.
RESUELVO:
1.- ACÉPTANSE LAS CANDIDATURAS, EN LAS REGIONES QUE SE MENCIONAN EN EL ANEXO Nº1.
2.- RECHÁZANSE, POR LAS CAUSALES QUE EN CADA CASO SE SEÑALAN, LAS CANDIDATURAS EN LAS REGIONES QUE SE INDICAN EN EL ANEXO Nº2.
3.- LOS ANEXOS Nº1 Y Nº2, MENCIONADOS EN LOS RESUELVOS ANTERIORES, FIRMADOS Y TIMBRADOS EN CADA UNA DE SUS FOJAS, FORMAN PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN.
4.- PUBLÍQUESE ESTA RESOLUCIÓN Y LOS ANEXOS Nº1 Y Nº2 CORRESPONDIENTES A CADA REGIÓN, EN UN DIARIO DE LOS DE MAYOR CIRCULACIÓN EN LA REGIÓN RESPECTIVA, PARA EFECTOS DE LO SEÑALADO EN EL INCISO 2º DEL ARTÍCULO 92 DE LA LEY Nº 19.175.
5.- INSCRÍBANSE LAS CANDIDATURAS ACEPTADAS EN EL “REGISTRO ESPECIAL DE CANDIDATURAS DE PRIMARIAS”, EN LA OPORTUNIDAD LEGAL CORRESPONDIENTE.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE RAÚL GARCÍA ASPILLAGA DIRECTOR
ANEXO N º 1: ACEPTA CANDIDATURAS QUE INDICA REGIÓN DEL MAULE
ELECCIÓN PRIMARIA DE GOBERNADOR REGIONAL
CHILE VAMOS
UNIÓN DEMOCRATA INDEPENDIENTE: CESAR MANUEL MUÑOZ VERGARA RENOVACIÓN NACIONAL: GEORGE BORDACHAR SOTOMAYOR
UNIDAD CONSTITUYENTE
DEMOCRATA CRISTIANO: CRISTINA BRAVO CASTRO RADICAL DE CHILE: PABLO SEBASTIÁN DEL RÍO JIMENEZ SOCIALISTA DE CHILE: RODRIGO HERMOSILLA GATICA CIUDADANOS: ALBERTO NICANOR MARTINEZ MOYA
suma de $ 18.021.678.-, por concepto de capital, más intereses pactados, gastos y costas, y se siga adelante con la ejecución hasta hacerse a mi representado entero y cumplido pago de la deuda. PRIMER OTROSÍ: acompaño con citación y custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Pido a U.S. tener presente traba del embargo todos los bienes raíces y muebles de propiedad del ejecutado. TERCER OTROSÍ: tener por acompañado con citación, mandato judicial del que emana mi personería para representar al Banco Santander Chile. CUARTO OTROSÍ: tener presente patrocinio. 19/03/2019. A lo Ppal.: Por interpuesta Demanda, despáchese mandamiento de ejecución y embargo, por $18.021.678, suma a la que se debe calcular intereses convenidos, mas una comisión anticipada del 1,40% anual sobre saldo de capital garantizado, que cauciona crédito con 60% sobre saldo de capital adeudado y costas. Al primero otrosí, por acompañados, con citación. En cuanto a la custodia, estese al mérito de lo actuado en autos. Al segundo, tercer y cuarto otrosíes, Téngase presente. Mandamiento. Un Ministro de Fe, requerirá a don(a) LUIS ALEJANDRO NORAMBUENA VEGA, RUT 15.156.529-8, se ignora profesión u oficio, domiciliado(a) en calle 2 Norte 496 de Longaví, para que en el acto de su intimación pague a BANCO SANTANDER CHILE, o a quien sus derechos represente la suma de $18.021.678, suma a la que se debe calcular intereses convenidos, mas una comisión anticipada del 1,40% anual sobre saldo de capital garantizado, que cauciona crédito con 60% sobre saldo de capital adeudado y costas. Si no lo hiciere en el acto de su intimación, trábese embargo en bienes muebles e inmuebles que sea de propiedad de la parte ejecutada, para atender al entero y cumplido pago del capital adeudado, más intereses y costas, señalando para tal efecto todos los bienes que aparezcan como de su propiedad, cualquiera sea su naturaleza.
Designase depositario provisional de los bienes embargados, a la propia ejecutada, a proposición de la parte ejecutante, bajo su exclusiva responsabilidad.- 13/09/2019 Solicita notificación por avisos extractados. Talca, 17/09/2019: Como se pide, practíquense las publicaciones legales por tres veces consecutivas en el Diario el Centro de esta ciudad, y por una vez en el Diario Oficial en la forma prevista en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil. Álvaro Saavedra Sepúlveda, Juez Titular. 13/08/2020. Se fije día y hora reconocimiento. 18/08/2020. Como se pide, complementa resolución 17/09/2019, se ordena agregar: Cítese al demandado, a audiencia de 5to dia hábil siguiente a la última publicación de los avisos a las 10:00 horas, en el recinto del tribunal para ser requerido de pago por ministro de fe a elección del ejecutante, ordenándose dicha citación sea incluida en el extracto de notificación de la demanda.26/08/2020. Solicita autorización para publicar en Diario La Prensa. 27/08/2020: Como se pide, efectúense las publicaciones legales en el Diario La Prensa de esta ciudad. Proveyó Karen Lagos Medina Juez (S)
02-03-07 - 79013
CUARTO JUZGADO DE LETRAS DE TALCA, autos voluntarios caratulados “CAVIERES/DONOSO”, RIT V-27-2020, por sentencia definitiva de fecha 19 de mayo de 2020, se concedió la posesión efectiva de la cuarta parte de libre disposición y de la cuarta de mejoras de la herencia quedada al fallecimiento de doña ADRIANA DEL CARMEN DONOSO AUGUSTO, R.U.N 3.087.905-8, a su hija doña GLADYS JOELITA CAVIERES DONOSO, bajo el imperio de su testamento abierto, otorgado con fecha 05 de Junio de 2017, protocolizado en la Notaría Público don Jaime Andrés Silva Sciberras, de la comuna de Talca. – SECRETARIO TITULAR.
07-08-09 -79037
Extracto Ante el Juzgado de Letras de Molina, en autos voluntarios V-722019, caratulados “VALENZUELA/DÍAZ”, por sentencia de fecha 26 de Junio 2020 se concedió la posesión efectiva de la herencia testada quedada al fallecimiento del causante don VALERICIO DÍAZ, cédula nacional de identidad N° 2.485.100-1, ya individualizado; y se declara como heredera de la cuarta de libre disposición a su cónyuge y solicitante doña MARÍA CECILIA VALENZUELA HERRERA, cédula nacional de identidad N° 7.524.285-9 y como herederos universales sus hijos de ROSA DEL CARMEN, CLAUDIO ANTONIO, SERGIO HERNÁN, ORIANA DEL CARMEN todos de apellido DÍAZ VALENZUELA y a doña MARIA TERESA DÍAZ MORALES. Sin costas por tratarse de una gestión no contenciosa. Practíquense las publicaciones legales correspondientes y protocolícese inventario. Anótese, regístrese y dése copia y archívese en su oportunidad. ROL N° V-72-2019 DICTADA POR LA JUEZA QUE SE INDIVIDUALIZA EN LA FIRMA ELECTRÓ-
NICA AVANZADA. Molina, veintitrés de Septiembre de dos mil veinte. ESTEBAN BRAVO MANYOMA. JEFE DE UNIDAD DE CAUSAS MINISTRO DE FE.
07-08-09 -79039
EXTRACTO JUDICIAL INTERDICCIÓN POR DEMENCIA. En el Juzgado de Letras en lo Civil de Curepto, en causa V-9-2020, en sentencia definitiva de 28 de febrero de 2020, se declara la interdicción definitiva por causal de demencia de don Manuel Segundo Varas Herrera, cédula nacional de identidad N°15.855.977-3, y se designa a doña Irma del Carmen Muñoz Concha, cédula de identidad N°11.559.857-0, como curador definitivo de los bienes de su sobrino, relevándosele de la obligación de rendir fianza y de la facción de inventario de bienes. Dictada por Sebastián Ignacio Bustos Chaparro, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía, con competencia en Familia y Laboral de Curepto. Jorge Valdés Acevedo. Secretario Subrogante.
07-08-09 -79040