Organización Pública

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Autor: Lennerd A. Sanchez R. C.I: V-15.778.165

TECNO JURIDICA

Edición XVL N° 158

MAGAZINE

LA ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN

PÚBLICA

Patrocinada por:

UNIVERSIDAD YACAMBU VICERRECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLÍTICAS

Revista Mensual Noviembre, 2016. 1


TECNO JURIDICA MAGAZINE

LA ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN

PÚBLICA

Autor: Lennerd Alfredo Sánchez Ramos C.I.V.- 15.778.165 Expediente: CJP-133-01102V

Revista Mensual

INDICE

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Organización Pública Distribución Vertical del Poder Público. Niveles de la Administración Pública Administración Pública Nacional Administración Pública Central Administración Descentralizada El de órgano político El de órgano administrativo Opinión Opiniones Mancheta

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ORGANIZACIÓN PÚBLICA En su parte orgánica, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela introduce profundos cambios en la estructura de la Organización Administrativa de la Administración Pública.

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DISTRIBUCIÓN VERTICAL DIVISIÓN DEL PODER

DEL PODER PÚBLICO. PÚBLICO EN LA CONSTITUCIÓN BOLIVARIANA DE 1.999

Desde 1.858, las Constituciones promulgadas en nuestro país, con algunas modificaciones, y como consecuencia de la forma federal de Estado que hemos adoptado, han consagrado una distribución vertical de Poder Público en tres niveles: Nacional, Estadal y Municipal, en consecuencia tres niveles de organización política. Distribución que recoge la Constitución Bolivariana en su artículo 136 cuando consagra: "El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional. El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral.

NIVELES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Ahora bien, dentro del marco de la estructura de una administración pública centralizada, se encuentran diferentes niveles de organización que son objetos de estudio, para comprender la centralización de la Administración Pública Venezolana, los cuales son:

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1. La Administración Pública Nacional 2. La Administración Pública Estadal 3. La Administración Pública Municipal

 Administración Pública Nacional: Se rige por las disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Publica, esta Ley creada con la finalidad de ampliar y organizar la administración del Estado atendiendo a la organización y competencia de los poderes públicos, establecidos en la Constitución de forma descentralizada, regulando políticas administrativas y estableciendo normas básicas sobre los archivos y registros públicos. La Administración Publica, es una organización que está conformada por las personas jurídicas estatales (entes) y por sus órganos, como lo precisa la Ley Orgánica de la Administración Pública Art 152.

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 Administración Pública Central: Según el Artículo 45.de La Ley Orgánica de la Administración Publica Son órganos superiores de dirección de la administración pública Central, El Presidente o Presidenta de la Republica, el Vicepresidente Ejecutivo o la VicePresidenta Ejecutiva, El Consejo de Ministros ,los ministros o ministras y los viceministros o viceministros. Son Órganos superiores de consulta de la Administración Pública Central, La Procuraduría General de la Republica, El Consejo de Estado, l Consejo de Defensa de la Nación, los gabinetes sectoriales y los gabinetes ministeriales.2.1 El Presidente de la República. El poder ejecutivo reside en el presidente el cual tiene entre sus funciones administrativas, el manejo de la Hacienda Pública Nacional: Decretar créditos adicionales, precia autorización de la asamblea nacional, negociar empréstitos nacionales, celebrar contratos de interés nacional, designar el procurador, fijar el número de ministros entre otros.2.2 El Vicepresidente ejecutivo: (Atribuciones Administrativas)Dentro de sus funciones administrativas, tiene la coordinación de la administración pública nacional de conformidad con la instrucciones del presidente.

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Presidir el Consejo de Ministros previa autorización del Presidente, coordinar relaciones con la Asamblea Nacional, entre otros.2.3 Los Ministros y Viceministros Según el Art. 242 de la CRBV, los Ministros son órganos directos del Presidente, reunidos conjuntamente con el Vicepresidente forman el Consejo de Ministros, son responsables de sus propias resoluciones solidariamente, es decir que ningún ministro puede escudarse en los demás, sus actuaciones se rigen por la Ley Orgánica de la Administración Central.

actualmente la conformación de los ministerios es la siguiente: Ministerio de Interior y Justicia, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Finanzas, Ministerio de la Defensa, Ministerio de Educación Cultura y Deporte, Ministerio de educación Superior,, Ministerio de Salud y Desarrollo Social, Ministerio del Trabajo, Ministerio de Infraestructura, Ministerio de Energía y Minas ,Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales, Ministerio de Planificación y Desarrollo , Ministerio de Ciencia y Tecnología, Ministerio de la Secretaria de la Presidencia. El manejo de los recursos en los ministerios viene de la cuota que se le asignan del total del Presupuesto nacional, consta de dos etapas, la primera de una formulación y la segunda que es la ejecución. La cual distribuyen a sus dependencias por medio de Órdenes de Pago, que le son depositadas en una entidad financiera del Estado.

A partir del año 2006 la formulación y ejecución del presupuesto en los ministerios se está realizando por la elaboración de proyectos, solo los proyectos aprobados son los que recibirán recursos. 7


 Administración Descentralizada: La descentralización de la Administración Pública se desarrolla atendiendo al principio de simplicidad en los trámites administrativos, para ello se creó la Ley de Simplificación de Trámites Administrativos de 1.999, se destinó específicamente a desarrollar, en detalle el principio de simplificación con el objeto de racionalizar las tramitaciones que realiza los particulares ante la Administración Pública, para mejorar su eficiencia, utilidad y celeridad, así como reducir gastos operativos .Articulo 30 LOAP ”Con el principio de profundizar la democracia y de incrementar la eficiencia y eficacia de la gestión de la Administración Publica, se podrán Dentro del marco de la estructura del Estado Venezolano, la forma de la Administración Pública admite la Centralización; entendiéndose esta como: La acción de reunir o concentrar en un solo órgano, todos los asuntos de índole político y administrativo; es decir, que existe un único órgano superior capaz de tener bajo su mando todas las funciones, competencias y controles, con respecto a los demás órganos que integran la Administración Pública Venezolana.

En este orden de ideas, se dice que existe centralización, cuando los órganos que conforman la Administración Pública se agrupan colándose unos respectos con otros, en una situación de dependencia, es decir, en una relación jerárquica, donde el órgano que se ubica en el punto más alto de la jerarquía, tienes ciertos poderes sobre los otros. Dentro del modelo de centralización, el Presidente de la República se le atribuye un doble carácter: 1. El de órgano político: donde se establece la relación directa con el estado y con los demás órganos que constituyen a este último. 2. El de órgano administrativo: ya que representa el órgano superior dentro de la Administración Pública Centralizada y con esto se le atribuye el poder de decidir, mandar y además la gran tarea de mantener la relación entre los órganos que se encuentran bajo su dependencia.

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Es necesario mencionar las características más resaltantes de la Centralización, las cuales son: Existe un órgano superior que concentra todas las funciones y competencias Los demás órganos que componen la Administración Pública, no tienen autonomía funcional, es decir, que no pueden tomar decisiones propias.

OPINIÓN

Administración Pública en Venezuela 9


Actualmente, tenemos un Estado que no se puede catalogar como un buen Estado lo que sí es evidente es que se puede afirmar que, el Estado que tenemos no obedece constitucional ni jurídicamente a la actual política del Estado venezolano, en cuanto sus propuestas sociales y planteamientos de nuevo orden se observan a veces difusos en ocasiones dispersos, lo que redunda de manera lógica en la baja eficiencia y eficacia. Dicho esto, por supuesto, es la estructura en primer lugar a la que hay que ponerle atención y para ello, el mejor ejemplo es el sector salud, con un ministerio central a lo que se le ha sumado la responsabilidad de programas sociales como lo es Barrio Adentro.

Es de destacar que es solo una humilde opinión, por lo tanto, no mencionare cifras, consideramos que la necesidad al respecto, no es imprescindible para el objetivo que queremos desarrollar. Debemos comenzar por señalar que la primera cosa que debemos abordar es el problema político, en su connotación de voluntad política para resolver, lo que nos obliga igualmente a proponer o plantear que esto debe venir del Ejecutivo Nacional acompañado por las fuerzas políticas fundamentalmente el papel que debe jugar el PSUV, como intermediario entre el gobierno y el pueblo.

Lennerd Sánchez.

OPINIONES La Administración Pública, como una rama de la ciencia administrativa, tiene vital importancia por ser el instrumento del cual se sirve el Estado, para llevar a cabo sus funciones y objetivos, como son la satisfacción de las necesidades de la colectividad en función del desarrollo nacional. Es por ello que el estudio de esta disciplina es imprescindible para los participantes de la Carrera de Administración, y con mayor énfasis en los actuales momentos, cuando por la problemática de la situación del país, estamos todos obligados a involucrarnos de manera directa, para que Venezuela pueda enfrentar y superar los cambios de todo tipo (políticos, económicos y sociales), que a breve plazo se estarán produciendo, en todo el ámbito de la Administración Pública y del Estado Venezolano. Con el fin de lograr obtener el máximo rendimiento y aprovechamiento oportuno del curso, es recomendable que el participante disponga de conocimientos teóricoprácticos previos, en áreas tales como Derecho, Economía y Administración, que lo 10


capaciten para poder profundizar en el estudio de la Administración Pública, en el contexto de nuestra realidad política, social y económica. En sintonía con lo que se acaba de exponer, para administrar el curso de Administración Pública, sería conveniente que sea ofertado una vez que los participantes hayan aprobado los cursos de Introducción a la Administración y de Economía General, o en caso tal sería ofertado de manera simultánea a los cursos anteriormente mencionados. El curso ha sido diseñado en seis Unidades lógicamente estructuradas, para lograr que el participante desarrolle las habilidades y destrezas necesarias para su formación integral. Para lograrlo, se utilizará la Técnica de Aprendizaje del Taller, la cual se fundamenta en obtener una relación directa entre el participante y el facilitador, y cuyo propósito principal es permitir que se integren la base teórica y la ejecución práctica. El participante internalizará los conocimientos relacionados con la Administración Pública, sus enfoques y definiciones, analizando el contexto, diferenciando su estructura organizativa para aplicarlo en el análisis de la reforma del Estado en Venezuela, así como también la aplicación y problemática de los controles con base al deber ser del sistema burocrático- científico, para proponer alternativas de solución a la crisis actual del Estado y la Administración Pública en Venezuela "El más bello momento de una obra es el de su creación" Alfred Victor, conde de Vigny

MANCHETA

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HASTA LA PROXIMA EDICIÓN

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