Noviembre 2013
“Encaminándonos a sembrar la nueva semilla para los estudiantes del Programa de Educación Especial de forma que transformemos
Educación Especial
NUEVA ESCUELA URBANA DE CIALES
sus vidas.”
Durante el mes de noviembre se celebra el Mes de Educación Especial. La Nueva Escuela Urbana de Ciales, a tono con las leyes vigentes, ha planificado una serie de actividades para orientar y divulgar los servicios educativos y relacionados que ofrece bajo el Programa de Educación Especial. A continuación encontrarás información sobre procedimientos y divulgaciones de servicios que ofrece nuestra escuela. Les invitamos a que nos visiten o se comuniquen con el Personal del Programa de Educación Especial para obtener más detalles.
Contenido
Sabias que: Bajo las Estipulaciones del caso de Ro-
Introducción
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sa Lydia Vélez, la divulgación del Programa de Educación Especial es continua.
Base Legal
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El 1 de noviembre del 2013 de 8:30am a
Evaluaciones y
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Elegibilidad Acomodo Razonable
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Para reflexionar...
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Calendario de Actividades
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Divulgación
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12:00 en la SAEE se dará lectura a la Proclama “Mes de Educación Especial” y celebración del Día de la Paz.
El 5 de noviembre del 2013 a partir de
las 8:00am será la Inauguración de la Actividades de Divulgación del Distrito Escolar de Manatí en el Teatro Taboa. Tendremos un Talent Show de los estudiantes participantes del Programa de Educación Especial. Estas Invitado!!
BASE LEGAL
Ley Número 51 de 7 de junio de 1996, según enmendada Ley para asegurar la prestación de servicios educativos integrales para personas con impedimentos, crear la SASEIPI y le otorgarle los poderes y las facultades para coordinar la prestación de servicios de las agencias; para establecer las responsabilidades de las agencias; para reautorizar el Comité Consultivo, redefinir su composición, sus funciones y deberes; para asignar fondos; y para derogar la Ley Núm. 21 de 22 de julio de 1977, conocida como “Ley del Programa de Educación Especial”.
Ley Pública 108-446 de 3 de diciembre de 2004, conocida como la “Individuals with Disabilities Education Improvement Act” (I.D.E.I.A. por sus siglas en ingés) Enmienda la Ley Pública 105-17 de 4 de junio de 1997. Establece el derecho de todos los estudiantes con impedimentos a una educación pública, gratuita y apropiada. Ley Número 149 de 15 de julio de 1999, según enmendada, conocida como la “Ley Orgánica para el Departamento de Educación Pública de Puerto Rico” . Esta ley crea un sistema de educación pública basado en escuelas de la comunidad con autonomía académica, fiscal y administrativa, dispone los derechos y obligaciones de los estudiantes y el personal docente y no docente de las escuelas, define las funciones del Secretario de Educación, las del Director y las del Facilitador; autoriza al Secretario de Educación a formular e implantar reglamentos para el gobierno del Sistema de Educación Pública. Ley Pública 109-270, del 12 de agosto de 2006. Conocida como la “Ley Carl D. Perkins”. Tiene el propósito de desarrollar las destrezas académicas, vocacionales y técnicas de los estudiantes que participan de los programas de educación vocacional y tecnológica, incluyendo los estudiantes con impedimentos. Esta ley garantiza la igualdad de acceso a los servicios educativos y de apoyo, ofrecidos en la
contra aquel menor que esté bajo su custodia. La responsabilidad de implantar esta ley corresponde al Departamento de la Familia, que deberá llevar ante los tribunales a aquellas personas encargadas del bienestar del menor, quienes previa investigación al efecto, hayan incurrido en cualquiera de las causas que sanciona la ley.
alternativa menos restrictiva. Enmienda la Ley Pública 105-332, enmendada el 31 de octubre de 1998. Ley Pública 101-336. “Americans with Disabilities Act” ( ADA por sus siglas en ingles). Protege a los ciudadanos americanos con impedimentos de discrimen. Provee servicios de transportación y otras facilidades. Ley Pública 93-112, de 1973, “Rehabilitation Act of 1973” (29 U.S.C. 792), según enmendada. La Sección 504 de esta ley se conoce como la Sección de los Derechos Civiles del Ciudadano con Impedimentos. Esta sección dispone que: “ningún individuo con una discapacidad, será excluido únicamente por razones de su discapacidad de participar en, ni será negado de los beneficios de, o será sujeto a trato discriminatorio bajo ningún programa o actividad que reciba asistencia financiera federal”.
Ley Pública 108-364 de 2004, “Assistive Technology Act of 2004”. Esta ley provee ayuda económica a los estados para asistir en el desarrollo e implantación de programas de ayuda relacionados con la tecnología para personas con impedimentos de todas las edades. Los programas van dirigidos a desarrollar conciencia de la necesidad y utilidad de estos equipos y facilitar la identificación de los recursos disponibles para proveerlos.
Ley Núm. 352 de 16 de septiembre de 2004. Ley para enmendar los Artículos 56, 57, 59, 67, 71 y 89 de la Ley Núm. 177 de 1ro. de agosto de 2003, conocida como "Ley para el Bienestar y la Protección Integral de la Niñez", con el propósito de corregir errores ortográficos; y para otros fines. Dicha ley considera un delito de la persona encargada del bienestar del menor, el dejar de proveerle servicios adecuados de salud o educación. Le impone, además, sanciones por abuso físico
Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988 (3 L.P.R.A. § 2101 et. seq.), según enmendada conocida como Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme. Requiere que las agencias establezcan las reglas y procedimientos que permitan la solución informal de los asuntos sometidos ante su consideración.
Ley 104: Programa de Inclusión del Sistema Educativo de Puerto Rico . Programa adscrito al DE, para facilitar la integración de maestros y estudiantes de los todos los niveles escolares y otros miembros de la comunidad escolar, con las personas con necesidades especiales y para fines relacionados. El enfoque de la ley de dicha ley provee para que se ofrezcan cursos a todos los maestros del Sistema de Educación al menos una vez durante el año académico, sobre como tratar, integrar e incluir activamente a niños con impedimentos dentro de sus salones de clase y/o curso. Dispone que se ofrezcan a maestros talleres sobre como utilizar sus cursos e integrar a los cursos existentes, elementos sobre el trato y aceptación hacia las personas con impedimentos, así como, valorar el potencial de las personas con impedimentos (una vez por semestre en cada región educativa). Además es necesario que se ofrezcan talleres a niños con impedimentos que reciben servicios de la Secretaria y a sus padres y encargados sobre sus derechos, autoestima y liderazgo, sus capacidades, deberes y responsabilidades. Por ultimo es mandatorio que se ofrezca capacitación a los restantes miembros de la comunidad escolar, para garantizar el cumplimiento de los propósitos de esta ley.
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Evaluaciones y Elegibilidad Evaluaciones
estatal aplicable.
Todo niño o joven con posible impedimento deberá ser evaluada por un equipo multidisciplinario con el propósito de determinar su elegibilidad para recibir los servicios de Educación Especial.
b. dicho impedimento identificado afecta adversamente su aprovechamiento escolar, de forma tal que éste necesite una educación especialmente diseñada para llenar sus necesidades particulares.
Procedimiento a seguir en la evaluación de personas con posibles impedimentos:
Consideraciones:
a. una vez el padre, madre o encargado haya solicitado el registro en el Centro de Servicios de Educación Especial (CSEE), el personal de dicho centro procederá a solicitar el consentimiento para realizar el proceso de evaluación inicial y coordinarán las evaluaciones en todas las áreas de necesidad sospechadas utilizando el formulario SAEE-02 de referido. b. en el caso en que haya sido evaluado previamente se solicitará Autorización para que Agencias Públicas y Privadas faciliten información (EE04). c. Se notificará al padre a través de carta o llamada telefónica con cinco días de anticipación a la fecha de evaluación. D. La evaluación inicial del niño o joven debe llevarse a cabo en un periodo de 30 días calendario subsiguientes a la fecha de registro. d. Una vez que se completan las evaluaciones y se tienen todos los criterios necesarios para realizar el proceso de determinación de elegibilidad, el personal a cargo del registro en el CSEE, enviará el expediente a la Unidad de Determinación de Elegibilidad ubicada en el CSEE para que se cite al padre a discutir las evaluaciones y diferentes criterios recopilados y participe del proceso de Determinación de Elegibilidad.
1. 2.
Es determinada por un equipo multidisciplinario de profesionales cualificados y los padres del estudiante.
3.
No se utiliza un solo procedimiento o prueba para determinar elegibilidad para servicios de educación especial.
4.
El nivel de inteligencia de la persona evaluada por si solo no lo descalifica para recibir servicios de educación especial.
5.
Un joven puede ser elegible aunque logre ser promovido de grado a grado.
6.
El impedimento debe afectar adversamente el aprovechamiento escolar.
7.
La recomendación a una terapia por si solo no representa elegibilidad para recibir los servicios de Educación Especial.
8.
En los casos de estudiantes PEA es necesario que el Comité de Programación y Ubicación COMPU prepare un informe en donde se establezcan las dificultadas ( Anejo I Formulario E.E. 05).
9.
Criterios de Elegibilidad La elegibilidad para recibir servicios de educación especial se establece cuando se determina que: a. el niño o joven tiene un impedimento según definido en la legislación federal y
La elegibilidad es de una naturaleza individualizada.
10. 11.
Certificación de que no se ha determinado elegibilidad basándose en criterios de falta de instrucción en lectura o matemáticas o dominio limitado del español. Copia del informe de Determinación de Elegibilidad será entregada al padre. Si el estudiante resulta elegible para los
servicios de Educación Especial, el personal del CSEE se comunicará de inmediato con el director de la escuela a la que éste asiste para informar la decisión, informar sobre el envío inmediato del expediente, coordinar la fecha en que se reunirá el (COMPU) para desarrollar el PEI inicial.
Programa Educativo Individualizado El Programa Educativo Individualizado (PEI) es el documento que garantiza la provisión de los servicios de la SAEE a todo niño o joven elegible a los mismos. La ley IDEIA 2004, establece los reglamentos y las disposiciones sobre el contenido del PEI. El documento tiene carácter profesional y legal. Los acuerdos que contiene implican el compromiso de la Agencia con relación a la provisión de servicios que por derecho tiene ese niño o joven en particular. En este documento se establecen los servicios educativos y relacionados que el estudiante recibirá de acuerdo a sus necesidades particulares durante el año escolar. Todas las decisiones durante el desarrollo del PEI se determinan en el COMPU a base de las necesidades del niño o joven. El COMPU tiene que estar debidamente constituido para desarrollar el PEI en todas sus partes por un periodo no mayor de un año. El PEI se preparará dentro de 60 días calendario a partir de la fecha de registro.
Continuo de servicios: 1. Salón regular con servicios suplementa-
rios y de apoyo 2. Salón regular con servicios de salón recurso 3. Salón especial en escuela regular 4. Escuela especial 5. Instrucción en el hogar 6. Instrucción en hospital 7. Instrucción en instituciones
Alternativas de Ubicación Ubicacion disponibles en Nuestra Escuela
Salón regular con servicios suplementarios y de apoyo
Salón regular con servicios de salón recurso
Salón especial en escuela regular (Preescolar EE, Salones no categorizados por nivel)
Maestra de Educación Especial ofreciendo Instrucción en el hogar
Divulgación
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Acomodos razonables La Ley 51 de Servicios Educativos Integrales para Personas con Impedimentos define acomodo razonable en su articulo 2 como: Modificación o ajuste al proceso o escenario educativo o de trabajo que le permita a la persona con impedimento participar y desempeñarse en este ambiente.
Propósito de la legislación vigente
Mejorar los resultados de los estudiantes con impedimentos mediante métodos de enseñanza y de aprendizaje mejorado.
Los acomodos que se les ofrecen al estudiante tiene que ser los mismos para la enseñanza y la evaluación en el salón de clases y los que se utilizan en el proceso de evaluación de la agencia.
Los maestros regulares deben…
Ser orientados sobre las necesidades de los estudiantes a los cuales les brindaran servicios así como el requisito de confidencialidad de la información personal identificable.
Estar informados sobre su responsabilidad en la implantación del PEI del estudiante, incluyendo la provisión de acomodos y modificaciones, así como tener acceso a dicho documento.
Colaborar en la determinación y estrategias para seleccionar, administrar y evaluar acomodos.
Aumentar las expectativas para los estudiantes con impedimentos.
Facilitar el acceso a las terapias y al material cubierto en clase; de igual forma, que se les provean los demás servicios que tienen establecidos en su PEI.
Aumentar el acceso al currículo regular.
Participar en reuniones de COMPU
¿Que son acomodos?
Los maestros regulares no deben…
Acomodos son prácticas y procedimientos en las área de presentación, forma de responder, ambiente y lugar, y tiempo e itinerario que proveen acceso equitativo durante la enseñanza y evaluación para estudiantes con impedimentos.
Rehusarse a proveer servicios a un niño o joven por la razón de su impedimento.
Rehusarse a proveer los acomodos y modificaciones que el estudiante necesita en el salón regular, según sea dispuesto en el PEI.
Suspender o limitar la oportunidad del estudiante con impedimentos de asistir al salón regular, salón de Educación Especial, terapias o algún tipo de servicio de manera unilateral.
Divulgar información personal identificable sobre estudiantes con impedimentos que están o han estado a su cargo o sobre los cuales ha recibido información, como parte del proceso del trabajo del sistema escolar.
Los acomodos tienen la intención de reducir o quizás eliminar los efectos del impedimento en los estudiantes; no reducen las expectativas para el aprendizaje.
Para reflexionar... ¿Cuál es el impedimento? Muchas veces en nuestro diario caminar nos encontramos con personas que tienen algún tipo de impedimento físico o mental y la tendencia es fijarse en su condición o simplemente decirles: “Bendito” , ¿Qué te pasó?. Si nos orientáramos más sobre lo que verdaderamente es un impedimento nos detendríamos a pensar en nuestras propias incapacidades y el !ay bendito¡ no los aplicaríamos al reconocer los impedimentos que nos creamos. ¿Quién es el verdadero ciego, sordo, mudo, paralítico, cojo, cuadripléjico, tartamudo, etc.? Ciego: El verdadero ciego es aquel que no puede ver más allá de sus propias convicciones. Mudo: Aquel que siempre calla ante la realidad y no puede expresar palabras de aliento y amor. Sordo: Toda persona que escucha sólo lo que le conviene.
Cojo: Eres cojo, si das un paso y al siguiente te caes. Si no tienes la fortaleza para seguir adelante ante algún obstáculo en tu vida. Tartamudo: Aquel que habla mucho sin decir nada. Cuadripléjico: aquel individuo que no hace nada. No muestra entusiasmo ante ninguna situación y es vago. Sólo le entusiasma mantenerse acostado mirando la televisión. Paralítico: Somos paralíticos cuando nos mantenemos anclados a una persona o a la sociedad dependiendo totalmente de ellas sin atrevernos a levantarnos y revelarnos.
Es tiempo de analizar nuestra manera de ver la vida. Aprender a identificar nuestros propios impedimentos para no juzgar a aquellas personas que poseen alguna limitación. En nuestro caminar encontramos personas con limitaciones, pero con unas capacidades impresionantes. Aprende a observar las capacidades de las personas y no sus necesidades. Recuerda “Todos somos iguales” y lo esencial es invisible a los ojos. Texto: Tao Te King-Epigrama LXXVII
Enfermo Mental : Aquel individuo que no tiene cerebro para alimentar las cosas buenas de la vida. Aquel que se hace daño a sí mismo y daña a los demás. En su demencia se incapacita para amar y ser amado y vive solo para sí.
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Calendario de Actividades
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Día del Veterano
Descubrimiento de
Puerto Rico
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Acción de Gracias
Día concedido
Acción de Gracias
Escuela
Municipio de Ciales
Distrito de Manatí
Actividades de la Escuela, Municipio de Ciales y Distrito de Manatí
1/noviembre/2013 — 8:30am El Personal de la Oficina de Educación Especial de Municipio junto a maestros y Personal de la Escuela realizarán Divulgación en la comunidad y lugares públicos aledaños a la escuela.
5/noviembre/2013 — 8:00am Inicio de Actividades de Divulgación del Distrito Escolar de Manatí Teatro Taboa en Manatí, PR
7/noviembre/2013 — Día de juegos para estudiantes de EE nivel intermedio en la Cancha Escolar Recursos: Maestros de Educación Física
8/noviembre/2013 — 8:00am Divulgación a la comunidad Escolar (Facultad y Personal Escolar y Padres en general) 9:00am-11:00am Actividad del Grupo Preescolar—”Los padres son maestros” (Padres del Grupo Pre-escolar EE) 1:30pm Orientación a Padres y estudiantes de 14 años en adelante Agencia de Rehabilitación Vocacional — Recurso Sra. Magaly Robles
13/noviembre/2013 — Actividad de Manualidades para Padres de Estudiantes EE 8:00am-10:00am Nivel Elemental / 10:00am-12:00 Nivel Intermedio
14/noviembre/2013 — “Movie Day” para Estudiantes EE nivel Elemental en Auditorio Escuela 8:00am-10:00am Estudiantes Pre-escolar — Tercero // 10:00am-12:00 Estudiantes Cuarto — Sexto
15/noviembre/2013 — “Movie Day” para Estudiantes EE nivel Intermedio en Auditorio Escuela 8:00am-10:00am Estudiantes Séptimo 10:00am-12:00 Estudiantes Octavo 1:20pm-3:00pm Estudiantes Noveno 1:30pm-2:30pm Cine Familiar Grupo Preescolar (Salón Pre-escolar)
18/noviembre/2013 — Día de juegos para estudiantes de EE nivel intermedio en la Cancha Escolar Recursos: Maestros de Educación Física
20/noviembre/2013 — 9:00am Reunión con Personal de Programa de Educación Especial Municipio de Ciales Facilidades del Salón de Actividades en Restaurant Bohio en Bo. Cordillera Recurso: Madeline Girona
21/noviembre/2013 — 9:00am Taller a Padres sobre Acomodos Razonables 22/noviembre/2013 — 8:00am Actividad de Clínicas de Baloncesto en sillas de ruedas por la Federación de Baloncesto de PR Lugar: Cancha Raul Tinajón Ciales,PR
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Divulgación Servicios del Programa de Educación Especial que se ofrecen en nuestra escuela
Calle Extensión Corchado Ciales, Puerto Rico Tel. 787-871-3165 Email: d18291@gobierno.pr
Sra. Amelia Pietri Directora Escolar Sra. Gladys Rodríguez Auxiliar Administrativo EE Sra. María Otero Terapista del Habla DE
Se ofrecen servicio educativos y relacionados a estudiantes participantes del Programa de Educación Especial. Entre los servicios educativos que se les ofrecen a nuestros estudiantes y jóvenes con necesidades especiales están las alternativas de: Salón Recurso, Salón especial a Tiempo Completo, Programa Impedimento Visual y Educación Física Adaptada. Los servicios relacionados disponibles son los siguientes: terapias psicológica, terapia del habla, terapia ocupacional, transportación y asistentes de servicios especiales de ser necesario. Además reciben servicios del Programa de Consejería, Programa de Trabajo Social, entrevistas y talleres. Si sospechas que tu hij@ o algún conocido padece de alguna condición que pudiera afectarle en el funcionamiento escolar puedes visitarnos y orientarte con nuestro personal.
Sra. Milagros González Maestra Preescolar EE Sra. Grace Albelo Sra. Maribel Ortega Sra. Mary Luz Santiago Maestras Salón a tiempo Completo Sra. Gloria Montijo Sra. Keyla De Jesús Sra. Ana S. Chimelis Sra. Virgen Ojeda Sra. Lillian Annable Sra. Ivalmy Cruz Machado Sr. Marcos Román Ramos Sra. Nilda Negrón López Maestr@s Salón Recurso Sra. Arelis Soto Maestra Home Bound
Sr. Héctor Rodríguez Maestro Educación Física Adaptada Sra. Xiomar Colón Maestra Impedimento Visual Sra. María Ramos Sra. Elba Pagán Sra. Ivonne Sra. Zulma Sra. Estrella Ayende Sra. Ana Negrón Sra. Carmen González Sra. Judith Trinidad Asistentes de Servicios al Estudiante Sr. Jorge N. Ortiz Sra. María de los Á. Bruno Consejeros Escolares Sra. Milagros Vélez Sra. Viviana Vélez Trabajadoras Sociales Psicólogas
Terapistas Ocupacionales Terapistas del Habla
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