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1. Uso de suelo
U N P R G-P L A N E A M I E N TO
DECRETO SUPREMO Nº004-2015-MINAM
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El artículo 68 de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas.
Resolución Legislativa Nº 25353, en la que se aprueba la Convención Relativa a las lagunas de Importancia Internacional, como Hábitat de Aves Acuáticas, así como su Protocolo Modificatorio, en pro de la conservación y el uso racional de las lagunas y sus recursos.
POLÍTICA NACIONAL DEL AMBIENTE / CALIDAD DEL AGUA, ECOSISTEMAS MARINO-COSTEROS; CULTURA, EDUCACIÓN Y CIUDADANÍA AMBIENTAL.
Norma que impulsa una adecuada calidad ambiental de los cuerpos de agua del país.
Proteger los ecosistemas frágiles como las lagunas y fomentar la responsabilidad socio-ambiental y la ecoeficiencia por parte de empresas e instituciones, así como la participación ciudadana en las decisiones públicas sobre la protección ambiental.