PRESENTADO POR ANIBAL TORRES
MARIA DEL PILAR GUERRA
LUIS EDUARDO OSORIO
FABIAN RIOS
YENNY SAAVEDRA
LEYDI EDITH SALAZAR
OLGA IZQUIERDO
FRANCISCO SÁNCHEZ
ELIZABETH ORTIZ
FICHA 746503
rĂŠgimen contributivo Conjunto de normas establecidas por el estado que permite a personas afiliarse al SGSSS y recibir atencion y beneficios de salud mediante el pago de un aporte o cotizacion.
NORMAS QUE RIGEN EL POS -C Ley 100 de 1993.Art. 162 – 202 Ley 1438 resoLuCIón 5521/2013, Anexo 1, 2 y 3 ACuerdo 260 /2004 Ley estAtutArIA deL 2015
QUIENES PUEDEN INGRESAR AL P.O.S. BENEFICIARIOS (GRUPO FLIAR) COMO AFILIADO (COTIZANTE) PERSONAS DEPENDIENTES. SERVIDORES PÚBLICOS CON
VÍNCULO CONTRACTUAL. PENSIONADOS. INDEPENDIENTES MADRES COMUNITARIAS SERVICIO DOMESTICO
CONYUGE. COMPAÑ ERA PERMANENTE HIJOS, MENORES DE 18 AÑ OS
MAYORES DE 18 CON INCAP. PERMANENTE.
ENTRE LOS 18 Y 25 AÑ OS ESTUDIANTES TIEMPO COMPLETO. EN AUSENCIA ANTERIORES INGRESAN LOS PADRES. ADICIONALES
TIPO DE 8.5%
Cotizaci贸n 4%
12.5% 4%
8%
12.5%
AFILIACION COLECTIVA Es un mecanismo de afiliación concebido únicamente para los trabajadores independientes asociados o agremiados, a través de las entidades autorizadas para ello por parte del Ministerio de Salud y Protección Social. Estas afiliaciones solo las pueden realizar las asociaciones, agremiaciones y congregaciones religiosas.
COBERTURA • El ingreso de un afiliado cotizante dependiente tendra efectos para la EPS al dia siguiente a su afiliación, y el de un trabajador independiente se hara valido una vez inscrita y cancelada la primera cotizacion. •
Los hijos recién nacidos de madre afiliada como beneficiaria quedan afiliados automáticamente
PROCESO de afiliación Soportes para afiliación • Diligenciar y presentar formulario de Afiliación y Novedades a la EPS Régimen Contributivo (Como requisito indispensable diligenciar el campo de AFP). • Fotocopia ampliada y legible del documento de identidad, según la edad. • Diligenciar y firmar la clasificación del estado de salud, la cual se encuentra al respaldo del formulario. • Anexar los documentos de los beneficiarios según el parentesco. • Presentar el primer pago, si es vinculación inicial, el cual debe ser efectuado a través de la planilla integrada. • Desprendible de pago de la mesada pensional. • Resolución Pensional.
GRACIAS