Índice
Introducción SCTR
Coberturas
Beneficios Salud
Beneficios Pensiones
Siniestros
Sentencia del Tribunal Constitucional
Politicas de Suscripción SCTR
Procedimiento de Atención
Coberturas y Procedimientos Todo tramite es realizado en la oficina de San Borja y no existe plazo para la presentación de la documentación. La atención es de Lunes a Viernes de 9am a 6pm. Para que se inicie la evaluación, deberá de presentarse la documentación completa; asimismo, para este ramo el pago se demora aproximadamente más de un mes si es que no hay observación; caso contrario, el tiempo es mucho mayor.
X
¿Cuando se tiene cobertura por fallecimiento? Pensión por Sobrevivencia y Gastos de Sepelio : Ocasionado directamente por un accidente de trabajo o enfermedad profesional. •Por cualquier otra causa posterior después de configurada la invalidez o mientras se encuentre gozando de una pensión de invalidez, parcial o total, temporal o permanente. •Producido mientras EL ASEGURADO se encontrara gozando de subsidio por incapacidad temporal a cargo del Seguro Social de Salud como consecuencia de un accidente o Enfermedad Profesional siempre que la causa de la muerte se encuentre relacionada directamente con el accidente o Enfermedad Profesional.
Distribución de Pensión por Fallecimiento • 42 % RP cónyuge o conviviente si no existieran hijos beneficiarios.
• 35 % RP cónyuge o conviviente con hijos beneficiarios. • 14% RP a cada hijo beneficiario menor de 18 años, así como a cada hijo mayor de 18 años incapacitado para el trabajo en forma total y permanente • 14% RP a cada uno de los padres del asegurado cuando se encuentren dentro de cualquiera de los siguientes supuestos: •Que sean calificados como inválidos total o parcialmente en proporción superior al 50%. •Que tengan más de 60 años de edad y que hayan dependido económicamente del asegurado RP = Remuneración Promedio: Promedio de remuneraciones 12 meses anteriores al mes del siniestro
Requisitos: Fallecimiento • Copia simple del documento de identidad (DNI) • Certificado de defunción. • Partida o acta de defunción. • Planilla del empleador donde figure el nombre del asegurado, del mes del siniestro. • Protocolo de Necrópsia. • Resultado de dosaje etílico y/o análisis toxicológico con resultado de alcoholemia. • Atestado policial completo. • Informe detallado emitido por el departamento de seguridad de la empresa.
Requisitos: Accidente de Trabajo • Fotocopia simple del Documento de identidad (DNI) • Planilla del empleador donde figure el nombre del asegurado, del mes del siniestro. • Informe médico sobre la condición actual del asegurado. • Informe indicando las circunstancias de la ocurrencia del accidente emitido por el departamento de seguridad de la empresa. • Dosaje etílico cuando se trate de choferes en el ejercicio de sus funciones
Requisitos. Enfermedad Profesional Fotocopia simple de DNI Certificado médico que consigne la enfermedad que padece el asegurado y su posible origen y/o fecha de diagnostico. Certificado laboral en que se indique fecha de inicio y cese del vínculo laboral, cargo y unidad laboral a la que fue destacado. En los casos de minería se necesitan los Exámenes Radiográficos desde el 98, fichas médicas ocupacionales y audiometrías.
Requisitos. Sepelio En caso de fallecimiento del trabajador como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional se reembolsarĂĄ, como mĂnimo, los gastos de sepelio a la persona natural o jurĂdica que los hubiera sufragado.
Requisitos para efectuar el pago Una vez concluida la calificación y determinada la obligación de Rimac Seguros, se requiere de lo siguiente: • Copia de las remuneraciones percibidas por el asegurado durante los 12 meses anteriores al siniestro (pueden ser de distintos empleadores) • Solicitud de pensión de invalidez (Formulario de Rimac) • Partida de nacimiento de c/u de los beneficiarios (original), o con certificación notarial con una antigüedad no mayor de 60 días de expedida por la municipalidad. • Fotocopia debidamente legalizada del DNI de los beneficiarios mayores de edad.
Requisitos para efectuar el pago • Partida de Matrimonio / Resolución Judicial de Unión de Hecho Consentida • Declaración Jurada de Dependencia Económica • Constancia de subsidio por incapacidad otorgado por la seguridad social, correspondiente al periodo máximo de 11 meses y 10 días de la enfermedad o accidente que ocasiono la incapacidad o por el periodo percibido