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ESQUEMA PARA EL EJERCICIO DE DERECHOS Y SERVICIOS PARA LA ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL MARCO DE LA POLÍTICA PÚBLICA


Presentación del esquema A continuación, Presentamos el “Esquema para el ejercicio de derechos y servicios para la atención a personas con discapacidad en el marco de la política pública”. Un material construido para dar a conocer las acciones especificas y los respectivos responsables de los distintos sectores del orden nacional, al actuar como garantes de los derechos de las Personas con Discapacidad, según la revisión de 152 documentos normativos y de apoyo que ratifican en el país los beneficios a esta población. Se espera que este insumo sea tenido en cuenta por los distintos sectores a la hora de desarrollar estrategias y acciones encaminadas a favorecer la calidad de vida de las personas con discapacidad y aunar esfuerzos para trabajar de forma intersectorial, consiguiendo así resultados mas favorables.


Categorías Este esquema esta diseñado a partir de los derechos de la Ley 1618 de 2013. En cada uno de estos 14 derechos se definen las acciones, el marco normativo y los sectores responsables, en dos categorías: 1. La categoría “PARA TODOS” incluye las acciones generales para personas con discapacidad, así como acciones especificas por categoría de discapacidad (sensorial-visual, sensorial-auditiva, intelectual, mental, física, otra), Se incluye una categoría llamada “En conjunto”, el cual reúne aquellas acciones que nombra a mas de una discapacidad. 2. La categoría “POR CURSO DE VIDA” incluye aquellas acciones especificas para cada uno de los cursos de vida (preconcepción, Niños y niñas menores de 6 años, Niños, niñas y adolescentes, jóvenes y adultos, adulto mayor) de forma general y especifica a categoría de discapacidad.


Orientaciones generales 1. 2.

3.

Se presenta la acción, el sector o entidad responsable (si aparece en el marco normativo) y la referencia del documento del cual se tomo. Aparecen primero las acciones generales y luego las especificas. Las acciones que especifican una categoría de discapacidad tienen su convención diferenciada al lado izquierdo de la acción . Si la acción tiene una relación de tipo intersectorial tendrá una convención en el lado derecho del texto. Categoría de discapacidad

Nivel Intersectorial

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Convenciones

Categorías

Preconcepción PARA TODOS

Niños y niñas menores de 6 años

Niños y niñas y adolescentes

CURSO DE VIDA Jóvenes y adultos

Adulto mayor


Convenciones Discapacidad Sensorial-Visual

Discapacidad Sensorial-Auditiva

Discapacidad Mental

Discapacidad Discapacidad Intelectual

Otra - Sordoceguera

Discapacidad En conjunto

Discapacidad FĂ­sica

*

Termino desactualizado, como que se asume las consideraciones realizadas en la Ley 1618 de 2013


Convenciones

Sectores

Sector Salud

Sector de accesibilidad

Sector Educaci贸n

Sector Transporte

Sector Trabajo

Sector Justicia

Sector Turismo

Sector Vivienda

Sector Comunicaci贸n

Sector Recreaci贸n y deporte

Sector Cultura


DERECHOS Y CURSO DE VIDA Derecho a acompañamiento a familia

Derecho a Transporte

Derecho a Habilitación y Rehabilitación

Derecho a Información y comunicación

Derecho a Salud

Derecho a Cultura

Derecho a Educación

Derecho Recreación y Deporte

Derecho a Protección Social

Derecho a Trabajo

Derecho a Acceso y Accesibilidad

Derecho Facilitación a prácticas turísticas

Vivienda

Justicia


DERECHO A ACOMPAÑAMIENTO A FAMILIA

La familia es la unidad colectiva natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a recibir protección de ésta y del Estado* PARA TODOS

POR CURSO DE VIDA

*Convención sobre los derechos de las Personas con Discapacidad


DERECHO A FAMILIA

PARA TODOS

GENERALIDADES


DERECHO A FAMILIA

GENERALIDADES  Garantizar las mismas oportunidades para hombres y mujeres con discapacidad en los diferentes cursos de vida. Política Pública Nacional para las Familias Colombianas 2012-2022

 Disminuir el abandono de las personas con discapacidad como prioridad de la política para las familias colombianas. Política Pública Nacional para las Familias Colombianas 2012-2022

 Propender el empoderamiento de las Personas con Discapacidad y sus familias para la generación de redes de apoyo y fomentando las posibilidades de realización y promoción de autonomía. CONPES 166 de 2013, Lineamientos para fomentar y desarrollar la inclusión de población con discapacidad física, recreación, actividad física y deporte Lineamientos Nacionales de Rehabilitación Basada en Comunidad

 Apoyar programas orientados a desarrollar las capacidades de la persona, la familia y la comunidad en el cuidado y autocuidado y en la identificación de los riesgos que producen discapacidad. Ley 1618 de 2013 y Lineamientos Nacionales de Rehabilitación Basada en Comunidad

 Brindar atención a familias de Personas con Discapacidad en programas de empleabilidad y cualificación a cuidadores para tener opciones productivas. CONPES 166 de 2013, Política Pública Nacional de Discapacidad e inclusión social 2013 - 2022 y Lineamientos Nacionales de Rehabilitación Basada en Comunidad.

 Integrar a las familias y a su comunidad en todos los campos de la actividad humana, en especial a las familias de bajos recursos, y a las familias de las personas con mayor riesgo de exclusión por su grado de discapacidad Ley 1618 de 2013 y Lineamientos Nacionales de Rehabilitación Basada en Comunidad


DERECHO A FAMILIA

GENERALIDADES

 Proveer a padres, familiares protectores, cónyuge y hermanos de sordos y sordociegos el acceso a la lengua de señas colombiana para que puedan favorecer los aprendizajes y la socialización de los mismos. Decreto 2369 de 1997 Ley 982 de 2005

 Disponer de facilidades en horas laborales para los padres, para la atención médica, terapéutica y educativa de sus hijos sordos Ley 324 de 1996


DERECHO A FAMILIA

CURSO DE VIDA

NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 6 AÑOS

NIÑOS Y NIÑAS Y ADOLESCENTES


DERECHO A FAMILIA

GENERALIDADES


DERECHO A FAMILIA

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES  Identificar a las familias con niños/niñas con discapacidad, interactuar y trabajar muy de cerca con ellos y propender por establecer los fundamentos para todas las actividades en la vida del niño/niña Lineamientos Nacionales de Rehabilitación Basada en Comunidad

 Fortalecer el vínculo y contacto entre madre e hijo, así como la importancia del acompañamiento del padre y orientar en la expresión de emociones y manifestación de afecto. Ruta Integral de Atención a la Primera Infancia

 Apoyar en los cuidados que requiere la madre en el posparto Ruta Integral de Atención a la Primera Infancia

 Vincular a las familias en procesos educativos y pedagógicos que se desarrollen con el niño o la niña. Ruta Integral de Atención a la Primera Infancia

 Reconocer la importancia de valorar positivamente los logros y animarle a intentar nuevas exploraciones Ruta Integral de Atención a la Primera Infancia

 Vincular a las familias en procesos educativos y pedagógicos que se desarrollen con el niño o la niña. Ruta Integral de Atención a la Primera Infancia


DERECHO A FAMILIA

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES

 Brindar a la familia orientación e Intervención, formación, capacitación, seguimiento y acompañamiento. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Plan Hogar Gestor ICBF

 Identificar, organizar e integrar redes entre familia y comunidad. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Plan Hogar Gestor ICBF

 Brindar aporte económico para las familias. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Plan Hogar Gestor ICBF

 Realizar seguimiento pos-egreso del programa Hogares Gestores Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Plan Hogar Gestor ICBF

 Brindar una prestación social especial a los padres la atención integral de un hijo discapacitado* Código de Infancia y Adolescencia

 Prevenir y atender las condiciones propias del entorno hogar que no favorezcan el desarrollo y estimular prácticas protectoras. Ruta Integral de Atención a la Primera Infancia


DERECHO A FAMILIA

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES  Reconocer las características del entorno donde viven las familias, el tipo de familia, los momentos de crisis vividas y la forma de resolverlas, la cohesión familiar, el rol de cada uno sus miembros, las relaciones con la comunidad, las redes sociales y familiares de apoyo, entre otros aspectos. Estrategia Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.

 Indagar acerca de la identificación, ubicación familiar, características de la familia y redes de apoyo familiares Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.

 Organizar respuestas a las necesidades halladas en el análisis de las familias de niños, niñas y adolescentes con discapacidad. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.  Reconocer que las personas y las familias en general tienen necesidades, capacidades, habilidades y problemas. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad

 Descifrar los orígenes de los problemas para despertar la conciencia crítica de su condición en las familias, experimentar el duelo y las cargas emocionales, para levar a generar prácticas solidarias y de compromiso activo con el cambio de mentalidades, actitudes o prácticas. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad


DERECHO A FAMILIA

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES  Promover el auto reconocimiento y la autoestima en los cuidadores. Entender que cada miembro de la familia tiene un rol y una importancia dentro de la misma. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.

 Buscar herramientas que faciliten la superación de esas situaciones y que no pongan en riesgo las manifestaciones positivas de afecto. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad. .

 Promover valores que visualicen la autoestima positiva como la creatividad, persistencia y constancia en las familias de los niños, niñas y adolescentes. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.

 Reconocer formas de demostrar afecto en las familias y trabajar en las mujeres aspectos de autoreconocimiento, autocuidado, expectativas y proyecto de vida en pro de su autorrealización. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.

 Fomentar formas y metodologías para que cada uno de sus miembros conozcan las posibilidades que les ofrece la participación ciudadana. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.


DERECHO A FAMILIA

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES

 Fomentar la formación de agentes dinamizadores, movilizadores en búsqueda de transformaciones de sus realidades, la satisfacción de sus necesidades a través del ejercicio de la participación. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad. .

 Fomentar las pedagogías participativas para el conocimiento y ejercicio de sus deberes y derechos. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.

 Buscar mecanismos para que las familias participen de las actividades de reconocimiento y exigencia de los derechos de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad, entendiendo que la discapacidad no es una enfermedad sino una condición. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.

 Generar acciones colectivas concretas para la participación traducida en exigibilidad e incidencia. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.

.  Tener en cuenta las dimensiones políticas en la medida que los ciudadanos participan en la toma de decisiones. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad


DERECHO A FAMILIA

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES

 Poner en juego herramientas adquiridas en el Eje de Ciudadanía y liderazgo para movilizar los recursos de la comunidad y las instituciones. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad. .

 Coordinar campañas, reuniones, foros, movilizaciones y otras acciones coyunturales cuando se han vulnerado sus derechos. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.

 Elaborar procesos comunitarios de información, reconocimiento y sensibilización, para la construcción de los proyectos de vida de los niños, niñas y adolescentes y sus familias. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.

 Generar espacios de concertación que buscan desarrollar esfuerzos apropiándose de herramientas en la defensa de los derechos de los niños, niñas y adolescentes y sus familias.. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.


DERECHO A FAMILIA

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES

 Comunicar permanentemente a la familia sobre los avances en el proceso de desarrollo de la niña y el niño. Decreto 2369 de 1997

 Disponer de facilidades en horas laborales para los padres de los niños sordos, para la atención médica, terapéutica y educativa. Ley 1324 de 1996


DERECHO A FAMILIA

GENERALIDADES


DERECHO A FAMILIA

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES

 Brindar asistencia y protección a las familias o adultos responsables de los niñas, niñas y adolescentes con discapacidad, a través de programas de formación y estrategias de orientación y fortalecimiento para que contribuyan a la adecuada atención de sus hijos o hijas. Incluidas familias sustitutas Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Lineamiento Técnico para garantizar los derechos a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad y por el Código de Infancia y Adolescencia, art. 36 parágrafo 2

 Reconocer las características del entorno donde viven las familias, el tipo de familia, los momentos de crisis vividas y la forma de resolverlas, la cohesión familiar, el rol de cada uno sus miembros, las relaciones con la comunidad, las redes sociales y familiares de apoyo, entre otros aspectos. Estrategia Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad

 Indagar acerca de la identificación, ubicación familiar, características de la familia y redes de apoyo familiares Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.  Organizar respuestas a las necesidades halladas en el análisis de las familias de niños, niñas y adolescentes con discapacidad. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.

 Reconocer que las personas y las familias en general tienen necesidades, capacidades, habilidades y problemas. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad


DERECHO A FAMILIA

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES  Descifrar los orígenes de los problemas para despertar la conciencia crítica de su condición en las familias, experimentar el duelo y las cargas emocionales, para levar a generar prácticas solidarias y de compromiso activo con el cambio de mentalidades, actitudes o prácticas. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad. .

 Promover el auto reconocimiento y la autoestima en los cuidadores. Entender que cada miembro de la familia tiene un rol y una importancia dentro de la misma. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.

 Buscar herramientas que faciliten la superación de esas situaciones y que no pongan en riesgo las manifestaciones positivas de afecto. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.

 Promover valores que visualicen la autoestima positiva como la creatividad, persistencia y constancia en las familias de los niños, niñas y adolescentes Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.

 Reconocer formas de demostrar afecto en las familias y trabajar en las mujeres aspectos de autoreconocimiento, autocuidado, expectativas y proyecto de vida en pro de su autorrealización. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.


DERECHO A FAMILIA

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES  Fomentar formas y metodologías para que cada uno de sus miembros conozcan las posibilidades que les ofrece la participación ciudadana.. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad. .

 Fomentar la formación de agentes dinamizadores, movilizadores en búsqueda de transformaciones de sus realidades, la satisfacción de sus necesidades a través del ejercicio de la participación. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.

 Fomentar las pedagogías participativas para el conocimiento y ejercicio de sus deberes y derechos.. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.

 Buscar mecanismos para que las familias participen de las actividades de reconocimiento y exigencia de los derechos de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad, entendiendo que la discapacidad no es una enfermedad sino una condición. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.

 . Generar acciones colectivas concretas para la participación traducida en exigibilidad e incidencia. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.


DERECHO A FAMILIA

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES  Tener en cuenta las dimensiones políticas en la medida que los ciudadanos participan en la toma de decisiones. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad. .

 Poner en juego herramientas adquiridas en el Eje de Ciudadanía y liderazgo para movilizar los recursos de la comunidad y las instituciones. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.

 Elaborar procesos comunitarios de información, reconocimiento y sensibilización, para la construcción de los proyectos de vida de los niños, niñas y adolescentes y sus familias. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.

 Generar espacios de concertación que buscan desarrollar esfuerzos apropiándose de herramientas en la defensa de los derechos de los niños, niñas y adolescentes y sus familias. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.

. Coordinar campañas, reuniones, foros, movilizaciones y otras acciones coyunturales cuando se han vulnerado sus derechos. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Unidades de Apoyo y Fortalecimiento Familiar UNAFA Población con Discapacidad.


DERECHO A HABILITACIÓN Y REHABILITACIÓN

Organizar, intensificar y ampliar servicios y programas generales de habilitación y rehabilitación, en particular en los ámbitos de la salud, el empleo, la educación y los servicios sociales PARA TODOS

POR CURSO DE VIDA

*Convención sobre los derechos de las Personas con Discapacidad


DERECHO A HABILITACIÓN Y REHABILITACIÓN

PARA TODOS

ACCESO AL SERVICIO

PRODUCTOS DE APOYO


DERECHO A HABILITACIÓN Y REHABILITACIÓN

ACCESO AL SERVICO  Definir los mecanismos para que el Sistema General de Seguridad Social y Salud SGSSS incorpore dentro de los planes de beneficios obligatorios, la cobertura completa de los servicios de habilitación y rehabilitación integral a partir de estudios de costo y efectividad que respalden la inclusión.. La Comisión de Regulación en Salud, CRES Ley 1618 de 2013

 Asegurar que la prestación del servicio de rehabilitación y habilitación se haga con altos estándares de calidad, y sistemas de monitoreo y seguimiento correspondientes. Ministerio de Salud y Protección social Ley 1618 de 2013

 Asegurar la coordinación y articulación entre los diferentes sectores involucrados en los procesos de habilitación y rehabilitación integral para el fortalecimiento de los procesos de habilitación y rehabilitación funcional como insumo de un proceso integral. Ministerio de Salud y Protección social Ley 1618 de 2013 Lineamientos Nacionales de Rehabilitación Basada en comunidad  Organizar, intensificar y ampliar servicios y programas generales de habilitación y rehabilitación, en particular en los ámbitos de la salud, el empleo, la educación y los servicios sociales . Ministerio de Salud y Protección social Ley 1346 de 2009

 Promover, apoyar y llevar a la práctica actividades de rehabilitación en la comunidad y facilitar las referencias hacia los servicios de rehabilitación especializados. Ministerio de Salud y Protección Social Lineamientos Nacionales de Rehabilitación Basada en Comunidad


DERECHO A HABILITACIÓN Y REHABILITACIÓN

ACCESO AL SERVICO  Brindar programas y servicios de rehabilitación integral, en términos de readaptación funcional, rehabilitación profesional que en general cuenten con los instrumentos que les permita autorrealizarse, cambiar la calidad de sus vidas y a intervenir en su ambiente inmediato y en la sociedad. Ministerio de Salud y Protección Social Ley 361 de 1997

 Garantizar la primera atención mediante la participación de un equipo interdisciplinario mediante evaluación inicial, definición de la intervención, intervención, evaluación final y verificación del cumplimiento de necesidades y expectativas. Ministerio de salud y protección Social Versión preliminar de los lineamientos de rehabilitación funcional con enfoque biopsicosocial.  Determinar la atención de acuerdo con el ciclo de rehabilitación planteado, teniendo en cuenta la condición de salud, nivel de complejidad, grado de limitación funcional o tipo de discapacidad. La Ruta finaliza con las actividades de mantenimiento y seguimiento. Ministerio de salud y protección Social Versión preliminar de los lineamientos de rehabilitación funcional con enfoque biopsicosocial

 Acceder a servicios de salud de Nivel I que implican actividades de promoción de la salud, prevención de la enfermedad, identificación de riesgos de enfermedad y atención para control de riesgos y recuperación de la salud. Ministerio de Salud y Protección Social Ruta Crítica De Rehabilitación Funcional Con Enfoque Biopsicosocial, En El Marco Del Sistema General De Seguridad Social En Salud.

 Acceder a servicios de salud de nivel II donde se deben hacer procesos de evaluación desde los diversos sistemas que hacen del individuo un ser integral, valorando cada uno de estos sistemas y su funcionalidad, incluyendo valoraciones, tratamiento, productos de apoyo, terapias cuando se requieran. Ministerio de Salud y Protección Social Ruta Crítica De Rehabilitación Funcional Con Enfoque Biopsicosocial, En El Marco Del Sistema General De Seguridad Social En Salud.


DERECHO A HABILITACIÓN Y REHABILITACIÓN

ACCESO AL SERVICO  Acceder a servicios de salud de nivel II de rehabilitación funcional acorde con el grado de discapacidad y se requiere de un plan de actividades de la vida diaria el cual debe ser monitoreado por los profesionales, con metas, tiempos y procesos de autogestión que permitan el desarrollo y mantenimiento del individuo y del equipo de apoyo dentro del proceso funcional de rehabilitación.. Ministerio de Salud y Protección Social Ruta Crítica De Rehabilitación Funcional Con Enfoque Biopsicosocial, En El Marco Del Sistema General De Seguridad Social En Salud.

 Acceder a servicios de salud de nivel III que involucra la atención, diagnóstico, procedimientos y desempeños funcionales en rehabilitación, terapias, habilitación y seguimiento intrahospitalario por parte de un equipo multidisciplinario. La atención se centra en las necesidades y expectativas de la persona teniendo como eje transversal de las intervenciones las actividades de la vida cotidiana Ministerio de Salud y Protección Social Ruta Crítica De Rehabilitación Funcional Con Enfoque Biopsicosocial, En El Marco Del Sistema General De Seguridad Social En Salud.

 Mejorar las competencias individuales en una perspectiva de desarrollo de las potencialidades en el entorno social relacionado con el sujeto. Ministerio de Salud y Protección Social Lineamientos Nacionales de Rehabilitación Basada en Comunidad.  Disponer de rehabilitación como parte de la atención integral en salud a las víctimas teniendo como objetivo contribuir a superar los daños producidos y mejorar su funcionamiento global mediante el logro del mayor nivel de autonomía en las distintas actividades de la vida diaria. Ministerio de Salud y Protección Social Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas

 Emplear la RBC como estrategia de ejercicio de los derechos humanos. La atención de las personas con discapacidad debe realizarse en el seno de los lugares donde habitan y alianzas interinstitucionales públicas y privadas en el entorno social donde vive con la participación de las personas con discapacidad y sus familias. Ministerio de Salud y Protección Social Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas Lineamientos Nacionales de Rehabilitación Basada en Comunidad


DERECHO A HABILITACIÓN Y REHABILITACIÓN

ACCESO AL SERVICO

 AcRecibir tratamiento de rehabilitación física o psicológica, proporcionales a su nivel de deficiencia, a efecto de que puedan lograr y mantener la máxima independencia, capacidad física, mental, social y vocacional y la inclusión y participación plena en todos los aspectos de la vida. Ley 1309 de 2009

 Brindar cobertura de la salud mental en forma integral incluyendo actividades, procedimientos, intervenciones, insumos. dispositivos médicos, medicamentos y tecnologías en salud para la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación. Ley 1309 de 2009

 Garantizar a la población colombiana la promoción de la salud mental y prevención del trastorno mental, atención integral e integrada que incluya diagnóstico, tratamiento y rehabilitación en salud para todos los trastornos mentales. Ley 1309 de 2009

 Prestar servicios de: promoción, prevención, diagnóstico, intervención, tratamiento y rehabilitación en salud mental. Ley 1309 de 2009


DERECHO A HABILITACIÓN Y REHABILITACIÓN

PRODUCTOS DE APOYO  Acceder a servicios de prescripción, entrega, adaptación y seguimiento de los Productos de Apoyo presentes en el POS por parte de las aseguradoras y su red de prestadores, a cargo de los profesionales que forman parte de los equipos interdisciplinarios, quienes, una vez realizada la evaluación, determinarán la necesidad, impacto y el tipo de dispositivo que requiere la persona Ministerio de Salud y Protección Social Ruta Crítica De Rehabilitación Funcional Con Enfoque Biopsicosocial, En El Marco Del Sistema General De Seguridad Social En Salud. Ley 361 de 1997  Incluir en todos los planes de beneficios el suministro de los servicios y tecnologías de apoyo y dispositivos para la habilitación y rehabilitación funcional de las Personas con discapacidad Ministerio de Salud y Protección Social Política Pública Nacional de Discapacidad e inclusión social 2013 - 2022 Ley 1618 de 2013

 Regular la dotación, fabricación, mantenimiento o distribución de prótesis, otras ayudas técnicas y tecnológicas, sin ninguna exclusión, incluidos zapatos ortopédicos, plantillas, sillas de ruedas, medias con gradiente de presión o de descanso y fajas. Ministerio de Salud y Protección Social Ley 361 de 1997

 Trabajar con las personas con discapacidad y sus familias para determinar sus necesidades de dispositivos de asistencia personal, productos de apoyo y otros para facilitar su acceso y asegurar su mantenimiento, reparación y reemplazo cuando sea necesario. Ministerio de Salud y Protección Social Lineamientos Nacionales de Rehabilitación Basada en Comunidad  Incluir en la atención a las víctimas con discapacidad suministro de material médicoquirúrgico, prótesis, osteosíntesis y órtesis, a la vez que enuncia el tiempo para la prestación de servicios de rehabilitación funcional Física y Mental.  Ministerio de Salud y Protección Social Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas

 Cubrir las siguientes ayudas técnicas de prótesis ortopédicas internas, externas (exoprótesis) para miembros inferiores y superiores, incluyendo su adaptación, así como el recambio por razones de desgaste normal, crecimiento o modificaciones morfológicas del paciente, cuando así lo determine el profesional tratante, prótesis de otros tipos para los procedimientos como válvulas, lentes intraoculares, audífonos y Órtesis ortopédicas de estructuras de soporte para caminar: muletas, caminadores y bastones. Ministerio de Salud y Protección Social Resolución 5521 de 2013


DERECHO A HABILITACIÓN Y REHABILITACIÓN

CURSO DE VIDA

NIÑOS Y NIÑAS Y ADOLESCENTES

NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 6 AÑOS


DERECHO A HABILITACIÓN Y REHABILITACIÓN

CURSO DE VIDA

ACCESO AL SERVICIO PRODUCTOS DE APOYO


DERECHO A HABILITACIÓN Y REHABILITACIÓN

ACCESO AL SERVICO  Brindar acciones de rehabilitación funcional para menores de 18 años en igualdad de condiciones al régimen contributivo. Ministerio de Salud y Protección Social Ruta Crítica De Rehabilitación Funcional Con Enfoque Biopsicosocial, En El Marco Del Sistema General De Seguridad Social En Salud

Tener derecho al servicio de habilitación y rehabilitación, para eliminar o disminuir las limitaciones en las actividades de la vida diaria. Ministerio de Salud y Protección Social Código de infancia y adolescencia

CURSO DE VIDA


DERECHO A HABILITACIÓN Y REHABILITACIÓN

PRODUCTOS DE APOYO

 Brindar cobertura de implante coclear, sustitución de la prótesis coclear y la rehabilitación postimplante, para las personas menores de tres (3) años, con sordera prelocutoria o poslocutoria profunda bilateral Resolución 5521 de 2013

CURSO DE VIDA


DERECHO A HABILITACIÓN Y REHABILITACIÓN

CURSO DE VIDA

ACCESO AL SERVICIO

PRODUCTOS DE APOYO


DERECHO A HABILITACIÓN Y REHABILITACIÓN

CURSO DE VIDA

ACCESO AL SERVICO  Garantizar el acceso de los niños, las niñas y los adolescentes con discapacidad a servicios de habilitación y rehabilitación de calidad, para eliminar o disminuir las limitaciones en las actividades de la vida diaria permitiendo el desarrollo de sus capacidades y prevengan un deterioro funcional. Ministerio de salud y protección social Ley 1098 de 2006 - Código de infancia y adolescencia, art. 36, 3 Lineamiento Técnico para garantizar los derechos a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad. Ley 1438 de 2011

 Revisar, ajustar e implementar la normatividad para el mejoramiento de los servicios de habilitación / rehabilitación y de instituciones de protección que atienden niños, niñas y adolescentes con discapacidad. Ministerio de salud y protección social Lineamiento Técnico para garantizar los derechos a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad.

 Conseguir que las acciones de rehabilitación funcional para menores de 18 años sean en igualdad de condiciones al régimen contributivo Ministerio de salud y protección social Ruta Crítica De Rehabilitación Funcional Con Enfoque Biopsicosocial, En El Marco Del Sistema General De Seguridad Social En Salud.

 Adecuar, fortalecer y organizar las redes de servicios de habilitación / rehabilitación para niños, niñas y adolescentes con discapacidad Ministerio de salud y protección social Lineamiento Técnico para garantizar los derechos a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad.


DERECHO A HABILITACIÓN Y REHABILITACIÓN

PRODUCTOS DE APOYO

 Fortalecer y ampliar el acceso de niños niñas y adolescentes con discapacidad al uso de ayudas técnicas y tecnológicas que mejoren su desempeño y autonomía. Ministerio de salud y protección social Lineamiento Técnico para garantizar los derechos a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad.

CURSO DE VIDA


DERECHO A SALUD

Reconocer que las personas con discapacidad tienen derecho a gozar del m谩s alto nivel posible de salud sin discriminaci贸n por motivos de discapacidad*.

PARA TODOS

POR CURSO DE VIDA

*Convenci贸n sobre los derechos de las Personas con Discapacidad


DERECHO A SALUD

GENERALIDADES

ACCESO AL SERVICIO

PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN


DERECHO A SALUD

GENERALIDADES

 Incluir en el plan obligatorio de Salud las acciones encaminadas a la intervención oportuna de la discapacidad. Ministerio de salud y Entidad Prestadora de Salud Ley 361 de 1997

 Cubrir las necesidades de atención en salud a Personas con Discapacidad de promoción, prevención, diagnostico, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad. Entidad Prestadora de Salud Circular 010 de 2015 del Ministerio de Salud y Protección Social y Ley 361 de 1997

 Disponer de unidades sanitarias adecuadas para la prestación del servicio para Personas con condición de Discapacidad o movilidad reducida. Sector Salud Resolución 1441 de 2013

 Diseñar e implementar mecanismos de articulación, seguimiento y monitoreo para sancionar a las EPS e IPS que nieguen o dilaten la atención en salud. Ministerio de Salud y Protección Social Política Publica Nacional de Discapacidad e inclusión social 2013 - 2022 y CONPES 166 de 2013

 Prohibir la discriminación en la prestación de seguros de salud y de vida. Sector Salud Ley 1346 de 2013


DERECHO A SALUD

GENERALIDADES

 Promover el sistema de registro de localización y caracterización de las Personas con Discapacidad y sus familias, e incorporar la variable discapacidad en los demás sistemas de protección social y sus registros administrativos, para ampliar dicho registro en todas las regiones del país. Ministerio de Salud y protección Social Ley 1618 de 2013, Resolución 1841 de 2013 y Acuerdo 002 de 2013 del Ministerio de Educación Nacional  Promover Indicadores de discapacidad en las auditorías para el mejoramiento de la calidad de la atención en salud. Ministerio de Educación Nacional CONPES 166 de 2013


DERECHO A SALUD

ACCESO AL SERVICIO  Garantizar la calidad y prestación oportuna de todos los servicios de salud, así como el suministro de todos los servicios y ayudas técnicas de alta y baja complejidad. Ministerio de Salud y Protección Social Ley 1618 de 2013

 Asegurar que los programas de salud sexual y reproductiva sean accesibles a las Personas con Discapacidad. Ministerio de salud y protección social Ley 1618 de 2013

 Exonerar de cuota moderadora o copagos en los grupos de población con discapacidad mental a menos que cuente con prestación alimentaria que le permita pagarla, y finalmente, las Personas con cualquier tipo de Discapacidad. Entidad Prestadora de Salud Circular 010 de 2015 Ministerio de Salud y Protección Social

 Prestar los servicios de salud en cualquier zona del país incluyendo zonas rurales para las Personas con Discapacidad en los lugares cercanos a su residencia y si no es así, se debe facilitar el desplazamiento a la entidad Entidad Prestadora de Salud Circular 010 de 2015 Ministerio de Salud y Protección Social

 Establecer programas de atención domiciliaria para la atención integral en salud de las Personas con Discapacidad Entidad Prestadora de Salud Ley 1618 de 2013

 Prestar servicios no incluidos en el POS si la Persona con Discapacidad lo requiere y el medico tratante debe presentar la solicitud de dichos servicios ante el Comité Técnico Científico y se debe hacer seguimiento hasta que sea aprobada. No debe ser una carga asumida por el paciente con discapacidad Entidad Prestadora de Salud Circular 010 de 2015 Ministerio de Salud y Protección Social


DERECHO A SALUD

ACCESO AL SERVICIO

 Cubrir las necesidades de atención en salud a Personas con Discapacidad en promoción, prevención, diagnostico, tratamiento, rehabilitación de la enfermedad Entidad Prestadora de Salud Circular 010 de 2015 Ministerio de Salud y Protección Social, Política de atención integral en salud, Reforma 0425 de 2008

 Proporcionar programas y atención de la salud gratuitos o a precios asequibles. Ministerio de salud y protección social Ley 1346 de 2009

 Proporcionar servicios de salud que necesiten las Personas con Discapacidad específicamente como consecuencia de su discapacidad. Ministerio de salud y protección social Ley 1346 de 2009

 Establecer indicadores de discapacidad en las auditorias para el mejoramiento de la calidad de la atención en salud – PAME. Sector Salud CONPES 166 de 2013

 Diseñar lineamientos y acciones de atención para asistir en igualdad de condiciones a las Personas con Discapacidad en situaciones de desastres y emergencia humanitaria. Sistema de Prevención y Atención de Desastres y Ayuda Humanitaria y Ministerio de salud y protección social Ley 1618 de 2013

 Dar prioridad a los ciudadanos con discapacidad por parte de los brigadistas que hayan sido delegadas para atender emergencias. Sector Salud Guía para Entidades Públicas Servicio y Atención Incluyente


DERECHO A SALUD

ACCESO AL SERVICIO

 Otorgar el servicio de Planificación familiar. Entidad Prestadora de Salud Ley 1618 de 2013 Circular 010 de 2015 Ministerio de Salud y Protección Social, Política de atención integral en salud, y Reforma 0425 de 2008

 Acceder al servicio de hospitalización.. Entidad Prestadora de Salud Resolución 5521 de 2013 Ministerio de Salud y Protección social

 Asignar citas de odontología con excepción de ortodoncia, periodoncia y prótesis.. Entidad Prestadora de Salud Resolución 5521 de 2013 Ministerio de Salud y Protección social

 Obtener diagnóstico de pruebas de laboratorio clínico, radiología, ecografías, medicina nuclear, resonancia electromagnética y escanografía. Entidad Prestadora de Salud Resolución 5521 de 2013 Ministerio de Salud y Protección social

 Acceder a los servicios de consulta por medicina general, especializada, optometría y sicología Entidad Prestadora de Salud Resolución 5521 de 2013 Ministerio de Salud y Protección social

 Obtener tratamientos quirúrgicos, en servicios de baja, mediana y alta complejidad. Entidad Prestadora de Salud Resolución 5521 de 2013 Ministerio de Salud y Protección social


DERECHO A SALUD

ACCESO AL SERVICIO

 Acceder a medicamentos incluidos en el listado del Plan Obligatorio de Salud. Entidad Prestadora de Salud Resolución 5521 de 2013 Ministerio de Salud y Protección social

 Exigir a los profesionales de la salud atención de la misma calidad a las Personas con Discapacidad. Ministerio de salud y protección social Ley 1346 de 2009

 Definir acciones educativas de carácter no formal dirigidas a técnicos, profesionales y líderes comunitarios sobre diferentes aspectos de la promoción social como entornos saludables, participación social y discapacidad.. Ministerio de salud y protección social Reforma 0425 de 2008

 Mantener el estado de salud o recuperarlo y abordar la rehabilitación de las Personas con Discapacidad. Ministerio de Salud y Protección Social Política de atención integral en salud

 Promover el bienestar y el desarrollo de los individuos en los entornos en los cuales se desarrolla. Ministerio de Salud y Protección Social Política de atención integral en salud

 Proporcionar programas y atención de la salud gratuitos o a precios asequibles para las Personas con Discapacidad . Entidad Prestadora de Salud Ley 1618 de 2013


DERECHO A SALUD

ACCESO AL SERVICIO

 Fortalecer la investigación e innovación en sistemas y servicios de salud. Ministerio de Salud y Protección Social Política de atención integral en salud

 Ofrecer programas de Rehabilitación, orientación y vigilancia de planes y programas en el campo de la salud, dirigidos a Minusválidos y Discapacitados. * Ministerio de Salud Decreto 2226 de 1996

 Eliminar cualquier medida, acción o procedimiento administrativo o de otro tipo, que directa o indirectamente dificulte el acceso a los servicios de salud para las Personas con Discapacidad Entidad Prestadora de Salud Ley 1618 de 2013  Mejorar el acceso equitativo a las nuevas tecnologías en salud mediante acciones intersectoriales para el acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones: telemedicina, telerehabilitación y educación en salud para la población con discapacidad, especialmente la residente en zonas dispersas.. Ministerio de Salud y Protección Social Política de atención integral en salud, Resolución 1841 de 2013 Ruta Crítica De Rehabilitación Funcional Con Enfoque Biopsicosocial, En El Marco Del Sistema General De Seguridad Social En Salud.

 Acceder a servicios de salud por las siguientes vías: consulta externa, demanda espontanea por parte de las personas víctimas, servicio de urgencia, remisión realizada por los equipos psicosociales interdisciplinarios locales y remisión de los programas de atención a víctimas del conflicto armado. Ministerio de Salud y Protección Social Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a las Victimas.


DERECHO A SALUD

ACCESO AL SERVICIO

 Realizar una valoración integral y diagnóstico de la situación psicosocial y de salud física y mental que indique cuál es el curso de acción y el tratamiento a seguir en cada caso. Ministerio de Salud y Protección Social Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a las Victimas

 Realizar la búsqueda activa de las victimas en zonas geográficas dispersas, incluyendo población retornada o reubicada (mapeo). Caracterización psicosocial: daño, sufrimiento, recursos y potencialidades.. Ministerio de Salud y Protección Social Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a las Victimas

 Acceder a la atención integral en salud, que debe actuar sobre los daños físicos, psicológicos y psiquiátricos de la víctima y su entorno familiar.. Ministerio de Salud y Protección Social Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a las Victimas

 Monitorear la salud mental, abordaje intersectorial de la salud sexual y reproductiva y prevención de violencia, entornos saludables y servicios amigables para adolescentes y jóvenes. . Ministerio de Salud y Protección Social Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a las Victimas

 Construir del plan de atención psicosocial individual familiar y comunitario con las personas afectadas por equipos interdisciplinarios según caracterización del daño. Ministerio de Salud y Protección Social Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a las Victimas.

 Remitir a otras instituciones del Sistema General de Seguridad Social en Salud u otros sectores. Registro de las actividades realizadas Monitoreo y seguimiento. Ministerio de Salud y Protección Social Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a las Victimas


DERECHO A SALUD

ACCESO AL SERVICIO

 Hacer seguimiento continuo al estado de salud física y metal de las víctimas. Determinación del lugar de atención y tratamiento especializado. Se deberá tener en cuenta la cercanía con el sitio de vivienda y las necesidades de tratamiento específico que resulten de la valoración que se les haga. Ministerio de Salud y Protección Social Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a las Victimas

 Realizar Campañas comunicativas, informativas y educativas de difusión de las rutas y mecanismos de acceso a la oferta de programas y servicios para la atención integral a la discapacidad. Ministerio de Salud y Protección Social Resolución 1841 de 2013.

 Realizar Implementación, seguimiento y evaluación de una campaña de información, comunicación y educación en derechos y deberes para las Personas con Discapacidad. Ministerio de Salud y Protección Social Resolución 1841 de 2013.

 Recibir tratamiento médico, psicológico, psiquiátrico y adiestramiento proporcionales a su nivel de deficiencia, a efecto de que puedan lograr y mantener la máxima independencia, capacidad física, mental, social y vocacional y la inclusión y participación plena en todos los aspectos de la vida.. Sector Salud Ley 1306 de 2009


DERECHO A SALUD

ACCESO AL SERVICIO  Prestar servicios de promoción, prevención, detección temprana, diagnóstico, intervención, tratamiento y rehabilitación en salud mental. Sector Salud Ley 1306 de 2009

 Garantizar a la población colombiana la promoción de la salud mental y prevención del trastorno mental, atención integral e integrada que incluya diagnóstico, tratamiento y rehabilitación en salud para todos los trastornos mentales. Sector Salud Ley 1306 de 2009

 Brindar atención integral e Integrada en Salud Mental por medio de Protocolos y guías de problemas y trastornos así como los procesos y procedimientos para su implementación. Sector Salud Ley 1306 de 2009

 Acceder a modalidades y servicios de atención integrada en salud mental: Ambulatoria, Domiciliaria, Prehospitalaria, Centro de Atención en Drogadicción y Servicios de Farmacodependencia, Centro de Salud Mental Comunitario, Grupos de Apoyo de Pacientes y Familias, Hospital de Día para Adultos, Hospital de Día para Niñas, Niños y Adolescentes, Rehabilitación Basada en Comunidad, Unidades de Salud Mental, Urgencia de Psiquiatría.. Sector Salud Ley 1306 de 2009

 Brindar servicios de salud a las personas con discapacidad mental, incluidos los relacionados con la salud sexual y reproductiva, de manera gratuita, a menos que la fuerza de su propio patrimonio, directo o derivado de la prestación alimentaria, le permitan asumir tales gastos. Sector Salud Ley 1306 de 2009


DERECHO A SALUD

PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN

 Asegurar que los programas de salud pública establezcan acciones de promoción de los derechos de las Personas con Discapacidad desde la gestación, así como el desarrollo de estrategias de prevención de factores de riesgo asociados a la discapacidad que no afecten la imagen y la dignidad de las personas. Ministerio de Salud y Protección Social Ley 1618 de 2013

 Adoptar medidas tendientes a prevenir la discapacidad congénita, lesiones y accidentes en el marco decenal de salud. Ministerio de Salud y Protección Social Ley 1618 de 2013 y Ley 762 de 2002

 Identificar las Personas con Discapacidad y verificar necesidades en salud para brindar atención en promoción de la salud, prevención de enfermedades, detección temprana de la discapacidad e identificación de los factores de riesgo que acentúen una discapacidad existente, y de los factores protectores de la salud, la atención y rehabilitación, según las particularidades de las Personas con Discapacidad y su grupo familiar.  Ministerio de Salud y Protección Social Resolución 1841 de 2013


DERECHO A SALUD

PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN

 Desarrollar políticas y programas de promoción y prevención en salud mental y atención psicosocial para la sociedad.. Sector Salud Ley 1306 de 2009


DERECHO A SALUD

CURSO DE VIDA

PRECONCEPCIÓN

NIÑOS Y NIÑAS Y ADOLESCENTES

NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 6 AÑOS

JÓVENES Y ADULTOS

ADULTO MAYOR


DERECHO A SALUD

ACCESO AL SERVICIO

PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN


CURSO DE VIDA

DERECHO A SALUD

ACCESO AL SERVICIO

 Remitir orden de Prueba de embarazo Ministerio de Salud y Protección Social Guía 3-Detección temprana a las alteraciones del embarazo

 Brindar a las mujeres con embarazado por primera vez un programa de 10 citas de control prenatal Sector Salud Guía de práctica clínica para la prevención, detección temprana y tratamiento de complicaciones en el embarazo, parto o puerperio

 Ofrecer consulta primera vez para revisar estado de salud, riesgos, enfermedades asociadas, se abre historia clínica y se hace el examen medico a la madre en gestación Ministerio de Salud y Protección Social Guía 3-Detección temprana a las alteraciones del embarazo

 Solicitar exámenes paraclínicos a la madre en gestación Ministerio de Salud y Protección Social Guía 3-Detección temprana a las alteraciones del embarazo

 Realizar control prenatal Ministerio de Salud y Protección Social Guía 3-Detección temprana a las alteraciones del embarazo, Guía de práctica clínica para la prevención, detección temprana y tratamiento de complicaciones en el embarazo, parto o puerperio

 Realizar una historia clínica de control prenatal con registros estructurados de maternidad. Sector Salud Guía de práctica clínica para la prevención, detección temprana y tratamiento de complicaciones en el embarazo, parto o puerperio


CURSO DE VIDA

DERECHO A SALUD

ACCESO AL SERVICIO  Valorar salud emocional, social física y nutricional Ministerio de Salud y Protección Social Ruta Integral de atención a la Primera Infancia

 Establecer que las madres gestantes de bajo riesgo reciban en el momento de la inscripción al control prenatal, y luego en cada trimestre, una valoración de riesgo psicosocial. Si se identifica riesgo se deben remitir a una consulta especializada garantizando la continuidad con el grupo a cargo del control. Ministerio de Salud y Protección Social Guía de práctica clínica para la prevención, detección temprana y tratamiento de complicaciones en el embarazo, parto o puerperio

 Evaluar en la madre gestante cada trimestre , el estrés materno crónico, la ansiedad, los trastornos del sueño y el pobre apoyo de la red social. Sector Salud Guía de práctica clínica para la prevención, detección temprana y tratamiento de complicaciones en el embarazo, parto o puerperio

 Realizar rutinariamente una ecografía de detalle, por profesionales con entrenamiento y certificación, entre la semana 18 y semana 23 para la detección de anomalías estructurales Sector Salud Guía de práctica clínica para la prevención, detección temprana y tratamiento de complicaciones en el embarazo, parto o puerperio

 Solicita ecografía por primera vez máximo a las 10 semanas Ministerio de Salud y Protección Social Guía 3-Detección temprana a las alteraciones del embarazo y Ruta Integral de atención a la Primera Infancia, Ley 361 de 1997

 Seguimiento y Control Mensual hasta la semana 36 y cada 15 días hasta la semana 40. Ministerio de Salud y Protección Social Guía 3-Detección temprana a las alteraciones del embarazo


CURSO DE VIDA

DERECHO A SALUD

ACCESO AL SERVICIO

 Generar acceso directo a la atención especializada obstétrica sin remisión del médico general, sin que ello se constituya en limitación de acceso a la atención por médico general, cuando el recurso especializado no sea accesible por condiciones geográficas o de ausencia de oferta de servicios especializados en el municipio de residencia. Sector Salud Resolución 5521 de 2013

 Consultar por urgencias ante sangrado, cefaleas, alteraciones visuales, dolor gástrico, vómito y edemas en manos, pies o cara, fiebre, tos. Sector Salud Guía de práctica clínica para la prevención, detección temprana y tratamiento de complicaciones en el embarazo, parto o puerperio

 Brindar atención para La Recuperación de la Salud y acceso a los servicios de pediatría, obstetricia o medicina familiar. Sector Salud Resolución 5521 de 2013

 Apoyar el abordaje ante complicaciones hipertensivas en el embarazo. Ministerio de Salud y Protección Social Ruta Integral de atención a la Primera Infancia

 Ofrecer servicios de odontología general a la madre en gestación Ministerio de Salud y Protección Social Guía 3-Detección temprana a las alteraciones del embarazo


CURSO DE VIDA

DERECHO A SALUD

PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN  Promover hábitos saludables, asegurando condiciones nutricionales y alimentación durante la gestación y el postparto. Ministerio de Salud y Protección Social Ruta Integral de atención a la Primera Infancia

 Brindar la oportunidad de exámenes médicos que permitan conocer el estado del feto en sus tres primeros meses de embarazo, a madres de alto riesgo, entendiendo por alto riesgo madres o padres con edad cronológica menor a 17 años o mayor a 40 años. Madres o padres con historia clínica de antecedentes hereditarios o en situaciones que el médico tratante lo estime conveniente. Entidad Prestadora de Salud Ley 1618 de 2013  Brindar la educación en lactancia materna mediante talleres y consejerías específicas. Sector salud Guía de práctica clínica para la prevención, detección temprana y tratamiento de complicaciones en el embarazo, parto o puerperio, Ruta Integral de atención a la Primera Infancia

 Gestionar programas de protección específica que cubre la atención preventiva en salud bucal y la aplicación de biológico según el esquema del Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI), atención en planificación familiar. Sector salud Resolución 5521 de 2013  Realizar actividades rutinarias de contro prenatal registrando IMC, ganancia de peso, presión arterial. Sector salud Guía de práctica clínica para la prevención, detección temprana y tratamiento de complicaciones en el embarazo, parto o puerperio, Ruta Integral de atención a la Primera Infancia  Evaluar el riesgo biológico y psicosocial a todas las gestantes mediante la escala de Herrera & Hurtado con el objeto de identificar aquellas gestantes que pueden continuar su control con enfermería y medicina general y aquellas que necesitan seguir su control con el obstetra y/o un grupo multidisciplinario Sector Salud Guía de práctica clínica para la prevención, detección temprana y tratamiento de complicaciones en el embarazo, parto o puerperio


CURSO DE VIDA

DERECHO A SALUD

PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN  Desarrollar programas de apoyo y orientación a madres gestantes de niños o niñas con alto riesgo de adquirir una discapacidad o con discapacidad; que les acompañen en su embarazo, desarrollando propuestas de formación en estimulación intrauterinas, y acompañamiento durante la primera infancia. Establecer mecanismos de seguimiento, control y vigilancia de los casos. Sector Salud Ley 1618 de 2013, Código de infancia y adolescencia, art 46, 9

 Diseñar, desarrollar y promocionar programas que garanticen a las mujeres embarazadas la consejería para la realización de la prueba voluntaria del VIH/SIDA y en caso de ser positiva tanto la consejería como el tratamiento antirretroviral y el cuidado y atención para evitar durante el embarazo, parto y posparto la transmisión vertical madre-hijo. Entidad Prestadora de Salud Código de infancia y adolescencia, art 46, 3

 Brindar atención del embarazo incluyendo la gestación, con las atenciones en salud ambulatorias y con internación por la especialidad médica que sea necesaria. Se incluye la atención de las afecciones relacionadas, las complicaciones y las enfermedades que pongan en riesgo el desarrollo y culminación normal de la gestación o que signifiquen un riesgo para la vida de la madre, la viabilidad del producto o la supervivencia del recién nacido. Sector Salud Decreto 5521 de 2013

 Identificar la depresión materna mediante un tamizaje trimestral durante el control prenatal ya que las mujeres con depresión durante el embarazo tienen mayor riesgo de parto pretérmino y bajo peso al nacer. Sector Salud Guia de práctica clínica para la prevención, detección temprana y tratamiento de complicaciones en el embarazo, parto o puerperio


DERECHO A SALUD

CURSO DE VIDA

PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN  Tamizar a madres para anemia con hemoglobina y hematocrito, obtenidos como parte de un hemograma completo, en el momento de la inscripción al control prenatal, así como en la semana 28 de gestación con el fin de disponer de tiempo suficiente para el tratamiento de la anemia. Sector Salud Guía de práctica clínica para la prevención, detección temprana y tratamiento de complicaciones en el embarazo, parto o puerperio  Realizar pruebas de detección toxoplasmosis  Brindar atención mediante programas para la durante el embarazo detección temprana de alteraciones de la Sector Salud agudeza visual, auditiva y alteraciones del Guía de práctica clínica para la prevención, embarazo detección temprana y tratamiento de Sector Salud complicaciones en el embarazo, parto o Resolución 5521 de 2013 puerperio


DERECHO A SALUD

ACCESO AL SERVICIO

PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN

PRODUCTOS DE APOYO


CURSO DE VIDA

DERECHO A SALUD

ACCESO AL SERVICIO  Autorizar convenios con entidades públicas y privadas para garantizar la atención en salud y el acceso a la educación especial de los niños, niñas y adolescentes con anomalías congénitas o algún tipo de discapacidad. Sector Salud Código de infancia y adolescencia

 Hacer pruebas de tamizaje y atención de la Morbilidad Neonatal y a la cobertura de todas las tecnologías definidas en el Plan Obligatorio de Salud, desde el momento del nacimiento y hasta el mes de nacido. Sector salud Resolución 5521 de 2013 Ruta Integral de Atención a la Primera Infancia

 Recibir atención, diagnóstico, tratamiento especializado, rehabilitación y cuidados especiales en salud, educación, orientación y apoyo a los miembros de la familia o a las personas responsables de su cuidado y atención a todo niño, niña o adolescente que presente anomalías congénitas o algún tipo de discapacidad. Sector Salud Ley 1098 de 2006

 Reconocer la importancia de los signos de alarma y manejo adecuado en casa, cuando se enferma. Sector salud Ruta Integral de Atención a la Primera Infancia


CURSO DE VIDA

DERECHO A SALUD

ACCESO AL SERVICIO  Solicitar en la EPS (Entidad promotora de salud) o EPS Subsidiada, para contactar con una IPS (Institución prestadora de servicios) que brinde un programa de terapias como fonoaudiólogia, terapia ocupacional o lo que necesite el niño o la niña Ministerio de Salud y Protección Social Orientaciones pedagógicas para la atención y la promoción de la inclusión de niñas y niños menores de seis años con Sordoceguera

 Solicitar una consulta con el médico especialista, optómetra u oftalmólogo para que realice los exámenes que crea pertinentes, entre ellos la toma de agudeza visual, y aclare la condición visual, el diagnóstico y el tratamiento adecuado que se debe seguir. Ministerio de Salud y Protección Social Orientaciones pedagógicas para la atención y la promoción de la inclusión de niñas y niños menores de seis años con Discapacidad visual

 Ser atendido por los servicios de salud, en los cuales le sea realizada una evaluación audiológica, que permite establecer la condición de sordera. Esta evaluación es realizada por profesionales que utilizan equipos que permiten determinar con exactitud las condiciones de audición del niño. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Orientaciones pedagógicas para la atención y la promoción de la inclusión de niñas y niños menores de seis años con discapacidad auditiva


CURSO DE VIDA

DERECHO A SALUD

PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN  Aplicar todo el esquema de vacunación en los primeros años de vida y prevenir de las enfermedades que afectan a la infancia y a la adolescencia y de los factores de riesgo de la discapacidad. Sector Salud Ley 1098 de 2007 y Ruta Integral de Atención a la Primera Infancia

 Asegurar el derecho a la salud de los niños, las niñas y los adolescentes mediante el diseño y desarrollo programas de prevención en salud, en especial de vacunación, complementación alimentaria, suplementación nutricional, vigilancia del estado nutricional y mejoramiento de hábitos alimentarios, programas de prevención de las infecciones respiratorias agudas, la enfermedad diarreica aguda y otras enfermedades prevalentes de la infancia y garantizar atención oportuna y de calidad a todos los niños, las niñas y los adolescentes, en especial en los casos de urgencias.. Sector Salud Código de infancia y adolescencia, art. 46

 Garantizar la promoción, la efectiva prevención, detección temprana y tratamientos adecuados de enfermedades, atención de emergencias, restablecimiento físico y sicológico de derechos vulnerados y rehabilitación de las habilidades físicas y mentales de los niños, niñas y adolescentes en situación de discapacidad, teniendo en cuenta sus ciclos vitales, el perfil epidemiológico y la carga de la enfermedad.. Ministerio de Salud y Protección Social Ley 1438 DE 2011

 Realizar valoración física completa el primer día de nacido, seguimiento y control del crecimiento y la salud, por pediatría y fisiatría. Sector salud Ruta Integral de Atención a la Primera Infancia Guía de práctica clínica para la prevención, detección temprana y tratamiento de complicaciones en el embarazo, parto o puerperio


CURSO DE VIDA

DERECHO A SALUD

PRODUCTOS DE APOYO

 Brindar cobertura de implante coclear, sustitución de la prótesis coclear y la rehabilitación postimplante, para las personas menores de tres (3) años, con sordera prelocutoria o poslocutoria profunda bilateral. Ministerio de Salud y Protección Social Resolución 5521 de 2013


DERECHO A SALUD

ACCESO AL SERVICIO

PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN


CURSO DE VIDA

DERECHO A SALUD

ACCESO AL SERVICIO

 Brindar a los niños con algún grado de discapacidad o una enfermedad crónica con repercusión importante para su salud, controles en su crecimiento y desarrollo por el pediatra y el fisiatra hasta los 10 años de edad Ministerio de salud y protección social Guía de práctica clínica para la prevención, detección temprana y tratamiento de complicaciones en el embarazo, parto o puerperio

 Garantizar tratamientos adecuados de enfermedades, atención de emergencias, restablecimiento físico y sicológico de derechos vulnerados y rehabilitación de las habilidades físicas y mentales de los niños, niñas y adolescentes en situación de discapacidad, teniendo en cuenta sus ciclos vitales, el perfil epidemiológico y la carga de la enfermedad. Ministerio de Salud y Protección Social Ley 1438 DE 2011

 Dar apoyo de psicoterapia ambulatoria para niños, niñas y adolescentes entre los 6 y 14 años con discapacidad de hasta 60 sesiones de psicoterapia individual, durante el año calendario y hasta 60 terapias grupales, familiares y de pareja, en total por psicólogo y médico especialista durante el año calendario. Para el caso de los niños, niñas y adolescente entre los 14 y 18 años, será de hasta 30 sesiones de psicoterapia individual y de 30 terapias grupales. Ministerio de Salud y Protección Social Resolución 5521 de 2013

 Recibir atención, diagnóstico, tratamiento especializado, rehabilitación y cuidados especiales en salud, educación, orientación y apoyo a los miembros de la familia o a las personas responsables de su cuidado y atención a todo niño, niña o adolescente que presente anomalías congénitas o algún tipo de discapacidad, autorizando convenios con entidades públicas y privadas para garantizar su atención. Ministerio de salud y protección social e Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Ley 1098 de 2006, Código de infancia y adolescencia, art. 36, parágrafo 3


CURSO DE VIDA

DERECHO A SALUD

ACCESO AL SERVICIO  Acceder a servicios y medicamentos de la parte especial y diferenciada del Plan de Beneficios para los niños, niñas y adolescentes con discapacidades físicas, sensoriales y cognitivas, enfermedades catastróficas y ruinosas que sean certificadas por el médico tratante, serán gratuitos para los niños, niñas y adolescentes de Sisbén 1 y 2. Ministerio de Salud y Protección Social Ley 1438 DE 2011

 Brindar atención a personas de 6 años a menores de 14 años con discapacidad física, sensorial o cognitiva, tienen derecho a las evaluaciones y atenciones pertinentes realizadas por profesionales de la salud y a todas las tecnologías en salud. Ministerio de Salud y Protección Social Resolución 5521 de 2013

 Brindar atención con internación en salud mental Para personas de 6 años y menores de 18 años con discapacidad Ministerio de salud y protección social e Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Resolución 5521 de 2013


CURSO DE VIDA

DERECHO A SALUD

PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN  Adelantar los programas de vacunación y prevención de las enfermedades, complementación alimentaria, prevención de las infecciones respiratorias agudas, la enfermedad diarreica aguda y otras enfermedades prevalentes de la infancia y a la adolescencia, garantizando su atención oportuna y de calidad Ministerio de Salud y Protección Social, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Ley 1098 de 2007, Código de infancia y adolescencia, art. 46

 Garantizar la promoción, efectiva prevención y detección temprana Ministerio de salud y protección social Ley 1438 DE 2011

 Fomentar ambientes y entornos saludables que favorezcan la salud y el bienestar de los niños, las niñas y los adolescentes sin o con discapacidad Ministerio de Salud y Protección social Lineamiento Técnico para garantizar los derechos a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad.


DERECHO A SALUD

GENERALIDADES

ACCESO AL SERVICIO


DERECHO A SALUD

GENERALIDADES

 Fomentar el desarrollo de nuevas formas relacionales, mediadas por la libertad para ejercer en condición igualitaria las prácticas sexuales y reproductivas a las personas con discapacidad física, mental, intelectual o sensorial. Sector Salud Política Nacional de Sexualidad, Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos

CURSO DE VIDA


CURSO DE VIDA

DERECHO A SALUD

ACCESO AL SERVICIO  Brindar programas de rehabilitación, orientación y vigilancia de planes y programas en el campo de la salud dirigidos a discapacitados*. Ministerio de Salud y Protección Social Decreto 226 de 1996

 Contar con un modelo de atención y prestación de servicios en salud con adecuación en de la población con discapacidad Sector Salud Política Nacional de Sexualidad, Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos

 Garantizar el ejercicio de los derechos relacionados con la sexualidad y la reproducción, libre de violencias, en un marco de igualdad, libertad, autonomía y no discriminación por motivos de sexo, edad, etnia, orientación sexual o identidad de género, discapacidad, religión o ser víctima del conflicto armado.. Ministerio de Salud y Protección Social Resolución 1841 de 2013

 Garantizar el acceso de las personas con discapacidad a los beneficios de los avances científicos disponibles para el disfrute de la sexualidad y la reproducción Sector salud Política Nacional de Sexualidad, Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos

 Promover los derechos sexuales y reproductivos y equidad de género garantizando los derechos sexuales y los derechos reproductivos y la reproducción libre de violencia en el marco de igualdad sin restricción de discapacidad. Ministerio de Salud y Protección Social Política Nacional de Sexualidad, Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos

 Gestionar desde todos los niveles del salud, condiciones favorables que posibiliten la decisión sobre la paternidad y la maternidad Sector Salud Política Nacional de Sexualidad, Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos


DERECHO A SALUD

ACCESO AL SERVICIO


CURSO DE VIDA

DERECHO A SALUD

ACCESO AL SERVICIO

 Dar revisión periódica del Plan de Beneficios para las personas mayores de los diferentes regímenes en el sistema de salud a fin de proponer modificaciones que garanticen una atención integral, mejor acceso de las personas mayores a la prestación de servicios acorde al perfil de morbimortalidad de esta población. Sector Salud Política Nacional de Envejecimiento y vejez

 Garantizar el ejercicio de los derechos relacionados con la sexualidad y la reproducción, libre de violencias, en un marco de igualdad, libertad, autonomía y no discriminación por motivos de sexo, edad, etnia, orientación sexual o identidad de género, discapacidad, religión o ser víctima del conflicto armado. Ministerio de Salud y Protección Social Resolución 1841 de 2013

 Incluir programas y proyectos para garantizar los derechos sexuales y los derechos reproductivos en los planes de desarrollo, y asegurar la participación de las personas con discapacidad. Ministerio de Salud y Protección Social Resolución 1841 de 2013

 Gestionar desde todos los niveles del salud, condiciones favorables que posibiliten la decisión sobre la paternidad y la maternidad Sector Salud Política Nacional de Sexualidad, Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos


DERECHO A EDUCACIÓN

Con miras a hacer efectivo este derecho sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades, se asegurara un sistema de educación inclusivo a todos los niveles así como la enseñanza a lo largo de la vida*

PARA TODOS

CURSO DE VIDA

*Convención sobre los derechos de las Personas con Discapacidad


DERECHO A EDUCACIÓN

PARA TODOS

GENERALIDADES


DERECHO A EDUCACIÓN

GENERALIDADES  Generar apoyos para garantizar la educación inclusiva CONPES 166 de 2013

 Implementar el programa Nacional de Alfabetización para personas con discapacidad con metas claras para la reducción del analfabetismo de jóvenes, adultos y adultos con discapacidad Ministerio de Educación Nacional CONPES 166 de 2’013, Ley 1618 de 2013

 Generar procesos basados en la perspectiva de derecho a la educación de adaptabilidad y aceptabilidad que garantice la calidad, relevancia y pertinencia de las personas con discapacidad en la escuela. Ley 1346 de 2009

 Garantizar la asignación de recursos para la atención educativa a las personas con discapacidad Ministerio de Educación Nacional Ley 715 de 2001, Decreto 366 de 2000, Ley 1618 de 2013

 Acompañar a las entidades territoriales certificadas para la implementación y seguimiento de las estrategias para el acceso y la permanencia educativa con calidad para las personas con discapacidad, en el marco de la inclusión, tanto para las personas en edad escolar, como para los adultos Ministerio de Educación Nacional Ley 1618 de 2013


DERECHO A EDUCACIÓN

GENERALIDADES

 Facilitar la inclusión con más acceso, participación y logro para los estudiantes con discapacidad y trabajar con las autoridades educativas para hacer que el ambiente sea accesible y los planes de estudio flexibles Lineamientos Nacionales de Rehabilitación Basada en Comunidad

 Asegurar la educación inclusiva y accesible con diseño universal para los grupos discriminados y vulnerados, propiciando el acceso al aprendizaje, donde desarrollen sus potencialidades, con una participación efectiva en la sociedad, que satisfaga la diversidad de sus necesidades y se respeten sus derechos, Lineamientos Nacionales de Rehabilitación Basada en Comunidad

 Crear escuelas locales inclusivas para que los niños y las niñas con discapacidad puedan acceder a la educación primaria en su comunidad, con el apoyo de su familia y para desarrollar y mantener conexiones entre el hogar, la comunidad y las escuelas. Ministerio de Salud y Protección Social Lineamientos Nacionales de Rehabilitación Basada en Comunidad


DERECHO A EDUCACIÓN

GENERALIDADES

 Diseñar y desarrollar apoyos y recursos necesarios, incluidos los servicios de intérprete, que garanticen oportunidades de acceso y permanencia de las personas con limitaciones auditivas, a los programas académicos ofrecidos. Ministerio de Educación Nacional Decreto 2369 de 1997

 Actualizar, especializar, investigar y perfeccionar a los educadores para prestar el servicio educativo a las personas con limitaciones auditivas. Decreto 2369 de 1997

 Crear instancias de estudio, acción y seguimiento que ofrezcan apoyo técnicopedagógico para población sorda, con el fin de lograr la integración de estos alumnos en igualdad de condiciones. Ley 324 de 1996

 Ofrecer oportunidades de acceso para adquirir, perfeccionar, renovar o profundizar conocimientos, habilidades, técnicas y prácticas para el diseño de estrategias de difusión y ejecución, en pro a la persona con limitación auditiva. Decreto 2369 de 1997


DERECHO A EDUCACIÓN

GENERALIDADES

 Tener en cuenta las especificaciones mínimas de carácter tecnológico y de servicios de interpretación requeridos para garantizar en forma adecuada la integración social y académica las personas sordas. Decreto 2369 de 1997

 Contar con el apoyo del intérprete, quien desempeña el papel de mediador comunicativo entre la comunidad sorda y la oyente, lingüística y culturalmente diferentes Ministerio de Educación Nacional Decreto 366 de 2009

 Fomentar en los estudiantes competencias para su desempeño como ciudadanos respetuosos de sí mismos, de los demás y de lo público, que ejerzan los derechos humanos y fomenten la convivencia escolar haciendo énfasis en la promoción de la Salud Mental. Ley 1616 de 2013


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 6 AÑOS

JÓVENES Y ADULTOS

NIÑOS Y NIÑAS Y ADOLESCENTES

ADULTO MAYOR


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES

PRIMERA INFANCIA


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES  Garantizar el acceso a la educación y la capacitación en los niveles primarios para las personas en situación de discapacidad quienes para ello dispondrán de una formación integral dentro del ambiente más apropiado a sus necesidades especiales Ley 361 de 1997

 Cualificar a profesionales y personal que trabajen en todos los niveles educativos y diseñar lineamientos para la formación de docentes, en el marco de la diversidad, en los programas iniciales y de actualización. Ley 1346 de 2009, Lineamiento de Política para la Atención Educativa a las Poblaciones Vulnerables

 Garantizar que se expidan certificados oficiales que reconozcan las competencias, destrezas y conocimientos adquiridos por las personas con discapacidad en el proceso de aprendizaje Ministerio de Educación Nacional Lineamiento de Política para la Atención Educativa a las Poblaciones Vulnerables

 Contratar con entidades privadas los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para la atención educativa de las personas con discapacidad. Ley 115 de 1994, Código de Infancia y Adolescencia, Ley 1098 de 2006, Ley 361 de 1997

 Diseñar lineamientos para la formación de docentes, en el marco de la diversidad, en los programas iniciales y de actualización. Lineamiento de Política para la Atención Educativa a las Poblaciones Vulnerables


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES  Identificar currículos de las facultades de educación que forman docentes sensibilizados para atender la diversidad de la población, con el propósito de fortalecerlos. Lineamiento de Política para la Atención Educativa a las Poblaciones Vulnerables

 Establecer mecanismos de coordinación entre las instituciones que desarrollan programas de atención directa y las facultades de educación, para concertar las necesidades de la formación de los docentes Lineamiento de Política para la Atención Educativa a las Poblaciones Vulnerables

 Hacer ajustes razonables en función de las necesidades individuales Ley 1346 de 2009

 Enseñar habilidades para la vida y desarrollo social. Ley 366 de 2009

 Aproximar y establecer actividades dirigidas a las artes, literatura, cine y ciencia. Ruta Integral de Atención a la primera Infancia


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES  Identificar las barreras, que impiden acceso y permanencia, recursos del entorno educativo y ajustar la organización escolar de acuerdo a las necesidades, personal docente para la Personas con discapacidad Ley 1618 de 2013

 Tener derecho a la educación gratuita en las entidades especializadas Ministerio de Educación Nacional Ley 1098 de 2006

 Generar condiciones locales e institucionales, que requieren de apoyos y decisiones regionales y nacionales. Ruta de Permanencia en la Educación para las Personas con Discapacidad

 Transformar el Proyecto Educativo Institucional basado en diversidad, inclusión y flexibilidad. Ruta de Permanencia en la Educación para las Personas con Discapacidad

 Reorganizar el Proyecto Educativo Institucional en aspectos inclusivos: organización escolar, formación y practicas al docente, apoyos pedagógicos, currículo, evaluación, trabajo con la comunidad y convivencia escolar. Ruta de Permanencia en la Educación para las Personas con Discapacidad


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES

 Establecer trabajo intersectorial con salud y protección social, cultura, deportes, información, participación social y política para la formación Ruta de Permanencia en la Educación para las Personas con Discapacidad

 Generar procesos basados en la perspectiva de derecho a la educación: adaptabilidad y aceptabilidad, que garantice la calidad, relevancia y pertinencia de las personas con discapacidad en la escuela. Ruta de Permanencia en la Educación para las Personas con Discapacidad

 Gestionar ingresos del CONPES recibidos por el Sistema de Matriculas y de los recursos propios recibidos a traves de lo CLD y los recursos gestionados institucionalmente.. Ruta de Permanencia en la Educación para las Personas con Discapacidad

 Gestionar recursos propios provenientes de organizaciones/fundaciones y de los planes de desarrollo, así como de los del consejos distritales de discapacidad y por la consolidación de los reportes de matricula de los estudiantes con discapacidad. Ruta de Permanencia en la Educación para las Personas con Discapacidad


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES

 Brindar información a los estudiantes con discapacidad cognitiva y sus familias sobre la oferta educativa existente para que puedan ejercer su derecho a elegir, garantizándoles el acceso a la educación de calidad, en todos los niveles y modalidades educativas Orientaciones pedagógicas para la atención y la promoción de la inclusión de niñas y niños menores de seis años con discapacidad cognitiva.

 Gestionar para que los estudiantes reciban las ayudas técnicas, pedagógicas y materiales de enseñanza y aprendizaje que les permitan el acceso y la participación en actividades curriculares en igualdad de condiciones Orientaciones pedagógicas para la atención y la promoción de la inclusión de niñas y niños menores de seis años con discapacidad cognitiva.  Tener derecho a la educación gratuita en las entidades especializadas para el efecto. Orientaciones pedagógicas para la atención y la promoción de la inclusión de niñas y niños menores de seis años con discapacidad cognitiva.

 Garantizar en el hogar o jardín infantil la presencia de un modelo lingüístico el cual es una persona sorda adulta que utiliza de manera fluida la lengua de señas y facilita su adquisición, estimulando la interacción comunicativa en situaciones naturales cotidianas, o mediante actividades planeadas. Orientaciones pedagógicas para la atención y la promoción de la inclusión de niñas y niños menores de seis años con discapacidad auditiva.

 Proveer materiales didácticos que privilegien la experiencia visual de las niñas y los niños sordos, además utilería didáctica como pinturas, espejos, juguetes, material para maquillarse. Orientaciones pedagógicas para la atención y la promoción de la inclusión de niñas y niños menores de seis años con discapacidad auditiva.


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES

 Organizar flexibilizar y adaptar el currículo, el plan de estudios y los procesos de evaluación de acuerdo a las condiciones y estrategias establecidas en las orientaciones pedagógicas producidas por el MEN para estudiantes con discapacidad cognitiva, motora y autismo. todos los niveles y modalidades educativas Decreto 366 de 2009

 Lograr la participación de los docentes de nivel, de grado y de área en las propuestas de formación sobre modelos educativos y didácticas flexibles pertinentes para la atención de estudiantes con discapacidad cognitiva, motora y autismo Decreto 366 de 2009 .

 Contar con el apoyo de docentes de grado y de área capacitados para la enseñanza y uso del sistema de lectura y escritura Braille y demás áreas tiflológicas para estudiantes ciegos, con baja visión y sordociegos. . Decreto 366 de 2009

 Incorporar el área tiflológica Braille en los procesos de enseñanza de literatura y de español, y el Ábaco en los procesos de enseñanza de matemáticas para estudiantes ciegos, con baja visión y sordociegos. Decreto 366 de 2009

 Realizar estrategias y metodologías impartidas por los docentes de grado o de área diferencien las diversas condiciones visuales: para estudiantes ciegos, para estudiantes con baja visión, y en igual sentido para estudiantes sordociegos con las condiciones visuales y auditivas. Decreto 366 de 2009


CURSO DE VIDA

DERECHO A EDUCACIÓN

GENERALIDADES

 Facilitar para cada estudiante sordociego, el apoyo pedagógico de un guía intérprete o de un mediador, según su necesidad. Decreto 366 de 2009

 Brindar aprendizaje de la lengua de señas y la promoción de la identidad lingüística de las personas sordas, asi como los lenguajes y medios de comunicación más apropiados para cada persona. Ley 1346 de 2009

 Empoderar sobre el autismo, que implica aprender sobre el tema y motivación para emprender las acciones Orientaciones pedagógicas para la atención y la promoción de la inclusión de niñas y niños menores de seis años con autismo

 Hacer uso de los cuentos en Braille y macrotipo que son de gran utilidad para estudiantes con discapacidad visual Orientaciones pedagógicas para la atención y la promoción de la inclusión de niñas y niños menores de seis años con discapacidad visual .

 Adaptar los medios y condiciones de enseñanza, preparar a los educadores según las necesidades individuales, contar con el apoyo de un equipo interdisciplinario. Ministerio de Educación Nacional Ley 1616 de 2013

 Promover la enseñanza bilingüe, lengua manual colombiana y lengua castellana, asi como las estrategias administrativas y pedagógicas que faciliten y promuevan la integración educativa y social de sus educandos. Decreto 2369 de 1997


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

PRIMERA INFANCIA  Desarrollar programas de educación temprana inclusiva que tengan como objetivo desarrollar las habilidades de los niños y niñas con discapacidad en edad preescolar. Ley 1618 de 2013

 Orientar en el conocimiento de modalidades de educación inicial y oferta educativa a los estudiantes y sus familias para que puedan ejercer su derecho a elegir, garantizándoles el acceso a la educación de calidad, en todos los niveles y modalidades educativas. Ruta Integral de Atención a la Primera Infancia, Lineamiento de Política para la Atención Educativa a las Poblaciones Vulnerables

 Orientar en los procesos de transición y adaptación del niño o niña a la institución educativa inicial. Jardines Infantiles Ruta Integral de Atención a la Primera Infancia

 Desarrollar Programas de Atención Integral a la Primera Infancia-AIPI que promuevan la inclusión, así como los pertinentes procesos de detección, intervención y apoyos pedagógicos relacionados con el desarrollo de los niños y las niñas. Ministerio de Educación Nacional, Comisión Intersectorial para la Atención Integral a la Primera Infancia Ley 1618 de 2013

 Desarrollar programas de educación temprana que tengan como objetivo desarrollar las habilidades de los niños y niñas con discapacidad en edad preescolar. Ministerio de Educación Nacional Ley 1618 de 2013


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

PRIMERA INFANCIA

 Fortalecer la implementación de estrategias pedagógicas y experiencias que respondan a los intereses y características de cada niño o niña. Jardines Infantiles Ruta Integral de Atención a la Primera Infancia

 Autorizar al Gobierno Nacional, a los departamentos y a los municipios para celebrar convenios con entidades públicas y privadas para garantizar el acceso a la educación especial de los niños y niñas con anomalías congénitas o algún tipo de discapacidad. Ley 1618 de 2013

 Fortalecer experiencias pedagógicas en las que los niños jueguen, exploren el medio natural, social y cultural, se expresen por medio de manifestaciones artísticas y se acerquen a la literatura, teniendo en cuenta sus intereses y características de desarrollo. Jardines Infantiles Ruta Integral de Atención a la Primera Infancia,

 Construir experiencias pedagógicas y disponer de ambientes enriquecidos que tomen en consideración los intereses del niño o niña, e incluso partan de sus iniciativas. . Jardines Infantiles Ruta Integral de Atención a la Primera Infancia


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

PRIMERA INFANCIA

 Realizar valoración pedagógica e informe con requerimientos específicos que garanticen y favorezcan la permanencia.. Ruta de acceso a la educación para personas con discapacidad

 Promover la formación del talento humano y la investigación en la primera infancia CONPES 109 de 2007

 Implementar en las actividades pedagógicas el uso de graficas, ilustraciones, narraciones, videos, cuentos e integrar en narraciones y descripciones las temáticas de interés de los niños. Orientaciones pedagógicas para la atención y la promoción de la inclusión de niñas y niños menores de seis años con discapacidad auditiva.

 Garantizar el acceso a la educación y la capacitación en los niveles primario para las personas en situación de discapacidad quienes para ello dispondrán de una formación integral dentro del ambiente más apropiado a sus necesidades especiales Ley 361 de 1997

 Verificar el registro en matricula y en el Sistema General Salud y Seguridad Social Ruta de acceso a la educación para personas con discapacidad


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

PRIMERA INFANCIA  Brindar el ingreso al nivel de preescolar para niños con discapacidad cognitiva sin estar sujeto a ninguna prueba de admisión o examen psicológico o de conocimientos Instituciones Educativas Orientaciones pedagógicas para la atención y la promoción de la inclusión de niñas y niños menores de seis años con discapacidad cognitiva.

 Prestar el servicio educativo en preescolar a los estudiantes sordos usuarios de Lengua de Señas Colombiana por medio de docentes de nivel y de grado que sean bilingües en el uso de la misma, así como también modelos lingüísticos y culturales. Orientaciones pedagógicas para la atención y la promoción de la inclusión de niñas y niños menores de seis años con discapacidad auditiva.

 Conocer y usar la lengua de señas y la lengua castellana escrita, y cuando les sea posible en la modalidad oral, esto es lo que representa el derecho a ser bilingüe con el fin de alcanzar un completo desarrollo de sus capacidades intelectuales, lingüísticas y sociales. Orientaciones pedagógicas para la atención y la promoción de la inclusión de niñas y niños menores de seis años con discapacidad auditiva.

 Acceder a una primera lengua, pues es el vehículo más importante para comunicarse, para aprender, para educarse, para desarrollarse como ser humano. Orientaciones pedagógicas para la atención y la promoción de la inclusión de niñas y niños menores de seis años con discapacidad auditiva

 Promover y facilitar el acceso temprano a una primera lengua que les permita desarrollar el potencial intelectual, cognoscitivo, y de aprendizaje. Orientaciones pedagógicas para la atención y la promoción de la inclusión de niñas y niños menores de seis años con discapacidad auditiva


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

PRIMERA INFANCIA  Permitir el Ingreso temprano de la niña o niño sordo a una institución que posibilite su educación y el acceso a la lengua de señas Orientaciones pedagógicas para la atención y la promoción de la inclusión de niñas y niños menores de seis años con discapacidad auditiva

 Brindar atención educativa a niños sordos menores de seis (6) años en lengua manual colombiana promoviendo la incorporación con personas adultas sordas, usuarias de dicha lengua, para que puedan servir de modelos lingüísticos, facilitando la adquisición temprana de la lengua de señas como su lengua natural Instituciones públicas y privadas, Instituto Colombiano parra Sordos Orientaciones pedagógicas para la atención y la promoción de la inclusión de niñas y niños menores de seis años con discapacidad auditiva

 Acceder a la educación bilingüe bicultural para sordos , la cual permite hacer realidad el derecho que tienen las niñas y los niños sordos a ser educados como ciudadanos colombianos y responde a la situación, condiciones y características históricas, sociales, lingüísticas y escolares de las niñas y los niños sordos. . Orientaciones pedagógicas para la atención y la promoción de la inclusión de niñas y niños menores de seis años con discapacidad auditiva.

 Crear estrategias que favorezcan la integración al aula regular de los niños, niñas y adolescentes con trastornos mentales. Ley 1616 de 2013


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES

PRIMARIA

SECUNDARIA


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES  Tener derecho a la educación gratuita en las entidades especializadas Ministerio de Educación Nacional Ley 1098 de 2006

 Promover el acceso oportuno a los servicios de educación para la detección y atención temprana de la condición de discapacidad Lineamiento Técnico para garantizar los derechos a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad.

 Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el acceso y la integración educativa del niño, niña o adolescente con discapacidad que garanticen la educación inclusiva durante el año lectivo Ley 1098 de 2006, Conpes 166 de 2013, Política Pública Nacional de Discapacidad e inclusión social 2013 – 2022, Ley 1346 de 2009, Ministerio de Educación Nacional e Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

 Contratar con entidades privadas los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para la atención de las personas con discapacidad hasta cuando los establecimientos estatales puedan ofrecer este tipo de educación, donde se apoye y fomente programas de atención Ley 115 de 1994

 Diseñar lineamientos para la formación de docentes, en el marco de la diversidad, en los programas iniciales y de actualización. Lineamiento de Política para la Atención Educativa a las Poblaciones Vulnerables


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES  Identificar currículos de las facultades de educación, que forman docentes sensibilizados para atender la diversidad de la población, con el propósito de fortalecerlos Lineamiento de Política para la Atención Educativa a las Poblaciones Vulnerables

 Fomentar programas y experiencias para la formación de docentes idóneos para el servicio de apoyo pedagógico. Ministerio de Educación Naiconal Ley 115 de 1994

 Hacer uso de estrategias pedagógicas, de medios y lenguajes comunicativos apropiados, experiencias y apoyos didácticos, terapéuticos y tecnológicos, organización de los tiempos y espacios dedicados a la actividad pedagógica y de flexibilidad en los requerimientos de edad, que respondan a sus particularidades para que participen en actividades curriculares. Decreto 2082 de 1996, Lineamiento de Política para la Atención Educativa a las Poblaciones Vulnerables

 Proveer estrategias y metodologías para la promoción y el desarrollo de la lengua oral Decreto 2369 de 1997

 Modificar currículos educativos, incluidas las orientaciones sobre actividad física CONPES 166 de 2013


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES  Adaptar y aplicar los medios y metodologías pertinentes para la atención educativa de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad Lineamiento de Política para la Atención Educativa a las Poblaciones Vulnerables

 Desarrollar herramientas pedagógicas, currículos flexibles, entre otras estrategias que faciliten el proceso de inclusión educativa de los niños, las niñas y los adolescentes con discapacidad. Lineamiento de Política para la Atención Educativa a las Poblaciones Vulnerables

 Promover estrategias para la participación de niños, niñas y adolescentes excluidos del sistema educativo en razón de su discapacidad, generando procesos basados en la perspectiva de derecho a la educación: adaptabilidad y aceptabilidad, que garantice la calidad, relevancia y pertinencia de las personas con discapacidad en la escuela. Ministerio de Educación Conpes 166 de 2013, Ruta de permanencia en la Educación para personas con discapacidad, Política publica Nacional de Discapacidad e inclusión social 2013 - 2022

 Garantizar la accesibilidad comunicacional e informativa. CONPES 166 DE 2013

física,

 Reorganizar y transformar el PEI basado en diversidad, inclusión y flexibilidad, en relación a aspectos como: organización escolar, formación y prácticas al docente, apoyos pedagógicos Ruta de permanencia en la Educación para personas con discapacidad, Decreto 2082 de 1996


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES  Establecer trabajo intersectorial con salud y protección social, cultura, deportes, información, participación social y política para las personas con discapacidad en el ámbito educativo Ruta de permanencia en la Educación para personas con discapacidad

 Diseñar y aplicar una estrategias de información, comunicación y educación intersectorial tendiente a fomentar hábitos de vida saludables y formas de prevenir la discapacidad. Lineamiento Técnico para garantizar los derechos a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad.

 Verificar el registro en matricula y en el Sistema General de Salud y Seguridad Social . Ruta de acceso a la educación para personas con discapacidad

 Realizar valoración pedagógica e informe con requerimientos específicos que garanticen y favorezcan la permanencia. Ruta de acceso a la educación para personas con discapacidad


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES  Hacer ajustes razonables en función de las necesidades individuales de los estudiantes con discapacidad Ley 1346 de 2009

 Proveer aprendizaje del Braille, la escritura alternativa, otros modos, medios y formatos de comunicación aumentativos o alternativos y habilidades de orientación y de movilidad, así como la tutoría y el apoyo entre pares. Ley 1346 de 2009

 Cualificar a profesionales y personal que trabajen en todos los niveles educativos para la atención a estudiantes con discapacidad Ley 1346 de 2009

 Definir el concepto de acceso y permanencia educativa con calidad para las personas con discapacidad, y los lineamientos en el marco de la inclusión Ministerio de Educación Nacional Ley 1618 de 2013

 Asegurar en todos los niveles y modalidades del servicio público educativo, que todos los exámenes y pruebas desarrollados para evaluar y medir la calidad y, cobertura, entre otros, así como servicios públicos o elementos análogos sean plenamente accesibles a las personas con discapacidad. Ministerio de Educación Nacional Ley 1618 de 2013


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES

 Celebrar convenios con entidades públicas y privadas para garantizar la atención en salud y el acceso a la educación especial de los niños, niñas y adolescentes con anomalías congénitas o algún tipo de discapacidad. Ley 1618 de 2013

 Desarrollar planes, programas, y proyectos de información, comunicación y educación en prevención de discapacidad y promoción de hábitos de vida saludable. Ministerio de Educación Nacional Lineamiento Técnico para garantizar los derechos a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad.

 Asegurar que los estudiantes y sus familias tengan acceso a la información sobre la oferta educativa existente para que puedan ejercer su derecho a elegir, garantizándoles el acceso a la educación de calidad, en todos los niveles y modalidades educativas. Lineamiento de política para la atención educativa a las poblaciones vulnerables.

 Viabilizar y ejecutar proyectos de atención educativa para niños, niñas y adolescentes con limitaciones severas Lineamiento Técnico para garantizar los derechos a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad.

 Crear programas para el desarrollo de habilidades y capacidades para la vida y el desarrollo social que apoyen la inclusión educativa de los niños, las niñas y los adolescentes con discapacidad, en todos los niveles, incluyendo los superiores de formación. Ley 1346 de 2009, Lineamiento Técnico para garantizar los derechos a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad.

 Asignar recursos financieros para el diseño y ejecución de programas educativos que utilicen las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones, para garantizar la alfabetización digital de niños, niñas y jóvenes con discapacidad Ministerio de Educación Nacional Ley 1618 de 2013


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES

 Crear instancias de estudio, acción y seguimiento que ofrezcan apoyo técnicopedagógico, para población sorda, con el fin de lograr la integración de estos alumnos en igualdad de condiciones. Ley 1324 de 1996

 Organizar flexibilizar y adaptar el currículo, el plan de estudios y los procesos de evaluación de acuerdo a las condiciones y estrategias establecidas en las orientaciones pedagógicas producidas por el MEN para estudiantes con discapacidad cognitiva, motora y autismo. todos los niveles y modalidades educativas Decreto 366 de 2009

 Brindar aprendizaje de la lengua de señas y la promoción de la identidad lingüística de las personas sordas, así como los lenguajes y medios de comunicación más apropiados para cada persona Ley 1346 de 2009

 Lograr la participación de los docentes de nivel, de grado y de área en las propuestas de formación sobre modelos educativos y didácticas flexibles pertinentes para la atención de estudiantes con discapacidad cognitiva, motora y autismo Decreto 366 de 2009 .


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES

 Crear estrategias que favorezcan la integración al aula regular de los niños, niñas y adolescentes con trastornos mentales.. Ley 1616 de 2013

 Fomentar en los estudiantes competencias para su desempeño como ciudadanos respetuosos de sí mismos, de los demás y de lo público, que ejerzan los derechos humanos y fomenten la convivencia escolar haciendo énfasis en la promoción de la Salud Mental. Ley 1616 de 2013

 Adaptar los medios y condiciones de enseñanza, preparar a los educadores según las necesidades individuales, contar con el apoyo de un equipo interdisciplinario. Ley 1616 de 2013


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

PRIMARIA  Acceder y garantizar una educación primaria inclusiva, de calidad y gratuita. Ministerio de Educación Nacional Ley 1346 de 2009, Ley 1618 de 2013, Lineamiento Técnico para garantizar los derechos a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad.

 Crear escuelas locales inclusivas para que los niños y las niñas con discapacidad puedan acceder a la educación primaria en su comunidad, con el apoyo de su familia y para desarrollar y mantener conexiones entre el hogar, la comunidad y las escuelas. Lineamientos nacionales de rehabilitación basada en Comunidad

 Prestar el servicio educativo en preescolar y básica primaria a los estudiantes sordos usuarios de Lengua de Señas Colombiana por medio de docentes de nivel y de grado que sean bilingües en el uso de la misma, así como también modelos lingüísticos y culturales. Decreto 366 de 2009

 Editar cuentos en Braille y macro tipo que le serán de mucha utilidad. Instituto Nacional para Ciegos Orientaciones pedagógicas para la atención y la promoción de la inclusión de niñas y niños menores de seis años con Discapacidad visual

 Incorporar el área tiflológica Braille en los procesos de enseñanza de literatura y de español, y el Ábaco en los procesos de enseñanza de matemáticas para estudiantes ciegos, con baja visión y sordociegos . Ministerio de Educación Nacional Decreto 366 de 2009


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

SECUNDARIA  Acceder y garantizar una educación secundaria obligatoria, inclusiva y de calidad Ministerio de Educación Nacional Ley 1346 de 2009, Ley 1618 de 2013

 Incluir la información sobre la discapacidad reportada por el estudiante al momento del registro (Población especial)* Ministerio de Educación Nacional, Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES Alineación del examen SABER 11° Lineamientos generales 2014 – 2.

 Facilitar el acceso a créditos educativos y becas a personas en situación de discapacidad Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, Ministerio de Educación Naciona ICETEX l Ley 361 de 1997

 Autorizar a la población discapacitada* el ingreso de elementos de apoyo necesarios de acuerdo con la información previamente suministrada, al examen Saber 11. Ministerio de Educación Nacional Resolución 187 de 2013

 Organizar y brindar condiciones especiales el día de la aplicación de la prueba Saber 11, siempre y cuando se suministre la información requerida. (apoyos) Ministerio de Educación Nacional Resolución 187 de 2013


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

SECUNDARIA  Contar con el derecho a acceder a la educación superior. Ley 1346 de 2009,

 Garantizar la inclusión de los adolescentes con discapacidad a programas de formación técnica, tecnológica o universitaria, que los prepare para la vida laboral y productiva. Lineamiento Técnico para garantizar los derechos a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad.

 Realizar la traducción de las pruebas que conforman el examen a lenguaje de señas y con posibilidad de respuesta por computador, que permite mayor comprensión y autonomía a los evaluados Ministerio de Educación Nacional, Instituto Nacional para Sordos, Instituto Nacional para Ciegos Alineación del examen SABER 11° Lineamientos generales 2014 – 2.

 Establecer los procedimientos y mecanismos especiales que faciliten a las personas en situación de discapacidad severas y profundas físicas y sensoriales la presentación de exámenes de estado Decreto 366 de 2009

 Poner a disposición de esta población con discapacidad cognitiva y visual una versión del examen de Estado SABER 11° que tendrá menor cantidad de preguntas y mantiene el mismo tiempo total de aplicación en las dos sesiones. Este examen es comparable con el que se aplica a toda la población. Ministerio de Educación Nacional, Instituto Nacional para Sordos, Instituto Nacional para Ciegos Alineación del examen SABER 11° Lineamientos generales 2014 – 2.


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES

EDUCACIÓN SUPERIOR

EDUCACIÓN NO FORMAL

RECURSOS


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES

 Incentivar el diseño de programas de  Asegurar en todos los niveles y modalidades formación de docentes regulares, para la del servicio público educativo, que todos los inclusión educativa de la diversidad, la exámenes y pruebas desarrollados para flexibilización curricular y en especial, la evaluar y medir la calidad y, cobertura, entre enseñanza a todas las personas con otro discapacidad Ministerio de Educación Nacional Ministerio de Educación Nacional, Instituciones Ley 1618 de 2013 de Educación Superior Lineamientos política de educación superior  Promover la sensibilización y capacitación de inclusiva, Ley 1618 de 2013 los licenciados y maestros en todas las disciplinas y la inclusión del tema de discapacidad en todos los currículos desde un enfoque intersectorial Ministerio de Educación Nacional Ley 1618 de 2013

 Asignar recursos financieros para el diseño y ejecución de programas educativos que utilicen las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones, para garantizar la alfabetización digital de niños, niñas y jóvenes con discapacidad Ministerio de Educación Nacional Ley 1618 de 2013

 Establecer los procedimientos y mecanismos especiales que faciliten a las personas en situación de discapacidad severas y profundas físicas y sensoriales la presentación de exámenes de estado Ministerio de Educación Nacional Ley 361 1997


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

EDUCACIÓN SUPERIOR  Promover y asegurar en las instituciones de educación superior los procesos de selección, admisión y matrícula, así como los incentivos que permitan a la población en condición de discapacidad acceder a su oferta académica en condiciones de igualdad y sin discriminación Ministerio de Educación Nacional Decreto 4800 de 2011, Ley 1618 de 2013

 Coordinar acciones con el ICFES orientadas al ajuste y flexibilización de las pruebas SABER 11 y ECAES SABER PRO adoptando criterios de adaptabilidad y accesibilidad a las personas con discapacidad Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior Lineamientos política de educación superior inclusiva

 Promover la disponibilidad de intérpretes de lengua de señas colombiana, guíasintérpretes en las Instituciones de Educación Superior y el apoyo técnico, visual y didáctico permanente Instituciones de Educación Superior Lineamientos política de educación superior inclusiva

 Fomentar el desarrollo de ambientes virtuales de aprendizaje AVA y objetos virtuales de aprendizaje OVA que contribuyan a la adaptación y flexibilización de la oferta de programas académicos del país Instituciones de Educación Superior Lineamientos política de educación superior inclusiva

 Fomentar la creación de líneas de investigación y semilleros que permitan innovar mecanismos para brindar el servicio educativo a la población con discapacidad Instituciones de Educación Superior Lineamientos política de educación superior inclusiva


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

EDUCACIÓN SUPERIOR  Generar procesos académicos inclusivos caracterizados por la flexibilización para estudiantes con discapacidad Instituciones de Educación Superior Lineamientos política de educación superior inclusiva

 Hacer seguimiento y evaluar las condiciones de acceso, permanencia y graduación de las Personas con Discapacidad Instituciones de Educación Superior Lineamientos política de educación superior inclusiva

 Promover y vigilar las alianzas con instituciones de educación superior para la inclusión de currículos en carreras afines con la educación física, la recreación y el entrenamiento deportivo para las personas con discapacidad en los programas académicos de educación superior Instituciones de Educación Superior Ley 1618 de 2013, Lineamientos para fomentar y desarrollar la inclusión de población con discapacidad física, recreación, actividad física y deporte

 Asegurar que los jóvenes y adultos con discapacidad tengan acceso general a la educación superior, la formación profesional, la educación para adultos, la educación para el trabajo y el aprendizaje Ministerio de Educación Nacional Ley 1618 de 2013

 Diseñar incentivos para que las instituciones de Educación Superior destinen recursos humanos y recursos económicos para desarrollar programas y tecnologías inclusivas, incentivando el uso del Diseño Ministerio de educación Nacional Ley 1618 de 2013


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

EDUCACIÓN SUPERIOR

 Diseñar incentivos para que las instituciones de Educación Superior destinen recursos humanos y recursos económicos para desarrollar programas y tecnologías inclusivas, incentivando el uso del Diseño Universal Instituciones de Educación Superior Ley 1618 de 2013  Garantizar el acceso a la educación y la capacitación en los niveles profesional y técnico para las personas en situación de discapacidad quienes para ello dispondrán de una formación integral dentro del ambiente más apropiado a sus necesidades especiales Ministerio de Educación Nacional Ley 361 de 1997  Promover el respeto por la diversidad, la eliminación de estereotipos, estigmas, practicas de discriminación y prejuicios sobre las personas con discapacidad través de procesos de sensibilización, información y formación de directivos de las instituciones de educación superior y de la comunidad académica en general sobre educación inclusiva, la discapacidad y sus implicaciones Instituciones de Educación Superior Lineamientos política de educación superior inclusiva

 Brindar a las personas con discapacidad el ingreso a una universidad pública y pagarán el valor de matrícula mínimo establecido por la institución de educación superior Ley 1618 de 2013

 Implementar programas de rehabilitación vocacional y profesional. Ley 1346 de 2009

 Realizar la traducción de las pruebas que conforman el examen a lenguaje de señas y con posibilidad de respuesta por computador, que permite mayor comprensión y autonomía a los evaluados Ministerio de Educación Nacional, Instituto Nacional para Sordos, Instituto Nacional para Ciegos Alineación del examen SABER 11° Lineamientos generales 2014 – 2.


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

EDUCACIÓN NO FORMAL  Garantizar los ajustes razonables requeridos para que el aspirante con discapacidad pueda presentar la prueba de ingreso Servicio Nacional de Aprendizaje Resolución 1726 de 2014

 Ajustar las didácticas e instrumentos del diseño y la ejecución curricular, pedagógica y evaluativa que rigen la formación en el Servicio Nacional de Aprendizaje, para facilitar que los aprendices, según las características de su discapacidad, accedan, permanezcan, y culmine la formación según su interés Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Resolución 1726 de 2014

 Realizar adaptaciones necesarias en el currículo, metodología y estratégica de formación, de acuerdo con las características y necesidades de los Aprendices con discapacidad. Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Resolución 1726 de 2014

 Fortalecer progresivamente el bienestar del aprendiz con discapacidad para la apropiación y desarrollo de competencias Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Resolución 1726 de 2014

 Diseñar y ejecutar programas especiales de formación vocacional de intérpretes de la lengua manual colombiana o lengua de señas colombiana. Programas académicos de formación avanzada a nivel de especialización, sobre investigación y estudio de la lengua de señas colombiana.. Decreto 2369 de 1997


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

RECURSOS

 Aplicar progresivamente recursos del presupuesto para vincular recursos humanos, recursos didácticos y pedagógicos apropiados que apoyen la inclusión educativa de personas con discapacidad y la accesibilidad en la prestación del servicio educativo Ministerio de Educación Nacional Ley 1618 de 2013

 Priorizar la asignación de recursos financieros suficientes para ofrecer capacitación continua, presencial y a distancia, de los directivos y docentes de todos los niveles educativos y de otros profesionales vinculados a la temática de la discapacidad Ministerio de Educación Nacional Ley 1618 de 2013

 Facilitar el acceso a créditos educativos y becas a personas en situación de discapacidad Ley 361 de 1997


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES

RECURSOS


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES  Incentivar el diseño de programas de formación de docentes regulares, para la inclusión educativa de la diversidad, la flexibilización curricular y en especial, la enseñanza a todas las personas con discapacidad Ministerio de Educación Nacional, Instituciones de Educación Superior Lineamientos política de educación superior inclusiva, Ley 1618 de 2013

 Asegurar en todos los niveles y modalidades del servicio público educativo, que todos los exámenes y pruebas desarrollados para evaluar y medir la calidad y, cobertura, entre otro Ministerio de Educación Nacional Ley 1618 de 2013

 Promover la sensibilización y capacitación de los licenciados y maestros en todas las disciplinas y la inclusión del tema de discapacidad en todos los currículos desde un enfoque intersectorial Ministerio de Educación Nacional Ley 1618 de 2013

 Asignar recursos financieros para el diseño y ejecución de programas educativos que utilicen las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones, para garantizar la alfabetización digital de niños, niñas y jóvenes con discapacidad Ministerio de Educación Nacional Ley 1618 de 2013

 Establecer los procedimientos y mecanismos especiales que faciliten a las personas en situación de discapacidad severas y profundas físicas y sensoriales la presentación de exámenes de estado Ministerio de Educación Nacional Ley 361 1997


DERECHO A EDUCACIÓN

CURSO DE VIDA

RECURSOS

 Aplicar progresivamente recursos del presupuesto para vincular recursos humanos, recursos didácticos y pedagógicos apropiados que apoyen la inclusión educativa de personas con discapacidad y la accesibilidad en la prestación del servicio educativo Ministerio de Educación Nacional Ley 1618 de 2013

 Priorizar la asignación de recursos financieros suficientes para ofrecer capacitación continua, presencial y a distancia, de los directivos y docentes de todos los niveles educativos y de otros profesionales vinculados a la temática de la discapacidad Ministerio de Educación Nacional Ley 1618 de 2013

 Facilitar el acceso a créditos educativos y becas a personas en situación de discapacidad Ley 361 de 1997


DERECHO A PROTECCIร N SOCIAL

Reconocer el derecho de las personas con discapacidad a la protecciรณn social y a gozar de ese derecho sin discriminaciรณn por motivos de discapacidad, y adoptarรกn las medidas pertinentes para proteger y promoverla

PARA TODOS

CURSO DE VIDA

*Convenciรณn sobre los derechos de las Personas con Discapacidad


DERECHO A PROTECCIÓN SOCIAL

PARA TODOS

GENERALIDADES


DERECHO A PROTECCIÓN SOCIAL

GENERALIDADES

 Generar medidas para garantizar la seguridad y la protección de las personas con discapacidad en situaciones de riesgo, incluidas situaciones de conflicto armado, emergencias humanitarias y desastres naturales. Ley 1346 de 2009

 Acceder a servicios de agua potable; programas de protección social y estrategias de reducción de la pobreza; capacitación, asesoramiento, asistencia financiera y servicios de cuidados; programas de vivienda pública; programas y beneficios de jubilación. Ley 1346 de 2009

 Establecer y/o fortalecer, un programa de apoyo y acompañamiento a las familias de las personas con discapacidad, debidamente articulado con otros programas o estrategias de inclusión, desarrollo social y de superación de la pobreza, incluyendo mecanismos especiales para la inclusión de las personas con discapacidad, así como su seguimiento. Ley 1618 de 2013

 Acceder a los programas y proyectos diseñados por el Gobierno, privilegiando a la población discapacitada desplazada Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas Ley 1448 de 2011, Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas


DERECHO A PROTECCIÓN SOCIAL

GENERALIDADES  Ajustar y establecer programas de apoyo, acompañamiento y formación a las 'familias de las personas con discapacidad, y a las redes de apoyo de las Personas con Discapacidad, en alianza con el SENA y demás entidades competentes para opciones productivas. Servicio Nacional de Aprendizaje Ley 1618 de 2013, CONPES 166 de 2013

 Ampliar la cobertura mediante el subsidio a los grupos de población que, por sus características y condiciones socioeconómicas, no tienen acceso a los sistemas de seguridad social como personas en situacion de discapacidad.  Sector 1 o responsable 1 Ley 797 de 2003

 Beneficiar de la pensión por sobreviviente a los hijos inválidos si dependían económicamente del causante. Para determinar cuándo hay invalidez se aplicará el criterio previsto por el artículo 38 de la Ley 100 de 1993;1 Colpensiones Ley 797 de 2003

 Facilitar el acceso de las personas con discapacidad a la oferta estatal de programas y servicios o a beneficios sociales específicos y promover el acceso a las medidas de protección social. Ministerio de Salud y protección Social Lineamientos Nacionales de Rehabilitación Basada en Comunidad


DERECHO A PROTECCIÓN SOCIAL

CURSO DE VIDA

NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 6 AÑOS

JOVENES Y ADULTOS

NIÑOS Y NIÑAS Y ADOLESCENTES

ADULTO MAYOR


DERECHO A PROTECCIÓN SOCIAL

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES


DERECHO A PROTECCIÓN SOCIAL

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES  Garantizar los cuidados que requiere el niño o la niña conforme a las características de su edad.Sector 1 o Ruta Integral de Atención a la Primera Infancia.

 Incluir a la población con discapacidad en los servicios, sociales, institucionales y comunitarios. Ruta Integral de Atención a la Primera Infancia

 Ofrecer atención integral y promover el desarrollo en la Primera Infancia. CONPES 109 de 2007

 Mejorar la calidad de atención en la Primera Infancia CONPES 109 de 2007

 Fomentar la participación en la Primera Infancia. CONPES 109 de 2007

 Promover la comunicación y movilización por la Primera Infancia. CONPES 109 de 2007


DERECHO A PROTECCIÓN SOCIAL

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES


DERECHO A PROTECCIÓN SOCIAL

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES

 Beneficiar de la pensión por sobreviviente a los hijos inválidos si dependían económicamente del causante. Para determinar cuándo hay invalidez se aplicará el criterio previsto por el artículo 38 de la Ley 100 de 1993. Colpensiones Ley 797 de 2003

 Desarrollar estrategias que protejan a los niños, las niñas y los adolescentes con discapacidad contra cualquier acto que amenace o vulnere su vida, su dignidad y su integridad. Lineamiento técnico para garantizar los derechos a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad

 Proteger a los niños, las niñas y los adolescentes con discapacidad de todo acto o conducta que implique maltrato físico, psicológico y de cualquier forma de abuso o explotación. Lineamiento técnico para garantizar los derechos a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad


DERECHO A PROTECCIÓN SOCIAL

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES


DERECHO A PROTECCIÓN SOCIAL

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES  Tener claridad que las cotizaciones a pensión voluntarias no harán parte del para financiar las pensiones de invalidez y de sobrevivientes por muerte de un afiliado, salvo que ello se requiera para financiar la pensión mínima, o que así lo disponga el afiliado o los beneficiarios para el caso de la pensión de sobrevivientes. Decreto 1889 de 1994

 Tener derecho a la pensión de invalidez que por cualquier causa de origen no profesional, no provocada intencionalmente, hubiere perdido el 50 % o más de su capacidad laboral. Ley 100 de 1993

 Determinar que si no hubiese cónyuge, compañero permanente, hijos o padres con derecho en el régimen de prima media con prestación definida y en el sistema general de riesgos profesionales, la pensión corresponderá a los hermanos inválidos con derecho por partes iguales. Decreto 1889 de 1994

 Establecer que el monto mensual de la pensión de invalidez será equivalente a el 54 % del ingreso base de liquidación, más el 2 % de dicho ingreso por cada 50 semanas de cotización que el afiliado tuviese acreditadas con posterioridad a las primeras 800 semanas de cotización, cuando la disminución en su capacidad laboral es igual o superior al 66 Ley 100 de 1993

 Considerar que si al revisar el estado de invalidez, se determina la cesación o la disminución del grado de invalidez, se extinguirá el derecho a la pensión o se disminuirá el monto de la misma, según el caso. Decreto 1889 de 1994


DERECHO A PROTECCIÓN SOCIAL

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES


DERECHO A PROTECCIÓN SOCIAL

CURSO DE VIDA

GENERALIDADES

 Tener claridad que las cotizaciones a pensión voluntarias no harán parte del para financiar las pensiones de invalidez y de sobrevivientes por muerte de un afiliado, salvo que ello se requiera para financiar la pensión mínima, o que así lo disponga el afiliado o los beneficiarios para el caso de la pensión de sobrevivientes Decreto 1889 de 1994

 Determinar que si no hubiese cónyuge, compañero permanente, hijos o padres con derecho en el régimen de prima media con prestación definida y en el sistema general de riesgos profesionales, la pensión corresponderá a los hermanos inválidos con derecho por partes iguales. Decreto 1889 de 1994

 Tener derecho a la pensión de invalidez que por cualquier causa de origen no profesional, no provocada intencionalmente, hubiere perdido el 50 % o más de su capacidad laboral. Ley 100 de 1993

 Establecer que el monto mensual de la pensión de invalidez será equivalente a el 54 % del ingreso base de liquidación, más el 2 % de dicho ingreso por cada 50 semanas de cotización que el afiliado tuviese acreditadas con posterioridad a las primeras 800 semanas de cotización, cuando la disminución en su capacidad laboral es igual o superior al 66 %... Ley 100 de 1993

 Establecer que el monto mensual de la pensión de invalidez será equivalente el 45 % del ingreso base de liquidación, más el 1.5 % de dicho ingreso por cada 50 semanas de cotización que el afiliado tuviese acreditadas con posterioridad a las primeras 500 semanas de cotización, cuando la disminución en su capacidad laboral sea igual o superior al 50 % e inferior al 66 %. Ley 100 de 1993


DERECHO A PROTECCIÓN SOCIAL

GENERALIDADES  Acceder a beneficios de pensión de la Subcuenta de Solidaridad dirigida a trabajadores asalariados o independientes del sector rural y urbano que carezcan de suficientes recursos para efectuar la totalidad del aporte, tales como los discapacitados físicos, psíquicos y sensoriales. Ministerio de Salud y Protección Social Decreto 3771 de 2007

 Ofrecer acceso prioritario al programa adulto mayor por ser una persona con discapacidad que implique que el beneficiario no pueda valerse por sí mismo y requiera de un tercero para su cuidado, (debe certificarse por el médico de la EPS – de acuerdo con el régimen que le sea aplicable al beneficiario o por el médico de la IPS. El consorcio Colombia Mayor Programa Adulto Mayor

 Recibir subsidio programa adulto a través de un apoderado, o las personas adultos mayores que hayan sido declarados interdictos judicialmente y que sean beneficiarios del programa, serán representados por la persona que haya sido designada por el juez. El consorcio Colombia Mayor Programa Adulto Mayor  Crear, fortalecer y ajustar los centros vida o centros día de acuerdo con las necesidades y orientarse a promover el envejecimiento activo y a reducir la carga de la enfermedad. Ministerio de Salud y protección social Resolución 1841 de 2013

 Realizar y aplicar procedimientos, protocolos y adecuación de la infraestructura física, técnica y administrativa, orientada a brindar una atención integral durante el día a las personas mayores, manteniendo su red familiar, con énfasis en aquellas personas mayores en situación de discapacidad Ministerio de Salud y protección social Resolución 1841 de 2013 .


DERECHO A TRABAJO

Reconocen el derecho de las personas con discapacidad a trabajar, en igualdad de condiciones con las dem谩s

POR CURSO DE VIDA

*Convenci贸n sobre los derechos de las Personas con Discapacidad


DERECHO A TRABAJO

CURSO DE VIDA

Jテ天ENES Y ADULTOS


DERECHO A TRABAJO

GENERALIDADES

EMPLEO PROPIO

EMPLEO ASALARIADO

SERVICIOS FINANCIEROS


DERECHO A TRABAJO

GENERALIDADES  Garantizar el derecho de las personas con discapacidad a trabajar, en igualdad de condiciones, ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido o aceptado en un mercado y un entorno laborales que sean abiertos, inclusivos y accesibles Ley 1346 de 2009, Lineamientos Nacionales de Rehabilitación Basada en Comunidad

 Prohibir la esclavitud y brindar protección a personas con discapacidad Ley 1346 de 2009

 Trabajar con los programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano para asegurar que las personas con discapacidad tengan acceso a las oportunidades educativas adecuadas a su necesidades e intereses en ambientes inclusivos Lineamientos Nacionales de Rehabilitación Basada en Comunidad

 Tener prelación los empleadores que vinculen laboralmente personas en situación de discapacidad en el otorgamiento de créditos, siempre y cuando estos se orienten al desarrollo de planes y programas que impliquen la participación activa y permanente de personas en situación de discapacidad Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación Ley 361 de 1997, Ley 1618 de 2013

 Fijar las tasas arancelarias a la importación de maquinaria y equipo especialmente adoptados o destinados al manejo de personas en situación de discapacidad en ambientes laborales Ley 361 de 1997


DERECHO A TRABAJO

GENERALIDADES  Establecer líneas de orientación laboral que permita relacionar las capacidades del beneficiario y su adecuación con la demanda laboral Servicios de Información para el Empleo, Servicio Nacional de Aprendizaje Ley 361 de 1997, Discapacidad e integración socio laboral en Colombia, Guía metodológica para la implementación del modelo

 Promover la inclusión laboral de población con discapacidad mediante el teletrabajo a través del acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones para el contacto entre el trabajador y la empresa Ministerio de trabajo Ley 1221 de 2008, Decreto 0884 de 2012, Ley 1429 de 2010

 Permitir y acompañar el ingreso laboral de todas las personas con discapacidad apoyado de convenios colectivos o ámbitos empresariales , en ningún caso la discapacidad de una persona, podrá ser motivo para obstaculizar una vinculación laboral, Ministerio de trabajo Socios financiadores, Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia - APC, Servicio Nacional de Aprendizaje Ley 361 de 1997, Discapacidad e integración socio laboral en Colombia, Guía metodológica para la implementación del modelo, CONPES 166 de 2013, Decreto 19 de 2012, Programa empresarial de promoción laboral para Personas con Discapacidad

 Subsidiar los aportes al Régimen General de Pensiones a discapacitado*s físicos, psíquicos y sensoriales a través del fondo de solidaridad pensional Ley 100 de 1993


DERECHO A TRABAJO

GENERALIDADES  Desarrollar programas y proyectos que busquen consolidar el impacto de la Política Institucional para Atención de las Personas con discapacidad, promoviendo la vinculación de Aprendices con discapacidad a partir de la etapa lectiva. Servicio Nacional de Aprendizaje Resolución 1726 de 2014

 Apoyar al egresado con discapacidad para su inclusión laboral, a través del proceso de orientación ocupacional e intermediación laboral Servicio Nacional de Aprendizaje Resolución 1726 de 2014

 Garantizar el acceso a través de los 115 centros de formación y beneficiar a las Personas con discapacidad mediante estrategias de promoción direccionadas hacia el sector empresarial. Agencia pública de empleo Resolución 1726 de 2014, Discapacidad e integración socio laboral en Colombia, Guía metodológica para la implementación del modelo

 Gestionar progresivamente con las mesas sectoriales, la elaboración de Normas de Competencia Laboral para las personas que atenderán población con discapacidad en procesos de Formación Profesional o Evaluación y Certificación por Competencias Laborales. Servicio Nacional de Aprendizaje Resolución 1726 de 2014, Política Publica Nacional de Discapacidad e inclusión social 2013 – 2022, Ley 16168 de 2013

 Diseñar e implementar servicios de asesoría técnica y acompañamiento a las empresas que adelanten procesos de inclusión laboral para Personas con discapacidad. Servicio Nacional de Aprendizaje Resolución 1726 de 2014


DERECHO A TRABAJO

GENERALIDADES  Realizar ajustes razonables de acuerdo con  Generar estrategias de coordinación intra e las necesidades de la población con interinstitucional para la atención de los discapacidad, con el fin de fomentar su Aprendices con Discapacidad. participación en las convocatorias del Fondo Servicio Nacional de Aprendizaje Emprender y las Unidades de Resolución 1726 de 2014 Emprendimiento. Servicio Nacional de Aprendizaje Resolución 1726 de 2014, Política Publica Nacional de Discapacidad e inclusión social 2013 - 2022  Formar y capacitar a las personas con discapacidad en el lugar donde se desarrolla el trabajo a cargo de diferentes entidades. Servicio Nacional de Aprendizaje, Ministerio de Trabajo Discapacidad e integración socio laboral en Colombia, Guía metodológica para la implementación del modelo, Ley 1618 de 2013, Ley 1346 de 2009  Mantener al trabajador en el puesto mediante un seguimiento sistemático de su actividad laboral, identificando las posibilidades de trabajo de las personas con discapacidad Socios financiadores: FOMIN - Banco Interamericano de Desarrollo, Fundación Corona, Fundación Saldarriaga Concha, Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia - APC, Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Discapacidad e integración socio laboral en Colombia, Guía metodológica para la implementación del modelo, Programa empresarial de promoción laboral para Personas con Discapacidad

 Garantizar el aseguramiento al sistema de seguridad social de la población con discapacidad durante vinculación laboral Discapacidad e integración socio laboral en Colombia, Guía metodológica para la implementación del modelo


DERECHO A TRABAJO

GENERALIDADES  Utilizar los medios de comunicación masivos y alternativos, para sensibilizar a los empresarios, organizaciones de trabajadores y sociedad civil, sobre la capacidad laboral y social de las personas con discapacidad.. Discapacidad e integración socio laboral en Colombia, Guía metodológica para la implementación del modelo

 Optar para acceder a un cargo público, si hay empate entre una persona con discapacidad y una persona sin discapacidad, en un concurso, se preferirá a la persona con discapacidad. Constitución Política de 1991, Ley 361 de 1997, Ley 1346 de 2009, Ley 909 de 2004

 Definir medidas para la inclusión laboral de las personas con discapacidad Ministerio de Trabajo Conpes 166 de 2013, Política Publica Nacional de Discapacidad e inclusión social 2013 – 2022, Ley 1618 de 2013

 Definir los mecanismos para el acompañamiento en la fase inicial de inserción laboral y para el acceso a la formación para el trabajo de jóvenes adultos Política Publica Nacional de Discapacidad e inclusión social 2013 – 2023, Ley 1346 de 2009

 Establecer una puntuación adicional en los procesos de licitación pública, concurso de méritos y contratación directa, para las empresas que en su planta de personal tengan personas con discapacidad Ley 1618 de 2013


DERECHO A TRABAJO

GENERALIDADES  Garantizar asesoría y acompañamiento a empresarios que deseen contratar personas con discapacidad. Servicio Nacional de Aprendizaje Ley 1618 de 2013

 Definir en los procesos de selección de los contratistas y proveedores, un sistema de preferencias a favor de las personas con discapacidad. Ley 1618 de 2013

 Contemplar los criterios técnicos de evaluación para calificar la imposibilidad que tenga el afectado para desempeñar su trabajo por pérdida de su capacidad laboral. Decreto 19 de 2012

 Fortalecer Servicio Nacional de Empleo en cada regional para garantizar el beneficio a personas con discapacidad mediante estrategias de promoción direccionadas hacia el sector empresarial. Servicio Nacional de Aprendizaje Ley 1618 de 2013

 Acceder al descuento en el Impuesto sobre la renta y complementarios de los aportes parafiscales y otras contribuciones de nómina para los empleadores que contraten personas en condición de discapacidad. (Debidamente certificados). Ley 1429 de 2010

 Participar en procesos de evaluación ocupacional para el acceso al Programa empresarial de promoción laboral para Personas con Discapacidad y garantizar al empresario sus conocimientos y habilidades. Socios financiadores: FOMIN - Banco Interamericano de Desarrollo Programa empresarial de promoción laboral para Personas con Discapacidad


DERECHO A TRABAJO

GENERALIDADES  Construir diagnósticos por empresa que permitan identificar y analizar las condiciones favorables y las posibles barreras que en cada una podrían facilitar y/o dificultar la inclusión laboral de las Personas con discapacidad Socios financiadores: FOMIN - Banco Interamericano de Desarrollo Programa empresarial de promoción laboral para Personas con Discapacidad

 Acceder al programa empresarial de promoción laboral para Personas con Discapacidad teniendo como requisito que haya culminado su proceso de rehabilitación funcional y sean independientes en el transporte y en sus actividades de autocuidado. Socios financiadores: FOMIN - Banco Interamericano de Desarrollo Programa empresarial de promoción laboral para Personas con Discapacidad  Adoptar medidas tendientes a garantizar, en igualdad de oportunidades, las condiciones de acceso al servicio público, en empleos de carrera administrativa, a aquellos ciudadanos que posean discapacidades físicas, auditivas o visuales, con el fin de proporcionarles un trabajo acorde con su condición. Ley 909 de 2004,Ley 1346 de 2009

 Evaluar y calificar las funciones, condiciones y necesidades de los puestos de trabajo ofrecidos por las empresas, en los cuales se incorpora el trabajador con discapacidad, así como de las competencias requeridas para cada cargo .. Socios financiadores: FOMIN - Banco Interamericano de Desarrollo Programa empresarial de promoción laboral para Personas con Discapacidad  Establecer mecanismos de creación y fomento que favorezcan la formalización del empleo de las personas con discapacidad, así como programas de aseguramiento en riesgos laborales y no laborales Ministerio de Trabajo Ley 1618 de 2013, Ley 361 de 1997

 Desarrollar planes y programas de inclusión laboral y generación de ingresos flexibles para las personas que por su discapacidad severa o discapacidad múltiple, no puedan ser fácilmente incluidos por el mercado laboral, o vinculados en sistemas de producción rentables o empleos regulares Ministerio de Trabajo Ley 1618 de 2013


DERECHO A TRABAJO

EMPLEO PROPIO

 Establecer mecanismos de creación y fomento que favorezcan la formalización del empleo de las personas con discapacidad, así como programas de aseguramiento en riesgos laborales y no laborales Ministerio de Trabajo Ley 1618 de 2013, Ley 361 de 1997

 Generar alianzas de carácter interinstitucional que faciliten procesos de articulación en beneficio de las Personas con discapacidad y fortalezcan la sensibilización para el emprendedor, la elaboración del plan de negocio, la creación y puesta en marcha de emprendimientos, y el fortalecimiento a las empresas Servicio Nacional de Aprendizaje Resolución 1726 de 2014, Política Publica Nacional de Discapacidad e inclusión social 2013 – 2022, Ley 1346 de 2009

 Fomentar y acompañar a los emprendedores con discapacidad en el desarrollo y consolidación de las unidades productivas para aquellos casos en que los solicitantes sean personas con discapacidad y/o sus familias, con una baja tasa de interés, apoyo con tecnologías de la información y la comunicación Servicio Nacional de Aprendizaje Resolución 1726 de 2014, CONPES 166 de 2013, Política Publica Nacional de Discapacidad e inclusión social 2013 – 2022, Ley 1618 de 2013

 Propender por el trabajo por cuenta propia ayudando a las personas con discapacidad y sus familias; sea individualmente o en grupos, para tener acceso al desarrollo de destrezas y a los recursos financieros y materiales Lineamientos Nacionales de Rehabilitación Basada en Comunidad


DERECHO A TRABAJO

EMPLEO ASALARIADO

 Realizar acciones de promoción de los cursos de formación del Servicio Nacional de Aprendizaje entre la población en situación de discapacidad Servicio Nacional de Aprendizaje Ley 361 de 1997

 Permitir el acceso en igualdad de condiciones de población en situación de discapacidad previa valoración de sus potencialidades a los diferentes programas de formación del Servicio Nacional de Aprendizaje Servicio Nacional de Aprendizaje Ley 361 de 1997

 Fomentar proyectos productivos mediante la creación de programas dirigidos específicamente a brindarles oportunidades laborales para personas con enanismo Ministerio de Trabajo Ley 1275 de 2009


DERECHO A TRABAJO

SERVICIOS FINANCIEROS

 Otorgar línea de crédito para empresas con personas con discapacidad con monto hasta de 500 millones de pesos con intereses bajos para las empresas en que sean titulares las personas con discapacidad en el 20%. BANCOLDEX Circular 005 de 2013 Bancoldex,,Ley 1618 de 2013

 Identificar, facilitar y promover el acceso de las personas con discapacidad a los servicios financieros Basada en ComunidadLineamientos Nacionales de Rehabilitación


DERECHO A ACCESO Y ACCESIBILIDAD

Asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas de tecnologías

PARA TODOS

POR CURSO DE VIDA

*Convención sobre los derechos de las Personas con Discapacidad


DERECHO A ACCESO Y ACCESIBILIDAD

GENERALIDADES

ACCESIBILIDAD ARQUITECTONICA

MOVILIZACIÓN

SEÑALIZACIÓN


DERECHO A ACCESO Y ACCESIBILIDAD

GENERALIDADES

 Mantener ordenadas las distintas superficies de trabajo y/o las áreas donde sea preciso que las personas con discapacidad cognitiva desarrollen algún tipo de actividad. Coloque los materiales según el orden y/o frecuencia de uso y si es posible al alcance de la mano Entidades públicas Guía para Entidades Públicas Servicio y Atención Incluyente

 Desarrollar funciones, competencias, objetos sociales, y en general, todas las actividades, siguiendo los postulados del diseño universal, de manera que no se excluya o limite el acceso en condiciones de igualdad, en todo o en parte, a ninguna persona en razón de su discapacidad., haciendo los ajustes razonables correspondientes. Entidades públicas y privadas encargadas de servicios públicos Ley 1618 de 2013

 Permitir el ingreso de perros guías o de apoyo, especialmente para las personas ciegas y sordociegas, así como el ingreso de familiares o cuidadores, cuando lo requieran.. Entidades públicas Guía para Entidades Públicas Servicio y Atención Incluyente


DERECHO A ACCESO Y ACCESIBILIDAD

ACCESIBILIDAD ARQUITECTONICA  Proporcionar las dimensiones mínimas y las características funcionales y constructivas que deben cumplir los pasillos y corredores en los edificios y espacios urbanos y rurales. Norma Técnica Colombiana 4140

 Promover el Diseño Universal en la elaboración de políticas, planes, programas y proyectos: El ancho y el peso de las puertas, El acceso a los baños, La inclinación de las rampas, Los posibles obstáculos que se puedan encontrar en los lugares de circulación , Los mostradores y ventanillas deben considerar el concepto de diseño universal Entidades Públicas Guía para Entidades Públicas Servicio y Atención Incluyente

 Proporcionar las dimensiones mínimas y las características generales que deben cumplir las rampas para los niveles de accesibilidad adecuado y básico, que se construyan en las edificaciones y los espacios urbanos para facilitar el acceso a las personas. Norma Técnica Colombiana 4143

 Verificar el cumplimiento de las normas de accesibilidad dispuestas para los espacios físicos, donde se desarrollan acciones de actividad física, educación física, deporte social y comunitario, recreación y cultura. Las entidades del orden nacional, departamental, distrital y local Lineamientos para fomentar y desarrollar la inclusión de población con discapacidad física, recreación, actividad física y deporte - Ley 1618 de 2013

 Proporcionar las dimensiones mínimas y las características generales que deben cumplir las escaleras principales en los edificios, advirtiendo que no se constituyen en un elemento idóneo para el logro de la accesibilidad plena. Norma Técnica Colombiana 4145

 Realizar los ajustes requeridos para que las oficinas de atención al público cumplan con las normas mínimas de accesibilidad estipuladas en el Decreto 1538 de 2004. Entidades Públicas Guía para Entidades Públicas Servicio y Atención Incluyente


DERECHO A ACCESO Y ACCESIBILIDAD

ACCESIBILIDAD ARQUITECTONICA

 Adecuar condiciones de acceso en edificaciones en cuanto a rampas fijas, ascensores, pasillos o corredores, parqueaderos, equipamientos, bordillos, agarraderas. Decreto 1538 de 2005

 Tener en cuenta los parámetros de alcance, accionamiento y agarre definidos por las Normas técnicas colombianas. Entidades Públicas Guía para Entidades Públicas Servicio y Atención Incluyente

 Acceder a al menos a un servicio sanitario accesible a su condición, en las edificaciones de uso público. Decreto 1538 de 2005

 Dar efectivo cumplimiento a la normativa sobre accesibilidad en la construcción o adecuación de las obras que se ejecuten sobre el espacio público y privado, baños accesibles, entidades de manera prioritaria a las personas con discapacidad. Entidades del orden nacional, departamental, distrital y local Ley 1618 de 2013

 Garantizar el acceso a los edificios, a un espacio o a un servicio, donde se pueda mover en su interior; para ello es pertinente tener presente las dimensiones básicas como altura, ancho y la disposición del mobiliario, ya que estas inciden directamente en la posibilidad de circular en un entorno. Entidades Públicas Guía para Entidades Públicas Servicio y Atención Incluyente

 Adecuar los campus o instalaciones educativas para garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad. Entidades de Educación Superior Ley 1618 de 2013


DERECHO A ACCESO Y ACCESIBILIDAD

ACCESIBILIDAD ARQUITECTONICA

 Adecuar los teatros, auditorios, cines y espacios culturales destinados para eventos públicos y sus instalaciones para garantizar la accesibilidad de las Personas con Discapacidad. Entidades del orden nacional, departamental, distrital y local Ley 1618 de 2013

 Diseñar las puertas principales de acceso a toda construcción, sea esta pública o privada, de tal manera que al abrirlas hacia el exterior o en ambos sentidos, deberán así mismo contar con manijas automáticas al empujar. Decreto 1538 de 2005

 Tener en cuenta que las puertas de vidrio siempre llevarán franjas anaranjadas o blanco-fluorescente a la altura indicada Decreto 1538 de 2005

 Diseñar los andenes ya que deben ser continuos y a nivel, sin generar obstáculos con los predios colindantes y deben ser tratados con materiales duros y antideslizantes en seco y en mojado para permitir la continuidad entre los andenes y/o senderos peatonales se dispondrán los elementos necesarios que superen los cambios de nivel en los cruces de calzadas, ciclo rutas y otros. En estos casos se utilizarán vados, rampas, senderos escalonados, puentes y túneles. Decreto 1538 de 2005

 Contar con protección los espejos de agua, estanques, depresiones y otros componentes del ambiente y del paisaje que impliquen un cambio entre el sendero peatonal y el entorno, que garanticen la seguridad de las personas.. Decreto 1538 de 2005


DERECHO A ACCESO Y ACCESIBILIDAD

ACCESIBILIDAD ARQUITECTONICA

 Construir y adecuar el amueblamiento público urbano como edificios, transporte, vías, parques, centros comerciales, teatros, teléfonos, centros educativos y similares, para facilitar el desplazamiento y el fácil acceso de las personas que presentan enanismo. Ministerio de Salud y Protección Social Ley 1275 de 2009

 Asegurar que todos los servicios de baños públicos sean accesibles para las personas con discapacidad, incluyendo los escenarios Entidades del orden nacional, departamental, distrital y local Ley 1618 de 2013 - ley 181 de 1995

 Incluir facilidades físicas de acceso para discapacitados en sillas de ruedas en las construcciones de instalaciones y escenarios deportivos. Ley 181 de 1995

 Tener en cuenta la ubicación de los dispositivos electrónicos para acceder a ellos , para ello el mobiliario, las conexiones y la altura de los mismos deben estar de acuerdo a la altura de las personas con discapacidad. Entidades Públicas Guía para Entidades Públicas Servicio y Atención Incluyente

 Garantizar que las salas, cafeterías, baños y demás espacios por los que pueden transitar personas en condición de discapacidad sean accesibles, que haya asientos disponibles y ergonómicos para aquellos que posean algún tipo de limitación y que existen procedimientos alternativos cuando Los ordinarios no son accesibles. Entidades Públicas Guía práctica de atención para las personas con discapacidad


DERECHO A ACCESO Y ACCESIBILIDAD

MOVILIZACIÓN

 Establecer las dimensiones mínimas y las características funcionales y de construcción que deben cumplir los cruces peatonales a nivel y los puentes peatonales no adosados a puentes vehiculares y pasos subterráneos. Norma Técnica Colombiana 4774

 Propender que las entidades que fabrican ayudas para la movilidad tengan en cuenta todos los aspectos de accesibilidad de las personas con discapacidad, Capacitando a personal en habilidades relacionadas con la movilidad. Ley 1346 de 2009

 Facilitar la circulación de las personas en situación de discapacidad en todos los aspectos viales y/o medio de transporte masivo, incluidos los puentes peatonales, túneles o estaciones, planeando e instalando rampas o elevadores con acabados de material antideslizante que permitan movilizarse de un lugar a otro y deberán contar con la señalización respectiva. Ley 361 de 1997

 Iniciar las rampas de acceso a los sótanos de las edificaciones a partir del paramento de construcción y en ningún caso sobre la franja de circulación peatonal del andén. Decreto 1538 de 2005

 Acceder libremente para poder disfrutar de cualquier espacio, este acceso esta condicionado generalmente por una puerta y en caso de no existir una, el acceso debe estar libre de cualquier barrera u obstáculo para que la circulación fluya. Entidades Públicas Guía para Entidades Públicas Servicio y Atención Incluyente

 Considerar que el mobiliario se debe localizar única y exclusivamente en la franja de amoblamiento, garantizando que la franja de circulación peatonal permanezca libre y continua. Decreto 1538 de 2005


DERECHO A ACCESO Y ACCESIBILIDAD

MOVILIZACIÓN

 Contar con un sistema de acceso de rampas los puentes peatonales. Si en el espacio en el que está prevista la construcción de un puente peatonal no se puede desarrollar las soluciones de acceso peatonal mediante rampas, se deberá instalar un sistema alterno eficiente que cumpla la misma función. Decreto 1538 de 2005

 Permitir el acceso de perros guía, sillas de ruedas, bastones y demás elementos o ayudas necesarias, por parte de las personas que presenten dificultad o limitación para su movilidad y desplazamiento. Decreto 1538 de 2005

 Considerar que los puentes peatonales deberán contar con un bordillo contenedor a lo largo de toda su extensión para prevenir que las ruedas de los coches, sillas de ruedas, entre otras, se salgan de los límites de éste. Además, deben contar con elementos de protección como barandas y pasamanos que garanticen la circulación segura de los usuarios Decreto 1538 de 2005

 Considerar que cuando el diseño contemple ascensores, el ancho de los mismos debe garantizar el libre acceso y maniobrabilidad de las personas con movilidad reducida y/o en sillas de ruedas. Decreto 1538 de 2005

 Establecer el pavimento y las superficies de los cruces a desnivel deben ser antideslizantes en seco y en mojado Decreto 1538 de 2005

 Proveer formas de asistencia humana o animal e intermediarios, tecnologías de apoyo, dispositivos técnicos y ayudas para la movilidad de calidad. Ley 1346 de 2009


DERECHO A ACCESO Y ACCESIBILIDAD

MOVILIZACIÓN  Considerar en el diseño, construcción o adecuación de zonas de parqueo para las personas con movilidad reducida en espacio público o edificación teniendo en cuenta que se ubicarán frente al acceso de las edificaciones o lo más cercano a ellas y contiguos a senderos o rutas peatonales, y las diferencias de nivel existentes entre los puestos de estacionamiento accesibles y los senderos o rutas peatonales, serán resueltas mediante la construcción de vados o rampas, a fin de facilitar la circulación autónoma de las personas con movilidad reducida Decreto 1538 de 2005 - Ley 1287 de 2009

 Tener en cuenta en espacios cerrados tales como habitaciones, vestíbulos, pasillos, balcones, consultorios, las necesidades dimensionales para maniobrar sillas de ruedas, muletas, bastones y bastones blancos Entidades Territoriales Recomendaciones para la accesibilidad de poblaciones con limitación visual, sorda y sordociega

 Disponer de sistemas de guías e información para las personas invidentes o con visión disminuida que facilite y agilice su desplazamiento seguro y efectivo. Decreto 1538 de 2005

 Considerar que en los pasillos de circulación y el uso en áreas de atención sean suficientemente amplios para permitir a una persona con limitación física o usuaria de silla de rueda moverse entre ellos Entidades Públicas Guía para Entidades Públicas Servicio y Atención Incluyente

 Evitar cambiar o modificar la disposición del mobiliario y en lo posible mantenerla fija para que la persona con discapacidad visual sepa a donde dirigirse, en caso de modificarse ha de avisarse con antelación. Entidades Públicas Guía para Entidades Públicas Servicio y Atención Incluyente


DERECHO A ACCESO Y ACCESIBILIDAD

SEÑALIZACIÓN

 Fomentar mediante paneles de información, señalización visual y auditiva e incluso en la construcción de un manual de buenas prácticas para la atención. Entidades Públicas Guía práctica de atención para las personas con discapacidad

 Instalar el símbolo gráfico de accesibilidad de que trata la Norma Técnica ICONTEC NTC - 4139 “Accesibilidad de las personas al medio físico. Símbolo Gráfico. Características Generales”, de forma obligatoria en los espacios públicos y edificios de uso público, donde se cumplan las condiciones de accesibilidad previstas en el presente. Decreto 1538 de 2005

 Fomentar mediante paneles de información, señalización visual y auditiva e incluso en la construcción de un manual de buenas prácticas para la atención. Entidades Públicas Guía práctica de atención para las personas con discapacidad

 Fomentar mediante paneles de información, señalización visual y auditiva e incluso en la construcción de un manual de buenas prácticas para la atención. Entidades Públicas Guía práctica de atención para las personas con discapacidad


DERECHO A ACCESO Y ACCESIBILIDAD

SEÑALIZACIÓN

 Fomentar mediante paneles de información, señalización visual y auditiva e incluso en la construcción de un manual de buenas prácticas para la atención. Entidades Públicas Guía práctica de atención para las personas con discapacidad

 Instalar el símbolo gráfico de accesibilidad de que trata la Norma Técnica ICONTEC NTC - 4139 “Accesibilidad de las personas al medio físico. Símbolo Gráfico. Características Generales”, de forma obligatoria en los espacios públicos y edificios de uso público, donde se cumplan las condiciones de accesibilidad previstas en el presente. Decreto 1538 de 2005

 Fomentar mediante paneles de información, señalización visual y auditiva e incluso en la construcción de un manual de buenas prácticas para la atención. Entidades Públicas Guía práctica de atención para las personas con discapacidad

 Fomentar mediante paneles de información, señalización visual y auditiva e incluso en la construcción de un manual de buenas prácticas para la atención. Entidades Públicas Guía práctica de atención para las personas con discapacidad


DERECHO A ACCESO Y ACCESIBILIDAD

SEÑALIZACIÓN

 Comprobar que las alarmas y dispositivos de seguridad estén disponibles en forma tanto visual como auditiva, por ejemplo, que sea claramente audible y distinguible de otros sonidos y esté disponible también de forma visual. Entidades Públicas Guía práctica de atención para las personas con discapacidad  Proveer señalización debe ser acústica, visual y táctil y estar ubicada a la entrada de las instalaciones en un lugar fácilmente identificable y accesible.. Especificaciones Técnicas para la Atención Especial y Preferentes de Personas en Situación de Discapacidad, Niños, Niñas, Adolecentes, Mujeres Gestantes, Adultos Mayores y en General de Personas en Estado de Indefensión o de Debilidad Manifiesta  Contar con señalización de accesibilidad que informa las condiciones de accesibilidad del inmueble, advirtiendo la reserva o prioridad de acceso. Recomendaciones para la accesibilidad de poblaciones con limitación visual, sorda y sordociega

 Contar con señalización acústica adecuada a una gama audible, cómoda, distinguible e interpretable de frecuencias e intensidades. Recomendaciones para la accesibilidad de poblaciones con limitación visual, sorda y sordociega

 Contar con señalización táctil fijada sobre el suelo, barandillas, rodapiés, ventanillas y paneles de información y atención. Esta información se proporcionará mediante texturas rugosas, en pavimentos. Recomendaciones para la accesibilidad de poblaciones con limitación visual, sorda y sordociega  Disponer con señalización de seguridad que tenga como objetivo llamar la atención de forma rápida e inteligible sobre los objetivos y situaciones de peligro y adoptar junto a la señalización las medidas de protección requeridas. Recomendaciones para la accesibilidad de poblaciones con limitación visual, sorda y sordociega


DERECHO A ACCESO Y ACCESIBILIDAD

SEÑALIZACIÓN

 Comprobar que las alarmas y dispositivos de seguridad estén disponibles en forma tanto visual como auditiva, por ejemplo, que sea claramente audible y distinguible de otros sonidos y esté disponible también de forma visual. Recomendaciones para la accesibilidad de poblaciones con limitación visual, sorda y sordociega

 Disponer de paneles de información visual y táctil y señalización pertinente de entradas, salidas, baños, gradas, zonas de descanso etc, a través de: Señales de tránsito audibles, mediante la emisión de pitidos, próximas a lugares de acceso. Recomendaciones para la accesibilidad de poblaciones con limitación visual, sorda y sordociega

 Disponer de semáforos eléctricos de señales luminosas que tengan un botón para activar una señal sonora a lado y lado de la zona de cruce peatonal. El botón estará situado a 1,05 metros del piso. Recomendaciones para la accesibilidad de poblaciones con limitación visual, sorda y sordociega

 Disponer de señales vibro-táctiles senderos señalizados con carteles en braille y alto contraste para personas con residuos visuales. Recomendaciones para la accesibilidad de poblaciones con limitación visual, sorda y sordociega


DERECHO A ACCESO Y ACCESIBILIDAD

CURSO DE VIDA

NIÑOS Y NIÑAS Y ADOLESCENTES

JÓVENES Y ADULTOS

ADULTO MAYOR


DERECHO A ACCESO Y ACCESIBILIDAD

MOVILIZACIÓN


DERECHO A ACCESO Y ACCESIBILIDAD

MOVILIZACIÓN

 Brindar a los niños y niñas con discapacidad visual bastón hasta los 12 o 13 años cuando realmente requieren movilizarse solos por espacios desconocidos. Antes de esta edad no solo no están preparados para usarlo, sino que el bastón puede constituirse en un arma potencialmente peligrosa. Orientaciones pedagógicas para la atención y la promoción de la inclusión de niñas y niños menores de seis años con Discapacidad visual

CURSO DE VIDA


DERECHO A ACCESO Y ACCESIBILIDAD

ACCESIBILIDAD ARQUITECTONICA


DERECHO A ACCESO Y ACCESIBILIDAD

ACCESIBILIDAD ARQUITECTONICA

 Promover la eliminación de las barreras arquitectónicas y urbanísticas en las instituciones de educación superior mediante la exigencia del cumplimiento de las normas de la accesibilidad. Lineamientos política de educación superior inclusiva

CURSO DE VIDA


DERECHO A ACCESO Y ACCESIBILIDAD

ACCESIBILIDAD ARQUITECTONICA


DERECHO A ACCESO Y ACCESIBILIDAD

ACCESIBILIDAD ARQUITECTONICA

 Promover la eliminación de las barreras arquitectónicas y urbanísticas en las instituciones de educación superior mediante la exigencia del cumplimiento de las normas de la accesibilidad. Lineamientos política de educación superior inclusiva

CURSO DE VIDA


DERECHO A TRANSPORTE

Las personas con discapacidad tienen derecho al uso efectivo de todos los sistemas de transporte*

PARA TODOS

CURSO DE VIDA

*Ley 1618 de 2013


DERECHO A TRANSPORTE

PARA TODOS GENERALIDADES TERRESTRE FLUVIAL AÉREO SEÑALIZACIÓN

ADECUACIÓN DE VIAS, AEROPUERTOS Y TERMINALES


DERECHO A TRANSPORTE

GENERALIDADES  Promover alianzas para la financiación de desplazamiento de las Personas con Discapacidad interesadas en participar en proyectos, planes y programas de actividad física, educación física, deporte social y comunitario y recreación. Coldeportes Lineamientos para fomentar y desarrollar la inclusión de población con discapacidad física, recreación, actividad física y deporte.

 Sancionar el incumplimiento de los plazos de adaptación o de accesibilidad al transporte. Ley 1618 de 2013

 Facilitar sin costo adicional alguno para Ia persona en situación de discapacidad el transporte de los equipos de ayuda biomecánica, sillas de ruedas u otros implementos directamente relacionados con la discapacidad así como los perros guías que acompañen las personas en situación de discapacidad visual por parte de empresas de carácter público, privado o mixto cuyo objeto sea el transporte aéreo, terrestre, marítimo, ferroviario o fluvial. Ministerio de Transporte, la Superintendencia de Puertos y Transporte, la Aeronáutica Civil Ley 361 de 1997 Ley 1618 de 2013.

 Establecer las zonas de estacionamiento y en los parqueaderos públicos sitios demarcados, tanto en piso como en señalización vertical, con el símbolo internacional de accesibilidad para el parqueo de vehículos automotores utilizados o conducidos por personas con movilidad, de lo contrario reducida incurrirán en sanción de multa de quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes. Decreto 1660 de 2003


DERECHO A TRANSPORTE

GENERALIDADES  Destinar el veinte por ciento (20%) del parque automotor de cada empresa que ingrese por primera vez al servicio, su accesibilidad (a partir de julio del año 2005) y cumplan con las condiciones necesarias para esto.1 Ministerio de Transporte Decreto 1660 de 2003

 Considerar que los perros de asistencia deben ser acreditados por centros nacionales o internacionales por personal calificado, que pertenezcan o sean homologados por la Asociación Colombiana de Zooterapia y actividades afines o por la entidad que el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA y deben contar con carné con foto, nombre y raza, fecha de expedición y expiración y vacunas.  Sector 2 o responsable 2 Decreto 1660 de 2003

 Contar con un chaleco de identificación el perro guía según la categoría del perro, de acuerdo con las prácticas internacionales de identificación canina para el acceso al medio de transporte y deberán permanecer durante el recorrido al pie del pasajero. El prestador del servicio podrá exigir que el perro de asistencia lleve colocado un bozal. Decreto 1660 de 2003

 Cumplir con las condiciones que se definan para los vehículos de las empresas de servicio que presten transporte especial para los usuarios de los servicios de salud. Decreto 348 de 2015


DERECHO A TRANSPORTE

GENERALIDADES  Definir zona alternativa de paso, debidamente señalizado, que permita el acceso de personas con movilidad reducida, en aquellos sitios en donde se utilicen torniquetes, registradoras u otros dispositivos que hagan dispendioso el acceso de las personas con discapacidad física. Ministerio de Transporte Decreto 1660 de 2003

 Contar con áreas adecuadamente señaladas, cerca de las puertas de entrada, para la ubicación de personas en sillas de ruedas, provistas como mínimo con cinturones de seguridad y preferiblemente con anclajes para las sillas. Ministerio de Transporte Decreto 1660 de 2003

 Contar con sistemas de información escrita visibles para personas sordas en los aeropuertos, terminales de transporte y demás lugares públicos donde se dé información por altoparlante deberá contar con sistemas de información escrita visibles para personas sordas. Ley 982 de 2005

 Poseer asideros de sujeción vertical y horizontal suficientes y debidamente localizados para facilitar el acceso y desplazamiento de las personas al interior del equipo de transporte. Ministerio de Transporte Decreto 1660 de 2003

 Establecer y coordinar programas de capacitación anual, para asegurarse de que se dispone de personal entrenado para atender los pasajeros con movilidad y/o comunicación reducida, a sus acompañantes, equipo auxiliar y animales de asistencia. Ministerio de Transporte Decreto 1660 de 2003


DERECHO A TRANSPORTE

TERRESTRE  Establecer en empresas de transporte colectivo terrestre automotor de pasajeros, acondicionar en todo vehículo de capacidad igual o superior a 20 pasajeros dos (2) sillas, dotadas de cinturón de seguridad, lo más cercano a las puertas de acceso y señalizadas adecuadamente, para uso preferencial por parte de los pasajeros con discapacidad. Ministerio de Transporte Decreto 1660 de 2003, Ley 1618 de 2013

 Contar con un servicio de guía y asistencia a personas con discapacidad las terminales de transporte terrestre Ley 1618 de 2013

 Posibilitar en el transporte perros guía, sillas de ruedas o cualquier otra ayuda técnica sin costo alguno. Ministerio de Transporte Decreto 1660 de 2003, Ley 361 de 2009

 Hacer accesible el sistema de transporte público a todas las personas con discapacidad, donde en un máximo 10 años logren niveles que superen el 80% de la accesibilidad total.  Sector 4 o responsable 4 Ley 1618 de 2013

 Estacionar en los lugares específicamente demarcados con el símbolo internacional de accesibilidad los automóviles así como cualquier otra clase de vehículos conducidos por una persona en situación de discapacidad siempre que lleven el distintivo, nombre o iniciales respectivos. Ministerio de Transporte Ley 361 de 1997, Decreto 1660


DERECHO A TRANSPORTE

TERRESTRE  Transportar en vehículos a una Persona con Discapacidad de manera habitual, permite extenuar de las restricciones de movilidad (pico y placa), para esto el beneficiario debe ser incluido en la base de datos que contenga la información de las personas con discapacidad. Ministerio de transporte Resolución 4575 de 2013, Ley 1618 de 2013

 Asegurar que los sistemas de transporte integrado masivo cumplan, en su totalidad, desde la fase de diseño, con las normas de accesibilidad para las Personas con Discapacidad. Ministerio de Transporte Ley 1618 de 2013

 Incluir dentro de sus planes de movilidad todas las autoridades locales de tránsito que pretendan establecer restricciones de movilidad (pico y placa), un capítulo especial en donde se determine la ubicación de las zonas en donde reside la población discapacitada* los parqueaderos o zonas de parqueo especiales, Centros médicos u hospitalarios, Centros comerciales, Centros de educación con programas dirigidos a la población discapacitada o que presten servicios a esta población. Ministerio de transporte Resolución 4575 de 2013

 Reservar el espacio físico en los medios de transporte público colectivo pasajeros en cualquiera de los modos, para que se puedan depositar aquellas ayudas como bastones, muletas, sillas de ruedas y cualquier otro aparato o mecanismo que constituya una ayuda técnica para una persona con discapacidad, sin que esto represente costo adicional para dichas personas. Ministerio de Transporte Ley 1618 de 2013


DERECHO A TRANSPORTE

TERRESTRE

 Establecer los parámetros mínimos que deberá poseer un vehículo de transporte colectivo terrestre automotor de pasajeros, para ser considerado como accesible. Ministerio de Transporte Ley 1618 de 2013

 Entender que los operarios de vehículos de servicio público de transporte no podrán negarse a prestar el servicio a Personas con Discapacidad acompañadas de su perro de asistencia, siempre y cuando este último vaya provisto del distintivo especial indicativo. Decreto 1660 de 2003

 Definir la accesibilidad de los vehículos de nueva adquisición que presten servicio en las rutas alimentadoras integradas al sistema de transporte masivo. Decreto 1660 de 2003

 Implementar por parte del sistema de transporte masivo los servicios especializados de transporte accesible o exigir un mínimo porcentaje de vehículos de esta naturaleza, integrados operacional y tarifariamente con el servicio de transporte masivo, que permitan atender las necesidades de este sector de la población. Resolución 4659 de 2008


DERECHO A TRANSPORTE

TERRESTRE

 Garantizar la movilidad en vehículos accesibles a personas con discapacidad, movilidad reducida y pacientes no crónicos, de tal manera que el traslado se efectúe de manera cómoda, segura y accesible. Ministerio de Transporte Decreto 348 de 2015

 Contar con asientos y cinturones de seguridad adecuados para los vehículos que transportan estudiantes con discapacidad, que garanticen el transporte seguro, el espacio en los sectores adyacentes a las puertas de ingreso y deberán prever un lugar para el acceso y transporte de sillas de ruedas, muletas u otros equipos que faciliten la movilidad de los pasajeros y adultos acompañantes. Ministerio de Transporte Decreto 348 de 2015


DERECHO A TRANSPORTE

FLUVIAL

 Contar con un servicio de guía y asistencia a personas con discapacidad las terminales de transporte marítimo. Ministerio de Transporte Ley 1618 de 2013

 Considerar en el transporte público fluvial que si hay veinte (20) o más pasajeros, deben contar mínimo con dos (2) puestos para el uso preferencial de personas con discapacidad, debidamente señalizados, ubicados en la fila más cercana al acceso y provistos de chalecos salvavidas. Parágrafo. Los pasajeros a los que se refiere el presente serán los últimos en embarcar y los primeros en desembarcar. Ministerio de Transporte Ley 1618 de 2013

 Contar en los puertos, embarcaderos, o similares, donde se preste el servicio de transporte público fluvial de pasajeros con personal capacitado, entrenado y disponible para atender a los pasajeros con movilidad y/o comunicación reducida y mantener en sus instalaciones equipo apropiado para facilitar su movilización; tales como sillas de ruedas, camillas, muletas, bastones y demás elementos que se consideren necesarios. . Ministerio de Transporte Decreto 1660 de 2003


DERECHO A TRANSPORTE

AÉREO  Contar con un servicio de guía y asistencia a personas con discapacidad los aeropuertos Ministerio de Transporte Ley 1618 de 2013

 Cumplir con las normas mínimas uniformes respecto al acceso a los servicios de transporte de las Personas con Discapacidad, desde el momento de la llegada al aeropuerto de origen hasta que abandonen el aeropuerto de destino, en especial las dictadas por la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, o las normas que los modifiquen o sustituyan. Ministerio de Transporte Decreto 1660 de 2003

 Disponer de planos guías en los aeropuertos de categoría internacional y nacional Decreto 1660 de 2003

 Adaptar las instalaciones de las empresas privadas, públicas y mixtas encargadas de la administración y operación de las instalaciones, prestadoras de servicios aeroportuarios donde se efectúen el embarque, trasbordo o el desembarque de pasajeros. Decreto 1660 de 2003

 Adoptar medidas que aseguren que las personas con discapacidad sensorial auditiva y visual puedan obtener la información oportuna del vuelo. Decreto 1660 de 2003


DERECHO A TRANSPORTE

SEÑALIZACIÓN

 Implementar señalización de los aeropuertos, terminales de transporte aéreo, terrestre, fluvial y marítimo, medios de transporte masivo y espacios públicos, mediante el uso de símbolos adecuados en el marco del diseño universal. Ministerio de Transporte, la Superintendencia de Puertos y Transporte, la Aeronáutica Civil Ley 1618 de 2013

 Adaptar aeropuertos, terminales de transporte con mensajes auditivos y visuales para las Personas con Discapacidad. Ministerio de Transporte, la Superintendencia de Puertos y Transporte, la Aeronáutica Civil Ley 1618 de 2013


DERECHO A TRANSPORTE

ADECUACIÓN DE VÍAS, AEROPUERTOS Y TERMINALES

 Adecuar las vías, aeropuertos y terminales, para garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la accesibilidad de las personas con discapacidad Ministerio de Transporte Ley 1618 de 2013


DERECHO A TRANSPORTE

CURSO DE VIDA

Jテ天ENES Y ADULTOS

ADULTO MAYOR


DERECHO A TRANSPORTE

CURSO DE VIDA

TERRESTRE


DERECHO A TRANSPORTE

CURSO DE VIDA

TERRESTRE  Demostrar la capacidad para conducir con la limitación en el certificado para conducción de vehículos Ministerio de transporte Centro de reconocimiento de Conductores Resolución 217 de 2014

 Asegurar en los Centro de Reconocimiento de Conductores que el candidato con discapacidad realice las pruebas médicas con los instrumentos ortopédicos o ayudas mecánicas necesarias de acuerdo a la discapacidad que presente. Ministerio de transporte Centro de reconocimiento de Conductores Resolución 217 de 2014

 Especificar los instrumentos ortopédicos o ayudas mecánicas necesarias de acuerdo a la discapacidad que presente el candidato en el Certificado de Aptitud Física, Mental y de Coordinación Motriz que realiza el Centro de reconocimiento de conductores. Ministerio de transporte Centro de reconocimiento de Conductores Resolución 217 de 2014


DERECHO A TRANSPORTE

CURSO DE VIDA

TERRESTRE


DERECHO A TRANSPORTE

CURSO DE VIDA

TERRESTRE  Demostrar la capacidad para conducir con la limitación en el certificado para conducción de vehículos Ministerio de transporte Centro de reconocimiento de Conductores Resolución 217 de 2014

 Asegurar en los Centro de Reconocimiento de Conductores que el candidato con discapacidad realice las pruebas médicas con los instrumentos ortopédicos o ayudas mecánicas necesarias de acuerdo a la discapacidad que presente. Ministerio de transporte Centro de reconocimiento de Conductores Resolución 217 de 2014

 Especificar los instrumentos ortopédicos o ayudas mecánicas necesarias de acuerdo a la discapacidad que presente el candidato en el Certificado de Aptitud Física, Mental y de Coordinación Motriz que realiza el Centro de reconocimiento de conductores. Ministerio de transporte Centro de reconocimiento de Conductores Resolución 217 de 2014


DERECHO A INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

Las personas con discapacidad tienen derecho al ejercicio efectivo del derecho a la información y a acceder a las comunicaciones en igualdad de condiciones*

GENERAL

CURSO DE VIDA

*Ley 1618 de 2013


DERECHO A INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

PARA TODOS GENERALIDADES ACCESO A TECNOLOGÍA ACCESO A MEDIOS DE COMUNICACIÓN

ACCESO A LA INFORMACIÓN


DERECHO A INFORMACIÓN Y COMUNCACIÓN

GENERALIDADES  Garantizar que el material publicitario e informativo de deportes cumpla condiciones accesibilidad para Personas con Discapacidad. Coldeportes Lineamientos para Fomentar y Desarrollar la Inclusión de Población con Discapacidad Física, Recreación, Actividad Física y Deporte

 Ofrecer orientación para las Personas con Discapacidad en torno a la información de la administración publica. Ministerio de Tecnologías de la información y las comunicaciones. Ley 1618 de 2013

 Proporcionar alternativas textuales para todo contenido no textual de modo que se pueda convertir a otros formatos que las personas necesiten, tales como textos ampliados, braille, voz, símbolos o en un lenguaje más simple. Ministerio de Tecnologías de la información y las comunicaciones. Norma Técnica Colombiana 5854

 Promover estrategias de información, comunicación y educación permanentes, para incidir en el cambio de imaginarios Ministerio de Tecnologías de la información y las comunicaciones. Ley 1618 de 2013

 Brindar orientación para la accesibilidad a la información en la administración pública. Ministerio de Tecnologías de la información y las comunicaciones. Ley 1618 de 2013

 Lograr equiparación de oportunidades en la comunicación e información para personas sordas, ciegas y sordociegas Ministerio de Tecnologías de la información y las comunicaciones. Vive digital Colombia 2014 - 2018


DERECHO A INFORMACIÓN Y COMUNCACIÓN

ACCESO A TECNOLOGÍA  Facilitar a los usuarios ver y oír el contenido, incluyendo la separación entre el primer plano y el fondo. Ministerio de Tecnologías de la información y las comunicaciones. Norma Técnica Colombiana 5854

 Presentar a los usuarios la información y los componentes de la interfaz de usuario, de modo que ellos puedan percibirlos, así mismo que la información de la interfaz sea comprensible Ministerio de Tecnologías de la información y las comunicaciones. Norma Técnica Colombiana 5854

 Crear contenido que pueda presentarse de diferentes formas (por ejemplo, con una disposición más simple), sin perder información o estructura. Ministerio de Tecnologías de la información y las comunicaciones. Norma Técnica Colombiana 5854

 Proporcionar acceso a toda la funcionalidad mediante el teclado. Ministerio de Tecnologías de la información y las comunicaciones. Norma Técnica Colombiana 5854

 Proporcionar a los usuarios el tiempo suficiente para leer y usar el contenido, Ministerio de Tecnologías de la información y las comunicaciones. Norma Técnica Colombiana 5854


DERECHO A INFORMACIÓN Y COMUNCACIÓN

ACCESO A TECNOLOGÍA  Diseñar la información teniendo en cuenta que ese contenido no provoque ataques, espasmos o convulsiones. Ministerio de Tecnologías de la información y las comunicaciones. Norma Técnica Colombiana 5854

 Hacer uso de Hardware o Software o ambos, que actúan como una aplicación de usuario, o en combinación con una aplicación de usuario principal, para cubrir las necesidades de los usuarios con discapacidad. Ministerio de Tecnologías de la información y las comunicaciones. Norma Técnica Colombiana 5854

 Promover y fortalecer la importación, diseño, desarrollo, producción y distribución de sistemas y tecnologías de la información y comunicación accesibles para las personas con discapacidad. CONPES 166 de 2013, Política Publica Nacional de Discapacidad e inclusión social 2013 - 2022.

Brindar alfabetización digital, dispositivos y tecnologías de tele comunicaciones, asegurando su accesibilidad. CONPES 166 de 2013, Política Publica Nacional de Discapacidad e inclusión social 2013 2022.

 Desarrollar programas que faciliten el acceso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a las personas con discapacidad, especialmente en las instituciones educativas. Ley 1618 de 2013


DERECHO A INFORMACIÓN Y COMUNCACIÓN

ACCESO A TECNOLOGÍA  Lograr que sean accesibles los tecnocentros para todas las Personas con Discapacidad sensorial y en particular contar con software especializado que garantice el acceso a la información, a las comunicaciones y a las tecnologías de la información y las comunicaciones. Ministerio de Tecnologías de la información y las comunicaciones. Ley 1618 de 2013

 Fijar los estándares de accesibilidad a todos los sitios web y a los medios y sistemas de información de los órganos, organismos y entidades estatales de todo orden.. Ministerio de Tecnologías de la información y las comunicaciones. Ley 1618 de 2013

 Facilitar información dirigida al público en general, de manera oportuna y sin costo adicional, en formato accesible y con las tecnologías adecuadas. Ley 1346 de 2009

 Facilitar la comunicación informativa mediante piezas comunicativas de información, de diseños accesibles y lenguajes adaptados a Personas con Discapacidad y/o Comunicación alternativa, aumentativa, braille, libro hablado, transcripción en video a lengua de señas, entre otras. Prestadores de Servicios de Salud Resolución 1441 de 2013

 Adquirir e instalar un software lector de pantalla en establecimientos educativos públicos, instituciones de educación superior pública, bibliotecas públicas, centros culturales, aeropuertos y terminales de transporte, establecimientos carcelarios, Empresas Sociales del Estado y las demás entidades públicas o privadas para garantizar el acceso, uso y apropiación de las tecnologías de la información y las comunicaciones a las personas ciegas y con baja visión como mecanismo para contribuir en el logro de su autonomía e independencia. Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Ley 1680 de 2013


DERECHO A INFORMACIÓN Y COMUNCACIÓN

ACCESO A TECNOLOGÍA

 Capacitar a la población y a los servidores públicos de las entidades públicas en el uso y manejo de la licencia del software lector de pantalla para su masificación, garantizando los recursos para la capacitación en la instalación del software lector de pantalla. Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Ley 1680 de 2013

 Cumplir con las normas técnicas y directrices de accesibilidad y usabilidad para todas las páginas web de las entidades públicas o de los particulares que presten funciones públicas. Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Ley 1680 de 2013

 Promover la participación de las personas ciegas, con baja visión y sus organizaciones, en la formulación y seguimiento de las políticas públicas, planes de desarrollo, programas y proyectos del sector de las tecnologías de la información y las comunicaciones. Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Ley 1680 de 2013

 Reproducir, distribuir, comunicar, traducir, adaptar, arreglar o transformar en braille y en los demás modos, medios y formatos de comunicación accesibles que elijan las personas ciegas y con baja visión las obras literarias, científicas, artísticas, audiovisuales, producidas en cualquier formato, medio o procedimiento. Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Ley 1680 de 2013

 Desarrollar software "Convertic" para personas con discapacidad visual Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Ley 1680 de 2013


DERECHO A INFORMACIÓN Y COMUNCACIÓN

ACCESO A TECNOLOGÍA  Acceder a bibliotecas públicas, entidades de educación básica, media y superior, Cajas de Compensación Familiar, Casas de Cultura en diferentes regiones del país, que han adaptado tecnologías para personas con discapacidad visual. Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Ley 1680 de 2013

 Verificar que los materiales o documentos de consulta virtuales cuenten con herramientas software que faciliten la legibilidad tales como ampliación de pantalla, texto-a-voz, etc Entidades públicas Guía práctica de atención para las Personas con Discapacidad

 Hacer uso del Centro de Relevo, el cual es un servicio de comunicación telefónica que permite poner en contacto a personas sordas con personas oyentes, o con las entidades o servicios que deseen. Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Vive digital Colombia 2014 - 2018 Guía práctica de atención para las personas con discapacidad.

 Establecer las medidas que deban tomarse para que los materiales en papel y audiovisuales estén disponibles en formatos electrónicos a través de internet. Entidades públicas Guía práctica de atención para las Personas con Discapacidad

 Proporcionar alternativas equivalentes para el contenido visual y auditivo: Si el usuario no puede acceder al contenido textual de una página web, se deben establecer equivalentes o descripciones cortas de imágenes, animaciones, vídeos y sonidos. Así mismo, en caso contrario se debe considerar la posibilidad de introducir una relación extensa, sin límite de caracteres para describir el contenido de una imagen, animación, vídeo o sonido Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Vive digital Colombia 2014 - 2018 Guía práctica de atención para las personas con discapacidad.

 Presentar información en audio al que no puedan acceder los usuarios con limitaciones auditivas, colocar video con sus respectivos subtítulos o en su defecto con interpretación en Lengua Manual Colombiana (Lenguaje de señas). Entidades públicas Guía práctica de atención para las Personas con Discapacidad


DERECHO A INFORMACIÓN Y COMUNCACIÓN

ACCESO A MEDIOS DE COMUNICACIÓN  Dar estricto cumplimiento a las normas vigentes sobre accesibilidad y acceso a la información en los medios de comunicación debiendo cumplir con los plazos contemplados para efectuar las adecuaciones señaladas en ellas. Ministerio de Tecnologías de la información y las comunicaciones. Ley 1618 de 2013

 Diseñar las estrategias de información y divulgación accesibles para personas con discapacidad, facilitando los canales de divulgación mediante los medios de comunicación públicos y un llamado de responsabilidad social a los medios privados. Ministerio de Tecnologías de la información y las comunicaciones. Ley 1618 de 2013


DERECHO A INFORMACIÓN Y COMUNCACIÓN

ACCESO A MEDIOS DE COMUNICACIÓN  Acceder a la información y a la comunicación a través del servicio público de televisión para Personas con Discapacidad auditiva. Comisión Nacional de Televisión Acuerdo 01 de 2012

 Propiciar espacios en los canales de televisión estatales, nacionales y regionales con programas que incluyan la interpretación en Lengua de Señas Colombiana, y/o el closed caption, y/o con subtítulos. Ministerio de Tecnologías de la información y las comunicaciones. Ley 1618 de 2013

 Garantizar a la población sorda todos los sistemas de acceso a interpretación de Lenguas de Señas, texto escondido o Closed Caption, subtítulos y los sistemas que se desarrollen con posteridad para este propósito. Comisión Nacional de Televisión Acuerdo 01 de 2012

 Acceder a todos los géneros y horarios de los programas de televisión y tener reportes con información completa del programa, genero y horario. Comisión Nacional de Televisión Acuerdo 01 de 2012

 Promover la participación en la vida política y publica en contenidos en televisión. Comisión Nacional de Televisión Acuerdo 01 de 2012


DERECHO A INFORMACIÓN Y COMUNCACIÓN

ACCESO A MEDIOS DE COMUNICACIÓN  Promover la participación de la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte en contenidos en televisión. Comisión Nacional de Televisión Acuerdo 01 de 2012

 Informar antes del inicio del programa, si este contiene Closed Caption. Comisión Nacional de Televisión Acuerdo 01 de 2012

 Acceder a mensajes y espacios institucionales de entidades del estado, noticieros del Senado y de la Cámara de Representantes, así como a las alocuciones presidenciales en contenidos en televisión. Comisión Nacional de Televisión Acuerdo 01 de 2012

 Acceder a eventos contenidos en televisión. Comisión Nacional de Televisión Acuerdo 01 de 2012

 Realizar campañas de divulgación de sistemas de acceso y sensibilización. Comisión Nacional de Televisión Acuerdo 01 de 2012


DERECHO A INFORMACIÓN Y COMUNCACIÓN

ACCESO A LA INFORMACIÓN  Contemplar la accesibilidad a los servicios de salud y rehabilitación funcional por medio de intérprete de Lengua de Señas, información en Braille y asesoría para representantes legales en caso de ser necesario y de que la persona así lo acepte y disponga. Ruta Crítica De Rehabilitación Funcional Con Enfoque Biopsicosocial, En El Marco Del Sistema General De Seguridad Social En Salud.

 Aceptar y facilitar la utilización de la Lengua de Señas, el Braille, los modos, medios, y formatos aumentativos y alternativos de comunicación y todos los demás modos, medios y formatos de comunicación. Ley 1346 de 2009

 Continuar con la estrategia de Cine para todos. Ministerio de Tecnologías de la información y las comunicaciones Vive digital 2014 - 2018

 Contar en recepción con un mapa de ubicación o plano en alto relieve dentro de la Entidad, el cual además debe encontrarse en Sistema Braille y/o en sistemas de audio y video. Entidades publicas Guía para Entidades Públicas Servicio y Atención Incluyente

 Aceptar la Lengua de Señas Colombiana como idioma necesario de comunicación de las personas con pérdidas profundas de audición y, las sordociegas, que no pueden consiguientemente por la gravedad de la lesión desarrollar lenguaje oral por lo que debe ser reconocida por el Estado y fortalecida por la lectura y la escritura del castellano, convirtiéndolos propositivamente en bilinguales. LEY 982 DE 2005, Ley 1346 de 2009


DERECHO A INFORMACIÓN Y COMUNCACIÓN

ACCESO A LA INFORMACIÓN  Disponer del servicio de interpretación para personas sordas, o guía intérprete para personas sordociegas en tramites o diligencias (la institución pública asumirá la contratación de dichos servicios, INSOR cuenta con una base de datos nacional de intérpretes de Lengua de Señas Colombiana, que tienen permiso temporal expedido por el MEN) Entidades del estado Recomendaciones para la accesibilidad de poblaciones con limitación visual, sorda y sordociega en ambientes a espacios abiertos y cerrados.

 Promover la creación de escuelas de formación de intérpretes para sordos y sordociegos y la incorporación de la enseñanza de la Lengua de Señas Colombiana en los programas de formación docente especializada en sordos y sordociegos. Ley 982 DE 2005

 Contar con Intérpretes y guías intérprete idóneos para que sea este un medio a través del cual las personas sordas y sordociegas puedan acceder a todos los servicios que como ciudadanos colombianos les confiere la Constitución. Entidades del Estado  LEY 982 DE 2005, Decreto 2369 de 1997

 Acortar con un intérprete de Lengua de Señas Colombiana que cumplirá esta función en situaciones de carácter oficial ante las autoridades competentes o cuando sea requerido para garantizar el acceso de la persona sorda y sordociega a los servicios a que tiene derecho como ciudadano colombiano. Entidades del Estado LEY 982 DE 2005

 Proporcionar servicios de intérprete en Lengua de Señas Colombiana por parte de empresas de servicios públicos, las bibliotecas públicas, los centros de documentación e información y en general las instituciones gubernamentales y no gubernamentales que ofrezcan servicios al público. Decreto 2369 de 1997


DERECHO A INFORMACIÓN Y COMUNCACIÓN

ACCESO A LA INFORMACIÓN  Permitir a las personas con limitaciones auditivas acceder, en igualdad de oportunidades, al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura y alcanzar la formación integral, por medio de la Lengua de Señas Colombiana. Decreto 2369 de 1997

 Generar, adquirir y/o acondicionar apoyos técnicos de acuerdo a las diversas discapacidades: adaptaciones acústicas, teléfonos para sordos, intérpretes, entre otros Entidades publicas Guía para Entidades Públicas Servicio y Atención Incluyente

 Tratar que las instalaciones y equipos emitan vibraciones fuertes, ya que muchas personas con este tipo de limitación son susceptibles a estas y pueden servir como un medio para comunicarse. Entidades publicas Guía para Entidades Públicas Servicio y Atención Incluyente

 Asegurar que los textos mostrados en pantalla, gráficos, tablas y presentaciones electrónicas estén disponibles en versiones impresas y si es posible que cuenten con escritura Braille. Entidades publicas Guía para Entidades Públicas Servicio y Atención Incluyente

 Determinar el contraste entre el fondo y el texto , Cuanto más contraste haya más legible será el texto. El tamaño y la densidad del tipo de letra afectará al contraste; un ejemplo claro de esto es presentar sobre un fondo blanco o claro un texto oscuro o negro. Entidades publicas Guía para Entidades Públicas Servicio y Atención Incluyente


DERECHO A INFORMACIÓN Y COMUNCACIÓN

ACCESO A LA INFORMACIÓN

 Tener en cuenta al leer un documento se debe hacer despacio y con claridad, sin abreviar los contenidos sin hacer comentarios sobre su contenido a menos que se los pidan expresamente e indicar cualquier signo ortográfico. Especificaciones Técnicas para la Atención Especial y Preferentes de Personas en Situación de Discapacidad, Niños, Niñas, Adolecentes, Mujeres Gestantes, Adultos Mayores y en General de Personas en Estado de Indefensión o de Debilidad Manifiesta.

 Proporcionar información de contexto y de orientación para ayudar a los usuarios a entender páginas web o elementos complejos. Entidades publicas Guía para Entidades Públicas Servicio y Atención Incluyente

 Acceder a los documentos y materiales a una altura promedio para que se les facilite revisar los mismos, en caso de no poder hacerlo se debe tener la señalización idónea que permita solicitar ayuda cuando sea Entidades publicas Guía para Entidades Públicas Servicio y Atención Incluyente

 Escribir en un lenguaje claro y transparente, evitando frases largas y el uso excesivo de suboraciones y proporcionar glosarios cuando sea necesario.  Entidades publicas Guía para Entidades Públicas Servicio y Atención Incluyente


DERECHO A INFORMACIÓN Y COMUNCACIÓN

CURSO DE VIDA

NIÑOS Y NIÑAS Y ADOLESCENTES

JÓVENES Y ADULTOS


CURSO DE VIDA

ACCESO A LA INFORMACIÓN


DERECHO A INFORMACIÓN Y COMUNCACIÓN

ACCESO A LA INFORMACIÓN

 Garantizar la asistencia de un traductor o un especialista en comunicación cuando las condiciones de edad, discapacidad o cultura de los niños, las niñas o los adolescentes lo exijan. Comisión Nacional de Televisión Acuerdo 01 de 2012

CURSO DE VIDA


CURSO DE VIDA

GENERALIDADES


DERECHO A INFORMACIÓN Y COMUNCACIÓN

GENERALIDADES

 Fortalecer el acceso a la información a las nuevas tecnologías en las Instituciones de Educación Superior desde la perspectiva de inclusión a partir de la producción de Objetos Virtuales de Aprendizaje, de la implementación de Software, del uso de equipos de computo y adaptación de contenidos y páginas web respondiendo a los estándares internacionales de acceso universal. Lineamientos política de educación superior inclusiva

CURSO DE VIDA


DERECHO A CULTURA

Reconocen el derecho de las personas con discapacidad a participar, en igualdad de condiciones con las dem谩s, en la vida cultural*

PARA TODOS

POR CURSO DE VIDA

*Convenci贸n sobre los derechos de las Personas con Discapacidad


DERECHO A CULTURA

GENERALIDADES

 Lograr equiparación de oportunidades en la comunicación e información para personas sordas, ciegas y sordociegas.. Ministerio de Tecnologías de la Información y la Comunicación Vive digital Colombia 2014 - 2018


DERECHO A CULTURA

ACCESO A ESCENARIOS PARTICIPACIÓN

FORMACIÓN CULTURAL


DERECHO A CULTURA

ACCESO A ESCENARIOS

 Garantizar que las entidades culturales, los espacios y monumentos culturales cumplan con normas de accesibilidad arquitectónica y ambiental, así como a la información y comunicación. Ministerio de Cultura Ley 1618 de 2013, Ley 1237 de 2008 Politica Publica Nacional de Discapacidad e inclusión social 2013 2022 Ley 397 de 1997 CONPES 166 DE 2013.

 Asegurar que la Red Nacional de Bibliotecas sea accesible e incluyente para Personas con Discapacidad Ministerio de Cultura Ley 1618 de 2013

 Disponer de espacios localizados para personas en silla de ruedas, con las respectivas facilidades de acceso y egreso. Ley 1316 de 2009

 Garantizar zonas de emergencia y de servicios sanitarios, así como facilidades de acceso y egreso, tanto desde la entrada como hacia las salidas del espectáculo. Ley 1316 de 2009

 Lograr equiparación de oportunidades en la comunicación e información para personas sordas, ciegas y sordociegas Ministerio de Tecnologías de la Información y la Comunicación Vive digital Colombia 2014 - 2018


DERECHO A CULTURA

PARTICIPACIÓN  Permitir la Participación en el Consejo Nacional de Cultura de un representante de las agremiaciones culturales de discapacitados físicos, psíquicos y sensoriales. El Ministerio de Cultura Decreto 1782 de 2003

 Proteger los derechos de propiedad intelectual. Ley 1346 de 2009

 Promover en sus agendas internas, la participación de las manifestaciones artísticas y culturales de las personas en situación de discapacidad, en ferias, exposiciones, festivales y concursos al interior de la comunidad internacional y otorgarán premios, incentivos y créditos especiales a los artistas sobresalientes de estos grupos de población. Ministerio de Cultura, el Ministerio de Relaciones Exteriores y de Comercio, Industria y Turismo Ley 1237 de 2008

 Acceder a programas de televisión, películas, teatro y otras actividades culturales en formatos accesibles. Ley 1346 de 2009, Ley 1618 de 2013

 Ofrecer representaciones o servicios culturales tales como teatros, museos, cines, bibliotecas y servicios turísticos. Ley 1346 de 2009,


DERECHO A CULTURA

PARTICIPACIÓN

 Ubicar entidades a nivel nacional que hacen sensibilización, desarrollo e inclusión social con la población con discapacidad Ministerio de Cultura Ley 1618 de 2013

 Reservar un espacio del cinco por ciento (5%) del aforo, para que sea ocupado exclusivamente por personas con discapacidad y un acompañante. Ley 1316 de 2009

 Asegurar que el plan nacional de lectura y bibliotecas, el plan nacional de música para la convivencia, el programa batuta y el plan nacional de cultura y convivencia, entre otros, incluyan en sus procesos formativos a personas con alguna discapacidad y que evidencien aptitudes en alguna de las áreas pertinentes. Ministerio de Cultura Ley 1618 de 2013

 Garantizar el acceso de las personas con discapacidad a los recursos IVA de telefonía móvil. Del total de estos recursos deberán destinar mínimo un 3% para el fomento, promoción y desarrollo del deporte, la recreación de deportistas con discapacidad, y los programas culturales y artísticos de gestores y creadores culturales con discapacidad Ministerio de Cultura Ley 1618 de 2013

 Garantizar la visibilidad, la audición y el goce del espectáculo o de la actividad de carácter recreacional o cultural. Ley 1316 de 2009


DERECHO A CULTURA

PARTICIPACIÓN  Ofrecer boletería a un precio especial que en ningún caso superará el setenta y cinco (75%) del precio de la boleta de mayor valor. Ley 1316 de 2009

 Sensibilizar a la población, a través de campañas de educación encaminadas a eliminar prejuicios, estereotipos y otras actitudes que atentan contra el derecho de las personas a ser iguales, propiciando de esta forma el respeto y la convivencia con las personas con discapacidad. Ley 762 de 2002

 Orientar y apoyar a los entes territoriales en la realización de convenios con instituciones culturales sin ánimo de lucro que fomenten el arte y la cultura, con el objeto de rescatar, defender y promover el talento nacional, democratizar el acceso de las personas a los bienes, servicios y manifestaciones de la cultura y el arte con énfasis en el público discapacitado físicos, psíquicos y sensoriales. Ministerio de Cultura Ley 762 de 2002

 Trabajar con las partes interesadas relevantes para que las Personas con Discapacidad puedan participar y disfrutar de las actividades culturales y artísticas. Promover el desarrollo de habilidades artísticas, culturales y recreativas en las personas con discapacidad. Lineamientos Nacionales de Rehabilitación Basada en la Comunidad Ley 361 de 1997

 Permitir a las personas con limitaciones auditivas accedan en igualdad de oportunidades, al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura y alcanzar la formación integral, por medio de la LSC. Decreto 2369 de 1997

 Proporcionar servicios de intérprete en LSC por parte de empresas de servicios públicos, las bibliotecas públicas, los centros de documentación e información y en general las instituciones gubernamentales y no gubernamentales que ofrezcan servicios al público. Decreto 2369 de 1997


DERECHO A CULTURA

FORMACIÓN CULTURAL  Identificar la oferta institucional para desarrollar el potencial artístico y cultural de las Personas con discapacidad CONPES 166 de 2013

 Desarrollar y utilizar su potencial creativo, artístico e intelectual. Ley 1346 de 2009 Ley 1618 de 2013

 Reconocer y apoyar la identidad cultural y lingüística específica. Ley 1346 de 2009 Ley 1618 de 2013

 Fomentar y garantizar la visibilización de las expresiones culturales propias de las Personas con Discapacidad. Ministerio de Cultura Ley 1618 de 2013

 Realizar campañas y proyectos a través del arte donde se muestre las destrezas y potencialidades de las personas con discapacidad. Ministerio de Cultura Ley 1618 de 2013


DERECHO A CULTURA

FORMACIÓN CULTURAL  Garantizar la participación de las Personas con discapacidad en el conjunto de actividades culturales que se realicen en todos los niveles de la administración pública, en los distintos municipios. Ministerio de Cultura Ley 1618 de 2013

 Promover e implementar, la política de diversidad cultural que contempla acciones para el desarrollo de programas formativos, el desarrollo de metodologías y esquemas de inclusión pertinentes para las personas con discapacidad con ofertas adecuadas a cada tipo de discapacidad y producción de materiales, convocatorias y líneas de trabajo Ministerio de Cultura Ley 1618 de 2013

 Promover e implementar, la política de diversidad cultural que contempla acciones para el desarrollo de programas formativos, el desarrollo de metodologías y esquemas de inclusión pertinentes para las personas con discapacidad con ofertas adecuadas a cada tipo de discapacidad y producción de materiales, convocatorias y líneas de trabajo. Ministerio de Cultura Ley 1618 de 2013

 Propiciar y fomentar el empleo de Personas con Discapacidad en museos, bibliotecas, y demás bienes de interés público. Ministerio de Cultura Ley 1618 de 2013

 Garantizar la formación necesaria para que las personas con discapacidad puedan participar y realizar actividades culturales de manera eficiente y productiva. Ministerio de Cultura Ley 1618 de 2013


DERECHO A CULTURA

CURSO DE VIDA

PRECONCEPCIÓN

NIÑOS Y NIÑAS Y ADOLESCENTES

NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 6 AÑOS


DERECHO A CULTURA

ACCESO A ESCENARIOS

PARTICIPACIÓN


DERECHO A CULTURA

ACCESO A ESCENARIOS

 Orientar a padres en la aproximación a la literatura, cine y ciencia Ruta Integral de atención a la Primera Infancia

CURSO DE VIDA


DERECHO A CULTURA

PARTICIPACIÓN

 Participar de actividades culturales y generación de conocimientos Ruta Integral de atención a la Primera Infancia

CURSO DE VIDA


DERECHO A CULTURA

ACCESO A ESCENARIOS


CURSO DE VIDA

DERECHO A CULTURA

ACCESO A ESCENARIOS

 Promover, reconocer, dialogar intercambiar y disfrutar de las diversas manifestaciones y bienes culturales del país y de la región donde vive. Ruta Integral de Atención a la Primera Infancia.

 Orientar a padres de la aproximación a artes, literatura, cine y ciencia. Ruta Integral de Atención a la Primera Infancia.

 Orientar a padres de la participación de actividades de centros culturales y de generación de conocimientos. Ruta Integral de Atención a la Primera Infancia.

 Propiciar el encuentro intrafamiliar y comunitario del niño o niña, para fortalecer vínculos y relaciones culturales. Ruta Integral de Atención a la Primera Infancia.


DERECHO A CULTURA

GENERALIDADDES

PARTICIPACIÓN


DERECHO A CULTURA

GENERALIDADES

 Crear y promover una cultura de respeto a la diversidad desde la perspectiva de los niños, niñas y jóvenes con necesidades educativas especiales, como sujetos de derecho La ley 1618 de 2013

CURSO DE VIDA


DERECHO A CULTURA

PARTICIPACIÓN

 Fomentar los procesos de participación ciudadana para la transformación cultural en torno a la discapacidad incorporando contenidos que favorezcan una cultura de respeto a la diferencia y que explícitamente potencien la capacidad de interacción de los niños, las niñas y los adolescentes. Lineamientos para fomentar y desarrollar la inclusión de población con discapacidad física, recreación, actividad física y deporte

CURSO DE VIDA


DERECHO A RECREACIÓN Y DEPORTE

El Estado garantizará el derecho a la participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte de las personas con discapacidad*

PARA TODOS

POR CURSO DE VIDA

*Ley 1618 de 2013


DERECHO A RECREACIÓN Y DEPORTE

ACCESIBLIDAD A SERVICIOS Y PROGRAMAS ACCESIBILIDAD A FORMACIÓN ACADÉMICA

ACCESIBILIDAD AL ENTORNO FÍSICO

ACCESIBILIDAD A INFORMACIÓN ORGANIZACIONES

RECURSOS


DERECHO A RECREACIÓN Y DEPORTE

ACCESIBLIDAD A SERVICIOS Y PROGRAMAS  Ampliar la oferta de planes, programas y proyectos de actividad física, deporte social, comunitario y recreación para las personas con diferentes tipos de discapacidad Coldeportes Lineamientos para Fomentar y Desarrollar la Inclusión de Población con Discapacidad Física, Recreación, Actividad Física y Deporte Ley 1618 de 2013 Ley 181 de 1995 Lineamientos Nacionales de Rehabilitación Basada en Comunidad

 Fomentar acciones de voluntariado para el desarrollo de planes, programas y proyectos de actividad física, educación física, deporte social, comunitario y recreación Coldeportes Lineamientos para fomentar y desarrollar la inclusión de población con discapacidad física, recreación, actividad física y deporte

 Fortalecer los sistemas de información, llevar registro, control de la población con discapacidad para generar indicadores de seguimiento a las acciones de actividad física, educación física, deporte social, comunitario y recreación. Coldeportes Lineamientos para fomentar y desarrollar la inclusión de población con discapacidad física, recreación, actividad física y deporte

 Generar estrategias de inclusión y acción positiva en los programas nacionales, departamentales y municipales para que la población con discapacidad pueda participar en todos los programas sin ninguna clase de obstáculos Coldeportes Lineamientos para fomentar y desarrollar la inclusión de población con discapacidad física, recreación, actividad física y deporte

 Brindar incentivos a los deportistas con discapacidad en las mismas condiciones que los deportistas convencionales a nivel municipal, departamental y nacional. Esto implica un programa de deportista apoyado, incentivo a medallistas nacionales e internacionales y 11 apoyo a las futuras glorias del deporte de personas con discapacidad. Ministerio de Cultura, Coldeporte, Ministerio de educación Ley 1618 de 2013


DERECHO A RECREACIÓN Y DEPORTE

ACCESIBLIDAD A SERVICIOS Y PROGRAMAS

 Fomentar la práctica del Deporte Social Comunitario como un proceso de inclusión social encaminado a potencializar las capacidades y habilidades. Ministerio de Cultura, Coldeportes Ley 1618 de 2013

 Garantizar la inclusión de las personas con discapacidad en la recreación a través de la organización y certificación de las entidades de recreación, Registro Único Nacional RUN avalado por Coldeportes Nacional. Ministerio de Cultura, Coldeporte, Ministerio de educación Ley 1618 de 2013

 Implementar medidas necesarias para garantizar las prácticas deportivas y recreativas para la participación de las Personas con discapacidad Política Publica Nacional de Discapacidad e inclusión social 2013 - 2022

 Suministrar el soporte para el desarrollo, importación o intercambio de implementos deportivos específicos por tipo de discapacidad según estudios técnicos sobre las necesidades de las personas con discapacidad Ministerio de Cultura, Coldeporte, Ministerio de educación Ley 1618 de 2013

 Apoyar actividades deportivas de calidad para las personas con discapacidad, sin exclusión alguna de los escenarios deportivos y recreativos en lo relacionado a la accesibilidad física, de información y comunicación. Ministerio de Cultura, Coldeportes Ley 1618 de 2013


DERECHO A RECREACIÓN Y DEPORTE

ACCESIBLIDAD A SERVICIOS Y PROGRAMAS

 Crear programas especiales para la educación física, deporte, y recreación de las personas con discapacidades físicas, síquicas, sensoriales creando más facilidades y oportunidades para la práctica del deporte, de la educación física y la recreación. Ley 181 de 1995


DERECHO A RECREACIÓN Y DEPORTE

ACCESIBILIDAD A FORMACIÓN ACADÉMICA

 Generar procesos de capacitación para el proceso de cualificación de instructores, docentes, entrenadores entre el deporte y la recreación en el marco de la inclusión de actividad física, educación física, deporte social, comunitario y recreación. Coldeportes Lineamientos para fomentar y desarrollar la inclusión de población con discapacidad física, recreación, actividad física y deporte

 Promover la actividad física de las personas con discapacidad a través de inclusión en los currículos de los diferentes niveles de estudio, sobre actividad física para esta población, con la acreditación de profesionales y generación de estudios complementarios con énfasis en actividad física, educación física adaptada o incluyente y deporte paralímpico. Ministerio de Cultura, Coldeporte, Ministerio de educación Ley 1618 de 2013

 Promover ajustes y abrir espacios de formación deportiva, en condiciones de igualdad y en entornos inclusivos para personas con discapacidad Ley 1618 de 2013

 Dirigir, orientar, capacitar y controlar el desarrollo de los currículos del área de Educación Física para personas con discapacidades físicas, síquicas y sensoriales, y determinar las estrategias de capacitación y perfeccionamiento profesional del recurso humano. Ley 181 de 1995


DERECHO A RECREACIÓN Y DEPORTE

ACCESIBILIDAD AL ENTORNO FÍSICO

 Permitir el acceso a instalaciones deportivas, recreativas y turísticas. Lineamientos para fomentar y desarrollar la inclusión de población con discapacidad física, recreación, actividad física y deporte


DERECHO A RECREACIÓN Y DEPORTE

ACCESIBILIDAD A INFORMACIÓN

 Usar Closed Caption o subtítulos en videos, programas de televisión y comerciales que hagan referencia a procesos de educación física, deporte social, actividad y educación física Lineamientos para Fomentar y Desarrollar la Inclusión de Población con Discapacidad Física, Recreación, Actividad Física y Deporte Ley 1618 de 2013


DERECHO A RECREACIÓN Y DEPORTE

ORGANIZACIONES

 Ofrecer orientaciones sobre actividad física, educación física incluyente y deporte paralímpico con federaciones, ligas paralímpicas, organizaciones de y para Persona con Discapacidad y entidades territoriales del deporte y la recreación. CONPES 166 de 2013

 Fortalecer el deporte de las Personas con Discapacidad, incluyendo el deporte paralímpico, garantizando áreas de entrenamiento, juzgamiento, apoyo médico y terapéutico, así como la clasificación funcional por parte del Sistema Nacional del Deporte. Ministerio de Cultura, Coldeportes Ley 1618 de 2013

 Motivar las organizaciones de discapacidad cognitiva, sensorial y física, para que sean parte activa de la vida cultural, recreativa y deportiva Ley 1618 de 2013 Decreto 641 de 2001


DERECHO A RECREACIÓN Y DEPORTE

RECURSOS

 Realizar seguimiento del IVA de la telefonía celular donde se deberá destinar un mínimo de 3% para el fomento, promoción y deporte, la recreación de Personas con Discapacidad (contemplado en la ley plan de desarrollo. Coldeportes Lineamientos para fomentar y desarrollar la inclusión de población con discapacidad física, recreación, actividad física y deporte.

 Promover y dar apoyo financiero con un porcentaje no inferior al 10% de sus presupuestos regionales, a las entidades territoriales para el desarrollo de programas de recreación y deporte dirigidos a la población en situación de discapacidad física, sensorial y síquica. Coldeportes Ley 361 de 1997


DERECHO A RECREACIÓN Y DEPORTE

CURSO DE VIDA

NIÑOS Y NIÑAS Y ADOLESCENTES

PRECONCEPCIÓN

NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 6 AÑOS

JÓVENES Y ADULTOS

ADULTO MAYOR


DERECHO A RECREACIÓN Y DEPORTE

ACCESIBLIDAD A SERVICIOS Y PROGRAMAS


CURSO DE VIDA

DERECHO A RECREACIÓN Y DEPORTE

ACCESIBLIDAD A SERVICIOS Y PROGRAMAS

 Promover actividad física y la recreación para las mujeres gestantes. Ruta Integral de atención a la Primera Infancia

 Incentivar el aprovechamiento de espacios del aire libre en la actividad física y recreación. Ruta Integral de atención a la Primera Infancia


DERECHO A RECREACIÓN Y DEPORTE

ACCESIBLIDAD A SERVICIOS Y PROGRAMAS ACCESIBILIDAD A FORMACIÓN ACADÉMICA


CURSO DE VIDA

DERECHO A RECREACIÓN Y DEPORTE

ACCESIBLIDAD A SERVICIOS Y PROGRAMAS

 Estimular la práctica de actividades físicas y de recreación que estimulen los sentidos, el crecimiento y las interacciones. Ruta Integral de Atención a la Primera Infancia

 Promover el aprovechamiento de espacios abiertos para la participación en actividades físicas y lúdicas. Ruta Integral de Atención a la Primera Infancia

 Promover la vinculación de los niños, las niñas y los adolescentes con discapacidad en las entidades que adelantan actividades recreativas, deportivas y culturales. Lineamientos para fomentar y desarrollar la inclusión de población con discapacidad física, recreación, actividad física y deporte.

 Generar experiencias que promueva la expresión corporal, el movimiento y la participación en actividades lúdicas. Ruta Integral de Atención a la Primera Infancia


CURSO DE VIDA

DERECHO A RECREACIÓN Y DEPORTE

ACCESIBILIDAD A FORMACIÓN ACADÉMICA

 Formar a los profesores de colegios que incluyen niños, niñas y jóvenes con discapacidad tanto para clases de educación física como en jornadas complementarias. Lineamientos para fomentar y desarrollar la inclusión de población con discapacidad física, recreación, actividad física y deporte.

 Dirigir, orientar, capacitar y controlar el desarrollo de los currículos del área de Educación Física para personas con discapacidades físicas, síquicas y sensoriales, y determinar las estrategias de capacitación y perfeccionamiento profesional del recurso humano. Ley 181 de 1995


DERECHO A RECREACIÓN Y DEPORTE

ACCESIBLIDAD A SERVICIOS Y PROGRAMAS ORGANIZACIONES


CURSO DE VIDA

DERECHO A RECREACIÓN Y DEPORTE

ACCESIBLIDAD A SERVICIOS Y PROGRAMAS

 Participar en el programa Superarte intercolegiados para la inclusión de personas con discapacidad y promoción de los programas de forma accesible Lineamientos para fomentar y desarrollar la inclusión de población con discapacidad física, recreación, actividad física y deporte

 Promover la vinculación de los niños, las niñas y los adolescentes con discapacidad en las entidades que adelantan actividades recreativas, deportivas y culturales. Lineamientos para fomentar y desarrollar la inclusión de población con discapacidad física, recreación, actividad física y deporte


CURSO DE VIDA

DERECHO A RECREACIÓN Y DEPORTE

ORGANIZACIONES

 Considerar que el Comité Paralímpico Colombiano, es el ente rector del deporte asociado de personas con limitaciones físicas, mentales o sensoriales. Comité Paralímpico Colombiano Decreto 641 de 2001 Ley 582 del 2000

 Adicionar al organismo del Sistema Nacional del Deporte del nivel nacional, al Comité Paralímpico Colombiano. Comité Paralímpico Colombiano Decreto 641 de 2001 Ley 582 del 2000

 Brindar claridad en que el comité está encargado de organizar y coordinar a nivel nacional e internacional la actividad deportiva, recreacional y de aprovechamiento del tiempo libre para personas con discapacidad. Comité Paralímpico Colombiano Decreto 641 de 2001 Ley 582 del 2000

 Crear los Juegos Paralímpicos Nacionales, con un ciclo de cuatro (4) años. Se realizarán inmediatamente después y en la misma sede de los Juegos Deportivos Nacionales, con la misma estructura y logística empleada en los Juegos Deportivos Nacionales. Comité Paralímpico Colombiano Decreto 641 de 2001 Ley 582 del 2000


DERECHO A RECREACIÓN Y DEPORTE

ACCESIBLIDAD A SERVICIOS Y PROGRAMAS

ORGANIZACIONES


DERECHO A RECREACIÓN Y DEPORTE

ACCESIBLIDAD A SERVICIOS Y PROGRAMAS

 Participar en programa nuevo comienzo con la estrategia de recreación para y con personas mayor con discapacidad. Coldeportes Lineamientos para fomentar y desarrollar la inclusión de población con discapacidad física, recreación, actividad física y deporte.

CURSO DE VIDA


CURSO DE VIDA

DERECHO A RECREACIÓN Y DEPORTE

ORGANIZACIONES

 Considerar que el Comité Paralímpico Colombiano, es el ente rector del deporte asociado de personas con limitaciones físicas, mentales o sensoriales. Comité Paralímpico Colombiano Decreto 641 de 2001 Ley 582 del 2000

 Brindar claridad en que el comité está encargado de organizar y coordinar a nivel nacional e internacional la actividad deportiva, recreacional y de aprovechamiento del tiempo libre para personas con discapacidad. Comité Paralímpico Colombiano Decreto 641 de 2001 Ley 582 del 2000

 Adicionar al organismo del Sistema Nacional del Deporte del nivel nacional, al Comité Paralímpico Colombiano. Comité Paralímpico Colombiano Decreto 641 de 2001 Ley 582 del 2000

 Crear los Juegos Paralímpicos Nacionales, con un ciclo de cuatro (4) años. Se realizarán inmediatamente después y en la misma sede de los Juegos Deportivos Nacionales, con la misma estructura y logística empleada en los Juegos Deportivos Nacionales. Comité Paralímpico Colombiano Decreto 641 de 2001 Ley 582 del 2000


DERECHO A RECREACIÓN Y DEPORTE

CURSO DE VIDA

ORGANIZACIONES

 Elaborar y desarrollar conjuntamente con las federaciones deportivas nacionales para personas con limitaciones físicas, sensoriales o mentales, los planes de preparación de los deportistas con limitaciones físicas, sensoriales o mentales. Comité Paralímpico Colombiano Decreto 641 de 2001

 Determinar que los clubes, ligas y federaciones del sector de personas con limitaciones físicas, mentales o sensoriales deberán obtener el reconocimiento deportivo otorgado por la autoridad deportiva competente Comité Paralímpico Colombiano Decreto 641 de 2001 Ley 582 del 2000

 Coordinar el deporte asociado para personas con limitaciones físicas, mentales o sensoriales que tiene como objetivo principal la asesoría para la formulación de las políticas, planes, programas y con deporte recreativo y terapéutico, el deporte competitivo, el deporte de alto rendimiento, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre de las personas con limitaciones físicas, mentales o sensoriales Comité Paralímpico Colombiano Decreto 641 de 2001 Ley 582 del 2000


DERECHO A RECREACIÓN Y DEPORTE

ACCESIBLIDAD A SERVICIOS Y PROGRAMAS


CURSO DE VIDA

DERECHO A RECREACIÓN Y DEPORTE

ACCESIBLIDAD A SERVICIOS Y PROGRAMAS

 Participar en programa nuevo comienzo con la estrategia de recreación para y con personas mayor con discapacidad. Coldeportes Lineamientos para fomentar y desarrollar la inclusión de población con discapacidad física, recreación, actividad física y deporte.

 Elaborar y desarrollar conjuntamente con las federaciones deportivas nacionales para personas con limitaciones físicas, sensoriales o mentales, los planes de preparación de los deportistas con limitaciones físicas, sensoriales o mentales. Comité Paralímpico Colombiano Decreto 641 de 2001

 Fomentar la participación en Programa Nuevo Comienzo con la estrategia de recreación para y con la Persona mayor con discapacidad Comité Paralímpico Colombiano Lineamientos para fomentar y desarrollar la inclusión de población con discapacidad física, recreación, actividad física y deporte


DERECHO FACILITACIÓN A PRÁCTICAS TURISTICAS

Promover dentro del sector turístico la necesidad de adecuar la infraestructura turística para personas con discapacidad al igual que la aplicación de tarifas diferenciales *.

PARA TODOS

*Ley 1618 de 2013


DERECHO A FACILITACIÓN DE PRÁCTICAS TURISTICAS

ACCESIBLIDAD BENEFICIOS


DERECHO A FACILITACIÓN A PRÁCTICAS TURISTICAS

ACCESIBLIDAD

 Adecuar destinos, productos, servicios y actividades con espacios físicos y entornos favorables, eliminando barreras arquitectónicas y urbanísticas que garanticen la accesibilidad y la movilidad segura.. Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Política de Turismo Social: Hacia un turismo accesible e incluyente para todos los colombianos

 Adecuar los sitios turísticos, así como la planta e infraestructura de los destinos para que motiven a las poblaciones. Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Política de Turismo Social: Hacia un turismo accesible e incluyente para todos los colombianos

 Acceder a servicios de transporte, alojamiento, visita a atractivos turísticos y adquisición de paquetes turísticos para esta población. Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Política de Turismo Social: Hacia un turismo accesible e incluyente para todos los colombianos

 Adecuar la infraestructura turística para Personas con Discapacidad, de acuerdo con las normas mínimas legales vigentes, al igual que la aplicación de tarifas diferenciales Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Ley 1618 de 2013

 Asegurar que los sistemas de calidad del sector turístico incluyan la variable de accesibilidad para las personas con discapacidad.. Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Ley 1618 de 2013

 Gestionar recursos y programas para la construcción de infraestructuras integradas a los destinos, sostenibles económicamente en el tiempo, amigables con el medio ambiente y que satisfagan las necesidades de los turistas de distintas condiciones, incluyendo a las poblaciones en condición de discapacidad. Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Plan sectorial de turismo 2014-2018


DERECHO A FACILITACIÓN A PRÁCTICAS TURISTICAS

BENEFICIOS

 Promover alianzas público – privadas para la negociación de tarifas accesibles de servicios de transporte, alojamiento, visita a atractivos turísticos y adquisición de paquetes turísticos con descuentos especiales. Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Política de Turismo Social: Hacia un turismo accesible e incluyente para todos los colombianos

 Crear descuentos e incentivos para el turismo social, desde el sector privado Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Política de Turismo Social: Hacia un turismo accesible e incluyente para todos los colombianos

 Aplicar tarifas diferenciales entre los empresarios para este grupo de la población colombiana Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Ley 1618 de 2013

 Definir con las Cajas de Compensación Familiar acciones de turismo social, para la inclusión en los servicios que ofertan, de personas en condición de discapacidad. Sector Turismo Plan sectorial de turismo 2014-2018


DERECHO A VIVIENDA

Garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la vivienda digna de las personas con discapacidad, para lo cual adoptará medidas de Diseño Universal y Subsidios*

PARA TODOS

POR CURSO DE VIDA

*Ley 1618 de 2013


DERECHO A VIVIENDA

GENERALIDADES DESARROLLO ARQUITECTONICO

NORMAS DE DISEテ前 UNIVERSAL

FINANCIACION


DERECHO A VIVIENDA

GENERALIDADES

 Establecer consejo para la inclusión enfocado. CONPES 166 de 2013

 Destinar un porcentaje y condiciones especiales de financiamiento que deberán destinarse a la vivienda de los minusválidos.* c

Garantizar la oportunidad de elegir su lugar de residencia y dónde y con quién vivir. Ley 1346 de 2009

 Disponer el uno por ciento (1%) de las viviendas construidas y en los proyectos de menos de cien (100) viviendas de una de ellas para la población en situación de discapacidad. Ley 546 de 1999


DERECHO A VIVIENDA

DESARROLLO ARQUITECTONICO  Brindar rehabilitación de viviendas o reformas y reparaciones que las personas en situación de discapacidad, tengan que realizar en su vivienda habitual y permanente por causa de su discapacidad. Ley 361 de 1997

 Realizar adaptaciones de mobiliario, vivienda y otros inmuebles para personas que presentan dificultades permanentes para la realización de las actividades de la vida diaria en el hogar y quienes se benefician de modificaciones y adaptaciones al mobiliario y a la vivienda para mejorar su independencia personal y participación social. Ruta Crítica De Rehabilitación Funcional Con Enfoque Biopsicosocial, En El Marco Del Sistema General De Seguridad Social En Salud.

 Considerar la variable de discapacidad en todos los proyectos de mejoramiento y adaptación de vivienda y también en la focalización hacia Personas con Discapacidad de proyectos que requieran convocatorias.  Sector 2 o responsable 2 Normativa

 Eliminar las barreras arquitectónicas al interior yadaptarlas para los minusválidos.* Ley 546 de 1999


DERECHO A VIVIENDA

NORMAS DE DISEÑO UNIVERSAL

 Respetar las normas de diseño universal todo plan de vivienda de interés social. Ley 1618 de 2013


DERECHO A VIVIENDA

FINANCIACIÓN  Obtener subsidio de vivienda de interés social mediante el registro de postulantes de hogares, con certificado médico que acredite la discapacidad física o mental de alguno de los miembros del hogar de estratos 1, 2 y 3. Decreto 2190 de 2009, Decreto 1077 de 2013, Ley 1537 de 1997, Ley 1618 de 2013

 Definir el procedimiento para la realización del sorteo de la vivienda a ser entregada a cada beneficiario, teniendo en cuenta en todo caso, que los hogares que cuenten con miembros en situación de Discapacidad, de acuerdo con la información del proceso de postulación, tendrán prioridad en la asignación de los primeros pisos, cuando se trate de vivienda multifamiliar. Fonvivienda Decreto 2164 de 2013

 Priorizar los criterios de calificación de las postulaciones y asignación de los subsidios de vivienda de interés social urbana teniendo en cuenta los hogares con con discapacidad. Ministerio de Vivienda, Cuidad y Territorio Decreto 1077 de 2013

 Establecer programa de Vivienda Gratuita, que permitirá la entrega de viviendas de interés social prioritario, a título de subsidio familiar de vivienda para Personas con discapacidad. En caso de empate al segundo decimal en el puntaje Sisbén III correspondiente a una misma área geográfica, se tendrá el siguiente orden de prioridad: i) Hogares con hombres o mujeres cabeza de hogar; ii) Hogares con personas en situación de discapacidad; iii) Hogares con adultos mayores. Decreto 2164 de 2013

 Brindar prioridad a los hogares que cuenten con miembros en situación de discapacidad, de acuerdo con la información del proceso de postulación de subsidio de vivienda para en la asignación de los primeros pisos, cuando se trate de vivienda multifamiliar mediante sorteo Fonvivienda Decreto 1077 de 2013

 Dictar las normas mediante las cuales se regulen líneas de crédito especiales, así como las condiciones requeridas para la concesión de subsidios, para financiar las rehabilitaciones de vivienda a personas en situación de discapacidad. Ley 361 de 1997


DERECHO A VIVIENDA

CURSO DE VIDA

NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 6 AÑOS

JÓVENES Y ADULTOS

NIÑOS Y NIÑAS Y ADOLESCENTES

ADULTO MAYOR


DERECHO A VIVIENDA

DESARROLLO ARQUITECTONICO


DERECHO A VIVIENDA

DESARROLLO ARQUITECTONICO

 Coordinar el programa de ayudas técnica y adelantar obras de infraestructura adecuadas para sus condiciones especiales Lineamientos de Política Pública para el Desarrollo de los Niños, Niñas y Adolescentes en el Departamento y el Municipio.

CURSO DE VIDA


DERECHO A VIVIENDA

DESARROLLO ARQUITECTONICO


DERECHO A VIVIENDA

DESARROLLO ARQUITECTONICO

 Coordinar el programa de ayudas técnica y adelantar obras de infraestructura adecuadas para sus condiciones especiales Lineamientos de Política Pública para el Desarrollo de los Niños, Niñas y Adolescentes en el Departamento y el Municipio.

CURSO DE VIDA


DERECHO A VIVIENDA

GENERALIDADES


DERECHO A VIVIENDA

GENERALIDADES

 Considerar la variable de discapacidad en todos los proyectos de mejoramiento y adaptación de vivienda y también en la focalización hacia Personas con discapacidad de proyectos que requieran convocatorias. Política Publica Nacional de Discapacidad e inclusión social 2013 - 2022

CURSO DE VIDA


DERECHO A VIVIENDA

GENERALIDADES


DERECHO A VIVIENDA

GENERALIDADES

 Considerar la variable de discapacidad en todos los proyectos de mejoramiento y adaptación de vivienda y también en la focalización hacia Personas con discapacidad de proyectos que requieran convocatorias. Política Publica Nacional de Discapacidad e inclusión social 2013 - 2022

CURSO DE VIDA


DERECHO A JUSTICIA

Asegurar que las personas con discapacidad tengan acceso a la justicia en igualdad de condiciones con las dem谩s, incluso mediante ajustes de procedimiento y adecuados a la edad*.

PARA TODOS

POR CURSO DE VIDA

*Convenci贸n sobre los derechos de las Personas con Discapacidad


DERECHO A JUSTICIA

GENERALIDADES PARTICIPACIÓN POLÍTICA ORGANIZACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD IGUALDAD Y EQUIDAD ACCESO A JUSTICIA


DERECHO A JUSTICIA

GENERALIDADES  Establecer mecanismos de atención preferencial a personas con algún tipo de discapacidad por parte de entidades del estado. Decreto 19 del 2012

 Tomar todas las medidas de carácter legislativo, administrativo, judicial contra la explotación, el abuso y la violencia. Ley 1346 de 2009

 Proteger la privacidad de la información personal y la relativa a la salud y a la rehabilitación. Ley 1618 de 2013

 Implementar programas de formación y gestión para la atención de casos de violación a los derechos de las personas con discapacidad, que involucren a jueces, auxiliares de justicia, casas de justicia, centros de conciliación, comisarías de familia, personerías, entre otros Ministerio de Justicia Ley 762 de 2002

 Determinar recursos requeridos para la protección de los derechos de las personas con discapacidad determinado por los ministerios, plazo máximo de 2 años Ley 1618 de 2013


DERECHO A JUSTICIA

PARTICIPACIÓN POLÍTICA

 Establecer un Comité para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, integrado por un representante designado por cada Estado Parte. Ley 762 de 2002


DERECHO A JUSTICIA

ORGANIZACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

 Promover la participación de organizaciones sociales de personas con discapacidad, familias, cuidadores, etc., y articular a ruta de atenciones a víctimas. CONPES 166 de 2013

 Desarrollar un proyecto de fortalecimiento y apoyo a las organizaciones de y para personas con discapacidad en todo el país, para dar a conocer sus derechos y la forma de hacerlos efectivos. CONPES 166 de 2013

 Crear redes o grupos de apoyo para la promoción de la salud mental y prevención de la enfermedad mental. Ley 1616 de 2013


DERECHO A JUSTICIA

IGUALDAD Y EQUIDAD

 Brindar asesoría técnica a las entidades estatales sobre género y discapacidad. CONPES 166 de 2013

 Informar sobre las Personas con Discapacidad en encuestas, censos, etc. CONPES 166 de 2013

 Reconocer personas como iguales ante la ley, prohibir toda discriminación por motivos de su discapacidad, adoptar medidas pertinentes para asegurar la realización de ajustes razonables, medidas específicas para acelerar o lograr la igualdad de las personas con discapacidad. CONPES 166 de 2013, Ley 762 de 2002

 Sensibilizar a la sociedad, luchar contra los estereotipos, los prejuicios y las prácticas nocivas por medio de campañas de respeto hacia las personas con discapacidad, otorgando espacios a autogestores que hablen de sus experiencias CONPES 166 de 2013, Ley 1346 de 2009

 Reafirmar el derecho a la vida, asegurar y promover el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad en las esferas de la vida económica, cultural, política y social Ley 1346 de 2009, ,CONPES 166 de 2013

 Brindar medidas para asegurar que las mujeres y niñas puedan disfrutar plenamente y en igualdad de condiciones de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. Ley 1618 de 2013


DERECHO A JUSTICIA

IGUALDAD Y EQUIDAD

 Sensibilizar a la sociedad, luchar contra los estereotipos, los prejuicios y las prácticas nocivas, promover la toma de conciencia en capacidades de las Personas con discapacidad. Ley 1346 de 2009

 Brindar medidas de protección adecuadas y efectivas para impedir los abusos con el derecho internacional en materia de derechos humanos. Ley 1346 de 2009

 Promover igualdad de condiciones a ser propietarios y heredar bienes, controlar sus propios asuntos económicos y tener acceso en igualdad de condiciones a préstamos bancarios, hipotecas y otras modalidades de crédito financiero.. Ley 1346 de 2009

 Garantizar el derecho a la libertad de desplazamiento, a elegir su residencia y a una nacionalidad en igualdad de condiciones. Ley 1346 de 2009

 Proporcionarle a las mujeres discapacitadas* un trato digno e igualitario con todos los miembros de la familia y generar condiciones de equidad, de oportunidades y autonomía para que puedan ejercer sus derechos Ley 1346 de 2009,

 Disfrutar del derecho a la libertad y seguridad de la persona en igualdad de condiciones para que no se vean privadas de su libertad ilegalmente. Ley 1346 de 2009,


DERECHO A JUSTICIA

IGUALDAD Y EQUIDAD

 Garantizar derecho a recibir atención integral e integrada y humanizada (información clara, proceso psicoterapeutico, educación individual y familiar, incapacidad laboral, derechos civiles, no discriminación, vinculo con el sistema educativo y laboral, medicamento, reintegro a comunidad). Ley 1616 de 2013

 Promover acciones en inclusión social, eliminación del estigma y la discriminación, buen trato y prevención de las violencias, las prácticas de hostigamiento, acoso o matoneo escolar, prevención del suicidio prevención del consumo de sustancias psicoactivas, participación social y seguridad económica y alimentaria, entre otras. Ley 1616 de 2013

 Prohibir cualquier forma de privación de la libertad basada en su discapacidad mental . Guía de atención a las personas con discapacidad en el acceso a la justicia


DERECHO A JUSTICIA

ACCESO A JUSTICIA

 Garantizar que todos los servidores públicos de la Entidad tengan un conocimiento básico acerca de las reglas esenciales para la atención a personas con discapacidad. . Guía para Entidades Públicas Servicio y Atención Incluyente

 Llevar a cabo los tramites de identificación, con presencia de dos testigos. En caso de que su discapacidad les impida el desplazamiento para adelantar el trámite, la Registraduría Nacional del Estado Civil a través de la Oficina para la Atención del Discapacitado, trasladará un funcionario para que realice los trámites en el lugar donde se encuentren sin ningún costo Resolución 1741 de 2012

 Garantizar el acceso efectivo a la justicia, al pleno reconocimiento de su personalidad y capacidad jurídica de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida. Conpes 166 de 2013

 Tener registro civil, cambio a tarjeta de identidad y posteriormente la cedula Resolución 1741 de 2012

 Conocer las rutas para la inclusión social. Registraduria Nacional del Estado Civil Conpes 166 de 2013

 Considerar la opinión y la autonomía de la personas con discapacidad para la toma de una decisión. Operadores de Justicia Guía de atención a las personas con discapacidad en el acceso a la justicia


DERECHO A JUSTICIA

ACCESO A JUSTICIA  Permitir a las personas con discapacidad el derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica y establecer los mecanismos para asegurar que tengan los apoyos que puedan necesitar en el ejercicio de la misma. . OPADI - Oficina para la Atención al Discapacitado de la Registraduría Nacional del Estado Civil Política Publica Nacional de Discapacidad e inclusión social 2013 - 2022, Resolución 1741 de 2012, Ley 1618 de 2013

 Proponer e implementar ajustes y reformas al sistema de Interdicción judicial de manera que se desarrolle un sistema que favorezca el ejercicio de la capacidad jurídica y la toma de decisiones con apoyo de las personas con discapacidad. Operadores de Justicia Politica Publica Nacional de Discapacidad e inclusión social 2013 - 2022, Guía de atención a las personas con discapacidad en el acceso a la justicia

 Desarrollar programas de formación y apoyo al restablecimiento de derechos de las personas con discapacidad en las Instituciones de educación superior que cuenten con facultades de derecho y consultorios jurídicos Ministerio de Justicia Ley 1618 de 2013

 Crear canales de comunicación eficaces que permitan difundir entre las organizaciones públicas y privadas que trabajan con las personas con discapacidad los avances normativos y Jurídicos que se logren para la eliminación de la discriminación contra las personas con discapacidad. Ley 1346 de 2009

 Decretar medidas especiales para facilitar el testimonio de las víctimas, particularmente, en lo referente al uso de intérpretes y medios de comunicación alternativos Ley 1346 de 2009


DERECHO A JUSTICIA

ACCESO A JUSTICIA

 Informar sobre los aspectos jurídicos, asistenciales y otros que sean relevantes para las personas con discapacidad, entidades a las cuales pueden acudir para obtener asesoría y apoyo; los servicios y garantías a que tienen derecho Ley 762 de 2002

 Promover la participación de las personas con discapacidad a ser tenidas en cuenta como sujetos procesales, testigos, e intervinientes del proceso judicial. . Operadores de Justicia Guía de atención a las personas con discapacidad en el acceso a la justicia

 Generar condiciones que permitan a las personas con discapacidad entender el propósito de la actuación del operador de justicia, y de su participación en ella. Operadores de Justicia Guía de atención a las personas con discapacidad en el acceso a la justicia

 Proporcionar a la persona con discapacidad información directamente relacionada con la forma de celebración y contenido de la (descripción de la sala y de las personas que van a participar, familiarización con los términos y conceptos legales, así como otros datos relevantes). Operadores de Justicia Guía de atención a las personas con discapacidad en el acceso a la justici


DERECHO A JUSTICIA

ACCESO A JUSTICIA

 Garantizar la participación para el ejercicio de la ciudadanía en actividades de salud mental Ley 1616 de 2013

 Ejecutar programas de atención para los enfermos mentales privados de libertad y garantizar los derechos de concentrar dicha población para su debida atención y no podrán ser aislados en las celdas de castigo mientras dure su tratamiento. Ley 1616 de 2013

 Otorgar el derecho a elegir sus interpretes durante procesos judiciales Operadores de Justicia Guía de atención a las personas con discapacidad en el acceso a la justicia

 Reconocer el pleno ejercicio de su capacidad jurídica, y a ser concebidas como personas con capacidad para aprender. Operadores de Justicia Guía de atención a las personas con discapacidad en el acceso a la justicia

 Ofrecer a las personas con discapacidad intelectual y a sus familias alternativas distintas a la interdicción en relación con la acción que desean proteger (por ejemplo, protección del patrimonio). Operadores de Justicia Guía de atención a las personas con discapacidad en el acceso a la justicia


DERECHO A JUSTICIA

CURSO DE VIDA

NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 6 AÑOS

PRECONCEPCIÓN

NIÑOS Y NIÑAS Y ADOLESCENTES

JÓVENES Y ADULTOS

ADULTO MAYOR


DERECHO A JUSTICIA

IGUALDAD Y EQUIDAD


CURSO DE VIDA

DERECHO A JUSTICIA

IGUALDAD Y EQUIDAD

 Reconocer a cada niño y niña como sujetos de derechos Ruta Integral de atención a la Primera Infancia

 Reconocer el derecho del nuevo integrante a nombre y Registro civil Ruta Integral de atención a la Primera Infancia

 Orientación a padres en formas de expresión de los hijos Ruta Integral de atención a la Primera Infancia

 Orientar a padres de la protección de patrimonio familiar Ruta Integral de atención a la Primera Infancia

 Disfrutar de una vida digna en condiciones de igualdad con las demás personas, que les permitan desarrollar al máximo sus potencialidades y su participación activa en la comunidad. Código de Infancia y Adolescencia


DERECHO A JUSTICIA

PARTICIPACIÓN POLÍTICA IGUALDAD Y EQUIDAD ACCESO A JUSTICIA


DERECHO A JUSTICIA

PARTICIPACIÓN POLÍTICIA

 Reconocer el derecho del nuevo integrante a tener un nombre y un registro civil con el cual pueda identificarse. Ruta Integral de Atención a la Primera Infancia.

CURSO DE VIDA


CURSO DE VIDA

DERECHO A JUSTICIA

IGUALDAD Y EQUIDAD  Proveer las políticas y los mecanismos por parte del Estado para que gracias al ejercicio de las responsabilidades que competen a la familia, la comunidad y el propio Estado todas las niñas, niños y adolescentes puedan ejercer efectivamente todos sus derechos Lineamientos de Política Pública para el Desarrollo de los Niños, Niñas y Adolescentes en el Departamento y el Municipio

 Incluir a la totalidad de la población infantil con discapacidad para promover procesos de inclusión social. Lineamientos de Política Pública para el Desarrollo de los Niños, Niñas y Adolescentes en el Departamento y el Municipio

 Brindar acciones y de oportunidades para reducir su vulnerabilidad y permitir la participación en igualdad de condiciones con las demás personas. Código de infancia y adolescencia

 Integrar a todas las políticas y estrategias de atención y protección de la primera infancia, mecanismos especiales de inclusión para el ejercicio de los derechos de los niños y niñas con discapacidad. Ley 1618 de 2013

 Asegurar que todos los niños y las niñas con discapacidad gocen plenamente de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad de condiciones.. Ley 1346 de 2009


CURSO DE VIDA

DERECHO A JUSTICIA

ACCESO A JUSTICIA

 Proponer e implementar ajustes y reformas al sistema de Interdicción judicial de manera que se desarrolle un sistema con diferentes posibilidades que favorezca el ejercicio de la capacidad jurídica y la toma de decisiones con apoyo de las personas con discapacidad.. Ley 1618 de 2013,Guía de atención a las personas con discapacidad en el acceso a la justicia

 Conseguir el cumplimiento de los derechos de niños y niñas, donde el padre o cuidador puede hacer un derecho de petición dirigiendose de forma verbal o por escrito al gerente o director de la institución que niega el servicio o no lo presta adecuadamente.. Orientaciones pedagógicas para la atención y la promoción de la inclusión de niñas y niños menores de seis años con Discapacidad. Fundamentos conceptuales y normativos

 Verificar que las estrategias contenidas en las políticas públicas incorporen explícitamente a la población infantil con discapacidad,se les permitan desarrollar al máximo sus potencialidades, Orientaciones pedagógicas para la atención y la promoción de la inclusión de niñas y niños menores de seis años con Discapacidad. Fundamentos conceptuales y normativos

 Promover el proceso de interdicción ante la autoridad competente en el caso de niños, niñas y adolescentes que sufren de discapacidad cognitiva severa y permanente, donde sus padres o uno de ellos, deberá antes de cumplir aquel la mayoría de edad, para que a partir de esta se le prorrogue indefinidamente su estado de sujeción a la patria potestad por ministerio de la ley Código de infancia y adolescencia


DERECHO A JUSTICIA

IGUALDAD Y EQUIDAD

ACCESO A JUSTICIA


CURSO DE VIDA

DERECHO A JUSTICIA

IGUALDAD Y EQUIDAD

 Incluir a la totalidad de la población infantil con discapacidad para promover procesos de inclusión social. Lineamientos de Política Pública para el Desarrollo de los Niños, Niñas y Adolescentes en el Departamento y el Municipio

 Respetar la diferencia y disfrutar de una vida digna en condiciones de igualdad con las demás personas, que les permitan desarrollar al máximo sus potencialidades y su participación activa en la comunidad. Ley 1098 de 2006

 Asegurar que todos los niños y las niñas con discapacidad gocen plenamente de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad de condiciones.. Ley 1346 de 2009


CURSO DE VIDA

DERECHO A JUSTICIA

ACCESO A JUSTICIA  Contar con el derecho de tener definida su identidad y Definir los criterios de selección y clasificación de los casos cuando se considera que un niño, niña o adolescente se encuentra en riesgo de vulneración de sus derechos Ruta de atención para el restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescentes y mayores de 18 años con discapacidad, con sus derechos amenazados, inobservados y vulnerados

 Contar con el derecho de tener definida su identidad y filiación con sus correspondientes asientos en el Registro del Estado Civil. Ley 1306 de 2009

 Verificar el estado de cumplimiento de derechos (Art. 52 y 138 de la ley 1098 de 2006), donde se revisa el estado de salud física y psicológica del Niño, Niña y Adolescente, su estado de nutrición y vacunación Ruta de atención para el restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescentes y mayores de 18 años con discapacidad, con sus derechos amenazados, inobservados y vulnerados

 Determinar por parte del defensor asesoría a familias con movilización del sistema Nacional de Bienestar Familiar (SNBF) si se considera que no se define un restablecimiento de los derechos de Niño, niña y adolescente. Ruta de atención para el restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescentes y mayores de 18 años con discapacidad, con sus derechos amenazados, inobservados y vulnerados

 Asumir las acciones correspondientes si se determina que e Niño, niña y adolescente hay una amenaza, inobservancia o vulneración de sus derechos según el caso Ruta de atención para el restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescentes y mayores de 18 años con discapacidad, con sus derechos amenazados, inobservados y vulnerados


DERECHO A JUSTICIA

CURSO DE VIDA

ACCESO A JUSTICIA

 Promover el proceso de interdicción ante la autoridad competente en el caso de niños, niñas y adolescentes que sufren de discapacidad cognitiva severa y permanente, donde sus padres o uno de ellos, deberá antes de cumplir aquel la mayoría de edad, para que a partir de esta se le prorrogue indefinidamente su estado de sujeción a la patria potestad por ministerio de la ley Código de infancia y adolescencia

 Considerar que no serán juzgadas, declaradas penalmente responsables ni sometidas a sanciones penales las personas mayores de catorce (14) y menores de dieciocho (18) años con discapacidad psíquico o mental, pero se les aplicará la respectiva medida de seguridad. Código de infancia y adolescencia


DERECHO A JUSTICIA

PARTICIPACIÓN POLÍTICA ORGANIZACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD IGUALDAD Y EQUIDAD


CURSO DE VIDA

DERECHO A JUSTICIA

PARTICIPACIÓN POLÍTICIA

Crear consejos para la inclusión enfocado a procesos laborales, de vivienda y proyectos de convocatoria. CONPES 166 de 2013

Ejercer derecho al sufragio de los ciudadanos con limitaciones y dolencias físicas, de avanzada edad o con problemas de visión "acompañados" hasta el interior del cubículo de votación. Se prestará toda la colaboración necesaria y dará prelación en el turno.. Ley 163 1994


DERECHO A JUSTICIA

ORGANIZACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

 Permitir a organizaciones o personas a hacer parte del Consejo Nacional de Discapacidad, como ente rector del cumplimiento de la Política Publica en Discapacidad y como garantizador de acciones para el cumplimiento de los derechos de las personas con discapacidad Resolución 064 de 2010

CURSO DE VIDA


DERECHO A JUSTICIA

IGUALDAD Y EQUIDAD

ď ľ Disfrutar del derecho a la libertad y seguridad de la persona en igualdad de condiciones para que no se vean privadas de su libertad ilegalmente. Ley 1346 de 2009

CURSO DE VIDA


DERECHO A JUSTICIA

PARTICIPACIÓN POLÍTICA ORGANIZACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD IGUALDAD Y EQUIDAD


CURSO DE VIDA

DERECHO A JUSTICIA

PARTICIPACIÓN POLÍTICIA

 Crear consejos para la inclusión enfocado a procesos laborales, de vivienda y proyectos de convocatoria. CONPES 166 de 2013

 Ejercer derecho al sufragio de los ciudadanos con limitaciones y dolencias físicas, de avanzada edad o con problemas de visión "acompañados" hasta el interior del cubículo de votación. Se prestará toda la colaboración necesaria y dará prelación en el turno. Ley 163 1994


DERECHO A JUSTICIA

ORGANIZACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

 Permitir a organizaciones o personas a hacer parte del Consejo Nacional de Discapacidad, como ente rector del cumplimiento de la Política Publica en Discapacidad y como garantizador de acciones para el cumplimiento de los derechos de las personas con discapacidad Resolución 064 de 2010, Ley 1145 de 2007

CURSO DE VIDA


DERECHO A JUSTICIA

CURSO DE VIDA

IGUALDAD Y EQUIDAD

 Disfrutar del derecho a la libertad y seguridad de la persona en igualdad de condiciones para que no se vean privadas de su libertad ilegalmente. Ley 1346 de 2009

 Establecer mecanismos de atención preferencial a infantes, personas con algún tipo de discapacidad, mujeres gestantes, adulto mayor y veterano de la Fuerza Pública, por parte de entidades del estado. Decreto 19 del 2012.


Créditos Construcción y diseño del esquema Yeimy Bernal Gómez Ana Murillo Avellaneda Gina Padilla Quiroga Malory Pinzón Fajardo Asesora Académica Marisol Moreno Angarita Realizado para el Ministerio de Salud y Protección Social Marzo, 2016 Bogotá, Colombia


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