Francia vive gran batalla entre Vingegaard y Pogacar
Nueve etapas se han disputado en el Tour de Francia y hoy llega la jornada de descanso. La batalla entre Vingegaard y Pogacar, los líderes en la general, se intensifica. Ayer ganó un canadiense Pág. 04
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Un robot podría sustituir a los perros que detectan droga
Científicos dan olfato a un robot que podría sustituir a los perros detectores de drogas. Todo se hizo mediante un sensor biológico. Pág. 08
Se busca dar respiro a deuda de estudiantes y empresas
El presidente Guillermo Lasso emitió dos decretos para aliviar las deudas de estudiantes universitarios y empresarios con problemas financieros, sobre todo por problemas como el covid y el fenómeno del Niño.
Ambos tienen el carácter de ‘urgencia económica’ y deberán pasar una revisión de la Corte Constitucional por la ausencia de la Asamblea. Todo esto en medio del proceso de las elecciones extraordinarias. Pág. 09
AGENCIA EFE VIVA años
DE FUNDACION GUAYAQUIL
(P) F DIARIOMETROECUADOR L / METROECUADOR METROECUADOR . COM . EC EDICIÓN : 5194 Lunes/10.07. 2023 ECUADOR |TIRAJE TOTAL 58.000 EJEMPLARES METRO WORLD NEWS COMPANY
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S sports
Verstappen gana el GP británico y sueña con su tercer título ‘al hilo’
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El ‘duro’ de Red Bull. ‘Mad Max’ consiguió la octava victoria de la temporada y compartió el podio con Lando Norris y Lewis Hamilton.
Agencia EFE
El neerlandés Max Verstappen (Red Bull) aumentó aún más su ventaja en el Mundial
CASILLERO N° 4829
de Fórmula Uno, al ganar ayer el GP de Gran Bretaña, el décimo del campeonato, que se disputó en el circuito de Silverstone (Inglaterra) donde los españoles Fernando Alonso (Aston Martin) y Carlos Sainz (Ferrari) acabaron séptimo y décimo, respectivamente, y el mexicano Sergio Pérez, compañero del ganador, sexto. Verstappen, de 25 años y que apunta claramente a un tercer título seguido, firmó su cuadragésima
LAS CLAVES Más detalles
“Como siempre fue muy complicado ganar a pilotos tan experimentados, eso me llena de alegría”
MAX VERSTAPPEN
PILOTO DE RED BULL
tercera victoria en la F1, la octava de la temporada, al ganar -con vuelta rápida en carrera incluída- el GP británico por delante de dos ingleses, Lando Norris (McLaren), que acabó segundo; y el séptuple campeón mundial Lewis Hamilton (Mercedes), que los acompañó en el podio.
El debutante australiano Oscar Piastri completó una sensacional jornada para McLaren al acabar cuarto y firmar de esa manera su mejor resultado en su aún corta carrera en la F1. El otro Mercedes, el del inglés George Russell, concluyó quinto; por delante de ‘Checo’, que volvió a protagonizar la remontada del día.
REPUBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
CITACION JUDICIAL A: ARÉVALO ZHIÑIN ANA LUCÍA
ACTOR: CANDO CESAR ANTONIO
DEMANDADO: ANA LUCÍA ARÉVALO ZHIÑIN y GONZALO MAURICIO GUAÑUNA BEDÓN
PROCEDIMIENTO: EJECUTIVO
ASUNTO: COBRO DE LETRA DE CAMBIO
JUICIO No.: 17230-2021-14502
CUANTIA: USD. 15.000.00
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 11 de octubre del 2021, a las 16h40. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado por el actor. Una vez que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto en el Auto de sustanciación anterior, se dispone: Antecedentes: Comparece el señor César Antonio Cando, expone sus generales de ley y manifiesta que demanda a los señores ANA LUCÍA ARÉVALO ZHIÑIN y GONZALO MAURICIO
GUAÑUNA BEDÓN, el pago del saldo del capital insoluto de la Letra de Cambio del actor por un valor de USD. 10,000.00, más los ntereses vencidos, de mora, costas procesales y honorarios profesionales de su abogado defensor. En tal virtud se considera: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- Una vez revisada la demanda presentada, dentro del término establecido en el artículo 351 del Código Orgánico General de Procesos – COGEP, en atención a lo consagrado en el artículo 169 de la Constitución, se la CALIFICA de completa, clara y cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP y especiales de los artículos 348 y 349 ibídem, pues se fundamenta en una Letra de Cambio que constituye título ejecutivo al tenor de lo prescrito en los artículos 347.4 y 348 del COGEP, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; situación por la cual se la ADMITE al Procedimiento Ejecutivo, establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del COGEP.- SEGUNDO.- PROVIDENCIAS PREVENTIVAS.- Por cuanto no ha justificado documentadamente si los demandados poseen bienes inmuebles, vehículos, cuentas de ahorros, corrientes, depósitos a plazo fijo, de inversión, y de cualesquiera índole, con el fin de garantizar el pago de lo adeudado, se niega lo solicitado. TERCERO.CITACIÓN.- Cítese con el contenido de la demanda y el presente auto interlocutorio a la parte ejecutada señores ANA LUCÍA ARÉVALO ZHIÑIN y GONZALO MAURICIO GUAÑUNA BEDÓN en el lugar que se indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 y siguientes del COGEP, para el efecto, remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico. Por tanto, conforme lo dispone el artículo 19 del Código Orgánico de la Función Judicial - COFJ, así como también el artículo 4.1 de la Resolución No. 61 – 2020, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, de 10 de junio del 2020, se requiere a la parte actora provea de las copias necesarias para elaborar las boletas que se requieran, a fin de que se pueda practicar la diligencia ordenada. CUARTO.- SOBRE LA OBLIGACIÓN.- Conforme lo establecido en los artículos 352, 355 y 333.3 del COGEP se concede el término de 15 días a fin de que la ejecutada señores ANA LUCÍA ARÉVALO ZHIÑIN y GONZALO MAURICIO GUAÑUNA BEDÓN, formulen oposición, reconvengan o propongan excepciones conforme de manera taxativa lo prevé el artículo 353 ibídem, bajo prevención de lo que estipula la norma del artículo 352 del Código citado. QUINTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en su demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 354 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. SEXTO.-
DILIGENCIAS PROBATORIAS SOLICITADAS POR LA PARTE DEMANDADA.- Por cuanto no ha justificado documentadamente no tener acceso a la información solicitada en El literal c, d, e, f, g, h ei, del numeral 4 de su demanda, se niega lo solicitado. Se le recuerda a la parte accionante que no nos encontramos en estado de ejecución. SÉPTIMO.- Téngase en cuenta la cuantía señalada y agréguese al expediente la documentación que adjunta la parte actora. NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.- PALACIOS MORILLO VINICIO ISRAEL JUEZ(PONENTE) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 27 de abril del 2023, a las 07h49. En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora en escrito de fecha 04 de abril del 2023, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos - COGEP, y en virtud del juramento rendido en acta de 25 de abril del 2023, cítese a la señora ARÉVALO ZHIÑIN ANA LUCÍA por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría confiérase el extracto respectivo. Notifíquese.- ALEJANDRA PATRICIA VIVANCO CARRION JUEZA(PONENTE) Lo que pongo en conocimiento y se cita para los fines legales consiguientes recordándole la obligación de señalar casillero dentro de la referida causa.
George Russell quedó delante del Checo que remontó después de haber arrancado decimoquinto. Russell también quedó por delante del doble campeón del mundo asturiano, que sigue tercero, ahora con 137 puntos, en un Mundial que encabeza Verstappen con 255 unidades, 99 más que su compañero mexicano.
El tailandés Alex Albon (Williams) fue octavo; y el monegasco Charles Leclerc acabó noveno, un puesto por delante de su compañero Sainz; que, al sumar un punto, mantuvo la quinta plaza del certamen, con 83: uno más que Russell.
El próximo Gran Premio, el de Hungría, se disputará en el Hungaroring, el circuito de las afueras de Budapest, el próximo 23 de julio.
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Silverstone. Max Verstappen de Red Bull celebra su octava victoria del año y se ilusiona con el tricampeonato. / AGENCIA EFE
DR. FRANCISCO VASQUEZ GARCIA SECRETARIO
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Boleta de Notificación
A: MARKETING WORLWIDE ECUADOR S.A.
DENTRO DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO No. SCPM-CRPI-010-2019
Se hace conocer lo siguiente:
EXPEDIENTE No. SCPM-CRPI-010-2019
SUPERINTENDENCIA DE CONTROL DEL PODER DE MERCADO.- COMISIÓN DE RESOLUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA.- D.M. Quito, 10 de marzo de 2021, 10h53.-
Comisionado sustanciador: Édison Toro Calderón
VISTOS
[1] La Resolución No. SCPM-DS-2020-51 de 10 de diciembre de 2020, mediante la cual el Superintendente de Control del Poder de Mercado resolvió lo siguiente:
“Artículo único.- Reformar el artículo 1 de la Resolución No. SCPM-DS-2019-40 de 13 de agosto de 2019, el cual establece la conformación de la Comisión de Resolución de Primera Instancia, por la siguiente: Formarán parte de la Comisión de Resolución de Primera Instancia, los siguientes servidores designados:
• Doctor Marcelo Vargas Mendoza;
• Economista Jaime Lara Izurieta; y,
• Doctor Edison René Toro Calderón.”
[2] Las acciones de personal Nos. SCPM-INAF-DNATH-300-2019-A, SCPM-INAF-DNATH-299-2019-A y SCPM-INAF-DNATH-2020-374-A, correspondientes a Marcelo Vargas Mendoza, Presidente de la Comisión, Jaime Lara Izurieta, Comisionado, y Édison Toro Calderón, Comisionado, respectivamente.
[3] El acta de la sesión extraordinaria del pleno de la Comisión de Resolución de Primera Instancia de 01 de marzo de 2021, mediante la cual se deja constancia de que la CRPI designó a la abogada Andrea Paola Yajamin Chauca secretaria Ad-hoc de la CRPI.
[4] La Resolución emitida por la CRPI el 10 de septiembre de 2019 a las 11H00, mediante la cual la CRPI resolvió
“PRIMERO.- ACEPTAR la solicitud de acuerdo de pago planteada por el operador económico MARKETING WORLWIDE ECUADOR S.A., a condición de la entrega de garantía bancaria de conformidad con el numeral 9 del artículo 59 del Instructivo de Gestión Procesal Administrativa de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado. (…) TERCERO.- ORDENAR que el operador económico MARKETING WORLWIDE ECUADOR S.A., mediante escrito presente a través de Secretaría General a la Comisión de Resolución de Primera Instancia, el comprobante original de pago y garantía bancaria de cobro inmediato por el valor de TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CUATRO 78/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($ 39.404,78 USD), hasta el término de 3 días de realizado el pago inmediato del 40% del valor del importe de subsanación del compromiso de cese.
CUARTO.- ORDENAR al operador económico MARKETING WORLWIDE ECUADOR S.A., el pago del saldo de la obligación impuesta, esto es, TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CUATRO 78/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($ 39.404,78), dentro del plazo de veinte y cuatro (24) meses contados a partir de la notificación de esta Resolución, en dos dividendos de la siguiente forma:
DIVIDENDO # MES VALOR EN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
1 12 19.702,39
2 24 19.702,39
(…)”
[5] La Providencia emitida por la CRPI el 03 de febrero de 2021, mediante la cual la CRPI ordenó:
“PRIMERO.- SOLICITAR, a la Dirección Nacional Financiera en el término de tres (3) días certifique si el operador económico
MARKETING WORLWIDE ECUADOR S.A ha cancelado valor alguno respecto del saldo del acuerdo de pago que fue aceptado con Resolución de 10 de septiembre de 2019 o ha entregado la garantía bancaria comprometida.
(…)”
[6] El Memorando No. SCPM-INAF-DNF-2021-066 de 04 de febrero de 2021, remitido a la CRPI por parte de la Dirección Nacional Financiera de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado (SCPM), mediante trámite interno con Id 184036.
CONSIDERANDO
[7] Que, mediante Memorando No. SCPM-INAF-DNF-2021-066 de 04 de febrero de 2021, la Dirección Nacional Financiera de la SCPM informa a esta Comisión lo siguiente:
“1. Revisados los estados de cuenta históricos de recaudación institucional No. 0744526-1 de Banco del Pacífico perteneciente a BCE-CCU-SUPERINTENDENCIA DE CONTROL DEL PODER DE MERCADO de 2019, 2020 y 2021, NO se registra nota de crédito, depósito o transferencia bancaria por el valor de USD. $ 19.702,39 (Diecinueve mil setecientos dos dólares con 39/100) correspondiente al primer pago del convenio de pago aprobado por la CRPI al operador económico MARKETING WORLWIDE ECUADOR S.A. (Notificación de incumplimiento de pago mediante memorando SCPM-INAF-DNF-2020-426 de 13oct2020 a la CRPI, Ref. SIGDO 173154)
2. La Dirección Nacional Financiera NO ha sido notificada con la GARANTÍA BANCARIA del operador económico MARKETING WORLWIDE ECUADOR S.A. (Notificación se envió memorando SCPM-INAF-DNF-2020-318 de 11AGO2020 a CRPI para seguimiento).
3. Estado del acuerdo de pago planteado por el operador económico MARKETING WORLWIDE ECUADOR S.A. al 05FEB2021, según el siguiente detalle:
Tras 9 etapas en el Tour, la batalla entre Vingegaard y Pogacar, inició
(…)” [8] Que, los literales i y j del artículo 60 del Instructivo de Gestión Procesal Administrativa de la SCPM establecen:
“Art. 60.- PROCEDIMIENTO PARA CONCEDER LOS ACUERDOS DE FACILIDADES DE PAGO.- Para la concesión del acuerdo de pago por multas y por importe de subsanación del compromiso de cese, la CRPI observará el siguiente procedimiento a través del sistema digital:
(…) i. El plazo que la CRPI concederá al operador económico para el pago del saldo de la obligación impuesta por medio de dividendos será de hasta veinte y cuatro (24) meses improrrogables, conforme al Art. 111 del RLORCPM, siendo responsabilidad de la CRPI el debido seguimiento del cumplimento de la obligación con la coordinación de la Dirección Financiera de la SCPM. j. En caso de incumplimiento de pago de dos o más dividendos, certificados por la Dirección Financiera, la CRPI declarará de plazo vencido la obligación y dispondrá a dicha Dirección la emisión del título de crédito correspondiente para su posterior remisión a la CGAJ a fin de que cobre por la vía coactiva. ”
[9] Que, la CRPI, en observancia de la responsabilidad al seguimiento del cumplimento de la obligación, agregará al expediente el Memorando No. SCPM-INAF-DNF-2021-066 de 04 de febrero de 2021 en el cual se deja constancia que el operador económico
MARKETING WORLWIDE ECUADOR S.A., al momento, no ha realizado la entrega de la garantía bancaria, así como tampoco ha cumplido con el pago del saldo del acuerdo de pago en los términos establecidos en Resolución de 10 de septiembre de 2019.
[10] Que, conforme el literal j) del artículo 60 del Instructivo de Gestión Procesal Administrativa de la SCPM, se le recordará al operador económico que el no pago de dos o más dividendos, faculta a la CRPI declarar de plazo vencido la obligación y disponer el cobro por la vía coactiva.
En mérito de lo expuesto la Comisión de Resolución de Primera Instancia
DISPONE
PRIMERO.- AGREGAR al expediente el memorando No. Memorando No. SCPM-INAF-DNF-2021-066 de 04 de febrero de 2021 emitido por la Dirección Nacional Financiera de la SCPM.
SEGUNDO.- CONMINAR al operador económico MARKETING WORLWIDE ECUADOR S.A. a realizar la entrega de la garantía bancaria en el término de tres días (3), bajo prevenciones legales por el incumplimiento de resolución de autoridad competente, y cumplir con el acuerdo de pago que fue aceptado con Resolución de 10 de septiembre de 2019, recordándole que el no pago de dos o más dividendos, certificados por la Dirección Financiera, faculta a la CRPI declarar de plazo vencido la obligación y disponer la emisión del título de crédito correspondiente.
SEGUNDO.- NOTIFICAR al operador económico MARKETING WORLWIDE ECUADOR S.A. de manera física y electrónica, y a la Dirección Nacional Financiera de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-
Hasta aquí la providencia.- CERTIFICO:
Abg. Verónica Vaca SECRETARIA AD-HOC
SUPERINYENCENCIA DE COMPETENCIA ECONÓMICA
Tour de Francia. En la novena etapa, donde se observó una tremenda lucha entre el ciclista danés y el esloveno, ganó con coraje el ciclista canadiense, Michael Woods.
Agencias EFE
Tras una intensa primera semana, el pelotón del Tour tendrá la primera jornada de reposo hoy en Clermont Ferrand. En las nueve primeras etapas la batalla ha comenzado, con el duelo entre el danés Jonas Vingegaard y el esloveno Tadej Pogacar por todo lo alto y con todos los interrogantes de cara a lo que falta por delante. Los ciclistas aprovecharán ese reposo para estirar las piernas y relajar algo los músculos tras una primera semana que Vingegaard consideró “la más rápida” que ha disputado. El Tour afrontará, posteriormente, tres jornadas en el macizo central, dos jornadas de media montaña y una etapa llana.
La novena etapa fue tremenda este domingo.
El esloveno Tadej Pogacar (UAE Emirates), segundo en la general a 17 segundos del danés Jonas Vingegaard, fue el más fuerte ayer en el Puy de Dôme, al marcar una media de 23,7 km/hora en los 13,3 km de ascenso al 7,7 de pendiente media.
Según los registros de NTT Data, Tadej Pogacar marcó un registro en la subia superior a los 19,8 km/h que permitió ganar la etapa al canadiense Michael Woods (Israel Premier Tech) .
El doble ganador del Tour impuso su pegada en las partes más empinadas de la subida , con una media de 18,2 km/h en los últimos 5 kilómetros (11% de media ).
LA CLAVE
17 segundos separan a Tadej Pogacar que es segundo en la general solo tras el primero Jonas Vingegaard.
“Ganar una etapa frente a ciclistas como Jonas y Tadej es muy bueno; hay que ir por algo más”
MICHAEL WOODS
CICLISTA CANADIENSE
Su rival más cercano , Jonas Vingegaard , rodó a 17,8 km/h en el mismo tramo con un gran esfuerzo.
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Francia. Los ciclistas vivieron ayer una etapa llena de retos en el Puy de Dome. / AGENCIA EFE
Jannik Sinner va a ‘cuartos’ y rompe sueño colombiano
Wimbledon. En el Grand Slam británico, el italiano hizo un gran esfuerzo para eliminar a Galán, primer colombiano en octavos de final en la historia.
Un ruso en ‘cuartos’. Roman Safiullin se da una revancha en el tenis y pasa a los cuartos de final donde se las verá con el ‘verdugo’ del colombiano Galán.
Agencia EFE
El italiano Jannik Sinner finiquitó la aventura de Daniel Elahi Galán, primer colombiano en la historia de los octavos de final de Wimbledon, y le eliminó del torneo por 7-6 (4), 6-4 y 6-3, en dos horas y 40 minutos.
Galán, número 85 del mundo, no pudo conseguir la segunda victoria de su carrera ante un ‘top ten’, después de derrotar a Stefanos Tsitsipas en el pasado Abierto de Estados Unidos, pero dio la cara y cayó con honores ante Sinner, número ocho del mundo. Al italiano le costó derribar al colombiano, que llegó a disponer de tres bolas de rotura en el sexto juego del primer set y salvó las cinco que en-
frentó, hasta llegar a un ‘tie break’ donde Sinner demostró su superioridad.
Aun así, Galán no se descompuso y en el segundo set comenzó con ventaja y llegó a ir 2-4 arriba antes de que Sinner remontara y ahora sí acelerara a por el partido y a por sus segundos cuartos de final en Wimbledon.
El transalpino vuelve a la ronda en la que el año pasado llegó a ir dos sets a cero arriba contra Novak Djokovic. Sinner se medirá en cuartos al ruso Roman Safiullin, que derrotó en cuatro sets a Denis Shapovalov. Será el segundo partido entre los dos tenistas después de que el italiano le venciera en la ATP Cup de 2022. Safiullin, cuartofinalista. Roman Safiullin estaba en una situación muy diferente hace poco más de un mes. Fuera
LAS CLAVES
Ahora la suerte le ha cambiado al ruso Roman Safiullin, que ha vencido a Roberto Bautista, Corentin Moutet, Guido Pella y Shapovalov para meterse en cuartos de final.
de los 100 primeros del ránking, el ruso tenía que acudir a la fase previa para poder jugar Roland Garros por segunda vez en su carrera, pero cometió un descuido que le dejó fuera del Grand Slam parisino: se olvidó apuntarse al torneo. “Me olvidé apuntarme a la fase previa”, reconoció Safiullin tras derrotar este domingo a Denis Shapovalov y meterse entre los icho mejores de un ‘major’ por primera vez.
www.metroecuador.com.ec / sports (d) — 05 lunes, 10 de julio de 2023 — Metro (P)
Gran Bretaña. El italiano Jannik Sinner realiza uno de los saques que pusieron en aprietos al colombiano Galán. / AGENCIA EFE
(P) Metro - lunes, 10 de julio de 2023 (P)
cortesía
Proceso. La Universida cumplió el proceso de admisión entre el 23 de junio y el 1 de julio a través de un sistema virtual.
Un total de 19. 970 personas, provenientes de zonas urbanas y rurales de las distintas provincias del país, completaron la etapa de inscripción para participar en el proceso de admisión a la Universidad de Cuenca, correspondiente al segundo periodo académico 2023.
Etapa.
La siguiente fase del proceso de admisión es la asignación de sede, que se llevará a cabo en línea del 17 al 22 de julio.
Durante este periodo, las y los aspirantes podrán acceder a la plataforma https://admision.ucuenca.edu.ec; deberán ingresar con su usuario y contraseña para conocer los deta-
lles de su sede de examen (información sobre el campus, facultad, laboratorio asignado, fecha, hora y recomendaciones para el día de la prueba).
Desde la casa universitaria se solicitó a los y las aspirantes que también deben realizar el Registro Nacional en la Senescyt, es obligatorio.
Este será del 17 al 30 de julio a través de la plataforma correspondiente.
También, recordó es importante destacar que aquellas personas que no completen dicho registro no podrán continuar en el proceso de admisión en la U de Cuenca.
Información.
Se invita a las y los inscritos a estar atentos de las redes sociales y sitio Web oficial de la Universidad de Cuenca, donde se difundirá información actualizada de cada nueva etapa, detalló la universidas, a través de un comunicado.
METRO ECUADOR
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Nnoticias www.metroecuador.com.ec / noticias (i) 07 lunes, 10 de julio de 2023 — Metro CUENCA U
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Este robot capaz de oler podría sustituir a los perros detectores de drogas
oído y la nariz -así como los de todos los demás animales- utilizan receptores que identifican y distinguen entre distintas señales. A continuación, el órgano sensorial traduce estos hallazgos en señales eléctricas, que el cerebro descodifica como información.
Así pues, el reto de los biosensores, como el utilizado en el robot en cuestión, reside en conectar un órgano sensorial, como la nariz, a un sistema electrónico que sepa descodificar las señales eléctricas recibidas de los receptores.
“La naturaleza está mucho más avanzada que nosotros, así que debemos aprovecharnos de ello”, afirma el Dr. Ben Maoz, profesor de la Escuela
Fleischman de Ingeniería y de la Escuela Sagol de Neurociencia de la Universidad de Tel Aviv y autor del estudio.
Los autores explican que conectaron el sensor biológico (al sistema electrónico) y lo dejaron oler distintos olores mientras medían la actividad eléctrica que inducía cada olor. El sistema les permitió detectar cada olor al nivel del órgano sensorial primario del insecto.
Tras conseguir que el sistema detectara los olores, los desarrolladores utilizaron el aprendizaje automático para crear una “biblioteca” de olores.
Los científicos esperan que esta tecnología pueda utilizarse para preservar vidas humanas mediante la detección de explosivos y para identificar a delincuentes mediante la identificación de drogas.
“Algunos animales tienen capacidades asombrosas para detectar explosivos o drogas; la creación de un robot con nariz biológica podría ayudarnos a preservar vidas humanas e identificar criminales de una forma que hoy no es posible”, concluyó Maoz.
Tecnología. Científicos lograron dotar a un robot del sentido del olfato, mediante un sensor biológico
Daniel Casillas, Metro World News
Algunos perros adiestrados arriesgan su vida o su integri dad física en su trabajo para detectar drogas o incluso explosivos con su potente olfato, pero pronto podrían ser sustituidos por robots que ya son capaces
de percibir olores. Investigadores de la Universidad de Tel Aviv lograron dotar a un robot del sentido del olfato utilizando un sensor biológico procedente de un insecto. El sensor envía señales eléctricas en respuesta a la presencia de un olor cercano, que el robot puede detectar e
interpretar.
Los investigadores lograron conectar el sensor biológico a un sistema electrónico y, mediante un algoritmo de aprendizaje automático, fueron capaces de identificar olores con un nivel de sensibilidad 10.000 veces superior al de un dispositivo electrónico de uso común.
Los científicos que desarrollaron el robot afirman que “el cielo es el límite”, y creen que esta tecnología también podría utilizarse en el futuro para identificar explosivos, drogas, enfermedades, etc.
Los investigadores señalan que, en general, nuestros órganos sensoriales, como el ojo, el
08 — www.metroecuador.com.ec / latam (i) Metro — lunes, 10 de julio de 2023
Utilización. El robot olfateador puede ser útil en muchos ámbitos, como la identificación de explosivos y drogas. / AGENCIA
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Niño cayó a un cráter volcánico de las Islas Galápagos
Un niño francés de ocho años fue rescatado por bomberos tras caer a un cráter volcánico de las Islas Galápagos de unos 100 metros de profundidad, según informó el Parque Nacional Galápagos en un comunicado.
El hecho se produjo en uno de los dos cráteres que conforman el conjunto Los Gemelos, una de las atracciones turísticas de la isla de Santa Cruz, la más poblada del archipiélago ecuatoriano, situada en el centro de la zona insular.
El niño se encuentra actualmente “en observación” tras haber sido trasladado al Hospital República del Ecuador, de Puerto Ayora, el núcleo urbano de Santa Cruz, sin que se haya ofrecido mayor detalles. EFE
Deudas de universitarios y empresarios se aliviarán tras firma de decretos del Gobierno
Decretos. Se dan en medio del proceso de elecciones presidenciales y legislativas extraordinarias del próximo 20 de agosto.
financieros, sobre todo derivados de fenómenos naturales como la pandemia de la covid-19 y el fenómeno climático de El Niño.
Ambos decretos, tienen el carácter de urgencia económica y deberán pasar la revisión de la Corte Constitucional, debido a la ausencia de la Asamblea Nacional (Parlamento), disuelta por Lasso en mayo pasado.
AGENCIA EFE
El presidente ecuatoriano, Guillermo Lasso, emitió dos decretos para aliviar las deudas que mantienen estudiantes universitarios y empresarios que afronten problemas
La Secretaría de Comunicación de la Presidencia informó este sábado de que ya se remitieron los textos a la Corte Constitucional y precisó que se trata del Decreto Ley de Apoyo Financiero a favor de Beneficiarios Coactivados de Créditos Educativos, Becas y Ayudas Económicas; y el Decreto Ley de Reestructuración Empresarial.
El primer decreto busca aliviar la carga financiera de estudiantes que por algún motivo afrontan procesos de coactiva debido a problemas en el pago de sus créditos educativos.
La medida pretende eliminar el cien por ciento de los intereses, multas y recargos generados por obligaciones vencidas o por convenios de pago en créditos educativos y
Presidente. Emitió dos decretos para aliviar las deudas que mantienen estudiantes universitarios y empresarios que afronten problemas
ayudas económicas.
Asimismo, busca mejorar la calificación crediticia de los usuarios mediante la eliminación del reporte de las operaciones en coactivas, y aplicara un periodo de gracia de seis meses para el pago de deudas a estudiantes que se encuentren desempleados.
También indicó que se ampliará el beneficio de “condonación total o parcial del crédito” a quienes tengan algún grado de discapacidad o sufran enfermedades raras o catastróficas.
En cuanto al decreto de Reestructuración Empresarial, la Secretaría de Comunica-
ción indicó que esta iniciativa “determina los mecanismos normativos para que las empresas que afrontan dificultades financieras puedan alcanzar acuerdos con sus acreedores y reestructurar su organización para así mantener su operación y funcionamiento”.
El proyecto consideró las afectaciones económicas que generó la pandemia de la covid-19 en las industrias, así como, entre otros factores, el impacto que podría generar el fenómeno de El Niño, que se prevé afecte al país.
www.metroecuador.com.ec / noticias (i) — 09 Metro — lunes, 10 de julio de 2023
financieros. / CORTESÍA-@LASSOGUILLERMO -REFERENCIAL
(P) Metro - lunes, 10 de julio de 2023
En el Cristo del Consuelo, se presentó la Orquesta Filarmónica
Propuesta. Una de las propuestas de la Alcaldía Ciudadana de Guayaquil es llevar las Fiestas Julianas a todos los sectores de la urbe y que no solamente se lleven a cabo actividades en el centro o lugares tradicionales.
GUAYAQUIL VIVA
GUAYAQUIL
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se contribuye a la reconstrucción del tejido social en este sector de Guayaquil.
Alrededor de 240 personas se dieron cita en la Iglesia del Cristo del Consuelo, ubicada en Lizardo García y la A, para observar la presentación de la Orquesta Filarmónica Municipal de Guayaquil.
Música.
Esta actividad es parte del programa “Ruta de las Iglesias”, que busca acercar la música a la comunidad a tra-
añños DE FUNDACION
años s
vés de presentaciones en diversos lugares de la urbe. Además, se organiza para festejar a la ciudad por un aniversario más de su fundación.
Pepita Morán se trasladó desde el norte de Guayaquil para disfrutar del evento musical.
AVISO DE ACREEDORES
A LOS ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA FOBREM CIA. LTDA. EN LIQUIDACIÓN
De conformidad con lo previsto en el artículo 393 de la Ley de Compañías vigente al año 2014, la compañía FOBREM CIA. LTDA. EN LIQUIDACIÓN, NOTIFICA a los acreedores para que presenten los documentos respectivos que acrediten su derecho en el término de (20) días, a contarse desde la última fecha de publicación de esta comunicación, con el suscrito Liquidador, Ing. Jaime Vinicio Olmedo Espinosa, en la dirección calle Lugo N24-107 y Madrid, Edificio Triana piso 1, a dos cuadras del redondel de la Floresta, Cantón Quito, Provincia de Pichincha. Podrán comunicarse también al teléfono 0999906455.
Jaime Vinicio Olmedo Espinosa
LIQUIDADOR
FOBREM CIA. LTDA. EN LIQUIDACION
Ciudadanos.
“Me parece increíble que la Alcaldía desarrolle estos espectáculos en las iglesias para que uno pueda acudir de manera gratuita”, expresó.
Uno de las propuestas de la Alcaldía Ciudadana de Gua-
yaquil es llevar las Fiestas Julianas a todos los sectores de la urbe y que no solamente se lleven a cabo actividades en el centro o lugares tradicionales.
Con el concierto en la Iglesia del Cristo del Consuelo se generan nuevas audiencias y
NOTARIA VIGÉSIMO TERCERA DE QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento del publico que mediante escritura pública otorgada ante mí, Dr. Gabriel Cobo Urquizo, Notario Vigésimo Tercero del Cantón Quito, el día martes 04 de julio de 2023, los señores: WALTER BENIGNO PAREDES MAYORGA E HILDA GUILLERMINA QUISHPE ÁLVAREZ, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal, la misma que fuera disuelta por sentencia dictada por la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con Sede en la Parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, de fecha diecisiete (17) de mayo del años dos mil veintiuno (2021), se declaró disuelto el vinculo matrimonial habido entre los indicados señores. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de Liquidación de Sociedad Conyugal; por lo que, en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de Liquidación de Sociedad Conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante la publicación, el Extracto de la Liquidación del Patrimonio de la Sociedad Conyugal correspondiente a los señores: WALTER BENIGNO PAREDES MAYORGA E HILDA GUILLERMINA QUISHPE ÁLVAREZ, otorgada mediante escritura pública del 04 de julio de 2023 ante el suscrito Dr. Gabriel Cobo Urquizo, Notario Vigésimo Tercero del Cantón Quito, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término.
Particular que pongo en conocimiento para os fines legales correspondientes. Quito, 05 de julio de 2023.
DOCTOR GABRIEL COBO URQUIZO NOTARIO VIGÉSIMO TERCERO DEL CANTÓN QUITO
Lilian Cuzco, residente del sector El Cisne, indicó que hay mucha gente que aprecia el arte, pero no tiene los recursos o la manera de trasladarse.
“Esto es una oportunidad para disfrutar en familia”,afirmó.
De acuerdo con el cronograma de la Orquesta Filarmónica Municipal, la próxima presentación se realizará el viernes 21 de julio de 2023, en la iglesia María Auxiliadora, a las 19:00.
Además, este fin de semana, la Alcaldía Ciudadana de Guayaquil, por medio de su Dirección de Gestión y Promoción Cultural, impulsó el sector editorial independiente y fomentar la lectura. Por ello se llevó a cabo la actividad “El Libro y la Ría”, en el que los ciudadanos intercambiaron, compraron y leyeron libros.
La Dirección de Aseo Cantonal, Mercados y Servicios Especiales (DACMSE) realizó mingas en diversos sectores de la cuidad.
Uno de los puntos que se intervinieron fue la unidad educativa Jaime Roldós Aguilera, donde se realizó una minga por parte de los docentes del plantel y padres de familia. El objetivo es que los alumnos de la escuela tengan un mejor espacio. METRO ECUADOR
www.metroecuador.com.ec / noticias (i) — 11 lunes, 10 de julio de 2023 — Metro
Mingas contribuyen a mejorar los entornos en la ciudad
Presentación. En la iglesia del Cristo del Consuelo se dio la presentación. / AGENCIAS
AGENCIA
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METRO ECUADOR
DR. GABRIEL COBO U. NOTARIO VIGÉSIMO TERCERO EXTRACTO
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AVISO AL PÚBLICO Cúmpleme poner en conocimiento al público en general que mediante escritura pública otorgada ante mí, DOCTOR JOSE ANTONIO CEDEÑO ARMAS, Notario Octogésimo Primero del Cantón Quito, el dieciséis de junio del dos mil veinte y tres, los señores ALEXA NICOLE TORRES ARIAS, por sus propios y personales derechos, la compareciente es mayor de edad, de estado civil soltera, de nacionalidad ecuatoriana, domiciliada en la ciudad de Quito, calle Pablo Arenas y José Ascazubi Casa 1 SPARTA, teléfono cero nueve nueve ocho ocho uno cuatro cuatro cero seis (0998814406) y correo electrónico lgranjasas@gmail.com, ANDRES PATRICIO CARRASCO AMORES, por sus propios y personales derechos, el compareciente es mayor de edad, de estado civil casado, de nacionalidad ecuatoriana, domiciliado en la ciudad de Quito, calle Prolongación Mariana de Jesús N32 y Pasaje Pedregal, teléfono (tres dos uno cero dos dos dos) 3210222 y correo electrónico andrescarrascoa@hotmail.com, legalmente capaces para contratar y obligarse, manifiestan la voluntad de CONSTITUIR LA SOCIEDAD CIVIL ANONIMA LOTE 800, la Sociedad que se constituye es de nacionalidad ecuatoriana y su domicilio principal estará en la ciudad de Quito y como en efecto lo hacen; en los siguientes términos:
- OBJETO DE LA SOCIEDAD CIVIL ANONIMA: El objeto de la presente SOCIEDAD CIVIL ANÓNIMA son los siguientes: La sociedad civil anónima que se crea por este instrumento podrá realizar cualquier actividad mercantil o civil, lícita, de acuerdo con la Ley, teniendo como actividad principal: a) Explotación de instalaciones para actividades deportivas bajo techo o al aire libre (abiertas, cerradas o techadas, con asientos para espectadores): campos y estadios de fútbol, hockey, béisbol, estadios de atletismo, piscinas, campos de golf, circuitos de carreras de automóviles, canódromos, hipódromos, pistas y estadios para deportes de invierno y pistas de hockey. Y como actividades secundarias: b) Explotación de instalaciones para actividades deportivas bajo techo o al aire libre (abiertas, cerradas o techadas, con asientos o sin ellos para espectadores): pabellones de boxeo. c) Organización y gestión de competencias deportivas al aire libre o bajo techo con participación de deportistas profesionales o aficionados, por parte de organizaciones con instalaciones propias. Se incluyen la gestión de esas instalaciones y la dotación del personal necesario para su funcionamiento. d) Explotación de instalaciones para actividades deportivas bajo techo o al aire libre (abiertas, cerradas o techadas, con asientos o sin ellos para espectadores): boleras. e) Actividades de preparación y servicio de bebidas para su consumo inmediato en: bares, tabernas, coctelerías, discotecas (con suministro predominante de bebidas) cervecerías y pubs. f) Actividades por cuenta propia de deportistas y atletas, árbitros, jueces, cronometradores. g) Actividades de clubes deportivos profesionales, semiprofesionales o de aficionados que ofrecen a sus miembros la oportunidad de participar en actividades deportivas, se incluyen las siguientes actividades: clubes de fútbol, clubes de bolos, clubes de natación, clubes de golf, clubes de boxeo, clubes de físico culturismo, clubes de deportes de invierno, clubes de ajedrez, clubes de atletismo, clubes de tiro. h) Actividades de productores promotores y actividades relacionadas con la promoción de competencias deportivas, con o sin instalaciones. i) Actividades de las ligas deportivas y de órganos reguladores. j) Actividades de parques de atracción y parques temáticos, incluida la explotación de diversas atracciones mecánicas y acuáticas, juegos, espectáculos, exposiciones temáticas. k) Actividades de explotación de ferias y exposiciones de carácter recreativo, incluido la explotación de juegos accionados con monedas. l) Explotación de campamentos residenciales para casas móviles. m) Promoción de proyectos de construcción (promoción) para su posterior explotación, es decir, para alquilar espacio en esos edificios. n) Actividades de agentes y corredores inmobiliarios. o) Intermediación en la compra, venta y alquiler de bienes inmuebles a cambio de una retribución o por contrato. p) Actividades de preparación y servicio de bebidas para su consumo inmediato en: cafés, tiendas de jugos de fruta, vendedores ambulantes de bebidas. La sociedad podrá llevar a cabo, en general, todas las operaciones, de cualquier naturaleza que fueren, que se relacionen directamente con la existencia y funcionamiento de la sociedad, en ningún caso contemplarán la realización de actos o contratos considerados como exclusivos de las instituciones reguladas por el Código Orgánico Monetario y Financiero y la Ley de Mercado de Valores, seguros y otras que tengan un tratamiento especial, de acuerdo con la Ley. Para el cumplimiento del objeto, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el fiel cumplimiento del objeto de la SOCIEDAD CIVIL ANÓNIMA.
CAPITAL SOCIAL. - - El capital social de la SOCIEDAD CIVIL ANÓNIMA es de MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD$ 1.000,00), dividido en un Mil Acciones ordinarias, nominativas e indivisibles de UN DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD$ 1,00) de valor nominal cada una. El capital social de la SOCIEDAD CIVIL ANÓNIMA será suscrito en su totalidad por los accionistas, de acuerdo al siguiente detalle:
Registro. Se deberá realizarse en el Sistema de Registro Metropolitano de Fauna Urbana – Remeftfu.
Nicole Proaño / Metro
A partir del 2024 los propietarios de mascotas que vivan en Quito deberán registrarlas de forma obligatoria en una plataforma que está desarrollando el Municipio. Si no lo hace se prevén sanciones. Esto porque se conoce que más de un millón de mascotas habitan en las calles de la capital.
ADMINISTRACION.- El gobierno de la SOCIEDAD CIVIL ANÓNIMA corresponderá a la ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS y su administración al Gerente General y al Presidente por subrogación y en los casos que se requiera la administración conjunta. ASAMBLEA.- La ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS formada por los ACCIONISTAS legalmente convocados y reunidos, es el órgano supremo de la SOCIEDAD CIVIL ANÓNIMA, con amplios poderes para resolver todos los asuntos relativos a dicha persona jurídica y para tomar las decisiones que juzgue convenientes en defensa de la misma y necesarias para el cumplimiento de su objeto. A las ASAMBLEAS GENERALES concurrirán los ACCIONISTAS personalmente o por medio de representante, en cuyo caso la representación se conferirá por escrito y con carácter especial para cada reunión, siempre y cuando el representante no ostente poder legalmente conferido. Los ACCIONISTAS tendrán derecho a voto en función al porcentaje de su participación dentro de la SOCIEDAD. La ASAMBLEA además se regirá por las siguientes disposiciones: Ocho. Uno (8.1).- Asamblea General Ordinaria: Previa convocatoria, la Asamblea General Ordinaria se reunirá por lo menos una vez al año, dentro de los tres meses posteriores a la finalización del ejercicio económico de la sociedad, para tratar sobre los siguientes asuntos, sin perjuicio de los que expresamente se señalen en la respectiva convocatoria: a) Conocer y aprobar las cuentas y balances anuales que presente el Gerente General, así como su informe de labores; y, b) Resolver acerca del reparto de utilidades y la formación del fondo de reserva, para lo cual el Gerente General presentará un proyecto de distribución de utilidades. Ocho. Dos (8.2).- Asamblea General Extraordinaria: La Asamblea General Extraordinaria se reunirá en cualquier época en que fuere convocada para tratar los asuntos puntualizados en la respectiva convocatoria. Ocho. Tres (8.3).- Facultades específicas: Además de los asuntos que ordinariamente deba resolver la ASAMBLEA, así como de cualquier otro tema que requiera la resolución de dicho organismo y que sea necesario para el cumplimiento del objeto de la SOCIEDAD CIVIL ANÓNIMA; se establece que la ASAMBLEA estará facultada para emitir resoluciones en relación a los siguientes asuntos: (I) Dar instrucciones para la contratación de préstamos o créditos por parte de la SOCIEDAD CIVIL ANÓNIMA; así como dar instrucciones para la constitución de gravámenes y más limitaciones del dominio de los bienes de la SOCIEDAD CIVIL ANÓNIMA en garantía de tales préstamos o créditos; (II) Nombrar y remover al Gerente General, acordar sobre sus retribuciones y resolver sobre las renuncias que presentaren; (III) Decidir acerca del aumento o disminución del capital, y la prórroga del contrato social; (IV) Resolver acerca de la disolución anticipada de la SOCIEDAD CIVIL ANÓNIMA; (V) Aprobar las reformas al presente contrato de SOCIEDAD CIVIL ANÓNIMA, cuando lo estime necesario. Ocho. Cuatro (8.4).- Convocatorias.- Para las reuniones ordinarias o extraordinaria será necesaria la convocatoria previa realizada por parte del Gerente General, por escrito o mediante correo electrónico remitido a las direcciones señaladas por los miembros de la ASAMBLEA, con por lo menos tres días hábiles de anticipación, fijando el día, la hora, el lugar y los puntos tratar en la reunión. Las convocatorias se realizarán por iniciativa propia del Gerente General y/o a pedido de cualquiera de los miembros de la ASAMBLEA mediante comunicación escrita dirigida al Gerente General, en la que el miembro deberá indicar los puntos sobre los que requiere que se realice la convocatoria. Podrá reunirse también la ASAMBLEA, sin convocatoria previa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 238 de la Ley de Compañías. La convocatoria se podrá realizar por la prensa, en un diario de circulación en Quito o a nivel nacional; en cuyo caso, se deberá realizar la publicación con por lo menos cinco días hábiles de anticipación a la fecha en que se realizará la sesión de la ASAMBLEA. Ocho. Cinco (8.5).- Quórum de instalación.- La ASAMBLEA se instalará, en primera convocatoria, con la concurrencia de más del cincuenta por ciento (50%) del capital social; pudiendo indicarse en la convocatoria. En caso de no existir el quórum de instalación, la ASAMBLEA podrá instalarse en segunda convocatoria, con el número de accionistas presentes. Entre la primera y segunda convocatoria no deberán mediar más de 30 días hábiles. Las sesiones serán dirigidas por el GERENTE GENERAL; sin perjuicio de lo cual la ASAMBLEA podrá designar a un Presidente Ad-hoc para las sesiones, en caso de ausencia o impedimento. Ocho. Seis (8.6).- Quórum de decisión.- Una vez instalada la ASAMBLEA, las decisiones se tomarán con la mayoría simple del capital social de la SOCIEDAD CIVIL ANÓNIMA, concurrente a la reunión. Ocho. Siete (8.7).- Actas.- Los temas tratados en las sesiones de la ASAMBLEA, así como las consideraciones efectuadas y las resoluciones adoptadas, deberán ser recogidas en actas por el secretario de la misma; actas que deberán ser suscritas únicamente por el Gerente General y el Secretario. Estas actas servirán de prueba plena de las deliberaciones realizadas y de las decisiones tomadas. ADMINISTRADORES Y REPRESENTANTES LEGALES: Nueve. Uno (9.1).- Representación Legal.- La representación legal, judicial y extrajudicial de la SOCIEDAD CIVIL ANÓNIMA, la tendrá el GERENTE GENERAL. En caso de falta, ausencia o cualquier otro impedimento para la actuación del Gerente General como representante legal será subrogado en sus funciones por el PRESIDENTE. Nueve. Dos (9.2).- Gerente General.- El Gerente General será nombrado en el contrato social o por la ASAMBLEA para un período de tres años, a cuyo término podrá ser reelegido. El Gerente General continuará en el ejercicio de sus funciones hasta ser legalmente reemplazado. Nueve. Tres (9.3).- Atribuciones y deberes del Gerente General.Son atribuciones y deberes del Gerente General: a) Cumplir y hacer cumplir la Ley, el presente estatuto y las resoluciones de la ASAMBLEA; b) Presidir las sesiones de la ASAMBLEA, salvo que se haya designado a un Presidente Ad-hoc; b) Convocar a las sesiones de la ASAMBLEA; c) Suscribir los Certificados de aportación y las Actas de las sesiones de la ASAMBLEA; d) Ejercer la Representación legal de la SOCIEDAD CIVIL ANÓNIMA, judicial y extrajudicialmente; e) Organizar y dirigir las dependencias de la SOCIEDAD CIVIL ANÓNIMA; f) Cuidar y hacer que se lleven los ibros de contabilidad y llevar por sí mismo los libros de Actas; g) Presentar por lo menos cada año a la ASAMBLEA, la memoria razonada acerca de la situación de la SOCIEDAD CIVIL ANÓNIMA, acompañada del balance y de la cuenta de pérdidas y ganancias; h) Presentar a consideración de la ASAMBLEA un proyecto de reparto de utilidades; y, i) Los demás deberes y atribuciones estipuladas en este contrato, los que se requieran para cumplir con el objeto de la SOCIEDAD CIVIL ANÓNIMA o que le sean determinados por parte de la ASAMBLEA. Nueve. Dos (9.4).- Presidente.- El Presidente será nombrado en el contrato social o por la ASAMBLEA para un período de tres años, a cuyo término podrá ser reelegido. El Presidente continuará en el ejercicio de sus funciones hasta ser legalmente reemplazado. Nueve. Tres (9.5).- Atribuciones y deberes del Presidente.- Son atribuciones y deberes del Presidente: a) Cumplir y hacer cumplir la Ley, el presente estatuto y las resoluciones de la Junta General de accionistas de la compañía; b) Suscribir conjuntamente con el Gerente General los actos y contratos que superen los quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América ($ 500.000,00); c) Subrogar al Gerente General en el caso de falta, ausencia o impedimento temporal de éste. CLÁUSULA DECIMA: Nombramiento de Administradores. - Se designa como Gerente General de la Compañía, a la señora ALEXA NICOLE TORRES ARIAS, quien ejercerá la representación legal de la misma, y se designa como Presidente de la Compañía, al señor ANDRES PATRICIO CARRASCO AMORES, respectivamente. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ACCIONISTAS. - Son obligaciones de la ACCIONISTA, las siguientes: Diez. Uno (10.1).- Colaborar con la SOCIEDAD CIVIL ANÓNIMA, sus administradores o sus representantes, en relación a cualquier demanda o acción que se intente contra éstos, con ocasión o como consecuencia del cumplimiento del objeto y de las instrucciones constantes en este contrato de SOCIEDAD CIVIL ANÓNIMA. Diez. Dos (10.2).- Las demás obligaciones establecidas en el TÍTULO XXVI del LIBRO IV del Código Civil y en la demás normativa legal que se encuentre vigente y que sea aplicable a la presente SOCIEDAD CIVIL ANÓNIMA, y en las normas aplicables a la compañía anónima, previstas en la Ley de Compañías. Diez. Cuatro (10.3).- Responsabilidad de los accionistas.- La responsabilidad de la accionista queda limitada hasta por el monto de su participación en la sociedad civil anónima. DURACIÓN. - El plazo de duración de la sociedad por acciones simplificada será indefinido. De conformidad con el artículo dieciocho numeral veinte y nueve de la Ley Notarial, se publicará por una vez en un diario de circulación de esta ciudad de Quito, a fin de que las personas que tuvieran interés y puedan presentar su oposición fundamentada, particular que pongo en conocimiento del público en general para los fines legales pertinentes. EL NOTARIO.-
¿Qué pasa si no registra a su mascota en la capital?
Exactamente, hay 183 perros y 131 gatos por cada kilómetro cuadrado. Los animales que se encuentran en la calle son propensos a ser atropellados, tener hambre, problemas de salud y hasta a ser agredidos por personas.
Por eso, la Unidad de Bienestar Animal del Municipio (UBA) informó que la iniciativa tiene dos grandes objetivos: conocer el número de animales que hay en la ciudad y que cuenten con un código QR para identificarlos en caso de que se pierdan o de que deambulen en las calles.
Esto, porque el registro también busca sancionar a los dueños de los animales que no les brinden un adecuado cuidado.
Ante eso, si los dueños no registran a sus perros o gatos cometerán una infracción
grave que involucra una remuneración básica unificada (USD 450).
¿Quiénes deberán registrar a su mascota?
- Tutores, veterinarios, prestadores de servicios.
- Registro de animales: animales con microchip, con o sin tutor, comunitarios.
- Servicios: establecimientos comerciales (hospitales, clí-
nicas, hospedajes, criaderos, entre otros); Establecimientos no comerciales (albergues, refugios), eventos.
- Investigación: comité de ética, centros de investigación y bioterios.
El registro deberá realizarse en el Sistema de Registro Metropolitano de Fauna Urbana – Remeftfu, donde se solicitarán varios datos.
El próximo 1 de diciembre operará el Metro de Quito
Se alista el inicio de las operaciones en la capital.
Desde el 1 de diciembre del 2023, el Metro de Quito operará en horario completo de lunes a viernes de 5:30 a 23:00, los sábados de 7:00 a 23:00 y los domingos y feriados de 7:00 a 22:00: un total de 118 horas y media a la semana de atención.
Mientras se alista el inicio de operaciones de manera comercial, la Empresa Pública Metropolitana Metro de Quito, EPMMQ, ha cumplido varios hitos importantes.
El 23 de junio finalizó la mesa de mediación entre la EPMMQ y la empresa española CAF, fabricante de los 18 trenes y de vehículos auxiliares para preparar la recepción municipal de dichos bienes, con un monto de 182 millo -
nes de dólares, para dar paso al mantenimiento adecuado, luego de más de un año de negociación.
De esta manera, el Metro de Quito, el primer sistema de transporte subterráneo del país, da seguimiento a su cronograma y cumple, finalmente, el sueño de quienes habitamos en Quito de poner en marcha el sistema más moderno, eficiente y seguro para su movilización diaria.
Oficio No. 20231701081O00693 05 de julio de 2023
Nombre Capital suscrito Capital pagado Capital por pagar Acciones Porcentaje ALEXA NICOLE TORRES ARIAS $500,00 $0,00 $ 500,00 500 50 % ANDRES PATRICIO CARRASCO AMORES $500,00 $0,00 $500,00 500 50% Total $1.000,00 $0,00 $ 100,00 1.000 100 %
(P) 12 — www.metroecuador.com.ec / noticias (i) Metro — lunes, 10 de julio de 2023 QUITO
METRO ECUADOR
Espacio para los perritos. Aquí un albergue de mascotas en la capital. / CORTESÍA
Toni se innova y apuesta por las bebidas de origen vegetal
Nuevo producto.
TONI Semillas Bebida de Almendra y Toni Semillas
Bebida de Almendra sabor vainilla han sido diseñadas bajo rigurosos estándares de calidad.
Tonicorp incursiona en la categoría de bebidas de origen vegetal bajo la marca “TONI Semillas”, como respuesta a un profundo entendimiento de los hogares ecuatorianos que están en la búsqueda de equilibrar su alimentación entre productos lácteos y bebidas vegetales.
TONI Semillas Bebida de Almendra y Toni Semillas
Bebida de Almendra sabor vainilla han sido diseñadas bajo rigurosos estándares de calidad, fortificadas con 35% de calcio y cuentan con vitaminas añadidas como A y D. Además, de acuerdo con estudios con consumidores ecuatorianos de la categoría, la propuesta de la marca cuenta con la máxima calificación en atributos organolépticos: sabor, textura, color; lo que permite ofrecer una opción muy versátil al momento de realizar distintas recetas de snacks, batidos y platos tanto de sal como de dulce.
Este lanzamiento cuen-
La empresa. Tonicorp acciona bajo la visión global de mantener un crecimiento sostenible, que garantiza la elaboración de productos TONI y Topsy.
ta con dos presentaciones desarrolladas para los diferentes consumidores: 1 litro para autoservicios y un nuevo formato de 750ML para el canal de tiendas, con el objetivo democratizar la bebida ofreciendo al mercado una presentación a un precio accesible.
“Estamos muy orgullosos de sumar esta categoría a nuestro gran portafolio de productos, que refleja la apuesta de la compañía por la disrupción y liderazgo en el sector alimenticio.
Estamos constantemente escuchando a nuestro consumidor y es por eso que buscamos sobrepasar sus expectativas; brindándoles distintas alternativas de alto valor agregado al momento de elegir TONI.
Con esta propuesta, iniciamos un nuevo capítulo en nuestra historia de más de 45 años de innovación", comentó Alfredo Rodríguez Director de Marketing y Estrategia Comercial. METRO
MÁS DE
300
Variedades en la industria láctea como: yogurt, leche saborizada, avena, queso, helados, gelatina, café listo, entre otros, son parte del portafolio de la marca.
NUTRICIÓN
35%
De Calcio tiene el nuevo producto TONI Semillas Bebida de Almendra y Toni Semillas Bebida de Almendra sabor vainilla.
"Escuchamos al consumidor y es por eso que buscamos sobrepasar sus expectativas; brindándoles distintas alternativas de alto valor agregado TONI".
La familia, patrón clave en el aprendizaje de la lectura en niños
Uno de los hábitos más importantes que enriquecen y ayudan a estrechar lazos entre padres e hijos es la lectura. Comúnmente, los padres anhelan que sus hijos sean capaces de crear, imaginar, argumentar y expresar un pensamiento propio y crítico, por ello es imprescindible que desde el hogar se fomenten el amor por la lectura y la
incorporen como una actividad más de su rutina.
Para la editorial Santillana Ecuador, los beneficios de leer en familia radican en el desarrollo de la concentración, en el cual, los niños se vuelven protagonistas del proceso de forma activa, lo que permite evitar que el cerebro disperse los pensamientos, estimulando su imaginación, me-
moria y lenguaje. La lectura no solamente otorga la capacidad de comprender y escribir mejor, también implica estudiar y ordenar de forma lógica distintos símbolos, reglas literarias o combinaciones que refieren la especificidad de lo que se quiere comunicar, ya sean ideas, sentimientos u opiniones.
“La lectura trasciende la
elección de leer por placer, está relacionada con la escolaridad, el estudio y la vida cotidiana, esto se vuelve trascendental en la vida de los niños y las niñas, es clave que la familia estimule a que los niños lean, transmitiendo ese buen ejemplo entre sus hijos”, asegura Eugenia Betty, Asesora Académica del Plan Lector Loqueleo de Santillana.
www.metroecuador.com.ec / empresariales (i) — 13 lunes, 10 de julio 2023 — Metro
Ejecutivo. Alfredo Rodríguez, Director de Marketing y Estrategia Comercial de Tonicorp. / FOTO: EVA ACOSTA
Acciones. Los beneficios de leer en familia radican en el desarrollo de la concentración, en el cual, los niños se vuelven protagonistas del proceso de forma activa. / FOTO: AGENCIA
ALFREDO RODRÍGUEZ, DIRECTOR DE MARKETING Y ESTRATEGIA COMERCIAL.
(P) Metro - lunes, 10 de julio de 2023